
|
|
Boletín Oficial Nº 1548
— SUMARIO —
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO N° 1.326
RESCÍNDESE EL CONTRATO SUSCRIPTO CON PLANOBRA S.A., EN EL MARCO
DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 201/99, PARA OBRAS EN EL CEMENTERIO
DE LA RECOLETA
DECRETO N° 1.327
APRUÉBASE EL ACTA ACUERDO CELEBRADA ENTRE EL G.C.A.B.A. E
IMÁGENES COMPUTARIZADAS MÉDICAS S.A.
DECRETO N° 1.328
SISTEMA DE ATENCIÓN PEDIÁTRICA DE URGENCIAS DOMICILIARIAS.
RATIFÍCANSE LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN Nº 892/SS/00, B.O. Nº
944. ESTABLÉCESE LA MODALIDAD DE REMUNERACIÓN PARA LOS
PROFESIONALES AFECTADOS
DECRETO N° 1.329
FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE. RATIFÍCASE EL ACTA SUSCRIPTA
ENTRE EL G.C.A.B.A. Y EL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DEL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, PARA
EL PAGO CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DE 2001
DECRETO N° 1.330
DESÍGNASE AL SR. GABRIEL E. GRINBERG DIRECTOR GENERAL DE LA D.G.
TEATRO COLÓN
RESOLUCIONES
Secretaría Jefe de Gabinete
RESOLUCIÓN N° 45 - SSRPEI-SSSEG
AUTORÍZASE A LA COORDINADORA INDÍGENA "POR EL 12 DE
OCTUBRE" A REALIZAR UN EVENTO EN LA PLAZA DE LOS DOS CONGRESOS
RESOLUCIÓN N° 177
APRUÉBASE EL PAGO A SEARCH ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD S.A.,
CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRESTADO EN
AGOSTO DE 2002
Secretaría de Obras y Servicios Públicos
RESOLUCIÓN N° 271 - SSTYT
MODIFÍCASE EL RECORRIDO DE LAS LÍNEAS DE COLECTIVO 28 Y 117
Secretaría de Gobierno y Control Comunal
RESOLUCIÓN N° 340
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN HUNGRÍA 1166/68/70
RESOLUCIÓN N° 347
INSTRÚYESE SUMARIO POR LA EXISTENCIA DE DOCUMENTACIÓN
SUPUESTAMENTE APÓCRIFA, REFERENTE AL LOCAL DE BASUALDO 52
Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
RESOLUCIÓN N° 32
APRUÉBANSE LAS CONSIDERACIONES GENERALES Y EL CIRCUITO DE
COMPRAS Y CONTRATACIONES DE SERVICIOS Y REPARACIONES
RESOLUCIÓN N° 33
AUSPÍCIASE EL PROGRAMA "CRECIENDO EN PARTICIPACIÓN Y
PROTAGONISMO POR UNA SOCIEDAD SIN VIOLENCIA", ORGANIZADO POR
LAS HERMANAS ADORATRICES DEL SANTÍSIMO SACRAMENTO Y DE LA CARIDAD
RESOLUCIÓN N° 34
FÍJASE, A PARTIR DE ABRIL DE 2002, EL SUPLEMENTO POR TAREAS
NOCTURNAS PARA EL PERSONAL DE PLANTA QUE CUMPLE TAREAS EN EL CENTRO
DE ATENCIÓN TRANSITORIA (C.A.T.)
RESOLUCIÓN N° 35
RECONÓCESE A LA AGENTE GRACIELA GARCÍA EL SUPLEMENTO POR
TAREAS NOCTURNAS
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano
RESOLUCIÓN N° 41
Prórroga de Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 42
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 51
Prórroga de Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 52
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 53
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 54
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 55
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 57
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 58
Prórroga de Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 59
Locación de Servicios
Secretaría de Cultura
RESOLUCIÓN N° 2.074
Prórroga de Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.329
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.330
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.331
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.332
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.333
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.334
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.335
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.336
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.346
Régimen de Concertación
RESOLUCIÓN N° 2.347
Régimen de Concertación
RESOLUCIÓN N° 2.349
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.350
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.351
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.352
Locación de Servicios, modificación
RESOLUCIÓN N° 2.353
Locación de Servicios
RESOLUCIÓN N° 2.354
Locación de Servicios
DISPOSICIONES
Secretaría de Obras y Servicios Públicos
DISPOSICIÓN N° 376 - DGTYT
FÍJANSE DÍA Y HORA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SENTIDOS ÚNICOS
DE CIRCULACIÓN EN TRAMOS DE LAS CALLES DÁVILA Y THORNE. DERÓGASE
LA DISPOSICIÓN Nº 353/DGTYT/02, B.O. Nº 1532
DISPOSICIÓN N° 400 - DGTYT
FÍJASE UNA NUEVA FECHA PARA LA PROHIBICIÓN DE LA CIRCULACIÓN
Y EL ESTACIONAMIENTO EN UN TRAMO DE LA CALLE CONCEPCIÓN ARENAL
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
Secretaría de Hacienda y Finanzas
DISPOSICIÓN N° C172 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A GALANDER S.A.
DISPOSICIÓN N° C173 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A ROSEMBERG RAFAEL
DISPOSICIÓN N° C174 - DGC
SUSPÉNDESE POR CUATRO MESES A UTE GASTRONOMÍA MOLISANA S.A.
EMEPA S.A.
DISPOSICIÓN N° C175 - DGC
DESESTÍMASE RECURSO DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE RUBÉN O.
CASTRO CONTRA LA DISPOSICIÓN C27-DGC-02
ACTAS
Comisión Municipal de la Vivienda
ACTA N° 1.637
REUNIÓN DE DIRECTORIO DE FECHA 12/9/02. TEMA: RESCISIÓN
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2/98 FLORES SUR
VILLA 1-11-14, RESOLUCIÓN Nº 692/SS/02
CONVENIOS
Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
CONVENIO ENTRE EL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA C.A.B.A. Y LA FUNDACIÓN PARA
VIVIENDA, TRABAJO Y CAPACITACIÓN DEL LISIADO (VITRA)
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESOLUCIONES
Consejo de la Magistratura
RESOLUCIÓN N° 297
CONVÓCASE AL TRIBUNAL EXAMINADOR DEL CONCURSO Nº 16/00 PARA
CUBRIR CARGOS DE SECRETARIOS EN LAS DEFENSORÍAS ANTE LA JUSTICIA DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS. CÍTASE A LOS
PRESELECCIONADOS A RENDIR PRUEBA DE OPOSICIÓN ESCRITA
Cumplimiento del
Artículo 23 de la Ley N° 539
COMUNICADOS Y AVISOS
LICITACIONES
EDICTOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO N° 1.326
RESCÍNDESE EL CONTRATO SUSCRIPTO CON PLANOBRA S.A., EN EL MARCO DE
LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 201/99, PARA OBRAS EN EL CEMENTERIO DE
LA RECOLETA
Buenos Aires, 3 de octubre de 2002.
Visto el Expediente Nº 9.372/1999, y
CONSIDERANDO:
Que se detectaron múltiples incumplimientos por parte de la
contratista Planobra S.A en el desarrollo de la obra
"Ejecución Integral de Solados e Instalaciones en Cementerio
de la Recoleta", la cual le fuera adjudicada por Licitación
Pública Nº 201/1999;
Que en el informe elaborado con fecha 14 de junio de 2002 por el
Jefe del Departamento de Obras y Mantenimiento de la Dirección
General de Cementerios, se indicó que a partir de diciembre de 2001
decayó el ritmo de las obras hasta su paralización y abandono en
el mes de abril de 2002, quedando zanjas abiertas, sectores de
solados a medio levantar, sótanos con sus muros expuestos,
acumulación de escombros en calles y pasillos y desagües fuera de
servicio, todo esto en sectores centrales del cementerio, indicando
además que no se contaba con serenos, vigilancia, representante en
obra y que no se materializó la entrega del vehículo para la
inspección de obra;
Que en consecuencia no se ha dado cumplimiento a los artículos
1.10.1, 1.10.2, 1.10.3 y 1.16.9 del Pliego de Condiciones Generales
y 2.16.4 del Pliego de Condiciones Particulares, en cuanto al
desarrollo de la obra y a la entrega del vehículo, respectivamente;
Que conforme lo estipulado en los artículos 1.14.1 y 1.14.3 del
Pliego de Condiciones Generales, el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires podrá rescindir el contrato por culpa del contratista con las
consecuencias que determina la Ley Nacional de Obras Públicas;
Que en el particular es de aplicación el artículo 50 de la
mencionada Ley Nacional por remisión del pliego licitatorio;
Que se efectuaron diversas intimaciones a la empresa contratista,
tanto por medio de órdenes de servicio como por cartas documento y
notificaciones personales;
Que en el particular no es de aplicación la "exceptio non
adimpleti contractus" en tanto que para ello es indispensable
que la disminución del ritmo de los trabajos, o lisa y llanamente
su suspensión se justifiquen en una razonable imposibilidad de
cumplir, para lo cual es menester acreditar una relación
insostenible entre el monto adeudado por la administración, el
valor de la obra y el giro de la empresa; extremos que no se dan en
el presente caso;
Que la simple invocación de dificultades realizadas por la empresa
con fecha 13 de febrero de 2002, -donde se señala como motivos de
las dificultades en el desarrollo de la obra a las medidas
económicas tomadas en el ámbito nacional que implicaron la
derogación de la Ley de Convertibilidad-, no constituye un elemento
de prueba suficiente para justificar la paralización de los
trabajos;
Que respecto de la presentación de la empresa de fecha 3 de junio
de 2002 -donde solicitó la adecuación de los precios
contractuales- corresponde indicar que resulta a todas luces
extemporánea ya que unilateralmente la contratista decidió
paralizar los trabajos de obra, a pesar de las sucesivas
cancelaciones de los certificados de obra realizadas por este
Gobierno;
Que asimismo tampoco resulta procedente la presentación de fecha 31
de julio de 2002 donde se denuncia la ruptura de la ecuación
económico financiera del contrato y solicita la revisión del
precio contractual y al reconocimiento y pago de las diferencias
existentes para estabilizar el precio del contrato;
Que el artículo 2.12.5 del Pliego de Condiciones Particulares
dispone que "En ningún caso la demora en los pagos acordará
al Contratista el derecho a obtener una prórroga de plazo en la
ejecución de la obra", concluyéndose en consecuencia que
tampoco pudo válidamente paralizar los trabajos y menos aún
abandonar la obra;
Que respecto de las consecuencias que determina la Ley Nacional de
Obras Públicas para los distintos supuestos de rescisión,
corresponde aplicar en el particular el artículo 51 del referido
cuerpo legal;
Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, pronunciándose en el sentido supra expuesto;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias
(artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° — Rescíndese por culpa de la contratista en los
términos del artículo 50 incisos a), b) y e) de la Ley Nacional de
Obras Públicas Nº 13.064, el contrato suscripto con la firma
Planobra S.A. en el marco de la Licitación Pública Nº 201/1999
Obra: "Ejecución Integral de Solados e Instalaciones en el
Cementerio de la Recoleta".
Artículo 2° — La Secretaría de Hacienda y Finanzas intervendrá
a efectos de la aplicación de las consecuencias establecidas por el
artículo 51 de la precitada Ley Nº 13.064.
Artículo 3° — El presente Decreto es refrendado por los señores
Secretarios de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas
y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4° — Dése al Registro; publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la empresa
contratista y pase a sus efectos a las Secretarías de Hacienda y
Finanzas y de Obras y Servicios Públicos. IBARRA - Fatala -
Pesce – Fernández
DECRETO N° 1.327
APRUÉBASE EL ACTA DE ACUERDO CELEBRADA ENTRE EL G.C.A.B.A. E
IMÁGENES COMPUTARIZADAS MÉDICAS S.A.
Buenos Aires, 3 de octubre de 2002.
Visto el Expediente Nº 51.436/2002 y los Decretos Nros. 4.947/91
y 5.247/91, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 4.947/91 se ratificó el contrato celebrado
entre la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires y la Empresa Imágenes Computarizadas Médicas S.A., por el
cual la primera contratara la instalación y prestación de servicio
de un Tomógrafo Hitachi 450 para el Hospital General de Agudos J.
A. Fernández;
Que mediante Decreto N° 5.247/91 se ratificó el contrato que las
mismas partes suscribieron por la instalación de un Resonador
Magnético 026 - tesla, marca Bruker, para el Hospital General de
Agudos Cosme Argerich;
Que entre las partes mencionadas se suscitan sendas acciones
judiciales ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y
Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, en las cuales Imágenes
Computarizadas Médicas reclama del Gobierno de la Ciudad la
cancelación de facturas impagas y otros conceptos;
Que por informe técnico de la Comisión Asesora de Tomografía
Axial Computarizada y Resonancia Magnética Nuclear se manifiesta la
necesidad de poner en funcionamiento el Servicio de Tomografía del
Hospital General de Agudos J. A. Fernández y el Resonador
Magnético instalado en el Hospital General de Agudos Cosme
Argerich, ya que dichos servicios evitarían los traslados a otros
hospitales de la Red reduciendo costos y riesgo;
Que por Acuerdo suscripto entre la Secretaría de Salud y la empresa
Imágenes Computarizadas Médicas S.A. se decidió poner fin a las
diferencias habidas entre las partes y con ello dar por cumplidos
los contratos que las vinculaban, habiendo convenido que a partir de
ese momento el Tomógrafo y el Resonador pasan a formar parte del
patrimonio del Gobierno de la Ciudad;
Que en dicho Acuerdo se fijó, por todo concepto, la suma de
setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000), que el Gobierno de la
Ciudad se obliga a pagar a la firma, la que acepta recibir dicho
importe en la forma convenida en la cláusula tercera, renunciando a
percibir intereses y cualquier otro concepto emergente que pudiera
resultar de los contratos;
Que, asimismo, se acordó solicitar la suspensión de los
procedimientos judiciales hasta que opere el íntegro pago de las
sumas reclamadas, habiéndose obligado a que, una vez canceladas en
la forma prevista, desistirán de las acciones incoadas;
Por ello, habiendo tomado la intervención que le compete a la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en uso de las
facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el Acta Acuerdo, celebrada el día
19 de septiembre de 2002, suscripta por el Secretario de Salud, Dr.
Alfredo Maximiliano Stern, en representación del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires y el Sr. Jorge Del Águila, en
representación de la empresa Imágenes Computarizadas Médicas
S.A., la que en todos sus términos forma parte integrante del
presente.
Artículo 2º — Instrúyese a la Procuración General a solicitar
en los autos "Imágenes Computarizadas Médicas S.A. c/GCBA –
Secretaría de Salud s/cobro de pesos", Expte. N° 3.612 en
trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad Nº 9, Secretaría Nº 17,
y en los autos "Imágenes Computarizadas Médicas S.A. c/GCBA
– Secretaría de Salud s/cobro de pesos", Expte. N° 2.347 en
trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad Nº 1, Secretaría Nº 1,
la suspensión de los procedimientos.
Artículo 3º — El presente Decreto es refrendado por los Señores
Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas y por el Señor Jefe de
Gabinete.
Artículo 4º — Dése al Registro, publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la empresa
Imágenes Computarizadas Médicas S.A. al domicilio sito en Carlos
Pellegrini 961, 6º piso de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese
a la Procuración General y, para su conocimiento y demás fines,
remítase a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a las
Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería y a la Secretaría
de Salud. IBARRA – Stern – Pesce – Fernández
Proyecto de Acta Acuerdo
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2002.
Entre el Dr. Alfredo Maximiliano Stern, en su carácter de
Secretario de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, constituyendo domicilio legal en la calle Carlos Pellegrini
313 de esta Ciudad, y el Sr. Jorge Del Águila, en representación
de Imágenes Computarizadas Médicas S.A. (en adelante ICM S.A.),
con el patrocinio letrado del Dr. Luis Alberto Bloise, constituyendo
domicilio legal en la calle Carlos Pellegrini 961 6° piso de esta
ciudad, convienen lo siguiente:
Primero: Entre las partes firmantes del presente se sustancian
sendas acciones judiciales ante la Justicia Contencioso
Administrativo y Tributaria de la ciudad de Buenos Aires, autos
caratulados "Imágenes Computarizadas Médicas S.A. c/G.C.B.A.,
Secretaría de Salud s/cobro de pesos" e "Imágenes
Computarizadas Médicas S.A. c/G.C.B.A. s/cobro de pesos",
Expediente N° 3.612, Juzgado N° 9, Secretaría N° 17 y Expediente
N° 2.347, Juzgado N° 1, Secretaría N° 1, respectivamente (en
adelante "las causas").
Las partes se encuentran vinculadas por los siguientes contratos (en
adelante los contratos): el primero por un Tomógrafo Hitachi 450,
ubicado en el Hospital Fernández, suscripto el 28 de octubre de
1991, ratificado por Decreto N° 4.947 del 5 de noviembre de 1991,
otro por un Resonador Magnético 026-tesla, marca Bruker, ubicado en
el Hospital Argerich, suscripto el 28 de octubre de 1991, ratificado
por Decreto N° 5.247 de fecha 18 de noviembre de 1991.
Segundo: Las partes deciden poner fin a las diferencias suscitadas
en "las causas", donde se reclama del G.C.B.A. la
cancelación de facturas impagas y otros conceptos, cuyo total en
concepto de capital por facturas impagas se individualiza en el
anexo adjunto y, además, a dar por cumplido el plazo de diez años
oportunamente pactado (que acaecerá el 31 de julio de 2003) en
"los contratos", adelantándolo al día de la fecha, a
partir de cuyo momento el Tomógrafo y el Resonador Magnético
motivo de aquellos (en adelante "los equipos") pasan a
formar parte del patrimonio del G.C.B.A. Consecuentemente quedan
rescindidos de mutuo y común acuerdo "los contratos" a
partir del día de la fecha. Para ello se fija, por todo concepto,
la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000), que el
G.C.B.A. se obliga a pagar a ICM S.A., la que acepta el importe
fijado y renuncia a percibir intereses y cualquier otro concepto
emergente o que pudiere resultar de "los contratos".
Tercero: La cantidad establecida en el acápite anterior será
abonada de la siguiente manera: un pago de ciento cincuenta mil
pesos ($ 150.000), dentro de los 15 días corridos contados a partir
del día de la fecha, y ocho cuotas mensuales y consecutivas de
setenta y cinco mil pesos ($ 75.000) cada una, pagadera la primera
entre el 1° y el 15 de octubre de 2002, y las siete restantes entre
el 1° y el 15 de cada mes siguiente.
Cuarto: Las partes habrán de presentarse ante los Juzgados donde
tramitan "las causas" peticionando la suspensión de los
procedimientos judiciales hasta que opere el íntegro pago de las
sumas reclamadas. A tal fin se dictará el acto administrativo
pertinente en el caso del G.C.B.A., autorizando la suspensión.
Cumplidos los pagos estipulados se tendrán por desistidos los
juicios, corriendo las costas en el orden causado, obligándose las
partes a presentar los respectivos escritos en cada Juzgado, con la
conformidad de sus letrados.
Quinto: La Secretaría de Salud del G.C.B.A. recibe de conformidad
"los equipos" en el estado en que se encuentran.
Sexto: Los firmantes dejan perfectamente aclarado que entienden que
no existe responsabilidad contractual o extracontractual fuera de
las obligaciones aquí pactadas por la rescisión de los contratos
que los vinculaban.
Séptimo: La Secretaría de Salud se compromete a gestionar en un
plazo no mayor de diez días de firmado el presente, el dictamen
correspondiente de la Procuración General de Justicia y la
ratificación y firma del instrumento jurídico definitivo por parte
de la Jefatura de Gabinete de la Ciudad de Buenos Aires.
Octavo: En prueba de su conformidad se suscriben tres ejemplares de
un mismo tenor y a un solo efecto a los diecinueve días del mes de
septiembre de 2002. Stern (por G.C.A.B.A.) – Del Águila y Bloise
(por Imágenes Computarizadas Médicas S.A.)
ANEXO
Imagen 1
2
DECRETO Nº 1.328
SISTEMA DE ATENCIÓN PEDIÁTRICA DE URGENCIAS DOMICILIARIAS.
RATIFÍCANSE LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN Nº 892/SS/00, B.O. Nº
944. ESTABLÉCESE LA MODALIDAD DE REMUNERACIÓN PARA LOS
PROFESIONALES AFECTADOS
Buenos Aires, 3 de octubre de 2002.
Visto la Ley Básica de Salud N° 153, el Decreto N°
3.310/GCBA/91, la Resolución N° 892/SS/00 (B.O.C.B.A. Nº 944) y
el Expediente Nº 48.738/02, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
garantiza la accesibilidad e integralidad en la atención de la
salud;
Que mediante el Decreto N° 3.310/91 se establece la unificación de
los servicios de emergencias médicas en el Sistema de Atención
Médica de Emergencia SAME;
Que a través de la Resolución N° 892/SS/00 se crea el Sistema de
Atención Pediátrica de Urgencias Domiciliarias, con el objetivo de
incrementar la accesibilidad de la población infantil a la
atención de la salud, brindando asistencia especializada a las
familias que requerían los servicios del SAME en horario nocturno;
Que dicho sistema cuenta con una recepción muy favorable por parte
de la población y se encuentra en expansión, configurando una
prestación de características diferenciadas de las guardias
habituales;
Que, teniendo en cuenta las particularidades de la prestación, que
involucra gastos de traslado y seguros, es necesario asignar a los
profesionales que se desempeñan en el sistema una modalidad
diferenciada de remuneración, acorde con las prestaciones que
realizan;
Que, asimismo, la Secretaría de Salud se encuentra comprometida en
un proceso de racionalización de la cantidad de prestaciones que
realizan los profesionales afectados a la urgencia, resultando
conveniente en este marco fijar la cantidad de prestaciones de los
profesionales afectados al Sistema de Atención Pediátrica de
Urgencias Domiciliarias;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias;
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° — Ratifícanse los términos de la Resolución
N° 892/SS/00 (B.O.C.B.A. Nº 944) de Creación del Sistema de
Atención Pediátrica de Urgencias Domiciliarias.
Artículo 2° — La actividad que realizan los profesionales
afectados al Sistema de Atención Pediátrica de Urgencias
Domiciliarias será remunerada bajo el régimen modular. Cada
módulo corresponderá a una guardia diaria en las condiciones y
franja horaria determinadas para el sistema, que se ratifican en el
artículo 1° de la presente. Se fija un tope mensual de cinco
módulos por profesional y de cien módulos semanales para el total
del sistema.
Artículo 3° — Establécese el valor de cada módulo para
Pediatra de Atención de Urgencias, Regulador y Coordinador General
en los montos que se detallan:
Asignación por Módulos $ 193,50
Compensación por gastos $ 43,25
En todos los casos, la asignación por módulos estará sujeta a los
aportes y contribuciones previsionales y sociales correspondientes y
la compensación de gastos tendrá carácter no remunerativa.
Artículo 4° — El régimen modular tendrá vigencia para la
remuneración de las prestaciones efectuadas por los profesionales
afectados al Sistema de Atención Pediátrica de Urgencias
Domiciliarias a partir del 1° de agosto de 2002.
Artículo 5° — La Secretaría de Salud, de acuerdo con las
necesidades poblacionales, será la encargada de determinar la
cantidad de profesionales que integrarán el sistema y de producir
otras modificaciones que hagan a la operatoria del sistema.
Artículo 6° — Las erogaciones emergentes del presente Decreto
serán imputadas a la partida presupuestaria del respectivo
ejercicio.
Artículo 7° — El presente Decreto es refrendado por los Señores
Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas y el Señor Jefe de
Gabinete.
Artículo 8° — Dése al Registro, publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y
demás efectos, pase a las Secretarías de Salud y de Hacienda y
Finanzas. Cumplido, archívese. IBARRA – Stern – Pesce –
Fernández
DECRETO Nº 1.329
FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE. RATIFÍCASE EL ACTA SUSCRIPTA
ENTRE EL G.C.A.B.A. Y EL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DEL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, PARA
EL PAGO CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DE 2001
Buenos Aires, 7 de octubre de 2002.
Visto la Ley Nº 25.053 ("Fondo Nacional de Incentivo
Docente") y el Acta de fecha 19 de septiembre de 2002,
suscripta entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
de la Nación, representado por el señor Secretario General del
Consejo Federal de Cultura y Educación, Dr. Sergio Palacio, y el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el
señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus, y el
Expediente N° 53.736/02, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Nación encuentra dificultades para efectuar
en una sola transferencia, la asignación de los fondos suficientes
a fin de efectivizar el pago a los docentes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las sumas correspondientes al
año 2001 del Fondo Nacional de Incentivo Docente;
Que oportunamente y por Decreto Nº 1.096/GCBA/02 (B.O. Nº 1519),
se autorizó el pago por la suma de $ 2.292.845,94 a cuenta del
saldo restante del primer semestre de 2001, en concepto de Fondo
Nacional de Incentivo Docente y en cumplimiento del acta suscripta
entre las mismas partes el 5 de agosto último;
Que a través del Acta referida en el visto del presente, el Estado
Nacional transfiere a la Ciudad la suma de LECOP dos millones
setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 (LECOP
2.071.890,15), aplicado a saldar parcialmente el compromiso asumido
en la Cláusula Cuarta del acta del 5 de agosto de 2002;
Que, por su parte, la Ciudad deja constancia que nuevamente
anticipará a los docentes de su jurisdicción hasta la suma de
pesos dos millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100
($ 2.071.890,15), a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional
de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2001;
Que, asimismo, la Nación se compromete a transferir a la Ciudad, en
los futuros pagos del Fondo Nacional de Incentivo Docente, el saldo
pendiente por los anticipos realizados por esta jurisdicción en tal
concepto y el correspondiente al previsto en el presente Decreto,
por la suma total de cuatro millones doscientos treinta y siete mil
setecientos sesenta y seis con 46/100 ($ 4.237.766,46) o su
equivalente en LECOP;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º — Ratifícase el Acta de fecha 19 de septiembre
de 2002, firmada por el señor Secretario de Educación del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el señor Secretario
General del Consejo Federal de Cultura y Educación del Ministerio
de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, cuya copia
certificada obra como Anexo del presente y que a todos sus efectos
forma parte integrante del mismo.
Artículo 2º — Autorízase el pago a favor de los docentes de
esta jurisdicción, por la suma de pesos dos millones setenta y un
mil ochocientos noventa con 15/100 ($ 2.071.890,15), a cuenta del
saldo restante de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo
Docente correspondiente al primer semestre de 2001, destinándose,
de dicha cantidad, pesos un millón seiscientos treinta y un mil
noventa y siete con 02/100 ($ 1.631.097,02) a educación pública y
pesos cuatrocientos cuarenta mil setecientos noventa y tres con
13/100 ($ 440.793,13) a educación privada.
Artículo 3º — Amplíase el Presupuesto General de Recursos y
Gastos del presente ejercicio y delégase en el señor Secretario de
Hacienda y Finanzas la instrumentación y distribución de los
créditos presupuestarios correspondientes.
Artículo 4º — El presente Decreto es refrendado por los señores
Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor
Jefe de Gabinete.
Artículo 5º — Dése al Registro, publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría
de Educación y a la Dirección General de la Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido,
archívese. IBARRA – Filmus – Pesce – Fernández
ANEXO
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2002.
Entre al Ministerio de Educación de La Nación representado en
este acto por el señor Secretario General del Consejo Federal de
Cultura y Educación, Dr. Sergio Palacio, en adelante denominado
"LA NACIÓN", por una parte; y por la otra, El Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por
el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus en
adelante denominada "LA CIUDAD" y de conformidad con lo
previsto por el Art. 16 de la Ley N° 25.053 "Fondo Nacional de
Incentivo Docente" y teniendo en cuenta la Resolución N°
102/99 y su modificatoria N° 122/99 del Consejo Federal De Cultura.
y Educación, aprobatoria de los criterios de distribución entre
los distintos cargos conforme el artículo 13 de dicha norma legal,
convienen en celebrar un Acta Complementaria, sujeta a las
siguientes cláusulas:
PRIMERA: "LA CIUDAD" ha presentado la Preliquidación
establecida por el punto 14 del Anexo de la Resolución N° 102/99 y
su modificatoria N° 122/99 del Consejo Federal de Cultura y
Educación correspondiente al primer semestre de 2001, manifestando
su representante con carácter de Declaración Jurada que la misma
se ajusta en un todo a las pautas y criterios aprobados por la
citada Resolución.
SEGUNDA: "LA NACIÓN" transfiere a "LA CIUDAD"
la suma en LECOPs de dos millones setenta y un mil ochocientos
noventa con 15/100 (2.071.890,15), que serán aplicados a saldar
parcialmente el compromiso asumido en la cláusula Cuarta del Acta
Complementaria de fecha 5 de agosto del presente año, según el
siguiente detalle:
Cancelación definitiva de los pesos un millón novecientos
cuarenta y cuatro mil novecientos veinte con 52/100 ($ 1.944.920,52)
correspondientes al compromiso asumido por la cláusula Cuarta del
Acta Complementaria de fecha 3 de julio de 2002.
Cancelación parcial de pesos ciento veintiséis mil novecientos
sesenta y nueve con 63/100 ($ 126.969,63) correspondientes al
compromiso asumido por la cláusula Cuarta del Acta Complementaria
de fecha 5 de agosto de 2002.
Esto en virtud de que la CIUDAD dio cumplimiento al compromiso de
abonar a los docentes de su jurisdicción los importes
correspondientes en fechas 18 de julio y 9 de septiembre
respectivamente.
TERCERA: Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula Segunda
"LA CIUDAD" deja constancia que nuevamente anticipará a
los docentes de la Jurisdicción hasta la suma de pesos dos millones
setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 (2.071.890,15).
CUARTA: "LA NACIÓN" se compromete a transferir a "LA
CIUDAD" la suma pendiente de saldo por (los anticipos
realizados por dicha jurisdicción, de acuerdo al siguiente detalle:
Saldo pendiente del compromiso asumido por la Cláusula Cuarta
del Acta Complementaria de fecha 5 de agosto del corriente año:
pesos dos millones ciento sesenta y cinco mil ochocientos setenta y
seis con 31/100 ($ 2.165.876,31)
Saldo pendiente por el monto anticipado por LA CIUDAD según la
cláusula Tercera de la presente Acta Complementaria: pesos dos
millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 ($ 2.071
.890,15).
Lo que hace un total de pesos cuatro millones doscientos treinta y
siete mil setecientos sesenta y seis con 46/100 ($ 4.237.766,46).
QUINTA: Se deja expresa constancia que las transferencias a que hace
referencia la cláusula precedente se realizarán en los futuros
pagos del Fondo Nacional de Incentivo Docente, haciéndose efectivas
en pesos o en su equivalentes en LECOPs.
SEXTA: Sin perjuicio del cumplimiento de su rol de distribuidora
entre los docentes de su jurisdicción del Fondo Nacional de
Incentivo Docente, "LA CIUDAD" ratifica su compromiso de
dar estricto cumplimiento de los requisitos establecidos por el
artículo 12 de la Ley, y a efectuar su detalle en un Acta
Ampliatoria.
SÉPTIMA: Las partes dejan expresa constancia que el compromiso
asumido en el Acta Acuerdo de Reconocimiento de Deudas, suscripta
entre el ESTADO NACIONAL y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
de fecha 20 de mayo de 2002, en lo que respecta al Fondo Nacional de
Incentivo Docente y que corresponde a la deuda reconocida en Acta
Complementaria N° 1/2001 correspondiente al período Enero - Junio
de 2001 por un monto de pesos cuatro millones doscientos cincuenta y
seis mil noventa y cinco con 71/100 ($ 4.256.095,71 ) está siendo
saldado consecutivamente por LA NACIÓN conforme lo acreditan las
Actas de fechas 22 de febrero, 27 de marzo, 30 de abril, 3 de junio,
3 de julio y 5 de agosto del corriente año.
Asimismo las partes dejan constancia que el monto total a que hace
referencia la cláusula cuarta de la presente obedece a la decisión
de LA CIUDAD de pagar en forma anticipada a los docentes de esa
jurisdicción, motivo por lo cual el compromiso asumido por el
Estado Nacional en la cláusula segunda del Acta Acuerdo mencionada
(20/5/02) tendrá vigencia si eventualmente quedara un monto
pendiente del primer semestre del año 2001 y comprenderá solo
dicho saldo hipotético.
En prueba de conformidad y para constancia se firman dos ejemplares
de un mismo tenor y un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a
los 19 días del mes de septiembre 2002. Palacio (por
Ministerio de Educación de la Nación) – Filmus (por
G.C.A.B.A)
DECRETO Nº 1.330
DESÍGNASE AL SR. GABRIEL E. GRINBERG DIRECTOR GENERAL DE LA D. G.
TEATRO COLÓN
Oficio Nº 675/2002.
Buenos Aires, 7 de octubre de 2002.
Visto el Expediente N° 47.362/02, y;
CONSIDERANDO:
Que el cargo de Director General de la Dirección General Teatro
Colón, dependiente de la Secretaría de Cultura, se encuentra
vacante;
Que por lo expuesto la citada Secretaría, solicita se designe, a
partir del 2 de septiembre de 2002, al Señor Gabriel Elbio
Grinberg, DNI 12.728.260, CUIL 23-12728260-9, ficha Nº 392.746,
como Director General, del organismo que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo,
resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts.
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase a partir del 2 de septiembre de
2002, al Señor Gabriel Elbio Grinberg, DNI 12.728.260, CUIL
23-12728260-9, ficha Nº 392.746, como Director General de la
Dirección General Teatro Colón, partida 5038.0000.S.99 R.01, cesa
como Director General de la Dirección General de Música, de la
Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales, ambas
reparticiones dependientes de la Secretaría de Cultura, deja
partida 5060. 0000.S.99 R.02.
Artículo 2º — El presente Decreto es refrendado por los Señores
Secretarios de Cultura, de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.
Artículo 3º — Dése al Registro, publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. IBARRA
– Telerman – Pesce – Fernández
RESOLUCIONES
Secretaría Jefe de Gabinete
RESOLUCIÓN Nº 45 – SSRPEI - SSSEG
AUTORÍZASE A LA COORDINADORA INDÍGENA "POR EL 12 DE
OCTUBRE" A REALIZAR UN EVENTO EN LA PLAZA DE LOS DOS CONGRESOS
Buenos Aires, 11 de octubre de 2002.
Visto el Registro Nº 907/SMAYPU/02, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación la Coordinadora Indígena "por
el 12 de Octubre" solicita autorización para realizar una
jornada cultural denominada "Un día de duelo y restauración
histórica para los pueblos indígenas de América" , en la
Plaza de los Dos Congresos, el día 12 de octubre de 2002, en el
horario de 11 a 17;
Que el objeto es llevar a cabo la mencionada jornada cultural,
despojada de toda intención exclusivista, partidista y comercial;
Por ello,
LOS SUBSECRETARIOS DE RELACIONES POLÍTICAS
E INSTITUCIONALES Y DE SEGURIDAD
RESUELVEN:
Artículo 1º — Autorízase a la Coordinadora Indígena
"por el 12 de Octubre" la realización de un evento, en la
Plaza de los Dos Congresos, el día 12 de octubre de 2002, en el
horario de 11 a 17.
Artículo 2º — Dése intervención a la Subsecretaría Espacio
Público y Desarrollo Urbano a fin de que la misma tome las medidas
que le competen.
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada al Ministerio
Público Fiscal y para su conocimiento y demás efectos pase a las
Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano y de
Seguridad. Martini – Carelli
RESOLUCIÓN Nº 177
APRUÉBASE EL PAGO A SEARCH ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD S.A.,
CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRESTADO EN
AGOSTO DE 2002
Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.
Visto la Nota Nº 727/DGCEDIF/02, y el Decreto Nº 1.370/GCBA/01
y;
CONSIDERANDO:
Que por Nota Nº 727/DGCEDIF/02 tramita el pago correspondiente al
servicio de vigilancia y seguridad que por razones de emergencia se
debió prestar en el mes de agosto con las dotaciones disponibles de
la empresa Search Organización de Seguridad S.A.;
Que la empresa Odipa S.R.L. dejó de prestar servicio en los
objetivos de las áreas Nros. 1, 4 y 6 de la Licitación Pública
190/97, el día 28 de abril a las 24 hs., ante esta emergencia la
Dirección General de Custodia de Edificios solicitó a la empresa
Search Organización de Seguridad S.A. que continúe con el servicio
mencionado en el período detallado anteriormente;
Que la Dirección General de Custodia de Edificios prestó
conformidad mediante el Parte de Recepción Definitiva Nº 481.408;
Que el costo del servicio asciende a la suma de pesos ciento sesenta
y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos con treinta y ocho centavos
($ 164.642,38);
Que a fojas 15 obra el comprobante de la afectación definitiva N°
1.724 – N° GCBA: 68.826, constando previamente la afectación
preventiva de acuerdo a las normas vigentes;
Que la Dirección de Contaduría General verificará en forma previa
a la emisión de la orden de pago correspondiente, la documentación
presentada, a fin de comprobar el cumplimiento de los requerimientos
legales y normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de
aplicación en el presente caso;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por Decreto Nº
1.370/GCBA/01,
EL SEÑOR JEFE DE GABINETE
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el pago de pesos ciento sesenta y
cuatro mil seiscientos cuarenta y dos con treinta y ocho centavos ($
164.642,38) correspondiente al servicio de vigilancia y seguridad
que por razones de emergencia se debió prestar en el mes de agosto
con las dotaciones disponibles de la empresa Search Organización de
Seguridad S.A.
Artículo 2º — El presente gasto se imputará a la partida
correspondiente del Presupuesto del Ejercicio Vigente.
Artículo 3º — Dése al Registro. Pase a la Dirección General de
Contaduría General, a los fines de su competencia y para que
verifique, en forma previa a la emisión de la orden de pago
correspondiente, la documentación presentada, a fin de comprobar el
cumplimiento de los requerimientos legales y las normas del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires de aplicación en el presente caso.
Cumplido, archívese. Fernández
Secretaría de Obras y Servicios Públicos
RESOLUCIÓN Nº 271 - SSTYT
MODIFÍCASE EL RECORRIDO DE LAS LÍNEAS DE COLECTIVO 28 Y 117
Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.
Visto el Registro Nº 706/SSTYT/02 y agregados y los términos
del Convenio celebrado por la empresa Autopistas del Sol S.A (AUSOL)
y las líneas de transporte público de pasajeros Nros. 28 y 117, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho acto administrativo la citada empresa vial autoriza a
las empresas Dota S.A y Transportes Larrazábal C.I.S.A,
prestatarias de los servicios de las líneas 28 y 117
respectivamente, a utilizar un espacio bajo la Avenida General Paz y
la calle 11 de Septiembre para la regulación de servicios;
Que para la internación de unidades en el lugar antes consignado,
se deberán ajustar los recorridos de ambas empresas de transporte;
Que con la autorización antes mencionada, ambas empresas de
transporte, no podrán realizar espera sobre la calle 11 de
Septiembre, en el tramo Vedia – Deheza;
Que en el precitado segmento de arteria conservarán las paradas
para el ascenso y descenso de pasajeros;
Que la aplicación de tal temperamento contribuirá a mejorar las
condiciones de operatividad de las líneas en cuestión, redundando
ello en la calidad de vida de los vecinos frentistas;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase el recorrido de las líneas 28 y
117 de acuerdo con el lugar asignado para la regulación de
servicios en el Convenio celebrado entre las citadas empresas de
transporte público de pasajeros y la empresa Autopistas del Sol
S.A. (AUSOL), asignándosele el siguiente derrotero:
Línea Nº 28: Ida a Estación Rivadavia: por su ruta, Pico, 11 de
Septiembre hasta el predio ubicado en 11 de Septiembre y Av. General
Paz donde se interna.
Regreso: desde predio bajo Av. General Paz y calle 11 de Septiembre,
por 11 de Septiembre, su ruta.
Línea Nº 117: Ida a Estación Rivadavia: por su ruta, Vedia, 11 de
Septiembre hasta el predio ubicado en 11 de Septiembre y Av. General
Paz donde se interna.
Regreso: desde predio bajo Av. General Paz y calle 11 de Septiembre,
por 11 de Septiembre, su ruta.
Artículo 2º — Autorízase a mantener los lugares actuales
asignados para el ascenso y descenso de pasajeros para las líneas
28 y 117 sobre la calle 11 de Septiembre, entre Pico y Deheza.
Artículo 3º — Si por algún motivo quedara sin efecto el
convenio celebrado entre la empresa Autopistas del Sol S.A. (AUSOL),
y las empresas Dota S.A y Transportes Larrazábal C.I.S.A
respectivamente, las líneas 28 y 117 volverán a efectuar la espera
de unidades en la calle 11 de Septiembre, entre Vedia y Deheza,
basado en la vigencia de la Ley Nº 441(B.O. Nº 1041).
Artículo 4º — La presente medida entrará en vigencia efectiva
una vez finalizadas las obras de adecuación del predio en cuestión
y su consiguiente habilitación a tal fin.
Artículo 5º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, a la empresa Autopistas del Sol S.A. (AUSOL), al Órgano
de Control de las Concesiones Viales (OCCOVI), a la Comisión
Nacional de Regulación del Transporte, a las líneas involucradas,
y para su conocimiento y pertinentes notificaciones remítase a la
Dirección General de Tránsito y Transporte, cumplido, archívese. Blot
Secretaría de Gobierno y Control Comunal
RESOLUCIÓN Nº 340
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN HUNGRÍA 1166/68/70
Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.
Visto el Expediente Nº 45.482/99 por el cual se solicita la
regularización de obras no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en
la finca sita en la calle Hungría 1166/68/70, Nomenclatura
Catastral: Circunscripción 15, Sección 85, Manzana 5B, Parcela 13;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin
permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la
documentación obrante a fojas 1 y 3 a 8 del Expediente Nº
45.482/99, por parte de la Dirección General de Fiscalización de
Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de
75,26 m2 no reglamentarios, (piso 2º: cubierta parcial de escalera;
estar-comedor, baño, dormitorios, cocina-lavadero y balcón) en una
"Vivienda Multifamiliar – no afectada al régimen de la Ley
13.512", obrando plano registrado anterior a fojas 9;
Que las obras cuestionadas contravienen los artículos 2.1.1.1.
"Trabajos que requieren permiso de obra" del Código de la
Edificación y 4.2.2 "Relación entre altura y separación de
parámetros" y 5.4.1.4 "Distrito R2b: b) R2bII –
Disposiciones Particulares: d) FOT máximo", ambos del Código
de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con
fecha 30/8/02, (fs. 42), las obras ejecutadas sin permiso no afectan
de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad,
iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los
locales y según la Declaración Jurada del profesional
interviniente (fs. 32/33), las mismas no comprometen la estabilidad,
seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras
personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la
realidad o falseamiento, según lo prescripto en el Inc. f) del
Parágrafo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la
firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de
la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del Parágrafo
6.3.1.2. "Obras en Contravención del Código de la
Edificación", modificado por Ordenanza Nº 44.825 (B.M. Nº
18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución Nº
239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. Nº 309);
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e)
del Parágrafo 6.3.1.2. "Obras en Contravención del Código de
la Edificación" (AD 630.75),
LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase la regularización de las
"Obras en Contravención" ejecutadas sin permiso en la
"Vivienda Multifamiliar– no afectada al régimen de la Ley
Nº 13.512", sita en la calle Hungría 1166/68/70, Nomenclatura
Catastral: Circunscripción 15, Sección 85, Manzana 5B, Parcela 13,
procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 1 a 8 de la
presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie
de setenta y cinco metros con veintiséis centímetros cuadrados
(75,26m2), no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el
Parágrafo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código
de la Edificación, modificado por la Ordenanza Nº 44.825 (B.M. Nº
18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución Nº
239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. Nº 309).
Artículo 2º — La presente Resolución es refrendada por el
señor Subsecretario de Regulación y Fiscalización.
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y
registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización
de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la Empresa Sistemas
Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, juntamente con
copia del plano registrado. Giudici – Antuña
RESOLUCIÓN Nº 347
INSTRÚYESE SUMARIO POR LA EXISTENCIA DE DOCUMENTACIÓN
SUPUESTAMENTE APÓCRIFA, REFERENTE AL LOCAL DE BASUALDO 52
Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.
Visto el Expediente Nº 41.562/01 y acumulado Libro de Registro
de Inspecciones, y
CONSIDERANDO:
Que la entonces Dirección General de Verificaciones y
Habilitaciones, mediante Disposición Nº 4.876/DGVH/01, procedió a
retirar la documentación que se exhibiera como habilitante del
local sito en la calle Basualdo 52, rubricado mediante Expte. Nº
4.415/95, a nombre de Julio César Balbi, ya que de acuerdo a la
consulta del sistema informático, el citado obrado había caducado
por Decreto Nº 1.623/GCBA/95;
Que de lo actuado surge que tanto el Libro de Registro de
Inspecciones como el Certificado de Habilitación en Original,
resultarían de carácter apócrifo, por lo que el Director General
de la ex Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones
propuso la instrucción del correspondiente sumario administrativo,
destinado a esclarecer los hechos;
Que esta Secretaría de Gobierno y Control Comunal considera
propicio dictar el acto administrativo que ordene el sumario, ello
en virtud de lo prescripto por el Art. 2º del Decreto Nº 3.360/68,
aplicable en función del Art. 12 del Decreto Nº 826/GCABA/01;
Que a efectos de arribar a la verdad objetiva y sobre la base de la
investigación de los hechos denunciados, resulta necesario disponer
la instrucción del pertinente sumario administrativo a fin de
deslindar responsabilidades en el presente caso,
Por ello,
LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Instruir Sumario Administrativo a fin de
investigar y deslindar responsabilidades con motivo del retiro de la
documentación presuntamente apócrifa perteneciente al local sito
en la calle Basualdo 52.
Artículo 2º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación
fehaciente y demás efectos pase con carácter de Urgente Despacho a
la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
-Dirección de Sumarios-. Comuníquese mediante copia autenticada
del presente acto administrativo lo resuelto en el mismo, a la
Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, a la Dirección
General de Habilitaciones y Permisos, y a la Dirección General de
Recursos Humanos. Giudici
Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
RESOLUCIÓN Nº 32
APRUÉBANSE LAS CONSIDERACIONES GENERALES Y EL CIRCUITO DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES DE SERVICIOS Y REPARACIONES
Buenos Aires, 4 de septiembre de 2002.
Visto la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
establece las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niños,
Niñas y Adolescentes, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 46 de la citada norma otorga al organismo
autonomía técnica y administrativa y autonomía financiera;
Que de acuerdo al artículo 59 de la Ley el Consejo cuenta con una
unidad técnico administrativa;
Que, hasta tanto culmine el proceso de elaboración de los Manuales
de Procedimiento Administrativo, es necesario establecer diversos
circuitos y regímenes de autorización para los distintos procesos
que se desarrollan en el cumplimiento de las tareas del Consejo;
Que en particular se hace imprescindible resolver sobre el
procedimiento de compras y contratación de servicios y
reparaciones;
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébense las Consideraciones Generales y
Circuito de Compras y Contrataciones de Servicios y Reparaciones que
obran como Anexo I de la presente.
Artículo 2º — Regístrese, comuníquese a las coordinaciones de
área, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Naddeo
Resolución N° 32/CDNNYA/2002
ANEXO I
CIRCUITO DE COMPRAS, CONTRATACIONES DE SERVICIOS Y
REPARACIONES
CONSIDERACIONES GENERALES
Las compras, contrataciones de servicios y reparaciones, en adelante
las compras, se clasifican de 2 maneras:
I. por su periodicidad
II. por su modalidad
I- PERIODICIDAD:
a) compras habituales, se realizan cuando menos una vez por mes y no
superan individualmente los $ 2.000,- Los presupuestos deben
actualizarse mensualmente. La autorización de la compra corresponde
al Coordinador Administrativo o superior.
b) compras extraordinarias, se efectúan con una periodicidad mayor
a la mensual o superan los $ 2.000,-. Debe solicitarse cotización
antes de cada operación. Hasta los $ 2.000,- la autorización
corresponde al Coordinador Administrativo; por montos superiores se
requiere autorización escrita del/la presidente/a.
c) compras de urgencia, se consideran compras urgentes aquellas que
no pueden preverse y cuya omisión ocasionaría riesgos para el
funcionamiento del Consejo, el cumplimiento de sus funciones o la
integridad de su personal u otras personas, en virtud de lo cual se
podrá exceptuar el circuito administrativo regular.
El responsable del área que efectúe dicho gasto deberá elevar
(dentro de las 72 hs. de producida) los fundamentos que originaron
la compra y/o servicio, por escrito, al Área de Compras, como
también las facturas correspondientes. También se confeccionará
un listado de proveedores y precios, a fin de tener una orientación
en caso de necesidades similares. Dichos gastos solo podrán ser
autorizadas por el Coordinador Administrativo, el Coordinador del
Área Legal y Técnica, los Coordinadores Generales,
Vicepresidente/a o Presidente/a, en todos los casos con la firma en
el reverso de la factura respectiva.
La autorización referida en los párrafos anteriores se refiere a
la compra y no a la elección del proveedor. En este último aspecto
se tendrá en cuenta en primer lugar el precio, y luego calidad,
eficiencia, servicio posventa, etc., en ese orden. Se utilizará
para la toma de decisión el cuadro comparativo que a tal fin debe
elaborar el auxiliar que solicita los presupuestos.
II - MODALIDAD: a) compra directa
b) licitación
II: a) COMPRA DIRECTA
1) El sector interesado genera una SOLICITUD DE COMPRA por
duplicado, enviando el original al sector Compras y Contrataciones.
2) Con la solicitud en su poder el sector compras realiza una
estimación del costo, y eleva al sector Financiero Contable para
que este realice la afectación preventiva de fondos.
3) En caso de carecer de partida, programación o crédito
suficiente, el sector Financiero Contable entregará los
antecedentes al Coordinador Administrativo para: a) gestionar la
posibilidad de efectuar la compra ante los organismos
correspondientes b) notificar a los Sectores Compras y de origen del
pedido que el mismo no puede viabilizarse.
4) Si la afectación fue realizada, el sector Compras procede según
alguna de las siguientes variantes:
a. Si se trata de una compra habitual: verificar que la cotización
de los productos se haya actualizado oportunamente, de lo contrario
solicita 3 nuevas cotizaciones. Completa la Orden de Compra
siguiendo la correlatividad numérica, remite los antecedentes al
Coordinador Administrativo para la autorización y firma de la Orden
de Compra.
b. Si se trata de una compra extraordinaria: solicita cotización
escrita mediante el formulario correspondiente con aclaración de
condiciones de venta, entrega y pago a 3 proveedores, si la compra
es por un monto inferior a $ 5.000, o a 5 proveedores por compras de
entre $ 5.001 y 100.000.
El pedido de cotización debe contener:
Descripción del producto o servicio
Cantidad requerida
Plazo de entrega
Condiciones de pago
Fecha límite de recepción de la cotización
Deberá procurarse solicitar presupuesto solo a quienes hayan
acreditado fehacientemente su situación impositiva y fiscal, el
pago al día de las cargas fiscales y sociales que lo involucran, la
presentación en fecha de las declaraciones juradas, la
no-inclusión en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios.
5. Recibidas las cotizaciones, en la que deberá especificarse
tiempo de vigencia de la misma, el sector Compras realizará la
comparación de las mismas la que se remitirá a:
a. Compra menor o igual a $ 2.000,- al Coordinador Administrativo
b. Compra superior a $ 2.000,- a la Comisión de Adjudicación
(integrada por la Dirección Ejecutiva y el Coordinador
Administrativo).
6. Una vez adjudicada, el sector Compras emite la Orden de Compra
que debe contener:
a. Nombre o Razón Social del adjudicatario, domicilio y CUIT
b. Descripción del bien o servicio
c. Cantidad precio unitario y total con IVA incluido
d. Monto total adjudicado
e. Lugar y plazo de entrega
f. Condiciones de pago
g. Instrucciones sobre facturación y presentación de la factura.
7. Recibida la mercadería o servicio y el remito, el sector Compras
y el que originó el pedido verifican que todo se ajuste a lo
pactado, firman el remito y se envía toda la documentación al
sector Financiero Contable. Si corresponde, una copia del remito es
enviada al sector Patrimonio para incorporar lo recibido al
inventario respectivo.
8. El área Financiero Contable procede a la afectación definitiva;
recibida y controlada la factura emite la Orden de Pago y la remite
a Tesorería.
9. Tesorería, previa verificación del estado de cuenta corriente y
de caja, emite el cheque y gestiona su firma y lo entrega al
proveedor (o abona en efectivo si hay disponibilidad y la compra no
supera los $ 500) contra la recepción del recibo de pago
correspondiente.
Resolución N° 32/CDNNYA/2002 (continuación)
II. b) LICITACIÓN
COMPRAS DESDE $ 100.001,00
1) El Área de Compras elabora un detalle de la descripción del
bien o servicio a adquirir y una estimación del costo total. El
Expediente se envía al Área Financiero Contable para que esta
efectúe la Afectación Preventiva, dicha Área lo envía al Área
de Administración General informando que la afectación ha sido
realizada.
2) Si la afectación ha sido realizada, el Área de Administración
General envía el Expediente al Área de Compras para iniciar el
proceso licitatorio.
3) El Área de Compras efectúa el armado del Expediente de
Licitación el que constara de acuerdo al siguiente detalle de 3
partes:
a) Pliego de Condiciones Generales
b) Pliego de Condiciones Particulares
c) Pliego de Características Técnicas
Los mismos se confeccionarán de acuerdo a lo establecido por la Ley
de Contabilidad Nº 23.354/56 y el Decreto Nº 5.720/72 Arts. 55,
56, 61 y 62.
4) Una vez confeccionado el pliego, se publicará un aviso en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el termino de 2
días como así también en la Guía de Licitaciones, Cámara de
Comercio y en la Unión Argentina de Proveedores del Estado por el
termino de 1 día. Asimismo en la cartelera del Organismo serán
publicados los pliegos. Publicado el aviso en el Boletín Oficial se
produce un período de espera, mínimo de 3 días para la apertura
de las ofertas.
5) Hasta el día fijado para la apertura se recibirán las ofertas.
Las mismas deberán presentarse en el Área de Compras y estarán
contenidas en 1 sobre cerrado y lacrado. El sobre con el exterior o
cubierta sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique
al oferente, llevara los siguientes datos:
- Nro. de Licitación y Expediente.
- Día y hora fijados para la apertura.
Dentro del sobre se ubicará la documentación solicitada en el
pliego junto con la oferta económica. Las ofertas deberán
presentarse por triplicado.
6) Abierto los sobres con las ofertas se labrará un Acta en la que
se consignará:
- Nombre de los oferentes.
- Día y hora de la Apertura.
- Anexo 1 indicando importe de las ofertas, garantía y
observaciones.
- Anexo 2 indicando documentación que acompaña la oferta según
requisitos del pliego.
Se confecciona un cuadro comparativo de ofertas.
7) La Comisión de Preadjudicación examinará las ofertas y puede
requerir en informe técnico del Área solicitante, a un Área de
competencia técnica dentro del Organismo, a otro Organismo Publico
o empresa privada. En los dos primeros casos puede invitar a un
miembro del Área solicitante o con competencia técnica a que se
incorpore a la Comisión en carácter de ad-hoc.
8) La Comisión de Preadjudicación elabora un Acta de
Preadjudicación con la recomendación de la oferta a elegir, esta
recomendación no es vinculante. Remite el expediente al Área de
Compras.
9) El Área de Compras publica el Acta de Preadjudicación a través
del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Retiene durante 3
días la actuación para vista e impugnaciones. Los tres días rigen
desde la publicación efectiva del Acta. Para impugnar los oferentes
tendrán que realizar un deposito en garantía del 3% del
presupuesto oficial, monto que les será devuelto si las
impugnaciones son procedentes. Si hubiere impugnaciones se elabora
un Memorando al Área de Administración General en el que se le
solicita la intervención del Área de Asesoría Legal. Naddeo
RESOLUCIÓN Nº 33
AUSPÍCIASE EL PROGRAMA "CRECIENDO EN PARTICIPACIÓN Y
PROTAGONISMO POR UNA SOCIEDAD SIN VIOLENCIA", ORGANIZADO POR
LAS HERMANAS ADORATRICES DEL SANTÍSIMO SACRAMENTO Y DE LA CARIDAD
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2002.
Visto las atribuciones conferidas a este Consejo por la Ley N°
114 y el Decreto Nº 1.760/00 en relación a las políticas
públicas destinadas a la infancia y la adolescencia, así como las
obligaciones establecidas por la legislación vigente en relación
con la promoción y efectivización de los derechos de niños,
niñas y adolescentes, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y
Adolescentes recoge los principios de la Convención Internacional
sobre los Derechos del Niño y constituyen el marco conceptual de
las políticas públicas para la infancia y la adolescencia;
Que forma parte esencial de las atribuciones del Consejo la
promoción de acciones vinculadas con la posibilidad de ejercicio de
los diversos derechos vigentes, así como la promoción de la
participación del conjunto de la comunidad y en particular, de
niños, niñas y adolescentes.
Que la Oficina Católica para la Infancia y Adolescencia, BICE,
organiza actividades en diversas regiones vinculadas con los
derechos de niños, niñas y adolescentes.
Que, en particular en nuestro país se desarrollan acciones durante
los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, con el
lema Creciendo en participación y protagonismo por una sociedad sin
violencia, organizadas por las Hermanas Adoratrices Esclavas del
Santísimo Sacramento y de la Caridad junto con otras
organizaciones.
Que estas acciones incluyen talleres de sensibilización sobre la
temática de la violencia en organizaciones comunitarias de diversos
barrios de la Ciudad, así como un Seminario que se desarrollará
los días 27 y 28 de septiembre del corriente y la Semana de la voz
de los niños y adolescentes, del 10 al 20 de noviembre,
vinculándolo con el día internacional de lucha contra la
explotación y el abuso sexual.
Que estos objetivos están íntimamente relacionados con las
funciones del Consejo y con los programas que el mismo se propone
para garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1° — Auspíciase el programa Creciendo en
Participación y Protagonismo por una Sociedad sin Violencia,
organizado por las Hermanas Adoratrices del Santísimo Sacramento y
de la Caridad, como parte de la Red Bice, que incluye diversos
talleres de sensibilización para adultos, niños y adolescentes, un
Seminario los días 27 y 28 de septiembre y la Semana de la voz de
niños y adolescentes del 10 al 20 de noviembre.
Artículo 2º — El Consejo de los Derechos contribuirá con la
realización de los diversos eventos con su participación y $ 2.000
en concepto de gastos de organización, que se imputarán a las
partidas vigentes.
Artículo 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese. Naddeo
RESOLUCIÓN Nº 34
FÍJASE, A PARTIR DE ABRIL DE 2002, EL SUPLEMENTO POR TAREAS
NOCTURNAS PARA EL PERSONAL DE PLANTA QUE CUMPLE TAREAS EN EL CENTRO
DE ATENCIÓN TRANSITORIA (C.A.T.)
Buenos Aires, 9 de septiembre de 2002.
Visto la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el
Decreto Nº 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de
los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, así como el Decreto
Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y
60 de la Ley Nº 114, cuenta con servicios para cumplir con las
funciones que le competen en relación con la promoción y
protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas áreas que por su especificidad deben cubrir
las 24 hs., para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131 establece la asignación
de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley Nº 114 establece, en su artículo 55, como parte de las
atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones
del personal;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1º — Fíjese a partir del primer día hábil del mes
de abril de 2002 el suplemento por tareas nocturnas para el personal
de planta comprendido en el Si.Mu.P.A. (Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº
19.311) que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria
(C.A.T.) de este organismo.
Artículo 2º — Regístrese, remítase para su cumplimiento al
Área Administrativa, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido
archívese. Naddeo
RESOLUCIÓN Nº 35
RECONÓCESE A LA AGENTE GRACIELA GARCÍA EL SUPLEMENTO POR TAREAS
NOCTURNAS
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.
Visto la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el
Decreto Nº 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de
los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, así como el Decreto
Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y
60 de la Ley Nº 114, cuenta con servicios para cumplir con las
funciones que le competen en relación con la promoción y
protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas áreas que por su especificidad deben cubrir
las 24 hs., para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131 establece la asignación
de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley Nº 114 establece, en su artículo 55, como parte de las
atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones
del personal;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1º — Reconócese el suplemento por tareas nocturnas
desempeñadas por la agente Graciela García, Ficha Nº 364.130,
desde el 1º de abril hasta el 31 de agosto del corriente año.
Artículo 2º — Regístrese, remítase para su cumplimiento al
Área Administrativa, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido
archívese. Naddeo
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano
n Resolución
N° 41 del 31 de julio de 2002.
Delégase en la Subsecretaria
de Espacio Público y Desarrollo Urbano la renovación de los
contratos de locación de servicios de las personas cuya nómina se
detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7
y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas
en pesos o en cualquiera de los medios de pagos alternativos con los
que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la
Emergencia Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Abbas, Sol |
27.779.764 |
|
Blum, Nora E. |
LC 4.757.158 |
|
Cañas, Carlos |
14.611.387 |
|
Caramia, Verónica |
23.815.974 |
|
Compagnoni, Pablo S. |
21.644.793 |
|
Darruspe, Jorge |
10.773.371 |
|
Fernández, Cristina B. |
LC 5.971.355 |
|
Giuliani, Facundo |
27.340.304 |
|
Martínez, Estela N. |
18.018.757 |
|
Mac Gaul, Gerardo |
16.822.767 |
|
Mintz, Regina D. |
LC 4.539.476 |
|
Muñoz, Adriana M. |
16.161.297 |
|
Muñoz, Aída R. |
5.673.479 |
|
Rotunno, Sandra L. |
20.994.389 |
|
Barbieri, Luciana C. |
24.445.682 |
|
Chiapparo, Jorge J. |
10.777.833 |
|
Ferreiro, Lidia H. |
11.735.839 |
|
Scelfo de Ojeda, Nélida |
LC 390.012 |
|
Rubin, Vanina |
20.426.243 |
|
Salas, Susana |
10.551.845 |
|
Sciammarella, Romeo |
LE 4.490.430 |
|
Sommaro, Paula I. |
24.366.585 |
|
Venturini, Víctor A. |
8.037.531 |
n Resolución
N° 42 del 31 de julio de 2002.
Delégase en la Directora
General de Política y Evaluación Ambiental la suscripción de los
contratos con Carlos D. Silva (DNI 14.602.808), Pablo Mesa (DNI
20.012.092) y Eduardo Anguita (DNI 10.923.890), por el período
comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las
retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los
medios de pagos alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus
obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn
n Resolución
N° 51 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Espacios Verdes la suscripción de la renovación de las
contrataciones de las personas cuya nómina se detalla a
continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el
30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en
pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que
el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia
Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Acebedo, Oscar B. |
4.120.224 |
|
Benevicius Auliso, Maia |
18.818.750 |
|
Cosentino, Carlos A. |
10.964.050 |
|
D´Aquila, Gilda M. |
28.909.119 |
|
Martínez, Víctor V. |
4.281.622 |
|
Mercader, Mariana P. |
21.671.294 |
|
Merino, Mónica G. |
11.702.641 |
|
Ripoli, Jorge A. |
4.203.592 |
|
Romero, Enrique E. |
22.494.359 |
|
Sepúlveda, Natalia |
25.544.772 |
|
Vautrin, Matías E. |
27.217.305 |
n Resolución
N° 52 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Deportes o en su Adjunto la suscripción de los contratos
de locación de servicios con las personas cuya nómina se detalla a
continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el
30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en
pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que
el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia
Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Barallobres, Leonardo |
26.364.580 |
|
Blanco, Carla |
28.506.468 |
|
Bonfanti, Mariana |
23.541.674 |
|
Bruno, Andrés B. F. |
24.117.367 |
|
Cacheiro, Lucas |
26.522.242 |
|
Cascudo, Carlos M. |
11.849.463 |
|
Colnaghi, Mónica C. |
10.373.732 |
|
Corbalán, Horacio L. |
11.210.454 |
|
Dellamaggoria, Hernán C. |
23.631.462 |
|
Devita, Adriana E. |
10.533.540 |
|
Fenelli, Diego J. |
22.707.629 |
|
Fernández, Daniel A. |
25.418.737 |
|
Fernández, Roberto A. |
23.662.552 |
|
Freire, Andrea L. |
23.179.752 |
|
Freire, Silvia S. |
17.062.472 |
|
Gac, Eugenia V. |
23.045.079 |
|
Hernaes, Silvana |
17.583.178 |
|
Librante, Juan J. |
26.587.942 |
|
Marco, Rubén N. |
24.235.137 |
|
Ornat, Estela Maris |
10.157.058 |
|
Pacheco, Ximena N. |
25.556.509 |
|
Papa, Miguel Á. |
4.353.925 |
|
Roldán, Mercedes E. |
11.507.817 |
|
Suar, Martín D. |
24.335.187 |
|
Teijeiro, Laura A. |
21.764.086 |
n Resolución
N° 53 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Deportes o en su Adjunto la suscripción de los contratos
de locación de servicios con las personas cuya nómina se detalla a
continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el
30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en
pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que
el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia
Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Boulos, Claudio J. |
16.976.575 |
|
Córdoba, José D. |
5.069.934 |
|
Díaz, Guillermo |
23.438.988 |
|
Galiano, Héctor D. |
8.208.529 |
|
Goytia, Jorge C. |
25.059.466 |
|
Grela, Claudia A. |
21.764.162 |
|
Heitmann, Adela S. |
960.402 |
|
Inveraldi, Aníbal |
18.114.004 |
|
Lombardi, Luciano C. |
25.257.186 |
|
López Pla, Ramiro |
26.096.527 |
|
Medrano, Eugenio |
27.746.193 |
|
Montaigne, Lorena G. |
23.292.382 |
|
Olmedo Ramírez, María S. L. |
92.087.334 |
|
Peña, Alejandra C. |
25.480.615 |
|
Peralta, Roberto C. |
24.293.771 |
|
Petasne, Silvia R. |
18.628.905 |
|
Raticelli, Mónica L. |
24.603.781 |
|
Saldivia, Verónica G. |
18.772.172 |
n Resolución
N° 54 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Deportes o en su Adjunto, la suscripción de los
contratos de locación de servicios con las personas, cuya nómina
se detalla a continuación, por el período comprendido entre el
1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán
canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago
alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en
el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Acevedo, Edilberto M. |
22.575.750 |
|
Alegre, Guillermo M. |
18.144.354 |
|
Almanza, Carlos A. |
13.751.608 |
|
Barberis, Roberto M. |
14.193.688 |
|
Barrionuevo, Julio O. |
14.584.650 |
|
Benito, Félix P. |
16.510.920 |
|
Buono Otero, Noemí C. |
92.761.387 |
|
Campardo, Silvina B. |
14.322.507 |
|
Colla, Delia O. |
4.957.863 |
|
Figueroa, Julio D. |
10.822.887 |
|
Fuccio, Juan M. |
10.225.932 |
|
Gauna, Carlos O. |
13.678.910 |
|
Graziano, Carlos A. |
4.556.673 |
|
Hieber, Esteban |
4.889.461 |
|
Lazo, Jorge G. |
21.934.472 |
|
Maciel, César H. |
26.320.398 |
|
Martínez, Carlos O. |
23.222.441 |
|
Martínez, Cinthia V. |
28.348.445 |
|
Martínez, Hugo O. |
18.390.101 |
|
Maturana, Raúl E. |
22.810.264 |
|
Moglia, Ricardo J. |
13.296.411 |
|
Molina, Jorge D. |
14.013.270 |
|
Morales, Sergio A. |
35.994.356 |
|
Morales, Sergio A. |
16.161.398 |
|
Mouga Macedo de Alcantara, Ana C. |
92.484.528 |
|
Olivazzi, Francisco E. |
5.554.599 |
|
Pereira, Ricardo |
24.328.545 |
|
Pérez García, José |
93.332.559 |
|
Precedo, Roberto A. |
17.287.509 |
|
Ramírez, Reynaldo H. |
21.113.804 |
|
Renaudier, Héctor M. |
21.104.273 |
|
Renaudier, Juan C. |
7.638.897 |
|
Rojas, Gladys E. |
21.728.434 |
|
Romano, Darío E. |
21.453.345 |
|
Ruiz, Héctor C. |
21.803.236 |
|
Sanguinetti, Israel D. |
36.274.756 |
|
Stuhldreher, Guillermo R. |
12.548.320 |
|
Zyssholtz, Carlos A. |
7.788.727 |
n Resolución
N° 55 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Planeamiento e Interpretación Urbanística, la
suscripción de las contrataciones de las personas, cuya nómina se
detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7
y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas
en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los
que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la
Emergencia Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Falcon, Eduardo H. |
16.579.701 |
|
Giorgetti, Silvia C. |
21.764.287 |
|
Margarucci, Clara E. |
5.383.122 |
|
Paladino, Carlos M. |
10.888.988 |
|
Santalo, Claudia B. |
13.773.716 |
|
Sarciat, Diego A. |
17.200.479 |
n Resolución
N° 57 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Espacios Verdes y en el Coordinador de la Reserva
Ecológica Costanera Sur, la contratación de diversas personas,
cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido
entre el 1°/7 y el 30/9/02, con excepción de Eduardo Bustamante
cuyo contrato se inció el 1°/8/02. Establécese que las
retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los
medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus
obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Acerbi, Gabriel N. |
14.013.118 |
|
Alonso, Norma B. |
14.778.476 |
|
Arcidiacono, Enrique P. |
4.185.039 |
|
Besse, Miguel Á. |
8.595.823 |
|
Bisso, Cesar E. |
10.338.145 |
|
Bruschtein, Julián |
24.053.346 |
|
Bustamante, Eduardo |
20.415.713 |
|
Chávez, Alberto R. |
6.796.973 |
|
De la Vega, Carlos I. |
17.806.646 |
|
Esteva, Mercedes |
24.083.806 |
|
Fernández, Amadeo M. |
14.157.645 |
|
Iglesias, Carlos A. |
4.981.771 |
|
Maldonado, María S. |
25.726.957 |
|
Mercado, Sergio H. |
24.030.638 |
|
Morganti, Vanina |
23.521.839 |
|
Pujol, Elcira I. |
5.632.255 |
|
Ruiz, Antonio E. |
7.603.938 |
|
Saban, Marcelo D. |
10.463.563 |
|
Schprejer, Ana L. |
25.431.186 |
|
Teijido, Sandra M. |
17.577.123 |
|
Toritto, Gabriel A. |
21.892.827 |
|
Vázquez, Marta B. |
13.102.461 |
n Resolución
N° 58 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Deportes o en su Adjunto, la renovación de los contratos
de locación de servicios de diversas personas, cuya nómina se
detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7
y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas
en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los
que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la
Emergencia Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Alfiz, Santiago R. |
27.769.446 |
|
Arretche, Daniel C. |
17.047.372 |
|
Barrio, José L. |
8.254.098 |
|
Bebchuk, Ezequiel M. |
21.552.192 |
|
Berta, Gustavo L. |
13.437.142 |
|
Brusco, María A. |
27.204.485 |
|
Carballo, Leonardo M. |
20.606.752 |
|
Casas, Ángel A. |
16.302.304 |
|
Chames, Marcelo A. |
14.547.139 |
|
Cortina Dura, Vicente J. |
14.721.934 |
|
Echodas, Ianina J. |
22.708.377 |
|
Estévez, Carla M. |
22.743.386 |
|
Gambatese, Norma A. |
5.461.486 |
|
Gliksman, Eduardo I. |
13.304.335 |
|
Guassardi, Ana C. |
6.249.198 |
|
Iazky, Sergio G. |
17.450.093 |
|
Lijtmaer, Cynthia P. |
21.668.278 |
|
Maehokama, Laura M. |
21.522.501 |
|
Pereda, Mariano |
23.486.134 |
|
Rodríguez, Alejandro D. |
14.728.442 |
|
Schreiber, Emilio |
4.594.126 |
|
Timpano, Anahí |
22.167.609 |
|
Wodzak, Andrés A. |
22.884.808 |
n Resolución
N° 59 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director
General de Deportes o en su Adjunto, la suscripción de los
contratos de locación de servicios de diversas personas, cuya
nómina se detalla a continuación, por el período comprendido
entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones
serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago
alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en
el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn
|
Apellido y Nombres |
DNI N° |
|
Acrogliano, Dora E. |
446.348 |
|
Agüero, Leandro E. |
28.674.007 |
|
Arias, Miguel Á. |
16.941.452 |
|
Baldini, Analía |
20.568.623 |
|
Carbone, Gabriel G. |
28.750.134 |
|
Córdoba, Mariano G. |
27.801.501 |
|
Cugliari, Claudio A. |
23.094.775 |
|
Díaz Solís, Karina E. |
22.458.550 |
|
Díaz Solís, Romina A. |
24.804.096 |
|
Díaz, Yésica N. |
26.773.314 |
|
Etchegaray, Pablo |
20.698.094 |
|
Flores, Ramiro S. |
27.243.926 |
|
Francioli, Marcela A. |
23.845.241 |
|
Gargiulo, Leonardo V. |
18.449.133 |
|
González, Marta E. |
24.887.371 |
|
Greco, Andrea C. |
17.466.224 |
|
Hernández, David A. |
24.219.934 |
|
Jenkins Freeman, Paola N. |
26.607.855 |
|
Lanzilotta, Ana M. |
16.336.108 |
|
López, José D. |
18.453.836 |
|
Mauri, Gastón A. |
28.983.120 |
|
Mazzocato Chacón, Jorge E. |
23.630.816 |
|
Moreno, Hernán M. |
21.644.297 |
|
Panzera, María G. |
18.353.676 |
|
Panzera, Pablo G. |
21.155.450 |
|
Ramírez, Diego H. |
18.177.790 |
|
Romano, Andrea L. |
26.752.001 |
|
Romano, Sandra V. |
21.003.192 |
|
Samartino, Eduardo D. |
20.281.205 |
|
Suárez, María L. |
25.144.749 |
|
Zelich, Mariel E. |
22.818.647 |
Secretaría de Cultura
n Resolución
N° 2.074 del 5 de agosto de 2002.
Prorróganse, hasta el
31/12/02 los contratos de locación de servicios de María M.
García Peñate y de Orlando Bermúdez Salgado, para que se
desempeñen en la D.G. Teatro Colón. Modifícase la Cláusula 4° -
Retribución. Telerman
n Resolución
N° 2.329 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Sebastián Rimoldi (DNI 24.623.324), para
que se desempeñe en la Dirección General de Música el 1°/8/02. Telerman
n Resolución
N° 2.330 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Hebert O. Trujillo (DNI 5.619.493), para
que se desempeñe en la Dirección General de Música el día
1°/9/02. Telerman
n Resolución
N° 2.331 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Sergio M. Pages (DNI 14.456.006), para que
se desempeñe en la Dirección General de Música, por el período
comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Telerman
n Resolución
N° 2.332 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Pablo E. O. Sapia (DNI 20.574.090), para
que se desempeñe en el Centro Cultural Recoleta, por el período
comprendido entre el 1°/12 y el 30/12/02. Telerman
n Resolución
N° 2.333 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Ruth D. Penchansky (DNI 12.045.949), para
que se desempeñe en el Centro Cultural Recoleta, por el período
comprendido entre el 25/10 y el 15/11/02. Telerman
n Resolución
N° 2.334 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Daniel J. Viola (DNI 11.956.663), para que
se desempeñe en la Dirección General de Música, por el período
comprendido entre el 1° y el 3/8/02. Telerman
n Resolución
N° 2.335 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Daniel J. Viola (DNI 11.956.663), para que
se desempeñe en la Dirección General de Música, por el período
comprendido entre el 13 y el 31/7/02. Telerman
n Resolución
N° 2.336 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Jacquelina Sigaut (DNI 16.851.175), para
que se desempeñe en la Dirección General de Música, por el
período comprendido entre el día 29/9/02. Telerman
n Resolución
N° 2.346 del 29 de agosto de 2002
Apruébase el contrato de
Régimen de Concertación formalizado por el Director Ejecutivo de
PROTEATRO con el Grupo Estable "Grupo Teatro Libre"
representado por Darío A. Dolci (DNI 13.047.888) para la puesta en
escena de "El medio de un lugar", para su representación
durante el año 2002. Telerman
n Resolución
N° 2.347 del 29 de agosto de 2002
Apruébase el contrato de
Régimen de Concertación formalizado por el Director Ejecutivo de
PROTEATRO con el Grupo Eventual "Viñetas" representado
por Daniel G. Spatocco (DNI 17.378.799) para la puesta en escena de
"Viñetas del Mimo", para su representación durante el
año 2002. Telerman
n Resolución
N° 2.349 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Amílcar G. González representado por
Héctor A. Gerding (DNI 4.542.265), para que se desempeñe en el
Centro Cultural General San Martín el día 18/6/02. Telerman
n Resolución
N° 2.350 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébanse los contratos de
locación de servicios de Daniel Casablanca (DNI 17.227.531), Javier
A. Rama Pascual (DNI 14.902.604), Horacio M. Salazar (DNI
18.000.456), Gabriel A. Wolf (DNI 14.315.263) y de Marcelo J.
Xicarts (DNI 15.073.424), para que se desempeñen en el Complejo
Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, por el período comprendido
entre el 23/8 y el 3/11/02. Telerman
n Resolución
N° 2.351 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Marcolla C. Paz (DNI 21.819.831), para que
se desempeñe en el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires,
por el período comprendido entre el 23/8 y el 3/11/02. Telerman
n Resolución
N° 2.352 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébanse las cláusulas
ampliatorias de los montos de los contratos de Irene S. R. Almus
(DNI 13.788.856), Lidia L. Catalano (LC 5.147.616) y de Claudia M.
Rucci (DNI 17.031.951), para que se desempeñen en el Complejo
Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, por el período comprendido
entre el 2/9 y el 8/9/02. Telerman
n Resolución
N° 2.353 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de Roberto M. Camarra (DNI 17.231.824), para
que se desempeñe en el Centro Cultural Recoleta, por el período
comprendido entre el 21/10 y el 15/11/02. Telerman
n Resolución
N° 2.354 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de
locación de servicios de María G. Lavalle (DNI 18.648.090), para
que se desempeñe en el Centro Cultural General San Martín el día
23/7/02. Telerman
DISPOSICIONES
Secretaría de Obras y Servicios Públicos
DISPOSICIÓN Nº 376 - DGTYT
FÍJANSE DÍA Y HORA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SENTIDOS ÚNICOS DE
CIRCULACIÓN EN TRAMOS DE LAS CALLES DÁVILA Y THORNE. DERÓGASE LA
DISPOSICIÓN Nº 353/DGTYT/02, B.O. Nº 1532
Buenos Aires, 1º de octubre de 2002.
Visto la Disposición Nº 353/DGTYT/2002 por la cual se fijara
fecha y hora de la implementación de los sentidos únicos de los
tramos de las calles Dávila y Thorne, aprobados por Resolución Nº
489/SOYSP/02 (B.O.C.B.A. Nº 1492), y
CONSIDERANDO:
Que por dicha Resolución se asignara sentido único a la calle
Dávila, desde Asamblea hasta Francisco Bilbao de Sur a Norte, y a
la calle Thorne, desde Av. Eva Perón hasta Av. Curapaligüe, de
Norte a Sur;
Que por razones técnicas se debe postergar la fecha indicada en la
Disposición Nº 353/DGTYT/02;
Que por ende corresponde fijar nueva fecha a partir de la cual se
pone en práctica el ordenamiento tratado para el debido
conocimiento de los usuarios;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
DISPONE:
Artículo 1º — Derógase la Disposición Nº 353/DGTYT/02.
Artículo 2º — Fíjase a partir del día miércoles 16 de octubre
de 2002 a las 10 horas la implementación de la asignación de los
sentidos únicos de la calle Dávila, desde Asamblea hasta Francisco
Bilbao de Sur a Norte, y de la calle Thorne, desde Av. Eva Perón
hasta Av. Curapaligüe, de Norte a Sur, aprobados por la Resolución
Nº 489/SOYSP/02 (B.O.C.B.A. Nº 1492).
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a
los Centros de Gestión y Participación Nº 5 y 7, al Ente de
Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General de Seguridad
Vial y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones
de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito, de Señalización
Luminosa y al Departamento de Obras Complementarias. Cumplido
archívese. Storani
DISPOSICIÓN Nº 400 - DGTYT
FÍJASE UNA NUEVA FECHA PARA LA PROHIBICIÓN DE LA CIRCULACIÓN Y EL
ESTACIONAMIENTO EN UN TRAMO DE LA CALLE CONCEPCIÓN ARENAL
Buenos Aires, 7 de octubre de 2002.
Visto la necesidad de fijar nueva fecha del ordenamiento del
tránsito para la calle Concepción Arenal durante los fines de
semana, aprobada por Resolución N° 707/SOYSP/2002; y
CONSIDERANDO:
Que por norma dicha se prohibiera la circulación y estacionamiento
general de vehículos en la calle Concepción Arenal, entre la AV.
Corrientes y la calle Guzmán, desde el sábado a las 7 horas hasta
las 22 del domingo siguiente;
Que por Disposición Nº 377/DGTYT/02 se había fijado la
implementación para el 5 de octubre de 2002, pero ello no pudo
realizarse por razones técnicas;
Que procede indicar la nueva fecha a partir de la cual se pone en
práctica el ordenamiento para el debido conocimiento de los
usuarios;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1º — Fíjase como nueva fecha el día sábado 12 de
octubre de 2002 para la implementación de la prohibición de
circulación y estacionamiento en la calle Concepción arenal, entre
Av. Corrientes y Guzmán, desde las 7 horas del sábado hasta las 22
del domingo siguiente, aprobado por Resolución Nº 707/SOYSP/2002.
Artículo 2º — La Dirección General de Gestión del Espacio
Público adoptará las medidas necesarias para materializar el
cierre de dicho tramo de arteria durante el horario de
funcionamiento.
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el boletín Oficial de
la ciudad de buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, a la Dirección General de Gestión del Espacio Público,
al Centro de Gestión y Participación Nº 11, y para su
conocimiento de demás efectos pase a la Dirección de Planeamiento
y Ordenamiento del Tránsito y al Departamento de Obras
Complementarias. Cumplido archívese. Storani
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
Secretaría de Hacienda y Finanzas
DISPOSICIÓN Nº C 172 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A GALANDER S.A.
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURIA
DISPONE:
Artículo 1° — Apercíbase por única vez de conformidad a lo
establecido por el Art. 61 Inc. 9° del Decreto Nº 5.720/72
modificado por Decreto N° 825/PEN/88, a la firma Galander S.A. en
virtud de las irregularidades cometidas por la firma en la entrega
de transceptores con destino al Complejo Teatral de la Ciudad de
Buenos Aires que debía efectuar con cargo a la O.P N° 36/01 en un
todo de acuerdo con lo dictaminado por la Procuración General.
Artículo 2º — Regístrese, para su publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma
interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de
Cultura, pase al Departamento Proveedores y contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto
N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº
698/GCBA/96. Harbin
DISPOSICIÓN Nº C 173 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A ROSEMBERG RAFAEL
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:
Artículo 1° — Apercíbase por única vez de conformidad a lo
establecido por el Art. 61 Inc. 9° del Decreto Nº 5.720/72
modificado por Decreto N° 825/PEN/88, a la firma Rosemberg Rafael
en virtud de las irregularidades cometidas por la firma en la
entrega de material descartable (cofias) con destino al Hospital
Municipal de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela
Martín" que debía efectuar con cargo a la O.P N° 65/98 de
conformidad con lo dictaminado por la Procuración General.
Artículo 2 — Regístrese, para su publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma
interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de Salud,
pase al Departamento Proveedores y contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto
N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº
698/GCBA/96. Harbin
DISPOSICIÓN Nº C 174 - DGC
SUSPÉNDESE POR CUATRO MESES A UTE GASTRONOMÍA MOLISANA S.A. EMEPA
S.A.
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:
Artículo 1° — Desestímanse los descargos de fs. 93/98 (T.S.
Nº 3830-21-00), fs. 88/93; 96/101 (T.S. Nº 3784/12/00) y fs.
102/109 (T.S. Nº 3642/6-99) y la prueba ofrecida. En consecuencia,
suspéndese por el término de cuatro (4) meses de conformidad a lo
establecido por el Art. 61, Inc 9°, Ap. b) del Decreto Nº 5.720/72
modificado por Decreto N° 825/PEN/88, a la firma UTE Gastronomía
Molisana S.A. Emepa S.A. por las irregularidades incurridas en el
Servicio de Elaboración de Comidas y Posterior distribución en
mesa destinado a la Escuela Nº 25 del Distrito Escolar Nº 14
referida a la Orden de Provisión Nº 222/97 y a las Escuelas Nros.
19, 16 y 23 pertenecientes a los Distritos Escolares Nros. 2 y 1 –respectivamente-
pertenecientes a la Orden de Compra Nº 322/97, todo ello de
conformidad con lo dictaminado por la Procuración General.
Artículo 2º — Regístrese, para su publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma
interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de
Educación, pase al Departamento Proveedores y contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto
N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº
698/GCBA/96. Harbin
DISPOSICIÓN Nº C 175 – DGC
DESESTÍMASE RECURSO DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE RUBÉN O. CASTRO
CONTRA LA DISPOSICIÓN N° C 27/DGC/02
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2002.
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:
Artículo 1º — Desestímase la prueba ofrecida y el Recurso de
Reconsideración interpuesto por la firma Obras y Mantenimiento de
Rubén Omar Castro, contra la Disposición Nº C 27/DGC/02 y, en
consecuencia, confírmase la misma en todos sus términos.
Artículo 2º — Regístrese, para su publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma
interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de Obras
y Servicios Públicos, pase al Departamento Proveedores y
contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto
N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº
698/GCBA/96. Tieppo
ACTAS
Comisión Municipal de la Vivienda
ACTA N° 1.637
REUNIÓN DE DIRECTORIO DE FECHA 12/9/02. TEMA: RESCISIÓN CONTRATO
DE OBRA PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2/98 FLORES SUR VILLA
1-11-14, RESOLUCIÓN Nº 692/SS/02
ACTA N° 1.637
Reunión del Directorio de fecha 12/9/02.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 12 días del mes de Septiembre
de dos mil dos, se reúne el Directorio de la Comisión Municipal de
la Vivienda, presidido por el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, Dr. Aníbal Ibarra y con la asistencia de los señores
Secretarios que firman al pie de la presente.
Se considera el Orden del Día y con sujeción al mismo, su punto
único que dice: TEMA:
"Rescisión Contrato de Obra Pública - Licitación Pública
N° 2/98 – Flores Sur - Villa 1-11-14".
CONSIDERANDO:
Que por Acta de este Directorio N° 1.551/D/98 de fecha 4/9/98, se
adjudicó a la Empresa Coviesa S.A., la Obra "Flores Sur –
Villa 1-11-14 –Manz. 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7
porterías", habiéndose suscripto el correspondiente Contrato
de Obra Pública con fecha 22/9/98;
Que conforme surge del Art. 2° del mencionado Contrato y del Art.
2.1.2 del Pliego de Condiciones Particulares, el plazo total de obra
fijado era de veinticuatro meses desde la fecha de su inicio,
habiéndose previsto cuatro etapas de entrega a los 15; 18; 21 y 24
meses;
Que por Bis 288 de la Nota N° 170/CMV/98 y agrs., la Gerencia
Proyectos y Obras, efectúa informe dando cuenta de los
incumplimientos en que incurriera la Contratista;
Que desde el 15 de abril de 2002, hasta el 13 de mayo del mismo
año, no contó la Obra con personal obrero y técnico, y desde esta
última fecha sólo se cuenta con un (1) obrero sin suministro de
materiales para la prosecución de los trabajos;
Que cabe destacar que la Contratista ha incumplido numerosas
Órdenes de Servicio, las que en fotocopia obran en el Bis 277 y
282° de la Nota N° 170/CMV/98;
Que habiéndosele intimado a la Empresa por Carta Documento de fecha
20/8/02 a la reanudación de los trabajos, la misma no dio
cumplimiento, manteniendo su actitud incumplidora;
Que si bien el avance de la Obra resulta considerable, la
Contratista no ha cumplido las observaciones volcadas en los anexos
de las respectivas Actas de Recepción Provisoria correspondientes a
la 2ª y 3ª etapa, restando en cuanto a la 1ª y 4ª etapa, tareas
por ejecutar y documentación a elaborar;
Que conforme a ello tomó intervención la Gerencia Asuntos
Jurídicos, dictaminando que, atento los múltiples incumplimientos
incurridos por la Contratista y la situación de paralización de la
Obra, debe considerársela incursa en las causales de rescisión
previstas por el Art. 50, Incs. a); b); y e) de la Ley N° 13.064
con las consecuencias previstas por el Art. 51, Inc. e) de la citada
Ley;
Que el acápite 1.10.3 del Pliego de condiciones Generales establece
que "la obra entrará automáticamente en mora, si a la
expiración del plazo y sus prórrogas acordadas no estuviera
completamente terminada, sin necesidad de previa interpelación a
tal efecto";
Que esta Comisión Municipal de la Vivienda se encuentra facultada
para rescindir el Contrato por culpa exclusiva de la Contratista, en
razón de lo dispuesto en el Art. 1.14.1. del Pliego de Condiciones
Generales;
Que atento a ello la Subsecretaría dictó la Resolución N°
692/SS/02 rescindiendo el Contrato de Obra Pública celebrado con la
Empresa Coviesa S.A. y esta Comisión Municipal de la Vivienda de
fecha 22/9/98, para la ejecución de la Obra "Flores
Sur-Villa1, 11-14- Manz. 2L – Capital Federal – 253 viviendas y
7 porterías";
Que no puede dejar de señalarse la necesidad de dar satisfacción
al interés público y de proteger los derechos de los
adjudicatarios de las distintas unidades de vivienda;
Que debe considerarse principalmente el peligro de intrusiones
evidenciado en las actuaciones que dan lugar a la presente;
Que corresponde la aplicación de las penalidades establecidas por
las distintas normas contractuales y licitatorias a que hubiere
lugar,
SE RESUELVE:
1°) Ratificar en todos sus términos la Resolución N°
692/SS/02, que en copia se adjunta, rescindiendo el Contrato de Obra
Pública celebrado con fecha 22 de septiembre de 1998, suscripto
entre la Empresa COVIESA SA y esta Comisión Municipal de la
Vivienda, para la ejecución de la Obra "Flores Sur – Villa
1-11-14 –Manz. 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7
porterías".
2°) Atento la situación de grave inestabilidad social reseñada,
apruébase la culminación de la Obra por Administración.
3°) Aplíquese a la Empresa Coviesa S.A. las penalidades
establecidas conforme normativas vigentes.
4°) Líbrense las comunicaciones a los Registros pertinentes.
5°) Facultar a la Subsecretaría a dictar los actos administrativos
que resulten necesarios para la culminación de la Obra y entrega de
las unidades a los adjudicatarios en tiempo y forma.
Con lo que se dio por terminada la reunión.
Por aprobada, para su registración y cumplimiento, los componentes
del Directorio, firman la presente Acta. IBARRA - Hecker - Stern
- Epszteyn - Pesce - Giudici – Fernández
RESOLUCIÓN Nº 692/SS/02
C. Bis 288 Nota Nº 170/CMV/98 y Agrs.
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.
Visto lo informado por la Gerencia Proyectos y Obras en las
actuaciones Bis 288 Nota Nº 170/CMV/98 y Agrs., y
CONSIDERANDO:
Que de éstas surge el estado en que se encuentra la Obra
"Flores Sur – Villa 1-11-14 Mz. 2L – Capital Federal –
253 viviendas y 7 porterías", correspondiente a la Licitación
Pública Nº 2/98, contratada con la Empresa Coviesa S.A., con fecha
22 de septiembre de 1998;
Que en la citada Nota se hace constar que la Contratista ha
incurrido en numerosos incumplimientos de sus obligaciones
contractuales;
Que desde el 15 de abril de 2002, hasta el 13 de mayo de 2002, la
Contratista no contó con personal obrero y técnico en obra y desde
esta última fecha sólo se encuentra en la misma un obrero, sin
suministro de materiales para la continuación de los trabajos;
Que asimismo, desde la citada fecha no se hace presente el
representante técnico, no prestándose además la vigilancia a la
cual la Empresa se encuentra obligada conforme a los pliegos de
condiciones;
Que también se han incumplido numerosas Órdenes de Servicios por
parte de la Contratista, según informa la Gerencia Proyectos y
Obras;
Que por Carta Documento de fecha 20 de agosto la Empresa fue
intimada a la reanudación de los trabajos;
Que la Empresa no ha cumplido la intimación cursada, manteniendo su
actitud incumplidora;
Que el desinterés de la Empresa en cumplimentar las obligaciones
contractuales, llega al punto de la no renovación en tiempo
oportuno, de las pólizas de seguro de incendio y responsabilidad
civil correspondientes a la Obra, razón por la cual por Resolución
Nº 691/SS/02, se ha visto obligada la Administración, a la
aplicación de un deductivo a efectos de asegurar la misma;
Que visto el cúmulo de los incumplimientos incurridos por la
Contratista y la situación de paralización de la Obra, debe
considerársela incursa en el abandono previsto en el Inc. e) del
Art. 50 de la Ley Nº 13.064;
Que se encuentran vencidos en exceso, los plazos contractuales
convenidos como fecha de finalización de los trabajos;
Que de conformidad al artículo 1.10.3 del Pliego de Condiciones
Generales, "la obra entrará automáticamente en mora, si a la
expiración del plazo y sus prórrogas acordadas no estuviera
completamente terminada, sin necesidad de previa interpelación a
tal efecto";
Que la Empresa "Coviesa S.A." ha incurrido en las causales
de rescisión previstas en el artículo 50 incisos a, b y e de la
Ley Nº 13.064, lo que impone la necesidad de la inmediata
recuperación de la tenencia de la Obra;
Que en razón de lo dispuesto en el artículo 1.14.1 del Pliego de
Condiciones Generales, esta Comisión Municipal de la Vivienda se
encuentra facultada para rescindir el contrato por culpa exclusiva
de la contratista, con las consecuencias que prescribe el artícu-lo
51 de la ley citada;
Que deberá evaluarse la iniciación de las acciones legales
tendientes a hacer responder a la Empresa por los gastos que demande
la terminación de las Obras, de acuerdo al contrato y los
perjuicios sufridos por la Administración a causa del nuevo
contrato que pudiera celebrar para la continuación de la obra, o
por la ejecución de éstas directamente, ello en virtud de lo
dispuesto por el artículo 51 de la Ley Nº 13.064;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que
le compete,
EL SUBSECRETARIO
RESUELVE:
Artículo 1º — Rescindir el Contrato de Obra Pública de fecha
22 de septiembre de 1998 suscripto con la Empresa "Coviesa
S.A." para la ejecución de la Obra: "Flores Sur – Villa
1-11-14- Manzana 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7
porterías", por culpa exclusiva de la Contratista, por haber
incurrido la misma en las causales de rescisión previstas por el
Art. 50, Incs. a), b) y e) de la Ley Nº 13.064, con las
consecuencias previstas por el Art. 51 de la Ley citada.
Artículo 2º — Disponer la inmediata toma de posesión de la
Obra.
Artículo 3º — Una vez cumplimentado el Art. 2º de la presente,
se intimará en forma inmediata a la Empresa Contratista, Coviesa
S.A., a efectos de que se presente en obra personal debidamente
autorizado, a fin de realizar el inventario del estado de la
construcción.
Artículo 4º — Autorízase el reinicio de las obras, las cuales
en lo sucesivo serán efectuadas por Administración.
Artículo 5º — La Gerencia Financiera deberá retener todos los
importes que tuviese al cobro la Contratista como, asimismo, los
correspondientes al Fondo de Reparo.
Artículo 6º — Oportunamente, deberán elevarse las actuaciones a
la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de
que determine la procedencia de la iniciación de las acciones
judiciales tendientes a hacer responder a la Empresa por los gastos
que demande la terminación de las obras de acuerdo al Contrato y
los perjuicios sufridos por la Administración a causa del nuevo
contrato que pudiera celebrar para la continuación de la Obra, o
por la ejecución de éstas directamente.
Artículo 7º — La presente Resolución se dicta "ad
referéndum" del Directorio, con excepción de lo dispuesto en
los Arts. 2º, 3º y 4º, los cuales se darán cumplimiento en forma
inmediata, sin perjuicio de la correspondiente intervención
superior.
Artículo 8º — La Subgerencia Coordinación General
Administrativa, procederá a notificar a la Contratista.
Artículo 9º — Refrendan la presente los señores Gerentes de
Proyectos y Obras, Financiero y Asuntos Jurídicos.
Artículo 10 — Regístrese, comuníquese a las Gerencias:
Proyectos y Obras, Financiera y Asuntos Jurídicos, y pase a la
Gerencia Asuntos Jurídicos a los fines del Art. 2º. Cumplido,
prosígase con el trámite pertinente. Selzer – Segura –
Parker
CONVENIOS
Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
CONVENIO ENTRE EL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA C.A.B.A. Y LA FUNDACIÓN PARA
VIVIENDA, TRABAJO Y CAPACITACIÓN DEL LISIADO (VITRA)
Buenos Aires, 1° de julio de 2002.
Entre el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante "el Consejo",
con domicilio en Av. Roque Sáenz Peña 547, 6º piso de esta
Ciudad, representado por la Profesora María Elena Naddeo, por una
parte, y la Fundación para Vivienda, Trabajo y Capacitación, en
adelante VITRA, con domicilio en Montes de Oca 110 de esta Ciudad,
representada por Stella Maris Zigante, por la otra. Se conviene:
PRIMERA: Fortalecer y ampliar los alcances de programas y
actividades orientados a la defensa y promoción de los derechos de
las niñas y los niños, las y los adolescentes con necesidades
especiales, en el marco de la Convención Internacional de los
Derechos del Niño, la Ley Nº 114 de la Ciudad de Buenos Aires y
otras vinculadas con la temática.
SEGUNDA: Ambas instituciones acuerdan trabajar en función de los
siguientes objetivos:
a) Favorecer el mayor acceso posible de estos niños, niñas y
adolescentes al ejercicio y efectivización del conjunto de los
derechos establecidos por la legislación vigente.
b) Evitar toda discriminación y violencia hacia ellos, facilitando
su inserción laboral y social.
c) Generar en la población en general la toma de conciencia y el
compromiso con esta problemática.
TERCERA: Como parte del mismo VITRA se compromete a:
a) Incluir a los niños, niñas y adolescentes derivados por el
Consejo en las diversas actividades desarrolladas por la
institución.
b) Brindar asistencia técnica a niños, niñas y adolescentes con
discapacidad.
c) Facilitar la inclusión de los niños en programas educativos
formales o informales.
CUARTA: El Consejo transferirá mensualmente a VITRA la suma de $
800, imputados a la Partida 5.1.3 de los Programas 2002 y 2003, con
el objeto de fortalecer su capacidad institucional, a efectos de dar
cumplimiento a las actividades antes establecidas.
QUINTA: La ejecución de las actividades podrá comprender fuentes
de financiamiento externo para el desarrollo de los proyectos. Estos
fondos deberán ser gestionados ante los organismos o agencias de
financiamiento, en forma conjunta o por una de las partes, o bien se
hará uso de fondos ya aprobados a tal efecto.
SEXTA: Los derechos intelectuales originados en trabajos realizados
en el marco de este convenio pertenecen a ambas partes y en los
publicados se dejará constancia que los mismos se originan en el
presente acuerdo.
SÉPTIMA: El presente convenio tiene vigencia durante el año 2002,
pudiendo ser prorrogado por acuerdo de ambas partes. Asimismo,
cualquiera de las partes signatarias podrá rescindirlo
unilateralmente, con o sin expresión de causa, mediante aviso
fehaciente a su contraparte, y con una anticipación de no menos de
sesenta días. La rescisión no dará derecho a las partes a
reclamar indemnización de ninguna naturaleza.
OCTAVA: A todos los efectos derivados de este convenio, las partes
convienen recurrir a medios de resolución alternativa de conflicto.
En caso de que no pudieran arribar a entendimiento, se someterán a
la competencia de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y
Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando
expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que por
cualquier motivo puediere corresponderles, fijando sus domicilios en
los que constan en el encabezamiento del presente Convenio.
En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo
tenor y al mismo efecto, en la Ciudad de Bs. As., al día primero
del mes de julio del año 2002. Naddeo (por CDNNYA) – Zigante
(por VITRA)
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Consejo de la Magistratura
RESOLUCIÓN Nº 297
CONVÓCASE AL TRIBUNAL EXAMINADOR DEL CONCURSO Nº 16/00 PARA CUBIR
CARGOS DE SECRETARIOS EN LAS DEFENSORÍAS ANTE LA JUSTICIA DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS. CÍTASE A LOS
PRESELECCIONADOS A RENDIR PRUEBA DE OPOSICIÓN ESCRITA
Buenos Aires, 8 de octubre de 2002.
Visto el estado del concurso N° 16/00 convocado para cubrir
cargos de secretarios en las Defensorías ante la Justicia de
Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, y
CONSIDERANDO:
Que ha finalizado la etapa de calificación de antecedentes y
preselección de concursantes, habiéndose también resuelto las
impugnaciones formuladas;
Que, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 19
del Reglamento de Concursos para la Selección de Secretarios,
corresponde convocar al tribunal examinador y fijar el plazo en el
que deberá cumplir su cometido;
Que, asimismo, a los fines previstos en el Art. 20 del Reglamento de
Concursos debe fijarse la fecha para recibir la prueba de oposición
que, en atención al número de concursantes, se desarrollará en la
sede de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos
Aires;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° — Convocar al tribunal examinador designado en el
concurso N° 16/00, y fijar un plazo de cuarenta y cinco días
hábiles para cumplir su cometido.
Artículo 2° — Citar a todos los concursantes preseleccionados de
conformidad con las Resoluciones CM Nros. 126/01 y 31/02, a rendir
la prueba de oposición escrita para el día 24 de octubre de 2002,
a las 9 hs., en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de
Buenos Aires -aula 217- Av. Pte. Figueroa Alcorta 2263, de esta
ciudad.
Artículo 3° — Autorízase a los concursantes a concurrir a las
pruebas de oposición escritas con el material bibliográfico que
consideren conveniente.
Artículo 4° — Regístrese y publíquese por tres (3) días en el
Boletín Oficial de la Ciudad Buenos Aires. Gauna - Casas de
Chamorro Vanasco - Cárcova - Bonatto - Lorenzo - Cueto Rúa
COMUNICADOS Y AVISOS
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
Dirección General de Rentas
Solicitud de Personal
A fin de cumplir tareas en la Dirección Administrativa,
Departamento Capacitación de la Dirección General de Rentas se
solicita:
Perfil Centro de Documentación e Información de la D.G.R.
Requisitos No Formales:
n Preferentemente, con
experiencia en puestos similares (gestión de la información,
procesamiento, catalogación, planificación, implementación y
evaluación de cursos de acción).
n Manejo de aplicativos
informáticos: Winisis y OPAC.
n Experiencia en la
generación de estadística de producción y servicio.
n Disposición a la atención
del usuario.
Requisitos Formales:
— Agente de planta permanente del G.C.B.A.
— Título universitario de bibliotecario o similar.
— Autorización escrita del Director de su Repartición.
Antonio C. Rossello
Dirección de Administración
CA 245
Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002
n Solicitud de Personal
A fin de cumplir tareas en la Dirección Administrativa,
Departamento Capacitación de la Dirección General de Rentas se
solicita:
Perfil Departamento Capacitación de la D.G.R.
Requisitos No Formales:
n Manejo de programas de
Microsoft Office (Excel, Word, Power Point). Excluyente.
n Experiencia en
procesamiento de información: creación y manejo de base de datos.
n Preferentemente,
experiencia en el área de capacitación:
l Construcción y/o
adaptación de instrumentos de recolección de información y de
evaluación.
l Detección y diagnóstico
de necesidades de capacitación.
l Planificación por
objetivos.
l Formulación, organización
e implementación de actividades de capacitación.
l Evaluación de resultados,
medición del impacto de la capacitación, entrevistas
personalizadas.
l Conocimiento de los
procesos administrativos del G.C.B.A., y en especial de la D.G.R.
l Producción de notas,
memorándums, etc.
l Manejo de correo
electrónico e internet.
l Disposición al trabajo en
equipo.
Requisitos Formales:
— Agente de planta permanente del G.C.B.A.
— Licenciado/a o avanzado/a en Ciencias de la Educación,
Relaciones del Trabajo, Psicología o carreras relacionadas a las
mismas.
— Autorización escrita del Director de su Repartición.
Antonio C. Rossello
Dirección de Administración
CA 246
Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002
SECRETARÍA DE CULTURA
Dirección General de Museos
Centro de Museos de Buenos Aires
Solicitud de Personal
Se solicita personal para desempeñarse en la Dirección General
de Museos, de acuerdo al siguiente detalle:
n 5 Control de Sala
(sábados, domingos y feriados).
n 4 Control de Sala (lunes a
viernes).
n 2 Visitas guiadas (lunes a
viernes).
n 2 Visitas guiadas
(sábados, domingos y feriados).
Requisitos:
— Buena predisposición para la atención del público.
— Personal del Gobierno de la Ciudad, Planta Permanente.
— Autorización del Director del área.
Informes: Llamar a los teléfonos 4516-0947/48 de lunes a viernes de
10 a 18 con la Sra. Liliana Martínez o Lic. Liliana Mazettelle.
Mónica Guariglio
Directora General
CA 248
Inicia: 15-10-2002 Vence: 21-10-2002
LICITACIONES
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
Autopistas Urbanas S.A.
Repavimentación de varios tramos
Autopistas: 25 de Mayo y Perito Moreno
Licitación Pública.
Venta de pliegos: En Autopistas Urbanas S.A., Piedras 1260, piso
1° Edificio A, Capital Federal.
A partir del día 15 de octubre de 2002.
Consultas hasta el 31/10/02.
Presentación de las Ofertas: Hasta el día 11 de noviembre de 2002,
a las 10 hs.
Fecha de Apertura: 11 de noviembre de 2002, a a las 11 hs.
Valor de Pliego: $ 2.500 (son pesos dos mil quinientos).
Forma de Pago: Con cheque a nombre de Autopistas Urbanas S.A.
"no a la orden", siendo obligatoria la presentación del
CUIT
Andrés Bamio Couso
Gerente General
OL 867
Inicia: 15-10-2002 Vence: 21-10-2002
SECRETARÍA DE SALUD
HOSPITAL DE INFECCIOSAS "FRANCISCO J. MUÑIZ"
Preadjudicación
Preadjudícase a las siguientes firmas por la provisión de
Equipos y Suministros para Medicina, Odontología y Veterinaria,
correspondientes a la Licitación Pública N° 8-HM-02:
Lab Systems S.A. (Quesada 5916, Capital Federal).
Renglón: 1 – Precio unitario: $ 29,540 – Total: $ 88.620,000.
Renglón: 2 – Precio unitario: $ 25,990 – Total: $ 77.970,000.
Renglón: 5 – Precio unitario: $ 3.645,00 – Total: $ 3.645,000.
Renglón: 6 – Precio unitario: $ 3.680,000 – Total: $ 3.580,000.
Droguería Norvat Schick & Cía S.R.L. (24 de Noviembre 1124,
Capital Federal).
Renglón: 4 – Precio unitario: $ 247,000 – Total: $ 1.482,000.
Lugar de exhibición: Hospital de Infecciosas "Francisco J.
Muñiz", División Compras y Contrataciones, sita en Uspallata
2272, Capital Federal.
Consulta del expediente: lunes a viernes de 7 a 13 horas.
Edmundo A. Enrico
Director (I)
María del Carmen Maiorano
Directora General
Administración Recursos
Desconcentrados
OL 854
Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002
n Insumos para Programas SIDA
Llámase a Licitación Privada N° 21-HM-2002, a realizar el 30
de octubre de 2002, a las 8.30 horas, para la adquisición de
Insumos para Programa SIDA.
Valor del Pliego: pesos diez ($ 10).
Los Pliegos de Bases y Condiciones pueden ser retirados, valorizados
en la División Compras y Contrataciones, Uspallata 2272, Capital
Federal de lunes a viernes de 8 a 12 horas.
José E. del Mármol
Subdirector Médico (I)
María del Carmen Maiorano
Directora General Adjunta
Administración Recursos
Desconcentrados
OL 862
Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002
HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "SANTA LUCÍA"
Preadjudicación
Tipo de Contratación: Licitación Pública N° 5/02.
Nombre del Contratante: Hospital Santa Lucía.
Objeto de la Contratación: Suturas.
Consulta: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Oficina
Compras, Avenida San Juan 2021, piso 2°, en el horario de lunes a
viernes de 9 a 14.
Firma Preadjudicada:
Foc S.R.L. (Concepción Arenal 2443, P.B. "A", Capital
Federal).
Renglón: 7 – Importe: $ 30.429,20.
Renglón: 8 – Importe: $ 20.845,20.
Renglón: 10 – Importe: $ 186,25.
Renglón: 12 – Importe: $ 10.683,00.
Renglón: 13 – Importe: $ 9.835,50.
Renglón: 14 – Importe: $ 29.113,08.
Renglón: 15 – Importe: $ 387,92.
Renglón: 16 – Importe: $ 23.605,20.
Renglón: 17 – Importe: $ 196,68.
Renglón: 18 – Importe: $ 11.160,00.
Total Preadjudicado: $ 136.442,03.
Renglones Desiertos: 1 al 6 y 9.
Renglón Anulado: 11.
Graciela M. Reybaud
Directora (I)
Dora Salinas
Directora General
Administración Recursos
Desconcentrados
M. Cristina Carballo
Jefa de Compras y Suministros
OL 860
Inicia: 17-10-2002 Vence: 17-10-2002
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Preadjudicación
Se comunica a los Señores Oferentes, la Preadjudicación de la
Carpeta de Compras N° 14.425 que tramita la Ejecución de
cerramientos y varios para el subsuelo, 5° y 6° piso del Edificio
del Banco, sito en Larrea 37, Ciudad de Buenos Aires, a la firma
Obrant S.A. en la suma total de $ 54.660,00 + I.V.A. (son pesos
cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta más I.V.A.).
Consultas: Preadjudicaciones y Órdenes de Compra, Florida 302, piso
7°, Ciudad de Buenos Aires, Teléfonos: 4329-8809/11.
Jorge A. Vladisauskas
Gerente de Compras
Luis M. Embrioni
Subgerente de Compras
Mario A. Selva
Jefe de Equipo
Preadj. y Órdenes de Compra
Gerencia de Compras
BC 286
Inicia: 17-10-2002 Vence: 17-10-2002
COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA
Programa de Villas - Nuevas Urbanizaciones
Licitación Pública Nº 6/02
Programa de Villas
Nuevas Urbanizaciones
Barrio Flores
Villa 1-11-14 – Sector DAOM
Se llama a Licitación Pública para la construcción de 305
viviendas de PB + 2/3 pisos, obras exteriores, pavimentos e
infraestructura, a ejecutarse en Flores Sur, Villa 1-11-14- Sector
DAOM, Ciudad de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial: $ 14.756.055,56.
Fecha de Apertura: 5 de noviembre de 2002 a las 10 horas.
Valor del pliego: pesos siete mil cuatrocientos ($ 7.400).
Plazo de obra: 24 meses.
Lugar y Fecha donde pueden retirarse o consultar los Pliegos: Carlos
Pellegrini 291/211, 6°Piso, Capital Federal, Subgerencia Compras y
Licitaciones en el horario de 9.30 a 14.
Lugar de presentación de las Ofertas: Carlos Pellegrini 291/211,
6° piso, Capital Federal, Subgerencia Compras y Licitaciones.
Obras financiadas con Fondos del Gobierno de la Ciudad de la Ciudad
de Buenos Aires.
Sofía V. Karpiej
Subgerente
Subgerencia de Compras y Licitaciones
Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa
CV 22
Inicia: 7-10-2002 Vence: 28-10-2002
n Programa de Villas –
Nuevas Urbanizaciones
Licitación Pública Nº 7/02
Programa de Villas
Nuevas Urbanizaciones
Barrio Flores
Villa 1-11-14 – Sector Bonorino 3
Se llama a Licitación Pública para la construcción de 127
viviendas de PB, 3 pisos, y prototipos en dúplex de PB + 3 , obras
exteriores pavimentos, e infraestructura, a ejecutarse en Flores
Sur, Villa 1-11-14- Sector Bonorino 3, Ciudad de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial: $ 6.644.181,45.
Fecha de Apertura: 14 de noviembre de 2002 a las 10 horas.
Valor del pliego: $ 3.300.
Plazo de obra: 18 meses.
Los pliegos pueden ser consultados en Carlos Pellegrini 211/291, 6º
piso, Capital Federal, Subgerencia Compras y Licitaciones en el
horario de 9.30 a 14 y adquiridos previo pago en el Departamento
Tesorería, Pje. Carabelas 241, 7º Piso, Ciudad de Buenos Aires, en
el horario de 9.30 a 14 .
Obras financiadas con Fondos del Gobierno de la Ciudad de la Ciudad
de Buenos Aires.
Sofía V. Karpiej
Subgerente
Subgerencia de Compras y Licitaciones
Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa
CV 24
Inicia: 17-10-2002 Vence: 6-11-2002
EDICTOS
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
Dirección General de Recursos Humanos
n Notificación
La Dirección General de Recursos Humanos notifica a la ex agente
Sabrina Converset, Ficha N° 297.875, que conforme a lo
requerido por la Procuración General de la Ciudad en el Expediente
N° 12.903-97, deberá acompañar los comprobantes de percepción
del Retiro Incentivado, cuya solicitud le fuera aceptada mediante
Decreto N° 2.297-MCBA-91.
Carlos Parisi
Director General
EO 538
Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002
SECRETARÍA DE SALUD
Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze"
n Notificación
Notifíquese al agente Frete, Dionisio Antonio, Ficha N°
320.394 que por Disposición N° 1068-SS-2002 de fecha 13/8/2002, se
declaró su cesantía a partir del 31/1/2002 como personal de Planta
Permanente del Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro
Lagleyze" partida 4026-0000-D-02-024, conforme a lo prescripto
por el artículos 48 inciso b) y 51, inciso c) de la Ley N° 471
(B.O. N° 1026).
Asimismo se informa que conforme los términos del Art. 60 del
Decreto N° 1.510-GCBA-97, el interesado podrá interponer recurso
de reconsideración y jerárquico en subsidio atento a lo dispuesto
por el Arts. 103 y 109 del citado Decreto dentro de los 10 y 15
días respectivamente de notificado.
Queda Ud. notificado.
Gabriel G. Junod
Director Asistente
EO 539
Inicia: 15-10-2002 Vence: 21-10-2002
COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA
n Comunicación
La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber al señor
Bas y Mansilla, Osvaldo Daniel (D.N.I. N° 13.588.032) que por
Resolución N° 484/SS/02 de fecha 12/7/02, se ha procedido a
rescindir a partir del veinticuatro de junio del año dos mil dos el
contrato de locación de servicios suscripto con esta Comisión
Municipal de la Vivienda, conforme lo establecido en la cláusula
sexta del mencionado contrato de acuerdo a lo actuado en la Nota N°
4.019/CMV/02.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5)
días, computados desde el siguiente al de la última publicación
(Art. 62 Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires).
Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos
Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa
EO 540
Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002
n Comunicación
La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber a la Srta.
Zazzini, Albina Sandra (D.N.I. N° 18.467.842) que por
Resolución N° 431/SS/02 de fecha 12/7/02, se ha procedido a
rescindir a partir del quince de mayo del año dos mil dos el
contrato de locación de servicios suscripto con esta Comisión
Municipal de la Vivienda, conforme lo establecido en la cláusula
sexta del mencionado contrato de acuerdo a lo actuado en la Nota N°
2.942/CMV/02.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5)
días, computados desde el siguiente al de la última publicación
(Art. 62 Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires).
Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos
Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa
EO 541
Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002
n Comunicación
La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber al Sr.
Morales Arratia, Jaime (D.N.I. N° 93.660.811) que por
Resolución N° 628/SS/02 de fecha 20/8/02, se ha procedido a
rescindir a partir del quince de mayo del año dos mil dos el
contrato de locación de servicios suscripto con esta Comisión
Municipal de la Vivienda, conforme lo establecido en la cláusula
sexta del mencionado contrato de acuerdo a lo actuado en la Nota N°
3.937/CMV/02.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5)
días, computados desde el siguiente al de la última publicación
(Art. 62 Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires).
Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos
Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa
EO 542
Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002
n Comunicación
La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber al señor
Cano, Néstor y a la señora Lucero, Elba que por Resolución
N° 256/SS/02 de fecha 6/3/02, se procedió a rescindir el Boleto de
Compraventa oportunamente suscripto por transgresión a la cláusula
sexta en los términos de la décimoprimera, en relación a la
U.Cta. N° 16.718 – Sector H – Tira 167 – Calle 604 - Casa 44,
del Barrio M. M. Güemes, todo ello conforme lo actuado por
Expediente N° 3.425/CMV/87.
Se hace saber asimismo al interesado que la Resolución dictada es
susceptible de impugnación por vía de los recursos de
reconsideración y/o jerárquico los que deberán interponerse y
fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días
hábiles administrativos, respectivamente, conforme lo dispuesto por
los Arts. 103 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de
la Ciudad de Bs. As.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5)
días, computados desde el siguiente al de la última publicación.
(Art. 62 Ley citada).
Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos
Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa
EO 543
Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
Dirección General de Compras y Contrataciones
n Comunicación
La Dirección General de Compras y Contrataciones comunica que el
día 3-10-02 se procedió al empadronamiento en el Padrón de
Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de las
siguientes firmas: Grupo Brunetta S.A. y Canova Guillermo
E. y Palombo Liliana R. S.H.
Adalgisa C. de Bonaviri
Directora General Adjunta
EO 544
Inicia: 17-10-2002 Vence: 21-10-2002
| |