Boletin Oficial
Boletín Oficial N° 1.973

- SUMARIO -

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEYES

LEY N° 1.208
APRUÉBASE EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. ACÉPTASE EL VETO PARCIAL APLICADO POR DECRETO N° 2.806/GCABA/03, B.O. N° 1850

LEY N° 1.342
AUTORÍZASE A LA ESCUELA TÉCNICA N° 7, D.E. 5 "DOLORES LAVALLE DE LAVALLE" A MODIFICAR EL DESTINO DE CUOTAS DEL SUBSIDIO PARA MANTENIMIENTO EDILICIO

LEY N° 1.343
AUTORÍZASE A LA ESCUELA N° 5, D.E. 12 A MODIFICAR EL DESTINO DE CUOTAS DE SUBSIDIOS DE EQUIPAMIENTO ESCOLAR Y MATERIAL DIDÁCTICO

LEY N° 1.347
INSTITÚYESE EL 5 DE SEPTIEMBRE COMO "DÍA DEL BARRIO VILLA SANTA RITA"

DECRETOS

DECRETO N° 181-VP/04
APRUÉBASE EL ORDEN DE MÉRITO PARA SER DESIGNADOS AGENTES DE LA PLANTA PERMANENTE DE LA L.C.A.B.A.

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO N° 1.118/04
DECLÁRASE DE INTERÉS DEL G.C.A.B.A. LA EXPOSICIÓN INTERNACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA "BATIMAT-EXPOVIVIENDA 2004"

DECRETO N° 1.119/04
DECLÁRASE "HUÉSPED DE HONOR DE LA C.A.B.A." AL ANTROPÓLOGO FORENSE DR. CLYDE

RESOLUCIONES

Secretaría de Infraestructura y Planeamiento

RESOLUCIÓN N° 127-SSA/04
ADJUDÍCANSE A "CLEANOSOL ARGENTINA S.A." LAS OBRAS CORRESPONDIENTES A LA LICITACIÓN PRIVADA N° 28/04

RESOLUCIÓN N° 551-SSP/04
CONSIDÉRASE APLICABLE PARA LA PARCELA SITA EN RUY DÍAZ DE GUZMÁN 645/47, LA ORDENANZA N° 33.555 (B.M. N° 16.336)

Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana

RESOLUCIÓN N° 363/04
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN EL INMUEBLE SITO EN LA AV. DERQUI 4421/23

RESOLUCIÓN N° 364/04
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN EL INMUEBLE SITO EN GORRITI 5298 ESQUINA GODOY CRUZ 1699

RESOLUCIÓN N° 365/04
RECONSTRÚYESE EL EXPEDIENTE N° 180.394/69, EN LOS TÉRMINOS DE LA ORDENANZA N° 35.711 (B.M. N° 16.262)

RESOLUCIÓN N° 1.444-SSJYT/04
DESÍGNASE A LA ESCRIBANA LORENA A. BERUTI COMO ADSCRIPTA AL REGISTRO NOTARIAL N° 63

RESOLUCIÓN N° 1.446-SSJYT/04
ACÉPTASE LA RENUNCIA DEL ESCRIBANO ANDRÉS F. MEJÍA COMO ADSCRIPTO AL REGISTRO NOTARIAL N° 1.048. CRÉASE EL REGISTRO NOTARIAL N° 2.096 Y ADJUDÍCASE LA TITULARIDAD AL PROFESIONAL MENCIONADO

Secretaría de Hacienda y Finanzas

RESOLUCIÓN N° 1.823/04
AUTORÍZASE AL PROGRAMA DE COLECTIVIDADES A UTILIZAR EN FORMA GRATUITA, EL CENTRO DE EXPOSICIONES DE LA C.A.B.A. PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO "LOS GRANDES Y SUS RAÍCES"

Secretaría de Cultura

RESOLUCIÓN N° 1.861-SSGEIC/04
APRUÉBASE EL CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE EL PROFECI Y "FANTASY CABALLITO S.A." (CINE COSMOS), EN EL MARCO DEL VI BUENOS AIRES FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE

RESOLUCIÓN N° 1.909/04
APRUÉBASE EL PAGO A "MB PRODUCCIONES" DE JESSICA WAIZBROT, EN EL MARCO DEL VI BUENOS AIRES FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE

RESOLUCIÓN N° 1.910/04
APRUÉBASE LA PROPUESTA DE COLABORACIÓN DE "GERMAN FEDERAL FILM BOARD EXPORT UNIÓN DES DEUTSCHEN FILM GmbH", PRESENTADA ANTE EL PROFECI, EN EL MARCO DEL VI BUENOS AIRES FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE

RESOLUCIÓN N° 1.911/04
ACÉPTASE LA TRANSFERENCIA DE DOMINIOS DE INTERNET A FAVOR DEL PROFECI

RESOLUCIÓN N° 1.912/04
ENCOMIÉNDASE AL COORDINADOR DEL PROFECI, EL REGISTRO DE LA MARCA "BUENOS AIRES PIENSA", ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESOLUCIÓN N° 1.935/04
RECONSTRÚYESE EL EXPEDIENTE N° 53.944/02 EN LOS TÉRMINOS DE LA ORDENANZA N° 35.711 (B.M. N° 16.262). INSTRÚYASE SUMARIO ADMINISTRATIVO POR EL EXTRAVÍO DE LA MENCIONADA ACTUACIÓN

DISPOSICIONES

Secretaría de Cultura

DISPOSICIÓN N° 18-DGDIS/04
APRUÉBASE LA NÓMINA DE DISEÑADORES QUE PARTICIPARÁN EN LA FERIA TEMÁTICA DE DISEÑO "MUJER, CASA, HOMBRE"

Secretaría de Hacienda y Finanzas

DISPOSICIÓN N° 31-DGSINF/04
PROHÍBESE A LOS ORGANISMOS CON ACCESO A LA RED INFORMÁTICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD (MAN), SERVIRSE DE ACCESOS ALTERNATIVOS A INTERNET

Secretaría de Infraestructura y Planeamiento

DISPOSICIÓN N° 240-DGAYL/04
ADJUDÍCANSE A IDPHOTO S.A. LAS OBRAS CORRESPONDIENTES A LA LICITACIÓN PRIVADA N° 66/04

Secretaría de Salud

DISPOSICIÓN N° 608-DGAIS/04
DESÍGNANSE ODONTÓLOGOS DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "JUAN A. FERNÁNDEZ"

DISPOSICIÓN N° 609-DGAIS/04
DESÍGNANSE ODONTÓLOGOS DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "IGNACIO PIROVANO"

DISPOSICIÓN N° 610-DGAIS/04
DESÍGNANSE ODONTÓLOGOS DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "JOSÉ M. PENNA"

DISPOSICIÓN N° 611-DGAIS/04
DESÍGNANSE ODONTÓLOGA DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "CARLOS G. DURAND"

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N° 390/04
DECLÁRASE LA EMERGENCIA EDILICIA DE LA SEDE DE LOS JUZGADOS EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS NROS. 5 A 22, DEBIDO A LA CRISIS EN EL SUMINISTRO ELÉCTRICO

COMUNICADOS

LICITACIONES

EDICTOS

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEYES

LEY N° 1.208
APRUÉBASE EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. ACÉPTASE EL VETO PARCIAL APLICADO POR DECRETO N° 2.806/GCABA/03, B.O. N° 1850

C.E. N° 78.630/03.

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2003.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:

Artículo 1° - Apruébase el Régimen de asignaciones familiares para el personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, y sociedades estatales y el personal dependiente de las comunas que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2° - Apruébanse los montos correspondientes a las asignaciones familiares contenidas en esta Ley, que como Anexo II forma parte de la presente.
Artículo 3° - Dérogase la Ordenanza N° 34.138 (B.M. N° 15.755 AD 230.900) y los Decretos Nros. 6.627/986 (B.M. N° 17.898 AD 230.901) y 2.292/989 (B.M. N° 18.524 AD 230.902).
Artículo 4° - Comuníquese, etc. Caram - Alemany

ANEXO I

Régimen de Asignaciones Familiares
TÍTULO I

Asignaciones en general
Artículo 1° - El personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, y sociedades estatales y el personal dependiente de las comunas, con excepción de los agentes vinculados por contrato de locación de servicios; el personal suplente de guardias hospitalarias y servicios de emergencia y los becarios, perciben las siguientes asignaciones:
a Asignación por Matrimonio;
b Asignación Prenatal;
c Asignación por Nacimiento de Hijo;
d Asignación por Adopción;
e Asignación por Cónyuge o Conviviente;
f Asignación por Hijo;
g Asignación por Familia Numerosa;
h Asignación complementaria por hijo menor de cuatro años;
i Asignación por Preescolaridad o Educación Inicial;
j Asignación por Escolaridad Primaria;
k Asignación por Escolaridad Media y Superior;
l Asignación por ayuda Preescolar o Educación Inicial o por ayuda Escolar Primaria o por ayuda Escolar Media;
Asignación Anual Complementaria por Vacaciones.
TÍTULO II
Asignaciones en particular
CAPÍTULO I
Asignación por matrimonio
Artículo 2° - La asignación por matrimonio consiste en una suma de dinero que se paga en el mes en que se acredite la celebración del matrimonio.
Artículo 3° - Para percibir la asignación por matrimonio es necesario: que se trate de un matrimonio válido para las leyes argentinas y tener una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses o un (1) mes, si el agente acredita haberse desempeñado en cualquier actividad en relación de dependencia durante seis (6) meses, como mínimo, en el transcurso de los doce (12) meses anteriores a la fecha de ingreso.
Artículo 4° - Si ambos cónyuges son agentes de algunos de los órganos de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cada uno de ellos es acreedor de la asignación por matrimonio.
CAPÍTULO II
Asignación prenatal
Artículo 5° - La asignación prenatal consiste en el pago mensual de una suma de dinero al agente en estado de embarazo, o al agente cuyo cónyuge o conviviente esté embarazada y no lo perciba por sí misma. La asignación en caso de embarazo de la conviviente se percibe cuando el agente haya convivido por cinco (5) años continuos.
Artículo 6° - La asignación prenatal se percibe a partir del día en que se declara el estado de embarazo, por un lapso de nueve (9) que preceden a la fecha calculada del parto.
Artículo 7° - Para percibir la asignación prenatal se requiere una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses y al cumplirse el tercer mes de embarazo presentación de la declaración jurada acompañada del certificado médico expedido por hospitales nacionales, provinciales municipales y de la Ciudad que así lo acredita.
Artículo 8° - La asignación prenatal se hace efectiva aún cuando el agente no se hubiera hecho acreedor a la percepción de salarios durante el mes.
Artículo 9° - La percepción de la asignación prenatal cesa:
Por parto, aun cuando el mismo se produzca antes de los nueve (9) meses de iniciado el embarazo;
Por aborto espontáneo o terapéutico;
Por extinción de la relación de empleo.
Artículo 10 - El aborto espontáneo o terapéutico debe notificarse dentro de los (5) días, cesando los pagos en el mes siguiente a aquél en que la asignación se haya producido. Si el aborto se produjera antes de comunicarse el estado de embarazo no genera derecho a cobro alguno.
Artículo 11 - El parto con nacimiento múltiple no genera derecho a la percepción de suma adicional alguna.
Artículo 12 - El pago de la asignación prenatal se efectúa mediante mensualidad completa y se computa íntegramente el mes cualquiera sea el día en que presuntamente se hubiera producido el embarazo o parto.
Artículo 13 - La asignación prenatal correspondiente al mes del parto se percibe siempre que su total no exceda de nueve (9) mensualidades y es compatible en su caso con la percepción de la asignación por hijo.
CAPÍTULO III
Asignación por nacimiento de hijo
Artículo 14 - La asignación por nacimiento de hijo consiste en el pago de una suma de dinero en el mes en que se acredite el nacimiento aún cuando el hijo naciere sin vida, con un período mínimo de gestación de ciento ochenta (180) días.
En caso de nacimiento múltiple, la asignación se percibe por cada hijo.
Artículo 15 - Para percibir la asignación por nacimiento de hijo es necesario tener una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses o un (1) mes, si el agente acredita haberse desempeñado en cualquier actividad en relación de dependencia durante seis (6) meses, como mínimo, en el transcurso de los doce (12) meses anteriores a la fecha de ingreso.
Artículo 16 -La asignación por nacimiento de hijo se paga a uno solo de los progenitores.
CAPÍTULO IV
Asignación por adopción
Artículo 17 - La asignación por adopción consiste en el pago de una suma de dinero en el mes en que se acredite la adopción.
Artículo 18 - Para percibir la asignación por adopción es necesario:
tener una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses o un (1) mes, si el agente acredita haberse desempeñado en cualquier actividad en relación de dependencia durante seis (6) meses, como mínimo, en el transcurso de los doce (12) meses anteriores a la fecha de ingreso y acreditar la adopción con la constancia de la inscripción de la sentencia en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Artículo 19 - La asignación por adopción se paga a uno solo de los adoptantes.
CAPÍTULO V
Asignación por cónyuge o conviviente
Artículo 20 - La asignación por cónyuge o conviviente consiste en el pago mensual de una suma de dinero al agente casado o que haya convivido por cinco (5) años continuos.
Artículo 21 - Para percibir la asignación por cónyuge o conviviente es necesario acreditar que el otro cónyuge o conviviente no percibe esta asignación.
CAPÍTULO VI
Asignación por hijo
Artículo 22 - La asignación por hijo consiste en el pago mensual de una suma de dinero por:
Cada hijo, hijo adoptivo o hijo del cónyuge o conviviente a su cargo;
Menores cuya guarda, tenencia o tutela haya sido acordada al agente por autoridad judicial o administrativa competente;
Discapacitados a cargo del agente, de cualquier edad;
Hijas viudas o casadas y separadas legalmente que no perciban pensión o cuota de alimentos, respectivamente, ni posean rentas mensuales superiores al monto de la pensión mínima fijada por las leyes previsionales para los trabajadores en relación de dependencia, si son: menores de quince años o mayores de esa edad y menores de veintiún años y concurren regularmente a establecimientos de enseñanza primaria, media o superior, o mayores de veintiún (21) años y son discapacitados.
Artículo 23 - Para percibir la asignación por hijo es necesario que la persona a cargo:
Sea menor de quince (15) años o discapacitado, o mayor de quince (15) y menor de veintiuno (21) y concurra a establecimientos de enseñanza inicial, preescolar, primaria, enseñanza general básica, polimodal media o superior; y resida en el país.
Artículo 24 - El monto de la asignación por hijo se cuadriplica en caso de que se trate de discapacitados a cargo del agente.
CAPÍTULO VII
Asignación por familia numerosa
Artículo 25 - La asignación por familia numerosa consiste en el pago mensual de una suma de dinero al agente que tenga por lo menos tres (3) hijos a cargo menores de veintiún (21) años o mayores de esa edad que estén discapacitados, cualquiera sea su estado civil.
Artículo 26 - La asignación por familia numerosa se paga por cada hijo a partir del tercero inclusive, por el cual se perciba la asignación por hijo.
Artículo 27 -El estado de embarazo correspondiente al tercer hijo genera el derecho al pago de la asignación por familia numerosa.
Artículo 28 - La asignación por familia numerosa se adiciona a la prenatal a partir del momento en que se genere el derecho a su cobro.
CAPÍTULO VIII
Asignación complementaria por hijo menor de cuatro años
Artículo 29 - La asignación complementaria por hijo menor de cuatro (4) años consiste en el pago mensual de una suma de dinero por: cada hijo menor de cuatro (4) años a cargo del agente.
Artículo 30 - Para percibir la asignación por hijo menor de cuatro años es necesario acreditar alguno de los siguientes supuestos: que ambos cónyuges o convivientes trabajan, o que el agente es viudo o viuda, o madre soltera, o divorciado o separado de hecho, o por discapacidad del otro progenitor o por ser el agente el único en reconocer al menor. En todos los casos el menor debe estar a cargo del agente que detente derecho a percibir asignación por hijo.
Artículo 31 - La asignación por hijo menor de cuatro años es incompatible con la asignación por preescolaridad o educación inicial.
Artículo 32 - El monto de la asignación por hijo menor de cuatro (4) años se duplica cuando el hijo es discapacitado.
CAPÍTULO IX
Asignación por Preescolaridad o Educación Inicial
Artículo 33 - La asignación por preescolaridad o educación inicial consiste en el pago de una suma de dinero por cada hijo a cargo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza oficial o reconocidos por la autoridad educacional donde se imparta educación preescolar y a los alumnos de cuatro (4) años que asisten regularmente a los establecimientos correspondientes al Nivel de Educación Inicial.
Artículo 34 - El monto de la asignación por preescolaridad se duplica por cada hijo discapacitado.
CAPÍTULO X
Asignación por escolaridad primaria
Artículo 35 - La asignación por escolaridad primaria consiste en el pago de una suma de dinero por cada hijo a cargo, que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza oficial o reconocidos por la autoridad educacional donde se imparta educación primaria incluyendo los que cursen el 8° y 9° año de la Educación General Básica.
Artículo 36 - El monto de la asignación por escolaridad primaria se duplica cuando el hijo, de cualquier edad, es discapacitado y concurre a establecimiento oficial de enseñanza o reconocido por la autoridad donde se imparta educación primaria incluyendo los que cursan el 8° y 9° año de la Educación General Básica.
Artículo 37 - La concurrencia regular del hijo discapacitado a establecimiento oficial, o privado reconocido por autoridad, en el que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, se considera como concurrencia regular a establecimiento en que se imparta enseñanza primaria incluyendo los que cursen el 8° y 9° año de la Educación General Básica a los efectos de la percepción de la asignación por escolaridad primaria.
CAPÍTULO XI
Asignación por escolaridad media y superior
Artículo 38 - La asignación por escolaridad media y superior consiste en el pago de una suma de dinero por cada hijo a cargo que concurre regularmente a establecimientos oficiales o a institutos o colegios privados reconocidos por la autoridad educacional donde se imparta educación media o superior incluyendo los que cursen el ciclo Polimodal.
Artículo 39 - El monto de la asignación por escolaridad media y superior, se duplica cuando el hijo a cargo del agente, de cualquier edad, es discapacitado y concurre regularmente a establecimientos oficiales o a institutos o colegios privados reconocidos por la autoridad educacional donde se imparte educación media o superior, incluyendo los que cursen el ciclo Polimodal.
CAPÍTULO XII
Asignación por ayuda Preescolar o Educación Inicial o ayuda Escolar Primaria o ayuda Escolar Media
Artículo 40 - La asignación por ayuda preescolar o educación inicial o ayuda escolar primaria o ayuda escolar media consiste en el pago de una suma de dinero al agente que percibe la asignación por preescolaridad o educación inicial o por escolaridad primaria o por escolaridad media en el mes que comience el ciclo lectivo.
Artículo 41 - La asignación por ayuda preescolar o educación inicial o ayuda escolar primaria o ayuda escolar media se duplica cuando el hijo a cargo del agente es discapacitado.
CAPÍTULO XIII
Asignación anual complementaria por vacaciones
Artículo 42 - La asignación anual complementaria por vacaciones consiste en el pago, en el mes de enero de cada año, de una suma de dinero que duplica los montos que el agente tiene derecho a percibir en concepto de las asignaciones previstas por la presente Ley, con excepción de las asignaciones por matrimonio, nacimiento de hijo, adopción y ayuda escolar.
CAPÍTULO XIV
Normas para la acreditación de la discapacidad
Artículo 43 - La discapacidad se acredita mediante certificado médico expedido por hospitales nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires, o por el Ministerio de Salud de la Nación. Esta certificación debe renovarse cada dos (2) años. Cuando en el certificado médico conste que la discapacidad es definitiva e irreversible, no se requiere renovación.
Artículo 44 - En caso de incumplimiento de la obligación de renovación periódica del certificado de discapacidad el organismo donde presta servicios el agente debe comunicarle la suspensión del pago de la asignación hasta su regularización. El pago de la asignación se reanuda a partir del momento en que se presente el comprobante sin derecho a retroactividad.
Artículo 45 - Cuando no se acredite en tiempo y forma la discapacidad, el pago es indebido y se procede a la formulación del cargo por las sumas percibidas.
TÍTULO XV
Disposiciones complementarias
Artículo 46 - Las asignaciones por nacimiento, por cónyuge o conviviente, por adopción, por hijo, por familia numerosa, complementaria por hijo menor de cuatro años, por preescolaridad o educación inicial, por escolaridad primaria, por escolaridad media y superior y por ayuda Preescolar o Educación Inicial o ayuda Escolar Primaria o ayuda Escolar Media las perciben en forma optativa el agente varón o mujer. El agente que solicita su percepción debe acompañar declaración jurada anual del cónyuge, conviviente o progenitor de los hijos, donde conste que éste no las percibe, acompañada por el último recibo de haberes en el caso de ser empleado en relación de dependencia.
Artículo 47 - Las asignaciones por nacimiento, por cónyuge o conviviente, por adopción, por hijo, por familia numerosa, complementaria por hijo menor de cuatro años, por preescolaridad o educación inicial, por escolaridad primaria, por escolaridad media y superior y por ayuda Preescolar o Educación Inicial o ayuda Escolar Primaria o ayuda Escolar Media, en los casos de divorcio o separación de hecho las perciben el cónyuge que detente o al que se le haya atribuido la tenencia de los hijos o que acredite mediante información sumaria que se encuentran a su cargo.
Cuando la progenitora o el progenitor que ejerza la tenencia de sus hijos menores de edad no es agente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y acredite fehacientemente no percibir asignación familiar alguna por sus hijos, el otro progenitor, si es agente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tiene derecho a la percepción de la asignación siempre que no esté inscripto en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as.
Artículo 48 - Para la percepción de las asignaciones por preescolaridad o educación inicial, por escolaridad primaria, por escolaridad media y superior y por ayuda Preescolar o Educación Inicial se deben observar los siguientes por requisitos:
a - Solamente se reconocen las certificaciones extendidas por establecimientos de enseñanza oficial o reconocido por la autoridad y en el caso del octavo y noveno año de la educación general básica y polimodal la constancia debe certificar que el establecimiento se encuentra sujeto a las disposiciones de la Ley Federal de Educación.
b - La asistencia a los cursos debe ser acreditada dentro de los sesenta (60) días de la iniciación y finalización de cada período lectivo mediante la presentación de un certificado extendido por el establecimiento al que asiste el alumno. Los comprobantes o certificados que presente el agente deben ser archivados en el organismo donde presta servicios.
c - Cuando no se acredite en tiempo y forma la escolaridad el organismo donde presta servicios el agente debe comunicarle la suspensión del pago de la asignación hasta su regularización. El pago de la asignación se reanuda a partir del momento en que se presente el comprobante sin derecho a retroactividad.
d - La modificación de escolaridad debe comunicarse a la Dirección General de Recursos Humanos dentro de los sesenta (60) días de iniciado el año lectivo.
e - La modificación producida por la conclusión de ciclos completos de escolaridad debe comunicarse a la Dirección General de Recursos Humanos dentro de los sesenta (60) días de finalizado el año lectivo.
Artículo 49 - La asignación por escolaridad no se percibe desde el 1° del mes siguiente cuando se interrumpe la escolaridad.
Artículo 50 - La asignación por hijo mayor de quince (15) años y menor de veintiún (21) años no se percibe desde el 1° del mes siguiente, cuando éste interrumpe la escolaridad, salvo que sea discapacitado.
Artículo 51 - La asignación por escolaridad se percibe durante los doce (12) meses del año cuando el hijo asiste a todo el año lectivo oficial.
Artículo 52 - Las asignaciones familiares, cuando el agente se desempeñe en más de un organismo se perciben en el que registre mayor antigüedad. Si se desempeña además en relación de dependencia en el ámbito privado las asignaciones se perciben en el organismo en el cual presta servicios el agente.
Artículo 53 - El personal que preste servicios por menos de dieciocho (18) horas semanales percibe el 50 % de las asignaciones familiares, con excepción de la asignación prenatal y asignación anual complementaria por vacaciones. Puede percibir el restante 50 % en otro empleo simultáneo hasta un máximo del 100 %, cuando totalice dieciocho (18) horas semanales.
Artículo 54 - Las asignaciones por cónyuge, por hijo y por familia numerosa se liquidan sin deducciones, cuando haya prestado servicios el 50 % de los días laborables del mes respectivo. No se computan como inasistencias las licencias y justificaciones con goce de haberes previstas en cada uno de los regímenes laborales.
Artículo 55 - Las asignaciones se liquidan en forma proporcional cuando no se hayan prestado servicios el 50% de los días laborales del año.
Artículo 56 - Las asignaciones familiares se liquidan en forma proporcional cuando se goza de licencia con medio sueldo.

Los artículos 54,55 y 56, destacados en bastardilla negra, fueron vetados por Decreto N° 2.806/GCBA/03, B.O. N° 1850.
Artículo 57 - Las asignaciones por matrimonio, por nacimiento de hijos, por adopción y por ayuda escolar sólo están afectadas por reducciones provenientes de horario.
La asignación prenatal no está afectada por reducción alguna.
Artículo 58 - A los fines de la liquidación de las asignaciones familiares, el personal que ingrese o el personal que modificara alguna situación debe presentar una declaración jurada con todos los datos necesarios dentro de los treinta (30) días corridos de su ingreso o de producido el hecho. Extinguido dicho plazo el reconocimiento de la asignación es a partir de la fecha de presentación de la declaración jurada.
La dependencia de personal debe notificar por escrito a los agentes, dentro de los diez (10) días de su ingreso a la repartición, lo dispuesto precedentemente.
Artículo 59 - Cuando la dependencia responsable de la liquidación de la asignación lo considere pertinente, solicita al agente que presente nuevas pruebas documentales que acrediten cualquiera de los datos denunciados en la declaración.
Artículo 60 - Asimismo, la Dirección Recursos Humanos lleva a cabo y solicita de los organismos correspondientes la realización de inspecciones y/o indagaciones administrativas, tendientes a comprobar la veracidad de las formulaciones del declarante.
Artículo 61 - Toda modificación de las situaciones y datos denunciados en la declaración jurada debe ser comunicada por el agente dentro de los treinta (30) días de producidos.
Artículo 62 - La liquidación de las asignaciones por cónyuge, por hijo, por familia numerosa, complementaria por hijo menor de cuatro (4) años, por preescolaridad o educación inicial, por escolaridad primaria, por escolaridad media y superior se percibe a partir del 1° del mes en que se genere el derecho respectivo, cualquiera sea el día en que éste se produzca, previa presentación de la declaración jurada y comprobantes.
Artículo 63 - Las asignaciones por matrimonio, por nacimiento y por adopción se liquidan dentro de los treinta (30) días posteriores a la presentación de la declaración jurada y de la documentación pertinente que acredite el derecho a la prestación.
Artículo 64 - Cuando la declaración de modificaciones en la situación familiar denunciada dé lugar a la disminución del monto de la asignación, el mismo deja de liquidarse con efecto al 1° del mes siguiente de producido el hecho, cualquiera sea el día en que éste se produzca.
Artículo 65 - Si la comunicación de la modificación de las situaciones y datos denunciados en la declaración jurada que diera lugar a la disminución del monto de la asignación se presenta con posterioridad al vencimiento del plazo de treinta (30) días establecido, se debe formular al agente el cargo respectivo con efecto a la fecha de ocurrido el hecho.
Artículo 66 - No se percibe la asignación familiar por matrimonio, por nacimiento de hijo y por adopción cuando:
El agente presente la respectiva declaración jurada con posterioridad a los noventa (90) días corridos de ocurrido el hecho; o
si el hecho se produce en el momento que el agente gozare de una licencia con más de treinta (30) días sin haberes.
Artículo 67 - Toda falsedad comprobada en los datos y situaciones denunciados en la declaración jurada determina para el agente o ex agente, además de la consiguiente responsabilidad civil y la aplicación de las sanciones previstas en los respectivos regímenes de personal cargo por la suma percibida indebidamente. La deuda no puede ser cancelada en cuotas.
Artículo 68 - La responsabilidad del agente que incurra en la falta señalada en el artículo anterior es sin perjuicio de la que pudiere corresponder al agente que hubiera certificado los datos que resulten falsos.

ANEXO II - LEY N° 1.208

Asignación por Matrimonio $ 300
Asignación Prenatal $ 20
Asignación por Nacimiento de Hijo $ 200
Asignación por Adopción $ 1.200
Asignación por Cónyuge o Conviviente $ 15
Asignación por Hijo $ 20
Asignación por Familia Numerosa $ 3
Asignación complementaria por hijo menor de
cuatro años $ 3
Asignación por Preescolaridad o Educación Inicial $ 3
Asignación por Escolaridad Primaria $ 3
Asignación por Escolaridad Media y Superior $ 4,50
Asignación por ayuda Preescolar o Educación
Inicial o por ayuda Escolar Primaria o por ayuda
Escolar Media $ 130

RESOLUCIÓN N° 78

Buenos Aires, 13 de mayo de 2004.

Artículo 1° - Acéptase el veto de los artículos 54, 55 y 56 del Anexo I de la Ley N° 1.208, sancionada el 27 de noviembre de 2003.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. TELERMAN - Alemany

LEY N° 1.342
AUTORÍZASE A LA ESCUELA TÉCNICA N° 7, D.E. 5 "DOLORES LAVALLE DE LAVALLE" A MODIFICAR EL DESTINO DE CUOTAS DEL SUBSIDIO PARA MANTENIMIENTO EDILICIO

Expediente N° 34.857/2004.

Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:

Artículo 1° - Autorízase a la Escuela Técnica N° 7, D.E. 5, "Dolores Lavalle de Lavalle" a modificar el destino de las cuotas -primera, segunda, tercera y cuarta- correspondientes a los años 2000, 2001, 2002 y 2003 del subsidio para mantenimiento edilicio otorgado por la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cuyo monto asciende a $ 45.000, a fin de afectar dichos fondos a equipamiento escolar y material didáctico.
Artículo 2° - La autorización conferida por el artículo precedente no exceptúa la rendición de cuentas que corresponda, la que debe seguir el trámite ordinario en la dependencia respectiva del Poder Ejecutivo.
Artículo 3° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany

DECRETO N° 1.141

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.342 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de mayo de 2004. Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Educación.
El presente Decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete. IBARRA - Perazza - Albamonte - Fernández

LEY N° 1.343
AUTORÍZASE A LA ESCUELA N° 5, D.E. 12 A MODIFICAR EL DESTINO DE CUOTAS DE SUBSIDIOS DE EQUIPAMIENTO ESCOLAR Y MATERIAL DIDÁCTICO

Expediente N° 34.867/2004.

Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:

Artículo 1° - Autorízase a la Escuela N° 5, Distrito Escolar 12, la modificación de destino de los saldos de $ 2.562,09 de la 1ª y 2ª cuota del subsidio de Equipamiento Escolar y de $ 1.422,30 de la 1ª y 2ª cuota del subsidio de Material Didáctico al de Mantenimiento Edilicio, correspondientes al año 2002.
Artículo 2° - La autorización conferida por el artículo precedente no exceptúa la rendición de cuentas que corresponda, la que debe seguir el trámite ordinario en la dependencia respectiva del Poder Ejecutivo.
Artículo 3° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany

DECRETO N° 1.142

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.343 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de mayo de 2004. Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Educación.
El presente Decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete. IBARRA - Perazza - Albamonte - Fernández

LEY N° 1.347
INSTITÚYESE EL 5 DE SEPTIEMBRE COMO "DÍA DEL BARRIO VILLA SANTA RITA"

C. E. N° 34.893/2004.

Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:

Artículo 1° - Institúyase el 5 de septiembre de cada año como "Día del Barrio Villa Santa Rita" en conmemoración de la fecha en que se utilizó por primera vez ese nombre en los registros notariales.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany

DECRETO N° 1.143

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.347, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 27 de mayo de 2004. Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos y pase, para su conocimiento y fines pertinentes, a la Dirección Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires y a la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana.
El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Cultura y Jefe de Gabinete. IBARRA - López - Fernández

DECRETOS

DECRETO N° 181 - VP
APRUÉBASE EL ORDEN DE MÉRITO PARA SER DESIGNADOS AGENTES DE LA PLANTA PERMANENTE DE LA L.C.A.B.A.

Buenos Aires, 28 de junio de 2004.

Visto las Resoluciones Nros. 54/04 y 143/04 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ratificatorias de los Decretos Nros. 87/VP/04 y 171/VP/04, y
CONSIDERANDO:
Que por Resoluciones Nros. 54/04 y 143/04 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ratificatorias de los Decretos Nros. 87/VP/04 y 171/VP/04, se reglamentó el Programa de Normalización, Consolidación y Profesionalización de la Planta Institucional de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme a lo previsto por el artículo 1° inciso a) y b) del Anexo III del Decreto N° 87/VP/04 ratificado por Resolución N° 54/LCABA/04, el "Programa de Normalización, Consolidación y Profesionalización de la Planta Institucional de la Legislatura", es de aplicación para la asignación de nivel escalafonario de Planta Permanente, a todo el personal no permanente en sus distintas modalidades que revista en la Planta Institucional que se encuentra prestando servicio efectivo al momento de la inscripción;
Que taxativamente el artículo 1° inciso c) establece para quienes no será de aplicación el mencionado Programa;
Que el artículo 7° del reglamento citado prevé que la presentación de la solicitud de inscripción en el Programa importa, por parte del aspirante, el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en el Reglamento que lo rige;
Que al vencimiento del plazo de inscripción no se plantearon recusaciones contra los miembros del Comité Evaluador, ni éstos se excusaron de intervenir en el Programa de Normalización, Consolidación y Profesionalización de la Planta Institucional de la Legislatura, luego de haber conocido la lista de aspirantes;
Que de acuerdo a lo que surge del Acta de Constatación de fecha 31 de mayo de 2004 (Conf. Art. 11 - Anexo III - Decreto N° 87/VP/04) el Comité Evaluador ha realizado las verificaciones de rigor constatando que se inscribieron para participar en el Programa de Normalización, Consolidación y Profesionalización de la Planta Institucional de la Legislatura trescientos veintiún (321) aspirantes;
Que mediante acta del 7 de junio de 2004, el Comité Evaluador confirmó el listado de postulantes que se encuentran habilitados para rendir examen, resultando: a) Agrupamiento Seguridad 79 (setenta y nueve) postulantes; b) Agrupamiento Técnico Administrativo 162 (ciento sesenta y dos) y c) Agrupamiento Servicios Operativos y Mantenimiento (Oficios) 51 (cincuenta y un) postulantes. Resultando en consecuencia un total de 292 postulantes;
Que se ha cumplido la instancia examinadora de los postulantes habilitados a rendir los exámenes de los tres agrupamientos, contemplados en el Programa de Normalización, Consolidación y Profesionalización de la Planta Institucional de la Legislatura;
Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 17 del Reglamento aplicable, es de competencia del Comité Evaluador confeccionar el orden de mérito de los postulantes conforme a los tres agrupamientos;
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 17 del Programa de Normalización, Consolidación y Profesionalización de la Planta Institucional de la Legislatura, dicho Orden de Mérito debe ser formulado con un orden de prelación en función de las evaluaciones efectuadas;
Que la evaluación de los candidatos se realizó en las etapas previstas;
Que tendiendo en cuenta el nivel escalafonario y las vacantes establecidas en el artículo 6° del Reglamento, se compararon y analizaron las características de los candidatos dentro de las distintas facetas que deben ser consideradas y después se hizo una integración de las mismas que justifica su lugar en el Orden de Méritos;
Que el Orden de Mérito se confeccionó con la suma de la calificación obtenida en todas las etapas (Puntaje Total) siendo el puntaje a tener en cuenta para la asignación del nivel escalafonario: a) Antigüedad; b) Valoración de antecedentes; c) Examen General y Específico y d) Entrevista;
Que el artículo 3° del Reglamento citado prevé que, la incompatibilidad establecida en el mencionado artículo es de aplicación al momento de la designación;
Que en consecuencia, los postulantes que tuviesen incompatibilidad para el desempeño de un cargo en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debieron presentar ante el Comité Evaluador la renuncia al empleo mediante telegrama colacionado o carta documento;
Que, asimismo, aquéllos que se encontraban excluidos conforme lo establecido en el segundo párrafo del artículo 3° del Reglamento, debieron presentar la correspondiente resolución de nombramiento a efectos de verificar que no existe superposición horaria y no se viole la jornada máxima legal;
Que transcurrido el plazo caducó el derecho de los postulantes a hacer uso de la opción y el Comité Evaluador cubrió las vacantes restantes de acuerdo al orden de la lista de espera respetando estrictamente el Orden de Mérito;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 del Reglamento aplicable, corresponde dejar sin efecto la designación a partir del 30 de junio de 2004, a todos los agentes que no integran el orden de mérito, por no haberse presentado a la evaluación, por exclusión en el proceso de evaluación, por encontrarse comprendido en los supuestos del inciso b) del artículo 2° y/o por ser incompatible en los términos del artículo 3° del presente;
Que el artículo 6° del Anexo III del Decreto N° 87/VP/04 ha estipulado en doscientos sesenta (260) el cupo a cubrir como agentes de Planta Permanente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el siguiente detalle:

Nivel

Escalafonario

Seguridad

Técnico

Administrativo

Servicios

Operativos y Mantenimiento(Oficios)

Total

7

25

54

25

104

8

8

28

11

47

9

41

19

4

64

10

5

35

5

45

Total

79

136

45

260

Que de conformidad a lo previsto en el artículo 17 del Anexo III del Decreto N° 87/VP/04, y habiéndose sustanciado las diferentes etapas y cuestiones relativas a la formulación del correspondiente Orden de Mérito corresponde a esta Vicepresidencia Primera la designación de los agentes;
Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad y el artículo 88 del Reglamento Interno;
Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el Orden de Mérito para ser designados como agentes de Planta Permanente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al Agrupamiento Seguridad, de los niveles escalafonarios 7, 8, 9 y 10, cuya composición figura en el Anexo I y forma parte integrante del presente.
Artículo 2° - Apruébase el Orden de Mérito para ser designados como agentes de Planta Permanente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al Agrupamiento Técnico Administrativo, de los niveles escalafonarios 7, 8, 9 y 10, cuya composición figura en el Anexo II y forma parte integrante del presente.
Artículo 3° - Apruébase el Orden de Mérito para ser designados como agentes de Planta Permanente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondiente al Agrupamiento Servicios Operativos y Mantenimiento (oficios), de los niveles escalafonarios 7, 8, 9 y 10, cuya composición figura en el Anexo III que forma parte integrante de la presente.
Artículo 4° - Desígnase a partir del 1° de julio de 2004 conforme el orden de mérito aprobado en las cláusulas precedentes, como personal de Planta Permanente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las categorías allí establecidas a las personas cuya nómina obra en los Anexos respectivos.
Artículo 5° - Déjase sin efecto las designaciones de los agentes de Planta Transitoria Institucional, que no integran el Orden de Mérito establecidos en los artículos 1°, 2° y 3° del presente, a partir del 1° de julio de 2004, conforme lo dispuesto por el artículo 4° (Decreto N° 87/VP/04) y artículo 18 (Anexo III - Decreto N° 87/VP/04).
La baja será notificada a través de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.
Artículo 6° - Regístrese, notifíquese, comuníquese a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para las notificaciones de rigor. Cumplido, archívese en la Dirección General de Despacho Administrativo. de Estrada

ANEXO I

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO N° 1.118
DECLÁRASE DE INTERÉS DEL G.C.A.B.A. LA EXPOSICIÓN INTERNACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA "BATIMAT - EXPOVIVIENDA 2004"

Buenos Aires, 22 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 34.776/04, y;
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación la Asociación de Empresas de la Vivienda y Desarrollos Inmobiliarios -AEV- solicitó se declare de interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Exposición Internacional de la Construcción y la Vivienda "Batimat-Expovivienda 2004", que se realizó entre el 1° y el 5 junio de 2004;
Que a partir de 2003, la Feria de la Construcción y la Vivienda adquirió carácter internacional por su integración con Batimat, la Megaexposición de Francia con versiones en los principales mercados de Europa y Asia;
Que este año contó con la incorporación de la Cámara Argentina de la Construcción, potenciando así su relevancia;
Que en el marco del mencionado evento, se realizó el Foro de la Vivienda, actividad académica en la que profesionales y funcionarios expusieron y discutieron propuestas y alternativas sobre la problemática del sector;
Que el citado encuentro tuvo por objeto la actividad del mercado interno y la promoción de negocios que generen divisas e inversiones en vivienda e infraestructura;
Que es voluntad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declarar de interés todas aquellas actividades que propendan a la divulgación, conocimiento, experiencia y extensión de carácter cultural;
Por ello, en uso de las facultades reconocidas en la Ley N° 578 y en el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Declárase de interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Exposición Internacional de la Construcción y la Vivienda "Batimat-Expovivienda 2004", que se realizó entre el 1° y el 5 junio de 2004; sin que ello haya implicado estar exento del pago de eventuales aranceles, tasa y/o contribuciones que le correspondiera percibir a este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni le insumiere ninguna erogación al mismo.
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Infraestructura y Planeamiento y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría Jefe de Gabinete, la que comunicará lo resuelto en el presente acto administrativo a la entidad peticionante, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento y al Organismo F/N Instituto de Vivienda. Cumplido, archívese. IBARRA - Feletti - Fernández

DECRETO N° 1.119
DECLÁRASE "HUÉSPED DE HONOR DE LA C.A.B.A." AL ANTROPÓLOGO FORENSE DR. CLYDE SNOW

Buenos Aires, 22 de junio de 2004.

Visto el arribo a nuestra Ciudad del Sr. Clyde Snow, Antropólogo Forense reconocido mundialmente, el Expediente N° 30.702/04, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada visita tendrá lugar el día 22 de junio de 2004;
Que coincidirá con el Vigésimo Aniversario de la creación del Equipo Argentino de Antropología Forense, cuya fundación no hubiera sido posible sin la experiencia, las enseñanzas y la colaboración del Dr. Clyde Snow;
Que el Dr. Snow ha testificado en numerosas causas por violaciones a Derechos Humanos en todo el mundo y que sus investigaciones en antropología forense han significado un invalorable aporte para la identificación de restos de víctimas de crímenes de guerra y de lesa humanidad;
Que en nuestro país ha demostrado su compromiso siendo asesor de la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas y brindando testimonio en el Juicio a las Juntas Militares responsables del Terrorismo de Estado;
Que gracias a los conocimientos y la especialidad científica desarrollada por el Dr. Snow, ha sido posible identificar cientos de restos de desaparecidos, que habían sido enterrados como N.N. durante la ultima dictadura militar, y devolverles un nombre y una historia;
Que la presencia de tan destacada personalidad constituye una oportunidad inmejorable para testimoniarle el reconocimiento, la gratitud y el homenaje por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 578 y los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Declárase "Huésped de Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" al Antropólogo Forense, Dr. Clyde Snow, con motivo de su visita a nuestra Ciudad.
Artículo 2° - El señor Jefe de Gobierno hará entrega, en la ceremonia oficial que se realizará a tal efecto en el Salón Blanco del Palacio de Gobierno, de la Medalla de la Ciudad y del Diploma con la mención conferida en el artículo precedente.
Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Derechos Humanos. Cumplido, archívese. IBARRA - Fernández

RESOLUCIONES

Secretaría de Infraestructura y Planeamiento

RESOLUCIÓN N° 127 - SSA
ADJUDÍCANSE A "CLEANOSOL ARGENTINA S.A." LAS OBRAS CORRESPONDIENTES A LA LICITACIÓN PRIVADA N° 28/04

Buenos Aires, 18 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 70.648/03 y los términos de los Decretos Nros. 8.828/78 (B.M. N° 15.951) y 608/98 (B.O. N° 439) y;
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la Dirección General de Obras Públicas solicita arbitrar los medios tendientes a realizar las obras de "Reacondicionamiento de la Demarcación Horizontal en Carriles Preferenciales para Bicicletas en las avenidas Independencia, J. B. Alberdi y Belgrano";
Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que, mediante Disposición N° 46/DGAYL/04 se dispuso el llamado a Licitación Privada por el Régimen de Obra Menor N° 28/04 para el día 26 de febrero de 2004 a las 13 hs., al amparo de lo establecido en los Decretos Nros. 8.828/78 (B.M. N° 15.951) y 608/98 (B.O. N° 439);
Que, tal como luce en el Acta de Apertura N° 23/04, se recibieron las propuestas de las firmas Cleanosol Argentina S.A. y Señalamiento y Seguridad S.A.;
Que, del estudio de ofertas efectuado surge el Acta de Preadjudicación N° 14/04 por la cual resulta preadjudicataria la firma Señalamiento y Seguridad S.A., que no presentó el Certificado Fiscal para Licitaciones y/o Contrataciones con el GCBA en el tiempo previsto, razón por la que fue dejada sin efecto por el Acta de Preadjudicación N° 54/04 que Preadjudica a la empresa Cleanosol Argentina S.A.;
Que, no se produjo impugnación alguna al proceso licitatorio;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 8.828/78 (B.M. N° 15.951) y 608/GCBA/98 (B.O. N° 439);

EL SUBSECRETARIO ADMINISTRATIVO
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la Licitación Privada por el Régimen de Obra Menor N° 28/04 realizada al amparo de lo establecido en los Decretos Nros. 8.828/78 (B.M. N° 15.951) y 608/98 (B.O. N° 439) por la Dirección General Administrativa y Legal y adjudícanse las obras de "Reacondicionamiento de la Demarcación Horizontal de Carriles Preferenciales para Bicicletas en las avenidas Independencia, J. B. Alberdi y Belgrano" a la firma Cleanosol Argentina S.A., por un monto total de pesos ochenta y siete mil quinientos setenta ($ 87.570).
Artículo 2° - Dicho gasto se imputará a la partida del Presupuesto correspondiente.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Obras Públicas, a la Dirección de Presupuesto Contable y remítase al Área de Compras y Contrataciones, ambas dependientes de la Dirección General Administrativa y Legal. Calvo

RESOLUCIÓN N° 551 - SSP
CONSIDÉRASE APLICABLE PARA LA PARCELA SITA EN RUY DÍAZ DE GUZMÁN 645/47, LA ORDENANZA N° 33.555 (B.M. N° 16.336)

Buenos Aires, 18 de junio de 2004.

Visto que por el Expediente N° 24.099/03 se consulta respecto de la factibilidad del proyecto de ampliación, modificación con demolición parcial destinado al uso "Templo sito en la dirección del epígrafe" y,
CONSIDERANDO:
Que se trata de un predio localizado en un Distrito R2bl de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449, B.O. N° 1044);
Que los problemas funcionales que plantean los edificios para templos son por demás complejos, ya que deben contemplarse no solamente las actividades religiosas propiamente dichas, sino también las de los servicios y actividades complementarias de aquellas;
Que debe tenerse presente que las ocasiones en que tales actividades religiosas se producen con mayor intensidad no coinciden con las máximas actividades del entorno;
Que no es posible prever a través de normas urbanísticas arquitectónicas que no resulta lógico normar rígidamente;
Que la Ordenanza N° 33.555 en su Art. 2° establece que el Consejo del Plan Urbano Ambiental propondrá el dictado de normas urbanísticas particularizadas atendiendo los requerimientos funcionales del culto y las características predominantes del distrito de que se trata;
Que según Informe N° 507/COPUA/2003 el Consejo del Plan Urbano Ambiental, no tiene objeciones desde el punto de vista urbanístico de acuerdo a lo informado previamente por la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística en su Informe N° 2.564/DGPEIU/03;
Que con referencia a la aplicación del Decreto N° 1.352/GCBA/02 reglamentario de la Ley N° 123 (Evaluación de Impacto Ambiental), se informa que el rubro solicitado, se encuentra sujeto a Categorización S/C, por lo cual la Autoridad de Aplicación deberá categorizar en su oportunidad la presente actividad;
Que de acuerdo al análisis efectuado por la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística, se concluye que el proyecto presentado no presenta inconvenientes de carácter urbanístico;
Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:

Artículo 1° - Considérense aplicables en el presente caso la Ordenanza N° 33.555 (B.M. N° 16.336), para la parcela que resulte del englobamiento de las actuales parcelas 19 y 20 sitas en la calle Ruy Díaz de Guzmán 645/647, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 4, Sección 10, Manzana 49, sobre la base de los siguientes principios urbanísticos:
a) Se materializará una única fachada con un frente aproximado de 17,39 m para las actuales parcelas 19 y 20.
b) FOT máximo: La superficie total a construir y existente en las actuales parcelas 19 y 20, no podrá superar los 1.174,60 m2, con lo que resulta un FOT máximo = 2,18.
c) FOS máximo: 75%.
d) LFI (Línea de Frente Interno): La ampliación que se proyecta podrá avanzar con la línea de edificación dejando un máximo de 3 m de la LFI de la manzana que en este caso resulta coincidente con la LIB (Línea Interna de Basamiento).
e) Plano Límite sobre LO (Línea Oficial): no podrá superar los 14,35 m, por debajo de esta altura deberá incluirse lo establecido en el párrafo 4.2.5 del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 2° - La presente Resolución tendrá vigencia, si el Órgano de Aplicación considera que dicha actividad resulta Categorizada SRE (Sin Relevante Efecto).
Artículo 3° - Lo consignado en el Art. 1° no implica la aprobación de plano alguno ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la prestación de la documentación de Obra ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro.
Artículo 4° - Dentro del plazo de 180 días corridos a partir de la fecha de notificación de la presente al recurrente, éste deberá presentar la documentación de obra correspondiente ante la Dirección General Fiscalización de Obras y Catastro, de no hacerlo así caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 5° - Regístrese, notifíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y entréguesele copia de la presente al recurrente y para su conocimiento y demás fines pase a la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 123, a sus efectos. Charrière

Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana

RESOLUCIÓN N° 363
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN EL INMUEBLE SITO EN LA AV. DERQUI 4421/23

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 58.838/03 por el cual se solicita la regularización de obras reglamentarias y no reglamentarias ejecutadas sin permiso en la finca sita en la avenida Derqui 4421/23, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 64, Manzana 93, Parcela 25; y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 1 y 3 a 7 del Expediente N° 58.838/03, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 30,07 m2 reglamentarios (estar-comedor, hall y escalera en planta alta) y de 77,26 m2 (4 dormitorios, cocina-lavadero y paso en planta alta) en una "Vivienda Unifamiliar y Taller Mecánico", obrando plano registrado anterior a fojas 8;
Que las obras cuestionadas contravienen los artículos 2.1.1.1 "Trabajos que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y 5.4.1.4 "Distrito R2b: b) R2bII - Disposiciones particulares: d) FOT máximo" del Código de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 3/5/04 (fs. 27), las obras ejecutadas sin permiso no afectan las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 12/13), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el Inc. f) del artículo 2.4.3.3 "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del artículo 6.3.1.2 "Obras en Contravención del Código de la Edificación", modificado por Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607);
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e) del artículo 6.3.1.2 "Obras en Contravención del Código de la Edificación" (AD 630.75);

EL SECRETARIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la regularización de las "Obras en Contravención" ejecutadas sin permiso en la "Vivienda Unifamiliar y Taller Mecánico" sita en la avenida Derqui 4421/23, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 64, Manzana 93, Parcela 25, procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 1 y 3 a 7 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de ciento siete metros con treinta y tres centímetros cuadrados (107,33 m2), discriminados en 30,07 m2 reglamentarios y 77,26 m2 no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el artículo 6.3.1.2 "Obras en Contravención" del Código de la Edificación, modificado por Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607).
Artículo 2° - La presente Resolución es refrendada por la señora Subsecretaria de Control Comunal.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la Empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, juntamente con copia del plano registrado. López - Fiszbin

RESOLUCIÓN N° 364
REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN EL INMUEBLE SITO EN GORRITI 5298 ESQUINA GODOY CRUZ 1699

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 73.297/03 por el cual se solicita la regularización de obras no reglamentarias ejecutadas sin permiso en la finca sita en la calle Gorriti 5298 esquina Godoy Cruz 1699, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 18, Sección 19, Manzana 20, Parcela 9b; y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 1 y 3 a 8 del Expediente N° 73.297/03, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 53,35 m2 no reglamentarios (comedor-diario, dormitorio, depósito y en planta terraza: toilette y escalera, en una "Vivienda Unifamiliar y Local Comercial", obrando plano registrado anterior a fojas 9;
Que las obras cuestionadas contravienen los artículos 2.1.1.1 "Trabajos que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y 5.4.1.4 "Distrito R2b: a) R2bI - Disposiciones particulares: d) FOT máximo" del Código de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 29/5/03, (fs. 30), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 13/14), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el Inc. f) del artículo 2.4.3.3 "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación;
Que el presente caso, teniendo en cuenta la fecha de iniciación de los presentes actuados, se encuadra en los términos del artículo 6.3.1.2 "Obras en Contravención" del Código de la Edificación (A.D. 630.75), conforme texto Ordenanza N° 44.825 (B.M. N° 19.865), según el procedimiento previsto en la Resolución N° 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. N° 309);
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e) del artículo 6.3.1.2 "Obras en Contravención del Código de la Edificación" (AD 630.75);

EL SECRETARIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la regularización de las "Obras en Contravención" ejecutadas sin permiso en la "Vivienda Unifamiliar y Local Comercial" sita en la calle Gorriti 5298 esquina Godoy Cruz 1699, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 18, Sección 19, Manzana 20, Parcela 9b, procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 1 y 3 a 8 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de cincuenta y tres metros con treinta y cinco centímetros cuadrados (53,35 m2), no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el artículo 6.3.1.2 "Obras en Contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ordenanza N° 44.825 (B.M. N° 18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución N° 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. N° 309).
Artículo 2° - La presente Resolución es refrendada por la señora Subsecretaria de Control Comunal.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la Empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, juntamente con copia del plano registrado. López - Fiszbin

RESOLUCIÓN N° 365
RECONSTRÚYESE EL EXPEDIENTE N° 180.394/69, EN LOS TÉRMINOS DE LA ORDENANZA N° 35.711 (B.M. N° 16.262)

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 24.178/04 y agregados, por el cual la ex Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones, solicita la reconstrucción del Expediente N° 180.394/69; y
CONSIDERANDO:
Que a pesar de la intensa búsqueda efectuada dentro del área de la mencionada Dirección General, así como también en las distintas Secretarías y Reparticiones dependientes del Órgano Ejecutivo, mediante Memo N° 1.072/SJYSU/04, no ha sido posible localizar la actuación que nos ocupa, por lo que procede autorizar su reconstrucción;
Que el Expediente tratado guarda relación con la habilitación perteneciente al local de la calle San Pedro 5170/80/88, solicitada en su oportunidad para el rubro "Taller Mecánico y Fundición de metales no tóxicos";
Por ello,

EL SECRETARIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Reconstrúyase el Expediente N° 180.394/69, en los términos de la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD 221.18 Capítulo V.
Artículo 2° - La Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección de Sumarios- procederá a instruir el correspondiente Sumario Administrativo a fin de deslindar responsabilidades por el extravío del Expediente N° 180.394/69.
Artículo 3° - La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, procederá a reconstruir la carátula original de la citada actuación e informará los movimientos registrados por la misma.
Artículo 4° - La Dirección General de Habilitaciones y Permisos comunicará al interesado el extravío a fin de que acompañe las copias de los escritos y documentación que posea, los que deberán ser incorporados al Expediente en reconstrucción.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Control Comunal. Cumplido, gírese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos quien dará cumplimiento al artículo 4° de la presente, a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección de Sumarios-, la que cumplimentará el Art. 2° de la presente. López

RESOLUCIÓN N° 1.444 - SSJYT
DESÍGNASE A LA ESCRIBANA LORENA A. BERUTI COMO ADSCRIPTA AL REGISTRO NOTARIAL N° 63

Buenos Aires, 18 de junio de 2004.

Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 1034), 2.696/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), y 2.720/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1843), el Expediente N° 27.979/04, y,
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, el Escribano Luis Agustín Beruti, titular del Registro Notarial N° 63, solicita se designe como Adscripta a dicho Registro a la Escribana Lorena Amelia Beruti;
Que se encuentra acreditado que el Escribano titular tiene una antigüedad en tal carácter en esta Ciudad no inferior a cinco años contados desde la primera escritura protocolizada, y ha obtenido resultado favorable en la Inspección Extraordinaria de Protocolo comprensiva de todos los aspectos del ejercicio de su función notarial, conforme lo exige el artículo 46 incisos a) y b) de la Ley N° 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario N° 1.624/00;
Que, la Escribana Lorena Amelia Beruti ha obtenido un puntaje de ocho (8) puntos en la prueba escrita y de cinco (5) puntos en la prueba oral, respectivamente, de la Evaluación de Idoneidad para acceder a la Adscripción de Registros Notariales, cumpliendo, por ende, lo dispuesto en el artículo 46 inciso c) de la Ley Orgánica Notarial N° 404;
Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido Dictamen considerando que puede dictarse el acto administrativo por el cual se haga lugar a la designación solicitada;
Que, la Dirección General de Justicia y Registros ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente Resolución;
Que, la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que, mediante los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03 se modificó la estructura organizativa de este Gobierno, y se dispuso: "Transfiérese la Dirección General de Registros de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica a la dependencia de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo conservando sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y presupuesto, y modificando su denominación por la de Justicia y Registros"; y en consecuencia, se estableció dentro de las competencias de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo la de: "Llevar el Registro de Escribanos (Ley N° 404) y dictaminar sobre los proyectos de actos administrativos en la materia";
Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia y Trabajo, corresponde el dictado de la pertinente Resolución, por la que se haga lugar a la propuesta del Escribano Luis Agustín Beruti y se adscriba a su Registro Notarial N° 63 a la Escribana Lorena Amelia Beruti;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03;

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA Y TRABAJO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desígnase a la Escribana Lorena Amelia Beruti, DNI 26.282.445, Matrícula N° 4.836, como Adscripta al Registro Notarial N° 63.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, y remítase a la Dirección General de Justicia y Registros, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Antuña

RESOLUCIÓN N° 1.446 - SSJYT
ACÉPTASE LA RENUNCIA DEL ESCRIBANO ANDRÉS F. MEJÍA COMO ADSCRIPTO AL REGISTRO NOTARIAL N° 1.048. CRÉASE EL REGISTRO NOTARIAL N° 2.096 Y ADJUDÍCASE LA TITURALIDAD AL PROFESIONAL MENCIONADO

Buenos Aires, 18 de junio de 2004.

Visto, la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 1034), 2.696/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), y 2.720/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1843), el Expediente N° 23.821/04, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto tramita la presentación efectuada por el Escribano Andrés Federico Mejía, por la cual solicita se lo designe como titular del Registro Notarial que le corresponde en razón de encontrarse cumplimentado lo prescripto por el Art. 176 bis de la Ley Orgánica Notarial N° 404;
Que, se encuentra acreditado que el Escribano Mejía, ha obtenido un puntaje de cinco (5) puntos en la prueba escrita y de siete (7) puntos en la evaluación oral, respectivamente, rendidas de conformidad con lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Justicia de la Nación N° 1.104/91, los días 30 de abril y 26 de mayo de 1993, lo que lo habilitó para ser designado Adscripto a un Registro Notarial;
Que, el Escribano Andrés Federico Mejía fue designado Adscripto al Registro Notarial N° 1.048 por Resolución del Ministerio de Justicia de la Nación de fecha 7 de diciembre de 1993, cargo en el que tomó posesión el 15 del mismo mes y año y que continúa desempeñando;
Que, asimismo el Escribano peticionante, presenta su renuncia al cargo de Adscripto al Registro Notarial N° 1.048, en forma condicionada al otorgamiento de la titularidad solicitada;
Que, respecto a la renuncia al cargo de Adscripto que actualmente detenta, el Escribano Andrés Federico Mejía ha observado lo dispuesto por el artículo 23 in fine del Decreto Reglamentario de la Ley Orgánica Notarial al presentar su renuncia por escrito ante el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, quien la elevó a este Poder Ejecutivo con constancia de la situación del colegiado al momento de su presentación;
Que, el titular del Registro Notarial N° 1.048, Escribano Carlos María de Nevares, ha prestado conformidad con la renuncia formulada por el Escribano Andrés Federico Mejía;
Que, a fin de dar cumplimiento con lo requerido en el artículo 13 del Decreto N° 1.624/GCBA/00 corresponde que, con carácter previo a la toma de posesión del cargo de titular, el Colegio de Escribanos efectúe la inspección del Protocolo correspondiente al registro del cual el renunciante es Adscripto, y comunique dicho resultado a la Dirección General de Justicia y Registros dependiente de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo;
Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido el dictamen pertinente, considerando que puede dictarse el acto administrativo por el cual se haga lugar a lo peticionado por el Escribano Andrés Federico Mejía;
Que, la Dirección General de Justicia y Registros ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente Resolución;
Que, la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que, mediante los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03 se modificó la estructura organizativa de este Gobierno, y se dispuso: "Transfiérese la Dirección General de Registros de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica a la dependencia de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo conservando sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y presupuesto, y modificando su denominación por la de Justicia y Registros"; y en consecuencia, se estableció dentro de las competencias de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo la de: "Llevar el Registro de Escribanos (Ley N° 404) y dictaminar sobre los proyectos de actos administrativos en la materia";
Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia y Trabajo, corresponde el dictado de la pertinente Resolución, por la que se haga lugar a la solicitud formulada por el Escribano Andrés Federico Mejía, creando a esos efectos un registro notarial, designándolo como Titular del mismo, y aceptando su renuncia al cargo de Adscripto que detenta, condicionada a la toma de posesión del nuevo cargo;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA Y TRABAJO
RESUELVE:

Artículo 1° - Acéptase la renuncia del Escribano Andrés Federico Mejía, C. I. P.F. N° 8.475.435, Matrícula N° 4.279, a su cargo de Adscripto al Registro Notarial N° 1.048, la que tendrá efecto en el momento inmediato anterior a la posesión del nuevo cargo.
Artículo 2° - Procédese a la creación del Registro Notarial N° 2.096 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3° - Adjudícase al Escribano Andrés Federico Mejía, C.I.P.F N° 8.475.435, Matrícula N° 4.279, la titularidad del Registro Notarial N° 2.096.
Artículo 4° - Hágase saber al Colegio de Escribanos que, con carácter previo a poner al Escribano Andrés Federico Mejía en posesión de la titularidad del Registro Notarial adjudicado en el artículo 3°, deberá realizar la inspección del Protocolo correspondiente al Registro Notarial N° 1.048 y comunicar su resultado a la Dirección General de Justicia y Registros dependiente de esta Subsecretaría de Justicia y Trabajo.
Artículo 5° - La renuncia aceptada en el artículo primero mantiene la responsabilidad disciplinaria del presentante y el cumplimiento de las posibles sanciones que pudieran decretarse con posterioridad a la misma, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 147 de la Ley N° 404 y 81 del Decreto N° 1.624/GCBA/00.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, y remítase a la Dirección General de Justicia y Registros, la que debe practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Antuña
Secretaría de Hacienda y Finanzas

RESOLUCIÓN N° 1.823
AUTORÍZASE AL PROGRAMA DE COLECTIVIDADES A UTILIZAR EN FORMA GRATUITA, EL CENTRO DE EXPOSICIONES DE LA C.A.B.A. PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO "LOS GRANDES Y SUS RAÍCES"

Buenos Aires, 10 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 19.317/04, el Decreto N° 7.962/78 (B.M. N° 15.925), la Ley N° 1.337/04; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Programa de Colectividades dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, solicita a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones el arrendamiento de 9.867,86 m2 cubiertos correspondientes al Centro de Exposiciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la realización del evento denominado "Los Grandes y sus Raíces", a desarrollarse durante los días 10 al 13 de junio del corriente año, incluyendo días de armado y desarme;
Que, el citado evento tiene por objeto homenajear a la Tercera Edad, mediante la participación de ballet y stands de las distintas colectividades con asiento en la Ciudad de Buenos Aires;
Que, el citado evento cuenta con la conformidad del Subsecretario de Relaciones Políticas e Institucionales dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete;
Que, el Decreto N° 7.962/78 aprueba el Reglamento de funcionamiento del referido Centro, estableciendo que la Ley Tarifaria será la que fije las tarifas a abonar por arrendamiento, siendo de aplicación para el presente caso la correspondiente a organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, la Ley Tarifaria vigente para el corriente año, dispone en su Art. 99, que los organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, centralizados y no centralizados, que acrediten debidamente requerir el uso de las instalaciones de dicho Centro, abonarán el 20% de los aranceles prescriptos al recibir la Resolución concedente emanada de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que condicionará la utilización efectiva al previo pago del importe resultante;
Que, la Ley N° 1.337 sancionada con fecha 20 de mayo del corriente año por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, exime al Programa de Colectividades dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete del pago de canon por arrendamiento para la utilización del referido Centro de Exposiciones, destacándose que dicha eximición sólo comprende el canon locativo, no así el pago de las garantías por futuros consumos de servicios y la contratación de las pólizas de seguro contra incendio y responsabilidad civil;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase al Programa de Colectividades dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete a utilizar en forma precaria y temporal una superficie total de 9.867,86 m2 cubiertos correspondientes al Centro de Exposiciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento aprobado mediante Decreto N° 7.962/78, durante los días 10 al 13 de junio del corriente año, a efectos de realizar el evento denominado "Los Grandes y sus Raíces".
Artículo 2° - El Programa de Colectividades dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete queda exento del pago del valor total del arrendamiento cuya suma asciende a pesos siete mil ochocientos noventa y cuatro ($ 7.894), por aplicación de la Ley N° 1.337/04.
Artículo 3° - El uso precario y temporal que se concede no comprende el suministro de energía eléctrica, agua y gas. En garantía de pago de esos consumos el Programa de Colectividades dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete deberá realizar una reserva de créditos de pesos mil ochocientos noventa y dos ($ 1.892) a los efectos de que, determinados los consumos producidos, se sirva solicitar la transferencia del importe resultante, al Programa 6042 -Asignación Permisos en Centro de Exposiciones-, Partidas 3.1.1 Energía Eléctrica, Código Único 440.247; 3.1.2 Agua, Código Único 440.250; 3.1.3 Gas, Código Único 440.252.
Artículo 4° - A los efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas respecto al desarme en término y entrega en buen estado de las instalaciones y superficies concedidas, el Programa de Colectividades dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete se compromete a solventar de su presupuesto en el caso de producirse daños o deterioros hasta la suma de pesos trescientos noventa y cinco ($ 395).
Artículo 5° - A fin de preservar los derechos de los expositores que se presentan con posterioridad a la realización de este evento, el desarme y retiro de los materiales de las superficies concedidas deberá hacerse antes de la hora ocho (8) del día 14 de junio de 2004, fecha en que los respectivos espacios deberán quedar totalmente desocupados, debiendo encontrarse los pisos e instalaciones en iguales condiciones de limpieza y conservación en que se recibieron.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones y para su conocimiento y demás efectos, pase al Programa de Colectividades dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete. Albamonte

Secretaría de Cultura

RESOLUCIÓN N° 1.861 - SSGEIC
APRUÉBASE EL CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE EL PROFECI Y "FANTASY CABALLITO S.A." (CINE COSMOS), EN EL MARCO DEL VI BUENOS AIRES FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE

Buenos Aires, 22 de junio de 2004.

Visto el Decreto N° 834/2002 (B.O. N° 1498), la Resolución N° 3.636/SC/2002, y el Expediente N° 8.267/2004, y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 834/02 (B.O. N° 1498) se creó el Programa Festivales de la Ciudad (PROFECI), con el fin de organizar los festivales y eventos, que componen la agenda cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el artículo 2° de la citada norma, se aprueba el modelo de Convenio Administrativo de Colaboración, que permite a las empresas privadas y entidades interesadas, colaborar con el cumplimiento del objetivo asignado al Programa mencionado;
Que aquellos aportes efectuados por el sector privado resultan trascendentes, toda vez que dicho sistema de gestión asociada, permite la obtención de recursos técnicos y humanos, que ayudan a concretar los objetivos citados;
Que la propuesta de la empresa Fantasy Caballito S.A. (Cine Cosmos), se enmarca dentro de los lineamientos del PROFECI, en tanto ha ofrecido al G.C.A.B.A. realizar por su exclusiva cuenta y cargo las prestaciones detalladas en el Anexo de la presente;
Por ello; y en uso de la facultad expresamente delegada por Decreto N° 834/GCBA/02 (B.O. N° 1498),

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN
E INDUSTRIAS CULTURALES
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el Convenio Administrativo de Colaboración celebrado entre el Programa Festivales de la Ciudad y Fantasy Caballito S.A. (Cine Cosmos), CUIT 30-69377855-3, que como Anexo forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Apruébase la implementación del Convenio Administrativo de Colaboración, citado en el artículo anterior, en el marco del VI Buenos Aires Festival lnternacional de Cine Independiente.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Programa Festivales de la Ciudad. Cumplido, archívese. Puente

Nota: El Anexo de la presente Resolución podrá ser consultado en el Programa Festivales de la Ciudad, Av. Corrientes 1530, piso 7, oficina 6.

RESOLUCIÓN N° 1.909
APRUÉBASE EL PAGO A "MB PRODUCCIONES" DE JESSICA WAIZBROT, EN EL MARCO DEL VI BUENOS AIRES FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 24.318/2004, el Decreto N° 1.370/2001 (B.O. N° 1283) y su modificatorio N° 1.686/2002 (B.O. N° 1596), y;
CONSIDERANDO:
Que se tramita la aprobación del gasto, por la suma de pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000), a favor de la empresa MB Producciones de Jessica Waizbrot, CUIT 27-26113935-4, por el servicio de traducciones con proyección en directo, para el VI Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente, evento aprobado por Resolución N° 872/SC/2004;
Que el mismo se contempló en la Contratación Directa N° 10/PROFECI/04, resultando inviable en tiempo y forma, atento no definirse hasta último momento la cantidad de filmes que compondrían el material a traducir, lo que incide proporcionalmente en el precio del servicio;
Que el material cuya traducción se necesitara, proveniente del exterior, no se puede calificar en términos de tiempo / proceso, hasta contar con el mismo en el lugar de traducción;
Que no obstante, con la previsión realizada en la Solicitud de Pedido N° 6/PROFECI/04, el proveedor, requerido por su exclusividad por la Producción del Festival, se avino a comenzar la tarea, resultando el monto final ajustado a lo previsto, obrando en los presentes actuados la constancia y conformidad a dicha prestación, emitiéndose el parte de recepción definitiva considerado en la Disposición N° 131/DGC/2002, (B.O. N° 1491);
Que considerando la naturaleza del servicio requerido, este exige el pago de manera inmediata a la conformidad de las películas cuya traducción se provee, cancelándose parte del gasto total, por la suma de pesos cien mil ($ 100.000), con los fondos anticipados en concepto de fondos con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, por Resolución N° 839/SSGYAF/2004;
Que el Decreto N° 1.370/2001 (B.O. N° 1283) y su modificatorio N° 1.686/2002 (B.O. N° 1596), prevé el remedio para este tipo de circunstancias excepcionales, habilitando el régimen de competencias para la aprobación del gasto incurrido;
Que se cuenta con el registro presupuestario que establece el Decreto N° 1.825/97 (B.O. N° 355), con cargo al presente ejercicio;
Por ello, y conforme la delegación contemplada en el artículo 1° del Decreto N° 1.370/2001, según texto del artículo 1° del Decreto N° 1.686/2002;

EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el gasto por la suma de pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000), a favor de la empresa MB Producciones de Jessica Waizbrot, CUIT 27-26113935-4, por el servicio de traducciones con proyección en directo, para el VI Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente.
Artículo 2° - Apruébase el pago realizado por la suma de pesos cien mil ($ 100.000), con los fondos asignados al Programa Festivales de la Ciudad, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, por Resolución N° 839/SSGYAF/2004.
Artículo 3° - Autorízase, en consecuencia, a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe de pesos cuarenta mil, ($ 40.000), saldo de la suma aprobada en el artículo 1°, en una Orden General de Pago a favor de la empresa MB Producciones de Jessica Waizbrot, CUIT 27-26113935-4.
Artículo 4° - A los efectos del cobro, el proveedor deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite el importe correspondiente. El proveedor deberá comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2004.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones, pase al Programa Festivales de la Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. López

RESOLUCIÓN N° 1.910
APRUÉBASE LA PROPUESTA DE COLABORACIÓN DE "GERMAN FEDERAL FILM BOARD EXPORT UNIÓN DES DEUTSCHEN FILM GmbH", PRESENTADA ANTE EL PROFECI, EN EL MARCO DEL VI BUENOS AIRES FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

Visto el Decreto N° 834/2002 (B.O. N° 1498), la Resolución N° 3.636/SC/2002, y el Expediente N° 8.267/2004, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 834/2002 (B.O. N° 1498) se creó el Programa Festivales de la Ciudad (PROFECI), con el fin de organizar los festivales y eventos, que componen la agenda cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el artículo 2° de la citada norma, se aprueba el modelo de Convenio Administrativo de Colaboración, que permite a las empresas privadas y entidades interesadas, colaborar con el cumplimiento del objetivo asignado al Programa mencionado;
Que aquellos aportes efectuados por el sector privado resultan trascendentes, toda vez que dicho sistema de gestión asociada, permite la obtención de recursos técnicos y humanos, que ayudan a concretar los objetivos citados;
Que la propuesta de German Federal Film Board Export Unión Des Deutschen Film GmbH se enmarca dentro de los lineamientos del PROFECI, en tanto ha ofrecido al G.C.A.B.A. realizar por su exclusiva cuenta y cargo las prestaciones detalladas en el Anexo de la presente;
Que, no obstante no haber sido posible la firma del modelo de convenio habitual, debido a que los directivos de German Federal Film Board Export Unión Des Deutschen Film GmbH se encuentran radicados en Alemania, la Administración del PROFECI considera que en la propuesta formal presentada, se encuentran reunidos los requisitos básicos que hacen posible la aprobación de la misma;
Por ello; y en uso de la facultad expresamente delegada por Decreto N° 834/GCBA/2002 (B.O. N° 1498),

EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la Propuesta de Colaboración presentada ante el Programa Festivales de la Ciudad por German Federal Film Board Export Unión Des Deutschen Film GmbH, que como Anexo forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Apruébase la implementación de la Propuesta de Colaboración, citada en el artículo anterior, en el marco del VI Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase al Programa Festivales de la Ciudad. Cumplido, archívese. López

Nota: El Anexo de la presente Resolución podrá ser consultado en el Programa Festivales de la Ciudad, Av. Corrientes 1530, piso 7, oficina 6.

RESOLUCIÓN N° 1.911
ACÉPTASE LA TRANSFERENCIA DE DOMINIOS DE INTERNET A FAVOR DEL PROFECI

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 32.057/2004, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado actuado tramita la solicitud interpuesta por el Programa Festivales de la Ciudad para el registro de los dominios de internet de los que dispone, destinados a la difusión de la actividad particular de cada festival, y en general, de las actividades del programa;
Que oportunamente los dominios fueron registrados, por las personas a cargo de la conducción temporal de las actividades cuyos dominios en la actualidad administra el Programa Festivales de la Ciudad, bajo el sub dominio .com o .com.ar, deviniendo oportuno registrar también, los correspondientes al sub dominio .gov.ar;
Que las personas que registraran oportunamente dichos dominios han manifestado la intención de ceder la titularidad de los mismos a favor de esta Administración, correspondiendo aceptar dicha transferencia, a efectos de regularizar la inscripción ante el registro correspondiente del órgano rector del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto;
Que a su vez, corresponde autorizar a la Coordinación de la citada Unidad Ejecutora, para la inscripción de los dominios cedidos y los que se crean bajo el sub dominio .gov.ar, así como aquellos que sea necesario inscribir en el futuro;
Que el trámite requiere que el máximo titular de la Jurisdicción autorice la inscripción que se trata, suscribiendo a su vez, los correspondientes formularios, habilitados para efectuar la transferencia e inscripción;
Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Aceptar la transferencia de los dominios de internet cuya titularidad, dominio y sub dominio, se listan en el Anexo I de la presente.
Artículo 2° - Autorizar al Programa Festivales de la Ciudad a realizar los trámites correspondientes a la inscripción de dichas transferencias, y a la inscripción de los dominios cuyo registro preliminar se lista en el Anexo II de la presente, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, en el servicio Nic-Argentina, que le depende, así como proceder al registro bajo el sub dominio .gov.ar, de aquellos sitios de internet que deban habilitarse en el futuro, con motivo de la labor encomendada a dicho Programa por Decreto N° 834/2002, (B.O. N° 1498).
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su cumplimiento y trámite, pase al Programa Festivales de la Ciudad. Cumplido, archívese. López

Nota: El Anexo de la presente Resolución podrá ser consultado en el Programa Festivales de la Ciudad, Av. Corrientes 1530, piso 7, oficina 6.

RESOLUCIÓN N° 1.912
ENCOMIÉNDASE AL COORDINADOR DEL PROFECI, EL REGISTRO DE LA MARCA "BUENOS AIRES PIENSA", ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Buenos Aires, 24 de junio de 2004.

Visto, el Expediente N° 31.948/2004, el Decreto N° 834/2002, (B.O. N° 1498), y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 834/2002 se asigna al Programa Festivales de la Ciudad, la organización y ejecución de los festivales y eventos que componen la agenda cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la misma norma habilita al que suscribe, a incorporar aquellas manifestaciones que conforme los criterios que rigen la gestión de gobierno, se adecuen a los fines y objetivos previstos para dicha unidad de organización;
Que en este sentido se propone incorporar a la actividad del Programa Festivales de la Ciudad, la actividad cultural, de carácter bianual, "Buenos Aires Piensa", un evento diseñado para la promoción y difusión de las actividades técnico científicas que se desarrollan en el ejido de la Ciudad;
Que con el fin de preservar el buen uso de esta marca distintiva, se solicita la autorización para su registro ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, (INPI), órgano cuya función es proteger el derecho de la propiedad, y su uso conforme las clases para las que fuera solicitada la protección;
Que se propone la reserva de la marca "Buenos Aires Piensa" para las clases de productos catalogadas por el INPI, bajo los números 38, (telecomunicaciones, internet), y 41, (educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales), resultando apropiado encomendar a la Coordinación del Programa Festivales de la Ciudad, la representación de esta Administración para la realización del trámite correspondiente;
Por ello, y en uso de las facultades que le resultan propias,

EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Encomendar al señor Coordinador del Programa Festivales de la Ciudad, señor Claudio Mauricio Pustelnik, DNI 13.416.862, en representación de esta Administración, el registro de la marca "Buenos Aires Piensa", para las clases 38 y 41, ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Programa Festivales de la Ciudad. Cumplido, archívese. López

RESOLUCIÓN N° 1.935
RECONSTRÚYESE EL EXPEDIENTE N° 53.944/02 EN LOS TÉRMINOS DE LA ORDENANZA N° 35.711 (B.M. N° 16.262). INSTRÚYASE SUMARIO ADMINISTRATIVO POR EL EXTRAVÍO DE LA MENCIONADA ACTUACIÓN

Buenos Aires, 25 de junio de 2004.

Visto la Nota N° 3.219/SC/2004 por la cual la Unidad de Servicios Centrales de esta Secretaría, solicita la reconstrucción del Expediente N° 53.944/2002,
CONSIDERANDO:
Que a pesar de la intensa búsqueda en las distintas Secretarías y Reparticiones dependientes del Poder Ejecutivo, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, no ha sido posible localizar la actuación que nos ocupa;
Que por lo expuesto, se procede a autorizar su reconstrucción;
Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Reconstruir el Expediente N° 53.944/2002, en los términos de la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262).
Artículo 2° - Instruir el correspondiente Sumario Administrativo fin de deslindar responsabilidades por el extravío del Expediente N° 53.944/2002.
Artículo 3° - La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo procederá a reconstruir la carátula original de la citada actuación e informará los movimientos registrados por la misma.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y fines correspondientes, pase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires - Dirección de Sumarios. López

DISPOSICIONES

Secretaría de Cultura

DISPOSICIÓN N° 18 - DGDIS
APRUÉBASE LA NÓMINA DE DISEÑADORES QUE PARTICIPARÁN EN LA FERIA TEMÁTICA DE DISEÑO "MUJER, CASA, HOMBRE"

Buenos Aires, 18 de junio de 2004.

Visto la Resolución N° 285/SC/04; las Disposiciones Nros. 8/DGDIS/04 y 15/DGDIS/04 y;
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 8/DGDIS/04 y conforme lo autorizado por Resolución N° 285/SC/04, se convocó a diseñadores y productores a participar en la Feria Temática de Diseño "Mujer, Casa, Hombre", a realizarse en el Predio Dorrego ubicado entre las calles Zapiola, Capitán Gral. Ramón Freire, Concepción Arenal y Av. Dorrego durante los meses de junio y julio de 2004, los sábados y domingos en el horario de 14 a 21 horas;
Que por Disposición N° 15/DGDIS/04 se prorrogó hasta el 4 de junio, el plazo de inscripción para la precitada Feria Temática;
Que habiendo finalizado el plazo establecido por la convocatoria, se ha procedido a su pertinente evaluación, seleccionándose los diseñadores/as que participarán en el Evento, conforme el puntaje a alcanzar, establecido en la Resolución N° 285/SC/04;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 285/SC/04;

EL DIRECTOR GENERAL DE DISEÑO
DISPONE:

Artículo 1° - Apruébase la nómina de diseñadores seleccionados para participar de la Feria a desarrollarse durante los meses de junio y julio en el Predio Dorrego, mencionados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lebendiker

ANEXO I

Diseñadores Seleccionados

Marca

CUIT

(nomeolvides)

27-22823820-7

Alise

27-13080922-2

Almas Design

27-26240271-7

Alta Gracia

27-25131792-0

Amma

27-21003877-4

Aneyra Sea

27-92353130-6

Ángeles Janza & Flor Fiszman

20-24446930-3

Angus

27-17513244-4

Antinomia

27-26865126-3

Artayeta

27-24623896-6

Atavío

27-28056275-6

Averigüelo, Vargas!

27-21970264-2

Aymé costumbres naturales

27-22156797-3

Bedbox

27-14255600-1

Camisas Manjar

20-24424943-5

Chicas en el agua

23-28034435-4

Clea

27-25866492-8

CommTools

23-16055206-9

Compañía de Telares

27-92202357-9

Conceptos Nobles

27-25097672-6

Cristian Roa

20-22279437-5

Daliniano

27-23124127-8

Deberser

20-24111134-3

Doble Ele

23-27536251-4

Dua

20-08337453-6

Duendes del Bosque

27-06695526-0

Eclipse

20-08189613-6

El Cruce

27-24341615-4

El Despertar

20-27153206-8

Escaparate

27-23602962-5

Esoteria

27-21880617-7

Etherna

27-22668542-7

Flor Luque

27-20665697-8

Fogo el industrial

20-24515366-0

Fresno

20-22108171-5

Gabriela Antenzon

27-18380775-2

Gabriela Horvat. Circulando

27-26281533-7

Galería Diana Pinhasi

27-16171437-8

Galería Nagare

27-03889993-2

Glitter

27-17823687-9

Hacer Pie

27-24659919-5

Hachepunto0

20-21918595-3

Haikko

27-24334845-0

Ideo

27-62642818-4

Ínfulas Pepes

20-12045199-6

Intepay

30-70796708-7

Isaakayz

20-07592836-0

Jasha

27-20569483-3

Krynski

20-21484520-3

Kuwota cerámicas

20-08077857-1

La simultánea

20-18101732-6

Lua

27-18574764-1

Lucero

20-23672579-1

Ludi

30-70733296-0

Lugar de Diseño

20-18398217-7

Luz y diseño

27-24922708-6

Mamaiara

27-16899775-8

Marcos + Arte

27-16607114-9

Margen Diseños

27-25294539-9

María Inés Corrales

20-21363037-8

Millai Sumaj

27-05871879-9

Minimademalis

27-24336546-0

Mitchell Colomer

20-21532714-1

Moha objetos

30-70226784-2

Moro zapatos artesanales

27-23107856-3

Nat Fun Art

27-25965026-2

Nolineal

23-27240212-4

Odisea

27-25730875-3

Orkney

27-17820121-8

Pla!

27-21401985-2

Puntomóvil

23-25702111-4

Puro

27-24756902-8

Quetejalaoveja

20-18122887-4

Richard Daroch

20-92318051-7

Rito

20-25142775-6

Rosilia

27-24853954-8

Santino

27-22381499-4

Sanvarvas

20-24882400-0

Sariri Kallpa

27-92032543-8

Seis A.M.

23-25838047-9

Serie X

20-23199552-9

Silvia Haritchabalet

27-20684759-5

Siro Design

23-25568950-9

Sutu

30-54127056-2

Taiko

20-04751608-1

Tenco S.R.L.

30-70809648-9

Tikal

27-92032543-8

Tónico Objetos

20-22467730-9

Tres Artesanos

20-14571105-4

Unoencien

33-70851826-9

Usos y Costumbres

27-22784285-2

Varón Raza

27-23471365-0

Xiclo

20-16741157-7

Yayke

20-20270108-1

Secretaría de Hacienda y Finanzas

DISPOSICIÓN N° 31 - DGSINF
PROHÍBESE A LOS ORGANISMOS CON ACCESO A LA RED INFORMÁTICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD (MAN), SERVIRSE DE ACCESOS ALTERNATIVOS
A INTERNET

Buenos Aires, 23 de junio de 2004.

Visto los Decretos Nros. 1.023/93 (B.M. N° 19.600) y 335/96(B.O. N° 64), y
CONSIDERANDO:
Que el servicio de Internet constituye una de las herramientas más poderosas para el acceso y la transmisión de información;
Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires promueve el uso de Internet para que los empleados realicen trabajos específicos a su función;
Que a tal fin la Dirección General de Sistemas de Información cuenta con un acceso propio a la red Internet para brindar este servicio a los usuarios de la Red Informática del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (MAN);
Que la conexión a la red de Internet, es un punto altamente vulnerable a la seguridad en cualquier organización;
Que dicha conexión debe ser cuidadosamente administrada para evitar riesgos que impacten en los equipos activos de la red corporativa;
Que el uso de conexiones alternativas a Internet con tecnologías de banda ancha, conexiones telefónicas (modems) o enlaces punto a punto, generan un punto de fragilidad y vulnerabilidad en la red corporativa;
Que por ese punto de vulnerabilidad, todos los esfuerzos por mantener la información y los activos de red protegidos de ataques externos se ven contrarrestados por este tipo de conexiones paralelas;
Que por la conexión a Internet no solo se pueden realizar ataques, sino que también pueden proliferarse los virus;
Que por lo expuesto la conexión a Internet deberá ser única para todo el ambiente de la Red Informática del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que asimismo la Dirección General de Sistemas de Información ha establecido pautas referentes al filtrado de contenidos en la navegación;
Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
DISPONE:

Artículo 1° - Los Organismos que por cualquier medio tengan acceso a la Red Informática del Gobierno de la Ciudad (MAN), no pueden, por las razones de seguridad expuestas en los considerandos de la presente, servirse de accesos alternativos a Internet, sean éstos por conexiones con tecnologías de banda ancha, modems, enlaces punto a punto o cualquier otro sistema, debiendo relevar la existencia de tales conexiones en los ámbitos sometidos a su jurisdicción y proceder a su inmediata desactivación y/o cese de uso. La desactivación de dichas conexiones realizadas deberán ser supervisadas por personal de esta Dirección General de Sistemas de Información, la que deberá ser informada a la brevedad de su existencia.
Artículo 2° - Los Organismos no contemplados en la situación descripta por el Art. 1° que requieran de un acceso a Internet distinto al que corporativamente sirve al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deberán contar con la autorización previa de esta Dirección General de Sistemas de Información, debiendo ajustarse la conexión a las pautas y lineamientos que ésta indique en materia de seguridad. Las conexiones existentes en este supuesto deberán ser informadas a la brevedad a esta Dirección General a los fines de su convalidación.
Artículo 3° - Aquellas dependencias que ingresan a la Red Informática del Gobierno de la Ciudad (MAN) a través de conexiones VPN (Virtual Private Network) deberán ser supervisadas por personal responsable de la seguridad informática de la Dirección General de Sistemas de Información.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones dependientes de esta Dirección General. Deira

Secretaría de Infraestructura y Planeamiento

DISPOSICIÓN N° 240 - DGAYL
ADJUDÍCANSE A IDPHOTO S.A. LAS OBRAS CORRESPONDIENTES A LA LICITACIÓN PRIVADA N° 66/04

Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Visto el Expediente N° 3.443/04 y los Decretos Nros. 5.720/PEN/72 y sus modificatorios Decretos Nros. 383/PEN/73, 825/PEN/88, 826/PEN/88 y 827/PEN/88 de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a la Cláusula transitoria 3° de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539) y el Decreto N° 791/GCBA/03 y,
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados se tramita la adquisición de "Insumos para confección de licencias de conducir (sobres plásticos)" con destino a la Dirección General de Educación Vial y Licencias;
Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que, mediante Disposición N° 29/DGAYL/04 se dispuso el llamado a Licitación Privada N° 66/04 para el día 22 de marzo de 2004, al amparo de lo establecido en el artículo 56, inciso 1° de la Ley de Contabilidad;
Que, tal como luce en el Acta de Apertura N° 57/04, se recibieron las propuestas de las firmas Idphoto S.A. y Latindocutech S.A.;
Que, se dio cumplimiento con la Reglamentación, confeccionando el Cuadro Comparativo de Ofertas, del cual es fiel reflejo el Acta de Preadjudicación N° 22/04 por la cual resulta preadjudicataria la firma Idphoto SA en el renglón 1 encuadrándose en el Inc. 76 reglamentario del Art. 61 de la Ley de Contabilidad;
Que, ha tomado intervención que le compete la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 791/GCBA/03,

EL DIRECTOR GENERAL ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DISPONE:

Artículo 1° - Apruébase la Licitación Privada N° 66/04 realizada al amparo de lo establecido en el Art. 56, Inc. 1° de la Ley de Contabilidad y adjudícase la adquisición de "Insumos para confección de licencias de conducir (sobres plásticos)" con destino al Ente de Mantenimiento Urbano Integral a favor de la firma Idphoto S.A. por un monto total de pesos ciento ochenta y siete mil ciento sesenta y seis ($ 187.166), según el siguiente detalle:

Renglón

Cantidad

Precio Unitario

Total

1

290.000

$ 0,6454

$ 187.166

Total Neto $ 187.166

Artículo 2° - Dicho gasto se imputará a la partida del Presupuesto correspondiente.
Artículo 3° - Autorízase al Área de Compras y Contrataciones de esta Dirección General Administrativa y Legal a emitir la respectiva Orden de Compra.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Educación Vial y Licencias, a la Dirección de Presupuesto Contable, y remítase al Área de Compras y Contrataciones, dependiente de esta Dirección General en prosecución de su trámite. Seguí

Secretaría de Salud

DISPOSICIÓN N° 608 - DGAIS
DESÍGNANSE ODONTÓLOGOS DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "JUAN A. FERNÁNDEZ"

Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Visto el Decreto N° 456/GCBA/96, las Resoluciones Nros. 399/SS/96, 80/SS/98, y 2.307/SS/01, la Disposición N° 114/DGPYED/99, y la Nota N° 1.909/HGAVS/02 y
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección del Hospital de Odontología ex Nacional propone la designación de la Dra. Cifuentes, Teresita (F.M. N° 355.837), Dra. Riccitelli, Silvia (F.M. N° 343.579), Dra. Kauffman Trayler, Judith (F.M. N° 321.498), Dr. Rizzi, Ricardo (F.M. N° 354.407), Dra. Renzetti, Sandra (F.M. N° 360.742), Dr. Barros, Víctor (F.M. N° 351.798) y la Dra. Epelbaum, Andrea (F.M. N° 391.028);
Que, el Consejo Asesor Técnico Administrativo del Hospital de Odontología ex Nacional, ha aprobado las respectivas designaciones para desempeñarse como Odontólogos de Cabecera con destino al Área Programática del Hospital General de Agudos "Juan A. Fernández";
Que, la Dirección General Atención Integral de la Salud y la Coordinación General de la Red Odontológica prestan conformidad en las designaciones propuestas, atento que la derivación de los beneficiarios a otro profesional del sistema no garantizaría su adecuada atención, ni cubriría la demanda creciente;
Que, evaluados los antecedentes de la Dra. Cifuentes, Teresita (F.M. N° 355.837), Dra. Riccitelli, Silvia (F.M. N° 343.579), Dra. Kauffman Trayler, Judith (F.M. N° 321.498), Dr. Rizzi, Ricardo (F.M. N° 354.407), Dra. Renzetti, Sandra (F.M. N° 360.742), Dr. BARROS, Víctor (F.M. N° 351.798) y la Dra. Epelbaum, Andrea (F.M. N° 391.028), resulta que los profesionales reúnen los requisitos que conforman el perfil de Odontólogos de Cabecera;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por Resolución N° 2.307/SS/01,

EL DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN
INTEGRAL DE LA SALUD
DISPONE:

Artículo 1° - Desígnase a la Dra. Cifuentes, Teresita (F.M. N° 355.837), Dra. Riccitelli, Silvia (F.M. N° 343.579), Dra. Kauffman Trayler, Judith (F.M. N° 321.498), Dr. Rizzi, Ricardo (F.M. N° 354.407), Dra. Renzetti, Sandra (F.M. N° 360.742), Dr. Barros, Víctor (F.M. N° 351.798) y la Dra. Epelbaum, Andrea (F.M. N° 391.028), como Odontólogos de Cabecera con destino al Área Programática del Hospital General de Agudos "Juan A. Fernández".
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Atención Integral de la Salud, Coordinación General de la Red Odontológica, Coordinación Programas Odontólogos de Cabecera y al Establecimiento Asistencial correspondiente quien cursará las respectivas notificaciones a los interesados y a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Ciancio

DISPOSICIÓN N° 609 - DGAIS
DESÍGNANSE ODONTÓLOGOS DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "IGNACIO PIROVANO"

Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Visto el Decreto N° 456/GCBA/96, las Resoluciones Nros. 399/SS/96, 80/SS/98, y 2.307/SS/01, la Disposición N° 114/DGPYED/99, y la Nota N° 1.909/HGAVS/02 y
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección del Hospital de Odontología ex Nacional propone la designación de la Dra. Mancuso, Beatriz (F.M. N° 189.316), el Dr. Garbarino, Jorge (F.M. N° 348.055) el Dr. Miguel, Pablo Alejandro (F.M. N° 320.114) y la Dra. Fernández Iriarte, Beatriz (F.M. N° 264.977);
Que, el Consejo Asesor Técnico Administrativo del Hospital de Odontología ex Nacional, ha aprobado las respectivas designaciones para desempeñarse como Odontólogos de Cabecera con destino al Área Programática del Hospital General de Agudos "Ignacio Pirovano";
Que, la Dirección General Atención Integral de la Salud y la Coordinación General de la Red Odontológica prestan conformidad en las designaciones propuestas, atento que la derivación de los beneficiarios a otro profesional del sistema no garantizaría su adecuada atención, ni cubriría la demanda creciente;
Que, evaluados los antecedentes, de la Dra. Mancuso, Beatriz (F.M. N° 189.316), el Dr. Garbarino, Jorge (F.M. N° 348.055) el Dr. Miguel, Pablo Alejandro (F.M. N° 320.114) y la Dra. Fernández Iriarte, Beatriz (F.M. N° 264.977), resulta que los profesionales reúnen los requisitos que conforman el perfil de Odontólogos de Cabecera;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por Resolución N° 2.307/SS/01,

EL DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN
INTEGRAL DE LA SALUD
DISPONE:

Artículo 1° - Desígnase a la Dra. Mancuso, Beatriz (F.M. N° 189.316), el Dr. Garbarino, Jorge (F.M. N° 348.055), el Dr. Miguel, Pablo Alejandro (F.M. N° 320.114) y la Dra. Fernández Iriarte, Beatriz (F.M. N° 264.977) como Odontólogos de Cabecera con destino al Área Programática del Hospital General de Agudos "Ignacio Pirovano".
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Integral de la Salud, Coordinación General de la Red Odontológica, Coordinación Programas Odontólogos de Cabecera y al Establecimiento Asistencial correspondiente quien cursará las respectivas notificaciones a los interesados y a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Ciancio

DISPOSICIÓN N° 610 - DGAIS
DESÍGNANSE ODONTÓLOGOS DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "JOSÉ M. PENNA"

Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Visto el Decreto N° 456/GCBA/96, las Resoluciones Nros. 399/SS/96, 80/SS/98, y 2.307/SS/01, la Disposición N° 114/DGPYED/99, y la Nota N° 1.909/HGAVS/02 y
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección del Hospital de Odontología Ex Nacional propone la designación de la Dra. Purita, María Cristina (F.M. N° 343.788), la Dra. Sánchez, Ana (F.M. N° 276.075), y la Dra. Chervaz, María Constanza (F.M. N° 382.854);
Que, el Consejo Asesor Técnico Administrativo del Hospital de Odontología ex Nacional, ha aprobado las respectivas designaciones para desempeñarse como Odontólogos de Cabecera con destino al Área Programática del Hospital General de Agudos "José María Penna";
Que, la Dirección General Atención Integral de la Salud y la Coordinación General de la Red Odontológica prestan conformidad en las designaciones propuestas, atento que la derivación de los beneficiarios a otro profesional del sistema no garantizaría su adecuada atención, ni cubriría la demanda creciente;
Que, evaluados los antecedentes de la Dra. Purita, María Cristina (F.M. N° 343.788), la Dra. Sánchez, Ana (F.M. N° 276.075), y la Dra. Chervaz, María Constanza (F.M. N° 382.854), resulta que las profesionales reúnen los requisitos que conforman el perfil de Odontólogos de Cabecera;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por Resolución N° 2.307/SS/01,

EL DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN
INTEGRAL DE LA SALUD
DISPONE:

Artículo 1° - Desígnase a la Dra. Purita, María Cristina (F.M. N° 343.788), la Dra. Sánchez, Ana (F.M. N° 276.075), y la Dra. Chervaz, María Constanza (F.M. N° 382.854) como Odontólogos de Cabecera, con destino al Área Programática del Hospital General de Agudos "José María Penna".
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Atención Integral de la Salud, Coordinación General de la Red Odontológica, Coordinación Programas Odontólogos de Cabecera y al Establecimiento Asistencial correspondiente quien cursará las respectivas notificaciones a los interesados y a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Ciancio

DISPOSICIÓN N° 611 - DGAIS
DESÍGNASE ODONTÓLOGA DE CABECERA EN EL ÁREA PROGRAMÁTICA DEL HOSPITAL "CARLOS G. DURAND"

Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Visto el Decreto N° 456/GCBA/96, las Resoluciones Nros. 399/SS/96, 80/SS/98, y 2.307/SS/01, la Disposición N° 114/DGPYED/99, y la Nota N° 1.909/HGAVS/02 y
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección del Hospital de Odontología Dr. José Dueñas propone la designación de la Dra. Ferrari, María Silvina (F.M. N° 314.739);
Que, el Consejo Asesor Técnico Administrativo del Hospital de Odontología Dr. José Dueñas, ha aprobado las respectiva designación para desempeñarse como Odontóloga de Cabecera con destino a México 4040, correspondiente al Área Programática del Hospital General de Agudos "Carlos Durand";
Que, la Dirección General Atención Integral de la Salud y la Coordinación General de la Red Odontológica prestan conformidad en las designaciones propuestas, atento que la derivación de los beneficiarios a otro profesional del sistema no garantizaría su adecuada atención, ni cubriría la demanda creciente;
Que, evaluados los antecedentes de la Dra. Ferrari, María Silvina (F.M. N° 314.739) resulta que la profesional reúne los requisitos que conforman el perfil de Odontólogos de Cabecera;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por Resolución N° 2.307/SS/01,

EL DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN
INTEGRAL DE LA SALUD
DISPONE:

Artículo 1° - Desígnase a la Dra. Ferrari, María Silvina (F.M. N° 314.739), como Odontóloga de Cabecera con destino a México 4040, correspondiente al Área Programática del Hospital General de Agudos "Carlos Durand".
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Atención Integral de la Salud, Coordinación General de la Red Odontológica, Coordinación Programas Odontólogos de Cabecera y al Establecimiento Asistencial correspondiente quien cursará las respectivas notificaciones a los interesados y a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Ciancio

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N° 390
DECLÁRASE LA EMERGENCIA EDILICIA DE LA SEDE DE LOS JUZGADOS EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS NROS. 5 A 22 DEBIDO A LA CRISIS EN EL SUMINISTRO ELÉCTRICO

Buenos Aires, 18 de junio de 2004.

Visto la Resolución CM N° 377/2004 y el informe remitido por la Dirección de Obras y Mantenimiento del Consejo de la Magistratura, y lo dispuesto por el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución CM N° 152/99, y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CM N° 377/2004 se dispuso feria judicial parcial durante tres días para los Juzgados en lo Contravencional y de Faltas que funcionan en el cuarto piso del edificio sito en Beruti 3345 de esta Ciudad, a fin de evaluar los motivos que originaron los inconvenientes en el suministro de energía eléctrica acaecidos durante los días previos a la toma de dicha decisión;
Que se tuvo especialmente en cuenta la seguridad e integridad física de los magistrados, funcionarios, empleados y justiciables al adoptar la decisión, máxime cuando se trata de desperfectos que podían ocasionar problemas mayores;
Que, efectuados los controles y revisaciones pertinentes, la Dirección de Obras y Mantenimiento informa a este Plenario en el día de la fecha que el edificio en cuestión adolece de serios problemas estructurales; que los tendidos eléctricos se han ido realizando de manera aislada en los diferentes pisos del inmueble con anterioridad al funcionamiento del cuarto piso, y que ello, sumado a la recarga del consumo generada por el cambio climático, ocasionó la crisis acontecida los días pasados;
Que, asimismo, informa la Dirección mencionada que se han concretado diversos trabajos de mejora durante los días de feria, y que, sin perjuicio de la culminación de los mismos durante los días inhábiles venideros, resultaría prudente y conveniente organizar el funcionamiento de los juzgados contravencionales y de faltas de modo tal de garantizar un consumo de energía razonable hasta tanto se finalicen los trabajos que se vienen realizando para calefaccionar las instalaciones;
Que el 4° piso del edificio de la calle Beruti 3345 funciona como sede transitoria de los Juzgados Nros. 5 a 22 del referido fuero, atento a que este Consejo está abocado a la culminación de las obras que se llevan a cabo en el inmueble de la calle Tacuarí 138, sede definitiva de los mismos;
Que este último aun no ha sido habilitado, por un conflicto suscitado con la empresa que suministra la electricidad;
Que, en consecuencia, deberá decretarse la emergencia edilicia en cuanto a la sede en cuestión, a fin de iniciar de inmediato todas las acciones tendientes a dar una solución definitiva al problema;
Que, teniendo en cuenta lo hasta aquí expuesto, así como el caudal de tareas que a la fecha compete a cada dependencia, resulta aconsejable disponer que todos los juzgados estarán habilitados, funcionando en días alternativos hasta tanto se resuelva la situación;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 116 de la Constitución local, la Ley N° 31, y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1° - Declarar la emergencia edilicia del 4° piso del inmueble de Beruti 3345, sede de los Juzgados en lo Contravencional y de Faltas Nros. 5 a 22, con motivo de la crisis en el suministro eléctrico a los tribunales y la realización de las acciones tendientes a garantizar el funcionamiento de la red eléctrica de dicho edificio.
Artículo 2° - A partir del día 22 de junio de 2004 los Juzgados en lo Contravencional y de Faltas que funcionan en el cuarto piso del edificio de la calle Beruti 3345, retomarán sus actividades jurisdiccionales.
Artículo 3° - Con motivo de la emergencia declarada en el artículo 1°, sin menoscabar la prestación del servicio de justicia, los juzgados funcionarán según el cuadro que como Anexo I integra la presente Resolución.
Artículo 4°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a los Sres. Titulares del Ministerio Público, al fuero Contravencional y de Faltas, oportunamente, archívese. Castorino - May Zubiría - De Stefano - Iráizoz - Marsili - Rosenfeld - Balbín - Cavaliere - Garavano

ANEXO I

22/6/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 5 a 16.

23/6/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 17 a 22.

24/6/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 5 a 16.

25/6/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros.17 a 22.

28/6/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 5 a 16.

29/6/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 17 a 22.

30/6/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 5 a 16.

1°/7/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 17 a 22.

2/7/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 5 a 16.

5/7/2004

Juzgados de Primera Instancia Nros. 17 a 22.

El presente Cronograma no afectará el Cuadro de Turnos vigentes.

COMUNICADOS Y AVISOS

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA

Dirección General de Recursos Humanos

Dirección Liquidación de Haberes

Comunicado

Se lleva a conocimiento de todos aquellos agentes que, por aplicación del Decreto N° 1.916/03 por el cual se estableció un porcentaje máximo del 30% del haber líquido para la afectación por recibo de haberes de descuentos con destino a cancelar prestaciones de carácter dinerario, no se le practique en la actualidad el descuento correspondiente al préstamo del Banco Ciudad de Buenos Aires, o el mismo se descuente en forma parcial con relación al valor de cuota que se tenía hasta el mes de noviembre de 2003, pueden presentarse en:
Banco Ciudad de Buenos Aires, Esmeralda 660, piso 1°, Fuerza de Venta, a partir del 28 de junio en horario bancario.
En donde se atenderán hasta un máximo de 200 personas por día a fin de que puedan refinanciar el préstamo que tienen otorgado por uno nuevo que a la vez de resultar más beneficioso permita descontar por recibo de haberes la totalidad de la cuota acordada.

Aldo O. Formento
Director General

CA 230

Inicia: 25-6-2004 Vence: 1°-7-2004

Dirección General de Rentas

Contribuyentes que han sido otorgados o denegados el Certificado Fiscal para licitar y/o contratar con el G.C.B.A.

Conforme lo determinado por Resolución N° 2.647/SHYF/02, se informa la nómina de los contribuyentes a los que les ha sido otorgado o denegado el certificado fiscal para licitar y/o contratar con el G.C.B.A.

Marcelo I. La Banca
Director General Adjunto

Imagen 1 2 3 4

CA 217

Inicia: 30-6-2004 Vence: 6-7-2004

n Contribuyentes que han sido otorgados o denegados por el Certificado Fiscal para licitar y/o contratar con el G.C.B.A.

Conforme lo determinado por Resolución N° 2.647/SHYF/02, se informa la nómina de los contribuyentes a los que les ha sido otorgado o denegado el certificado fiscal para licitar y/o contratar con el G.C.B.A.

Marcelo I. La Banca
Director General Adjunto

Imagen 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

CA 218

Inicia: 30-6-2004 Vence: 6-7-2004

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Dirección General de Coordinación Legal e Institucional

Búsqueda de Expediente

Se solicita a los señores/as Jefes/as de las Mesas de Entradas y Salidas de las distintas dependencias del Departamento Ejecutivo realicen la búsqueda de la siguiente actuación:
Expediente N° 50.459/01.

Nélida S. Pettri
Directora General

CA 232

Inicia: 29-6-2004 Vence: 1°-7-2004

SECRETARÍA DE CULTURA

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal

Búsqueda de Expediente

Se solicita a los señores Jefes de las Mesas de Entradas y Salidas de los distintos Organismos y Secretarías que componen el Departamento Ejecutivo tengan a bien informar a la Dirección de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Cultura, si en los mismos se encuentra el Expediente N° 46.437/02.

Marta Moro de Riesco
a/c Dirección Gestión Administrativa

CA 231

Inicia: 29-6-2004 Vence: 1°-7-2004

LICITACIONES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

Dirección General de Compras y Contrataciones

Preadjudicación

Carpeta N° 1.451/04.
Licitación Privada N° 38/04.
Acta N° 75/04.
Rubro: Equipamiento Informático.
Repartición destinataria: Unidad Ejecutora del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires Proyecto "Modernización de la Dirección General de Compras y Contrataciones".
Firmas Preadjudicadas:
Citarella S.A.
Renglones: 1 y 2 - Monto: $ 20.798.
File Solution S.A.
Renglón: 4 - Monto: $ 3.910.
Total: $ 24.708.
Observaciones: No se considera:
Of. 1 (Hynet S.A.) por no ajustarse la garantía de oferta presentada a lo previsto en el Art. 8° de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones, asimismo por condicionar la garantía de funcionamiento ofrecida ya que cotiza por separado el stock de repuestos y mano de obra, según lo establecido en la Cláusula 8 del oferente - garantía de funcionamiento. El Monitor (Samsung) y la CPU (Intel) no son de la misma marca, como se requiere en la Cláusula 2 del - Equipamiento - Generalidades y por no acreditar el cumplimiento de las Normas ISO 9000 Correspondientes.
Of. 2 (Inter-Grabo S.R.L.) por resultar insuficiente el monto de la garantía de la oferta presentada conforme lo previsto en el Punto 9 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
Of. 4 (Document Technologies S.R.L.) por no firmar todas las hojas de su oferta, asimismo los módulos propuestos no tienen las funciones de "Administración de Documentos y Administración de Usuarios" requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones y los requisitos solicitados en el Pliego, respecto de las pistas de auditoría y definición de usuarios, no se responden en la oferta ni se mencionan; observándose asimismo que el listado presentado, con carácter de declaración jurada de bienes suministrados en los últimos cinco años, no tiene antecedentes de provisión del Software que se ofrece, sino de Servicios de Digitalización.
Of. 5 (Coradir S.R.L.) por constituir la garantía con monto insuficiente conforme a lo previsto en el punto 9 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones y concordante con lo establecido en el Art. 8º de las Cláusulas Generales del citado Pliego de Bases y Condiciones. Of. 7 (Toso H. G.) por no ajustarse la garantía de oferta presentada a lo previsto en el Art. 8° de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones.
Se deja sin efecto:
Of. 7 ( Toso H. G.) R.3 por los motivos que originaron su anterior descarte.
Of. 6 (Bruno Hns. S.A.) R. 5 básica y 5 Alt. por condicionar el soporte técnico, no adjuntar el detalle de la capacitación como se solicita en el "Anexo B" de especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo para el R. 5 Alt. la cantidad de licencias ofrecidas no es la solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones.
Of. 8 (File Solutions S.A.) R. 5 por condicionar las consultas por internet a las 20 licencias concurrentes.
La Adjudicación aconsejada lo ha sido R. 1 y 2 por oferta más conveniente conforme los términos del Inc. 76, y para el R. 4 por única oferta según lo establecido en el Inc. 74 del Decreto N° 5.720/PEN/72 reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 y sus modificatorios, de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley Nº 70 (B.O.C.B.A. Nº 539) y su Decreto Reglamentario Nº 1.000/GCBA/99 (B.O.C.B.A. Nº 704) en un todo de acuerdo con el asesoramiento oportunamente brindado.

Adalgisa C. de Bonaviri
Directora General Adjunta

OL 1494

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Remodelación del Inmueble de la calle Culpina

Expediente N° 29.868/2004.
Llámase a Licitación Pública Nº 103/2004 para la realización de la Obra: Remodelación del Inmueble de la calle Culpina 750/752, propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del Pliego: pesos ciento treinta ($ 130).
Fecha y Hora de Apertura: 13 de agosto de 2004 a las 12 horas.
Fecha de visita a la Obra: 20 y 27 de julio de 2004 a las 10 horas, lugar de encuentro Culpina 750/752, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial: $ 130.285 (pesos ciento treinta mil doscientos ochenta y cinco).
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Dirección General de Compras y Contrataciones, Avenida de Mayo 525, planta baja, oficina 20, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9.30 a 15 hs.
Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar - hacienda- licitaciones y compras- consultas de compras

Adalgisa C. de Bonaviri
Directora General Adjunta

OL 1488

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 15-7-2004

n Centro Municipal de Exposiciones, Reparación Cocina

Expediente N° 11.098/2004.
Llámase a Licitación Privada Nº 107/2004 para la realización de la Obra: Centro Municipal de Exposiciones, Reparación Cocina, Av. Figueroa Alcorta y Av. Pueyrredón - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del Pliego: pesos cincuenta ($ 50).
Fecha y Hora de Apertura: 4 de agosto de 2004 a las 11 horas.
Fecha de visita a la Obra: 7 y 14 de julio de 2004 a las 10 horas, lugar de encuentro Av. Figueroa Alcorta y Av. Pueyrredón, Arq. Ángeles López y María E. Rubio.
Presupuesto Oficial: $ 53.979 (pesos cincuenta y tres mil novecientos setenta y nueve).
Los Pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Dirección General de Compras y Contrataciones, Avenida de Mayo 525, planta baja, oficina 20 - Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9.30 a 15 hs.
Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar - hacienda- licitaciones y compras- consultas de compras

Adalgisa C. de Bonaviri
Directora General Adjunta

OL 1506

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 5-7-2004

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

Dirección General de Estadística y Censos

Adquisición de tinta, toner y master para impresoras

Expediente N° 37.613/2004.
Llámase a Licitación Pública N° 2/DGESYC/04 para la adquisición de tinta, toner y master para impresoras con destino a la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del Pliego: pesos quince ($ 15).
Los Pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Dirección General de Estadística y Censos, Av. San Juan 1340, planta baja, oficina Administración, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8 a 14 horas hasta el día y hora fijados para la apertura.
Fecha, hora y lugar de Apertura: 16 de julio de 2004 a las 12.30 horas, en la Av. San Juan 1340, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Martín J. Moreno
Director General

OL 1490

Inicia: 30-6-2004 Vence: 1°-7-2004

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA

Dirección General de Sistemas de Información

Contratación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipamiento IBM

Expediente N° 35.229/2004.
Llámase a Licitación Pública N° 1/DGSINF/04 a realizarse el 29 de julio de 2004, a las 11 hs., para el Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipamiento IBM (Impresoras 3835 Mod. 2 y Unidades de Cartridges) el que deberá ser prestado en la modalidad 7 X 24 con destino a la Dirección General de Sistemas de Información dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Valor del Pliego: pesos cien ($ 100).
Los Pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Dirección General de Sistemas de Información , Av. Independencia 635, 5° piso, Área Contable, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8 a 14 hs.
Asimismo, podrán ser consultados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar-hacienda-licitaciones y compras-consultas de compras

Martín Deira
Director General

OL 1461

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 2-7-2004

SECRETARÍA JEFE DE GABINETE

Dirección General Legal, Técnica y Administrativa

Adquisición de Insumos para Computación

Expediente N° 30.107/2004 y acumulados (Expedientes Nros. 26.175/04, 19.450/04 y 13.598/04).
Llámase a Licitación Pública Nº 36/2004 para la adquisición de Insumos para Computación, con destino a las Direcciones Generales de Asuntos Políticos y Legislativos, de Coordinación y Seguimiento y Legal, Técnica y Administrativa, dependientes de la Secretaría Jefe de Gabinete y el Organismo Fuera de Nivel LS1 Radio de la Ciudad, dependiente de la Subsecretaría de Comunicación Social, con fecha de apertura prevista para el día 8 de julio de 2004, a las 11 hs.
Valor del Pliego: pesos setenta ($ 70).
Los Pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en el Departamento Compras y Contrataciones de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, sito en Avenida de Mayo 525, piso 4º, oficina 433, en el horario de 9.30 a 15 horas.

Dora I. Rivero
Directora General Adjunta
Técnica Administrativa

OL 1501

Inicia: 30-6-2004 Vence: 1°-7-2004

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA

Dirección General Administrativa y Legal

Apertura y pavimentación de la avenida Riestra, tramo comprendido entre el límite de la pavimentación existente y calles Torres y Tenorio

Expediente N° 53.113/2003.
Llámase a Licitación Pública N° 190/2004, para la obra "Apertura y pavimentación de la avenida Riestra, tramo comprendido entre el límite de la pavimentación existente y calles Torres y Tenorio".
Valor del Pliego: pesos setecientos ($ 700).
Adquisición de Pliegos: Área de Compras y Contrataciones, Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, Carlos Pellegrini 291, piso 5°, Capital Federal, de lunes a viernes hábiles de 10 a 15 hs.
Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/index.asp
Consultas: Dirección General de Obras Públicas, al Arq. Pedro López, al tel.: 4931-2110.
Presentación de Ofertas: Hasta las 12 hs. del día 12 de julio de 2004 en el Área de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento.
Fecha de Apertura: 12 de julio de 2004 a las 12 hs.

Daniel Lucente
Área de Compras y Contrataciones

OL 1285

Inicia: 10-6-2004 Vence: 1°-7-2004

n Impermeabilización de Cubiertas Bajo Veredas y Jardines Galería N° 14 del Cementerio de la Chacarita

Expediente N° 10.899/2004.
Llámase a Licitación Pública N° 202/2004 para la Obra "Impermeabilización de Cubiertas Bajo Veredas y Jardines Galería N° 14 del Cementerio de la Chacarita".
Presupuesto Oficial: pesos cuatrocientos sesenta y dos mil ($ 462.000).
Valor del Pliego: pesos quinientos ($ 500).
Adquisición de Pliegos: Área de Compras y Contrataciones, Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, Carlos Pellegrini 291, piso 5°, Capital Federal, de lunes a viernes hábiles de 10 a 15 hs.
Visita a Obra: Se realizarán los días 8 y 16 de julio de 2004 a las 12 horas.
Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: Al tel. 4553-1680/7716, Departamento Contable.
Presentación de Ofertas: Hasta las 12 hs. del día 2 de agosto de 2004 en el Área de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento.
Fecha de Apertura: 2 de agosto de 2004 a las 12 hs.

Daniel Lucente
Área de Compras y Contrataciones

OL 1420

Inicia: 24-6-2004 Vence: 7-7-2004

n Reconstrucción de techados en el Panteón Central, Cementerio de Flores

Expediente N° 13.090/2004
Llámase a Licitación Pública N° 203/2004 para la Obra "Reconstrucción de techados en el Panteón Central, Cementerio de Flores".
Presupuesto Oficial: pesos cuatrocientos noventa y tres mil ($ 493.000).
Valor del Pliego: pesos quinientos ($ 500).
Adquisición de Pliegos: Área de Compras y Contrataciones, Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, Carlos Pellegrini 291, piso 5°, Capital Federal, de lunes a viernes hábiles de 10 a 15 hs.
Visita a Obra: Se realizarán los días 7 y 15 de julio de 2004 a las 12 horas.
Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: Al tel. 4553-1680/7716, Departamento Contable.
Presentación de Ofertas: Hasta las 13 hs. del día 2 de agosto de 2004 en el Área de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento.
Fecha de Apertura: 2 de agosto de 2004 a las 13 hs.

Daniel Lucente
Área de Compras y Contrataciones

OL 1421

Inicia: 24-6-2004 Vence: 7-7-2004

SECRETARÍA DE SALUD

INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

Obras Varias en el Hospital Lagleyze

Expediente N° 10.590/04.
Llámase a Licitación Pública N° 24/04, Ley de Obra Pública N° 13.064 y Decreto N° 521/GCABA/03, para contratar la siguiente obra: Obras Varias en el Hospital Lagleyze, sito en la Av. Juan B. Justo 4151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.
Sistema de Contratación: Ajuste Alzado.
Presupuesto Oficial: $ 359.960.
Valor del Pliego:
- pesos mil ($ 1.000). Pliegos impresos y planos en CD.
- pesos cien ($ 100). Pliegos y planos en CD.
Plazo de Ejecución: ciento veinte (120) días corridos.
Fecha de Apertura: 7 de julio de 2004, 13 horas.
Lugar de Apertura: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Administración de Recursos Desconcentrados, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta del Pliego y Compra: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Departamento Tesorería, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario: 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.
Visita al Lugar de Obra: 24 de junio de 2004, 10 horas en el Hospital Lagleyze, sito en la Av. Juan B. Justo 4151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consultas Técnicas: deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Salud, Dirección General de Recursos Físicos en Salud, Carlos Pellegrini 313, Mesa de Entradas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 horas, hasta el día 28 de junio de 2004.
Déjase constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Leardo F. Gabás
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1264

Inicia: 10-6-2004 Vence: 1°-7-2004

n Contratación del Servicio de Mantenimiento de los Equipos de Esterilización

Carpeta N° 90.687/SS/2004.
Licitación Pública N° 41/2004.
Objeto: Contratación del Servicio de Mantenimiento de los Equipos de Esterilización por el término de doce (12) meses.
Valor del Pliego: pesos cincuenta ($ 50).
Consulta de Pliegos: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Dirección General Adjunta, Administración de Recursos Desconcentrados, División Compras, Echeverría 955, Capital Federal, en el horario de 8.30 a 14.30 horas.
Días de Visita: Hasta el día 5 de julio de 2004 inclusive, en el horario de 9 a 13 horas, Servicio de Esterilización.
Lugar de Adquisición de Pliegos: Tesorería del Instituto de Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 14 horas hasta el día anterior a la fecha de apertura, sin excepción.
Fecha y Lugar de Apertura: 8 de julio de 2004, a las 9 horas en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Dirección General Adjunta, Administración de Recursos Desconcentrados, División Compras, Echeverría 955, Capital Federal.
Déjase constancia que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Leardo F. Gabás
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1426

Inicia: 28-6-2004 Vence: 1°-7-2004

n Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria en la calle Burela 2953

Expediente N° 24.576/2004.
Licitación Pública Nacional N° 25/SS/2004 - Obra Pública.
Obra: Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria en la calle Burela 2953, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Síntesis: Esta licitación cuenta con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y su construcción y ejecución se ajustarán a las disposiciones del Contrato de Préstamo BID-GCBA 1.107 OC/AR.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires invita a las empresas constructoras de los países miembros del BID a presentar ofertas para la Construcción del Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria sito en la calle Burela 2953.
Presupuesto de la obra en pesos: setecientos veintiún mil seiscientos cuatro ($ 721.604).
Plazo de Ejecución: doscientos diez (210) días corridos.
Valor del Pliego en pesos: $ 100 (pliegos y planos en CD).
Consulta y Compra de Pliegos: Se realizará en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.
Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Salud, Dirección General de Recursos Físicos en Salud, Mesa de Entradas, Carlos Pellegrini 313, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs., hasta el día 20 de julio de 2004.
Visita a Obra: Se efectuará el día 12 de julio de 2004, a las 10 hs., en la calle Burela 2953, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar y fecha de recepción de las Ofertas: Las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Dirección General Adjunta de Administración de Recursos Desconcentrados, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes 9 a 15 hs., hasta el horario fijado para el acto de apertura.
Acto de Apertura: Se llevará a cabo el día 30 de julio de 2004, a las 11 hs. en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Déjase constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Leardo F. Gabás
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1483

Inicia: 30-6-2004 Vence: 21-7-2004

n Construcción del Centro de Referencia Regional y Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria ubicado en la calle Saraza y Escalada

Expediente N° 28.109/2004.
Licitación Pública Nacional N° 28/SS/2004 - Obra Pública.
Obra: Construcción del Centro de Referencia Regional y Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria ubicado en la calle Saraza y Escalada.
Síntesis: Esta licitación cuenta con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y su construcción y ejecución se ajustarán a las disposiciones del Contrato de Préstamo BID-GCBA 1.107 OC/AR.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires invita a las empresas constructoras de los países miembros del BID a presentar ofertas para la Construcción del Centro de Referencia Regional y Nuevo Centro de Salud y Acción ubicado en las calle Saraza y Escalada.
Presupuesto de la Obra en pesos: dos millones doscientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y seis con 89/100 ($ 2.275.646,89).
Plazo de Ejecución: trescientos (300) días corridos.
Valor del Pliego en pesos: $ 200 (Pliegos y Planos en CD).
Consulta y Compra de Pliegos: Se realizará en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.
Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Salud, Dirección General de Recursos Físicos en Salud, Mesa de Entradas, Carlos Pellegrini 313, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs., hasta el día 29 de julio de 2004.
Visita a Obra: Se efectuará el día 21 de julio de 2004, a las 10 hs., en la calle Saraza y Escalada, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar y fecha de recepción de las Ofertas: Las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Dirección General Adjunta Administración de Recursos Desconcentrados, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes 9 a 15 hs., hasta el horario fijado para el acto de apertura.
Acto de Apertura: Se llevará a cabo el día 10 de agosto de 2004, a las 13 hs. en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Déjase constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Leardo F. Gabás
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1484

Inicia: 30-6-2004 Vence: 21-7-2004

n Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria Ubicado en las Avda. Castañares y Esteban Bonorino

Expediente N° 10.576/2004.
Licitación Pública Nacional N° 27/SS/2004 - Obra Pública.
Obra: Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria ubicado en las Avda. Castañares y Esteban Bonorino.
Síntesis: Esta licitación cuenta con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y su construcción y ejecución se ajustarán a las disposiciones del Contrato de Préstamo BID-GCBA 1.107 OC/AR.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires invita a las empresas constructoras de los países miembros del BID a presentar ofertas para la Construcción del Nuevo Centro de Salud y Acción ubicado en la Avda. Castañares y Esteban Bonorino.
Presupuesto de la Obra en pesos: novecientos setenta mil quince con 31/100 ($ 970.015,31).
Plazo de Ejecución: doscientos diez (210) días corridos.
Valor del Pliego en pesos: $ 100 (pliegos y planos en CD).
Consulta y Compra de Pliegos: Se realizará en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs. hasta el día anterior a la apertura.
Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Salud, Dirección General de Recursos Físicos en Salud, Mesa de Entradas, Carlos Pellegrini 313, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs., hasta el día 26 de julio de 2004.
Visita a Obra: Se efectuará el día 19 de julio de 2004, a las 10 hs., en la Avda. Castañares y Esteban Bonorino, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar y fecha de recepción de las Ofertas: Las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Dirección General Adjunta Administración de Recursos Desconcentrados, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes 9 a 15 hs., hasta el horario fijado para el acto de apertura.
Acto de Apertura: Se llevará a cabo el día 5 de agosto de 2004, a las 13 hs. en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Déjase constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Leardo F. Gabás
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1485

Inicia: 30-6-2004 Vence: 21-7-2004

n Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 29 (Relocalización)

Expediente N° 10.572/2004.
Licitación Pública Nacional N° 26/SS/2004 - Obra Pública.
Obra: Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 29 (Relocalización), ubicado en el predio Mz 4d - Parc. 2 del Barrio INTA (Villa 19).
Síntesis: Esta licitación cuenta con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y su construcción y ejecución se ajustarán a las disposiciones del Contrato de Préstamo BID-GCBA 1.107 OC/AR.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires invita a las empresas constructoras de los países miembros del BID a presentar ofertas para la Construcción del Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 29 (Relocalización).
Presupuesto de la Obra en pesos: ochocientos diecinueve mil trescientos dieciséis ($ 819.316).
Plazo de Ejecución: doscientos diez (210) días corridos.
Valor del Pliego en pesos: $ 100 (pliegos y planos en CD).
Consulta y Compra de Pliegos: Se realizará en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.
Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Salud, Dirección General de Recursos Físicos en Salud, Mesa de Entradas, Carlos Pellegrini 313, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 14 hs., hasta el día 20 de julio de 2004.
Visita a Obra: Se efectuará el día 14 de julio de 2004, a las 10 hs., en el Predio Mz 4D - Parc. 2 del Barrio INTA (Villa 19), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar y fecha de recepción de las Ofertas: Las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Dirección General Adjunta Administración de Recursos Desconcentrados, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes 9 a 15 hs., hasta el horario fijado para el acto de apertura.
Acto de Apertura: Se llevará a cabo el día 30 de julio de 2004, a las 13 hs. en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Déjase constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Leardo F. Gabás
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1486

Inicia: 30-6-2004 Vence: 21-7-2004

HOSPITAL DE INFECCIOSAS "DR. FRANCISCO J. MUÑIZ"

Preadjudicación

Preadjudícase a la siguiente firma por la Provisión de insumos para el Servicio de Bacteriología correspondiente a la Licitación Pública N° 8/HM/04.
Firma Preadjudicada:
Pro Med Internacional S.A. (Av. Vélez Sarsfield 102, Capital Federal).
Renglón: 1 - Precio unitario: $ 22,785 - Total: $ 2.278,50.
Renglón: 2 - Precio unitario: $ 22,785 - Total: $ 68.355.
Renglón: 3 - Precio unitario: $ 22,785 - Total: $ 27.342.
Lugar de Exhibición: Hospital de Infecciosas "Francisco J. Muñiz", Uspallata 2272, División Compras y Contrataciones.
Consulta del Expediente: lunes, miércoles y viernes de 9 a 11 horas.

José E. del Mármol
Director Médico (I)

María del Carmen Maiorano
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1433

Inicia: 29-6-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Preadjudícase a la siguiente firma por la Provisión de Placas preparadas para el Servicio de Bacteriología correspondiente a la Licitación Privada N° 7/HM/04.
Firma Preadjudicada:
Lobov Científica (Baunes 1274, Buenos Aires).
Renglón: 1 - Precio unitario: $ 28,40 - Total: $ 6.816.
Renglón: 2 - Precio unitario: $ 27,10 - Total: $ 8.130.
Renglón: 3 - Precio unitario: $ 27,40 - Total: $ 2.466.
Renglón: 4 - Precio unitario: $ 27,40 - Total: $ 822.
Lugar de Exhibición: Hospital de Infecciosas "Francisco J. Muñiz", Uspallata 2272, División Compras y Contrataciones.
Consulta del Expediente: lunes, miércoles y viernes de 9 a 11 horas.

José E. del Mármol
Director Médico (I)

María del Carmen Maiorano
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1470

Inicia: 30-6-2004 Vence: 2-7-2004

TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICA

Adquisición de Equipos de Laboratorio

Llámase a Licitación Pública N° 1/2004, a realizarse el día 28 de julio de 2004, a las 11 horas, para la adquisición de Equipos de Laboratorio.
Valor del Pliego: pesos ciento treinta ($ 130).
Los Pliegos pueden ser retirados en la División Contrataciones de estos Talleres, sito en Suárez 2215, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 horas, hasta 24 horas antes de la apertura.
La apertura de las ofertas se llevará a cabo en el lugar antes mencionado.

Ada A. Corrado
Subdirectora Administrativa

OL 1398

Inicia: 23-6-2004 Vence: 2-7-2004

n Adquisición de Artículos de Ferretería

Llámase a Licitación Privada N° 27/2004, a realizarse el día 7 de julio de 2004, a las 11 horas, para la adquisición de Artículos de Ferretería.
Valor del Pliego: pesos ocho ($ 8).
Los Pliegos pueden ser retirados en la División Contrataciones de estos Talleres, Suárez 2215, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 horas, hasta 24 horas antes de la apertura.
La apertura de las ofertas se llevará a cabo en el lugar antes mencionado.

Ada A. Corrado
Subdirectora Administrativa

OL 1472

Inicia: 30-6-2004 Vence: 1°-7-2004

HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL "DON BENITO QUINQUELA MARTÍN"

Adquisición de Materiales Odontológicos

Carpeta N° 90.086/2004.
Llámase a Licitación Privada N° 1/2004, a realizarse el día 7 de julio de 2004, a las 10 horas, para la Adquisición de Materiales Odontológicos.
Valor del Pliego: pesos cincuenta ($ 50).
Consulta de Pliegos: Av. Don Pedro de Mendoza 1795, piso 3°, Capital Federal, División Compras y Contrataciones en el horario de 9 a 12 horas.
Plazo de mantenimiento de Ofertas: Treinta (30) días hábiles de la fecha de apertura de las ofertas prorrogable automática-mente por treinta (30) días hábiles más, en caso de no ser aceptado por el oferente, deberá comunicarlo al organismo licitante, en forma fehaciente (no fax), con diez (10) días hábiles anteriores al vencimiento original.
Adquisición de Pliegos: Av. Don Pedro de Mendoza 1795, piso 3°, Capital Federal, División Tesorería de 9 a 12 horas.
Déjase constancia de que el referido acto licitario se realizará de acuerdo a las normas en vigencia.

Carlos A. Grinberg
Director

Nelvi B. C. de Quedue
Subdirectora Asist.
Administrativa Contable

OL 1429

Inicia: 30-6-2004 Vence: 1°-7-2004

HOSPITAL DE QUEMADOS

Mantenimiento Preventivo para Analizador de Electrolitros

Llámase a Licitación Privada N° 13/04, a realizarse el 8 de julio de 2004 a las 12.30 horas, en la División Compras del Hospital de Quemados, sito en Pedro Goyena 369, Capital Federal.
Rubro: Mantenimiento Preventivo para Analizador de Electrolitros, Modelo 644 Serie 3785.
Valor del Pliego: pesos diez ($ 10).
Los Pliegos se entregarán en la Dirección Administrativa, Pedro Goyena 369, Capital Federal, de lunes a viernes de 9 a 13 horas.

Nelso C. Caffaratti
Director

Luisa Gavechesky
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1496

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 2-7-2004

n Mantenimiento Preventivo Mensual para Analizador de Química Clínica Express Plus

Llámase a Licitación Privada N° 12/04, a realizarse el 8 de julio de 2004 a las 9.30 horas, en la División Compras del Hospital de Quemados, sito en Pedro Goyena 369, Capital Federal.
Rubro: Mantenimiento Preventivo Mensual para Analizador de Química Clínica, Express Plus 550 (CIBA Corning)
Valor del Pliego: pesos diez ($ 10).
Los Pliegos se entregarán en la Dirección Administrativa, Pedro Goyena 369, Capital Federal, de lunes a viernes de 9 a 13 horas.

Nelso C. Caffaratti
Director

Luisa Gavechesky
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 1503

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 2-7-2004

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. CARLOS G. DURAND"

SUBSECRETARÍA DE GERENCIAMIENTO ESTRATÉGICO

Banco Nacional de Datos Genéticos

Preadjudicación

Expediente N° 19.440/2004.
Carpeta N° 90.417/SS/04.
Contratación Directa N° 3/BNDG/2004.
Rubro solicitado: Productos Químicos (6800).
Acta de Preadjudicación: 3/BNDG/04.
Acta de Asesoramiento Técnico: 3/BNDG/2004.
Fecha de Apertura: 27/5/2004, a las 14 horas.
Objeto: Reunidos en Comisión los que suscriben, en la fecha indicada "ut supra" con el objeto de considerar las propuestas recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado preceden-temente, han resuelto preadjudicar a:
Biosytems S.A.
Renglón: 1 - Propuesta: 1 - Cantidad: 3 - Precio unitario: $ 21.780,000 - Importe Total: $ 65.340 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 2 - Propuesta: 1 - Cantidad: 2 - Precio unitario: $ 2.579,720 - Importe Total: $ 5.159,44 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 3 - Propuesta: 1 - Cantidad: 3 - Precio unitario: $ 830,290 - Importe Total: $ 2.490,87 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 4 - Propuesta: 1 - Cantidad: 3 - Precio unitario: $ 2.501,920 - Importe Total: $ 7.506,76 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 5 - Propuesta: 1 - Cantidad: 2 - Precio unitario: $ 1.530,260 - Importe Total: $ 3.060,52- Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 6 - Propuesta: 1 - Cantidad: 2 - Precio unitario: $ 2.307,620 - Importe Total: $ 4.615,24 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 7 - Propuesta: 1 - Cantidad: 2 - Precio unitario: $ 4.696,320 - Importe Total: $ 4.392,64 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 8 - Propuesta: 1 - Cantidad: 3 - Precio unitario: $ 393,960 - Importe Total: $ 1.181,88 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 9 - Propuesta: 1 - Cantidad: 3 - Precio unitario: $ 1.490,380 - Importe Total: $ 4.321,14 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 10 - Propuesta: 1 - Cantidad: 1 - Precio unitario: $ 979,620 - Importe Total: $ 979,62 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 11 - Propuesta: 1 - Cantidad: 2 - Precio unitario: $ 171,340 - Importe Total: $ 342,68 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 12 - Propuesta: 1 - Cantidad: 2 - Precio unitario: $ 337,590 - Importe Total: $ 675,18 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 13 - Propuesta: 1 - Cantidad: 5 - Precio unitario: $ 6.870,000 - Importe Total: $ 34.350 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 14 - Propuesta: 1 - Cantidad: 5 - Precio unitario: $ 6.870,000 - Importe Total: $ 34.350 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Renglón: 15 - Propuesta: 1 - Cantidad: 4 - Precio unitario: $ 2.579,720 - Importe Total: $ 10.318,88 - Encuadre Legal: Única Oferta Art. 61, Inc. 74.
Total: $ 184.083,85 (son pesos ciento ochenta y cuatro mil ochenta y tres con 85/100).
Encuadre Legal: Según Art. 61, Inc. 74, Decreto N° 5.720/PEN/72.
Dirección de Anuncio de la Preadjudicación: B.N.D.G., Ambrosetti 743, planta baja, Capital Federal.
Fecha de publicación en cartelera: 24 y 25 de junio de 2004.
En la Página Web del G.C.B.A.: www.buenosaires.gov.ar
Aprobación: Filippi - Colica - Rodríguez Cardozo.

Ana M. Di Lonardo
Directora B.N.D.G.
Jefa Unidad Inmunología

OL 1466

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 2-7-2004

Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario

Preadjudicación

Expediente Nº 21.110/2004.
Licitación Pública Nº 6/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Metronidazol.
Firmas Preadjudicadas:
Farmed S.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 85.860 - Precio unitario: $ 1,0700 - Precio Total: $ 91.870,20.
Promed Internacional S.A.
Renglón: 2 - Cantidad: 42.000 - Precio unitario: $ 3,7300 - Precio Total: $ 156.660.
Renglón: 3 - Cantidad: 600 - Precio unitario: $ 7,2900 - Precio Total: $ 4.374.
Laboratorios Northia S.A.C.I.F.I.A.
Renglón: 4 - Cantidad: 18.890 - Precio unitario: $ 21,7500 - Precio Total: $ 410.857,50.
Biofarma S.R.L.
Renglón: 5 - Cantidad: 135.366 - Precio unitario: $ 0,1790 - Precio Total: $ 24.230,51.
Drogueria Magna S.A.
Renglón: 2 - Cantidad: 2.660 - Precio unitario $ 9,7000 - Precio Total: $ 25.802.
Klonal S.R.L.
Renglón: 7 - Cantidad: 2.970 - Precio unitario: $ 3,7800 - Precio Total: $ 11.226,60.
Total de la Preadjudicación: $ 725.020,81.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1473

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Expediente Nº 21.132/2004.
Licitación Pública Nº 9/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Antibióticos de uso restringido.
Firmas Preadjudicadas:
Farmed S.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 1.200 - Precio unitario: $ 44,0000 - Precio Total: $ 52.800.
Renglón: 2 - Cantidad: 1.000 - Precio unitario: $ 24,3000 - Precio Total: $ 24.300.
Renglón: 5 - Cantidad: 67.000 - Precio unitario: $ 1,1500 - Precio Total: $ 77.050.
Laboratorios Northia S.A.C.I.F.I.A.
Renglón: 3 - Cantidad: 63.600 - Precio unitario: $ 3,6900 - Precio Total: $ 234.684.
Renglón: 4 - Cantidad: 101.950 - Precio unitario: $ 1,6870 - Precio Total: $ 171.989,65.
Total de la Preadjudicación: $ 560.823,65.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1474

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Expediente Nº 21.570/2004.
Licitación Pública Nº 10/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Gammaglobulina Antitetánica.
Firma Preadjudicada:
Farmed S.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 3.300 - Precio unitario: $ 19,9000 - Precio Total: $ 65.670.
Renglón: 2 - Cantidad: 21.366- Precio unitario: $ 36,7000 - Precio Total: $ 784.132,20.
Total de la Preadjudicación: $ 849.802,20.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1475

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Expediente Nº 20.652/2004.
Licitación Pública Nº 11/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Meropenem.
Firmas Preadjudicadas:
Astrazéneca S.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 660 - Precio unitario: $ 100,5000 - Precio Total: $ 66.330.
Renglón: 2 - Cantidad: 9.550 - Precio unitario: $ 50,7000 - Precio Total: $ 484.185.
Promed Internacional S.A.
Renglón: 2 - Cantidad: 2.000 - Precio unitario: $ 49,4500 - Precio Total: $ 98.900
Total de la Preadjudicación: $ 649.415.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1476

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación
Expediente Nº 21.143/2004.
Licitación Pública Nº 14/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Albumina.
Firma Preadjudicada:
Universidad Nacional de Córdoba
Renglón: 1 - Cantidad: 15.698 - Precio unitario: $ 39,9600 - Precio Total: $ 527.292,08.
Total de la Preadjudicación: $ 527.292,08.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1477

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Carpeta Nº 91.186/2003.
Licitación Privada Nº 16/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Equipamiento Informático.
Firma Preadjudicada:
Coradir S.R.L.
Renglón: 1 - Cantidad: 25 - Precio unitario: $ 2.101,0000 - Precio Total: $ 52.525.
Renglón: 2 - Cantidad: 10 - Precio unitario: $ 294,0000 - Precio Total: $ 2.940.
Total de la Preadjudicación: $ 55.465.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1478

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Carpeta Nº 91.152/2003.
Licitación Privada Nº 17/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Artículos de Librería.
Firmas Preadjudicadas:
Visapel S.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 530 - Precio unitario: $ 0,4400 - Precio Total: $ 233,20.
Renglón: 2 - Cantidad: 112 - Precio unitario: $ 12,7000 - Precio Total: $ 1.422,40.
Renglón: 3 - Cantidad: 20 - Precio unitario: $ 12,9000 - Precio Total: $ 258,40.
Renglón: 5 - Cantidad: 12 - Precio unitario: $ 1,2300 - Precio Total: $ 14,76.
Renglón: 6 - Cantidad: 126 - Precio unitario: $ 5,8000 - Precio Total: $ 730,80.
Renglón: 10 - Cantidad: 1.515 -Precio unitario: $ 0,4600 - Precio Total: $ 696,90.
Renglón: 11 - Cantidad: 150 - Precio unitario: $ 0,4550 - Precio Total: $ 68,25.
Renglón: 12 - Cantidad: 150 - Precio unitario: $ 0,4550 - Precio Total: $ 68,25.
Renglón: 13 - Cantidad: 1.200 - Precio unitario: $ 0,4550 - Precio Total: $ 546.
Renglón: 17 - Cantidad: 326 - Precio unitario: $ 0,3000 - Precio Total: $ 97,80.
Renglón: 18 - Cantidad: 417 - Precio unitario: $ 0,4100 - Precio Total: $ 170,97.
Renglón: 19 - Cantidad: 198 - Precio unitario: $ 0,3000 - Precio Total: $ 59,40.
Renglón: 21 - Cantidad: 926 - Precio unitario: $ 0,3000 - Precio Total: $ 277,80.
Renglón: 23 - Cantidad: 168 - Precio unitario: $ 3,2900 - Precio Total: $ 552,72.
Renglón: 25 - Cantidad: 1.765 - Precio unitario: $ 0,2300 - Precio Total: $ 405,95.
Renglón: 26 - Cantidad: 1.146 - Precio unitario: $ 0,7200 - Precio Total: $ 825,12.
Renglón: 28 - Cantidad: 3 - Precio unitario: $ 75,0000 - Precio Total: $ 225.
Renglón: 31 - Cantidad: 226 - Precio unitario: $ 0,3200 - Precio Total: $ 72,32.
Renglón: 32 - Cantidad: 241- Precio unitario: $ 1,1700 - Precio Total: $ 281,97.
Renglón: 36 - Cantidad: 379 - Precio unitario: $ 0,1700 - Precio Total: $ 64,43.
Renglón: 37 - Cantidad: 426 - Precio unitario: $ 0,9300 - Precio Total: $ 396,18.
Renglón: 39 - Cantidad: 331 - Precio unitario: $ 0,7300 - Precio Total: $ 241,63.
Renglón: 40 - Cantidad: 411 - Precio unitario: $ 0,4200 - Precio Total: $ 172,62.
Renglón: 41 - Cantidad: 483 - Precio unitario: $ 0,4200 - Precio Total: $ 202,86.
Renglón: 42 - Cantidad: 108 - Precio unitario: $ 0,5600 - Precio Total: $ 64,48.
Renglón: 43 - Cantidad: 80 - Precio unitario: $ 0,2900 - Precio Total: $ 23,20.
Renglón: 44 - Cantidad: 20 - Precio unitario: $ 1,0900 - Precio Total: $ 21,80.
Renglón: 47 - Cantidad: 1.530 - Precio unitario: $ 12,4000 - Precio Total: $ 18.972.
Euqui S.A.
Renglón: 4 - Cantidad: 34 - Precio unitario: $ 4,3000 - Precio Total: $ 146,20.
Renglón: 15 - Cantidad: 6 - Precio unitario: $ 2,5800 - Precio Total: $ 15,48.
Renglón: 16 - Cantidad: 6 - Precio unitario: $ 2,7000 - Precio Total: $ 16,20.
Renglón: 22 - Cantidad: 732 - Precio unitario: $ 0,7200 - Precio Total: $ 527,04.
Renglón: 24 - Cantidad: 4 - Precio unitario: $ 9,6600 - Precio Total: $ 38,64.
Renglón: 38 - Cantidad: 1.553 - Precio unitario: $ 0,2200 - Precio Total: $ 341,66.
Renglón: 46 - Cantidad: 2.560 - Precio unitario: $ 10,4300 - Precio Total: $ 26.700,80.
Grandiente de Contario Omar Esteban
Renglón: 7 - Cantidad: 160 - Precio unitario: $ 10,1100 - Precio Total: $ 1.617,60.
Renglón: 8 - Cantidad: 1.318 - Precio unitario: $ 2,2880 - Precio Total: $ 3.015,58.
Renglón: 9 - Cantidad: 110 - Precio unitario: $ 2,3420 - Precio Total: $ 257,62.
Renglón: 20 - Cantidad: 27 - Precio unitario: $ 0,3990 - Precio Total: $ 10,77.
Renglón: 27 - Cantidad: 110 -Precio unitario: $ 1,6800 - Precio Total: $ 184,80.
Renglón: 33 - Cantidad: 91 - Precio unitario: $ 6,4000 - Precio Total: $ 582,40.
Renglón: 34 - Cantidad: 428 - Precio unitario: $ 1,5100 - Precio Total: $ 646,28.
Renglón: 35 - Cantidad: 79 - Precio unitario: $ 30,8900 - Precio Total: $ 2.440,31.
Renglón: 49 - Cantidad: 1.921- Precio unitario: $ 0,0870 - Precio Total: $ 167,13.
J. M. Casoli S.A.
Renglón: 48 - Cantidad: 3.900-Precio unitario: $ 7,4530 - Precio Total: $ 29.066,70.
Total de la Preadjudicación: $ 92.938,02.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1479

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Expediente Nº 20.647/2004.
Licitación Pública Nº 12/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Factores para Coagulación.
Firmas Preadjudicadas:
Farmed S.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 5.700 - Precio unitario: $ 4,9500 - Precio Total: $ 28.215.
Renglón: 2 - Cantidad: 411 - Precio unitario: $ 979,0000 - Precio Total: $ 402.369.
Gobbi Novag S.A.
Renglón: 3 - Cantidad: 528 - Precio unitario: $ 498,0000 - Precio Total: $ 262.944.
Total de la Preadjudicación: $ 693.528.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1480

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Expediente Nº 21.105/2004.
Licitación Pública Nº 15/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Psicotrópicos, Antipsicóticos.
Firmas Preadjudicadas:
Laboratorios Northia S.A.C.I.F.I.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 610.600 - Precio unitario: $ 0,0900 - Precio Total: $ 54.954.
Laboratorios Phoenix S.A.I.C. y F.
Renglón: 2 - Cantidad: 553.800 - Precio unitario: $ 0,0460 - Precio Total: $ 25.474,80.
Novartis Argetina S.A.
Renglón: 3 - Cantidad: 176.280 - Precio unitario: $ 0,4500 - Precio Total: $ 79.326.
Laboratorios Elea S.A.C.I.F. y A.
Renglón: 4 - Cantidad: 171.300 - Precio unitario: $ 0,1377 - Precio Total: $ 23.588,01.
Renglón: 6 - Cantidad: 115.700 - Precio unitario: $ 0,0778 - Precio Total: $ 9.001,46.
Renglón: 7 - Cantidad: 170.100 - Precio unitario: $ 0,0589 - Precio Total: $ 10.018,89.
Renglón: 8 - Cantidad: 57.500 - Precio unitario: $ 0,0477- Precio Total: $ 2.742,75.
Fada Pharma S.A.
Renglón: 5 - Cantidad: 56.800 - Precio unitario: $ 0,3150 - Precio Total: $ 17.892.
Total de la Preadjudicación: $ 222.997,91.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1481

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

n Preadjudicación

Expediente Nº 21.137/2004.
Licitación Pública Nº 8/04.
Consultas: Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, Carlos Pellegrini 313, piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 18 hs.
Rubro: Adquisición de Psicotrópicos.
Firmas Preadjudicadas:
Droguería Magna S.A.
Renglón: 1 - Cantidad: 149.900 - Precio unitario: $ 0,9100 - Precio Total: $ 136.409.
Promed Internacional S.A.
Renglón: 2 - Cantidad: 28.700 - Precio unitario: $ 6,2900 - Precio Total: $ 180.523.
Renglón: 3 - Cantidad: 21.500 - Precio unitario: $ 3,2900 - Precio Total: $ 70.735.
Norvartis Argentina S.A.
Renglón: 4 - Cantidad: 197.000 - Precio unitario: $ 1,3100- Precio Total: $ 258.070.
Renglón: 5 - Cantidad: 113.100 - Precio unitario: $ 0,3400 - Precio Total: $ 38.454.
Total de la Preadjudicación: $ 684.191.

Federico Arnau
Director General Adjunto

OL 1482

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento

Instalación de gas, calefacción y electricidad en el Edificio de la Escuela Media N° 3, D.E. 19

Expediente N° 16.915/2004.
Licitación Pública N° 12/2004.
Objeto del llamado: Instalación de gas, calefacción y electricidad en el Edificio de la Escuela Media N° 3, D.E. 19, sita en Chilavert 1935 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta y Compra de Pliegos: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, piso 3°, Ciudad de Buenos Aires, el horario de atención es de 10.30 a 17 horas.
Presupuesto Oficial: pesos doscientos diecinueve mil cuatrocientos noventa y cuatro con veintiún centavos ($ 219.494,21).
Valor del Pliego: pesos doscientos diecinueve ($ 219).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha / Hora de Apertura: 27 de julio de 2004, al as 15 horas.
Fecha / Hora de Visita Obra: 16 de julio de 2004, a las 10 horas.
Lugar de Apertura: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, piso 3°, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de Mantenimiento de Ofertas: 60 días hábiles.1
Plazo de Ejecución de las Obras: 90 días corridos, posteriores a la firma del contrato, que coincidirá conla fecha de la orden de comienzo.

Luis A. Rey
Director General

OL 1417

Inicia: 24-6-2004 Vence: 2-7-2004

n Prorrógase la Licitación Pública Nacional N° 8/2003

Expediente N° 59.149/2003.
Licitación Pública Nacional N° 8/2003.
Obra: Ampliación y Rehabilitación General del Instituto Superior del Profesorado "Dr. Joaquín V. González", D.E. 1.
Esta licitación cuenta con el financimiento parcial del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y su licitación, contratación y ejecución se ajustarán a las disposiciónes del Contrato del Préstamo BID-GCBA N° 1.107/OC-AR.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aries invita a las Empresas Constructoras de los países miembros del BID a presentar ofertas para la: Ampliación y Rehabilitación General del Instituto Superior del Profesorado "Dr. Joaquín V. González", D.E. 1, sito en Ayacucho 632, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Presupuesto de la Obra: $ 5.296.052,96 (pesos cinco millones doscientos noventa y seis mil cincuenta y dos con 96/100).
Base: Mes de octubre de 2003.
Plazo de Ejecución: 18 (dieciocho) meses.
Valor del Pliego:
-Opción impresa con planos en CD-R: $ 600 (pesos seiscientos).
-Opción en soporte magnético en CD-R: $ 60 (pesos sesenta).
Adquisición de Pliegos: Los Pliegos podrán adquirirse en la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, piso 3°, teléfono: 4304-2864, Int. 124 - Área Licitaciones BID de lunes a viernes en el horario de 11 a 15 horas, donde los interesados podrán retirar el Recibo de Pago que se efectuará en Av. Rivadavia 524, P.B., Tesorería General.
Consultas: Deben presentarse por escrito, de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas en la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sito en Estados Unidos 1228, piso 3° - Mesa de Entradas.
Lugar y Fecha de Recepción de las Ofertas: Las Ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado, en la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, piso 3°, teléfono: 4304-2864, Int. 124 - Área Licitaciones BID, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, a partir de este anuncio y hasta las 11 horas del día 19 de julio de 2004. Vencido este plazo no se recibirán más propuestas.
Acto de Apertura: Se llevará a cabo el día 19 de julio de 2004, a las 12 horas, en la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, piso 3°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
Los Pliegos podrán consultarse en la página web del G.C.A.B.A.: www.buenosaires.gov.ar/educación

Luis A. Rey
Director General

OL 1463

Inicia: 29-6-2004 Vence: 1°-7-2004

n Refacción fachada y contrafrente en el Edificio de la Escuela Técnica N° 26 "Confederación de Suiza", D.E. 6

Expediente N° 31.176/2004.
Licitación Privada N° 7/2004.
Objeto del llamado: Refacción fachada y contrafrente en el Edificio de la Escuela Técnica N° 26 "Confederación de Suiza", D.E. 6, sita en la Av. Jujuy 255 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta y Compra de Pliegos: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, piso 3°, Ciudad de Buenos Aires, el horario de atención es de 10.30 a 17 horas.
Presupuesto Oficial: pesos ochenta y siete mil sesenta y cinco con 61($ 87.065,61).
Valor del Pliego: pesos ochenta y siete ($ 87).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha / Hora de Apertura: 23 de julio de 2004, al as 15 horas.
Fecha / Hora de Visita Obra: 12 de julio de 2004, a las 11 horas.
Lugar de Apertura: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, piso 3°, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de Mantenimiento de Ofertas: 60 días hábiles.
Plazo de Ejecución de las Obras: 60 días corridos, posteriores a la firma del contrato, que coincidirá con la fecha de la orden de comienzo.

Luis A. Rey
Director General

OL 1489

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 5-7-2004

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

Dirección General Técnica Administrativa y Legal

Preadjudicación

Expediente N° 597/2004.
Licitación Pública N° 3/2004.
Acta N° 32 Modificatoria de Acta de Preadjudicación N° 14/2004, de fecha 18 de junio de 2004.
Rubro: colchones.
Dependencia Solicitante: Dirección General de Tercera Edad.
Fecha de Apertura: 17/5/2004, a las 12 horas.
Ofertas presentadas: 2.
De acuerdo a lo manifestado en Acta de Apertura de fecha 17 de mayo de 2004 y lo evaluado a través del Cuadro Comparativo de Precios que ordena la Reglamentación en vigencia, fueron analizadas las siguientes ofertas: de la firma: Nº 1 Rombo de Roberto O. Schvarz y la Nº 2 A. y M. D'Espósito S.R.L.
Objeto: Reunidos en Comisión los que suscriben, en la fecha indicada "Ut Supra" con el objeto de considerar las propuestas recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado precedentemente, han resuelto preadjudicar conforme detalle:
Firmas Preadjudicadas
Rombo de Roberto Schvarz
Renglón: 2 - Unidad: 280 - Precio unitario: $ 159,000 - Importe Total: $ 44.520 - Encuadre Legal: Oferta N° 1 más conveniente (Inc. 76, Decreto N° 5.720/76).
Renglón: 5 - Unidad: 50 - Precio unitario: $ 45,900 - Importe Total: $ 2.295 - Encuadre Legal: Oferta N° 1 más conveniente (Inc. 76, Decreto N° 5.720/76).
Renglón: 6 - Unidad: 50 - Precio unitario: $ 43,90 - Importe Total: $ 2.195 - Encuadre Legal: Oferta N° 1 más conveniente (Inc. 76, Decreto N° 5.720/76).

Descartados
Renglón: 1 - Unidad: 100 - Precio unitario: $ 0,000 - Importe Total: 0,000 - Encuadre Legal: Supera precio indicativo.
Renglón: 3 - Unidad: 70 - Precio unitario: $ 0,000 - Importe Total: 0,000 - Encuadre Legal: Supera precio indicativo.
Renglón: 4 - Unidad: 100 - Precio unitario: $ 0,000 - Importe Total: 0,000 - Encuadre Legal: Supera precio indicativo en un 72,46%.
Renglón: 7 - Unidad: 305 - Precio unitario: $ 0,000 - Importe Total: 0,000 - Encuadre Legal: Supera precio indicativo.
Renglón: 8 - Unidad: 100 - Precio unitario: $ 0,000 - Importe Total: 0,000 - Encuadre Legal: Supera precio indicativo.
Renglón: 9 - Unidad: 1.850 - Precio unitario: $ 0,000 - Importe Total: 0,000 - Encuadre Legal: no cumple con requisitos P.B.C.
Total: $ 49.010.
Observaciones: Los renglones 5 y 6, pese a superar el precio indicativo, por razones de necesidad y urgencia, y siendo los precios cotizados corrientes de plaza, se preadjudican conforme asesoramiento Técnico.
Se deja constancia que la presente es un Acta Modificatoria del Acta Nº 14/2004, donde se descarta el renglón Nº 9 ya que la firma que había sido Preadjudicada A y M D’ Espósito S.R.L., conforme Acta de Verificación del 17/6/2004, le ha sido denegado el Certificado Fiscal por Disposición Nº 37.
Fundamentación: Se preadjudica a la Oferta Nº 1, perteneciente a la Firma Rombo de Roberto O. Schvarz, los Renglones Nros. 2, 5, y 6 por la suma total de pesos cuarenta y nueve mil diez. ($ 49.010).
La erogación total asciende a la suma total de pesos cuarenta y nueve diez ($ 49.010).
Imputación: El gasto que demande la presente Licitación deberá imputarse a la correspondiente partida presupuestaria del ejercicio 2004.
Aprobación: Berria - Pisani Moyano - Meirovich.
Anuncio de Preadjudicación: Según Disposición Art. 61, Inc. 78, Decreto N° 5.720/PEN/72.
Fecha en Cartelera: 29 de junio hasta el 1° de julio de 2004.
Publicación: Según disposiciones estatuidas en el Art. 9°, Decreto N° 826/PEN/88.

Juan E. Amado
Director General

OL 1432

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 1°-7-2004

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

Provisión de Rollos Recibos Cajeros Automáticos

Llámase a Licitación Pública con referencia a la "Provisión de Rollos Recibos Cajeros Automáticos (Art. 14.038)". (Carpeta de Compras N° 15.623).
Los respectivos Pliegos de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Gerencia de Compras, sita en Florida 302, piso 7°, Capital Federal.
Valor del Pliego de Condiciones: pesos cincuenta ($ 50).
Fecha de Apertura: 20/7/2004 a las 12 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Teléfonos: 4329-8809/10/11.
E-mail: sirodriguez@bancociudad.com.ar
Página Web: www.bancociudad.com.ar

Mario A. Selva
Coordinador de Compras
Coordinación de Compras
Gerencia de Compras
Nicolás E. Fiorentino
Preadjudicaciones y O.C.
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Compras

BC 94

Inicia: 30-6-2004 Vence: 6-7-2004

n Cambio de los Tableros de Maniobra de Ascensores

Llámase a Licitación Pública con referencia al "Cambio de los Tableros de Maniobra en los Ascensores 1 y 2 de la Suc. 8 y Ascensor del Centro de Cómputos". (Carpeta de Compras N° 15.654).
Los respectivos Pliegos de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Gerencia de Compras, sita en Florida 302, piso 7°, Capital Federal.
Valor del Pliego de Condiciones: pesos ciento diez ($ 110).
Fecha de Apertura: 23/7/2004 a las 11 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Teléfonos: 4329-8809/10/11.
E-mail: npepe@bancociudad.com.ar
Página Web: www.bancociudad.com.ar

Mario A. Selva
Coordinador de Compras
Coordinación de Compras
Gerencia de Compras

Alfredo N. Pepe
Jefe de Equipo
Preadjudicaciones
Órdenes de Compra
Gerencia de Compras

BC 95

Inicia: 30-6-2004 Vence: 6-7-2004

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Ejecución de viviendas en el Barrio de Chacarita

Licitación Pública N° 26/04.
Se llama a Licitación Pública para la ejecución de siete (7) viviendas en la calle Giribone 840/42 del Barrio de Chacarita, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial: $ 619.815,32.
Fecha de Apertura: 22 de julio de 2004 a las 10 horas.
Valor del Pliego: pesos trescientos diez ($ 310).
Plazo de Obra: 12 meses.
Los Pliegos pueden ser consultados en Carlos Pellegrini 211/291, piso 6°, Capital Federal, Subgerencia Compras y Licitaciones en el horario de 9.30 a 14 horas y adquiridos previo pago en el Departamento Tesorería, Pje. Carabelas 241, P.B., Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 9.30 a 14 horas.
Consulta de Pliego:
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras

Gustavo D. Rodríguez
Gerente
Gerencia Financiera

Sofía V. Karpiej
Subgerente
Subgerencia Compras y Licitaciones


Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa

CV 23

Inicia: 23-6-2004 Vence: 14-7-2004

n Fundaciones y Estructuras para Edificios de Planta Baja más 3 pisos para 100 Viviendas - Barrio Nueva Pompeya

Licitación Pública N° 27/04.
Barrio Nueva Pompeya.
Manos a la Obra -ex Villa 21-24- Manzana 57 f.
Fundaciones y Estructuras para Edificios de Planta Baja más 3 pisos para 100 Viviendas.
Se llama a Licitación Pública para el cálculo estructural y la ejecución de las fundaciones y estructuras de hormigón armado sobre planta baja a sobre piso 3°, para 7 edificios de planta baja más 3 pisos altos y la instalación eléctrica correspondiente a la etapa estructural con los correspondientes pases para la totalidad de las instalaciones, en la Manzana 57 f- Villa 21-24, Barrio Nueva Pompeya.
Presupuesto Oficial: $ 1.768.280,26.
Fecha de Apertura: 22 de julio de 2004 a las 14 horas.
Valor del Pliego: pesos ochocientos ochenta y cinco ($ 885).
Plazo de Obra: 4 meses.
Los Pliegos pueden ser consultados en Carlos Pellegrini 211/291, piso 6°, Capital Federal, Subgerencia Compras y Licitacio-nes en el horario de 9.30 a 14 horas y adquiridos previo pago en el Departamento Tesorería, Pje. Carabelas 241, P.B., Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 9.30 a 14 horas.
Consulta de Pliego:
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras

Gustavo D. Rodríguez
Gerente
Gerencia Financiera

Sofía V. Karpiej
Subgerente
Subgerencia Compras y Licitaciones

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa

CV 24

Inicia: 23-6-2004 Vence: 14-7-2004

EDICTOS

Particulares

Retiro de Restos

Se comunica a los deudos que tengan restos de familiares depositados en la bóveda de la Flia. Bello, ubicada en la Sección N° 19, Sepultura 5 del Tablón N° 4 del cementerio de la Recoleta que deberán retirarlos dentro de los cinco (5) días de la fecha, en caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios la cremación y el posterior destino de las cenizas.

Solicitante: Pedro Julio Panini

EP 63

Inicia: 29-6-2004 Vence: 5-7-2004

SECRETARÍA DE SALUD

Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna"

Departamento Recursos Humanos

Notificación

La Dirección del Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna", notifica a la agente Sisti, Rosana Lidia, F.M. N° 379.138, que deberá comparecer ante esta Repartición dentro de los 3 (tres) días a fin de regularizar su situación referente a inasistencias incurridas desde el 5/5/04, por ello de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 17.239/50 y su modificatorio Decreto N° 2.795/81, en razón de encontrarse por tal circunstancia incursa en la causal de cesantía, Art. 48, Inc. a) de la Ley de Relaciones Laborales de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por la Ley N° 471/00 (B.O. N° 1026), su incomparecencia dará lugar a la tramitación de la misma.
Queda usted notificada.

M. Ángela Toscano
Subdirectora (I)
D.O. y E.A.

EO 311

Inicia: 30-6-2004 Vence: 6-7-2004

SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Dirección General de Higiene Urbana

n Intimación

Nota Nº 11.006/DGHUR/04.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Gral. Urquiza 1139/41, a realizar la reparación de acera del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General

EO 309

Inicia: 30-6-2004 Vence: 6-7-2004

n Intimación

Nota Nº 12.020/DGHU/04.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Bartolomé Mitre 2135, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General

EO 310

Inicia: 30-6-2004 Vence: 6-7-2004

n Intimación

Registro N° 694/CGP 4/03.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle La Rioja 2192 (esq. Av. Caseros 2993/99, a realizar la construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General

EO 312

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 7-7-2004

n Intimación

Expediente N° 15.682/04.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Goya 242, a realizar la reparación de acera y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General

EO 313

Inicia: 1°-7-2004 Vence: 7-7-2004