Boletin Oficial
EDICTOS

SECRETARÍA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL

Dirección General Control de la Calidad Ambiental

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Campana 2686, referente al Registro N° 766/CGPN°10/2001, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 795

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en San Nicolás 1990, referente al Registro N° 781/CGPN°10/2003, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 796

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Condarco 535, referente al Registro N° 6.103/CGPN°7/2003, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 797

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Culpina 864, referente al Registro N° 6.703/DGCCA/2001, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 798

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Directorio 2314, referente al Registro N° 5.547/CGPN°7/2002, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 799

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Luis Sáenz Peña 664/66 y 674/84, referente al Registro N° 6.293/DGCCA/2003, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 800

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Llerena 2574/76, referente a la Nota N° 11.374/DGCCA/2001, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 801

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Talcahuano 320/24/26, referente a la Nota N° 13.186/DGCCA/2003, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 802

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Añasco 2708, referente al Registro N° 6.490/DGCCA/2002, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 803

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Carlos F. Melo 561, referente al Registro N° 5.505/DGCCA/2000, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 804

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Cullen 5323/31, referente al Expediente N° 7.991/2002, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 805

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Pje. Alta Gracia 3450, referente al Registro N° 5.391/DGCCA/2003, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 806

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en José Julián Pérez 659, referente al Registro N° 924/CGPN°6/2002, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 807

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Eva Perón 1115/19, referente a la Nota N° 393/CGPN°6/2002, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 808

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

n Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Guardia Vieja 3894, referente a la Nota N° 1.551/DGCCA/2002, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2, el que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez
Director General

José N. Vispo
a/c Área Control de Plagas

EO 809

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO

Dirección General de Higiene Urbana

n Intimación

Nota N° 19.213/DGSP/98.
Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Dr. Honorio Pueyrredón 1079, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General

EO 810

Inicia: 3-12-2003 Vence: 10-12-2003

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Dirección General de Coordinación Financiera y Contable

n Notificación

La Dirección de Recursos Administrativos, dependiente de la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable de la Secretaría de Educación, notifica al agente Medrano, Oscar, F.M. N° 337.593, que dentro del tercer día hábil de publicado la presente, deberá comparecer ante esta repartición y formular el descargo por las inasistencias incurridas desde el día 22/8/03 y continúa, ello de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 17.239/50 y su modificatorio Decreto N° 2.895/81, en razón de encontrarse por tal circunstancia incurso en la causal de cesantía prevista en el Art. 48 Inc. a) de la Ley N° 471. Su incomparencia dará lguar a la tramitación inmediata de la misma.
Queda usted notificado.

Nilda M. Meynier
a/c Dirección Recursos Administrativos

EO 811

Inicia: 4-12-2003 Vence: 9-12-2003