Boletin Oficial

Boletín Oficial Nº 1548

— SUMARIO —

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO N° 1.326
RESCÍNDESE EL CONTRATO SUSCRIPTO CON PLANOBRA S.A., EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 201/99, PARA OBRAS EN EL CEMENTERIO DE LA RECOLETA

DECRETO N° 1.327
APRUÉBASE EL ACTA ACUERDO CELEBRADA ENTRE EL G.C.A.B.A. E IMÁGENES COMPUTARIZADAS MÉDICAS S.A.

DECRETO N° 1.328
SISTEMA DE ATENCIÓN PEDIÁTRICA DE URGENCIAS DOMICILIARIAS. RATIFÍCANSE LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN Nº 892/SS/00, B.O. Nº 944. ESTABLÉCESE LA MODALIDAD DE REMUNERACIÓN PARA LOS PROFESIONALES AFECTADOS

DECRETO N° 1.329
FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE. RATIFÍCASE EL ACTA SUSCRIPTA ENTRE EL G.C.A.B.A. Y EL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, PARA EL PAGO CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DE 2001

DECRETO N° 1.330
DESÍGNASE AL SR. GABRIEL E. GRINBERG DIRECTOR GENERAL DE LA D.G. TEATRO COLÓN

RESOLUCIONES

Secretaría Jefe de Gabinete

RESOLUCIÓN N° 45 - SSRPEI-SSSEG
AUTORÍZASE A LA COORDINADORA INDÍGENA "POR EL 12 DE OCTUBRE" A REALIZAR UN EVENTO EN LA PLAZA DE LOS DOS CONGRESOS

RESOLUCIÓN N° 177
APRUÉBASE EL PAGO A SEARCH ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD S.A., CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRESTADO EN AGOSTO DE 2002

Secretaría de Obras y Servicios Públicos

RESOLUCIÓN N° 271 - SSTYT
MODIFÍCASE EL RECORRIDO DE LAS LÍNEAS DE COLECTIVO 28 Y 117

Secretaría de Gobierno y Control Comunal

RESOLUCIÓN N° 340
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN HUNGRÍA 1166/68/70

RESOLUCIÓN N° 347
INSTRÚYESE SUMARIO POR LA EXISTENCIA DE DOCUMENTACIÓN SUPUESTAMENTE APÓCRIFA, REFERENTE AL LOCAL DE BASUALDO 52

Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes

RESOLUCIÓN N° 32
APRUÉBANSE LAS CONSIDERACIONES GENERALES Y EL CIRCUITO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE SERVICIOS Y REPARACIONES

RESOLUCIÓN N° 33
AUSPÍCIASE EL PROGRAMA "CRECIENDO EN PARTICIPACIÓN Y PROTAGONISMO POR UNA SOCIEDAD SIN VIOLENCIA", ORGANIZADO POR LAS HERMANAS ADORATRICES DEL SANTÍSIMO SACRAMENTO Y DE LA CARIDAD

RESOLUCIÓN N° 34
FÍJASE, A PARTIR DE ABRIL DE 2002, EL SUPLEMENTO POR TAREAS NOCTURNAS PARA EL PERSONAL DE PLANTA QUE CUMPLE TAREAS EN EL CENTRO DE ATENCIÓN TRANSITORIA (C.A.T.)

RESOLUCIÓN N° 35
RECONÓCESE A LA AGENTE GRACIELA GARCÍA EL SUPLEMENTO POR TAREAS NOCTURNAS

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano

RESOLUCIÓN N° 41
Prórroga de Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 42
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 51
Prórroga de Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 52
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 53
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 54
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 55
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 57
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 58
Prórroga de Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 59
Locación de Servicios

Secretaría de Cultura

RESOLUCIÓN N° 2.074
Prórroga de Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.329
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.330
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.331
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.332
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.333
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.334
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.335
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.336
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.346
Régimen de Concertación

RESOLUCIÓN N° 2.347
Régimen de Concertación

RESOLUCIÓN N° 2.349
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.350
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.351
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.352
Locación de Servicios, modificación

RESOLUCIÓN N° 2.353
Locación de Servicios

RESOLUCIÓN N° 2.354
Locación de Servicios

DISPOSICIONES

Secretaría de Obras y Servicios Públicos

DISPOSICIÓN N° 376 - DGTYT
FÍJANSE DÍA Y HORA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SENTIDOS ÚNICOS DE CIRCULACIÓN EN TRAMOS DE LAS CALLES DÁVILA Y THORNE. DERÓGASE LA DISPOSICIÓN Nº 353/DGTYT/02, B.O. Nº 1532

DISPOSICIÓN N° 400 - DGTYT
FÍJASE UNA NUEVA FECHA PARA LA PROHIBICIÓN DE LA CIRCULACIÓN Y EL ESTACIONAMIENTO EN UN TRAMO DE LA CALLE CONCEPCIÓN ARENAL

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

Secretaría de Hacienda y Finanzas

DISPOSICIÓN N° C172 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A GALANDER S.A.

DISPOSICIÓN N° C173 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A ROSEMBERG RAFAEL

DISPOSICIÓN N° C174 - DGC
SUSPÉNDESE POR CUATRO MESES A UTE GASTRONOMÍA MOLISANA S.A. EMEPA S.A.

DISPOSICIÓN N° C175 - DGC
DESESTÍMASE RECURSO DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE RUBÉN O. CASTRO CONTRA LA DISPOSICIÓN C27-DGC-02

ACTAS

Comisión Municipal de la Vivienda

ACTA N° 1.637
REUNIÓN DE DIRECTORIO DE FECHA 12/9/02. TEMA: RESCISIÓN CONTRATO DE OBRA PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2/98 FLORES SUR VILLA 1-11-14, RESOLUCIÓN Nº 692/SS/02

CONVENIOS

Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes

CONVENIO ENTRE EL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA C.A.B.A. Y LA FUNDACIÓN PARA VIVIENDA, TRABAJO Y CAPACITACIÓN DEL LISIADO (VITRA)

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESOLUCIONES

Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N° 297
CONVÓCASE AL TRIBUNAL EXAMINADOR DEL CONCURSO Nº 16/00 PARA CUBRIR CARGOS DE SECRETARIOS EN LAS DEFENSORÍAS ANTE LA JUSTICIA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS. CÍTASE A LOS PRESELECCIONADOS A RENDIR PRUEBA DE OPOSICIÓN ESCRITA

Cumplimiento del Artículo 23 de la Ley N° 539

COMUNICADOS Y AVISOS

LICITACIONES

EDICTOS

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO N° 1.326
RESCÍNDESE EL CONTRATO SUSCRIPTO CON PLANOBRA S.A., EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 201/99, PARA OBRAS EN EL CEMENTERIO DE LA RECOLETA

Buenos Aires, 3 de octubre de 2002.

Visto el Expediente Nº 9.372/1999, y
CONSIDERANDO:
Que se detectaron múltiples incumplimientos por parte de la contratista Planobra S.A en el desarrollo de la obra "Ejecución Integral de Solados e Instalaciones en Cementerio de la Recoleta", la cual le fuera adjudicada por Licitación Pública Nº 201/1999;
Que en el informe elaborado con fecha 14 de junio de 2002 por el Jefe del Departamento de Obras y Mantenimiento de la Dirección General de Cementerios, se indicó que a partir de diciembre de 2001 decayó el ritmo de las obras hasta su paralización y abandono en el mes de abril de 2002, quedando zanjas abiertas, sectores de solados a medio levantar, sótanos con sus muros expuestos, acumulación de escombros en calles y pasillos y desagües fuera de servicio, todo esto en sectores centrales del cementerio, indicando además que no se contaba con serenos, vigilancia, representante en obra y que no se materializó la entrega del vehículo para la inspección de obra;
Que en consecuencia no se ha dado cumplimiento a los artículos 1.10.1, 1.10.2, 1.10.3 y 1.16.9 del Pliego de Condiciones Generales y 2.16.4 del Pliego de Condiciones Particulares, en cuanto al desarrollo de la obra y a la entrega del vehículo, respectivamente;
Que conforme lo estipulado en los artículos 1.14.1 y 1.14.3 del Pliego de Condiciones Generales, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá rescindir el contrato por culpa del contratista con las consecuencias que determina la Ley Nacional de Obras Públicas;
Que en el particular es de aplicación el artículo 50 de la mencionada Ley Nacional por remisión del pliego licitatorio;
Que se efectuaron diversas intimaciones a la empresa contratista, tanto por medio de órdenes de servicio como por cartas documento y notificaciones personales;
Que en el particular no es de aplicación la "exceptio non adimpleti contractus" en tanto que para ello es indispensable que la disminución del ritmo de los trabajos, o lisa y llanamente su suspensión se justifiquen en una razonable imposibilidad de cumplir, para lo cual es menester acreditar una relación insostenible entre el monto adeudado por la administración, el valor de la obra y el giro de la empresa; extremos que no se dan en el presente caso;
Que la simple invocación de dificultades realizadas por la empresa con fecha 13 de febrero de 2002, -donde se señala como motivos de las dificultades en el desarrollo de la obra a las medidas económicas tomadas en el ámbito nacional que implicaron la derogación de la Ley de Convertibilidad-, no constituye un elemento de prueba suficiente para justificar la paralización de los trabajos;
Que respecto de la presentación de la empresa de fecha 3 de junio de 2002 -donde solicitó la adecuación de los precios contractuales- corresponde indicar que resulta a todas luces extemporánea ya que unilateralmente la contratista decidió paralizar los trabajos de obra, a pesar de las sucesivas cancelaciones de los certificados de obra realizadas por este Gobierno;
Que asimismo tampoco resulta procedente la presentación de fecha 31 de julio de 2002 donde se denuncia la ruptura de la ecuación económico financiera del contrato y solicita la revisión del precio contractual y al reconocimiento y pago de las diferencias existentes para estabilizar el precio del contrato;
Que el artículo 2.12.5 del Pliego de Condiciones Particulares dispone que "En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho a obtener una prórroga de plazo en la ejecución de la obra", concluyéndose en consecuencia que tampoco pudo válidamente paralizar los trabajos y menos aún abandonar la obra;
Que respecto de las consecuencias que determina la Ley Nacional de Obras Públicas para los distintos supuestos de rescisión, corresponde aplicar en el particular el artículo 51 del referido cuerpo legal;
Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, pronunciándose en el sentido supra expuesto;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° — Rescíndese por culpa de la contratista en los términos del artículo 50 incisos a), b) y e) de la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, el contrato suscripto con la firma Planobra S.A. en el marco de la Licitación Pública Nº 201/1999 Obra: "Ejecución Integral de Solados e Instalaciones en el Cementerio de la Recoleta".
Artículo 2° — La Secretaría de Hacienda y Finanzas intervendrá a efectos de la aplicación de las consecuencias establecidas por el artículo 51 de la precitada Ley Nº 13.064.
Artículo 3° — El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4° — Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la empresa contratista y pase a sus efectos a las Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos. IBARRA - Fatala - Pesce – Fernández

DECRETO N° 1.327
APRUÉBASE EL ACTA DE ACUERDO CELEBRADA ENTRE EL G.C.A.B.A. E IMÁGENES COMPUTARIZADAS MÉDICAS S.A.

Buenos Aires, 3 de octubre de 2002.

Visto el Expediente Nº 51.436/2002 y los Decretos Nros. 4.947/91 y 5.247/91, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 4.947/91 se ratificó el contrato celebrado entre la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Empresa Imágenes Computarizadas Médicas S.A., por el cual la primera contratara la instalación y prestación de servicio de un Tomógrafo Hitachi 450 para el Hospital General de Agudos J. A. Fernández;
Que mediante Decreto N° 5.247/91 se ratificó el contrato que las mismas partes suscribieron por la instalación de un Resonador Magnético 026 - tesla, marca Bruker, para el Hospital General de Agudos Cosme Argerich;
Que entre las partes mencionadas se suscitan sendas acciones judiciales ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, en las cuales Imágenes Computarizadas Médicas reclama del Gobierno de la Ciudad la cancelación de facturas impagas y otros conceptos;
Que por informe técnico de la Comisión Asesora de Tomografía Axial Computarizada y Resonancia Magnética Nuclear se manifiesta la necesidad de poner en funcionamiento el Servicio de Tomografía del Hospital General de Agudos J. A. Fernández y el Resonador Magnético instalado en el Hospital General de Agudos Cosme Argerich, ya que dichos servicios evitarían los traslados a otros hospitales de la Red reduciendo costos y riesgo;
Que por Acuerdo suscripto entre la Secretaría de Salud y la empresa Imágenes Computarizadas Médicas S.A. se decidió poner fin a las diferencias habidas entre las partes y con ello dar por cumplidos los contratos que las vinculaban, habiendo convenido que a partir de ese momento el Tomógrafo y el Resonador pasan a formar parte del patrimonio del Gobierno de la Ciudad;
Que en dicho Acuerdo se fijó, por todo concepto, la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000), que el Gobierno de la Ciudad se obliga a pagar a la firma, la que acepta recibir dicho importe en la forma convenida en la cláusula tercera, renunciando a percibir intereses y cualquier otro concepto emergente que pudiera resultar de los contratos;
Que, asimismo, se acordó solicitar la suspensión de los procedimientos judiciales hasta que opere el íntegro pago de las sumas reclamadas, habiéndose obligado a que, una vez canceladas en la forma prevista, desistirán de las acciones incoadas;
Por ello, habiendo tomado la intervención que le compete a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Acta Acuerdo, celebrada el día 19 de septiembre de 2002, suscripta por el Secretario de Salud, Dr. Alfredo Maximiliano Stern, en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Sr. Jorge Del Águila, en representación de la empresa Imágenes Computarizadas Médicas S.A., la que en todos sus términos forma parte integrante del presente.
Artículo 2º — Instrúyese a la Procuración General a solicitar en los autos "Imágenes Computarizadas Médicas S.A. c/GCBA – Secretaría de Salud s/cobro de pesos", Expte. N° 3.612 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Nº 9, Secretaría Nº 17, y en los autos "Imágenes Computarizadas Médicas S.A. c/GCBA – Secretaría de Salud s/cobro de pesos", Expte. N° 2.347 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Nº 1, Secretaría Nº 1, la suspensión de los procedimientos.
Artículo 3º — El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4º — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la empresa Imágenes Computarizadas Médicas S.A. al domicilio sito en Carlos Pellegrini 961, 6º piso de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General y, para su conocimiento y demás fines, remítase a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a las Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería y a la Secretaría de Salud. IBARRA – Stern – Pesce – Fernández

Proyecto de Acta Acuerdo

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2002.

Entre el Dr. Alfredo Maximiliano Stern, en su carácter de Secretario de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio legal en la calle Carlos Pellegrini 313 de esta Ciudad, y el Sr. Jorge Del Águila, en representación de Imágenes Computarizadas Médicas S.A. (en adelante ICM S.A.), con el patrocinio letrado del Dr. Luis Alberto Bloise, constituyendo domicilio legal en la calle Carlos Pellegrini 961 6° piso de esta ciudad, convienen lo siguiente:
Primero: Entre las partes firmantes del presente se sustancian sendas acciones judiciales ante la Justicia Contencioso Administrativo y Tributaria de la ciudad de Buenos Aires, autos caratulados "Imágenes Computarizadas Médicas S.A. c/G.C.B.A., Secretaría de Salud s/cobro de pesos" e "Imágenes Computarizadas Médicas S.A. c/G.C.B.A. s/cobro de pesos", Expediente N° 3.612, Juzgado N° 9, Secretaría N° 17 y Expediente N° 2.347, Juzgado N° 1, Secretaría N° 1, respectivamente (en adelante "las causas").
Las partes se encuentran vinculadas por los siguientes contratos (en adelante los contratos): el primero por un Tomógrafo Hitachi 450, ubicado en el Hospital Fernández, suscripto el 28 de octubre de 1991, ratificado por Decreto N° 4.947 del 5 de noviembre de 1991, otro por un Resonador Magnético 026-tesla, marca Bruker, ubicado en el Hospital Argerich, suscripto el 28 de octubre de 1991, ratificado por Decreto N° 5.247 de fecha 18 de noviembre de 1991.
Segundo: Las partes deciden poner fin a las diferencias suscitadas en "las causas", donde se reclama del G.C.B.A. la cancelación de facturas impagas y otros conceptos, cuyo total en concepto de capital por facturas impagas se individualiza en el anexo adjunto y, además, a dar por cumplido el plazo de diez años oportunamente pactado (que acaecerá el 31 de julio de 2003) en "los contratos", adelantándolo al día de la fecha, a partir de cuyo momento el Tomógrafo y el Resonador Magnético motivo de aquellos (en adelante "los equipos") pasan a formar parte del patrimonio del G.C.B.A. Consecuentemente quedan rescindidos de mutuo y común acuerdo "los contratos" a partir del día de la fecha. Para ello se fija, por todo concepto, la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000), que el G.C.B.A. se obliga a pagar a ICM S.A., la que acepta el importe fijado y renuncia a percibir intereses y cualquier otro concepto emergente o que pudiere resultar de "los contratos".
Tercero: La cantidad establecida en el acápite anterior será abonada de la siguiente manera: un pago de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000), dentro de los 15 días corridos contados a partir del día de la fecha, y ocho cuotas mensuales y consecutivas de setenta y cinco mil pesos ($ 75.000) cada una, pagadera la primera entre el 1° y el 15 de octubre de 2002, y las siete restantes entre el 1° y el 15 de cada mes siguiente.
Cuarto: Las partes habrán de presentarse ante los Juzgados donde tramitan "las causas" peticionando la suspensión de los procedimientos judiciales hasta que opere el íntegro pago de las sumas reclamadas. A tal fin se dictará el acto administrativo pertinente en el caso del G.C.B.A., autorizando la suspensión. Cumplidos los pagos estipulados se tendrán por desistidos los juicios, corriendo las costas en el orden causado, obligándose las partes a presentar los respectivos escritos en cada Juzgado, con la conformidad de sus letrados.
Quinto: La Secretaría de Salud del G.C.B.A. recibe de conformidad "los equipos" en el estado en que se encuentran.
Sexto: Los firmantes dejan perfectamente aclarado que entienden que no existe responsabilidad contractual o extracontractual fuera de las obligaciones aquí pactadas por la rescisión de los contratos que los vinculaban.
Séptimo: La Secretaría de Salud se compromete a gestionar en un plazo no mayor de diez días de firmado el presente, el dictamen correspondiente de la Procuración General de Justicia y la ratificación y firma del instrumento jurídico definitivo por parte de la Jefatura de Gabinete de la Ciudad de Buenos Aires.
Octavo: En prueba de su conformidad se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los diecinueve días del mes de septiembre de 2002. Stern (por G.C.A.B.A.) – Del Águila y Bloise (por Imágenes Computarizadas Médicas S.A.)

ANEXO

Imagen 1 2

DECRETO Nº 1.328
SISTEMA DE ATENCIÓN PEDIÁTRICA DE URGENCIAS DOMICILIARIAS. RATIFÍCANSE LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN Nº 892/SS/00, B.O. Nº 944. ESTABLÉCESE LA MODALIDAD DE REMUNERACIÓN PARA LOS PROFESIONALES AFECTADOS

Buenos Aires, 3 de octubre de 2002.

Visto la Ley Básica de Salud N° 153, el Decreto N° 3.310/GCBA/91, la Resolución N° 892/SS/00 (B.O.C.B.A. Nº 944) y el Expediente Nº 48.738/02, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantiza la accesibilidad e integralidad en la atención de la salud;
Que mediante el Decreto N° 3.310/91 se establece la unificación de los servicios de emergencias médicas en el Sistema de Atención Médica de Emergencia SAME;
Que a través de la Resolución N° 892/SS/00 se crea el Sistema de Atención Pediátrica de Urgencias Domiciliarias, con el objetivo de incrementar la accesibilidad de la población infantil a la atención de la salud, brindando asistencia especializada a las familias que requerían los servicios del SAME en horario nocturno;
Que dicho sistema cuenta con una recepción muy favorable por parte de la población y se encuentra en expansión, configurando una prestación de características diferenciadas de las guardias habituales;
Que, teniendo en cuenta las particularidades de la prestación, que involucra gastos de traslado y seguros, es necesario asignar a los profesionales que se desempeñan en el sistema una modalidad diferenciada de remuneración, acorde con las prestaciones que realizan;
Que, asimismo, la Secretaría de Salud se encuentra comprometida en un proceso de racionalización de la cantidad de prestaciones que realizan los profesionales afectados a la urgencia, resultando conveniente en este marco fijar la cantidad de prestaciones de los profesionales afectados al Sistema de Atención Pediátrica de Urgencias Domiciliarias;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias;

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícanse los términos de la Resolución N° 892/SS/00 (B.O.C.B.A. Nº 944) de Creación del Sistema de Atención Pediátrica de Urgencias Domiciliarias.
Artículo 2° — La actividad que realizan los profesionales afectados al Sistema de Atención Pediátrica de Urgencias Domiciliarias será remunerada bajo el régimen modular. Cada módulo corresponderá a una guardia diaria en las condiciones y franja horaria determinadas para el sistema, que se ratifican en el artículo 1° de la presente. Se fija un tope mensual de cinco módulos por profesional y de cien módulos semanales para el total del sistema.
Artículo 3° — Establécese el valor de cada módulo para Pediatra de Atención de Urgencias, Regulador y Coordinador General en los montos que se detallan:
Asignación por Módulos $ 193,50
Compensación por gastos $ 43,25
En todos los casos, la asignación por módulos estará sujeta a los aportes y contribuciones previsionales y sociales correspondientes y la compensación de gastos tendrá carácter no remunerativa.
Artículo 4° — El régimen modular tendrá vigencia para la remuneración de las prestaciones efectuadas por los profesionales afectados al Sistema de Atención Pediátrica de Urgencias Domiciliarias a partir del 1° de agosto de 2002.
Artículo 5° — La Secretaría de Salud, de acuerdo con las necesidades poblacionales, será la encargada de determinar la cantidad de profesionales que integrarán el sistema y de producir otras modificaciones que hagan a la operatoria del sistema.
Artículo 6° — Las erogaciones emergentes del presente Decreto serán imputadas a la partida presupuestaria del respectivo ejercicio.
Artículo 7° — El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas y el Señor Jefe de Gabinete.
Artículo 8° — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Secretarías de Salud y de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. IBARRA – Stern – Pesce – Fernández

DECRETO Nº 1.329
FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE. RATIFÍCASE EL ACTA SUSCRIPTA ENTRE EL G.C.A.B.A. Y EL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, PARA EL PAGO CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DE 2001

Buenos Aires, 7 de octubre de 2002.

Visto la Ley Nº 25.053 ("Fondo Nacional de Incentivo Docente") y el Acta de fecha 19 de septiembre de 2002, suscripta entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, representado por el señor Secretario General del Consejo Federal de Cultura y Educación, Dr. Sergio Palacio, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus, y el Expediente N° 53.736/02, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Nación encuentra dificultades para efectuar en una sola transferencia, la asignación de los fondos suficientes a fin de efectivizar el pago a los docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las sumas correspondientes al año 2001 del Fondo Nacional de Incentivo Docente;
Que oportunamente y por Decreto Nº 1.096/GCBA/02 (B.O. Nº 1519), se autorizó el pago por la suma de $ 2.292.845,94 a cuenta del saldo restante del primer semestre de 2001, en concepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente y en cumplimiento del acta suscripta entre las mismas partes el 5 de agosto último;
Que a través del Acta referida en el visto del presente, el Estado Nacional transfiere a la Ciudad la suma de LECOP dos millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 (LECOP 2.071.890,15), aplicado a saldar parcialmente el compromiso asumido en la Cláusula Cuarta del acta del 5 de agosto de 2002;
Que, por su parte, la Ciudad deja constancia que nuevamente anticipará a los docentes de su jurisdicción hasta la suma de pesos dos millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 ($ 2.071.890,15), a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2001;
Que, asimismo, la Nación se compromete a transferir a la Ciudad, en los futuros pagos del Fondo Nacional de Incentivo Docente, el saldo pendiente por los anticipos realizados por esta jurisdicción en tal concepto y el correspondiente al previsto en el presente Decreto, por la suma total de cuatro millones doscientos treinta y siete mil setecientos sesenta y seis con 46/100 ($ 4.237.766,46) o su equivalente en LECOP;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1º — Ratifícase el Acta de fecha 19 de septiembre de 2002, firmada por el señor Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el señor Secretario General del Consejo Federal de Cultura y Educación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, cuya copia certificada obra como Anexo del presente y que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo.
Artículo 2º — Autorízase el pago a favor de los docentes de esta jurisdicción, por la suma de pesos dos millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 ($ 2.071.890,15), a cuenta del saldo restante de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2001, destinándose, de dicha cantidad, pesos un millón seiscientos treinta y un mil noventa y siete con 02/100 ($ 1.631.097,02) a educación pública y pesos cuatrocientos cuarenta mil setecientos noventa y tres con 13/100 ($ 440.793,13) a educación privada.
Artículo 3º — Amplíase el Presupuesto General de Recursos y Gastos del presente ejercicio y delégase en el señor Secretario de Hacienda y Finanzas la instrumentación y distribución de los créditos presupuestarios correspondientes.
Artículo 4º — El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 5º — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Educación y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. IBARRA – Filmus – Pesce – Fernández

ANEXO

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2002.

Entre al Ministerio de Educación de La Nación representado en este acto por el señor Secretario General del Consejo Federal de Cultura y Educación, Dr. Sergio Palacio, en adelante denominado "LA NACIÓN", por una parte; y por la otra, El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus en adelante denominada "LA CIUDAD" y de conformidad con lo previsto por el Art. 16 de la Ley N° 25.053 "Fondo Nacional de Incentivo Docente" y teniendo en cuenta la Resolución N° 102/99 y su modificatoria N° 122/99 del Consejo Federal De Cultura. y Educación, aprobatoria de los criterios de distribución entre los distintos cargos conforme el artículo 13 de dicha norma legal, convienen en celebrar un Acta Complementaria, sujeta a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: "LA CIUDAD" ha presentado la Preliquidación establecida por el punto 14 del Anexo de la Resolución N° 102/99 y su modificatoria N° 122/99 del Consejo Federal de Cultura y Educación correspondiente al primer semestre de 2001, manifestando su representante con carácter de Declaración Jurada que la misma se ajusta en un todo a las pautas y criterios aprobados por la citada Resolución.
SEGUNDA: "LA NACIÓN" transfiere a "LA CIUDAD" la suma en LECOPs de dos millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 (2.071.890,15), que serán aplicados a saldar parcialmente el compromiso asumido en la cláusula Cuarta del Acta Complementaria de fecha 5 de agosto del presente año, según el siguiente detalle:
Cancelación definitiva de los pesos un millón novecientos cuarenta y cuatro mil novecientos veinte con 52/100 ($ 1.944.920,52) correspondientes al compromiso asumido por la cláusula Cuarta del Acta Complementaria de fecha 3 de julio de 2002.
Cancelación parcial de pesos ciento veintiséis mil novecientos sesenta y nueve con 63/100 ($ 126.969,63) correspondientes al compromiso asumido por la cláusula Cuarta del Acta Complementaria de fecha 5 de agosto de 2002.
Esto en virtud de que la CIUDAD dio cumplimiento al compromiso de abonar a los docentes de su jurisdicción los importes correspondientes en fechas 18 de julio y 9 de septiembre respectivamente.
TERCERA: Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula Segunda "LA CIUDAD" deja constancia que nuevamente anticipará a los docentes de la Jurisdicción hasta la suma de pesos dos millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 (2.071.890,15).
CUARTA: "LA NACIÓN" se compromete a transferir a "LA CIUDAD" la suma pendiente de saldo por (los anticipos realizados por dicha jurisdicción, de acuerdo al siguiente detalle:
Saldo pendiente del compromiso asumido por la Cláusula Cuarta del Acta Complementaria de fecha 5 de agosto del corriente año: pesos dos millones ciento sesenta y cinco mil ochocientos setenta y seis con 31/100 ($ 2.165.876,31)
Saldo pendiente por el monto anticipado por LA CIUDAD según la cláusula Tercera de la presente Acta Complementaria: pesos dos millones setenta y un mil ochocientos noventa con 15/100 ($ 2.071 .890,15).
Lo que hace un total de pesos cuatro millones doscientos treinta y siete mil setecientos sesenta y seis con 46/100 ($ 4.237.766,46).
QUINTA: Se deja expresa constancia que las transferencias a que hace referencia la cláusula precedente se realizarán en los futuros pagos del Fondo Nacional de Incentivo Docente, haciéndose efectivas en pesos o en su equivalentes en LECOPs.
SEXTA: Sin perjuicio del cumplimiento de su rol de distribuidora entre los docentes de su jurisdicción del Fondo Nacional de Incentivo Docente, "LA CIUDAD" ratifica su compromiso de dar estricto cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 12 de la Ley, y a efectuar su detalle en un Acta Ampliatoria.
SÉPTIMA: Las partes dejan expresa constancia que el compromiso asumido en el Acta Acuerdo de Reconocimiento de Deudas, suscripta entre el ESTADO NACIONAL y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES de fecha 20 de mayo de 2002, en lo que respecta al Fondo Nacional de Incentivo Docente y que corresponde a la deuda reconocida en Acta Complementaria N° 1/2001 correspondiente al período Enero - Junio de 2001 por un monto de pesos cuatro millones doscientos cincuenta y seis mil noventa y cinco con 71/100 ($ 4.256.095,71 ) está siendo saldado consecutivamente por LA NACIÓN conforme lo acreditan las Actas de fechas 22 de febrero, 27 de marzo, 30 de abril, 3 de junio, 3 de julio y 5 de agosto del corriente año.
Asimismo las partes dejan constancia que el monto total a que hace referencia la cláusula cuarta de la presente obedece a la decisión de LA CIUDAD de pagar en forma anticipada a los docentes de esa jurisdicción, motivo por lo cual el compromiso asumido por el Estado Nacional en la cláusula segunda del Acta Acuerdo mencionada (20/5/02) tendrá vigencia si eventualmente quedara un monto pendiente del primer semestre del año 2001 y comprenderá solo dicho saldo hipotético.
En prueba de conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de septiembre 2002. Palacio (por Ministerio de Educación de la Nación) – Filmus (por G.C.A.B.A)

DECRETO Nº 1.330
DESÍGNASE AL SR. GABRIEL E. GRINBERG DIRECTOR GENERAL DE LA D. G. TEATRO COLÓN

Oficio Nº 675/2002.

Buenos Aires, 7 de octubre de 2002.

Visto el Expediente N° 47.362/02, y;
CONSIDERANDO:
Que el cargo de Director General de la Dirección General Teatro Colón, dependiente de la Secretaría de Cultura, se encuentra vacante;
Que por lo expuesto la citada Secretaría, solicita se designe, a partir del 2 de septiembre de 2002, al Señor Gabriel Elbio Grinberg, DNI 12.728.260, CUIL 23-12728260-9, ficha Nº 392.746, como Director General, del organismo que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase a partir del 2 de septiembre de 2002, al Señor Gabriel Elbio Grinberg, DNI 12.728.260, CUIL 23-12728260-9, ficha Nº 392.746, como Director General de la Dirección General Teatro Colón, partida 5038.0000.S.99 R.01, cesa como Director General de la Dirección General de Música, de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales, ambas reparticiones dependientes de la Secretaría de Cultura, deja partida 5060. 0000.S.99 R.02.
Artículo 2º — El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de Cultura, de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.
Artículo 3º — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. IBARRA – Telerman – Pesce – Fernández

RESOLUCIONES

Secretaría Jefe de Gabinete

RESOLUCIÓN Nº 45 – SSRPEI - SSSEG
AUTORÍZASE A LA COORDINADORA INDÍGENA "POR EL 12 DE OCTUBRE" A REALIZAR UN EVENTO EN LA PLAZA DE LOS DOS CONGRESOS

Buenos Aires, 11 de octubre de 2002.

Visto el Registro Nº 907/SMAYPU/02, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación la Coordinadora Indígena "por el 12 de Octubre" solicita autorización para realizar una jornada cultural denominada "Un día de duelo y restauración histórica para los pueblos indígenas de América" , en la Plaza de los Dos Congresos, el día 12 de octubre de 2002, en el horario de 11 a 17;
Que el objeto es llevar a cabo la mencionada jornada cultural, despojada de toda intención exclusivista, partidista y comercial;
Por ello,

LOS SUBSECRETARIOS DE RELACIONES POLÍTICAS
E INSTITUCIONALES Y DE SEGURIDAD
RESUELVEN:

Artículo 1º — Autorízase a la Coordinadora Indígena "por el 12 de Octubre" la realización de un evento, en la Plaza de los Dos Congresos, el día 12 de octubre de 2002, en el horario de 11 a 17.
Artículo 2º — Dése intervención a la Subsecretaría Espacio Público y Desarrollo Urbano a fin de que la misma tome las medidas que le competen.
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada al Ministerio Público Fiscal y para su conocimiento y demás efectos pase a las Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano y de Seguridad. Martini – Carelli

RESOLUCIÓN Nº 177
APRUÉBASE EL PAGO A SEARCH ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD S.A., CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRESTADO EN AGOSTO DE 2002

Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.

Visto la Nota Nº 727/DGCEDIF/02, y el Decreto Nº 1.370/GCBA/01 y;
CONSIDERANDO:
Que por Nota Nº 727/DGCEDIF/02 tramita el pago correspondiente al servicio de vigilancia y seguridad que por razones de emergencia se debió prestar en el mes de agosto con las dotaciones disponibles de la empresa Search Organización de Seguridad S.A.;
Que la empresa Odipa S.R.L. dejó de prestar servicio en los objetivos de las áreas Nros. 1, 4 y 6 de la Licitación Pública 190/97, el día 28 de abril a las 24 hs., ante esta emergencia la Dirección General de Custodia de Edificios solicitó a la empresa Search Organización de Seguridad S.A. que continúe con el servicio mencionado en el período detallado anteriormente;
Que la Dirección General de Custodia de Edificios prestó conformidad mediante el Parte de Recepción Definitiva Nº 481.408;
Que el costo del servicio asciende a la suma de pesos ciento sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos con treinta y ocho centavos ($ 164.642,38);
Que a fojas 15 obra el comprobante de la afectación definitiva N° 1.724 – N° GCBA: 68.826, constando previamente la afectación preventiva de acuerdo a las normas vigentes;
Que la Dirección de Contaduría General verificará en forma previa a la emisión de la orden de pago correspondiente, la documentación presentada, a fin de comprobar el cumplimiento de los requerimientos legales y normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de aplicación en el presente caso;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por Decreto Nº 1.370/GCBA/01,

EL SEÑOR JEFE DE GABINETE
RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el pago de pesos ciento sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos con treinta y ocho centavos ($ 164.642,38) correspondiente al servicio de vigilancia y seguridad que por razones de emergencia se debió prestar en el mes de agosto con las dotaciones disponibles de la empresa Search Organización de Seguridad S.A.
Artículo 2º — El presente gasto se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto del Ejercicio Vigente.
Artículo 3º — Dése al Registro. Pase a la Dirección General de Contaduría General, a los fines de su competencia y para que verifique, en forma previa a la emisión de la orden de pago correspondiente, la documentación presentada, a fin de comprobar el cumplimiento de los requerimientos legales y las normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de aplicación en el presente caso. Cumplido, archívese. Fernández

Secretaría de Obras y Servicios Públicos

RESOLUCIÓN Nº 271 - SSTYT
MODIFÍCASE EL RECORRIDO DE LAS LÍNEAS DE COLECTIVO 28 Y 117

Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.

Visto el Registro Nº 706/SSTYT/02 y agregados y los términos del Convenio celebrado por la empresa Autopistas del Sol S.A (AUSOL) y las líneas de transporte público de pasajeros Nros. 28 y 117, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho acto administrativo la citada empresa vial autoriza a las empresas Dota S.A y Transportes Larrazábal C.I.S.A, prestatarias de los servicios de las líneas 28 y 117 respectivamente, a utilizar un espacio bajo la Avenida General Paz y la calle 11 de Septiembre para la regulación de servicios;
Que para la internación de unidades en el lugar antes consignado, se deberán ajustar los recorridos de ambas empresas de transporte;
Que con la autorización antes mencionada, ambas empresas de transporte, no podrán realizar espera sobre la calle 11 de Septiembre, en el tramo Vedia – Deheza;
Que en el precitado segmento de arteria conservarán las paradas para el ascenso y descenso de pasajeros;
Que la aplicación de tal temperamento contribuirá a mejorar las condiciones de operatividad de las líneas en cuestión, redundando ello en la calidad de vida de los vecinos frentistas;
Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el recorrido de las líneas 28 y 117 de acuerdo con el lugar asignado para la regulación de servicios en el Convenio celebrado entre las citadas empresas de transporte público de pasajeros y la empresa Autopistas del Sol S.A. (AUSOL), asignándosele el siguiente derrotero:
Línea Nº 28: Ida a Estación Rivadavia: por su ruta, Pico, 11 de Septiembre hasta el predio ubicado en 11 de Septiembre y Av. General Paz donde se interna.
Regreso: desde predio bajo Av. General Paz y calle 11 de Septiembre, por 11 de Septiembre, su ruta.
Línea Nº 117: Ida a Estación Rivadavia: por su ruta, Vedia, 11 de Septiembre hasta el predio ubicado en 11 de Septiembre y Av. General Paz donde se interna.
Regreso: desde predio bajo Av. General Paz y calle 11 de Septiembre, por 11 de Septiembre, su ruta.
Artículo 2º — Autorízase a mantener los lugares actuales asignados para el ascenso y descenso de pasajeros para las líneas 28 y 117 sobre la calle 11 de Septiembre, entre Pico y Deheza.
Artículo 3º — Si por algún motivo quedara sin efecto el convenio celebrado entre la empresa Autopistas del Sol S.A. (AUSOL), y las empresas Dota S.A y Transportes Larrazábal C.I.S.A respectivamente, las líneas 28 y 117 volverán a efectuar la espera de unidades en la calle 11 de Septiembre, entre Vedia y Deheza, basado en la vigencia de la Ley Nº 441(B.O. Nº 1041).
Artículo 4º — La presente medida entrará en vigencia efectiva una vez finalizadas las obras de adecuación del predio en cuestión y su consiguiente habilitación a tal fin.
Artículo 5º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la empresa Autopistas del Sol S.A. (AUSOL), al Órgano de Control de las Concesiones Viales (OCCOVI), a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las líneas involucradas, y para su conocimiento y pertinentes notificaciones remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte, cumplido, archívese. Blot

Secretaría de Gobierno y Control Comunal

RESOLUCIÓN Nº 340
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN HUNGRÍA 1166/68/70

Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.

Visto el Expediente Nº 45.482/99 por el cual se solicita la regularización de obras no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en la finca sita en la calle Hungría 1166/68/70, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 85, Manzana 5B, Parcela 13;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 1 y 3 a 8 del Expediente Nº 45.482/99, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 75,26 m2 no reglamentarios, (piso 2º: cubierta parcial de escalera; estar-comedor, baño, dormitorios, cocina-lavadero y balcón) en una "Vivienda Multifamiliar – no afectada al régimen de la Ley 13.512", obrando plano registrado anterior a fojas 9;
Que las obras cuestionadas contravienen los artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y 4.2.2 "Relación entre altura y separación de parámetros" y 5.4.1.4 "Distrito R2b: b) R2bII – Disposiciones Particulares: d) FOT máximo", ambos del Código de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 30/8/02, (fs. 42), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 32/33), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el Inc. f) del Parágrafo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del Parágrafo 6.3.1.2. "Obras en Contravención del Código de la Edificación", modificado por Ordenanza Nº 44.825 (B.M. Nº 18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución Nº 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. Nº 309);
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e) del Parágrafo 6.3.1.2. "Obras en Contravención del Código de la Edificación" (AD 630.75),

LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la regularización de las "Obras en Contravención" ejecutadas sin permiso en la "Vivienda Multifamiliar– no afectada al régimen de la Ley Nº 13.512", sita en la calle Hungría 1166/68/70, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 85, Manzana 5B, Parcela 13, procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 1 a 8 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de setenta y cinco metros con veintiséis centímetros cuadrados (75,26m2), no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el Parágrafo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ordenanza Nº 44.825 (B.M. Nº 18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución Nº 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. Nº 309).
Artículo 2º — La presente Resolución es refrendada por el señor Subsecretario de Regulación y Fiscalización.
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la Empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, juntamente con copia del plano registrado. Giudici – Antuña

RESOLUCIÓN Nº 347
INSTRÚYESE SUMARIO POR LA EXISTENCIA DE DOCUMENTACIÓN SUPUESTAMENTE APÓCRIFA, REFERENTE AL LOCAL DE BASUALDO 52

Buenos Aires, 9 de octubre de 2002.

Visto el Expediente Nº 41.562/01 y acumulado Libro de Registro de Inspecciones, y
CONSIDERANDO:
Que la entonces Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones, mediante Disposición Nº 4.876/DGVH/01, procedió a retirar la documentación que se exhibiera como habilitante del local sito en la calle Basualdo 52, rubricado mediante Expte. Nº 4.415/95, a nombre de Julio César Balbi, ya que de acuerdo a la consulta del sistema informático, el citado obrado había caducado por Decreto Nº 1.623/GCBA/95;
Que de lo actuado surge que tanto el Libro de Registro de Inspecciones como el Certificado de Habilitación en Original, resultarían de carácter apócrifo, por lo que el Director General de la ex Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones propuso la instrucción del correspondiente sumario administrativo, destinado a esclarecer los hechos;
Que esta Secretaría de Gobierno y Control Comunal considera propicio dictar el acto administrativo que ordene el sumario, ello en virtud de lo prescripto por el Art. 2º del Decreto Nº 3.360/68, aplicable en función del Art. 12 del Decreto Nº 826/GCABA/01;
Que a efectos de arribar a la verdad objetiva y sobre la base de la investigación de los hechos denunciados, resulta necesario disponer la instrucción del pertinente sumario administrativo a fin de deslindar responsabilidades en el presente caso,
Por ello,

LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
RESUELVE:

Artículo 1º — Instruir Sumario Administrativo a fin de investigar y deslindar responsabilidades con motivo del retiro de la documentación presuntamente apócrifa perteneciente al local sito en la calle Basualdo 52.
Artículo 2º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos pase con carácter de Urgente Despacho a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección de Sumarios-. Comuníquese mediante copia autenticada del presente acto administrativo lo resuelto en el mismo, a la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, y a la Dirección General de Recursos Humanos. Giudici

Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes

RESOLUCIÓN Nº 32
APRUÉBANSE LAS CONSIDERACIONES GENERALES Y EL CIRCUITO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE SERVICIOS Y REPARACIONES

Buenos Aires, 4 de septiembre de 2002.

Visto la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establece las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 46 de la citada norma otorga al organismo autonomía técnica y administrativa y autonomía financiera;
Que de acuerdo al artículo 59 de la Ley el Consejo cuenta con una unidad técnico administrativa;
Que, hasta tanto culmine el proceso de elaboración de los Manuales de Procedimiento Administrativo, es necesario establecer diversos circuitos y regímenes de autorización para los distintos procesos que se desarrollan en el cumplimiento de las tareas del Consejo;
Que en particular se hace imprescindible resolver sobre el procedimiento de compras y contratación de servicios y reparaciones;

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébense las Consideraciones Generales y Circuito de Compras y Contrataciones de Servicios y Reparaciones que obran como Anexo I de la presente.
Artículo 2º — Regístrese, comuníquese a las coordinaciones de área, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Naddeo
Resolución N° 32/CDNNYA/2002

ANEXO I

CIRCUITO DE COMPRAS, CONTRATACIONES DE SERVICIOS Y REPARACIONES

CONSIDERACIONES GENERALES
Las compras, contrataciones de servicios y reparaciones, en adelante las compras, se clasifican de 2 maneras:
I. por su periodicidad
II. por su modalidad
I- PERIODICIDAD:
a) compras habituales, se realizan cuando menos una vez por mes y no superan individualmente los $ 2.000,- Los presupuestos deben actualizarse mensualmente. La autorización de la compra corresponde al Coordinador Administrativo o superior.
b) compras extraordinarias, se efectúan con una periodicidad mayor a la mensual o superan los $ 2.000,-. Debe solicitarse cotización antes de cada operación. Hasta los $ 2.000,- la autorización corresponde al Coordinador Administrativo; por montos superiores se requiere autorización escrita del/la presidente/a.
c) compras de urgencia, se consideran compras urgentes aquellas que no pueden preverse y cuya omisión ocasionaría riesgos para el funcionamiento del Consejo, el cumplimiento de sus funciones o la integridad de su personal u otras personas, en virtud de lo cual se podrá exceptuar el circuito administrativo regular.
El responsable del área que efectúe dicho gasto deberá elevar (dentro de las 72 hs. de producida) los fundamentos que originaron la compra y/o servicio, por escrito, al Área de Compras, como también las facturas correspondientes. También se confeccionará un listado de proveedores y precios, a fin de tener una orientación en caso de necesidades similares. Dichos gastos solo podrán ser autorizadas por el Coordinador Administrativo, el Coordinador del Área Legal y Técnica, los Coordinadores Generales, Vicepresidente/a o Presidente/a, en todos los casos con la firma en el reverso de la factura respectiva.
La autorización referida en los párrafos anteriores se refiere a la compra y no a la elección del proveedor. En este último aspecto se tendrá en cuenta en primer lugar el precio, y luego calidad, eficiencia, servicio posventa, etc., en ese orden. Se utilizará para la toma de decisión el cuadro comparativo que a tal fin debe elaborar el auxiliar que solicita los presupuestos.
II - MODALIDAD: a) compra directa
b) licitación
II: a) COMPRA DIRECTA
1) El sector interesado genera una SOLICITUD DE COMPRA por duplicado, enviando el original al sector Compras y Contrataciones.
2) Con la solicitud en su poder el sector compras realiza una estimación del costo, y eleva al sector Financiero Contable para que este realice la afectación preventiva de fondos.
3) En caso de carecer de partida, programación o crédito suficiente, el sector Financiero Contable entregará los antecedentes al Coordinador Administrativo para: a) gestionar la posibilidad de efectuar la compra ante los organismos correspondientes b) notificar a los Sectores Compras y de origen del pedido que el mismo no puede viabilizarse.
4) Si la afectación fue realizada, el sector Compras procede según alguna de las siguientes variantes:
a. Si se trata de una compra habitual: verificar que la cotización de los productos se haya actualizado oportunamente, de lo contrario solicita 3 nuevas cotizaciones. Completa la Orden de Compra siguiendo la correlatividad numérica, remite los antecedentes al Coordinador Administrativo para la autorización y firma de la Orden de Compra.
b. Si se trata de una compra extraordinaria: solicita cotización escrita mediante el formulario correspondiente con aclaración de condiciones de venta, entrega y pago a 3 proveedores, si la compra es por un monto inferior a $ 5.000, o a 5 proveedores por compras de entre $ 5.001 y 100.000.
El pedido de cotización debe contener:
Descripción del producto o servicio
Cantidad requerida
Plazo de entrega
Condiciones de pago
Fecha límite de recepción de la cotización
Deberá procurarse solicitar presupuesto solo a quienes hayan acreditado fehacientemente su situación impositiva y fiscal, el pago al día de las cargas fiscales y sociales que lo involucran, la presentación en fecha de las declaraciones juradas, la no-inclusión en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios.
5. Recibidas las cotizaciones, en la que deberá especificarse tiempo de vigencia de la misma, el sector Compras realizará la comparación de las mismas la que se remitirá a:
a. Compra menor o igual a $ 2.000,- al Coordinador Administrativo
b. Compra superior a $ 2.000,- a la Comisión de Adjudicación (integrada por la Dirección Ejecutiva y el Coordinador Administrativo).
6. Una vez adjudicada, el sector Compras emite la Orden de Compra que debe contener:
a. Nombre o Razón Social del adjudicatario, domicilio y CUIT
b. Descripción del bien o servicio
c. Cantidad precio unitario y total con IVA incluido
d. Monto total adjudicado
e. Lugar y plazo de entrega
f. Condiciones de pago
g. Instrucciones sobre facturación y presentación de la factura.
7. Recibida la mercadería o servicio y el remito, el sector Compras y el que originó el pedido verifican que todo se ajuste a lo pactado, firman el remito y se envía toda la documentación al sector Financiero Contable. Si corresponde, una copia del remito es enviada al sector Patrimonio para incorporar lo recibido al inventario respectivo.
8. El área Financiero Contable procede a la afectación definitiva; recibida y controlada la factura emite la Orden de Pago y la remite a Tesorería.
9. Tesorería, previa verificación del estado de cuenta corriente y de caja, emite el cheque y gestiona su firma y lo entrega al proveedor (o abona en efectivo si hay disponibilidad y la compra no supera los $ 500) contra la recepción del recibo de pago correspondiente.
Resolución N° 32/CDNNYA/2002 (continuación)
II. b) LICITACIÓN
COMPRAS DESDE $ 100.001,00
1) El Área de Compras elabora un detalle de la descripción del bien o servicio a adquirir y una estimación del costo total. El Expediente se envía al Área Financiero Contable para que esta efectúe la Afectación Preventiva, dicha Área lo envía al Área de Administración General informando que la afectación ha sido realizada.
2) Si la afectación ha sido realizada, el Área de Administración General envía el Expediente al Área de Compras para iniciar el proceso licitatorio.
3) El Área de Compras efectúa el armado del Expediente de Licitación el que constara de acuerdo al siguiente detalle de 3 partes:
a) Pliego de Condiciones Generales
b) Pliego de Condiciones Particulares
c) Pliego de Características Técnicas
Los mismos se confeccionarán de acuerdo a lo establecido por la Ley de Contabilidad Nº 23.354/56 y el Decreto Nº 5.720/72 Arts. 55, 56, 61 y 62.
4) Una vez confeccionado el pliego, se publicará un aviso en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el termino de 2 días como así también en la Guía de Licitaciones, Cámara de Comercio y en la Unión Argentina de Proveedores del Estado por el termino de 1 día. Asimismo en la cartelera del Organismo serán publicados los pliegos. Publicado el aviso en el Boletín Oficial se produce un período de espera, mínimo de 3 días para la apertura de las ofertas.
5) Hasta el día fijado para la apertura se recibirán las ofertas. Las mismas deberán presentarse en el Área de Compras y estarán contenidas en 1 sobre cerrado y lacrado. El sobre con el exterior o cubierta sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique al oferente, llevara los siguientes datos:
- Nro. de Licitación y Expediente.
- Día y hora fijados para la apertura.
Dentro del sobre se ubicará la documentación solicitada en el pliego junto con la oferta económica. Las ofertas deberán presentarse por triplicado.
6) Abierto los sobres con las ofertas se labrará un Acta en la que se consignará:
- Nombre de los oferentes.
- Día y hora de la Apertura.
- Anexo 1 indicando importe de las ofertas, garantía y observaciones.
- Anexo 2 indicando documentación que acompaña la oferta según requisitos del pliego.
Se confecciona un cuadro comparativo de ofertas.
7) La Comisión de Preadjudicación examinará las ofertas y puede requerir en informe técnico del Área solicitante, a un Área de competencia técnica dentro del Organismo, a otro Organismo Publico o empresa privada. En los dos primeros casos puede invitar a un miembro del Área solicitante o con competencia técnica a que se incorpore a la Comisión en carácter de ad-hoc.
8) La Comisión de Preadjudicación elabora un Acta de Preadjudicación con la recomendación de la oferta a elegir, esta recomendación no es vinculante. Remite el expediente al Área de Compras.
9) El Área de Compras publica el Acta de Preadjudicación a través del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Retiene durante 3 días la actuación para vista e impugnaciones. Los tres días rigen desde la publicación efectiva del Acta. Para impugnar los oferentes tendrán que realizar un deposito en garantía del 3% del presupuesto oficial, monto que les será devuelto si las impugnaciones son procedentes. Si hubiere impugnaciones se elabora un Memorando al Área de Administración General en el que se le solicita la intervención del Área de Asesoría Legal. Naddeo

RESOLUCIÓN Nº 33
AUSPÍCIASE EL PROGRAMA "CRECIENDO EN PARTICIPACIÓN Y PROTAGONISMO POR UNA SOCIEDAD SIN VIOLENCIA", ORGANIZADO POR LAS HERMANAS ADORATRICES DEL SANTÍSIMO SACRAMENTO Y DE LA CARIDAD

Buenos Aires, 5 de septiembre de 2002.

Visto las atribuciones conferidas a este Consejo por la Ley N° 114 y el Decreto Nº 1.760/00 en relación a las políticas públicas destinadas a la infancia y la adolescencia, así como las obligaciones establecidas por la legislación vigente en relación con la promoción y efectivización de los derechos de niños, niñas y adolescentes, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes recoge los principios de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y constituyen el marco conceptual de las políticas públicas para la infancia y la adolescencia;
Que forma parte esencial de las atribuciones del Consejo la promoción de acciones vinculadas con la posibilidad de ejercicio de los diversos derechos vigentes, así como la promoción de la participación del conjunto de la comunidad y en particular, de niños, niñas y adolescentes.
Que la Oficina Católica para la Infancia y Adolescencia, BICE, organiza actividades en diversas regiones vinculadas con los derechos de niños, niñas y adolescentes.
Que, en particular en nuestro país se desarrollan acciones durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, con el lema Creciendo en participación y protagonismo por una sociedad sin violencia, organizadas por las Hermanas Adoratrices Esclavas del Santísimo Sacramento y de la Caridad junto con otras organizaciones.
Que estas acciones incluyen talleres de sensibilización sobre la temática de la violencia en organizaciones comunitarias de diversos barrios de la Ciudad, así como un Seminario que se desarrollará los días 27 y 28 de septiembre del corriente y la Semana de la voz de los niños y adolescentes, del 10 al 20 de noviembre, vinculándolo con el día internacional de lucha contra la explotación y el abuso sexual.
Que estos objetivos están íntimamente relacionados con las funciones del Consejo y con los programas que el mismo se propone para garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes;
Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1° — Auspíciase el programa Creciendo en Participación y Protagonismo por una Sociedad sin Violencia, organizado por las Hermanas Adoratrices del Santísimo Sacramento y de la Caridad, como parte de la Red Bice, que incluye diversos talleres de sensibilización para adultos, niños y adolescentes, un Seminario los días 27 y 28 de septiembre y la Semana de la voz de niños y adolescentes del 10 al 20 de noviembre.
Artículo 2º — El Consejo de los Derechos contribuirá con la realización de los diversos eventos con su participación y $ 2.000 en concepto de gastos de organización, que se imputarán a las partidas vigentes.
Artículo 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Naddeo

RESOLUCIÓN Nº 34
FÍJASE, A PARTIR DE ABRIL DE 2002, EL SUPLEMENTO POR TAREAS NOCTURNAS PARA EL PERSONAL DE PLANTA QUE CUMPLE TAREAS EN EL CENTRO DE ATENCIÓN TRANSITORIA (C.A.T.)

Buenos Aires, 9 de septiembre de 2002.

Visto la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto Nº 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, así como el Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y 60 de la Ley Nº 114, cuenta con servicios para cumplir con las funciones que le competen en relación con la promoción y protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas áreas que por su especificidad deben cubrir las 24 hs., para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131 establece la asignación de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley Nº 114 establece, en su artículo 55, como parte de las atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones del personal;
Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjese a partir del primer día hábil del mes de abril de 2002 el suplemento por tareas nocturnas para el personal de planta comprendido en el Si.Mu.P.A. (Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.311) que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria (C.A.T.) de este organismo.
Artículo 2º — Regístrese, remítase para su cumplimiento al Área Administrativa, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido archívese. Naddeo

RESOLUCIÓN Nº 35
RECONÓCESE A LA AGENTE GRACIELA GARCÍA EL SUPLEMENTO POR TAREAS NOCTURNAS

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.

Visto la Ley Nº 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto Nº 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, así como el Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y 60 de la Ley Nº 114, cuenta con servicios para cumplir con las funciones que le competen en relación con la promoción y protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas áreas que por su especificidad deben cubrir las 24 hs., para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto Nº 3.544/1 B.M. Nº 19.131 establece la asignación de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley Nº 114 establece, en su artículo 55, como parte de las atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones del personal;
Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1º — Reconócese el suplemento por tareas nocturnas desempeñadas por la agente Graciela García, Ficha Nº 364.130, desde el 1º de abril hasta el 31 de agosto del corriente año.
Artículo 2º — Regístrese, remítase para su cumplimiento al Área Administrativa, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido archívese. Naddeo

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano

n Resolución N° 41 del 31 de julio de 2002.
Delégase en la Subsecretaria de Espacio Público y Desarrollo Urbano la renovación de los contratos de locación de servicios de las personas cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pagos alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Abbas, Sol

27.779.764

Blum, Nora E.

LC 4.757.158

Cañas, Carlos

14.611.387

Caramia, Verónica

23.815.974

Compagnoni, Pablo S.

21.644.793

Darruspe, Jorge

10.773.371

Fernández, Cristina B.

LC 5.971.355

Giuliani, Facundo

27.340.304

Martínez, Estela N.

18.018.757

Mac Gaul, Gerardo

16.822.767

Mintz, Regina D.

LC 4.539.476

Muñoz, Adriana M.

16.161.297

Muñoz, Aída R.

5.673.479

Rotunno, Sandra L.

20.994.389

Barbieri, Luciana C.

24.445.682

Chiapparo, Jorge J.

10.777.833

Ferreiro, Lidia H.

11.735.839

Scelfo de Ojeda, Nélida

LC 390.012

Rubin, Vanina

20.426.243

Salas, Susana

10.551.845

Sciammarella, Romeo

LE 4.490.430

Sommaro, Paula I.

24.366.585

Venturini, Víctor A.

8.037.531

n Resolución N° 42 del 31 de julio de 2002.
Delégase en la Directora General de Política y Evaluación Ambiental la suscripción de los contratos con Carlos D. Silva (DNI 14.602.808), Pablo Mesa (DNI 20.012.092) y Eduardo Anguita (DNI 10.923.890), por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pagos alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

n Resolución N° 51 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Espacios Verdes la suscripción de la renovación de las contrataciones de las personas cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Acebedo, Oscar B.

4.120.224

Benevicius Auliso, Maia

18.818.750

Cosentino, Carlos A.

10.964.050

D´Aquila, Gilda M.

28.909.119

Martínez, Víctor V.

4.281.622

Mercader, Mariana P.

21.671.294

Merino, Mónica G.

11.702.641

Ripoli, Jorge A.

4.203.592

Romero, Enrique E.

22.494.359

Sepúlveda, Natalia

25.544.772

Vautrin, Matías E.

27.217.305

n Resolución N° 52 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Deportes o en su Adjunto la suscripción de los contratos de locación de servicios con las personas cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Barallobres, Leonardo

26.364.580

Blanco, Carla

28.506.468

Bonfanti, Mariana

23.541.674

Bruno, Andrés B. F.

24.117.367

Cacheiro, Lucas

26.522.242

Cascudo, Carlos M.

11.849.463

Colnaghi, Mónica C.

10.373.732

Corbalán, Horacio L.

11.210.454

Dellamaggoria, Hernán C.

23.631.462

Devita, Adriana E.

10.533.540

Fenelli, Diego J.

22.707.629

Fernández, Daniel A.

25.418.737

Fernández, Roberto A.

23.662.552

Freire, Andrea L.

23.179.752

Freire, Silvia S.

17.062.472

Gac, Eugenia V.

23.045.079

Hernaes, Silvana

17.583.178

Librante, Juan J.

26.587.942

Marco, Rubén N.

24.235.137

Ornat, Estela Maris

10.157.058

Pacheco, Ximena N.

25.556.509

Papa, Miguel Á.

4.353.925

Roldán, Mercedes E.

11.507.817

Suar, Martín D.

24.335.187

Teijeiro, Laura A.

21.764.086

n Resolución N° 53 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Deportes o en su Adjunto la suscripción de los contratos de locación de servicios con las personas cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Boulos, Claudio J.

16.976.575

Córdoba, José D.

5.069.934

Díaz, Guillermo

23.438.988

Galiano, Héctor D.

8.208.529

Goytia, Jorge C.

25.059.466

Grela, Claudia A.

21.764.162

Heitmann, Adela S.

960.402

Inveraldi, Aníbal

18.114.004

Lombardi, Luciano C.

25.257.186

López Pla, Ramiro

26.096.527

Medrano, Eugenio

27.746.193

Montaigne, Lorena G.

23.292.382

Olmedo Ramírez, María S. L.

92.087.334

Peña, Alejandra C.

25.480.615

Peralta, Roberto C.

24.293.771

Petasne, Silvia R.

18.628.905

Raticelli, Mónica L.

24.603.781

Saldivia, Verónica G.

18.772.172

n Resolución N° 54 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Deportes o en su Adjunto, la suscripción de los contratos de locación de servicios con las personas, cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Acevedo, Edilberto M.

22.575.750

Alegre, Guillermo M.

18.144.354

Almanza, Carlos A.

13.751.608

Barberis, Roberto M.

14.193.688

Barrionuevo, Julio O.

14.584.650

Benito, Félix P.

16.510.920

Buono Otero, Noemí C.

92.761.387

Campardo, Silvina B.

14.322.507

Colla, Delia O.

4.957.863

Figueroa, Julio D.

10.822.887

Fuccio, Juan M.

10.225.932

Gauna, Carlos O.

13.678.910

Graziano, Carlos A.

4.556.673

Hieber, Esteban

4.889.461

Lazo, Jorge G.

21.934.472

Maciel, César H.

26.320.398

Martínez, Carlos O.

23.222.441

Martínez, Cinthia V.

28.348.445

Martínez, Hugo O.

18.390.101

Maturana, Raúl E.

22.810.264

Moglia, Ricardo J.

13.296.411

Molina, Jorge D.

14.013.270

Morales, Sergio A.

35.994.356

Morales, Sergio A.

16.161.398

Mouga Macedo de Alcantara, Ana C.

92.484.528

Olivazzi, Francisco E.

5.554.599

Pereira, Ricardo

24.328.545

Pérez García, José

93.332.559

Precedo, Roberto A.

17.287.509

Ramírez, Reynaldo H.

21.113.804

Renaudier, Héctor M.

21.104.273

Renaudier, Juan C.

7.638.897

Rojas, Gladys E.

21.728.434

Romano, Darío E.

21.453.345

Ruiz, Héctor C.

21.803.236

Sanguinetti, Israel D.

36.274.756

Stuhldreher, Guillermo R.

12.548.320

Zyssholtz, Carlos A.

7.788.727

n Resolución N° 55 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Planeamiento e Interpretación Urbanística, la suscripción de las contrataciones de las personas, cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Falcon, Eduardo H.

16.579.701

Giorgetti, Silvia C.

21.764.287

Margarucci, Clara E.

5.383.122

Paladino, Carlos M.

10.888.988

Santalo, Claudia B.

13.773.716

Sarciat, Diego A.

17.200.479

n Resolución N° 57 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Espacios Verdes y en el Coordinador de la Reserva Ecológica Costanera Sur, la contratación de diversas personas, cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02, con excepción de Eduardo Bustamante cuyo contrato se inció el 1°/8/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Acerbi, Gabriel N.

14.013.118

Alonso, Norma B.

14.778.476

Arcidiacono, Enrique P.

4.185.039

Besse, Miguel Á.

8.595.823

Bisso, Cesar E.

10.338.145

Bruschtein, Julián

24.053.346

Bustamante, Eduardo

20.415.713

Chávez, Alberto R.

6.796.973

De la Vega, Carlos I.

17.806.646

Esteva, Mercedes

24.083.806

Fernández, Amadeo M.

14.157.645

Iglesias, Carlos A.

4.981.771

Maldonado, María S.

25.726.957

Mercado, Sergio H.

24.030.638

Morganti, Vanina

23.521.839

Pujol, Elcira I.

5.632.255

Ruiz, Antonio E.

7.603.938

Saban, Marcelo D.

10.463.563

Schprejer, Ana L.

25.431.186

Teijido, Sandra M.

17.577.123

Toritto, Gabriel A.

21.892.827

Vázquez, Marta B.

13.102.461

n Resolución N° 58 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Deportes o en su Adjunto, la renovación de los contratos de locación de servicios de diversas personas, cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Alfiz, Santiago R.

27.769.446

Arretche, Daniel C.

17.047.372

Barrio, José L.

8.254.098

Bebchuk, Ezequiel M.

21.552.192

Berta, Gustavo L.

13.437.142

Brusco, María A.

27.204.485

Carballo, Leonardo M.

20.606.752

Casas, Ángel A.

16.302.304

Chames, Marcelo A.

14.547.139

Cortina Dura, Vicente J.

14.721.934

Echodas, Ianina J.

22.708.377

Estévez, Carla M.

22.743.386

Gambatese, Norma A.

5.461.486

Gliksman, Eduardo I.

13.304.335

Guassardi, Ana C.

6.249.198

Iazky, Sergio G.

17.450.093

Lijtmaer, Cynthia P.

21.668.278

Maehokama, Laura M.

21.522.501

Pereda, Mariano

23.486.134

Rodríguez, Alejandro D.

14.728.442

Schreiber, Emilio

4.594.126

Timpano, Anahí

22.167.609

Wodzak, Andrés A.

22.884.808

n Resolución N° 59 del 31 de julio de 2002.
Delégase en el Director General de Deportes o en su Adjunto, la suscripción de los contratos de locación de servicios de diversas personas, cuya nómina se detalla a continuación, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Establécese que las retribuciones serán canceladas en pesos o en cualquiera de los medios de pago alternativos con los que el G.C.A.B.A. cancele sus obligaciones en el marco de la Emergencia Económica y Social. Epszteyn

Apellido y Nombres

DNI N°

Acrogliano, Dora E.

446.348

Agüero, Leandro E.

28.674.007

Arias, Miguel Á.

16.941.452

Baldini, Analía

20.568.623

Carbone, Gabriel G.

28.750.134

Córdoba, Mariano G.

27.801.501

Cugliari, Claudio A.

23.094.775

Díaz Solís, Karina E.

22.458.550

Díaz Solís, Romina A.

24.804.096

Díaz, Yésica N.

26.773.314

Etchegaray, Pablo

20.698.094

Flores, Ramiro S.

27.243.926

Francioli, Marcela A.

23.845.241

Gargiulo, Leonardo V.

18.449.133

González, Marta E.

24.887.371

Greco, Andrea C.

17.466.224

Hernández, David A.

24.219.934

Jenkins Freeman, Paola N.

26.607.855

Lanzilotta, Ana M.

16.336.108

López, José D.

18.453.836

Mauri, Gastón A.

28.983.120

Mazzocato Chacón, Jorge E.

23.630.816

Moreno, Hernán M.

21.644.297

Panzera, María G.

18.353.676

Panzera, Pablo G.

21.155.450

Ramírez, Diego H.

18.177.790

Romano, Andrea L.

26.752.001

Romano, Sandra V.

21.003.192

Samartino, Eduardo D.

20.281.205

Suárez, María L.

25.144.749

Zelich, Mariel E.

22.818.647

Secretaría de Cultura

n Resolución N° 2.074 del 5 de agosto de 2002.
Prorróganse, hasta el 31/12/02 los contratos de locación de servicios de María M. García Peñate y de Orlando Bermúdez Salgado, para que se desempeñen en la D.G. Teatro Colón. Modifícase la Cláusula 4° - Retribución. Telerman

n Resolución N° 2.329 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Sebastián Rimoldi (DNI 24.623.324), para que se desempeñe en la Dirección General de Música el 1°/8/02. Telerman

n Resolución N° 2.330 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Hebert O. Trujillo (DNI 5.619.493), para que se desempeñe en la Dirección General de Música el día 1°/9/02. Telerman

n Resolución N° 2.331 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Sergio M. Pages (DNI 14.456.006), para que se desempeñe en la Dirección General de Música, por el período comprendido entre el 1°/7 y el 30/9/02. Telerman

n Resolución N° 2.332 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Pablo E. O. Sapia (DNI 20.574.090), para que se desempeñe en el Centro Cultural Recoleta, por el período comprendido entre el 1°/12 y el 30/12/02. Telerman

n Resolución N° 2.333 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Ruth D. Penchansky (DNI 12.045.949), para que se desempeñe en el Centro Cultural Recoleta, por el período comprendido entre el 25/10 y el 15/11/02. Telerman

n Resolución N° 2.334 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Daniel J. Viola (DNI 11.956.663), para que se desempeñe en la Dirección General de Música, por el período comprendido entre el 1° y el 3/8/02. Telerman

n Resolución N° 2.335 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Daniel J. Viola (DNI 11.956.663), para que se desempeñe en la Dirección General de Música, por el período comprendido entre el 13 y el 31/7/02. Telerman

n Resolución N° 2.336 del 27 de agosto de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Jacquelina Sigaut (DNI 16.851.175), para que se desempeñe en la Dirección General de Música, por el período comprendido entre el día 29/9/02. Telerman

n Resolución N° 2.346 del 29 de agosto de 2002
Apruébase el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el Director Ejecutivo de PROTEATRO con el Grupo Estable "Grupo Teatro Libre" representado por Darío A. Dolci (DNI 13.047.888) para la puesta en escena de "El medio de un lugar", para su representación durante el año 2002. Telerman

n Resolución N° 2.347 del 29 de agosto de 2002
Apruébase el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el Director Ejecutivo de PROTEATRO con el Grupo Eventual "Viñetas" representado por Daniel G. Spatocco (DNI 17.378.799) para la puesta en escena de "Viñetas del Mimo", para su representación durante el año 2002. Telerman

n Resolución N° 2.349 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Amílcar G. González representado por Héctor A. Gerding (DNI 4.542.265), para que se desempeñe en el Centro Cultural General San Martín el día 18/6/02. Telerman

n Resolución N° 2.350 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébanse los contratos de locación de servicios de Daniel Casablanca (DNI 17.227.531), Javier A. Rama Pascual (DNI 14.902.604), Horacio M. Salazar (DNI 18.000.456), Gabriel A. Wolf (DNI 14.315.263) y de Marcelo J. Xicarts (DNI 15.073.424), para que se desempeñen en el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, por el período comprendido entre el 23/8 y el 3/11/02. Telerman

n Resolución N° 2.351 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Marcolla C. Paz (DNI 21.819.831), para que se desempeñe en el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, por el período comprendido entre el 23/8 y el 3/11/02. Telerman

n Resolución N° 2.352 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébanse las cláusulas ampliatorias de los montos de los contratos de Irene S. R. Almus (DNI 13.788.856), Lidia L. Catalano (LC 5.147.616) y de Claudia M. Rucci (DNI 17.031.951), para que se desempeñen en el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, por el período comprendido entre el 2/9 y el 8/9/02. Telerman

n Resolución N° 2.353 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de Roberto M. Camarra (DNI 17.231.824), para que se desempeñe en el Centro Cultural Recoleta, por el período comprendido entre el 21/10 y el 15/11/02. Telerman

n Resolución N° 2.354 del 2 de septiembre de 2002.
Apruébase el contrato de locación de servicios de María G. Lavalle (DNI 18.648.090), para que se desempeñe en el Centro Cultural General San Martín el día 23/7/02. Telerman

DISPOSICIONES

Secretaría de Obras y Servicios Públicos

DISPOSICIÓN Nº 376 - DGTYT
FÍJANSE DÍA Y HORA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SENTIDOS ÚNICOS DE CIRCULACIÓN EN TRAMOS DE LAS CALLES DÁVILA Y THORNE. DERÓGASE LA DISPOSICIÓN Nº 353/DGTYT/02, B.O. Nº 1532

Buenos Aires, 1º de octubre de 2002.

Visto la Disposición Nº 353/DGTYT/2002 por la cual se fijara fecha y hora de la implementación de los sentidos únicos de los tramos de las calles Dávila y Thorne, aprobados por Resolución Nº 489/SOYSP/02 (B.O.C.B.A. Nº 1492), y
CONSIDERANDO:
Que por dicha Resolución se asignara sentido único a la calle Dávila, desde Asamblea hasta Francisco Bilbao de Sur a Norte, y a la calle Thorne, desde Av. Eva Perón hasta Av. Curapaligüe, de Norte a Sur;
Que por razones técnicas se debe postergar la fecha indicada en la Disposición Nº 353/DGTYT/02;
Que por ende corresponde fijar nueva fecha a partir de la cual se pone en práctica el ordenamiento tratado para el debido conocimiento de los usuarios;
Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
DISPONE:

Artículo 1º — Derógase la Disposición Nº 353/DGTYT/02.
Artículo 2º — Fíjase a partir del día miércoles 16 de octubre de 2002 a las 10 horas la implementación de la asignación de los sentidos únicos de la calle Dávila, desde Asamblea hasta Francisco Bilbao de Sur a Norte, y de la calle Thorne, desde Av. Eva Perón hasta Av. Curapaligüe, de Norte a Sur, aprobados por la Resolución Nº 489/SOYSP/02 (B.O.C.B.A. Nº 1492).
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a los Centros de Gestión y Participación Nº 5 y 7, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General de Seguridad Vial y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito, de Señalización Luminosa y al Departamento de Obras Complementarias. Cumplido archívese. Storani

DISPOSICIÓN Nº 400 - DGTYT
FÍJASE UNA NUEVA FECHA PARA LA PROHIBICIÓN DE LA CIRCULACIÓN Y EL ESTACIONAMIENTO EN UN TRAMO DE LA CALLE CONCEPCIÓN ARENAL

Buenos Aires, 7 de octubre de 2002.

Visto la necesidad de fijar nueva fecha del ordenamiento del tránsito para la calle Concepción Arenal durante los fines de semana, aprobada por Resolución N° 707/SOYSP/2002; y
CONSIDERANDO:
Que por norma dicha se prohibiera la circulación y estacionamiento general de vehículos en la calle Concepción Arenal, entre la AV. Corrientes y la calle Guzmán, desde el sábado a las 7 horas hasta las 22 del domingo siguiente;
Que por Disposición Nº 377/DGTYT/02 se había fijado la implementación para el 5 de octubre de 2002, pero ello no pudo realizarse por razones técnicas;
Que procede indicar la nueva fecha a partir de la cual se pone en práctica el ordenamiento para el debido conocimiento de los usuarios;
Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjase como nueva fecha el día sábado 12 de octubre de 2002 para la implementación de la prohibición de circulación y estacionamiento en la calle Concepción arenal, entre Av. Corrientes y Guzmán, desde las 7 horas del sábado hasta las 22 del domingo siguiente, aprobado por Resolución Nº 707/SOYSP/2002.
Artículo 2º — La Dirección General de Gestión del Espacio Público adoptará las medidas necesarias para materializar el cierre de dicho tramo de arteria durante el horario de funcionamiento.
Artículo 3º — Regístrese, publíquese en el boletín Oficial de la ciudad de buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Dirección General de Gestión del Espacio Público, al Centro de Gestión y Participación Nº 11, y para su conocimiento de demás efectos pase a la Dirección de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y al Departamento de Obras Complementarias. Cumplido archívese. Storani

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

Secretaría de Hacienda y Finanzas

DISPOSICIÓN Nº C 172 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A GALANDER S.A.

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.

EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURIA
DISPONE:

Artículo 1° — Apercíbase por única vez de conformidad a lo establecido por el Art. 61 Inc. 9° del Decreto Nº 5.720/72 modificado por Decreto N° 825/PEN/88, a la firma Galander S.A. en virtud de las irregularidades cometidas por la firma en la entrega de transceptores con destino al Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires que debía efectuar con cargo a la O.P N° 36/01 en un todo de acuerdo con lo dictaminado por la Procuración General.
Artículo 2º — Regístrese, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de Cultura, pase al Departamento Proveedores y contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº 698/GCBA/96. Harbin

DISPOSICIÓN Nº C 173 - DGC
APERCÍBESE POR ÚNICA VEZ A ROSEMBERG RAFAEL

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.

EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:

Artículo 1° — Apercíbase por única vez de conformidad a lo establecido por el Art. 61 Inc. 9° del Decreto Nº 5.720/72 modificado por Decreto N° 825/PEN/88, a la firma Rosemberg Rafael en virtud de las irregularidades cometidas por la firma en la entrega de material descartable (cofias) con destino al Hospital Municipal de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín" que debía efectuar con cargo a la O.P N° 65/98 de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General.
Artículo 2 — Regístrese, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de Salud, pase al Departamento Proveedores y contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº 698/GCBA/96. Harbin

DISPOSICIÓN Nº C 174 - DGC
SUSPÉNDESE POR CUATRO MESES A UTE GASTRONOMÍA MOLISANA S.A. EMEPA S.A.

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.

EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:

Artículo 1° — Desestímanse los descargos de fs. 93/98 (T.S. Nº 3830-21-00), fs. 88/93; 96/101 (T.S. Nº 3784/12/00) y fs. 102/109 (T.S. Nº 3642/6-99) y la prueba ofrecida. En consecuencia, suspéndese por el término de cuatro (4) meses de conformidad a lo establecido por el Art. 61, Inc 9°, Ap. b) del Decreto Nº 5.720/72 modificado por Decreto N° 825/PEN/88, a la firma UTE Gastronomía Molisana S.A. Emepa S.A. por las irregularidades incurridas en el Servicio de Elaboración de Comidas y Posterior distribución en mesa destinado a la Escuela Nº 25 del Distrito Escolar Nº 14 referida a la Orden de Provisión Nº 222/97 y a las Escuelas Nros. 19, 16 y 23 pertenecientes a los Distritos Escolares Nros. 2 y 1 –respectivamente- pertenecientes a la Orden de Compra Nº 322/97, todo ello de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General.
Artículo 2º — Regístrese, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de Educación, pase al Departamento Proveedores y contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº 698/GCBA/96. Harbin

DISPOSICIÓN Nº C 175 – DGC
DESESTÍMASE RECURSO DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE RUBÉN O. CASTRO CONTRA LA DISPOSICIÓN N° C 27/DGC/02

Buenos Aires, 12 de septiembre de 2002.

EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:

Artículo 1º — Desestímase la prueba ofrecida y el Recurso de Reconsideración interpuesto por la firma Obras y Mantenimiento de Rubén Omar Castro, contra la Disposición Nº C 27/DGC/02 y, en consecuencia, confírmase la misma en todos sus términos.
Artículo 2º — Regístrese, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma interesada, copias al Padrón de Proveedores y Secretaría de Obras y Servicios Públicos, pase al Departamento Proveedores y contratistas.
Artículo 3º — Comuníquese, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de lo preceptuado por el Decreto N° 1.583/GCBA/01, modificatorio del Art. 11 del Decreto Nº 698/GCBA/96. Tieppo

ACTAS

Comisión Municipal de la Vivienda

ACTA N° 1.637
REUNIÓN DE DIRECTORIO DE FECHA 12/9/02. TEMA: RESCISIÓN CONTRATO DE OBRA PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2/98 FLORES SUR VILLA 1-11-14, RESOLUCIÓN Nº 692/SS/02

ACTA N° 1.637

Reunión del Directorio de fecha 12/9/02.


En la Ciudad de Buenos Aires, a los 12 días del mes de Septiembre de dos mil dos, se reúne el Directorio de la Comisión Municipal de la Vivienda, presidido por el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Dr. Aníbal Ibarra y con la asistencia de los señores Secretarios que firman al pie de la presente.
Se considera el Orden del Día y con sujeción al mismo, su punto único que dice: TEMA:
"Rescisión Contrato de Obra Pública - Licitación Pública N° 2/98 – Flores Sur - Villa 1-11-14".
CONSIDERANDO:
Que por Acta de este Directorio N° 1.551/D/98 de fecha 4/9/98, se adjudicó a la Empresa Coviesa S.A., la Obra "Flores Sur – Villa 1-11-14 –Manz. 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7 porterías", habiéndose suscripto el correspondiente Contrato de Obra Pública con fecha 22/9/98;
Que conforme surge del Art. 2° del mencionado Contrato y del Art. 2.1.2 del Pliego de Condiciones Particulares, el plazo total de obra fijado era de veinticuatro meses desde la fecha de su inicio, habiéndose previsto cuatro etapas de entrega a los 15; 18; 21 y 24 meses;
Que por Bis 288 de la Nota N° 170/CMV/98 y agrs., la Gerencia Proyectos y Obras, efectúa informe dando cuenta de los incumplimientos en que incurriera la Contratista;
Que desde el 15 de abril de 2002, hasta el 13 de mayo del mismo año, no contó la Obra con personal obrero y técnico, y desde esta última fecha sólo se cuenta con un (1) obrero sin suministro de materiales para la prosecución de los trabajos;
Que cabe destacar que la Contratista ha incumplido numerosas Órdenes de Servicio, las que en fotocopia obran en el Bis 277 y 282° de la Nota N° 170/CMV/98;
Que habiéndosele intimado a la Empresa por Carta Documento de fecha 20/8/02 a la reanudación de los trabajos, la misma no dio cumplimiento, manteniendo su actitud incumplidora;
Que si bien el avance de la Obra resulta considerable, la Contratista no ha cumplido las observaciones volcadas en los anexos de las respectivas Actas de Recepción Provisoria correspondientes a la 2ª y 3ª etapa, restando en cuanto a la 1ª y 4ª etapa, tareas por ejecutar y documentación a elaborar;
Que conforme a ello tomó intervención la Gerencia Asuntos Jurídicos, dictaminando que, atento los múltiples incumplimientos incurridos por la Contratista y la situación de paralización de la Obra, debe considerársela incursa en las causales de rescisión previstas por el Art. 50, Incs. a); b); y e) de la Ley N° 13.064 con las consecuencias previstas por el Art. 51, Inc. e) de la citada Ley;
Que el acápite 1.10.3 del Pliego de condiciones Generales establece que "la obra entrará automáticamente en mora, si a la expiración del plazo y sus prórrogas acordadas no estuviera completamente terminada, sin necesidad de previa interpelación a tal efecto";
Que esta Comisión Municipal de la Vivienda se encuentra facultada para rescindir el Contrato por culpa exclusiva de la Contratista, en razón de lo dispuesto en el Art. 1.14.1. del Pliego de Condiciones Generales;
Que atento a ello la Subsecretaría dictó la Resolución N° 692/SS/02 rescindiendo el Contrato de Obra Pública celebrado con la Empresa Coviesa S.A. y esta Comisión Municipal de la Vivienda de fecha 22/9/98, para la ejecución de la Obra "Flores Sur-Villa1, 11-14- Manz. 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7 porterías";
Que no puede dejar de señalarse la necesidad de dar satisfacción al interés público y de proteger los derechos de los adjudicatarios de las distintas unidades de vivienda;
Que debe considerarse principalmente el peligro de intrusiones evidenciado en las actuaciones que dan lugar a la presente;
Que corresponde la aplicación de las penalidades establecidas por las distintas normas contractuales y licitatorias a que hubiere lugar,

SE RESUELVE:

1°) Ratificar en todos sus términos la Resolución N° 692/SS/02, que en copia se adjunta, rescindiendo el Contrato de Obra Pública celebrado con fecha 22 de septiembre de 1998, suscripto entre la Empresa COVIESA SA y esta Comisión Municipal de la Vivienda, para la ejecución de la Obra "Flores Sur – Villa 1-11-14 –Manz. 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7 porterías".
2°) Atento la situación de grave inestabilidad social reseñada, apruébase la culminación de la Obra por Administración.
3°) Aplíquese a la Empresa Coviesa S.A. las penalidades establecidas conforme normativas vigentes.
4°) Líbrense las comunicaciones a los Registros pertinentes.
5°) Facultar a la Subsecretaría a dictar los actos administrativos que resulten necesarios para la culminación de la Obra y entrega de las unidades a los adjudicatarios en tiempo y forma.
Con lo que se dio por terminada la reunión.
Por aprobada, para su registración y cumplimiento, los componentes del Directorio, firman la presente Acta. IBARRA - Hecker - Stern - Epszteyn - Pesce - Giudici – Fernández

RESOLUCIÓN Nº 692/SS/02

C. Bis 288 Nota Nº 170/CMV/98 y Agrs.

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2002.

Visto lo informado por la Gerencia Proyectos y Obras en las actuaciones Bis 288 Nota Nº 170/CMV/98 y Agrs., y
CONSIDERANDO:
Que de éstas surge el estado en que se encuentra la Obra "Flores Sur – Villa 1-11-14 Mz. 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7 porterías", correspondiente a la Licitación Pública Nº 2/98, contratada con la Empresa Coviesa S.A., con fecha 22 de septiembre de 1998;
Que en la citada Nota se hace constar que la Contratista ha incurrido en numerosos incumplimientos de sus obligaciones contractuales;
Que desde el 15 de abril de 2002, hasta el 13 de mayo de 2002, la Contratista no contó con personal obrero y técnico en obra y desde esta última fecha sólo se encuentra en la misma un obrero, sin suministro de materiales para la continuación de los trabajos;
Que asimismo, desde la citada fecha no se hace presente el representante técnico, no prestándose además la vigilancia a la cual la Empresa se encuentra obligada conforme a los pliegos de condiciones;
Que también se han incumplido numerosas Órdenes de Servicios por parte de la Contratista, según informa la Gerencia Proyectos y Obras;
Que por Carta Documento de fecha 20 de agosto la Empresa fue intimada a la reanudación de los trabajos;
Que la Empresa no ha cumplido la intimación cursada, manteniendo su actitud incumplidora;
Que el desinterés de la Empresa en cumplimentar las obligaciones contractuales, llega al punto de la no renovación en tiempo oportuno, de las pólizas de seguro de incendio y responsabilidad civil correspondientes a la Obra, razón por la cual por Resolución Nº 691/SS/02, se ha visto obligada la Administración, a la aplicación de un deductivo a efectos de asegurar la misma;
Que visto el cúmulo de los incumplimientos incurridos por la Contratista y la situación de paralización de la Obra, debe considerársela incursa en el abandono previsto en el Inc. e) del Art. 50 de la Ley Nº 13.064;
Que se encuentran vencidos en exceso, los plazos contractuales convenidos como fecha de finalización de los trabajos;
Que de conformidad al artículo 1.10.3 del Pliego de Condiciones Generales, "la obra entrará automáticamente en mora, si a la expiración del plazo y sus prórrogas acordadas no estuviera completamente terminada, sin necesidad de previa interpelación a tal efecto";
Que la Empresa "Coviesa S.A." ha incurrido en las causales de rescisión previstas en el artículo 50 incisos a, b y e de la Ley Nº 13.064, lo que impone la necesidad de la inmediata recuperación de la tenencia de la Obra;
Que en razón de lo dispuesto en el artículo 1.14.1 del Pliego de Condiciones Generales, esta Comisión Municipal de la Vivienda se encuentra facultada para rescindir el contrato por culpa exclusiva de la contratista, con las consecuencias que prescribe el artícu-lo 51 de la ley citada;
Que deberá evaluarse la iniciación de las acciones legales tendientes a hacer responder a la Empresa por los gastos que demande la terminación de las Obras, de acuerdo al contrato y los perjuicios sufridos por la Administración a causa del nuevo contrato que pudiera celebrar para la continuación de la obra, o por la ejecución de éstas directamente, ello en virtud de lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Nº 13.064;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete,

EL SUBSECRETARIO
RESUELVE:

Artículo 1º — Rescindir el Contrato de Obra Pública de fecha 22 de septiembre de 1998 suscripto con la Empresa "Coviesa S.A." para la ejecución de la Obra: "Flores Sur – Villa 1-11-14- Manzana 2L – Capital Federal – 253 viviendas y 7 porterías", por culpa exclusiva de la Contratista, por haber incurrido la misma en las causales de rescisión previstas por el Art. 50, Incs. a), b) y e) de la Ley Nº 13.064, con las consecuencias previstas por el Art. 51 de la Ley citada.
Artículo 2º — Disponer la inmediata toma de posesión de la Obra.
Artículo 3º — Una vez cumplimentado el Art. 2º de la presente, se intimará en forma inmediata a la Empresa Contratista, Coviesa S.A., a efectos de que se presente en obra personal debidamente autorizado, a fin de realizar el inventario del estado de la construcción.
Artículo 4º — Autorízase el reinicio de las obras, las cuales en lo sucesivo serán efectuadas por Administración.
Artículo 5º — La Gerencia Financiera deberá retener todos los importes que tuviese al cobro la Contratista como, asimismo, los correspondientes al Fondo de Reparo.
Artículo 6º — Oportunamente, deberán elevarse las actuaciones a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que determine la procedencia de la iniciación de las acciones judiciales tendientes a hacer responder a la Empresa por los gastos que demande la terminación de las obras de acuerdo al Contrato y los perjuicios sufridos por la Administración a causa del nuevo contrato que pudiera celebrar para la continuación de la Obra, o por la ejecución de éstas directamente.
Artículo 7º — La presente Resolución se dicta "ad referéndum" del Directorio, con excepción de lo dispuesto en los Arts. 2º, 3º y 4º, los cuales se darán cumplimiento en forma inmediata, sin perjuicio de la correspondiente intervención superior.
Artículo 8º — La Subgerencia Coordinación General Administrativa, procederá a notificar a la Contratista.
Artículo 9º — Refrendan la presente los señores Gerentes de Proyectos y Obras, Financiero y Asuntos Jurídicos.
Artículo 10 — Regístrese, comuníquese a las Gerencias: Proyectos y Obras, Financiera y Asuntos Jurídicos, y pase a la Gerencia Asuntos Jurídicos a los fines del Art. 2º. Cumplido, prosígase con el trámite pertinente. Selzer – Segura – Parker

CONVENIOS

Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes

CONVENIO ENTRE EL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA C.A.B.A. Y LA FUNDACIÓN PARA VIVIENDA, TRABAJO Y CAPACITACIÓN DEL LISIADO (VITRA)

Buenos Aires, 1° de julio de 2002.

Entre el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante "el Consejo", con domicilio en Av. Roque Sáenz Peña 547, 6º piso de esta Ciudad, representado por la Profesora María Elena Naddeo, por una parte, y la Fundación para Vivienda, Trabajo y Capacitación, en adelante VITRA, con domicilio en Montes de Oca 110 de esta Ciudad, representada por Stella Maris Zigante, por la otra. Se conviene:
PRIMERA: Fortalecer y ampliar los alcances de programas y actividades orientados a la defensa y promoción de los derechos de las niñas y los niños, las y los adolescentes con necesidades especiales, en el marco de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la Ley Nº 114 de la Ciudad de Buenos Aires y otras vinculadas con la temática.
SEGUNDA: Ambas instituciones acuerdan trabajar en función de los siguientes objetivos:
a) Favorecer el mayor acceso posible de estos niños, niñas y adolescentes al ejercicio y efectivización del conjunto de los derechos establecidos por la legislación vigente.
b) Evitar toda discriminación y violencia hacia ellos, facilitando su inserción laboral y social.
c) Generar en la población en general la toma de conciencia y el compromiso con esta problemática.
TERCERA: Como parte del mismo VITRA se compromete a:
a) Incluir a los niños, niñas y adolescentes derivados por el Consejo en las diversas actividades desarrolladas por la institución.
b) Brindar asistencia técnica a niños, niñas y adolescentes con discapacidad.
c) Facilitar la inclusión de los niños en programas educativos formales o informales.
CUARTA: El Consejo transferirá mensualmente a VITRA la suma de $ 800, imputados a la Partida 5.1.3 de los Programas 2002 y 2003, con el objeto de fortalecer su capacidad institucional, a efectos de dar cumplimiento a las actividades antes establecidas.
QUINTA: La ejecución de las actividades podrá comprender fuentes de financiamiento externo para el desarrollo de los proyectos. Estos fondos deberán ser gestionados ante los organismos o agencias de financiamiento, en forma conjunta o por una de las partes, o bien se hará uso de fondos ya aprobados a tal efecto.
SEXTA: Los derechos intelectuales originados en trabajos realizados en el marco de este convenio pertenecen a ambas partes y en los publicados se dejará constancia que los mismos se originan en el presente acuerdo.
SÉPTIMA: El presente convenio tiene vigencia durante el año 2002, pudiendo ser prorrogado por acuerdo de ambas partes. Asimismo, cualquiera de las partes signatarias podrá rescindirlo unilateralmente, con o sin expresión de causa, mediante aviso fehaciente a su contraparte, y con una anticipación de no menos de sesenta días. La rescisión no dará derecho a las partes a reclamar indemnización de ninguna naturaleza.
OCTAVA: A todos los efectos derivados de este convenio, las partes convienen recurrir a medios de resolución alternativa de conflicto. En caso de que no pudieran arribar a entendimiento, se someterán a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que por cualquier motivo puediere corresponderles, fijando sus domicilios en los que constan en el encabezamiento del presente Convenio.
En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto, en la Ciudad de Bs. As., al día primero del mes de julio del año 2002. Naddeo (por CDNNYA) – Zigante (por VITRA)

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN Nº 297
CONVÓCASE AL TRIBUNAL EXAMINADOR DEL CONCURSO Nº 16/00 PARA CUBIR CARGOS DE SECRETARIOS EN LAS DEFENSORÍAS ANTE LA JUSTICIA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS. CÍTASE A LOS PRESELECCIONADOS A RENDIR PRUEBA DE OPOSICIÓN ESCRITA

Buenos Aires, 8 de octubre de 2002.

Visto el estado del concurso N° 16/00 convocado para cubrir cargos de secretarios en las Defensorías ante la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, y
CONSIDERANDO:
Que ha finalizado la etapa de calificación de antecedentes y preselección de concursantes, habiéndose también resuelto las impugnaciones formuladas;
Que, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 19 del Reglamento de Concursos para la Selección de Secretarios, corresponde convocar al tribunal examinador y fijar el plazo en el que deberá cumplir su cometido;
Que, asimismo, a los fines previstos en el Art. 20 del Reglamento de Concursos debe fijarse la fecha para recibir la prueba de oposición que, en atención al número de concursantes, se desarrollará en la sede de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires;
Por ello,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1° — Convocar al tribunal examinador designado en el concurso N° 16/00, y fijar un plazo de cuarenta y cinco días hábiles para cumplir su cometido.
Artículo 2° — Citar a todos los concursantes preseleccionados de conformidad con las Resoluciones CM Nros. 126/01 y 31/02, a rendir la prueba de oposición escrita para el día 24 de octubre de 2002, a las 9 hs., en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires -aula 217- Av. Pte. Figueroa Alcorta 2263, de esta ciudad.
Artículo 3° — Autorízase a los concursantes a concurrir a las pruebas de oposición escritas con el material bibliográfico que consideren conveniente.
Artículo 4° — Regístrese y publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Buenos Aires. Gauna - Casas de Chamorro Vanasco - Cárcova - Bonatto - Lorenzo - Cueto Rúa

COMUNICADOS Y AVISOS

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

Dirección General de Rentas

Solicitud de Personal

A fin de cumplir tareas en la Dirección Administrativa, Departamento Capacitación de la Dirección General de Rentas se solicita:
Perfil Centro de Documentación e Información de la D.G.R.
Requisitos No Formales:
n Preferentemente, con experiencia en puestos similares (gestión de la información, procesamiento, catalogación, planificación, implementación y evaluación de cursos de acción).
n Manejo de aplicativos informáticos: Winisis y OPAC.
n Experiencia en la generación de estadística de producción y servicio.
n Disposición a la atención del usuario.
Requisitos Formales:
— Agente de planta permanente del G.C.B.A.
— Título universitario de bibliotecario o similar.
— Autorización escrita del Director de su Repartición.

Antonio C. Rossello
Dirección de Administración

CA 245

Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002

n Solicitud de Personal

A fin de cumplir tareas en la Dirección Administrativa, Departamento Capacitación de la Dirección General de Rentas se solicita:
Perfil Departamento Capacitación de la D.G.R.
Requisitos No Formales:
n Manejo de programas de Microsoft Office (Excel, Word, Power Point). Excluyente.
n Experiencia en procesamiento de información: creación y manejo de base de datos.
n Preferentemente, experiencia en el área de capacitación:
l Construcción y/o adaptación de instrumentos de recolección de información y de evaluación.
l Detección y diagnóstico de necesidades de capacitación.
l Planificación por objetivos.
l Formulación, organización e implementación de actividades de capacitación.
l Evaluación de resultados, medición del impacto de la capacitación, entrevistas personalizadas.
l Conocimiento de los procesos administrativos del G.C.B.A., y en especial de la D.G.R.
l Producción de notas, memorándums, etc.
l Manejo de correo electrónico e internet.
l Disposición al trabajo en equipo.
Requisitos Formales:
— Agente de planta permanente del G.C.B.A.
— Licenciado/a o avanzado/a en Ciencias de la Educación, Relaciones del Trabajo, Psicología o carreras relacionadas a las mismas.
— Autorización escrita del Director de su Repartición.

Antonio C. Rossello
Dirección de Administración

CA 246

Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002

SECRETARÍA DE CULTURA

Dirección General de Museos

Centro de Museos de Buenos Aires

Solicitud de Personal

Se solicita personal para desempeñarse en la Dirección General de Museos, de acuerdo al siguiente detalle:
n 5 Control de Sala (sábados, domingos y feriados).
n 4 Control de Sala (lunes a viernes).
n 2 Visitas guiadas (lunes a viernes).
n 2 Visitas guiadas (sábados, domingos y feriados).
Requisitos:
— Buena predisposición para la atención del público.
— Personal del Gobierno de la Ciudad, Planta Permanente.
— Autorización del Director del área.
Informes: Llamar a los teléfonos 4516-0947/48 de lunes a viernes de 10 a 18 con la Sra. Liliana Martínez o Lic. Liliana Mazettelle.

Mónica Guariglio
Directora General

CA 248

Inicia: 15-10-2002 Vence: 21-10-2002

LICITACIONES

SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Autopistas Urbanas S.A.

Repavimentación de varios tramos

Autopistas: 25 de Mayo y Perito Moreno
Licitación Pública.
Venta de pliegos: En Autopistas Urbanas S.A., Piedras 1260, piso 1° Edificio A, Capital Federal.
A partir del día 15 de octubre de 2002.
Consultas hasta el 31/10/02.
Presentación de las Ofertas: Hasta el día 11 de noviembre de 2002, a las 10 hs.
Fecha de Apertura: 11 de noviembre de 2002, a a las 11 hs.
Valor de Pliego: $ 2.500 (son pesos dos mil quinientos).
Forma de Pago: Con cheque a nombre de Autopistas Urbanas S.A. "no a la orden", siendo obligatoria la presentación del CUIT

Andrés Bamio Couso
Gerente General

OL 867

Inicia: 15-10-2002 Vence: 21-10-2002

SECRETARÍA DE SALUD

HOSPITAL DE INFECCIOSAS "FRANCISCO J. MUÑIZ"

Preadjudicación

Preadjudícase a las siguientes firmas por la provisión de Equipos y Suministros para Medicina, Odontología y Veterinaria, correspondientes a la Licitación Pública N° 8-HM-02:
Lab Systems S.A. (Quesada 5916, Capital Federal).
Renglón: 1 – Precio unitario: $ 29,540 – Total: $ 88.620,000.
Renglón: 2 – Precio unitario: $ 25,990 – Total: $ 77.970,000.
Renglón: 5 – Precio unitario: $ 3.645,00 – Total: $ 3.645,000.
Renglón: 6 – Precio unitario: $ 3.680,000 – Total: $ 3.580,000.
Droguería Norvat Schick & Cía S.R.L. (24 de Noviembre 1124, Capital Federal).
Renglón: 4 – Precio unitario: $ 247,000 – Total: $ 1.482,000.
Lugar de exhibición: Hospital de Infecciosas "Francisco J. Muñiz", División Compras y Contrataciones, sita en Uspallata 2272, Capital Federal.
Consulta del expediente: lunes a viernes de 7 a 13 horas.

Edmundo A. Enrico
Director (I)

María del Carmen Maiorano
Directora General
Administración Recursos
Desconcentrados

OL 854

Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002

n Insumos para Programas SIDA

Llámase a Licitación Privada N° 21-HM-2002, a realizar el 30 de octubre de 2002, a las 8.30 horas, para la adquisición de Insumos para Programa SIDA.
Valor del Pliego: pesos diez ($ 10).
Los Pliegos de Bases y Condiciones pueden ser retirados, valorizados en la División Compras y Contrataciones, Uspallata 2272, Capital Federal de lunes a viernes de 8 a 12 horas.

José E. del Mármol
Subdirector Médico (I)

María del Carmen Maiorano
Directora General Adjunta
Administración Recursos
Desconcentrados

OL 862

Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002

HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "SANTA LUCÍA"

Preadjudicación

Tipo de Contratación: Licitación Pública N° 5/02.
Nombre del Contratante: Hospital Santa Lucía.
Objeto de la Contratación: Suturas.
Consulta: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Oficina Compras, Avenida San Juan 2021, piso 2°, en el horario de lunes a viernes de 9 a 14.
Firma Preadjudicada:
Foc S.R.L. (Concepción Arenal 2443, P.B. "A", Capital Federal).
Renglón: 7 – Importe: $ 30.429,20.
Renglón: 8 – Importe: $ 20.845,20.
Renglón: 10 – Importe: $ 186,25.
Renglón: 12 – Importe: $ 10.683,00.
Renglón: 13 – Importe: $ 9.835,50.
Renglón: 14 – Importe: $ 29.113,08.
Renglón: 15 – Importe: $ 387,92.
Renglón: 16 – Importe: $ 23.605,20.
Renglón: 17 – Importe: $ 196,68.
Renglón: 18 – Importe: $ 11.160,00.
Total Preadjudicado: $ 136.442,03.
Renglones Desiertos: 1 al 6 y 9.
Renglón Anulado: 11.

Graciela M. Reybaud
Directora (I)

Dora Salinas
Directora General
Administración Recursos
Desconcentrados

M. Cristina Carballo
Jefa de Compras y Suministros

OL 860

Inicia: 17-10-2002 Vence: 17-10-2002

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Preadjudicación

Se comunica a los Señores Oferentes, la Preadjudicación de la Carpeta de Compras N° 14.425 que tramita la Ejecución de cerramientos y varios para el subsuelo, 5° y 6° piso del Edificio del Banco, sito en Larrea 37, Ciudad de Buenos Aires, a la firma Obrant S.A. en la suma total de $ 54.660,00 + I.V.A. (son pesos cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta más I.V.A.).
Consultas: Preadjudicaciones y Órdenes de Compra, Florida 302, piso 7°, Ciudad de Buenos Aires, Teléfonos: 4329-8809/11.

Jorge A. Vladisauskas
Gerente de Compras

Luis M. Embrioni
Subgerente de Compras

Mario A. Selva
Jefe de Equipo
Preadj. y Órdenes de Compra
Gerencia de Compras

BC 286

Inicia: 17-10-2002 Vence: 17-10-2002

COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

Programa de Villas - Nuevas Urbanizaciones

Licitación Pública Nº 6/02
Programa de Villas
Nuevas Urbanizaciones
Barrio Flores
Villa 1-11-14 – Sector DAOM
Se llama a Licitación Pública para la construcción de 305 viviendas de PB + 2/3 pisos, obras exteriores, pavimentos e infraestructura, a ejecutarse en Flores Sur, Villa 1-11-14- Sector DAOM, Ciudad de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial: $ 14.756.055,56.
Fecha de Apertura: 5 de noviembre de 2002 a las 10 horas.
Valor del pliego: pesos siete mil cuatrocientos ($ 7.400).
Plazo de obra: 24 meses.
Lugar y Fecha donde pueden retirarse o consultar los Pliegos: Carlos Pellegrini 291/211, 6°Piso, Capital Federal, Subgerencia Compras y Licitaciones en el horario de 9.30 a 14.
Lugar de presentación de las Ofertas: Carlos Pellegrini 291/211, 6° piso, Capital Federal, Subgerencia Compras y Licitaciones.
Obras financiadas con Fondos del Gobierno de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires.

Sofía V. Karpiej
Subgerente
Subgerencia de Compras y Licitaciones

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa

CV 22

Inicia: 7-10-2002 Vence: 28-10-2002

n Programa de Villas – Nuevas Urbanizaciones

Licitación Pública Nº 7/02
Programa de Villas
Nuevas Urbanizaciones
Barrio Flores
Villa 1-11-14 – Sector Bonorino 3
Se llama a Licitación Pública para la construcción de 127 viviendas de PB, 3 pisos, y prototipos en dúplex de PB + 3 , obras exteriores pavimentos, e infraestructura, a ejecutarse en Flores Sur, Villa 1-11-14- Sector Bonorino 3, Ciudad de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial: $ 6.644.181,45.
Fecha de Apertura: 14 de noviembre de 2002 a las 10 horas.
Valor del pliego: $ 3.300.
Plazo de obra: 18 meses.
Los pliegos pueden ser consultados en Carlos Pellegrini 211/291, 6º piso, Capital Federal, Subgerencia Compras y Licitaciones en el horario de 9.30 a 14 y adquiridos previo pago en el Departamento Tesorería, Pje. Carabelas 241, 7º Piso, Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 9.30 a 14 .
Obras financiadas con Fondos del Gobierno de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires.

Sofía V. Karpiej
Subgerente
Subgerencia de Compras y Licitaciones

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa

CV 24

Inicia: 17-10-2002 Vence: 6-11-2002

EDICTOS

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

Dirección General de Recursos Humanos

n Notificación

La Dirección General de Recursos Humanos notifica a la ex agente Sabrina Converset, Ficha N° 297.875, que conforme a lo requerido por la Procuración General de la Ciudad en el Expediente N° 12.903-97, deberá acompañar los comprobantes de percepción del Retiro Incentivado, cuya solicitud le fuera aceptada mediante Decreto N° 2.297-MCBA-91.

Carlos Parisi
Director General

EO 538

Inicia: 15-10-2002 Vence: 17-10-2002

SECRETARÍA DE SALUD

Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze"

n Notificación

Notifíquese al agente Frete, Dionisio Antonio, Ficha N° 320.394 que por Disposición N° 1068-SS-2002 de fecha 13/8/2002, se declaró su cesantía a partir del 31/1/2002 como personal de Planta Permanente del Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze" partida 4026-0000-D-02-024, conforme a lo prescripto por el artículos 48 inciso b) y 51, inciso c) de la Ley N° 471 (B.O. N° 1026).
Asimismo se informa que conforme los términos del Art. 60 del Decreto N° 1.510-GCBA-97, el interesado podrá interponer recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio atento a lo dispuesto por el Arts. 103 y 109 del citado Decreto dentro de los 10 y 15 días respectivamente de notificado.
Queda Ud. notificado.

Gabriel G. Junod
Director Asistente

EO 539

Inicia: 15-10-2002 Vence: 21-10-2002

COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

n Comunicación

La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber al señor Bas y Mansilla, Osvaldo Daniel (D.N.I. N° 13.588.032) que por Resolución N° 484/SS/02 de fecha 12/7/02, se ha procedido a rescindir a partir del veinticuatro de junio del año dos mil dos el contrato de locación de servicios suscripto con esta Comisión Municipal de la Vivienda, conforme lo establecido en la cláusula sexta del mencionado contrato de acuerdo a lo actuado en la Nota N° 4.019/CMV/02.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (Art. 62 Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires).

Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa

EO 540

Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002

n Comunicación

La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber a la Srta. Zazzini, Albina Sandra (D.N.I. N° 18.467.842) que por Resolución N° 431/SS/02 de fecha 12/7/02, se ha procedido a rescindir a partir del quince de mayo del año dos mil dos el contrato de locación de servicios suscripto con esta Comisión Municipal de la Vivienda, conforme lo establecido en la cláusula sexta del mencionado contrato de acuerdo a lo actuado en la Nota N° 2.942/CMV/02.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (Art. 62 Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires).

Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa

EO 541

Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002

n Comunicación

La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber al Sr. Morales Arratia, Jaime (D.N.I. N° 93.660.811) que por Resolución N° 628/SS/02 de fecha 20/8/02, se ha procedido a rescindir a partir del quince de mayo del año dos mil dos el contrato de locación de servicios suscripto con esta Comisión Municipal de la Vivienda, conforme lo establecido en la cláusula sexta del mencionado contrato de acuerdo a lo actuado en la Nota N° 3.937/CMV/02.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (Art. 62 Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires).

Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa

EO 542

Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002

n Comunicación

La Comisión Municipal de la Vivienda, hace saber al señor Cano, Néstor y a la señora Lucero, Elba que por Resolución N° 256/SS/02 de fecha 6/3/02, se procedió a rescindir el Boleto de Compraventa oportunamente suscripto por transgresión a la cláusula sexta en los términos de la décimoprimera, en relación a la U.Cta. N° 16.718 – Sector H – Tira 167 – Calle 604 - Casa 44, del Barrio M. M. Güemes, todo ello conforme lo actuado por Expediente N° 3.425/CMV/87.
Se hace saber asimismo al interesado que la Resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, conforme lo dispuesto por los Arts. 103 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Bs. As.
La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación. (Art. 62 Ley citada).

Fabio L. Mossecian
Subgerente
Subgerencia Asesoramiento
Administrativo
Gerencia Asuntos Jurídicos

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación General Administrativa

EO 543

Inicia: 16-10-2002 Vence: 18-10-2002

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

Dirección General de Compras y Contrataciones

n Comunicación

La Dirección General de Compras y Contrataciones comunica que el día 3-10-02 se procedió al empadronamiento en el Padrón de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de las siguientes firmas: Grupo Brunetta S.A. y Canova Guillermo E. y Palombo Liliana R. S.H.

Adalgisa C. de Bonaviri
Directora General Adjunta

EO 544

Inicia: 17-10-2002 Vence: 21-10-2002