
Boletín Oficial Nº 928
SUMARIO
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ley N° 348
DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION PARA SER DESTINADO A LA
SEDE DE LA ESCUELA DE COMERCIO N° 9, D.E. 11 "DR. JOSE INGENIEROS",
EL INMUEBLE CON FRENTE A CORONEL R. FALCON 2248, CIRC. 5a, SEC. 48,
MZA. 124, PARCELA 4a
Decretos
Decreto N° 390
Decreto N° 393
Decreto N° 394
Resoluciones
Resolución N° 514
APRUEBASE ACTA ACUERDO CON LA FIRMA ORGANON ARGENTINA S.A.Q.I. Y C.
Resolución N° 27
CALIFICANSE ESPECTACULOS TEATRALES
Resolución N° 30
SUBSECRETARIA DE DESCENTRALIZACION. CREASE LA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Resolución N° 33
Disposiciones
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
HOGARES EN SITUACION CRITICA
HABITACIONAL. EL PODER EJECUTIVO A TRAVES DE LA COMISION MUNICIPAL DE LA VIVIENDA,
INSTRUMENTARA POLITICAS DE ACCESO A VIVIENDA PARA USO EXCLUSIVO Y PERMANENTE
DE HOGARES DE ESCASOS RECURSOS
Buenos Aires, 24 de febrero de 2000.
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° — EI Poder Ejecutivo, a través de la
Comisión Municipal de la Vivienda, instrumentará políticas de acceso a vivienda
para uso exclusivo y permanente de hogares de escasos recursos en situación
crítica habitacional, asumidos como destinatarios individuales o incorporadas
en procesos de organización colectiva verificables, a través de cooperativas,
mutuales o asociaciones civiles sin fines de lucro, mediante subsidios o créditos
con garantía hipotecaria.
Art. 2° — Se considerará "hogar" al grupo de personas, parientes o
no, que vivan bajo un mismo techo, de acuerdo con un régimen familiar, compartiendo
gastos de alimentación. Quienes viven solos constituyen un hogar.
Art. 3° — Los créditos podrán ser solicitados por:
a) Personas Físicas, para cada hogar.
b) Personas Jurídicas, para cooperativas, mutuales y organizaciones civiles
sin fines de lucro, creadas por familias enmarcadas en procesos de organización
colectiva verificables, a los efectos de satisfacer la necesidad de vivienda
de sus miembros.
El financiamiento deberá garantizarse con escritura hipotecaria a favor de la
Comisión Municipal de la Vivienda.
Art. 4° — Los créditos con garantía hipotecaria estarán destinados a financiar
total o parcialmente, las siguientes operatorias:
a) compra o construcción de viviendas económica unifamiliar o multifamiliar.
b) compra de vivienda económica unifamiliar o multifamiliar y obras destinadas
a ampliación o refacción.
c) obra destinada a ampliación o refacción.
d) compra de edificio y obras destinadas a su rehabilitación.
Art. 5° — Son beneficiarios de la presente ley, aquellos hogares que hallándose
en algunas de las situaciones previstas en el Artículo 1° de la presente, cumplan,
los siguientes Requisitos:
a) no sean propietarios de inmuebles aptos para vivienda.
b) acrediten, mediante los mecanismos que el Poder Ejecutivo determine, no haber
recibido indemnización originada en la expropiación por causa de utilidad pública.
c) no hayan sido adjudicatarios de créditos o subsidios para la compra o construcción
de vivienda en forma individual o mancomunada en los últimos diez años.
d) No encontrarse el solicitante inhibido para contraer crédito.
Art. 6° — Tendrán prioridad para acceder a los beneficios dispuestos por la
presente, los hogares que se encuentren en algunas de las siguientes circunstancias:
a) Pérdida de vivienda a causa de siniestro.
b) Desalojo con sentencia judicial debidamente documentado.
c) Estado de salud de uno de los integrantes del grupo familiar que requiera
el cambio de las características de la vivienda.
d) Situaciones de violencia familiar comprobada que pusieren en riesgo la integridad
de alguno de los componentes.
e) Habiten inmuebles afectados a obra pública.
f) Familias enmarcadas en procesos de organización colectiva verificables.
g) grupo familiar monoparental con hijos menores de edad.
h) Pareja joven unida por lazos matrimoniales o consensuales con una edad promedio
que no supere los 30 años.
i) Ex soldados conscriptos que acrediten su condición de combatientes en el
teatro de operaciones de las Islas Malvinas y Atlántico Sur.
Art. 7° — El monto de los créditos a otorgar no podrá superar la suma de pesos
treinta mil ($ 30.000) por grupo familiar y podrá financiar hasta el 100 % de
las operatorias descriptas en el artículo 4°, de acuerdo con la tasación oficial
que suministre el Banco dc la Ciudad de Buenos Aires. EI Poder Ejecutivo reglamentará
las condiciones de financiación de los créditos, no pudiendo en ningún caso
ser menos favorables que las condiciones más beneficiosas por la C.M.V. en sus
operaciones corrientes.
Art. 8° — En las operatorias implementadas por procesos de organización colectiva
verificables, a través de cooperativas, mutuales o asociaciones civiles sin
fines de lucro, la C.M.V. suministrará la correspondiente asistencia técnicá
interdisciplinaria pudiendo asimismo incluir un porcentaje de la financiación
para tal fin.
Art. 9° — La Comisión Municipal de la Vivienda aplicará los siguientes criterios
en la definición de la solución habitacional para los diferentes beneficiarios:
a) Cuando los beneficiarios percibieran ingresos mensuales por debajo de la
línea de la pobreza, se promoverá la ampliación o refacción dc vivienda propia,
la compra, construcción u rehabilitación edilicia de vivienda económica en forma
colectiva. Podrán disponerse subsidios cuando fuera indispensable para completar
la cuota mensual correspondiente.
b) Cuando los beneficiarios percibieran ingresos mensuales y superiores a la
línea de pobreza, podrán acceder a los distintos programas considerados en el
Art. 4° de la presente Ley.
Art. 10 — Créase, en el ambito de la Comisión Municipal de la Vivienda, la Comisión
de Control, Evaluación y Seguimiento de la Operatoria instrumentada por la presente
Ley. La misma tendrá por funciones:
a) Llevar el registro de quienes reciban o pretendan recibir un subsidio o crédito
destinado a financiar el acceso a la vivienda.
b) Confeccionar un padrón de antecedentes de los beneficiaros según lo dispuesto
en el artículo 2° de la presente Ley.
c) Disponer las tasaciones de Ios inmuebles a través del Banco de la Ciudad
de Buenos Aires.
d) Disponer el asesoramiento técnico y social a los beneficiarios que así lo
requieran.
e) Supervisar el cumplimiento del otorgamiento del crédito.
f) Controlar y monitorear la cuestión de las organizaciones previstas en el
Art. 3°, inciso b) de la presente.
g) Establecer las situaciones de prioridad estabIecidas en el artículo 6° de
la presente Ley.
Art. 11 — La reglamentación determinará los plazos que deberá cumplimentar cada
una de las etapas de las solicitudes que se presenten en el marco del presente
programa, los cuales en su conjunto no puedan exceder de noventa (90) días.
Art. 12 — En caso de que el grupo familiar se viera afectado por la pérdida
temporaria de trabajo podrá ser beneficiado con un plazo de gracia de hasta
seis meses. Las cuotas que se devengaren en su transcurso, con sus intereses,
serán satisfechas a la conclusión del término original, también en cuotas cuyo
importe no supere el de la última abonada.
Art. 13 — En los casos de desalojos o pérdidas de la vivienda por desastre natural,
el beneficiario tendrá derecho a una solución habitacional transitoria subsidiada
total o parcialmente por el Gobierno de la Ciudad, hasta tanto se brinde asistencia
financiera destinada a la vivienda definitiva. Este hábitat transitorio será
provisto, en tanto existan vacantes, por asociaciones sin fines de lucro dedicadas
a la prestación de este tipo de servicios. Dicha situación podrá extenderse
por un plazo no mayor a seis (6) meses.
Art. 14 — Anualmente el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá
fijar en la Ley de Presupuesto la partida correspondiente, a los fines de financiar
el cumplimiento de la presente ley.
Art. 15 — Comuníquese, etc.
IBARRA
Ruben Gé
LEY N° 341
Buenos Aires, 14 de abril de 2000.
En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA/98, certifico
que la Ley N° 341 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires el 24 de febrero de 2000, ha quedado promulgada automáticamente el día
16 de marzo de 2000.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por
intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y
para su conocimiento y demás fines, remítase a las Secretarías de Planeamiento
Urbano, de Hacienda y Finanzas y a la Comisión Municipal de la Vivienda en prosecución
de su trámite.
María Andrea Caruso
Subsecretaria
DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA
Y SUJETO A EXPROPIACION EL PREDIO UBICADO EN LA CALLE MARCOS SASTRE 3244/50,
CIRC. 15, SEC. 81, MZA. 161, PARCELA 2, EL MENCIONADO SERA AFECTADO A LA SECRETARIA
DE EDUCACION. OTORGASE AL J.I.N. "A" D.E. 17
Buenos Aires, 2 de marzo de 2000.
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º — Declárase de utilidad pública y sujeto
a expropiación el predio ubicado en la calle Marcos Sastre 3244/50, cuya denominación
catastral es circunscripción 15, sección 81, manzana 161, parcela 21. El predio
mencionado será afectado a la Secretaría de Educación y otorgado al J.I.N. "A"
D.E.17.
Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será imputado
al Programa 382 -Jurisdicción 60-Secretaría de Hacienda y Finanzas, del Presupuesto
General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondientes al año 2000.
Art. 3º — La determinación del precio del inmueble se hará de acuerdo a la tasación
que efectúe el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 4º — Comuníquese, etc.
IBARRA
Rubén Gé
LEY N° 347
Buenos Aires, 14 de abril de 2000.
En virtud de lo prescripto en el Art. 8º del Decreto Nº 2.343-GCBA-98, certifico
que la Ley Nº 347, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires el 2 de marzo del año en curso ha quedado promulgada automáticamente el
día 6 de abril de 2000.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por
intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y
para su conocimiento y demás fines, remítase a las Secretarías de Educación
y de Hacienda y Finanzas.
María Andrea Caruso
Subsecretaria
DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA
Y SUJETO A EXPROPIACION PARA SER DESTINADO A LA SEDE DE LA ESCUELA DE COMERCIO
N° 9, D.E. 11 "DR. JOSE INGENIEROS", EL INMUEBLE CON FRENTE A CORONEL
R. FALCON 2248, CIRC. 5a, SEC. 48, MZA. 124, PARCELA 4 a
Buenos Aires, 2 de marzo de 2000.
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º — Declárase de utilidad pública y sujeto
a expropiación para ser destinado a la sede de la Escuela de Comercio Nº 9 D.E.11
" Dr. José Ingenieros", el inmueble con frente a Coronel Ramón Falcón
2248, denominado catastralmente como circunscripción 5º, sección 48, manzana
124, parcela 4º.
Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será imputado
al Programa 382-Jurisdicción 60-Secretaría de Hacienda y Finanzas, del Presupuesto
General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondientes al año 2000.
Art. 3º — La determinación del precio del inmueble se hará de acuerdo a la tasación
que efectúe el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 4º — Comuníquese, etc.
JOZAMI
Rubén Gé
LEY N° 348
Buenos Aires, 14 de abril de 2000.
En virtud de lo prescripto en el Art. 8º del Decreto Nº 2.343-GCBA-98, certifico
que la Ley Nº 348 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires el 2 de marzo del año en curso ha quedado promulgada automáticamente el
día 6 de abril de 2000.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por
intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y
para su conocimiento y demás fines, remítase a las Secretarías de Educación
y de Hacienda y Finanzas.
María Andrea Caruso
Subsecretaria
DECLARASE DE UTILIDAD Y SUJETO
A EXPROPIACION EL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE J. B. ALBERDI 4750, CIRC. 1,
MZA. 174, PARCELA 7B
Buenos Aires, 2 de marzo de 2000.
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º — Declárase de utilidad pública y sujeto
a expropiación el inmueble ubicado en la calle Juan Bautista Alberdi 4750, entre
las calles White y Homero cuya denominación catastral es circunscripción 1,
sección 62, manzana 174, parcela 7b.
Art. 2º — El predio antes mencionado será destinado a la Secretaría de Educación
y otorgado a la Escuela de Bellas Artes "Rogelio Yrurtia", sito en
la calle Juan B. Alberdi 4754.
Art. 3º — La determinación del precio del inmueble se hará de acuerdo a la tasación
que efectúe el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado
al Programa 382-Jurisdicción 60-Secretaría de Hacienda y Finanzas, del Presupuesto
General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondientes al año 2000.
Art. 5º — Comuníquese, etc.
JOZAMI
Rubén Gé
LEY N° 349
Buenos Aires, 14 de abril de 2000.
En virtud de lo prescripto en el Art. 8º del Decreto Nº 2.343-GCBA-98, certifico
que la Ley Nº 349 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires el 2 de marzo del año en curso ha quedado promulgada automáticamente el
día 6 de abril de 2000.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por
intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y
para su conocimiento y demás fines, remítase a las Secretarías de Educación
y de Hacienda y Finanzas.
María Andrea Caruso
Subsecretaria
DECLARASE SITIO DE INTERES
CULTURAL DE LA CIUDAD A LOS DEPOSITOS DE GRAVITACION DE LOS BARRIOS DE CABALLITO
Y VILLA DEVOTO. COLOCACION DE PLACAS DE BRONCE
Buenos Aires, 9 de marzo de 2000.
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° — Declárase Sitio de Interés Cultural
de la Ciudad a los depósitos de gravitación de los barrios de Caballito y Villa
Devoto, ubicadas en las calles Pedro Goyena, José María Moreno, Beauchef y Valle;
y Gualeguaychú, José Pedro Varela, Mercedes y Francisco Beiró, respectivamente.
Art. 2° — Colóquese en el depósito de Caballito una placa de bronce, con el
siguiente texto:
Depósito de Gravitación "CABALLITO"
habilitado en 1915
declarado sitio de interés cultural por
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
AÑO 2000
Art. 3° — Colóquese en el depósito de Villa Devoto una placa de bronce, con el siguiente texto.
Depósito de Gravitación "VILLA
DEVOTO"
habilitado en 1917
declarado sitio de interés cultural por
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
AÑO 2000
Art. 4° — Los gastos que demande el cumplimiento
de la presente Ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Art. 5° - Comuníquese, etc.
OLIVERI
Rubén Ge
LEY N° 353
Buenos Aires, 14 de abril de 2000.
En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA-98, certifico
que la Ley N° 353 (Expediente N° 17.814-2000), sancionada por la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 9 de marzo de 2000, ha
quedado automáticamente promulgada el día 6 de abril de 2000.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio
de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales para su conocimiento
y demás efectos y pase a las Secretarías de Cultura, de Obras y Servicios Públicos
y de Hacienda y Finanzas.
María Andrea Caruso
Subsecretaria
Decretos
SOLICITASE
AL PODER EJECUTIVO NACIONAL LA CONSTITUCION DE UN COMANDO ELECTORAL PARA LA
C.A.B.A., A LOS FINES DE LA CUSTODIA DE LOS COMICIOS A REALIZARSE LOS DIAS 7
Y 21 DE MAYO DEL CORRIENTE AÑO
Buenos Aires, 4 de abril de 2000.
Visto la elección convocada por Decreto N° 37-2000 para el día 7 de mayo y para
la eventual segunda vuelta el día 21 de mayo de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente que las Fuerzas Armadas y de Seguridad preserven el
orden durante la realización del acto electoral;
Que la custodia de los comicios en oportunidades anteriores se realizó de manera
similar, con resultados plenamente satisfactorios;
Que es competencia del Poder Ejecutivo Nacional la constitución de un comando
electoral, afectando a las Fuerzas Armadas y de Seguridad de la Nación;
Que es necesario facultar a los efectivos asignados a emitir su voto en los
establecimientos donde presten servicios el día del comicio, acreditando con
su documento su domicilio en esta ciudad,
Que es preciso disponer la asignación de los fondos correspondientes;
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º — Solicítase al Poder Ejecutivo Nacional
la constitución de un COMANDO ELECTORAL PARA LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES,
a los fines de la custodia de los comicios a realizarse en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, los días 7 y 21 de mayo del corriente año.
Art. 2º — El personal subordinado al comando electoral y en aptitud de emitir
el sufragio, cuando en razón de las misiones asignadas no pueda votar en la
mesa que le corresponda, podrá hacerlo en aquella donde actúe o en la mesa más
próxima al lugar en que desempeñe sus funciones, aunque no figure inscripto
en ella. A tal efecto deberá exhibir el documento de identidad, con la indicación
del domicilio dentro del ámbito de la Ciudad.
A tal efecto, el presidente de la mesa agregará el nombre del votante en el
padrón, haciendo constar dicha circunstancia y la mesa en la que estaba inscripto.
Art. 3º — El presente decreto será refrendado por los Secretarios de Gobierno
y de Hacienda y Finanzas.
Art. 4º — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase copia al Tribunal
Superior de Justicia y a las Secretarias de Gobierno y de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archívese.
OLIVERA
Guillermo Moreno Hueyo
Eduardo Alfredo Delle Ville
DECRETO Nº 495
DESESTIMANSE
PEDIDOS DE VISTA Y SUSPENSION DE PLAZOS EFECTUADOS POR LA FIRMA SISTEMAS CATASTRALES
S.A.
Buenos Aires, 6 de abril de 2000.
Visto el Expediente N° 78.863/97 y el Decreto N° 632-GCBA-97 (B.O.C.B.A. N°
308 de fecha 23/10/97), y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramitan las presentaciones efectuadas por la
empresa Sistemas Catastrales S.A.;
Que con fecha 4/11/97, después de acreditar debidamente su personería, el Gerente
General Rodolfo E. Campos, atento la publicación del Decreto N° 632/GCBA/97
solicita vista por el plazo de diez ( 10) días, con suspensión de términos,
del Registro N° 004/CVDexMCBA/96 por ser la actuación en que se dictó el mismo;
Que en particular pide vista de la presentación realizada por la empresa Catastros
y Relevamientos Catastrales S.A.-UTE, bajo Registro N° 004/CVDexMCBA/96, ante
la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires y del Convenio y sus Anexos celebrado el 12/5/97 por el señor Subsecretario
de Hacienda y Finanzas y la mencionada empresa;
Que, fundando su solicitud, expresa que existe la posibilidad de que lo resuelto
en el mencionado Decreto cause gravamen irreparable a la empresa;
Que aclara que se considera parte en esos actuados en atención a lo expuesto
en los Considerandos 1° y 5° del Decreto atento a que Sistemas Catastrales S.A.
es la única empresa concesionaria de tareas de informatización del catastro
geométrico, jurídico y económico y la apoyatura a la fiscalización de obras
y a las Direcciones Generales que intervienen en la confección del catastro;
Que se agrega la fotocopia del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 308, de fecha 23/10/97, en la parte en que se publica el Decreto N° 632/GCBA/97,
por el cual se aprueba en todos sus términos el Convenio celebrado el 12/5/97
entre el señor Subsecretario de Hacienda y Finanzas en su carácter de Presidente
de la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad
de Buenos Aires y la empresa Catastros y Relevamientos Catastrales S.A.-UTE;
Que la publicación del decreto, en su parte final, hace saber que "Los
Anexos podrán ser consultados en el Departamento Registro de la Subsecretaría
Legal y Técnica ";
Que, finalmente, luce el Informe N° 19/3110/SHyF/97, producido con fecha 10/7/98
por la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, en el cual se considera
que sería procedente denegar el requerimiento de Sistemas Catastrales S.A. habida
cuenta que por el Registro N° 004-CVDexMCBA-96 se aprueba el Convenio celebrado
con una empresa distinta, como lo es Catastros y Relevamientos Catastrales S.A.-UTE;
Que cabe dejar constancia que parte de la documentación en relación con la cual
se solicita vista, ha sido puesta a disposición de los administrados en la parte
final de la publicación del decreto indicándose, incluso, el Departamento en
que podrá ser consultada, tal el caso de la documentación que integran los Anexos
del decreto;
Que por esta razón y en ese aspecto, el pedido de vista y de suspensión de los
plazos, resulta totalmente improcedente;
Que por medio del Registro N° 004/CVDexMCBA/96 tramitó la verificación y reconocimiento
de legitimidad de la acreencia de la firma Catastros y Relevamientos Catastrales
S.A.-UTE, empresa en relación con la cual, la presentante en estos obrados,
no aduce vinculación alguna;
Que la invocación de única empresa concesionaria de las tareas de informatización
del catastro geométrico, jurídico y económico, alegada por Sistemas Catastrales
S.A., no resulta acreditada en las actuaciones con lo que carece de sustento
la petición;
Que sin perjuicio de ello, y aún cuando hubiera sido acreditada, esa condición
no otorgaría a la peticionante el carácter de parte en aquellas actuaciones
ni la haría titular de un interés legítimo o de un derecho subjetivo que diera
sustento a su injerencia procedimental en las mismas, dado su naturaleza y los
intereses esencialmente particulares controvertidos en la misma;
Que por estas consideraciones debe rechazarse el pedido de vista con suspensión
de los términos formulada por Sistemas Catastrales S.A.;
Que, con fecha 7/11/97, obra una nueva presentación de la firma en cuestión,
constituyendo una mera reiteración de lo que manifestara en su primer escrito,
por lo que resulta aplicable los términos más arriba considerados;
Que posteriormente, con fecha 5/12/97, la firma solicitante decidió complementar
sus pretéritas peticiones con un pedido de aclaratoria respecto del Decreto
N° 632/GCBA/97;
Que, al respecto, cabe destacar que con anterioridad a esa petición, no medió
un requerimiento similar por parte de la peticionante;
Que en esa inteligencia, considerando las fechas de las presentaciones, y la
previsión contenida por el Art. 121 del Decreto N° 1.510/GCBA/97 (B.O.C.B.A.
N° 310), el cual expresamente prevé que la aclaratoria debe ser deducida dentro
de los cinco (5) días computados desde la notificación del acto, sólo cabe concluir
que en el caso en análisis se encuentran ampliamente excedidas las razonables
pautas temporales para intentar la acción pretendida, constituyendo ello motivo
suficiente para considerar que no resulta procedente su pedido;
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y lo preceptuado en el Art. 121 de la Ley de
Procedimientos Administrativos (B.O. N° 310);
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° — Desestímanse los
pedidos de vista y suspensión de plazos del Registro N° 004/CVDexMCBA/96, y
de aclaratoria del Decreto N° 632/GCBA/97, efectuados por la firma Sistemas
Catastrales S.A., por resultar formalmente improcedentes.
Art. 2° — El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda
y Finanzas.
Art. 3° — Dése al Registro, remítase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires a los fines establecidos por el Art. 11 del Decreto N° 698/GCBA/96,
notifíquese a la interesada mediante cédula debidamente diligenciada por intermedio
de la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y, para
su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Rentas
y de Contaduría. Cumplido, archívese.
OLIVERA
Eduardo Alfredo Delle Ville
DECRETO N° 518
ENCOMIENDASE
TRANSITORIAMENTE LA FIRMA DEL DESPACHO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS,
AL SEÑOR SECRETARIO DE GOBIERNO, DR. GUILLERMO MORENO HUEYO MIENTRAS DURE LA
AUSENCIA DE SU TITULAR
Buenos Aires,7 de abril de 2000.
Visto que el señor Secretario de Hacienda y Finanzas, Eduardo Alfredo Delle
Ville, se ausentará temporariamente, a partir del 8/4/2000 y hasta el 10/4/2000,
ambas fechas inclusive, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario designar al funcionario competente para suscribir el despacho
de la Secretaría de Hacienda y Finanzas mientras dure la ausencia de su titular;
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas por los
Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° — Encomiéndase la firma del despacho
de la Secretaría de Hacienda y Finanzas al señor Secretario de Gobierno, Dr.
Guillermo Moreno Hueyo, a partir del 8/4/2000 y hasta el 10/4/2000, ambas fechas
inclusive, mientras dure la ausencia de su titular señor Eduardo Alfredo Delle
Ville.
Art. 2° — El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de
Gobierno y de Hacienda y Finanzas.
Art. 3° — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Gobierno,
y a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
OLIVERA
Guillermo Moreno Hueyo
Eduardo Alfredo Delle Ville
DECRETO N° 519
Decreto N° 390 del 28 de marzo de 2000.
Secretaría de Educación. Autorízase al Señor Secretario Profesor Mario Alberto
Giannoni, a participar de la "Microsoft Government Leaders Conference"
del 3 al 5 de abril del corriente año, que se llevara a cabo en la ciudad de
Seattle - Washington EE.UU. Pasajes- Viáticos.
Decreto N° 393 del 28 de marzo de 2000.
Subsecretaría de Comunicación Social. Autorizase al Sr. Subsecretario a suscribir
contratos de locacion de servicios con la Sra. Silvina Krieger, y el Sr. Raúl
Ivancovich.
Decreto N° 394 del 28 de marzo de 2000.
Subsecretaría de Coordinación del Gabinete. Autorízase al Sr. Director General
Técnico Administrativo y Legal, a suscribir contratos de locación de servicios
con el Sr. Walter G. Azar, y la Sra. Tamara Galanternik.
Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida Rivadavia 525 "P.B.".
Resoluciones
APRUEBASE
ACTA ACUERDO CON LA FIRMA ORGANON ARGENTINA S.A.Q.I. Y C.
Buenos Aires, 29 de marzo de 2000.
Visto el Registro N° 242-CVDexMCBA-97; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Registro mencionado tramita la presentación efectuada por la firma
ORGANON ARGENTINA S.A.Q.I. y C., y mediante la cual gestiona la verificación
de un crédito, en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96;
Que la pretendida acreencia por un importe de pesos un mil trescientos sesenta
y seis con ochenta y cuatro/100 ($1.366,84), obedecería a facturas impagas por
la provisión de insumos al Hospital . Neuropsiquiátrico "José T. Borda";
Que el 13 de febrero de 1998 a través de Anexo I de estilo, las Direcciones
Generales de Contaduría y Tesorería informaron la deuda registrada para con
la verificante, posterior al 6/8/96.
Que la misma alcanzaba un monto de pesos seiscientos ochenta y tres con cuarenta
y dos/100 ($ 683,42);
Que el 28 de enero de 1998 se propuso a la causante satisfacerle la indicada
suma, en un solo pago con una quita del treinta y cinco por ciento (35 %), sin
interés alguno;
Que ello fue aceptado por la interesada con fecha 9 de febrero de 1998;
Que la provisión de los insumos por parte de la verificante, y generadora de
la deuda reconocida, ha quedado acreditada mediante las Resoluciones N° 1.805-SS-99
y 223-SS-2000;
Que en consecuencia de lo expuesto procede abonársele la cantidad de pesos cuatrocientos
cuarenta y cuatro con veintidós centavos ($ 444,22);
Que ello se formalizará, por medio de un pagaré Decreto N° 225-GCBA-96 con cláusula
"sin protesto", emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que el mismo será cancelado a los treinta (30) días de la fecha del presente
acto administrativo, conforme lo establecido por la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97,
descontando, de su importe, la suma que pudiera corresponder en concepto de
Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;
Que a los 24 días del mes de febrero de 2000, y conforme lo dispuesto por el
Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se suscribió el Acta por la cual se formalizó
lo acordado con la reclamante;
Que el 3 de diciembre de 1999, la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires se ha pronunciado de acuerdo con lo previsto por el Art. 8° de la mentada
normativa;
Por ello, y de acuerdo con Io establecido en el Art. 9° del Decreto N° 225-GGBA-96,
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase en todos sus términos el
Acta Acuerdo celebrada el 24 de febrero de 2000, por la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y
la firma ORGANON ARGENTINA S.A.Q.I. y C representada por Ariel Aníbal Núñez
(D.N.I. N° 16.602.677), que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante
de la presente.
Art. 2° — Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de
los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.
Art. 3° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaría de Salud, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás
fines a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal, de Tesorería
y Contaduría.
Eduardo Alfredo Delle Ville
Secretario
RESOLUCION N° 514
MODIFICASE
EL ANEXO II DE LA RESOLUCION N° 2.804-SHYF-98, B.O. N° 459 SOBRE REGIMEN DEL
FONDO COMPENSADOR. DOCUMENTACION MEDICA REQUERIDA ANTE LA OBRA SOCIAL QUE LE
CORRESPONDIERA
Buenos Aires, 7 de abril de 2000.
Visto el Expediente N° 48.778/97 y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.721-GCBA-97 (B.O. N° 341 ), ratificado
por Resolución N° 46/998 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y modificado por Ley N° 19, se instituyó un fondo compensador para todo el personal
dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 2.804-SHyF-98 fue reglamentada dicha norma, de conformidad
con lo dispuesto por el Art. 24 de la misma;
Que la citada Resolución comprende cuatro Anexos nominados, respectivamente,
"Normas Generales", "Nomenclador Indicativo de Prestaciones de
Alta Complejidad y Transplantes", "Solicitud de Beneficio" y
"Auditoría en Terreno y Seguimiento de Pacientes";
Que la Dirección Medicina del Trabajo, dependiente de la Dirección General de
Recursos Humanos, propicia actualizar el "Nomenclador Indicativo de Prestaciones
de Alta Complejidad", basándose en la revisión generada por cambios producidos
por disminución de los valores testigos, como asimismo agregar nuevos ítems
a los ya establecidos;
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el Anexo II de la Resolución N° 2.804/SHyF/98, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD
|
ITEM |
VALOR |
|
Estudio electro fisiológico |
$ 800,00 |
|
Ablación por radio frecuencia |
$ 1.650,00 |
|
Cardiodesfibrilador |
$ 32.000,00 |
|
Implante de cardiodesfibrilador |
|
|
a) Endocavitario |
$ 700,00 |
|
b) Por toracotomía |
$ 1.800,00 |
|
Biopsia cardíaca por cateterismo |
$ 700,00 |
|
Biopsia cardíaca por cateterismo (casos pediátricos) |
$ 1.400. |
|
Cirugía cardiovascular c/circulación extracorpórea |
$ 11.000,00 |
|
Cirugía cardiovascular c/circulación extracorpórea neonatológica |
$ 14.000,00 |
|
Embolización selectiva de grandes vasos |
|
|
a) Vaso único |
$ 2.500,00 |
|
b) Vasos múltiples |
$ 3.000,00 |
|
Oxígeno líquido portátil |
$ 350,00 (1) |
|
Concentrador de oxígeno |
$ 240,00 (1) |
Factor VIII - IX - La Dirección de Medicina del Trabajo debe autorizar la cantidad de unidades requeridas, teniendo en cuenta los siguientes niveles de pureza:
Factor VIII (hemofilia A):
|
a) Intermedia |
$ 340,00 (2) |
|
b) Alta |
$ 580,00 (2) |
|
Factor IX (hemofilia B): |
|
|
De 1200 unidades |
$ 700,00 (2) |
|
Hormona de crecimiento por frasco |
$ 60,00 (3) |
|
Implantes cocleares |
|
|
a) Estudios pre-quirúrgicos, honorarios del cirujano y gastos de internación |
$ 8.000,00 |
|
b) Sistema de implante coclear interno y externo |
$ 24.000,00 |
|
c) Tratamiento y control post-quirúrgico |
$ 3.000,00 |
|
Radioneurocirugía cerebral |
$ 10.000,00 |
|
Neuroestimuladores |
$ 6.800,00 |
|
Bomba infusora de insulina |
$ 5.200,00 |
|
Prótesis de válvula biológica |
$ 1.500,00 |
|
Prótesis de válvula mecánica |
$ 2.500,00 |
|
Colocación Stent |
|
|
a) Prótesis |
$ 3.000,00 |
|
b) Honorarios |
$ 2.500,00 |
|
Sistema de derivación ventrículo peritoneal |
$ 2.200,00 |
NOTAS:
(1): Este valor es el máximo mensual posible; la duración de esta prestación
estará sujeta a las necesidades de tratamiento de cada agente que fueran autorizadas
por la Dirección de Medicina del Trabajo.
(2): Estos valores corresponden al tope máximo por frasco. La cantidad requerida
deberá ser, en cada caso, autorizada por la Dirección de Medicina del Trabajo.
(3): Este es el valor tope por frasco de medicamento, la cantidad necesaria,
como así también la duración de esta prestación estará sujeta a las necesidades
de tratamiento de cada agente que fueran autorizadas por la Dirección de Medicina
del Trabajo.
Art. 2° — Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese al Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a las diversas Obras
Sociales a las cuales aportan los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de ' Buenos Aires, y al Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación
e Implantes (I.N.C.U.C.A.I.) y remítase para su conocimiento y demás fines a
la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda
y Finanzas.
Eduardo Alfredo Delle Ville
Secretario
RESOLUCION N° 581
DESIGNASE AL LIC. MIGUEL A. PESCE EN CARACTER DE REPRESENTANTE
ALTERNO DEL G.C.A.B.A. ANTE EL CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES
Buenos Aires, 12 de abril de 2000.
Visto los términos de la Resolución N° 16.099/59 del entonces Honorable Concejo
Deliberante ratificada por el Decreto N° 638/1960 y el Decreto N° 1.551-GCBA-99
(B.O. N° 758), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado decreto se designó al Secretario de Hacienda y Finanzas,
señor Eduardo Alfredo Delle Ville como representante titular del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que de conformidad con las normas aludidas en el Visto de la presente corresponde
se designe un representante alterno del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
ante el Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Desígnase a partir de la fecha de la presente al Licenciado Miguel
Angel Pesce en carácter de representante alterno del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires ante el Consejo Federal de Inversiones.
Art. 2° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires; comuníquese al Consejo Federal de Inversiones. Cumplido, archívese.
Eduardo Alfredo Delle Ville
Secretario
RESOLUCION N° 613
NUEVA
NOMINA DE RESPONSABLES COMPRENDIDOS EN EL SISTEMA DE CONTROL PARA LA REPRESENTACION
DE LAS DD. JJ. DE LOS AGENTES DE RECAUDACION DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS
BRUTOS (SICOAR)
Buenos Aires, 13 de abril de 2000.
Visto la Resolución N° 2.287-DGR-99 (B.O.C.B.A. N° 725) de fecha 1°/7/99, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma establece un Sistema de Control para la presentación de
las Declaraciones Juradas de los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos (SICOAR);
Que razones de practicidad y economía operativa en el procesamiento de datos
hacen recomendable la unificación de procedimientos para la obtención de información
de manera más eficiente;
Que con la adopción de dicha medida este Organismo recaudador puede imprimir
mayor celeridad a los controles basándose en la información recibida;
Que por las razones expuestas precedentemente se hace necesario incorporar al
sistema antedicho una nueva nómina de responsables para que actúen en tal carácter;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
4°, inc. 16) del Código Fiscal (t.o. 2000);
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCION GENERAL
DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Quedan comprendidos en el Sistema
de Control para la presentación de las Declaraciones Juradas de los Agentes
de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (SICOAR) aquellos responsables
incluidos en la nómina que obra como Anexo I que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente.
Art. 2° — El mencionado sistema regirá para las retenciones o percepciones practicadas
a partir de las operaciones del mes de mayo de 2000 inclusive.
Art. 3° — Los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas
y el depósito de las retenciones y/o percepciones practicadas operará de acuerdo
a la terminación del dígito verificador del número de Agente de Recaudación,
según el cronograma que obra como Anexo II que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente.
Art. 4° — Sin perjuicio de lo establecido por el artículo anterior los responsables
comprendidos por este sistema deberán presentar las declaraciones juradas hasta
el mes de abril del corriente año inclusive, conforme a lo establecido por la
Resolución N° 1.014-DGR-96.
Art. 5° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a las Direcciones dependientes de esta Dirección General
y notifíquese a los responsables incluidos en el Anexo I. Cumplido, archívese.
Javier Calvo
Director General
RESOLUCION N° 829
ANEXO I
Nómina de Agentes de Recaudación
Sistema de Control Agentes de Recaudación SICOAR
|
N° |
N° Inscripción |
Razón Social |
|
1 |
1848-7 |
NUBIAL SA |
|
2 |
1856-8 |
SERVICIOS DE SALUD SA |
|
3 |
1876-4 |
PLUS MEDICO |
|
4 |
1899-1 |
CENTRO ARGENTINO DE MEDICINA INTEGRAL S.A. |
|
5 |
1901-6 |
CEPRIMED SA |
|
6 |
1902-0 |
MEDICAL'S SA |
|
7 |
1947-0 |
CENTRO MEDICO GALILEO SOCIEDAD DE RESPON. |
|
8 |
1948-4 |
PANMEDICA SA |
|
9 |
2033-9 |
PROTECCION MEDICA PRIVADA MEDIPLAN S.A. |
|
10 |
2569-1 |
COLMED SA |
|
11 |
2880-7 |
FIRST MEDICAL SRL |
|
12 |
2907-4 |
PREMEDIN S.A. |
|
13 |
2913-8 |
MEDICENTER S.A. |
|
14 |
3159-0 |
MEDIC GEM'S SA |
|
15 |
3210-2 |
MEDICHECK SA |
|
16 |
3225-9 |
ASISTENCIA DE SALUD SOCIEDAD ANONIMA |
|
17 |
3289-2 |
CORPORACION MEDICA BELGRANO SA |
|
18 |
3301-5 |
OBRA SOCIAL FIAT CONCORD S.A. |
|
19 |
3423-6 |
CENTRO MEDICO BELGRANO SA |
|
20 |
3429-8 |
MEDIPRES SA |
|
21 |
3507-1 |
ASOCIACION ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS D |
|
22 |
3508-5 |
OBRA SOCIAL ALLIED DOMECQ ARGENTINA S.A. |
|
23 |
3515-2 |
OBRA SOCIAL DEL PERSONAL TECNICO AERONAU |
|
24 |
3527-8 |
ASOCIAC. MUTUAL CON-SER CONFIANZA Y SERV. |
|
25 |
3558-6 |
OBRA SOCIAL SERENOS DE BUQUES. |
|
26 |
3561-9 |
MUTUAL FEDERADA "25 DE JUNIO" S.P.R. |
|
27 |
3637-3 |
OBRA SOCIAL DE SUPERVISORES DE LA IND. M |
|
28 |
3647-1 |
CONFEDERACION ARGENTINA DE CLINICAS, SANA |
|
29 |
3655-2 |
OBRA SOCIAL DEL PERSONAL SUPERIOR DE GOO |
|
30 |
3698-6 |
FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADOR |
|
31 |
3699-0 |
OBRA SOCIAL PERSONAL DE LA ENSEÑANZA PRI |
|
32 |
3721-0 |
SANATORIO COLEGIALES SA Y SANATORIO ANCH |
|
33 |
3729-0 |
SEMPRE SA |
|
34 |
3772-5 |
CENTRO MEDICO SAN MARCOS SRL |
|
35 |
3837-8 |
PROMED PROTECCION MEDICA DEVOTO SA |
|
36 |
3894-6 |
CAIP SRL CLINICA PRIVADA PSICOPATOLOGI |
|
37 |
4044-3 |
CENTRO DE MEDICINA INTEGRAL SRL |
|
38 |
4349-3 |
CO D I PA SA |
|
39 |
4373-6 |
ORMAS SAICI Y C |
|
40 |
4561-5 |
NOVOBRA SA |
|
41 |
4756-0 |
RAGHSA SA |
|
42 |
5288-1 |
ING AUGUSTO H SPINAZZOLA SCA |
|
43 |
5437-1 |
"CASA GAZAVE" S.R.L. |
|
44 |
5441-8 |
BULLMACO SA |
|
45 |
5460-0 |
CODIME S A |
|
46 |
5520-5 |
PRAXSAL SA |
|
47 |
5553-0 |
FUNDACO S.A.I.C. |
|
48 |
5587-0 |
IGLYS SA |
|
49 |
5647-4 |
PAPELERA ALSINA SACIFIA |
|
50 |
5686-3 |
STENFAR SAIC |
|
51 |
5810-9 |
DECAVIAL SAICAC |
|
52 |
5819-1 |
EXCELSITAS SA |
|
53 |
5852-9 |
DALUX SRL |
|
54 |
5885-4 |
EDIFICADORA CARRIED SA |
|
55 |
5982-0 |
PAPELSUR SACIFIA |
|
56 |
5983-4 |
MARINO E HIJO SA |
|
57 |
6016-9 |
RAMON CHOZAS SA |
|
58 |
6125-0 |
CEMA CENTRO MEDICO ASISTENCIAL SRL |
|
59 |
6140-9 |
CLINICA DEL VALLE SRL |
|
60 |
6228-9 |
TEL 3 SA |
|
61 |
6229-2 |
DINEMUL S.A. |
|
62 |
6455-7 |
CEMIBA S A |
|
63 |
6502-2 |
CENTRO MEDICO LEZAMA SOCIEDAD ANONIMA |
|
64 |
6547-3 |
EMPRESA Y ORGANIZACION DE SALUD S.A. |
|
65 |
6602-0 |
DE GREMONT SA |
|
66 |
6613-1 |
FERROMEL SA |
|
67 |
6671-3 |
CENTRO MEDICO SAN FRANCISCO SRL |
|
68 |
6684-2 |
SISTEMAS MEDICOS INTEGRADOS SA |
|
69 |
6700-0 |
A EVANGELISTA SA |
|
70 |
6748-1 |
CONSULMED EMPRENDIMIENTOS DE SALUD SA |
|
71 |
6798-2 |
CENTRO OFTALMOLOGICO INTEGRAL SA |
|
72 |
6822-0 |
LUA SALUD S. A. |
|
73 |
6916-4 |
CHACOFI SACI FI |
|
74 |
6942-4 |
CONCESIONARIA VIAL ARG ESP SA COVIARESSA |
|
75 |
7261-2 |
B. ROGGIO E HIJOS SA. CONST. CIVILES J. M. AR |
ANEXO II
Cronograma de Vencimientos
|
DIGITO VERIFI- CADOR |
MES |
AÑO |
VENCIMIENTO PRESENTACION DDJJ |
VENCIMIENTOS PARA EFECTUAR EL DEPOSITO |
|
0-1 |
5 |
2000 |
05/06/2000 |
06/06/2000 |
|
6 |
2000 |
05/07/2000 |
06/07/2000 |
|
|
7 |
2000 |
07/08/2000 |
08/08/2000 |
|
|
8 |
2000 |
05/09/2000 |
06/09/2000 |
|
|
9 |
2000 |
05/ 10/2000 |
06/10/2000 |
|
|
10 |
2000 |
06/11/2000 |
07/11/2000 |
|
|
11 |
2000 |
05/12/2000 |
06/12/2000 |
|
|
12 |
2000 |
05/01/2001 |
08/01/2001 |
|
DIGITO VERIFI- CADOR |
MES |
AÑO |
VENCIMIENTO PRESENTACION DDJJ |
VENCIMIENTOS PARA EFECTUAR EL DEPOSITO |
|
2-3 |
5 |
2000 |
06/06/2000 |
07/06/2000 |
|
6 |
2000 |
06/07/2000 |
07/07/2000 |
|
|
7 |
2000 |
08/08/2000 |
09/08/2000 |
|
|
8 |
2000 |
06/09/2000 |
07/09/2000 |
|
|
9 |
2000 |
06/10/2000 |
09/10/2000 |
|
|
10 |
2000 |
07/11/2000 |
08/11/2000 |
|
|
11 |
2000 |
06/12/2000 |
07/12/2000 |
|
|
12 |
2000 |
08/01/2001 |
09/01/2001 |
|
DIGITO VERIFI- CADOR |
MES |
AÑO |
VENCIMIENTO PRESENTACION DDJJ |
VENCIMIENTOS PARA EFECTUAR EL DEPOSITO |
|
4-5 |
5 |
2000 |
07/06/2000 |
08/06/2000 |
|
6 |
2000 |
07/07/2000 |
10/07/2000 |
|
|
7 |
2000 |
09/08/2000 |
10/08/2000 |
|
|
8 |
2000 |
07/09/2000 |
08/09/2000 |
|
|
9 |
2000 |
09/10/2000 |
10/10/2000 |
|
|
10 |
2000 |
08/11/2000 |
09/11/2000 |
|
|
11 |
2000 |
07/ 12/2000 |
11/12/2000 |
|
|
12 |
2000 |
09/01/2001 |
10/01/2001 |
|
DIGITO VERIFI CADOR |
MES |
AÑO |
VENCIMIENTO PRESENTACION DDJJ |
VENCIMIENTOS PARA EFECTUAR EL DEPOSITO |
|
6-7 |
5 |
2000 |
08/06/2000 |
09/06/2000 |
|
6 |
2000 |
10/07/2000 |
11/07/2000 |
|
|
7 |
2000 |
10/08/2000 |
11/08/2000 |
|
|
8 |
2000 |
08/09/2000 |
11/09/2000 |
|
|
9 |
2000 |
10/10/2000 |
11/10/2000 |
|
|
10 |
2000 |
09/11/2000 |
10/11/2000 |
|
|
11 |
2000 |
11/12/2000 |
12/12/2000 |
|
|
12 |
2000 |
10/01/2001 |
11/01/2001 |
|
DIGITO VERIFI CADOR |
MES |
AÑO |
VENCIMIENTO PRESENTACION DDJJ |
VENCIMIENTOS PARA EFECTUAR EL DEPOSITO |
|
8-9 |
5 |
2000 |
09/06/2000 |
12/06/2000 |
|
6 |
2000 |
11/07/2000 |
12/07/2000 |
|
|
7 |
2000 |
11/08/2000 |
14/08/2000 |
|
|
8 |
2000 |
11/09/2000 |
12/09/2000 |
|
|
9 |
2000 |
11/10/2000 |
12/10/2000 |
|
|
10 |
2000 |
10/11/2000 |
13/11/2000 |
|
|
11 |
2000 |
12/12/2000 |
13/12/2000 |
|
|
12 |
2000 |
11/01/2001 |
12/01/2001 |
AUTORIZASE COLOCACION DE PLACA
EN LA ESCUELA N° 13, D.E. 3 "PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO"
Buenos Aires, 10 de abril de 2000.
Visto el Expediente N° 46.944/99 relacionado con la colocación de una placa
de bronce, donada por la Asociación Cooperadora de la Escuela N° 13, D.E. 3°
"Provincia Santiago del Estero", al cumplirse el centenario de su
fundación, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con las informaciones producidas por los organismos competentes,
nada obsta para acceder al pedido formulado;
Por ello y de conformidad con lo establecido por Decreto N° 1815/91 (B.M. 19.048),
LOS SECRETARIOS DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVEN:
Artículo 1° — Autorízase la colocación de una placa de bronce, en la Escuela N° 13 D. E 3 "Provincia Santiago del Estero", donada por su Asociación Cooperadora, en homenaje al Centenario del establecimiento, con el siguiente texto:
LA COMUNIDAD EDUCATIVA
A LA ESCUELA N° 13 D.E. 3
PROV. SANTIAGO DEL ESTERO
EN EL CENTENARIO
DE SU FUNDACION
1899 - 1999
Art. 2° — Regístrese; comuníquese a la Subsecretaría
Legal y Técnica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y pase para su conocimiento y fines pertinentes, a la Dirección Instituto
Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, a la Secretaría de Educación y a la
Dirección General de Contaduría.
Teresa de Anchorena
Secretaria de Cultura
RESOLUClON N° 283
CALIFICANSE ESPECTACULOS TEATRALES
Buenos Aires, 29 de marzo de 2000.
Visto el Registro Nº 27-CC-2000, en el que obra copia del Acta N° 40 y atento
a las determinaciones de la Ordenanza Nº 40.852-85 (B.M. Nº 17.670) y su modificatoria
Nº 41.739-86 (B.M. Nº 17.972) y facultades conferidas por Decreto Nº 540-98
(B.O. Nº 439).
La Comisión Calificadora de Espectáculos,
Publicaciones y Expresiones Gráficas
Resuelve:
Artículo 1º — Califícanse "Apto Para Todo
Público" de acuerdo con lo preceptuado en el Art. 4°, inc. a) de la Ordenanza
N° 40.852/85 y su modificatoria N° 41.739/86, los espectáculos teatrales titulados:
"El Varietté de Farabute" de Emilio Tamer, que se representa en el
Teatro El Vitral, con domicilio en Rodríguez Peña 344, "El Paquete"
de Rogelio Labardén y Flia., que se representa en el Teatro El Vitral con domicilio
en Rodríguez Peña 344, "El Kaso Dora", de Roberto E. Torres, que se
representa en el Teatro El Vitral, con domicilio en Rodríguez Peña 344, "Sinvergüenzas"
de Anthony MacCarten y Stephen Sinclair, que se representa en el Teatro La Plaza,
con domicilio en Av. Corrientes 1660.
Art. 2º — Regístrese, dése a la prensa, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento, notificación y cumplimiento,
remítase a la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones de la Secretaría
de Gobierno. Cumplido, archívese. Término cinco (5) años.
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Norma Liliana Kahan |
Alejandro Félix Capato |
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Alejandra N. Argüello |
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RESOLUCION Nº 27
DESIGNASE
COMO COORDINADOR EN REPRESENTACION DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TRABAJO AL LIC. EDUARDO BAJLEC COMO NEXO ANTE EL CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES
Buenos Aires, 12 de abril de 2000.
Visto los términos de la Resolución N° 16.099/59 del entonces Honorable Concejo
Deliberante ratificada por el Decreto N° 638/1960 y el Decreto N° 1.551-GCBA-99
(B.O. N° 758), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado decreto se designó al Secretario de Hacienda y Finanzas,
señor Eduardo Alfredo Delle Ville como representante titular del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que hasta tanto se concrete el Convenio en el cual se establezcan las obligaciones
de cada una de las partes y se instale la Unidad de Enlace Provincial, resulta
conveniente designar un Coordinador, en representación de la Secretaría de Industria,
Comercio y Trabajo;
Que será responsabilidad del mismo actuar como nexo ante el Consejo Federal
de Inversiones;
Que resulta necesario dictar el acto administrativo respectivo;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y TRABAJO Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVEN:
Artículo 1° — Hasta tanto se concrete el Convenio
en el cual se establezcan las obligaciones de cada una de las partes y se instale
la Unidad de Enlace Provincial, desígnase como Coordinador, en representación
de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo al Licenciado Eduardo Bajlec,
cuya responsabilidad será la de actuar como nexo ante el Consejo Federal de
Inversiones a los efectos de definir los términos del aludido convenio, sin
perjuicio de las facultades de los representantes titular y alterno.
Art. 2° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y comuníquese a la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo y al Consejo
Federal de Inversiones (C.F.I.). Cumplido, archívese.
Rafael Kohanoff
Secretario
Eduardo Alfredo Delle Ville
Secretario
RESOLUCION N° 319
SUBSECRETARIA DE DESCENTRALIZACION.
CREASE LA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Buenos Aires, 13 de abril de 2000.
Visto el Decreto N° 1.843-GCBA-98, promulgatorio de la Ley N° 70, por la cual
se fijan los sistemas de gestión, administración financiera y control del sector
público de la Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que, es necesario implementar la Unidad de Auditoría Interna (UAI) con el objeto
de conformar un sistema de control interno en el ámbito de la Subsecretaría
de Descentralización, Area Vicejefatura de Gobierno;
Que, es menester aplicar un modelo de control integral e integrado que promueva
el logro de los objetivos, con eficiencia, eficacia y economía;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE DESCENTRALIZACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Créase la Unidad de Auditoría Interna
de la Subsecretaría de Descentralización, ámbito de la Vice Jefatura de Gobierno,
la que tendrá en cuenta las normas de control interno que dicte la Sindicatura
General de la Ciudad de Buenos Aires y la adopción de las medidas necesarias
para su efectivo cumplimiento.
Art. 2° — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Sindicatura General
de la Ciudad de Buenos Aires.
Andrés Borthagaray
Subsecretario
RESOLUCION N° 30
Resolución N° 33 del 21 de marzo de 2000.
Secretaría de Educación. Sobreséese provisionalmente de Sumario N° 538/98, instruido
con motivo de lo propiciado en la Resolución N° 1679/99 recaída en la Actuación
N° 979/99 de la Defensoría del Pueblo, sobre presuntas manifestaciones efectuadas
por la Vicedirectora de la Escuela Normal Superior N°2 en Lenguas Vivas "Mariano
Acosta".
Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida Rivadavia 525 "P.B.".
Disposiciones
INSTALANSE
POSTES CON SEÑAL PARA AUTOMOVILES DE ALQUILER CON TAXlMETRO EN DIVERSAS ARTERIAS
Buenos Aires, 31 de marzo de 2000.
Visto la Nota N° 3.380-DGTO-2000, relacionada con la habilitación de algunas
paradas de taxis en el ejido capitalino, y
CONSIDERANDO:
Que, luego de un exhaustivo relevamiento en distintos lugares de la capital,
por solicitud del Sindicato de Peones de Taxis, se entiende necesario la instalación
de postes para automóviles de alquiler con taxímetro en las calles Pergamino,
Sarmiento, Av. Antártida Argentina y Av. Pte. Roque Sáenz Peña, a fin de satisfacer
la demanda de estos Vehículos,
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSITO
DISPONE:
Artículo 1° — Instálense postes con señal para
automóviles de alquiler con taxímetro en:
Sarmiento, 12 metros antes de senda peatonal de Av. Leandro N. Alem, con capacidad
máxima de espera de 5 (cinco) vehículos.
Pergamino, 25 metros después de Av. Rivadavia, con capacidad de espera de 4
(cuatro) vehículos.
Av. Antártida Argentina, 5 metros antes de número catastral 1489, con capacidad
máxima de espera de 5 (cinco) vehículos.
Av. Pte. Roque Sáenz Peña 624, con capacidad máxima de espera de 3 (tres) vehículos.
Art. 2° — La presente medida entrará en vigencia una vez instalado el señalamiento
indicador correspondiente.
Art. 3° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Policía
Federal Argentina, a las entidades del sector, al Departamento de Obras Complementarias,
y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección Estudios del Transporte,
cumplido; archívese.
Julio Mario Katz
Director General
DISPOSICION N° 127
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actualización
de Datos
A fin de facilitar las consultas que
se efectúan en esta Dirección General, en todas sus modalidades, se actualizan
los datos de este Centro de Documentación:
Dirección: Hipólito Irigoyen 502, Planta Baja, C.P. 1086.
Horario de Atención al Público: de 10.00. a 17.00.
Teléfono: 4338-3000.
Internos: 3203, 3204, 4070 y 4072.
Directos: 4338-3203 y 4338-3204 (Fax)
Correo Electrónico: info@cedom.gov.ar.
Página de Internet: http://www.cedom.gov.ar
Américo Oscar Abrigo
Director General
Inicia: 13-4-2000
Vence: 28-4-2000
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Postergación
de Contratación de Obra
Expediente N° 79.160-98.
Postérgase el Acto de Apertura
de la Licitación Pública N° 27-2000, para contratar la Obra “Ampliación del
Museo de Motivos Argentinos José Hernández”, para el 9 de junio de 2000, a las
12 horas. Financiación Préstamo BID.
Valor del Pliego: pesos cuatro
mil ($ 4.000.-)
El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser consultado y/o adquirido en la Dirección
General de Compras y Contrataciones, Avenida de Mayo 525, Planta Baja, Oficina
20, Capital Federal, de lunes a viernes de 9.30 a 15 horas.
Orden 844
Inicia: 13-4-2000
Vence: 8-5-2000
Postergación
de Contratación de Obra
Expediente N° 79.164-98.
Postérgase el Acto de Apertura
de la Licitación Pública N° 34-2000, para contratar la Obra “Ampliación y Refuncionalización
del Museo de Esculturas Luis Perlotti”, para el 15 de junio de 2000, a las 12
horas. Financiación Préstamo BID.
Valor del Pliego: pesos dos mil
($ 2.000.-)
El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser consultado y/o adquirido en la Dirección
General de Compras y Contrataciones, Avenida de Mayo 525, Planta Baja, Oficina
20, Capital Federal, de lunes a viernes de 9.30 a 15 horas.
Orden 845
Inicia: 13-4-2000
Vence: 8-5-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACION SANTOJANNI”
Albúmina
Humana
Llámase a Licitación Pública N° 14-2000,
a realizarse el 2 de mayo de 2000, a las 10 horas, para la adquisición de Albúmina
Humana.
Valor del pliego: pesos setenta
($ 70.-).
Los pliegos podrán ser consultados y adquiridos en la División Compras y Contrataciones,
sita en Pilar 950, P.B. de lunes a viernes de 9 a 12 horas.
Orden 914
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
Insumos de Cirugía Cardiovascular
Llámase
a Licitación Pública N° 15-2000, a realizarse el 3 de mayo de 2000, a las 10
horas, para la adquisición de Insumos de Cirugía Cardiovascular.
Valor del pliego: pesos ciento
cincuenta ($ 150.-).
Los pliegos podrán ser consultados y adquiridos en la División Compras y Contrataciones,
sita en Pilar 950, P.B. de lunes
a viernes de 9 a 12 horas.
Orden 915
Inicia: 24-4-2000
Vence: 25-4-2000
INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFISICA
Preadjudicaciones
Preadjudicación efectuada el 11 de abril de 2000
Licitación Privada N° 012-2000.
Rubro: Adquisición de Equipamiento Informático.
Firmas Preadjudicadas:
Brother Internacional Suc. Arg. (Cucha Cucha 1995 (C1416CJQ), Buenos Aires)
– Renglón: 2 – Precio Unitario:
$ 699 – Precio Total: $ 6.291.
Polytech S.A. (Vidal 3854, C.P. 1429, Buenos Aires) – Renglón: 4 – Precio Unitario:
$ 547 – Precio Total: $ 547.
T. J. Sebele e Hijos S.A. (Moreno 957, Piso 5°, Oficina 3 – Buenos Aires):
Renglón: 1 – Precio Unitario: $ 1.249 – Precio Total: $ 17.486.
Renglón: 3 – Precio Unitario: $ 236 – Precio Total: $ 1.180.
Orden 929
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ALVAREZ”
Preadjudicaciones
Carpeta N° 90.313-2000.
Acta de Preadjudicación N° 04-2000.
Rubro: Adquisición Suturas.
Firmas Preadjudicadas:
Green Med – Renglón: 1 – Cantidad: 1350 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L – Renglón: 2 – Cantidad: 1.080 – Precio Unitario: pesos 2.040
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 3 – Cantidad: 243 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 4 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 5 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 6 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 7 – Cantidad: 150 – Precio Unitario: $ 2,040 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 8 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,040 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 9 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,300 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 10 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 2,460
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 11 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 2,460
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Reveil – Renglón: 12 – Cantidad: 1.230 – Precio Unitario: $ 1,340 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 13 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 14 – Cantidad: 1.350
– Precio Unitario:
$ 1,180 – Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 15 – Cantidad: 405 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 16 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 17 – Cantidad: 450 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 18 – Cantidad: 250 – Precio Unitario: $ 1,340
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 19 – Cantidad: 100 – Precio Unitario: pesos 14,500
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Reveil – Renglón: 20 – Cantidad: 78 – Precio Unitario: $ 4,000 – Encuadre Legal:
Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 21 – Cantidad: 100 – Precio Unitario: $ 2,100
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 22 – Cantidad: 78 – Precio Unitario: $ 2,100 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Esmaj Cirugía – Renglón: 23 – Cantidad: 90 – Precio Unitario: $ 6,500 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 24 – Cantidad: 50 – Precio Unitario: $ 4,800 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 25 – Cantidad: 1.080 – Precio Unitario: $ 1,270 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 26 – Cantidad: 360 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 27 – Cantidad: 360 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 28 – Cantidad: 540 – Precio Unitario: $ 1,340
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 29 – Cantidad: 60 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 30 – Cantidad: 500 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 31 – Cantidad: 60 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 32 – Cantidad: 360 – Precio Unitario: $ 1,320
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 33 – Cantidad: 720 – Precio Unitario: $ 1,440
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Reveil – Renglón: 34 – Cantidad: 2.250 – Precio Unitario: $ 1,480 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 35 – Cantidad: 2 – Precio Unitario: $ 801,800
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 36 – Cantidad: 2 – Precio Unitario: $ 801.890
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 37 – Cantidad: 4 – Precio Unitario: $ 764.800
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 38 – Cantidad: 4 – Precio Unitario: $ 764.800
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 39 – Cantidad: 72 – Precio Unitario: $ 18.210 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 40 – Cantidad: 150 – Precio Unitario: $ 7.040
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 41 – Cantidad: 25 – Precio Unitario: $ 14.500
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Anuncio de Preadjudicación: según Disposición Artículo 78, Decreto número 5.720-PEN-72.
Exposición: Hall Central del hospital, Cartelera de Licitaciones.
Orden 931
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL DE QUEMADOS
Preadjudicaciones
Licitación Privada N° 08-99.
Apertura: 8 de julio de 1999, a las 10 horas.
Rubro: Descartables.
Proveedores:
D.C.D. – Renglón: 1 – Cantidad: 6 - Precio
Unitario: $ 38.78 – Total: pesos 232.68.
D.C.D. – Renglón: 2 – Cantidad: 6 - Precio
Unitario: $ 9.89 – Total: pesos 59.34.
D.C.D. – Renglón: 3 – Cantidad: 6 - Precio
Unitario: $ 3.89 – Total: pesos 23.34.
D.C.D. – Renglón: 4 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
D.C.D. – Renglón: 5 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
D.C.D. – Renglón: 6 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
D.C.D. – Renglón: 7 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
Tanana y Cía. S.R.L. – Renglón: 13 – Cantidad: 8000 - Precio Unitario: pesos 0.0075 – Total: $ 60.00.
Drogaleno S.A. – Renglón: 15 – Cantidad: 1.100 - Precio Unitario: $ 0.778 – Total: $ 855.80.
Drogaleno S.A. – Renglón: 16 – Cantidad: 550 -
Precio Unitario: $ 0.14 – Total: $ 77.00.
D.C.D. – Renglón: 18 – Cantidad: 5 - Precio
Unitario: $ 5.20 – Total: pesos 26.00.
D.C.D. – Renglón: 19 – Cantidad: 5 - Precio
Unitario: $ 5.20 – Total: pesos 26.00.
D.C.D. – Renglón: 20 – Cantidad: 5 - Precio
Unitario: $ 5.20 – Total: pesos 26.00.
Raúl Jorge León Poggi – Renglón: 21 – Cantidad: 500 - Precio Unitario: pesos
0.24 – Total: $ 120.00.
Drogaleno S.A. – Renglón: 22 – Cantidad: 200 -
Precio Unitario: $ 1.029 – Total: $ 205.80.
Drogaleno S.A. – Renglón: 23 – Cantidad: 200 -
Precio Unitario: $ 0.654 – Total: $ 130.80.
Drogaleno S.A. – Renglón: 24 – Cantidad: 2.000 - Precio Unitario: $ 0.424 – Total: $ 848.00.
Drogaleno S.A. – Renglón: 25 – Cantidad: 200 -
Precio Unitario: $ 1.029 – Total: $ 205.80.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 35 – Cantidad: 200 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 98.00.
American Lenox S.A. – Renglón: 36 – Cantidad: 400 - Precio Unitario: pesos 0.490 – Total: $ 196.00.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 37 – Cantidad: 2.200 -
Precio Unitario: $ 0.490 – Total: $ 1.078.00.
Ceos Médica S.A. – Renglón: 38 – Cantidad: 3.000 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 1.470.00.
Ceos Médica S.A. – Renglón: 39 – Cantidad: 1.800 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 882.00.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 40 – Cantidad: 500 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 245.00.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 41 – Cantidad: 250 - Precio Unitario:
$ 0.390 – Total: $ 97.50.
Drogaleno S.A. – Renglón: 43 – Cantidad: 75 -
Precio Unitario: $ 2.74 – Total: $ 205.50.
Total: $ 7.955.52
Orden 948
Inicia: 24-4-2000
Vence: 25-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DALMACIO VELEZ SARSFIELD”
Preadjudicaciones
Licitación Privada N° 07-2000.
Realización: 4 de febrero de 2000, a las 10 horas.
Rubro: Material Descartable 3.
Acta de Preadjudicación N° 17-2000.
Modificatoria del Acta de Preadjudicación N° 07-2000.
Firmas Preadjudicadas:
Propato Hnos. S.A.I.C. – Renglones: 1, 4, 10, 14, 15 y 16 – Monto: pesos cuatro
mil cuarenta y nueve con 20/100 ($ 4.049,20)
Instruequipos S.A. – Renglones: 3, 11, 12 y 13 – Monto: pesos trece mil quinientos
veintiséis ($ 13.526)
B. Braun Medical S.A. – Renglones: 5 y 6 – Monto: pesos un mil ochocientos noventa
($ 1.890.-)
Albro S.R.L. – Renglones: 8 y 9 – Monto: pesos un mil doscientos veinticuatro
con 84/100 ($ 1.224,84)
Ceos Médica
S.A. – Renglones: 17, 18 y 19 – Monto: pesos un mil ciento noventa y cuatro
con 60/100 ($ 1.194,60)
Adox S.A. – Renglón: 20 – Monto: pesos
tres mil doscientos cincuenta y cinco ($ 3.255.-)
Renglones 2 y 7: Descartados según Informes Técnico.
Monto Total: veinticinco mil ciento treinta y nueve con 64/100 ($ 25.139,64)
Para cualquier consulta comunicarse con el hospital, sito en Calderón de la
Barca 1550, Capital Federal, en el horario de 8 a 12, teléfono 4568-6568.
Orden 937
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL DE ONCOLOGIA “MARIA CURIE”
Preadjudicación
Licitación Pública N° 3-2000.
Repartición Destinataria: Hospital de Oncología “María Curie”.
Rubro: Gases Medicinales.
Predjudicatario:
Mecer S.A. – Renglones: 1, 2 y 3.
Lugar de exhibición de la Preadjudicación: Cartelera de la Oficina de Compras,
Piso 1°.
Orden 935
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL DE INFECCIOSAS “FRANCISCO J. MUÑIZ”
Preadjudicaciones
Carpeta
N° 92.054-99.
Licitación Privada N° 01-HM-2000.
Firmas Preadjudicadas:
Fada Ind. Com. y Farm. S.R.L. – Renglones: 1, 4, 5, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 17
y 20 – Monto: $ 4.424,49.
Farmed S.A. – Renglones: 2 y 3 – Monto: $ 99.
Verminal S.A. – Renglón: 13 – Monto: $ 108.
Laboratorio Gemepe S.A. – Renglón: 16 – Monto: $ 623.
Kinet S.R.L. – Renglón: 7 – Monto: $
468.
Farma Express S.R.L. – Renglón: 6 – Monto: $ 2.010,60.
Abbott Laboratories Arg. S.A. – Renglones: 18 y 19 – Monto: $ 9.559,30.
Renglón 10: Desierto.
Orden 967
Inicia: 24-4-2000
Vence: 25-4-2000
Insumos de Cirugía Cardiovascular
Llámase
a Licitación Pública N° 15-2000, a realizarse el 3 de mayo de 2000, a las 10
horas, para la adquisición de Insumos de Cirugía Cardiovascular.
Valor del pliego: pesos ciento
cincuenta ($ 150.-).
Los pliegos podrán ser consultados y adquiridos en la División Compras y Contrataciones,
sita en Pilar 950, P.B. de lunes
a viernes de 9 a 12 horas.
Orden 915
Inicia: 24-4-2000
Vence: 25-4-2000
INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFISICA
Preadjudicaciones
Preadjudicación efectuada el 11 de
abril de 2000
Licitación Privada N° 012-2000.
Rubro: Adquisición de Equipamiento Informático.
Firmas Preadjudicadas:
Brother Internacional Suc. Arg. (Cucha Cucha 1995 (C1416CJQ), Buenos Aires)
– Renglón: 2 – Precio Unitario:
$ 699 – Precio Total: $ 6.291.
Polytech S.A. (Vidal 3854, C.P. 1429, Buenos Aires) – Renglón: 4 – Precio Unitario:
$ 547 – Precio Total: $ 547.
T. J. Sebele e Hijos S.A. (Moreno 957, Piso 5°, Oficina 3 – Buenos Aires):
Renglón: 1 – Precio Unitario: $ 1.249 – Precio Total: $ 17.486.
Renglón: 3 – Precio Unitario: $ 236 – Precio Total: $ 1.180.
Orden 929
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ALVAREZ”
Preadjudicaciones
Carpeta N° 90.313-2000.
Acta de Preadjudicación N° 04-2000.
Rubro: Adquisición Suturas.
Firmas Preadjudicadas:
Green Med – Renglón: 1 – Cantidad: 1350 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L – Renglón: 2 – Cantidad: 1.080 – Precio Unitario: pesos 2.040
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 3 – Cantidad: 243 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 4 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 5 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Green Med – Renglón: 6 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 2,080 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 7 – Cantidad: 150 – Precio Unitario: $ 2,040 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 8 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,040 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 9 – Cantidad: 270 – Precio Unitario: $ 2,300 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 10 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 2,460
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 11 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 2,460
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Reveil – Renglón: 12 – Cantidad: 1.230 – Precio Unitario: $ 1,340 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 13 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 14 – Cantidad: 1.350 – Precio Unitario:
$ 1,180 – Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 15 – Cantidad: 405 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 16 – Cantidad: 225 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 17 – Cantidad: 450 – Precio Unitario: $ 1,180
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 18 – Cantidad: 250 – Precio Unitario: $ 1,340
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 19 – Cantidad: 100 – Precio Unitario: pesos 14,500
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Reveil – Renglón: 20 – Cantidad: 78 – Precio Unitario: $ 4,000 – Encuadre Legal:
Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 21 – Cantidad: 100 – Precio Unitario: $ 2,100
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 22 – Cantidad: 78 – Precio Unitario: $ 2,100 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Esmaj Cirugía – Renglón: 23 – Cantidad: 90 – Precio Unitario: $ 6,500 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 24 – Cantidad: 50 – Precio Unitario: $ 4,800 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 25 – Cantidad: 1.080 – Precio Unitario: $ 1,270 –
Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 26 – Cantidad: 360 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 27 – Cantidad: 360 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 28 – Cantidad: 540 – Precio Unitario: $ 1,340
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 29 – Cantidad: 60 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 30 – Cantidad: 500 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 31 – Cantidad: 60 – Precio Unitario: $ 1,270 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 32 – Cantidad: 360 – Precio Unitario: $ 1,320
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 33 – Cantidad: 720 – Precio Unitario: $ 1,440
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Reveil – Renglón: 34 – Cantidad: 2.250 – Precio Unitario: $ 1,480 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 35 – Cantidad: 2 – Precio Unitario: $ 801,800
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 36 – Cantidad: 2 – Precio Unitario: $ 801.890
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 37 – Cantidad: 4 – Precio Unitario: $ 764.800
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 38 – Cantidad: 4 – Precio Unitario: $ 764.800
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Babilani Hnos. – Renglón: 39 – Cantidad: 72 – Precio Unitario: $ 18.210 – Encuadre
Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 40 – Cantidad: 150 – Precio Unitario: $ 7.040
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Medi Sistem S.R.L. – Renglón: 41 – Cantidad: 25 – Precio Unitario: $ 14.500
– Encuadre Legal: Inc. 76, Dto. 61, Ley de Cont.
Anuncio de Preadjudicación: según Disposición Artículo 78, Decreto número 5.720-PEN-72.
Exposición: Hall Central del hospital, Cartelera de
Licitaciones.
Orden 931
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL DE QUEMADOS
Preadjudicaciones
Licitación Privada N° 08-99.
Apertura: 8 de julio de 1999, a las 10 horas.
Rubro: Descartables.
Proveedores:
D.C.D. – Renglón: 1 – Cantidad: 6 - Precio
Unitario: $ 38.78 – Total: pesos 232.68.
D.C.D. – Renglón: 2 – Cantidad: 6 - Precio
Unitario: $ 9.89 – Total: pesos 59.34.
D.C.D. – Renglón: 3 – Cantidad: 6 - Precio
Unitario: $ 3.89 – Total: pesos 23.34.
D.C.D. – Renglón: 4 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
D.C.D. – Renglón: 5 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
D.C.D. – Renglón: 6 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
D.C.D. – Renglón: 7 – Cantidad: 18 - Precio
Unitario: $ 10.93 – Total: pesos 196.74.
Tanana y Cía. S.R.L. – Renglón: 13 – Cantidad: 8000 - Precio Unitario: pesos 0.0075 – Total: $ 60.00.
Drogaleno S.A. – Renglón: 15 – Cantidad: 1.100 - Precio Unitario: $ 0.778 – Total: $ 855.80.
Drogaleno S.A. – Renglón: 16 – Cantidad: 550 -
Precio Unitario: $ 0.14 – Total: $ 77.00.
D.C.D. – Renglón: 18 – Cantidad: 5 - Precio
Unitario: $ 5.20 – Total: pesos 26.00.
D.C.D. – Renglón: 19 – Cantidad: 5 - Precio
Unitario: $ 5.20 – Total: pesos 26.00.
D.C.D. – Renglón: 20 – Cantidad: 5 - Precio
Unitario: $ 5.20 – Total: pesos 26.00.
Raúl Jorge León Poggi – Renglón: 21 – Cantidad: 500 - Precio Unitario: pesos
0.24 – Total: $ 120.00.
Drogaleno S.A. – Renglón: 22 – Cantidad: 200 -
Precio Unitario: $ 1.029 – Total: $ 205.80.
Drogaleno S.A. – Renglón: 23 – Cantidad: 200 -
Precio Unitario: $ 0.654 – Total: $ 130.80.
Drogaleno S.A. – Renglón: 24 – Cantidad: 2.000 - Precio Unitario: $ 0.424 – Total: $ 848.00.
Drogaleno S.A. – Renglón: 25 – Cantidad: 200 -
Precio Unitario: $ 1.029 – Total: $ 205.80.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 35 – Cantidad: 200 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 98.00.
American Lenox S.A. – Renglón: 36 – Cantidad: 400 - Precio Unitario: pesos 0.490 – Total: $ 196.00.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 37 – Cantidad: 2.200 -
Precio Unitario: $ 0.490 – Total: $ 1.078.00.
Ceos Médica S.A. – Renglón: 38 – Cantidad: 3.000 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 1.470.00.
Ceos Médica S.A. – Renglón: 39 – Cantidad: 1.800 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 882.00.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 40 – Cantidad: 500 - Precio Unitario:
$ 0.490 – Total: $ 245.00.
B. Braun Medical S.A. – Renglón: 41 – Cantidad: 250 - Precio Unitario:
$ 0.390 – Total: $ 97.50.
Drogaleno S.A. – Renglón: 43 – Cantidad: 75 -
Precio Unitario: $ 2.74 – Total: $ 205.50.
Total: $ 7.955.52
Orden 948
Inicia: 24-4-2000
Vence: 25-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DALMACIO VELEZ SARSFIELD”
Preadjudicaciones
Licitación Privada N° 07-2000.
Realización: 4 de febrero de 2000, a las 10 horas.
Rubro: Material Descartable 3.
Acta de Preadjudicación N° 17-2000.
Modificatoria del Acta de Preadjudicación N° 07-2000.
Firmas Preadjudicadas:
Propato Hnos. S.A.I.C. – Renglones: 1, 4, 10, 14, 15 y 16 – Monto: pesos cuatro
mil cuarenta y nueve con 20/100 ($ 4.049,20)
Instruequipos S.A. – Renglones: 3, 11, 12 y 13 – Monto: pesos trece mil quinientos
veintiséis ($ 13.526)
B. Braun Medical S.A. – Renglones: 5 y 6 – Monto: pesos un mil ochocientos noventa
($ 1.890.-)
Albro S.R.L. – Renglones: 8 y 9 – Monto: pesos un mil doscientos veinticuatro
con 84/100 ($ 1.224,84)
Ceos
Médica S.A. – Renglones: 17, 18 y 19 – Monto: pesos un mil ciento noventa y
cuatro con 60/100 ($ 1.194,60)
Adox S.A. – Renglón: 20 – Monto: pesos
tres mil doscientos cincuenta y cinco ($ 3.255.-)
Renglones 2 y 7: Descartados según Informes Técnico.
Monto Total: veinticinco mil ciento treinta y nueve con 64/100 ($ 25.139,64)
Para cualquier consulta comunicarse con el hospital, sito en Calderón de la
Barca 1550, Capital Federal, en el horario de 8 a 12, teléfono 4568-6568.
Orden 937
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL DE ONCOLOGIA “MARIA CURIE”
Preadjudicación
Licitación Pública N° 3-2000.
Repartición Destinataria: Hospital de Oncología “María Curie”.
Rubro: Gases Medicinales.
Predjudicatario:
Mecer S.A. – Renglones: 1, 2 y 3.
Lugar de exhibición de la Preadjudicación: Cartelera de la Oficina de Compras,
Piso 1°.
Orden 935
Inicia: 24-4-2000
Vence: 24-4-2000
HOSPITAL DE INFECCIOSAS “FRANCISCO J. MUÑIZ”
Preadjudicaciones
Carpeta
N° 92.054-99.
Licitación Privada N° 01-HM-2000.
Firmas Preadjudicadas:
Fada Ind. Com. y Farm. S.R.L. – Renglones: 1, 4, 5, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 17
y 20 – Monto: $ 4.424,49.
Farmed S.A. – Renglones: 2 y 3 – Monto: $ 99.
Verminal S.A. – Renglón: 13 – Monto: $ 108.
Laboratorio Gemepe S.A. – Renglón: 16 – Monto: $ 623.
Kinet S.R.L. – Renglón: 7 – Monto: $
468.
Farma Express S.R.L. – Renglón: 6 – Monto: $ 2.010,60.
Abbott Laboratories Arg. S.A. – Renglones: 18 y 19 – Monto: $ 9.559,30.
Renglón 10: Desierto.
Orden 967
Inicia: 24-4-2000
Vence: 25-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “RICARDO GUTIERREZ”
Servicio
de lavado de ropa
Llámase a Licitación Pública N° 08-2000,
a realizarse el 2 de mayo de 2000, a las 10 horas, para la adquisición de Servicio
de lavado de ropa.
Valor del Pliego: pesos noventa
($ 90.-)
El Pliego de Bases y Condiciones respectivo podrá ser retirado en la División
Compras y Contrataciones del hospital, sito en Gallo 1330, Capital Federal,
en el horario de 8 a 12, teléfono 4962-5481.
Orden 773
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
Material
sanitario
Llámase a Licitación Pública N° 07-2000,
a realizarse el 24 de abril de 2000, a las 10 horas, para la adquisición de
Material sanitario.
Valor del Pliego: pesos ciento cuarenta ($ 140.-)
El Pliego de Bases y Condiciones respectivo podrá ser retirado en la División
Compras y Contrataciones del hospital, sito en Gallo 1330, Capital Federal,
en el horario de 8 a 12, teléfono 4962-5481.
Orden 774
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
Gases Medicinales I
Llámase
a Licitación Privada N° 7-2000, a realizarse el 2 de mayo de 2000, a las 10
horas, para la adquisición de Gases
Medicinales I.
Valor del Pliego: pesos treinta ($ 30.-)
Los pliegos se podrán adquirir en la División Tesorería del hospital,
sito en Nueva York 3952, Capital Federal, de lunes a viernes de 9 a 12 horas.
No se podrá adquirir el Pliego de Bases y Condiciones el mismo día de la apertura.
Por cualquier consulta llamar al
teléfono 4501-2604.
Orden 842
Inicia: 24-4-2000
Vence: 25-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH”
Reactivos para Laboratorio
Carpeta
N° 91.984-99.
Llámase a Licitación Privada N° 019-2000, a realizarse el 2 de mayo de 2000,
a las 10 horas, para la adquisición de Reactivos para laboratorio.
Valor del Pliego: pesos cuarenta
($ 40.-)
Los pliegos de Bases y Condiciones pueden ser consultados en la Cartelera de
la División Compras del hospital, sito en Avenida Almirante Brown 240, Planta
Baja, Capital Federal.
Por consultas comunicarse al teléfono
4362-2645.
Orden 859
Inicia: 19-4-2000
Vence: 24-4-2000
Reactivos
para Laboratorio
Carpeta N° 91.987-99.
Llámase a Licitación Privada N° 020-2000, a realizarse el 2 de mayo de 2000,
a las 12 horas, para la adquisición de Reactivos para laboratorio.
Valor del Pliego: pesos cincuenta ($
50.-)
Los Pliegos de Bases y Condiciones pueden ser consultados en la Cartelera de
la División Compras del hospital, sito en Avenida Almirante Brown 240, Planta
Baja, Capital Federal.
Por consultas comunicarse al teléfono
4362-2645.
Orden 860
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE MARIA PENNA"
Servicio
de droguería para la provisión de Medicamentos
Llámase a Licitación Privada N° 06-2000,
a realizarse el 28 de abril de 2000, a las 10 horas, para el servicio de droguería
para la provisión de medicamentos.
Renglón: 1 – Especificaciones: Servicio de Droguería para la Provisión de Medicamentos.
Valor del pliego: pesos cincuenta
($ 50.).
Las consultas podrán realizarse de lunes a viernes de 8 a 12 horas en la Oficina
de Compras del Hospital, Pedro Chutro 3380, Capital, piso 3°, Tels.: 4911-7108
/ 7300 / 3212 / 4131, Ints.: 235 o 204.
Orden 925
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
Servicio
de droguería para la provisión de Medicamentos
Carpeta
N° 90.476-SS-2000.
Llámase
a Licitación Privada N° 05-2000, a realizarse el 28 de abril de 2000, a las
9 horas, para el servicio de droguería para la provisión de medicamentos.
Renglón: 1 – Especificaciones: Servicio de Droguería para la Provisión de Medicamentos
con destino a los Centros de Salud del Area Programática del Hospital “José
M. Penna”.
Valor del pliego: pesos doscientos cincuenta ($ 250.).
Las consultas podrán realizarse de lunes a viernes de 8 a 12 horas en la Oficina
de Compras del Hospital, Pedro Chutro 3380, Capital, piso 3°, Tels.: 4911-7108
/ 7300 / 3212 / 4131, Ints.: 235 o 204.
Orden 926
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. CARLOS G. DURAND"
Compra
de Gas Oil
Llámase a Licitación
Privada N° 53-D-2000, a realizarse el 28 de abril de 2000, a las 9 horas, para
la compra de Gas Oil.|
Valor del pliego: pesos cincuenta ($ 50.-).
Los respectivos pliegos podrán ser retirados del Hospital, Oficina de Compras,
Díaz Vélez 5044, Capital, de lunes a viernes de 8 a 12 horas, hasta el día anterior
a la apertura de la Licitación.
Orden 869
Inicia: 19-4-2000
Vence: 24-4-2000
Especialidades
Medicinales
Llámase
a Licitación Pública N° 55-D-2000, a realizarse el 2 de mayo de 2000, a las
9 horas, para la compra de Especialidades medicinales.
Valor del pliego: pesos doscientos cincuenta ($ 250.-).
Los respectivos pliegos podrán ser retirados del Hospital, Oficina de Compras,
Díaz Vélez 5044, Capital, de lunes a viernes de 8 a 12 horas, hasta el día anterior
a la apertura de la Licitación.
Orden 870
Inicia: 19-4-2000
Vence: 24-4-2000
Preadjudicación
Publicación del Acta de Preadjudicación
de fecha 11 de abril de 2000
Licitación Pública N° 045-D-2000.
Acta de Preadjudicación N° 045-2000Firma Preadjudicada:
Droguería Dronor S.A. (R. Scalabrini Ortiz 1020, Capital Federal) – Renglón:
1 – 42% descuento precio venta al público.
Total Preadjudicado: $ 150.000.
Horario y lugar de consulta del Expediente: Oficina de Compras del hospital,
sito en Avenida Díaz Vélez 5044, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a
12.
Orden 902
Inicia: 24-4-2000 Vence:
24-4-2000
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "JUAN A. FERNANDEZ"
Mantenimiento de Respiradores
Llámase a Licitación Pública N° 5-2000, a realizarse el 28 de abril de 2000,
a las 10.30 horas, para la adquisición de Mantenimiento de Respiradores.
Valor del Pliego: pesos setenta ($ 70.-)
Los Pliegos de Bases y Condiciones pueden ser retirados en la División Compras
del hospital, Cerviño 3356, de lunes a viernes en el horario de 9 a 11.
Orden 903
Inicia: 18-4-2000 Vence: 24-4-2000
Guías
para bomba de infusión
Llámase a Licitación Privada N° 15-2000,
a realizarse el 28 de abril de 2000, a las 11 horas, para la adquisición de
Guías para bomba de infusión.
Valor del Pliego: pesos noventa y cinco ($ 95.-)
Los Pliegos de Bases y Condiciones pueden ser retirados en la División Compras
del hospital, Cerviño 3356, de lunes a viernes en el horario de 9 a 11.
Orden 938
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
HOSPITAL “BRAULIO A. MOYANO”
Psicofármacos
Carpeta N° 90.519-2000.
Llámase a Licitación Privada N° 13-2000, a realizarse el 28 de abril de 2000,
a las 10 horas, repartición destinataria Hospital “Braulio A. Moyano”, para
la adquisición de psicofármacos.
Valor del pliego: pesos cincuenta ($ 50.-).
El pliego de Bases y Condiciones respectivo puede ser adquirido, en el Departamento
Contrataciones del citado Hospital, sito en Brandsen 2570, Capital, Tels.: 4301-9591/9603,
4302-6666/3379, Ints.: 210 y 224, de lunes a viernes de 8 a 12 horas, hasta
24 horas antes de la fecha de la apertura.
Orden 930
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA “DR. JOSE DUEÑAS”
Carpeta
N° 90.200-SS-2000.
Licitación Privada N° 01-2000.
Acta de Preadjudicación N° 05-2000.
Firmas Preadjudicadas: Medical Odont. S.A. – Renglones: 1, 14. 16, 19, 44 y
45 – Monto: $ 6.343,56.
Ergoden S.R.L. – Renglones: 2, 5, 13, 22 y 27 – Monto: $ 1.056,40.
Dental Dealer S.R.L. – Renglones: 3, 6, 7, 12, 17, 18, 30, 31, 32, 33, 34 y
35 – Monto: $ 7.604,15.
Astrazeneca S.A. – Renglón: 4 – Monto: $ 7.600.00.
Codental S.A. – Renglones: 9 y 10 – Monto: $ 6.589,84.
Muntal S.A. – Renglones: 11, 20 y 26 – Monto: $ 679,47.
Plus Dental S.A. – Renglones: 25 y 44 – Monto: $ 990.00.
Kims S.R.L. – Renglones: 36, 37, 38 y 39 – Monto: $ 5.505,00.
Medi-Rop S.R.L. – Renglones: 40, 41 y 42 – Monto: $ 4.072,00.
Distribuidora Ariel S.R.L. – Renglón: 43 – Monto: $ 208,00.
Renglones Anulados: 15, 21, 24 y 29.
Renglones Desiertos: 8, 23, 28 y 46.
Monto Total preadjudicado: son pesos cuarenta mil seiscientos cuarenta y ocho
con 42/100 ($ 40.648,42).
Orden 928
Inicia: 19-4-2000 Vence:
24-4-2000
DIRECCION GENERAL DE PROYECTOS Y GESTION URBANA
Peatonalización calle Perú
Expediente N° 90.961-97.
Licitación Pública N° 01-2000.
Denominación: Peatonalización calle Perú.
Ubicación: calle Perú entre Avenida de Mayo y Diagonal Julio A. Roca.
Descripción : Movimiento de tierra, aislación hidrófuga, contrapisos, pisos,
pintura e instalación eléctrica y sanitaria, plantación, equipamiento.
Presupuesto de la Obra: pesos quinientos
sesenta y cinco mil doscientos cincuenta ($ 565.250.-)
Garantía de Oferta: pesos cinco mil seiscientos cincuenta y dos con 50/100.
Plazo de Ejecución: 180 días corridos.
Valor del Pliego: pesos quinientos
sesenta y cinco ($ 565.-)
Consultas, adquisición de Pliegos y presentación de ofertas: Dirección General
de Proyectos y Gestión Urbana, Departamento Administración y Recursos, Carlos
Pellegrini 211, Piso 8°, Tel.: 4323-8000, Ints.: 4251/53, de 11 a 15 horas,
hasta el día previo a la visita de obra.
Visita de Obra: 17 de mayo de 2000,
a las 14 horas.
Fecha de Apertura: 1° de junio de 2000, a las 11 horas.
Los Pliegos podrán adquirirse hasta las 15 horas del día anterior a la visita
de obra.
Orden 834
Inicia: 12-4-2000
Vence: 12-5-2000
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Indumentaria
y Elementos de Protección Personal
Llámase a Licitación
Pública con referencia a la “Adquisición de Indumentaria y Elementos de Protección
Personal, para Personal de la Institución". (Carpeta
de Compras N° 13.118).
Los respectivos Pliegos
de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados en Compras, Florida
302, piso 7°, Ciudad de Buenos Aires.
Valor del Pliego de Condiciones: pesos treinta ($ 30.-)
Fecha de apertura: 8 de mayo de 2000, a las 14 horas.
Consultas: de 10 a 16 horas.
Teléfonos: 4329-8809/10/11.
E-mail: bcdad12@bancociudad.com.ar
Página Web: www.bancociudad.com.ar
B.C.B.A. 70
Inicia: 14-4-2000 Vence:
20-4-2000
Trabajos Varios a Sucursales
Llámase a Licitación Pública con referencia a los “Trabajos varios por la instalación
de Cash/Dispenser en Sucursales Nros. 5, 7, 9, 14, 26 y 30 de la Institución".
(Carpeta de Compras
N° 13.112).
Los respectivos Pliegos
de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados en Compras, Florida
302, piso 7°, Ciudad de Buenos Aires.
Valor del Pliego de Condiciones: pesos cuarenta y cinco ($ 45.-)
Fecha de apertura: 5 de mayo de 2000, a las 11 horas.
Consultas: de 10 a 16 horas.
Teléfonos: 4329-8809/10/11.
E-mail: bcdad12@bancociudad.com.ar
Página Web: www.bancociudad.com.ar
B.C.B.A. 72
Inicia: 14-4-2000 Vence:
20-4-2000
Trabajos Varios a Sucursales
Llámase a Licitación Pública con referencia a la “Adquisición de la Fórmula
N° 95.000 “Tarjetas ANSES” y la fórmula denominada “Car Carrier ANSES”. (Carpeta
de Compras número 13.096).
Los respectivos Pliegos de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados
en Compras, Florida 302, piso 7°, Ciudad de Buenos Aires.
Valor del Pliego de Condiciones: pesos treinta y cinco ($ 35.-)
Fecha de apertura: 9 de mayo de 2000, a las 11 horas.
Consultas: de 10 a 16 horas.
Teléfonos: 4329-8809/10/11.
E-mail: bcdad12@bancociudad.com.ar
Página Web:
www.bancociudad.com.ar
B.C.B.A. 75
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Trabajos
varios
Llámese a Licitación Pública con referencia
a los “Trabajos a ejecutar en el sector Ochava y Lobby de Acceso de la Sucursal
N° 25 de la Institución”. (Carpeta
de Compras N° 13.144).
Los respectivos Pliegos
de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados en Compras, Florida
302, piso 7°, Ciudad de Buenos Aires.
Valor del Pliego de Condiciones: pesos treinta ($ 30.-)
Fecha de apertura: 9 de mayo de 2000, a las 14 horas.
Consultas: de 10 a 16 horas.
Teléfonos: 4329-8809/10/11.
E-mail: bcdad12@bancociudad.com.ar
Página Web: www.bancociudad.com.ar
B.C.B.A. 76
Inicia: 19-4-2000 Vence:
27-4-2000
Equipamientos
para dependencias
Llámese a Licitación Pública con referencia
a la “Provisión del mobiliario y equipamiento para dependencias varias de la
Institución”. (Carpeta de
Compras N° 13.095).
Los respectivos Pliegos
de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados en Compras, Florida
302, piso 7°, Ciudad de Buenos Aires.
Valor del Pliego de Condiciones: pesos treinta ($ 30.-)
Fecha de apertura: 10 de mayo de 2000, a las 11 horas.
Consultas: de 10 a 16 horas.
Teléfonos: 4329-8809/10/11.
E-mail: bcdad12@bancociudad.com.ar
Página Web: www.bancociudad.com.ar
B.C.B.A. 77
Inicia: 19-4-2000 Vence:
27-4-2000
INTIMACIONES
Intímase
al propietario del inmueble sito en Tejedor 747, a realizar la higienización,
desmalezamiento y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los
diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo
apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 262
Inicia: 17-4-2000 Vence:
25-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Honorio Pueyrredón 1251, a realizar la higienización,
desmalezamiento y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los
diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo
apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por adminis-tración y a su costa.
Edicto 263
Inicia: 17-4-2000 Vence:
25-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Riglos 858, a realizar la higienización,
desmalezamiento y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los
diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo
apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 264
Inicia: 17-4-2000 Vence:
25-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Del Valle María Remedios 3529, 3525, 3221,
3515 y Lacarra 1595, a realizar el desmalezamiento, higienización y construcción
y reparación de acera del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el
presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo
11 de la Ordenanza N° 33.721, B.M. N° 15.590, AD 643.2, la que establece que:
“La responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento
y conservación de las veredas, compete al propietario frentista”, bajo apercibimiento
de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración
y a su costa.
Edicto 265
Inicia: 17-4-2000 Vence:
25-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Triunvirato 4436/40, a realizar el desmalezamiento,
higienización y repa-ración de acera del mismo, dentro de los diez (10) días
de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido
por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.721, B.M. N° 15.590, AD 643.2, la que
establece que: “La responsabilidad primaria y principal de la construcción,
mantenimiento y conservación de las veredas, compete al propietario frentista”,
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 266
Inicia: 17-4-2000 Vence:
25-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en San Juan 2221, a realizar el desmalezamiento,
higienización y repa-ración de acera del mismo, dentro de los diez (10) días
de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido
por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.721, B.M. N° 15.590, AD 643.2, la que
establece que: “La responsabilidad primaria y principal de la construcción,
mantenimiento y conservación de las veredas, compete al propietario frentista”,
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 267
Inicia: 17-4-2000 Vence:
25-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Conde 665, a realizar el desmalezamiento
e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente
edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la
Ordenanza N° 33.721, B.M. N° 15.590, AD 643.2, la que establece que: “La
responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación
de las veredas, compete al propietario frentista”, bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración
y a su costa.
Edicto 268
Inicia: 17-4-2000 Vence:
25-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Espinosa 560, a realizar la higienización,
desmalezamiento y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los
diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo
apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 269
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en José Barros Pazos, 3610, a realizar el desmalezamiento,
higienización y reparación de acera y cerca reglamentaria del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.721, B.M. N° 15.590,
AD 643.2, la que establece que: “La responsabilidad primaria y principal
de la construcción, mantenimiento y conservación de las veredas, compete al
propietario frentista”, bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Edicto 270
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Carlos Calvo 3723, a realizar la higienización,
desmalezamiento y construcción de acera y cerca reglamentaria del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo
apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 271
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Combate de los Pozos 2162, a realizar la
higienización y desmalezamiento del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado
el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo
11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece
que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente
descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones
de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de
multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Edicto 272
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en 15 de Noviembre 1253, a realizar la higienización
y desmalezamiento del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente
edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la
Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: “Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto
está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,
salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Edicto 273
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Río de Janeiro 129, a realizar la higienización,
desmalezamiento y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los
diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo
apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 274
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Intímase
al propietario del inmueble sito en Timoteo Gordillo 2378, a realizar el desmalezamiento,
higienización y reparación de acera del mismo, dentro de los diez (10) días
de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido
por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.721, B.M. N° 15.590, AD 643.2, la que
establece que: “La responsabilidad primaria y principal de la construcción,
mantenimiento y conservación de las veredas, compete al propietario frentista”,
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 275
Inicia: 18-4-2000 Vence:
26-4-2000
Intímase al propietario del inmueble sito en la
calle Escalada de San Martín 608, a realizar la higienización, desmalezamiento,
construcción de cerca y reparación de acera del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido
por Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540, AD 470.2 la que establece
que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente
descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones
de higiene, salubridad y estética” , bajo apercibimiento de aplicación de
una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a
su costa.
Edicto 280
Inicia: 19-4-2000 Vence:
27-4-2000
Intímase al propietario del inmueble sito en Formosa 229, a realizar la higienización,
desmalezamiento y reparación de acera del mismo, dentro de los diez (10) días
de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido
por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la
que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío
o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento
de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración
y a su costa.
Edicto 284
Inicia: 24-4-2000
Vence: 28-4-2000
Intímase al propietario del inmueble sito en Cervantes 3535, a realizar la higienización,
desmalezamiento del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente
edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la
Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: “Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto
está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,
salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Edicto 285
Inicia: 24-4-2000
Vence: 28-4-2000
Intímase al propietario del inmueble sito en Enrique Ochoa 488, a realizar la
higienización, desmalezamiento y reparación de acera del mismo, dentro de los
diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581-77, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo
apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados
por administración y a su costa.
Edicto 286
Inicia: 24-4-2000
Vence: 28-4-2000
COMUNICACIONES
La Comisión
Municipal de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber a la señora
María Rosa Pronesti, D.N.I. N° 12.446.263, que por Resolución N° 481-SS-2000
de fecha 28 de marzo de 2000, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compra
Venta suscripto con fecha 24 de septiembre de 1999, correspondiente a la unidad
de Vivienda ubicada en el Barrio Espora Block A1, Piso 2° “B”, de la Ciudad
de Buenos Aires (U.C. 27010), por la causal prevista en su cláusula Octava en
los términos de la Décimo Primera del referido instrumento. (Conforme lo actuado
en Nota N° 6.172-CMV-99).
Se hace saber asimismo a la interesado que la resolución dictada es susceptible
de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico en
subsidio los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez
(10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, conforme lo
dispuesto por los artículos 103 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto N° 1.510-GCBA-97.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días computados
desde el siguiente al de la última publicación (Artículo 62 de la Ley citada)
Edicto 277
Inicia: 18-4-2000 Vence:
24-4-2000
La Comisión
Municipal de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber al señor Lorenzo
Coll, que por Resolución N° 381-SS-2000 de fecha 14 de marzo de 2000, se ha
procedido a rescindir el boleto de Compraventa suscripto con fecha 29 de enero
de 1980, correspondiente a la Unidad de vivienda identificada con el N° de Cuenta
50277, Block 35 “A”, Escalera 34 “B”, Piso 2°, Depto. “B”, del Barrio Piedrabuena,
Capital Federal, por la causal de falta de pago conforme lo establecido en las
cláusulas cuarta y novena, del referido instrumento. (Expediente N° 2.082-CMV-93
y agregs.)
Se hace saber asimismo al interesado que la resolución dictada es susceptible
de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico los
que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince
(15) días hábiles administrativos respectivamente, conforme lo dispuesto por
los artículos 103 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
de Buenos Aires.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días computados
desde el siguiente al de la última publicación (Artículo 62 de la Ley citada).
Edicto 278
Inicia: 18-4-2000 Vence:
24-4-2000
La Dirección de Recursos Administrativos comunica a la agente Valletta, Mariana,
F.M. N° 334.626, que por Disposición N° 379-DGRH-2000, ha sido declarada cesante
por las inasistencias incurridas a partir del 24 de septiembre de 1997.
Queda usted debidamente notificada.
Edicto 281
Inicia: 24-4-2000
Vence: 26-4-2000
La Dirección de Recursos Administrativos comunica al agente Irazu, Jorge, F.M.
N° 318.198, que por Disposición N° 97-DGRH-2000, ha sido declarado cesante por
las inasistencias incurridas a partir del 2 de septiembre de 1998.
Queda usted debidamente notificado.
Edicto 282
Inicia: 24-4-2000
Vence: 26-4-2000
Se comunica a la agente Godoy, Martha, F.M. N° 358.829, que en el plazo de 48
horas de publicado el presente deberá apersonarse en la Dirección de Recursos
Administrativos, sita en Paseo
Colón 255, Piso 3°, a fin de formular descargo por las inasistencias incurridas
desde el 14 de febrero de 2000 a la fecha, caso contrario se iniciarán las tramitaciones
de cesantía por encontrarse incursa dentro de los términos del Art. 36, Inc.
a) de la Ordenanza N° 40.401.
Edicto 283
Inicia: 24-4-2000
Vence: 26-4-2000
CITACION
Se
cita por el término de cinco (5) días a la firma Favuzzi, Alejandro a fin de
que concurra a la Dirección General de Compras y Contrataciones, Avenida de
Mayo 525, P.B., Oficina 20, en el horario de 10 a 16 horas, a efectos de actualizar
datos del Padrón de Proveedores.
Edicto 279
Inicia: 19-4-2000
Vence: 25-4-200