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EDICTOS
SECRETARÍA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
Dirección General Control de la Calidad
Ambiental
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Campana 2686, referente al Registro N°
766/CGPN°10/2001, a realizar la desratización
e higienización del mismo, como así también
la reparación de la acera y construcción del
cerco reglamentario, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente Edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el
artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M.
N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que:
"Todo propietario de terreno total o
parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, seguridad y estética"
y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590),
A.D. 640.9, la que establece que: "la
responsabilidad primaria y principal de la
construcción, mantenimiento y conservación de
veredas, compete al propietario frentista",
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 795
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en San Nicolás 1990, referente al Registro
N° 781/CGPN°10/2003, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 796
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Condarco 535, referente al Registro N°
6.103/CGPN°7/2003, a realizar la desratización
e higienización del mismo, como así también
la reparación de la acera y construcción del
cerco reglamentario, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente Edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el
artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M.
N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que:
"Todo propietario de terreno total o
parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, seguridad y estética"
y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590),
A.D. 640.9, la que establece que: "la
responsabilidad primaria y principal de la
construcción, mantenimiento y conservación de
veredas, compete al propietario frentista",
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 797
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Culpina 864, referente al Registro N°
6.703/DGCCA/2001, a realizar la desratización e
higienización del mismo, como así también la
reparación de la acera y construcción del
cerco reglamentario, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente Edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el
artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M.
N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que:
"Todo propietario de terreno total o
parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, seguridad y estética"
y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590),
A.D. 640.9, la que establece que: "la
responsabilidad primaria y principal de la
construcción, mantenimiento y conservación de
veredas, compete al propietario frentista",
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 798
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble
sito en la Av. Directorio 2314, referente al
Registro N° 5.547/CGPN°7/2002, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 799
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Luis Sáenz Peña 664/66 y 674/84,
referente al Registro N° 6.293/DGCCA/2003, a
realizar la desratización e higienización del
mismo, como así también la reparación de la
acera y construcción del cerco reglamentario,
dentro de los diez (10) días de publicado el
presente Edicto, en el marco de lo preceptuado
en tal sentido por el artículo 11 de la
Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D.
470.2, el que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente
descubierto está obligado a mantenerlo
debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, seguridad y estética" y la
Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D.
640.9, la que establece que: "la
responsabilidad primaria y principal de la
construcción, mantenimiento y conservación de
veredas, compete al propietario frentista",
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 800
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Llerena 2574/76, referente a la Nota N°
11.374/DGCCA/2001, a realizar la desratización
e higienización del mismo, como así también
la reparación de la acera y construcción del
cerco reglamentario, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente Edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el
artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M.
N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que:
"Todo propietario de terreno total o
parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, seguridad y estética"
y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590),
A.D. 640.9, la que establece que: "la
responsabilidad primaria y principal de la
construcción, mantenimiento y conservación de
veredas, compete al propietario frentista",
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 801
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Talcahuano 320/24/26, referente a la Nota
N° 13.186/DGCCA/2003, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 802
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Añasco 2708, referente al Registro N°
6.490/DGCCA/2002, a realizar la desratización e
higienización del mismo, como así también la
reparación de la acera y construcción del
cerco reglamentario, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente Edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el
artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M.
N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que:
"Todo propietario de terreno total o
parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, seguridad y estética"
y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590),
A.D. 640.9, la que establece que: "la
responsabilidad primaria y principal de la
construcción, mantenimiento y conservación de
veredas, compete al propietario frentista",
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 803
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Carlos F. Melo 561, referente al Registro
N° 5.505/DGCCA/2000, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 804
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Cullen 5323/31, referente al Expediente
N° 7.991/2002, a realizar la desratización e
higienización del mismo, como así también la
reparación de la acera y construcción del
cerco reglamentario, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente Edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el
artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M.
N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que:
"Todo propietario de terreno total o
parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, seguridad y estética"
y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590),
A.D. 640.9, la que establece que: "la
responsabilidad primaria y principal de la
construcción, mantenimiento y conservación de
veredas, compete al propietario frentista",
bajo apercibimiento de aplicación de multa y la
ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 805
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Pje. Alta Gracia 3450, referente al
Registro N° 5.391/DGCCA/2003, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 806
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en José Julián Pérez 659, referente al
Registro N° 924/CGPN°6/2002, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 807
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en la Av. Eva Perón 1115/19, referente a la
Nota N° 393/CGPN°6/2002, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 808
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
n Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito
en Guardia Vieja 3894, referente a la Nota
N° 1.551/DGCCA/2002, a realizar la
desratización e higienización del mismo, como
así también la reparación de la acera y
construcción del cerco reglamentario, dentro de
los diez (10) días de publicado el presente
Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N°
33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que
establece que: "Todo propietario de
terreno total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en
buenas condiciones de higiene, seguridad y
estética" y la Ordenanza N° 33.721,
(B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece
que: "la responsabilidad primaria y
principal de la construcción, mantenimiento y
conservación de veredas, compete al propietario
frentista", bajo apercibimiento de
aplicación de multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Diego A. Martínez
Director General
José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas
EO 809
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO
URBANO
Dirección General de Higiene Urbana
n Intimación
Nota N° 19.213/DGSP/98.
Intímase al propietario del inmueble sito en
la Av. Dr. Honorio Pueyrredón 1079, a
realizar la construcción de cerca
reglamentaria, desmalezamiento e higienización
del mismo, dentro de los diez (10) días de
publicado el presente Edicto, en el marco de lo
preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la
Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2
la que establece que: "Todo propietario
de terreno total o parcialmente baldío o total
o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, salubridad y
estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por Administración y a su
costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 810
Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Dirección General de Coordinación
Financiera y Contable
n Notificación
La Dirección de Recursos Administrativos,
dependiente de la Dirección General de
Coordinación Financiera y Contable de la
Secretaría de Educación, notifica al agente Medrano,
Oscar, F.M. N° 337.593, que dentro del
tercer día hábil de publicado la presente,
deberá comparecer ante esta repartición y
formular el descargo por las inasistencias
incurridas desde el día 22/8/03 y continúa,
ello de conformidad con lo establecido en el
Decreto N° 17.239/50 y su modificatorio Decreto
N° 2.895/81, en razón de encontrarse por tal
circunstancia incurso en la causal de cesantía
prevista en el Art. 48 Inc. a) de la Ley N°
471. Su incomparencia dará lguar a la
tramitación inmediata de la misma.
Queda usted notificado.
Nilda M. Meynier
a/c Dirección Recursos Administrativos
EO 811
Inicia: 4-12-2003 Vence: 9-12-2003
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