Boletin Oficial

Boletín Oficial Nº 2800

-SUMARIO-

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO N° 1.506/07
Se aceptan donaciones a favor de organismos del Ministerio de Salud

DECRETO N° 1.509/07
Se establece la tarifa del servicio público de taxis de la C.A.B.A.

DECRETO N° 1.510/07
Se establece aplicación de alícuota del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la fabricación y comercialización de medicamentos de uso humano

RESOLUCIONES

Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N° 1.395-MGGC/07
Se reconstruye el Expediente N° 33.543/04

RESOLUCIÓN N° 1.396-MGGC/07
Se reconstruye el Expediente N° 4.642/85

RESOLUCIÓN N° 1.397-MGGC/07
Se instruye sumario por documentación faltante

RESOLUCIÓN N° 1.432-MGGC/07
Se aprueba regularización de "Obras en Contravención" existentes en el inmueble sito en Holmberg 4394/96

RESOLUCIÓN N° 1.433-MGGC/07
Se aprueba regularización de "Obras en Contravención" existentes en el inmueble sito en Enrique de Vedia 2055/61

RESOLUCIÓN N° 1.434-MGGC/07
Se aprueba regularización de "Obras en Contravención" existentes en el inmueble sito en José León Suárez 5470

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N° 2.863-MHGC/07
Se autoriza a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural a utilizar un área del Centro de Exposiciones de la C.A.B.A. para la realización de "Expotrastienda 2007"

RESOLUCIÓN N° 2.962-MHGC/07
Se aprueba modificación de créditos

RESOLUCIÓN N° 2.971-MHGC/07
Se aprueba modificación de créditos

RESOLUCIÓN N° 2.974-MHGC/07
Se designan Inspectores/Auditores tributarios en el ámbito de la D.G.R.

RESOLUCIÓN N° 2.984-SSAF/07
Se aprueba compensación de créditos

Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N° 2.769-MCGC/07
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

RESOLUCIÓN N° 2.770-MCGC/07
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

RESOLUCIÓN N° 2.771-MCGC/07
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

RESOLUCIÓN N° 2.772-MCGC/07
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

Ministerio de Derechos Humanos y Sociales

RESOLUCIÓN N° 342-SSDH/07
Martín Alberto Goñi: se lo incorpora al Registro de Ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur

RESOLUCIÓN N° 343-SSDH/07
Álvaro Juan Manuel del Corazón de Jesús Figueroa: se desestima su incorporación al Registro de Ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur

RESOLUCIÓN N° 344-SSDH/07
Juan José Silva: se lo incorpora al Registro de Ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur

Ministerio de Espacio Público

RESOLUCIÓN N° 687-MEPGC/07
Julián Graciano Viergue: se renueva concesión de sepultura en el Cementerio de Flores

RESOLUCIÓN N° 688-MEPGC/07
Walter Sebastián Fernández Cicco: se renueva concesión de sepultura en el Cementerio de la Chacarita

Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas

RESOLUCIÓN N° 10-SSPLAN/07
Se aprueba el Acta de Recepción Definitiva suscripta con "Protel Servicios S.A."

Ministerio de Medio Ambiente

RESOLUCIÓN N° 276-SSHU/07
Se encomienda a la D.G. de Limpieza la realización de tareas de higiene y saneamiento en el inmueble sito en Concepción Arenal entre Conesa y Zapiola

Conjuntas: Ministerio de Espacio Público - Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas

RESOLUCIÓN N° 630-MEPGC-MPyOPGC/07
Se aprueba Acta Acuerdo

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

Aprueban o ratifican contratos de Régimen de Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal, designación de suplentes, designaciones interinas, designación de reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio, locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial

Ministerio de Salud

Resolución N° 1.623-MSGC/07

Resolución N° 1.916-MSGC/07

Resolución N° 1.965-MSGC/07

Resolución N° 1.966-MSGC/07

Resolución N° 1.999-MSGC/07

Resolución N° 2.047-MSGC/07

Resolución N° 2.056-MSGC/07

Ministerio de Cultura

Resolución N° 3.056-MCGC/07

Ministerio de Derechos Humanos y Sociales

Resolución N° 324-SSDH/07

Ministerio de Producción

Resolución N° 367-MPGC/07

Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas

Resolución N° 683-MPyOPGC/07

Conjuntas: Ministerio de Salud - Ministerio de Hacienda

Resolución N° 966-MSGC-MHGC/07

Resolución N° 974-MSGC-MHGC/07

Resolución N° 975-MSGC-MHGC/07

Ministerio de Cultura - Ministerio de Hacienda

Resolución N° 972-MCGC-MHGC/07

Ministerio de Gestión Pública y Descentralización - Ministerio de Hacienda

Resolución N° 964-MGPyDGC-MHGC/07

DISPOSICIONES

Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N° 358-DGCONC/07
Se autoriza a "Trebejos Films S.A." el retiro temporal de carteles indicadores de nomenclatura de calles

Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N° 689-DGEGP/07
Se aprueba cronograma de publicación de la nómina de aspirantes a cargos titulares e interinos y suplentes conforme a lo establecido en la Resolución N° 2.896-MEGC/06

CERTIFICADOS DE CATEGORIZACIÓN DE ACTIVIDAD

Ministerio de Medio Ambiente

La presente publicación se efectúa conforme lo establece el artículo 53 de la Ley N° 123, incorporado por la Ley N° 1.733

Certificado N° 6.387/07

Certificado N° 6.388/07

Certificado N° 6.389/07

Certificado N° 6.390/07

Certificado N° 6.391/07

Certificado N° 6.392/07

Certificado N° 6.393/07

Certificado N° 6.394/07

Certificado N° 6.395/07

Certificado N° 6.396/07

Certificado N° 6.397/07

Certificado N° 6.398/07

Certificado N° 6.399/07

Certificado N° 6.400/07

Certificado N° 6.401/07

Certificado N° 6.402/07

Certificado N° 6.403/07

Certificado N° 6.404/07

Certificado N° 6.405/07

Certificado N° 6.406/07

Certificado N° 6.407/07

Certificado N° 6.408/07

Certificado N° 6.409/07

Certificado N° 6.410/07

Certificado N° 6.411/07

Certificado N° 6.412/07

Certificado N° 6.413/07

Certificado N° 6.414/07

Certificado N° 6.415/07

Certificado N° 6.416/07

Certificado N° 6.417/07

Certificado N° 6.418/07

Certificado N° 6.419/07

Certificado N° 6.420/07

Certificado N° 6.421/07

Certificado N° 6.422/07

Certificado N° 6.423/07

Certificado N° 6.424/07

Certificado N° 6.425/07

Ampliaciones, modificaciones, rectificaciones y renovaciones de Certificados de Aptitud Ambiental, Disposiciones y Resoluciones

Certificado N° 5.918/07

Certificado N° 38/07

Certificado N° 4.846/07

Certificado N° 212/07

Certificado N° 5.443/07

Certificado N° 5.410/07

Certificado N° 5.533/07

Cumplimiento de los arts. 34 y 35 de la Ley Nº 2.180

COMUNICADOS Y AVISOS

LICITACIONES

EDICTOS

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO N° 1.506
Se aceptan donaciones a favor de organismos del Ministerio de Salud

Buenos Aires, 25 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 47.231/04 e incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que por los mismos, diversos organismos dependientes del Ministerio de Salud de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dan cuenta de las donaciones de que fueran objeto por parte de varios donantes;
Que el monto total de las donaciones señaladas asciende a la suma de $ 227.740,39;
Por ello, y teniendo en cuenta las atribuciones y facultades conferidas por el art. 104, inc. 16) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Acéptanse las donaciones efectuadas por parte de distintos donantes a favor de diversos organismos dependientes del Ministerio de Salud de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los elementos detallados en la Planilla adjunta, la cual forma parte integrante del presente decreto, cuyo valor asciende a la suma de pesos doscientos veintisiete mil setecientos cuarenta con treinta y nueve centavos ($ 227.740,39).
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda.
Artículo 3° - Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría y al Ministerio de Salud. TELERMAN - De Micheli - Beros

PLANILLA

DECRETO N° 1.509
Se establece la tarifa del servicio público de taxis de la C.A.B.A.

Buenos Aires, 29 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 35.866/07, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente referido en el visto, tramita la recomposición de la tarifa del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro;
Que en dicho marco la Subsecretaría de Tránsito y Transporte realizó un estudio sobre la rentabilidad del sector, analizando detalladamente la evolución de los ingresos y los costos involucrados en la explotación de la actividad, tomando en cuenta la evolución de los precios de cada uno de los factores que inciden en la prestación de dicho servicio;
Que en tal sentido, se observó una desactualización de la tarifa generada por los reiterados incrementos en los insumos y costos involucrados, lo cual repercute negativamente en la ecuación económica - financiera de la actividad, elevando los costos y reduciendo tanto la calidad como la rentabilidad del servicio;
Que, en consecuencia, se detectó un atraso en la tarifa actualmente vigente;
Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 6 (B.O.C.B.A. N° 420) y sus modificatorias, por el Decreto N° 881/07 (B.O.C.B.A. N° 2712) se convocó a audiencia pública para el tratamiento de la referida modificación de la tarifa;
Que dicha audiencia se celebró el día 2 de agosto de 2007, en el Teatro Sarmiento, sito en avenida Sarmiento 2715 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires produjo su informe respecto de lo tratado en la mencionada audiencia, formulando recomendaciones relacionadas con el servicio y, en especial con la necesidad de garantizar a los/as usuarios/as un tratamiento similar al establecido por el art. 9° bis de la Ley N° 22.802;
Que la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y la Dirección General que le depende con competencia en la materia informan que han receptado las recomendaciones del organismo de control;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario establecer una razonable recomposición de la tarifa a los fines de restablecer la rentabilidad y la calidad en la prestación de tal servicio;
Que se estima que un aumento en el valor de la ficha a treinta y un centavos de pesos ($ 0,31), reestablecería razonablemente la ecuación económica de la actividad;
Que tal reajuste permitirá mitigar los efectos de los incrementos sufridos, asegurando para los licenciatarios una rentabilidad razonable del servicio y para los usuarios el acceso a una prestación con estándares óptimos de calidad;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le corresponde según la competencia asignada por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Establécese un incremento de la tarifa para la explotación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, la que regirá a partir de la cero (0:00) hora del día posterior a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con los siguientes valores:
l Valor de la ficha: treinta y un centavos de pesos ($ 0,31).
l Bajada de bandera: diez (10) fichas, tres pesos con diez centavos ($ 3,10).
l Por cada doscientos metros (200 m) recorridos: una (1) ficha, treinta y un centavos de pesos ($ 0,31).
l Por cada minuto de espera: una (1) ficha, treinta y un centavos de pesos ($ 0,31).
l Equipaje de mano: transporte gratuito.
l Una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x 0,30m: transporte gratuito.
l Por cada bulto adicional: una (1) ficha, treinta y un centavos de pesos ($ 0,31).
l Redondeo: en todos los casos en los que surgiera del monto total a pagar diferencias menores a cinco (5) centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del/la pasajero/a.
Artículo 2° - La Subsecretaría de Tránsito y Transporte determinará la forma en que la información referida al criterio a aplicar en el supuesto de redondeo se exhiba de manera visible a los/as pasajeros/as.
Artículo 3° - Para que el conductor de taxi se encuentre facultado a percibir el valor del viaje resultante de aplicar la tarifa fijada en el presente, deberá adecuar el reloj taxímetro a dicha tarifa.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Planeamiento y Obras Públicas y de Hacienda.
Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Planeamiento y Obras Públicas, de Hacienda, al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Transporte la que comunicará a la empresa concesionaria SACTA S.A. TELERMAN - Schiavi - Beros

DECRETO N° 1.510
Se establece aplicación de alícuota del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la fabricación y comercialización de medicamentos de uso humano

Buenos Aires, 29 de octubre de 2007.

Visto el artículo 155 del Código Fiscal (t.o. 2007), el artículo 59, inciso 24) de la Ley Tarifaria 2007, el Decreto N° 521/02 (B.O. N° 1453), el Decreto N° 672/95 (B.M. N° 20.084), la Resolución N° 2.498-DGR/95 (B.M. N° 20.181) y el Expediente N° 74.122/07, y
CONSIDERANDO:
Que la primera de las normas citadas establece la base imponible del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de carácter general;
Que a partir del 1° de enero de 2006 la actividad de comercialización minorista de medicamentos para uso humano se encuentra alcanzada por las prescripciones del artículo 155 del Código Fiscal (t.o. 2007) y concordantes de años anteriores;
Que asimismo las Leyes Tarifarias 2006 y 2007 disponen que para dicha actividad será de aplicación la alícuota del 1% (uno por ciento);
Que por otra parte y dentro del Régimen de Agentes de Recaudación instaurado por el Decreto N° 1.150/90 y su modificatorio Decreto N° 521/02, se establece la alícuota del 2,5% (dos y medio por ciento) que deberán retener las entidades que efectúen los pagos de bienes y servicios mediante tarjetas de compra, tarjetas de crédito, tarjetas de débito y similares;
Que con relación al Régimen de Percepciones establecido por el Decreto N° 672/95 y reglamentado por la Resolución N° 2.498-DGR/95, los fabricantes y comercializadores mayoristas deberán percibir el impuesto aplicando una alícuota del 1,5% (uno y medio por ciento), a los contribuyentes y/o responsables por las operaciones de compras, locaciones y prestaciones que se celebren en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la norma antes citada también reduce en un 50% (cincuenta por ciento) la alícuota cuando el sujeto pasible de percepción desarrolle cualquiera de las actividades que tributan por diferencia entre los precios de compra y venta (artículo 167 del Código Fiscal (t.o. 2007) y concordantes de años anteriores;
Que por la Nota N° 132-DGR/06, ASOFAR (Asociación Propietarios de Farmacias Argentinas) se presenta solicitando la adecuación de las alícuotas de los actuales regímenes de retención y percepción;
Que fundamenta tal requerimiento en virtud de las distorsiones observadas con motivo del cambio operado en el tratamiento de la base imponible de la actividad de comercialización minorista de medicamentos para uso humano, lo que motiva el incremento de la percepción al 1,5% (uno y medio por ciento) en lugar del 0,75% (cero punto setenta y cinco por ciento), aplicable hasta el Ejercicio Fiscal 2005;
Que lo antes expuesto sumado a la retención sufrida por la venta a través de tarjetas de crédito, de débito, de compras o similares, a una alícuota aún mayor podrían originar saldos a favor de los contribuyentes en forma permanente;
Que resulta oportuno adecuar la alícuota aplicable por el Régimen de Percepciones por parte de los fabricantes y comercializadores mayoristas de medicamentos para uso humano, con respecto a los contribuyentes que desarrollan la actividad de comercio minorista de medicamentos para uso humano;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - A los fines de la percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos por parte de los fabricantes y comercializadores mayoristas de medicamentos para uso humano, con respecto a los contribuyentes que desarrollan la actividad de Comercio Minorista de Medicamentos para Uso Humano, se aplicará la alícuota del 0,75% (cero punto setenta y cinco por ciento) sobre el precio neto de la operación.
Artículo 2° - Facúltase al Ministro de Hacienda a fijar o modificar las alícuotas a aplicar en las distintas categorías de Agentes de Recaudación vigentes o que se establezcan en el futuro.
Artículo 3° - El presente decreto entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre de 2007.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el Sr. Ministro de Hacienda.
Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Rentas. TELERMAN - Beros

RESOLUCIONES

Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N° 1.395 - MGGC
Se reconstruye el Expediente N° 33.543/04

Buenos Aires, 12 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 42.531/07, y
CONSIDERANDO:
Que por dicha actuación la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro solicita la reconstrucción del Expediente N° 33.543/04, relacionado con el predio sito en la calle Marcelo T. de Alvear 534;
Que a pesar de la intensa búsqueda efectuada en la mencionada Dirección General, mediante Nota N° 6.166-DGFOC/05, no ha sido posible localizar la actuación que nos ocupa, por lo que se procede a su reconstrucción;
Que a fs. 36, 37 y 38, se agregan copias de la búsqueda de la mencionada actuación, que fueran publicadas en los Boletines Oficiales Nros. 2663, 2664 y 2665 respectivamente;
Por ello, y en virtud de lo establecido en el art. 33 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 B.O. N° 310), la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD. 221.18 Capítulo V y el artículo 17 del Decreto N° 2.008/03 (B.O.C.B.A. N° 1818),

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Artículo 1° - Reconstrúyase el Expediente N° 33.543/04 en los términos del art. 33 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 B.O. N° 310), la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD. 221.18 Capítulo V y el artículo 17 del Decreto N° 2.008/03 (B.O.C.B.A. N° 1818).
Artículo 2° - La Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección General de Sumarios-, procederá a instruir el correspondiente sumario administrativo a fin de deslindar responsabilidades por el extravío del Expediente N° 33.543/04.
Artículo 3° - La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, procederá a reconstruir la carátula original de la citada actuación e informará los movimientos registrados por la misma.
Artículo 4° - La Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro comunicará al interesado el extravío del expediente a fin de que acompañe copias de los escritos y documentación que posea, los que deberán ser incorporados al expediente en reconstrucción.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento, pase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, gírese a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, quién dará cumplimiento al artículo 4° de la presente, y a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección General de Sumarios-, la que cumplimentará el artículo 2° de la presente. Gorgal

RESOLUCIÓN N° 1.396 - MGGC
Se reconstruye el Expediente N° 4.642/85

Buenos Aires, 12 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 42.515/07; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha actuación la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro solicita la reconstrucción del Expediente N° 4.642/85;
Que a pesar de la intensa búsqueda efectuada en la mencionada Dirección General, mediante Nota N° 5.397-DGFOC/06, no ha sido posible localizar la actuación que nos ocupa, por lo que se procede a su reconstrucción;
Que a fs. 41, 42, 43 y 44, se agregan copias de la búsqueda de la mencionada actuación, que fueran publicadas en los Boletines Oficiales Nros. 2663, 2664 y 2665 respectivamente;
Por ello, y en virtud de lo establecido en el art. 33 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 B.O. N° 310), la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD. 221.18 capítulo V y el artículo 17 del Decreto N° 2.008/03 (B.O.C.B.A. N° 1818),

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Artículo 1° - Reconstrúyase el Expediente N° 4.642/85 en los términos del art. 33 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 B.O N° 310), la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD. 221.18 Capítulo V y el artículo 17 del Decreto N° 2.008/03 (B.O.C.B.A. N° 1818).
Artículo 2° - La Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección General de Sumarios-, procederá a instruir el correspondiente sumario administrativo a fin de deslindar responsabilidades por el extravío del Expediente N° 4.642/85.
Artículo 3° - La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, procederá a reconstruir la carátula original de la citada actuación e informará los movimientos registrados por la misma.
Artículo 4° - La Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro comunicará al interesado el extravío del expediente a fin de que acompañe copias de los escritos y documentación que posea, los que deberán ser incorporados al expediente en reconstrucción.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento, pase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, gírese a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, quién dará cumplimiento al artículo 4° de la presente, y a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección General de Sumarios-, la que cumplimentará el artículo 2° de la presente. Gorgal

RESOLUCIÓN N° 1.397 - MGGC
Se instruye sumario por documentación faltante

Buenos Aires, 12 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 53.950/07, y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron con motivo de la comunicación efectuada por la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a la Subsecretaría de Justicia, manifestado haberse detectado el faltante del DNI 47.962.921, expedido por el organismo;
Que en razón de lo expuesto, se efectuó la pertinente denuncia policial ante las autoridades de la Comisaría 29ª, de la Policía Federal Argentina;
Que la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas propone la instrucción del correspondiente sumario administrativo, destinado a esclarecer los hechos;
Que este Ministerio de Gobierno estima propicio el dictado del pertinente acto administrativo que ordene el sumario correspondiente a fin de dilucidar los hechos acaecidos;
Que atento lo expuesto, corresponde que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires proceda a la instrucción de un sumario administrativo, a fin de investigar los hechos denunciados y arribar a la verdad objetiva;
Por ello, en virtud de los términos del art. 2° del Reglamento de Sumarios Administrativos aprobado por el Decreto N° 3.360/68 (AD. 230.215) aplicable en función del art. 12 del Decreto N° 826/01 (B.O. N° 1225),

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Artículo 1° - Instruir sumario administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo del faltante del DNI 47.962.921, expedido por el Registro Nacional de las Personas, ocurrido en la Circunscripción 11ª dependiente de la Dirección Operativa Comunal de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Dirección General de Sumarios-. Comuníquese lo resuelto mediante copia autenticada del presente acto administrativo a la Dirección General del Estado Civil y Capacidad de las Personas y a la Dirección General de Recursos Humanos. Gorgal

RESOLUCIÓN N° 1.432 - MGGC
Se aprueba regularización de "Obras en Contravención" existentes en el inmueble sito en Holmberg 4394/96

Buenos Aires, 19 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 48.768/05 por el cual se solicita la regularización de obras no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en la "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle Holmberg 4394/96, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 55, Manzana 199, Parcela 01;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 34 a 40 del Expediente N° 48.768/05, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 49,40 m² no reglamentarios (planta baja: escalera a planta alta; planta alta: cocina-comedor, baño, dormitorios y lavadero) en una "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, obrando plano de O.S.N., constancia expedida por la DGFOC y Certificado de Empadronamiento Inmobiliario a fojas 45, 9 y 42 respectivamente;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los artículos 2.1.1.1 "Trabajos que requieren permiso de obra", 4.6.2.2 "Alturas mínimas de locales y distancias mínimas entre solados" 4.6.4.3 "Iluminación y ventilación de los locales de segunda clase y escaleras principales", 4.6.3.1 "Áreas y lados mínimos de los locales de primera y tercera clase" y 4.6.3.2 "Áreas y lados mínimos de las cocinas, espacios para cocinar, baños, retretes, lavaderos y secaderos" todos del Código de la Edificación;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 23 de agosto de 2007 (fs. 55), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs.13/14), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del artículo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de la Edificación, modificado por Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607) inciso d) punto 1) y Resolución N°483-SJySU/04 (B.O.C.B.A. N° 2011);
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e) del artículo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de la Edificación (AD 630.75),

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la regularización de las "Obras en Contravención" ejecutadas sin permiso en la "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle Holmberg 4394/96, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 55, Manzana 199, Parcela 01, procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 34 a 40 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de cuarenta y nueve metros con cuarenta centímetros cuadrados (49,40 m2) no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el artículo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de la Edificación, modificado por Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607) inciso d) punto 1) y Resolución N° 483-SJySU/04 (B.O.C.B.A. N° 2011).
Artículo 2° - La presente resolución es refrendada por el señor Subsecretario de Control Comunal.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, juntamente con copia del plano registrado. Gorgal - Peña

RESOLUCIÓN N° 1.433 - MGGC
Se aprueba regularización de "Obras en Contravención" existentes en el inmueble sito en Enrique de Vedia 2055/61

Buenos Aires, 19 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 18.165/97 por el cual se solicita la regularización de obras reglamentarias y no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en la "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle Enrique de Vedia 2055/61, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 79, Manzana 128A, Parcela 27;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 72 a 77 del Expediente N° 18.165/97, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 76,62 m2 reglamentarios (planta baja: balcón, dormitorios, escaleras y paso) y de 50,92 m² no reglamentarios, (planta baja: locales estar-comedor; planta alta: paso y dormitorio) en una "Vivienda multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, obrando plano de la ex O.S.N. a fs. 10 y testimonio otorgado por la DGFOC en el Expediente N° 31.174/02 (incorporado);
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los artículos 2.1.1.1 "Trabajos que requieren permiso de obra" y 4.6.4.2 "Iluminación y ventilación de los locales de primera clase" ambos del Código de la Edificación;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 14 de septiembre de 2007 (fs.90), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 85/86), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del artículo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de la Edificación, modificado por Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607) inciso d) punto 1) y Resolución N° 483-SJySU/04 (B.O.C.B.A. N° 2011);
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e) del artículo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de la Edificación (AD 630.75),

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la regularización de las "Obras en Contravención" ejecutadas sin permiso en la "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle Enrique de Vedia 2055/61, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 79, Manzana 128A, Parcela 27, procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 72 a 77 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de ciento veintisiete metros con cincuenta y cuatro centímetros cuadrados (127,54 m2), discriminados en 76,62 m² reglamentarios y 50,92 m² no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el artículo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de la Edificación, modificado por Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607) inciso d) punto 1) y Resolución N° 483-SJySU/04 (B.O.C.B.A. N° 2011).
Artículo 2° - La presente resolución es refrendada por el señor Subsecretario de Control Comunal.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, juntamente con copia del plano registrado. Gorgal - Peña

RESOLUCIÓN N° 1.434 - MGGC
Se aprueba regularización de "Obras en Contravención" existentes en el inmueble sito en José León Suárez 5470

Buenos Aires, 19 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 76.715/81 por el cual se solicita el registro de documentación conforme a obra con obras ejecutadas sin permiso reglamentarias y no reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en la "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle José León Suarez 5470, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 01, Sección 82, Manzana 20, Parcela 29;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 99 y 102 a 105 del Expediente N° 76.715/81, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 7 m2 reglamentarios (sector estar) y de 25,93 m2 no reglamentarios (sector cocina-antecomedor-lavadero) en una "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, obrando plano registrado anterior a fojas 1 y 10;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los artículos 2.1.1.1 "Trabajos que requieren permiso de obra" y 4.6.4.2 "iluminación y ventilación de los locales de primera clase" ambos del Código de la Edificación;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 10 de septiembre de 2007 (fs. 127), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales;
Que el presente caso se encuadra en los términos del artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607) inciso d) punto 1) y Resolución N° 483-SJySU/07 (B.O.C.B.A. N° 2011);
Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidos en el inciso e) del artículo 6.3.1.2 "Obras en Contravención" del Código de la Edificación (AD 630.75),

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la regularización de las "Obras en Contravención" ejecutados sin permiso en la "Vivienda Multifamiliar" no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle José León Suarez 5470, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 01, Sección 82, Manzana 20, Parcela 29, procediendo al registro de los planos obrantes a fojas 99 y 102 a 105 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de treinta y dos metros con noventa y tres centímetros cuadrados (32,93 m2), discriminados en 7 m2 reglamentarios y 25,93 m2 no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el artículo 6.3.1.2. "Obras en Contravención" del Código de Edificación, modificado por Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607) inciso d) punto 1) y Resolución N° 483-SJySU/04 (B.O.C.B.A. N° 2011).
Artículo 2° - La presente resolución es refrendada por el señor Subsecretario de Control Comunal.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires , y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, juntamente con copia del plano registrado. Gorgal - Peña

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N° 2.863 - MHGC
Se autoriza a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural a utilizar un área del Centro de Exposiciones de la C.A.B.A. para la realización de "Expotrastienda 2007"

Buenos Aires, 8 de octubre de 2007.

Visto el Decreto N° 7.962/78 (B.M. N° 15.925), el Expediente N° 14.173/07, y
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, dependiente del Ministerio de Cultura, solicita a la Dirección General de Concesiones el arrendamiento de 8.982,68 m² cubiertos correspondientes al Centro de Exposiciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la realización de la muestra "Expotrastiendas 2007", en el período comprendido entre el 9 y el 21 de octubre del corriente año, incluyendo días de armado y desarme;
Que la actividad a desarrollarse tiene por objeto difundir el trabajo de los artistas plásticos argentinos y despertar en el público el interés por sus obras a través del asesoramiento de los galeristas y marchands que participarán de la muestra;
Que el Decreto N° 7.962/78 aprueba el reglamento de funcionamiento del referido centro, estableciendo que la Ley Tarifaria será la que fije las tarifas a abonar por arrendamiento, siendo de aplicación para el presente caso la correspondiente a organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Tarifaria vigente, dispone en su artículo 109, que: "los organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, centralizados y no centralizados, que soliciten el uso de las instalaciones… para los fines que le fueran asignados por la estructura orgánica vigente estarán exentos de su pago";
Que la presente gestión ha sido propiciada con la conformidad de la señora Subsecretaria de Patrimonio Cultural;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural dependiente del Ministerio de Cultura, a utilizar en forma precaria y temporal una superficie total de 8.982,68 m² cubiertos correspondientes al Centro de Exposiciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la Dirección General de Concesiones, de acuerdo a las condiciones establecidas en el reglamento aprobado mediante Decreto N° 7.962/78, durante el período comprendido entre el 9 y el 21 de octubre del corriente año, a efectos de disponer de un espacio apto para la realización de la muestra denominada "Expotrastienda 2007".
Artículo 2° - Establécese que la utilización efectiva del predio, quedará condicionada a la reserva presupuestaria de créditos en garantía de pago de los futuros consumos de los servicios de energía eléctrica y agua, y a la constitución de las pólizas de seguros respectivas.
Artículo 3° - El valor total del arrendamiento eximido asciende a la suma de pesos doscientos diez mil ciento noventa y cinco ($ 210.195), el cual se calcula según lo previsto en el artículo 108, punto 2, apartado a) y en el artículo 109 de la Ley Tarifaria vigente.
Artículo 4° - El monto del arrendamiento eximido por el uso precario y temporal que se concede no comprende el suministro de energía eléctrica, agua y gas. En garantía de pago de esos consumos la Subsecretaría de Patrimonio Cultural deberá realizar una reserva de créditos de pesos veintiocho mil novecientos veinte con ochenta y ocho centavos ($ 28.920,88) a los efectos de que determinados los consumos producidos se sirva solicitar la transferencia del importe resultante, al Programa 45 -Concesiones de Buenos Aires-, Partidas 3.1.1 Electricidad, 3.1.2 Agua, 3.1.3 Gas.
Artículo 5° - A los efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas respecto al desarme en término y entrega en buen estado de las instalaciones y superficies arrendadas, la Subsecretaría de Patrimonio Cultural deberá depositar en concepto de garantía la suma de pesos diez mil quinientos diez ($ 10.510) en la Cuenta Corriente N° 26.319/1 DCyP (Garantías) en el Banco Ciudad de Buenos Aires Casa Matriz.
Artículo 6° - Establécese que la contratación del servicio telefónico corre por cuenta del organismo solicitante, quien deberá requerir a la empresa Telecom la instalación de las líneas provisorias necesarias, las que serán total y exclusivamente a su cargo.
Artículo 7° - A fin de preservar los derechos de los expositores que se presentan con posterioridad a la realización de este evento, el desarme y retiro de los materiales de las superficies arrendadas deberá hacerse antes de la hora ocho (8.00) del día 22 de octubre de 2007, fecha en que los respectivos espacios deberán quedar totalmente desocupados, debiendo encontrarse los pisos e instalaciones en iguales condiciones de limpieza y conservación en que se recibieron.
Artículo 8° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Concesiones. Beros

RESOLUCIÓN N° 2.962 - MHGC
Se aprueba modificación de créditos

Buenos Aires, 24 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 75.403/07, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramitan modificaciones de créditos solicitadas por el Ministerio de Salud con el fin de atender necesidades operativas impostergables;
Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran las destinadas a afrontar las afectaciones del servicio de limpieza de diversos hospitales;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Anexo A, Apartado I, de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2007, aprobadas por el Decreto N° 58/07 (B.O.C.B.A. N° 2614);
Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Contaduría. Cumplido, archívese. Beros

ANEXO

Imagen 1 2 3 4 5 6 7

RESOLUCIÓN N° 2.971 - MHGC
Se aprueba modificación de créditos

Buenos Aires, 25 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 75.404/07, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramita la modificación de créditos solicitada por la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Producción, tendiente a dar reflejo presupuestario al ingreso de mayores recursos en la cuenta escritural BASet (Buenos Aires Set de Filmación), correspondiente a la Subsecretaría de Industrias Culturales;
Que, asimismo, tramita una compensación entre diversas partidas de fuente de financiamiento 11 - Tesoro de la Ciudad, correspondientes al Programa 72 "Festivales de la Ciudad", a cargo de la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales, dependiente del Ministerio de Cultura, traspasando las mismas a la fuente de financiamiento 13 - Recursos Afectados;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Anexo A, Apartado I, de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2007, aprobadas por el Decreto N° 58/07 (B.O.C.B.A. N° 2614);
Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Contaduría. Cumplido, archívese. Beros

ANEXO

Imagen 1 2

RESOLUCIÓN N° 2.974 - MHGC
Se designan Inspectores/Auditores tributarios en el ámbito de la D.G.R.

Buenos Aires, 25 de octubre de 2007.

Visto el Decreto N° 444/06 (B.O.C.B.A. N° 2438), la Resolución N° 1.627-MHGC/07, (B.O.C.B.A. N° 2698) y sus modificatorias y la Carpeta Interna N° 133-DGR/07, y agregada, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada resolución se llamó a concurso público abierto para cubrir ciento ochenta y ocho (188) puestos de Inspector/Auditor Tributario en la Planta Permanente de la Dirección General de Rentas, dependiente del Ministerio de Hacienda, de los cuales ciento sesenta y ocho (168) serían cubiertos por contadores públicos y veinte (20) por abogados;
Que superadas las etapas del proceso concursal indicado, el Comité de Selección conformado al efecto confeccionó los listados con las órdenes de mérito respectivas, conforme la normativa vigente;
Que al mismo tiempo, se estableció que quienes resultaran seleccionados ingresarían en el agrupamiento profesional, Tramo A, Nivel 04, del Régimen Escalafonario vigente para el Personal de Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 986/04 y normas modificatorias), con más el suplemento establecido en la Ordenanza N° 44.407 y modificatoria y su reglamentación;
Que el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 444/06, delega en el/la Ministro/a de quien dependa el área requirente, la designación de las personas que desempeñarán funciones de inspección, en la medida en que hubiesen cumplido con los regímenes de selección y de capacitación previstos en la mencionada norma;
Que la Dirección General de Rentas, informa que las personas seleccionadas y cuya designación se propicia cumplimentaron con los cursos de capacitación que al efecto brindara esa repartición, en los términos del artículo 2°, Anexo II del Decreto N° 444/06;
Que se agregan los certificados a través de los cuales se acredita que ninguno de los profesionales aludidos se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por Ley N° 269;
Que no se procederá a dar de alta a las personas involucradas, hasta que no se cumplimenten los extremos establecidos en los artículos 38 y 39, de la Resolución N° 1.627-MHGC/07;
Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1° - Desígnanse a partir del 1° de noviembre de 2007, como personal de planta permanente de la Dirección General de Rentas, en la función de Inspectores/Auditores Tributarios, a las personas que se indican en los Anexos I y II, que se adjuntan a la presente resolución y que, a todos sus efectos, forman parte integrante de la misma, en el modo y condiciones que allí se señala.
Artículo 2° - No se procederá a dar de alta a las personas indicadas en el precedente artículo 1°, hasta que no se cumplimenten los extremos establecidos en los artículos 38 y 39, de la Resolución N° 1.627-MHGC/07.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Rentas y a la Comisión para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales (COPINE) y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Beros

ANEXOS

Imagen 1 2 3 4 5 6

RESOLUCIÓN N° 2.984 - SSAF
Se aprueba compensación de créditos

Buenos Aires, 26 de octubre de 2007.

Visto la Nota N° 2.914-DGConc/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación se plantea la necesidad de modificar los créditos de diversas partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en vigor;
Por ello, y en uso de las facultades establecidas en el Capítulo Tercero de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2007, aprobadas por Decreto N° 58/07;

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la compensación de créditos obrante en el Anexo de Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias, que se adjunta a la presente y a todos sus efectos forma parte integrante de la misma.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, cumplido, archívese por el término de cinco años. Silveyra

ANEXO

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N° 2.769 - MCGC
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2007.

Visto la Nota N° 8.011-DGTAL-MC/06, la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.020/04, 115/05 y 350/06 y las Resoluciones Nros. 482-SC/06, 287-MC/06 y 117-SC/06 ; y
CONSIDERANDO:
Que, por los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;
Que los decretos mencionados en el considerando primero delegaron en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;
Que, conforme lo establecido por la Ley N° 1.925 la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo la titular de este último la funcionaria facultada para otorgar los subsidios en el marco de los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05;
Que la Resolución N° 117-SC/06 establece el marco general para la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos y gestores culturales;
Que la Resolución N° 287-MC/06 ha modificado parcialmente la Resolución N° 117-SC/06;
Que mediante Resolución N° 482-SC/06 y su modificatoria se aprobó el marco específico de la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos, gestores culturales y de medios de comunicación, denominada "línea creadores";
Que la Resolución N° 287-MC/06 modificó el art. 16 de la Resolución N° 117-SC/06 estableciendo como Área sustantiva para dictaminar en la presente línea a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien debe expedirse previa evaluación del Consejo Asesor encargado de realizar la pertinente evaluación;
Que el Consejo Asesor en sus respectivos informes ha entendido que corresponde propiciar la desestimación de los proyectos de solicitud de subsidios de los peticionantes que figuran en el Anexo;
Que la Subsecretaría de Gestión Cultural ha propiciado la desestimación de las solicitudes de subsidio de los peticionantes que figuran en el Anexo, en base a los fundamentos vertidos en su dictamen;
Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase las solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006 por las personas citadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente por compartirse los argumentos esgrimidos en el dictamen emitido por el Área sustantiva.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá proceder al archivo conforme art. 7° de la Resolución N° 117-SC/06. Fajre

ANEXO

RESOLUCIÓN N° 2.770 - MCGC
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2007.

Visto la Nota N° 8.008-DGTAL-MC/06, la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.020/04, 115/05 y 350/06 y las Resoluciones Nros. 482-SC/06 , 287-MC/06 y 117-SC/06 ; y
CONSIDERANDO:
Que, por los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;
Que los decretos mencionados en el considerando primero delegaron en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;
Que, conforme lo establecido por la Ley N° 1.925 la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo la titular de este último la funcionaria facultada para otorgar los subsidios en el marco de los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05;
Que la Resolución N° 117-SC/06 establece el marco general para la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos y gestores culturales;
Que la Resolución N° 287-MC/06 la modificado parcialmente la Resolución N° 117-SC/06;
Que mediante Resolución N° 482-SC/06 y su modificatoria se aprobó el marco específico de la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos, gestores culturales y de medios de comunicación, denominada "línea creadores";
Que la Resolución N° 287-MC/06 modificó el art. 16 de la Resolución N° 117-SC/06 estableciendo como área sustantiva para dictaminar en la presente línea a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien debe expedirse previa evaluación del Consejo Asesor encargado de realizar la pertinente evaluación;
Que el Consejo Asesor en sus respectivos informes ha entendido que corresponde propiciar la desestimación de los proyectos de solicitud de subsidios de los peticionantes que figuran en el Anexo;
Que la Subsecretaría de Gestión Cultural ha propiciado la desestimación de las solicitudes de subsidio de los peticionantes que figuran en el Anexo, en base a los fundamentos vertidos en su dictamen;
Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase las solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006 por las personas citadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente por compartirse los argumentos esgrimidos en el dictamen emitido por el Área sustantiva.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá proceder al archivo conforme art. 7° de la Resolución N° 117-SC/06. Fajre

ANEXO

RESOLUCIÓN N° 2.771 - MCGC
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2007.

Visto la Nota N° 8.010-DGTAL-MC/06, la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.020/04, 115/05 y 350/06 y las Resoluciones Nros. 482-SC/06, 287-MC/06 y 117-SC/06 ; y
CONSIDERANDO:
Que, por los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;
Que los decretos mencionados en el considerando primero delegaron en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;
Que, conforme lo establecido por la Ley N° 1.925 la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo la titular de éste último la funcionaria facultada para otorgar los subsidios en el marco de los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05;
Que la Resolución N° 117-SC/06 establece el marco general para la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos y gestores culturales;
Que la Resolución N° 287-MC/06 ha modificado parcialmente la Resolución N° 117-SC/06;
Que mediante Resolución N° 482-SC/06 y su modificatoria se aprobó el marco específico de la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos, gestores culturales y de medios de comunicación, denominada "línea creadores";
Que la Resolución N° 287-MC/06 modificó el art. 16 de la Resolución N° 117-SC/06 estableciendo como área sustantiva para dictaminar en la presente línea a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien debe expedirse previa evaluación del Consejo Asesor encargado de realizar la pertinente evaluación;
Que el Consejo Asesor en sus respectivos informes ha entendido que corresponde propiciar la desestimación de los proyectos de solicitud de subsidios de los peticionantes que figuran en el Anexo;
Que la Subsecretaría de Gestión Cultural ha propiciado la desestimación de las solicitudes de subsidio de los peticionantes que figuran en el Anexo, en base a los fundamentos vertidos en su dictamen;
Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase las solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006 por las personas citadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente por compartirse los argumentos esgrimidos en el dictamen emitido por el Área sustantiva.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá proceder al archivo conforme art. 7° de la Resolución N° 117-SC/06. Fajre

ANEXO

RESOLUCIÓN N° 2.772 - MCGC
Se desestiman solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2007.

Visto la Nota N° 8.009-DGTAL-MC/06, la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.020/04, 115/05 y 350/06 y las Resoluciones Nros. 482-SC/06, 287-MC/06 y 117-SC/06; y
CONSIDERANDO:
Que, por los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;
Que los decretos mencionados en el considerando primero delegaron en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;
Que, conforme lo establecido por la Ley N° 1.925 la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo la titular de este último la funcionaria facultada para otorgar los subsidios en el marco de los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05;
Que la Resolución N° 117-SC/06 establece el marco general para la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos y gestores culturales;
Que la Resolución N° 287-MC/06 se ha modificado parcialmente la Resolución N° 117-SC/06;
Que mediante Resolución N° 482-SC/06 y su modificatoria se aprobó el marco específico de la línea de subsidios para artistas, investigadores, científicos, gestores culturales y de medios de comunicación, denominada "línea creadores";
Que la Resolución N° 287-MC/06 modificó el art. 16 de la Resolución N° 117-SC/06 estableciendo como área sustantiva para dictaminar en la presente línea a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien debe expedirse previa evaluación del Consejo Asesor encargado de realizar la pertinente evaluación;
Que el Consejo Asesor en sus respectivos informes ha entendido que corresponde propiciar la desestimación de los proyectos de solicitud de subsidios de los peticionantes que figuran en el Anexo;
Que la Subsecretaría de Gestión Cultural ha propiciado la desestimación de las solicitudes de subsidio de los peticionantes que figuran en el Anexo, en base a los fundamentos vertidos en su dictamen;
Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase las solicitudes de subsidios presentadas en el año 2006 por las personas citadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente por compartirse los argumentos esgrimidos en el dictamen emitido por el Área sustantiva.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, quien deberá proceder al archivo conforme art. 7° de la Resolución N° 117-SC/06. Fajre

ANEXO

Ministerio de Derechos Humanos y Sociales

RESOLUCIÓN N° 342 - SSDH
Martín Alberto Goñi: se lo incorpora al Registro de Ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur

Buenos Aires, 19 de octubre de 2007.

Visto las Leyes N° 1.075, N° 1.842 y N° 2.276, los Decretos N° 90/04 y N° 1.673/05, las Resoluciones N° 12-SSDH/04 y N° 286-SSDH/05, el Expediente N° 38.790/07 y la Carpeta N° 2.198/SSDH/06, del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, y
CONSIDERANDO:
Que por la carpeta señalada en el visto, iniciada el 20 de diciembre de 2006, tramita la solicitud presentada por el Sr. Martín Alberto Goñi, DNI 16.453.032, nacido en la en la Ciudad de Buenos Aires, quien requiere la incorporación al Registro de ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires y el otorgamiento del subsidio previsto en la Ley 1.075;
Que se ha acreditado fehacientemente a través de certificación original expedida por el Ejercito Argentino, que el requirente ha participado en calidad de Soldado Conscripto en el Teatro de Operaciones Malvinas - Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (Islas Malvinas) durante el conflicto;
Que esta Subsecretaría ha corroborado el requisito de ser nativo de la ciudad a la fecha de la convocatoria mediante la presentación por parte del solicitante de la documentación mencionada en los incisos b y c del art. 2° del Anexo I del Decreto N° 90/04;
Que, del informe de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, surge que en dicho organismo no constan menciones sobre la participación del Sr. Goñi en violaciones a los Derechos Humanos;
Que asimismo, el certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia indica que no existen en dicha repartición registros acerca del ex Combatiente;
Que surge de la documentación agregada que resulta viable otorgar el subsidio que prevé la normativa indicada en el visto, toda vez que, amen de lo expuesto, el presentante ha declarado bajo juramento que no cobra otros beneficios incompatibles con el solicitado en las presentes actuaciones y ha demostrado mediante certificado que no se encuentra incorporado al Registro previsto por la Ley N° 269;
Que de acuerdo al art. 7° del Decreto N° 90/04, corresponde reconocer el subsidio con carácter retroactivo a la fecha de inicio del trámite;
Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en la presente resolución, aconsejando su dictado;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el art. 2° del Decreto N° 90/04;
Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1° - Incorpórase al Sr. Martín Alberto Goñi, DNI 16.453.032, al Registro de ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires, creado por el artículo 1° del Decreto N° 90/04.
Artículo 2° - Otórgase al Sr. Martín Alberto Goñi, DNI 16.453.032, con carácter retroactivo a la fecha de iniciada la presentación, el subsidio vitalicio establecido por el artículo 1° de la Ley N° 1.075 y sus modificatorias Ley N° 1.842 y Ley N° 2.276, por un monto mensual de pesos un mil ciento sesenta y seis con 20/100 ($ 1.166,20), desde el 20 de diciembre de 2006 al 12 de febrero de 2007, y por una suma mensual de pesos un mil quinientos noventa y dos ($1.592) del 13 de febrero de 2007 hasta el 30 de abril de 2007, por una monto mensual de pesos mil setecientos diecinueve con 60/100 ($1.719,60) y por una suma mensual de pesos mil ochocientos cuarenta y seis con 84/100 ($1.846,84).
Artículo 3° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir una orden de pago por un monto total de pesos dieciséis mil setecientos ochenta y tres con 21/100 ($16.783,21) con su correspondiente comisión bancaria de pesos uno con veintiuno ($1,21), por el período comprendido entre el 20/12/06 y el 31/10/07.
Artículo 4° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 12-SSDH/04.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese en esta Subsecretaría. Guerin

RESOLUCIÓN N° 343 - SSDH
Álvaro Juan Manuel del Corazón de Jesús Figueroa: se desestima su incorporación al Registro de Ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur

Buenos Aires, 19 de octubre de 2007.

Visto la Ley N° 1.075 y el Decreto N° 90/04, el Expediente N° 46.307/07 y la Carpeta N° 1.772-SSDH/06, del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales; y
CONSIDERANDO:
Que por la carpeta señalada en el visto, iniciada el 27 de octubre de 2006, tramita la solicitud presentada por el Sr. Figueroa, Álvaro Juan Manuel del Corazón de Jesús, DNI 12.549.661, militar en actividad, quien requiere su incorporación al Registro de ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el requirente ha acreditado fehacientemente a través de certificación original expedida por la Armada Argentina, la condición de haber participado en calidad de personal militar en el Teatro de Operaciones Malvinas Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (Islas Malvinas), del que se desprende que su situación actual de revista es: Actividad;
Que el solicitante ha acreditado su condición de natural de la Ciudad de Buenos Aires, según lo prueba el certificado emitido por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, del informe de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, surge que en dicho organismo no constan menciones sobre la participación del requirente en violaciones a los Derechos Humanos;
Que asimismo, el certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia con excepción al art. 51 del Código Penal indica que no existen en dicha repartición registros acerca del Sr. Figueroa;
Que surge del expediente del visto que el requirente no firmó la declaración jurada de que no percibe ninguna pensión, beneficio, o subsidio en concepto de ex combatiente o veterano de guerra otorgada por otras provincias, y que sólo solicita la incorporación al Registro creado por el decreto mencionado en el visto;
Que el requirente no acredita los extremos mínimos para acceder al Registro de ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Geogias, Sandwich, e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires, contemplados en el Decreto N° 90/04 y en la Ley N° 1.075, en virtud de que su situación de revista es: Actividad;
Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en la presente resolución;
Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase la solicitud de incorporación al Registro de ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires, creado por el artículo 1° del Decreto N° 90/04 reglamentario de la Ley N° 1.075, al Sr. Figueroa, Álvaro Juan Manuel del Corazón de Jesús, DNI 12.549.661.
Artículo 2° - Regístrese, notifíquese al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese en esta Subsecretaría. Guerin

RESOLUCIÓN N° 344 - SSDH
Juan José Silva: se lo incorpora al Registro de Ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur

Buenos Aires, 19 de octubre de 2007.

Visto las Leyes N° 1.075, N° 1.842 y N° 2.276, el Decreto N° 90/04, las Resoluciones N° 12-SSDH/04 y N° 286-SSDH/06, el Expediente N° 88.310/06 y la Carpeta N° 719-SSDH/06, del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Derechos Humanos y Sociales; y
CONSIDERANDO:
Que por la carpeta señalada en el visto, iniciada el 30 de mayo de 2006, tramita la solicitud presentada por el Sr. Juan José Silva, DNI 5.196.963, domiciliado en la calle Zabala 1752, 2° piso A, Ciudad de Buenos Aires, quién requiere la incorporación al Registro de ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires y el otorgamiento del subsidio previsto en la Ley N° 1.075;
Que esta Subsecretaría ha corroborado el requisito de haber nacido en la Ciudad de Buenos Aires, mediante la presentación por parte del solicitante, de la documentación mencionada en el inciso b del art. 2° del Anexo I del Decreto N° 90/04;
Que se ha acreditado fehacientemente a través de certificación original expedida por la Armada Argentina, que el requirente ha participado en calidad de personal militar en el Teatro de Operaciones Malvinas - Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (Islas Malvinas) durante el conflicto;
Que, del informe de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, surge que en dicho organismo no constan menciones sobre la participación del Sr. Silva en violaciones a los Derechos Humanos;
Que asimismo, el certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia con excepción al artículo 51 del Código Penal, indica que no existen en dicha repartición registros acerca del ex Combatiente;
Que el requirente es retirado sin haber a partir del 13 de agosto de 2001 por Resolución N° 32/02 del Estado Mayor General de la Armada que resolvió hacer lugar a la solicitud del Sr. Silva de renunciar a su haber de retiro en virtud de su condición de empleado de la Administración Pública Nacional conforme lo preceptuado por el Decreto N° 894/01 que en su artículo 1° establece: "El desempeño de una función o cargo remunerado en la Administración Pública Nacional es incompatible con la percepción de un beneficio previsional o haber de retiro";
Que surge de la documentación agregada que el solicitante tiene derecho a percibir el subsidio que prevé la normativa indicada en el visto, ya que ha declarado bajo juramento que no cobra otros beneficios incompatibles con el solicitado en las presentes actuaciones y ha demostrado mediante certificado que no se encuentra incorporado al Registro previsto por la Ley N° 269;
Que de acuerdo al art. 7° del Decreto N° 90/04, corresponde reconocer el subsidio con carácter retroactivo a la fecha de inicio del trámite;
Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en la presente resolución, aconsejando su dictado;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el art. 2° del Decreto N° 90/04;
Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1° - Incorpórase al Sr. Juan José Silva, DNI 5.196.963, al Registro de ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires, creado por el artículo 1° del Decreto N° 90/04.
Artículo 2° - Otórgase al Sr. Juan José Silva, DNI 5.196.963, con carácter retroactivo a la fecha de iniciada la presentación, el subsidio vitalicio establecido por el artículo 1° de la Ley N° 1.075 y sus modificatorias N° 1.842 y N° 2.276, por un monto mensual de pesos novecientos ochenta ($ 980) desde el 30 de mayo de 2006, hasta el 30 de junio de 2006, de pesos un mil ciento sesenta y seis con veinte centavos ($ 1.166,20) desde el 1° de julio de 2006, hasta el 12 de febrero de 2007, de pesos un mil quinientos noventa y dos ($ 1.592) desde el 13 de febrero de 2007 hasta el 30 de abril de 2007, de pesos un mil setecientos diecinueve con sesenta centavos ($ 1.719,60) desde el 1° de mayo de 2007 hasta el 31 de agosto de 2007 y de pesos un mil ochocientos cuarenta y seis con ochenta y cuatro centavos ($ 1.846,84) a partir del 1° de septiembre de 2007.
Artículo 3° - El presente subsidio se otorga mientras subsista el impedimento preceptuado por el artículo 1° del Decreto N° 894/01 y mientras subsista en todos sus términos la Resolución N° 32/02 del Estado Mayor General de la Armada que dispuso suspender el haber de retiro del Sr. Silva desde el 13 de agosto de 2007.
Artículo 4° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir una orden de pago por un monto total de pesos veintiséis mil doscientos diecinueve con cinco centavos ($ 26.219,05) con su correspondiente comisión bancaria de pesos uno con veintiún centavos ($ 1,21), por el período comprendido entre el 30/5/06 y el 30/11/07.
Artículo 5° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 12-SSDH/04.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese en esta Subsecretaría. Guerin

Ministerio de Espacio Público

RESOLUCIÓN N° 687 - MEPGC
Julián Graciano Viergue: se renueva concesión de sepultura en el Cementerio de Flores

Buenos Aires, 11 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 7.306/07, y
CONSIDERANDO:
Que por esos obrados tramita la solicitud presentada por Julián Graciano Viergue tendiente a la renovación de concesión del terreno para sepultura formado por el Lote 02, Tablón 14, Sección 01 del Cementerio de Flores, comprendida en las prescripciones del Decreto N° 17.559/51 (AD 480.3/6) y de la Ordenanza N° 27.590 (AD 480.1);
Que la Dirección General de Cementerios informa en este expediente, sobre la titularidad correspondiente y estima pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión, dejando constancia de que la liquidación de los derechos de la concesión de que se trata se efectuará con posterioridad a la sanción de la presente norma;
Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado en las presentes actuaciones, indicando que según el texto ordenado del Código Fiscal y la Ley Tarifaria vigentes, queda determinado que la renovación debe efectuarse por el término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para bóvedas o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios;
Que corresponde la aplicación de los arts. 31 y 32 del Decreto N° 17.559/51 habida cuenta que resultó justificado por el peticionante el interés legítimo, directo y actual sobre el sepulcro, en su carácter de nieto del titular fallecido, según consta en estos actuados;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 1.925, el Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416) y el Decreto N° 1.499/98 (B.O. N° 518),

EL MINISTRO DE ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a Julián Graciano Viergue la renovación de concesión del terreno para sepultura, formado por el Lote 02, Tablón 14, Sección 01 del Cementerio de Flores, por el término de veinte (20) años, a partir del 18 de diciembre de 2000, con carácter de intransferible, conforme los artículos 31 y 32 del Decreto N° 17.559/51, previo pago de la suma que resulte de la liquidación con ajuste de la Ley Tarifaria vigente.
Artículo 2° - La Dirección General de Cementerios, con intervención de la Dirección General de Contaduría, efectuará la pertinente liquidación con ajuste a la Ley Tarifaria vigente y a las prescripciones de la normativa imperante, verificará el ingreso de la suma resultante de la liquidación y practicará las registraciones del caso.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y notificación, remítanse copias certificadas a la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, a la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Espacio Público y a la Dirección General de Cementerios la que procederá a notificar al interesado. Bovero

RESOLUCIÓN N° 688 - MEPGC
Walter Sebastián Fernández Cicco: se renueva concesión de sepultura en el Cementerio de la Chacarita

Buenos Aires, 11 de octubre de 2007.

Visto el Expediente N° 46.135/07, y
CONSIDERANDO:
Que por esos obrados tramita la solicitud presentada por Walter Sebastián Fernandez Cicco tendiente a la renovación de concesión del terreno para sepultura formado por los Lotes 15 y 16, Tablón 10, Manzana 4, Sección 9 del Cementerio de la Chacarita, comprendida en las prescripciones del Decreto N° 17.559/51 (AD 480.3/6) y de la Ordenanza N° 27.590 (AD 480.1);
Que la Dirección General de Cementerios informa en este expediente, sobre la titularidad correspondiente y estima pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión, dejando constancia de que la liquidación de los derechos de la concesión de que se trata se efectuará con posterioridad a la sanción de la presente norma;
Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado en las presentes actuaciones, indicando que según el texto ordenado del Código Fiscal y la Ley Tarifaría vigentes, queda determinado que la renovación debe efectuarse por el término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para bóvedas o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios;
Que corresponde la aplicación del art. 31 del Decreto N° 17.559/51 habida cuenta que resultó justificado por el peticionante el interés legítimo, directo y actual sobre el sepulcro, en su carácter de único titular, según consta en estos actuados;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 1.925, el Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416) y el Decreto N° 1.499/98 (B.O. N° 518),

EL MINISTRO DE ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a Walter Sebastián Fernández Cicco la renovación de concesión del terreno para sepultura, formado por los Lotes 15 y 16, Tablón 10, Manzana 4, Sección 9 del Cementerio de la Chacarita, por el término de veinte (20) años, a partir del 15 de febrero de 2005, con carácter de intransferible, conforme el artículo 31 del Decreto N° 17.559/51, previo pago de la suma que resulte de la liquidación con ajuste de la Ley Tarifaría vigente.
Artículo 2° - La Dirección General de Cementerios, con intervención de la Dirección General de Contaduría, efectuará la pertinente liquidación con ajuste a la Ley Tarifaría vigente y a las prescripciones de la normativa imperante, verificará el ingreso de la suma resultante de la liquidación y practicará las registraciones del caso.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y notificación, remítanse copias certificadas a la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, a la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Espacio Público y a la Dirección General de Cementerios la que procederá a notificar al interesado. Bovero

Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas

RESOLUCIÓN N° 10 - SSPLAN
Se aprueba el Acta de Recepción Definitiva suscripta con "Protel Servicios S.A."

Buenos Aires, 2 de agosto de 2007.

Visto el Expediente N° 37.088/03 e incorporados Registro N° 1.163-SIyP/04, Carpeta N° 586-DGDURB/04, y Carpeta N° 244-DGDURB/05 por el cual tramita las aprobaciones del Acta de Recepción Definitiva y Liquidación Final de la Obra "Plazoleta en Vera y Av. Corrientes y Plazoleta Julián Alvarez y Av. Corrientes", adjudicada a la Empresa Protel Servicios S.A., y
CONSIDERANDO:
Que la obra de que se trata fue adjudicada a la Empresa Protel Servicios S.A. por Disposición N° 469-DGAyL/04, tramitada por Expediente N° 37.088/03, cuya copia obra a fs. 504 del citado actuado;
Que con fecha 16 de septiembre de 2004, se ha suscripto la contrata para la ejecución de la presente obra entre la ex-Subsecretaría Administrativa de la ex-Secretaría de Infraestructura y Planeamiento del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Protel Servicios S.A., cuyo ejemplar obra a fs. 505 del Expediente N° 37.088/03;
Que con fecha 10 de enero de 2005, se ha suscripto entre la empresa Protel Servicios S.A., y la inspección de obra dependiente del Área Obras de la ex-Dirección General de Desarrollo Urbano de la ex-Subsecretaría de Planeamiento dependiente de la ex-Secretaría de Infraestructura y Planeamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el acta de recepción provisoria de la presente obra, la cual ha sido aprobada por Disposición N° 1-DGDURB/05, de fecha 3 de marzo de 2005 cuya copia autenticada obra a fs. 72 de la Carpeta N° 244-DGDURB/05, la cual se encuentra incorporada al Expediente N° 37.088/03;
Que con fecha 5 de agosto del 2005 se ha suscripto entre la empresa Protel Servicios S.A. y la inspección de la presente obra dependiente del Área Obras de la ex-Dirección General de Desarrollo Urbano, dependiente de la ex-Subsecretaría de Planeamiento de la ex-Secretaría de Infraestructura y Planeamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el acta de recepción definitiva de la presente obra, obrante a fs. 531 del Expediente N° 37.088/03, que como Anexo I forma parte de la presente resolución, correspondiendo el dictado de la norma aprobatoria de la misma, en virtud de lo estipulado en el art. 1.6.9. del pliego de condiciones generales para obras menores Decreto N° 8.828/78 y de lo estipulado en los arts. 2.8 y 2.19 del pliego de especificaciones particulares que rigió la presente obra;
Que por Informe N° 170-DGDURB/06 de fecha 20 de marzo de 2006, se remitió la planilla de liquidación final -por un monto de pesos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y tres con setenta centavos ($ 65.693,70), en virtud que el monto original de contrato ascendía a pesos cincuenta y nueve mil ciento cuarenta y tres con veinticinco centavos ($ 59.143,25) y por Disposición N° 3-DGDURB/04, de fecha 25 de noviembre de 2004, cuya copia obra a fs. 34 y 35 de la Carpeta N° 244-DGDURB/05, se aprobó el Adicional N° 1 por pesos seis mil quinientos cincuenta con cuarenta y cinco centavos ($ 6.550,45), obrante a fs. 530 del Expediente N° 37.088/03, a la Dirección General de Contaduría, organismo que indicó que no existían observaciones que formular a la misma por Informe N° 460-DGCG/06, obrante a fs. 551 del citado actuado, dejando constancia que la planilla de liquidación final como Anexo II forma parte de la presente resolución, correspondiendo el dictado de la norma aprobatoria de la misma;
Por ello, y en uso de las atribuciones dispuestas por el Decreto N° 2.186/04,

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el acta de recepción definitiva suscripta con fecha 5 de agosto del 2005 entre la empresa Protel Servicios S.A. y la inspección de la presente obra dependiente del Área Obras de la ex Dirección General de Desarrollo Urbano, dependiente de la ex Subsecretaría de Planeamiento de la ex-Secretaría de Infraestructura y Planeamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de recibir la Obra "Plazoleta en Vera y Av. Corrientes y Plazoleta Julián Alvarez y Av. Corrientes", obrante a fs. 531 del Expediente N° 37.088/03, que como Anexo I forma parte de la presente resolución, correspondiendo el dictado de la norma aprobatoria de la misma;
Artículo 2° - Apruébase la liquidación final correspondiente a la Obra "Plazoleta en Vera y Av. Corrientes y Plazoleta Julián Alvarez y Av. Corrientes", por un monto de pesos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y tres con setenta centavos ($ 65.693,70), en virtud de que el monto original de contrato ascendía a pesos cincuenta y nueve mil ciento cuarenta y tres con veinticinco centavos ($ 59.143,25) y por Disposición N° 3-DGDURB/04, de fecha 25 de noviembre de 2004, cuya copia obra a fs. 34 y 35 de la Carpeta N° 244-DGDURB/05, se aprobó el Adicional N° 1 por pesos seis mil quinientos cincuenta con cuarenta y cinco centavos ($ 6.550,45), dejando constancia de que la planilla de liquidación final como Anexo II forma parte de la presente resolución.
Artículo 3° - Regístrese, notifíquese a la empresa y remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido vuelva a la Dirección General de Proyectos y Obras dependiente de esta Subsecretaría de Planeamiento del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas para su archivo como antecedente de obra. Sabugo

ANEXO

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Ministerio de Medio Ambiente

RESOLUCIÓN N° 276 - SSHU
Se encomienda a la D.G. de Limpieza la realización de tareas de higiene y saneamiento en el inmueble sito en Concepción Arenal entre Conesa y Zapiola

Buenos Aires, 8 de octubre de 2007.

Visto la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ordenanza N° 33.581, el Decreto N° 681/06, en el marco del Expediente N° 12.332/03; y
CONSIDERANDO:
Que, por el decreto consignado en el visto, se delegó en el señor Subsecretario de Higiene Urbana la facultad de encomendar a las dependencias que resulten competentes, la ejecución de las tareas necesarias tendientes a la higienización, desratización y saneamiento de los inmuebles de dominio privado que no cumplan con las condiciones de higiene y salubridad previstas en la normativa vigente;
Que, de los informes, denuncias e inspecciones realizadas en la finca de la calle Concepción Arenal entre las de Conesa y Zapiola, las cuales obran en el expediente ut supra consignado, surge en forma evidente que en dicho predio se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública;
Que, atento a lo expuesto e identificado el titular de la finca, se procedió a diligenciar la correspondiente cédula de notificación al titular del predio, intimándolo a realizar las mejoras del inmueble de su propiedad en el plazo de veinte (20) días de conformidad con lo previsto en el Decreto N° 1.889/01. En el mismo sentido, por medio de la publicación del correspondiente edicto en el B.O.C.B.A. N° 2379, se intimó al propietario a fin de que proceda a regularizar la situación planteada;
Que, transcurrido con creces el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado, se comprobó que las tareas no fueron realizadas, conforme consta en los actuados obrantes en el citado expediente, permaneciendo las deficiencias que dieron origen al presente procedimiento;
Que, resulta un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de sus potestades, aplicar las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2 y su modificatoria Ordenanza N° 33.681 (B.M. N° 15.575);
Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del poder de policía de parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, velando por los intereses de la comunidad;
Que, a su vez, mediante el Dictamen N° 34.877, el órgano asesor de la Constitución aclaró respecto a la frase: "imposibilidad material de acceso a la finca" que el sentido que debe dársele implica un presupuesto de excepción, que determine la imposibilidad en forma absoluta de ingresar a la misma, siendo un deber inexcusable de la administración hacer cesar la afectación que trasciende a fincas linderas y afecta en forma actual o inminente el espacio urbano;
Que, asimismo, el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos, dispone que: "El acto administrativo goza de presunción de legitimidad; su fuerza ejecutoria faculta a la Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios, a menos que deba utilizarse la coacción contra la persona o bienes de los administrados, en cuyo caso será exigible la intervención judicial. Sólo podrá la administración utilizar la fuerza contra la persona o bienes del administrado, sin intervención judicial, cuando deba protegerse el dominio público, desalojarse o demolerse edificios que amenacen ruina, o tengan que incautarse bienes muebles peligrosos para la seguridad, salubridad o moralidad de la población o intervenir en la higienización de inmuebles";
Que, en este sentido, mediante Dictamen N° 34.877, el órgano asesor de la Constitución aclaró que "(…) la propia norma procedimental, regula lo referente al tema en cuestión, determinando específicamente que no resulta necesario contar con la intervención judicial, en los casos en que deba, entre otros supuestos, procederse a la higienización de inmuebles por parte de la administración";
Que, sin perjuicio de lo expuesto, en aquellos casos en que los predios privados se encuentren habitados y sus habitantes impidan el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad, se deberá requerir a la Procuración General del la Ciudad de Buenos Aires que gestione la pertinente orden de allanamiento, de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 3° del Decreto N° 681/06, debiendo labrarse el acta correspondiente en la que se deje constancia de la negativa de los ocupantes de la finca;
Que, por otra parte, la Procuración General recomienda que en todos los supuestos de intervención administrativa, se labre un acta circunstanciada in situ en la que conste en forma pormenorizada, en qué consiste la gravedad de la situación para proceder por Administración a la higienización de la finca, detallando el procedimiento llevado a cabo para hacerla cesar, haciendo constar si se ha requerido el auxilio de la fuerza pública ante la oposición u obstaculización del procedimiento y dejando asentado en qué consiste el riesgo para la salud o daño para el hábitat que determine la intervención del órgano de aplicación;
Que, habiendo efectuado en las presentes actuaciones la respectiva consulta e intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el temperamento a adoptar en la situación planteada, considerando que corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin de disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público;
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 681/06,

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Encomiéndase a la Dirección General de Limpieza, proceda de inmediato a realizar en el inmueble sito en la calle Concepción Arenal entre las de Conesa y Zapiola, por administración y a costa de quien resulte ser propietario del mismo, las tareas de higienización, desmalezamiento, construcción del cerco reglamentario y reparación de acera.
Artículo 2° - El organismo citado en el artículo primero, podrán requerir el auxilio de la fuerza pública a fin de cumplir con lo dispuesto precedentemente, con prescindencia de la previa intervención judicial, en todos aquellos casos en los cuales no se advierta signos de habitabilidad en los predios a higienizar.
Artículo 3° - Establécese que el organismo encargado de realizar la higienización deberá labrar un acta circunstanciada in situ en la que conste en que consiste la gravedad de la situación para proceder por Administración a la higienización, detallando el procedimiento llevado a cabo para hacerla cesar, haciendo constar si se ha requerido el auxilio de la fuerza pública ante la oposición u obstaculización del procedimiento e informando en que consiste el riesgo para la salud o daño para el hábitat que determine la intervención del órgano de aplicación.
Artículo 4° - Encomiéndese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para que en los casos en que el riesgo no sea grave ni inminente, y exista oposición a la intervención administrativa por parte de los ocupantes, recurra ante los tribunales competentes a fin de gestionar la orden de allanamiento del inmueble mencionado en el artículo primero, a fin de llevar a cabo las tareas dispuestas en la presente.
Artículo 5° - Los gastos que demanden los trabajos dispuestos por el artículo 1° deberán ser abonados por el propietario del inmueble en la Dirección General de Rentas, dentro del los treinta (30) días de la fecha de formulación del cargo que efectuará la Dirección General de Contaduría, bajo apercibimiento de iniciar las acciones pertinentes para su cobro por vía judicial.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Limpieza y a las Direcciones Generales de Contaduría General y de Rentas. Billubi

Conjuntas: Ministerio de Espacio Público - Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas

RESOLUCIÓN N° 630 - MEPGC-MPyOPGC
Se aprueba Acta Acuerdo

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2007.

Visto la Nota N° 123-SSIyO/07, la Ley N° 1.925 y los Decretos Nros. 1.721/04 y 350/06,
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación la Dirección General de Obras Viales, pone en conocimiento del Ente de Mantenimiento Urbano Integral el proyecto de Acuerdo de Colaboración, en cumplimiento de lo solicitado por los Ministros de Planeamiento y Obras Públicas y de Espacio Público;
Que una demora en encarar las tareas de conservación y mantenimiento de las arterias de la ciudad, además del perjuicio para usuarios y vecinos, representa un incremento exponencial del deterioro y consecuentemente, de los costos de reparaciones;
Que por Ley N° 2.407 (B.O.C.B.A. N° 2754) se aprobó la modificación de presupuesto para el Ejercicio 2007;
Que en consecuencia las distintas jurisdicciones deben ajustarse a las nuevas disponibilidades presupuestarias vigentes para el año;
Que las avenidas de la Ciudad de Buenos Aires requieren, por diversos factores, intervenciones de reparación, conservación y mantenimiento de los pavimentos que exceden las pautas presupuestarias con las que cuenta el Ministerio de Espacio Público a esos efectos, durante el corriente ejercicio;
Que consecuentemente con ello las dos jurisdicciones implementaron esquemas de colaboración para resolver la problemática planteada;
Que de las obras que lleva a cabo AUSA previstas en el Decreto N° 1.721/04 existe disponibilidad económica y financiera para incluir como nueva obligación en ese cronograma parte de las intervenciones en pavimentos que resultan necesarias;
Que Autopistas Urbanas S.A. (AUSA) dispone de la capacidad técnica y operativa para la realización de los trabajos que se necesitan;
Que por ello, las dependencias técnicas competentes de ambos Ministerios han tomado intervención y concluyeron en la factibilidad operativa de concretar un Programa de Intervención de Calzadas en Arterias Principales a ejecutar por AUSA en el marco del contrato de concesión, que concluyó con la firma del acta acuerdo que forma parte integrante de la presente resolución;
Que la Subsecretaría de Infraestructura y Obras ha notificado a la empresa Autopistas Urbanas S.A. y esta ha dado el consentimiento para la ejecución de las obras;
Que el plazo total de la intervención de AUSA quedará limitado al corriente año 2007 o hasta alcanzar un monto total de los trabajos de pesos diez millones IVA incluido ($ 10.000.000.- c/IVA ) lo que suceda primero;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE ESPACIO PÚBLICO Y
EL MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVEN:

Artículo 1° - Apruébase el acta acuerdo que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y remítase para su conocimiento y demás efectos al Ente de Mantenimiento Urbano Integral dependiente del Ministerio de Espacio Público, a la Unidad de Contralor de Concesiones Viales, a la Dirección General de Obras Viales dependientes del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, y la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Bovero - Schiavi

ANEXO I

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RESOLUCIONES SINTETIZADAS

Aprueban o ratifican contratos de Régimen de Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal, designación de suplentes, designaciones interinas, designación de reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio, locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial

Ministerio de Salud

n Resolución N° 1.623-MSGC del 30 de julio de 2007.
Se rechaza el recurso jerárquico interpuesto en subsidio presentado por el agente Eduardo Oscar Gigena, Ficha Nº 352.386, quien presta servicios en el Hospital de Salud Mental "Braulio Moyano", contra los términos de la Resolución Nº 2.110-SS/04, confirmándose la misma. De Micheli

n Resolución N° 1.916-MSGC del 5 de septiembre de 2007.
Archivar el Sumario N° 646/04, instruido a fin de precisar los hechos y deslindar eventuales responsabilidades respecto de la denuncia realizada por la Dra. Andrea Clamans, Matrícula Nacional N° 79.081, en relación a la atención a la paciente M.B.G., por parte de profesionales del Hospital General de Agudos "Juan A. Fernández", los días 18 y 19 de octubre de 2003, que originaran la rogatoria emanada del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 88, caratulada como Oficio Judicial N° 1.161-SS/03. De Micheli

n Resolución N° 1.965-MSGC del 7 de septiembre de 2007.
Archivar el Sumario N° 166/04, instruido a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades con motivo del anónimo de carácter amenazante, que fuera encontrado en el parabrisas del automóvil de la licenciada Elsa Grasso, del Servicio Social del Hospital General de Agudos "Enrique Tornú" y varios hechos similares ocurridos en la misma área. De Micheli

n Resolución N° 1.966-MSGC del 7 de septiembre de 2007.
Archivar el Sumario Nº 436/06, instruido a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades con motivo de la sustracción de una notebook IBM Thinkpad R32 Pentium IV LX-4, con lectora de CD IBM 24 X, inventariada bajo el Número 32.136, perteneciente al Comité de Docencia e Investigación del Hospital General de Agudos "Carlos G. Durand", ocurrida el 2 de junio de 2006, en las que no se indagó a agente alguno de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. De Micheli

n Resolución N° 1.999-MSGC del 14 de septiembre de 2007.
Sancionar con veinte (20) días de suspensión al agente Horacio Oscar Baffico, Ficha Nº 216.415, en orden a los cargos de: 1º: haber autorizado la reparación de la máquina lavadora industrial del Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez" en el año 2000, fuera del marco del Decreto N° 5720-PEN/72, contratando el servicio por la modalidad de fondo de emergencia Decreto N° 7/98, presentando el respectivo legajo los presupuestos de las empresas Refe S.A., Herramix S.A., Feral S.C.A., reuniendo los requisitos correspondientes únicamente Refe S.A., careciendo los otros dos presupuestos de aclaración de firma, de CUIT e Ingresos Brutos, destacándose que el domicilio de Herramix S.A., coincide con el de la empresa Refe S.A., en tanto que el domicilio de Feral S.C.A. no es el registrado en la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad. 2º: que se aceptó por el servicio de reparación un monto irrazonable, por no guardar relación con los precios de mercado a la época de emisión de la Orden de Compra", siendo sus conductas violatorias del art. 10, inc. a) y c) de la Ley Nº 471, resulta aprehendida por el art. 47, inc. d) de la citada normativa, concordante con el art. 35, inc. e) de la Ordenanza N° 40.401, vigente a la época de los hechos. Sancionar con veinte (20) días de suspensión a la agente Leandra Emilce Gatti, Ficha Nº 287.523, en orden a los cargos de: 1º: haber autorizado la reparación de la máquina lavadora industrial del Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Alvarez" en el año 2000, fuera del marco del Decreto N° 5720-PEN/72, contratando el servicio por la modalidad de Fondo de Emergencia Decreto N° 7/98, presentando el respectivo legajo los presupuestos de las empresas Refe S.A., Herramix S.A., Feral S.C.A., reuniendo los requisitos correspondientes únicamente Refe S.A., careciendo los otros dos presupuestos de aclaración de firma, de CUIT e Ingresos Brutos, destacándose que el domicilio de Herramix S.A., coincide con el de la empresa Refe S.A., en tanto que el domicilio de Feral S.C.A. no es el registrado en el Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad. 2º: que se aceptó por el servicio de reparación un monto irrazonable, por no guardar relación con los precios de mercado a la época de emisión de la Orden de Compra", siendo sus conductas violatorias del art. 10, inc. a) y c) de la Ley Nº 471, resulta aprehendida por el art. 47, inc. d) de la citada normativa, concordante con el art. 35, inc. e) de la Ordenanza N° 40.401, vigente a la época de los hechos. De Micheli

n Resolución N° 2.047-MSGC del 20 de septiembre de 2007.
Archivar el Sumario N° 62/06, instruido a fin de esclarecer los hechos y deslindar responsabilidades respecto del robo de un (1) electrocardiógrafo marca Eda Besen, Serie Nº 01040155 y un (1) oxímetro de pulso marca Nell Cor, Serie Nº 20879654, de la Sala de Terapia Intensiva y Sala 3, Inmunodeprimidos, respectivamente, del Hospital de Infecciosas "Francisco J. Muñiz", detectado el 21 de marzo de 2005, en el que no se indagó a agente alguno de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. De Micheli

n Resolución N° 2.056-MSGC del 21 de septiembre de 2007.
Archivar el Sumario Nº 222/06, instruido a fin de investigar los hechos y atribuir o deslindar responsabilidades con relación a la falta de recaudos adoptados por el Hospital "Bernardino Rivadavia" para la custodia de los libros de parto, en este caso en particular, los requeridos por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, mediante Actuación Nº 544/6, a requerimiento de la Sra. María Teresa De Marco, nacida en el año 1953 supuestamente en el aludido establecimiento asistencial. De Micheli

Ministerio de Cultura

n Resolución N° 3.056-MCGC del 22 de octubre de 2007.
Se designa, a partir del 13 de septiembre de 2007, al señor Florencio Hernán Garma Feijoo, DNI 16.749.973, CUIL 20-16749973-3, como personal de la planta de gabinete, del Ministerio de Cultura, con 2.080 unidades retributivas, en las condiciones establecidas por Decreto N° 1.143/05 (B.O.C.B.A. N° 2250), y su modificatorio Decreto N° 1.223/06 (B.O.C.B.A. N° 2512). Fajre

Ministerio de Derechos Humanos y Sociales

n Resolución N° 324-SSDH del 5 de octubre de 2007.
Se autoriza a la Dra. Cecilia Cumini, DNI 28.559.661 y a la Dra. María Fernanda Petrone, DNI 22.885.560, personal de la Subsecretaría de Derechos Humanos, a certificar copias de la documentación administrativa que tramita por ante esta Subsecretaría. Guerin

Ministerio de Producción

n Resolución N° 367-MPGC del 24 de octubre de 2007.
Se designa a partir del 8 de agosto de 2007, al Dr. Marcelo Horacio Álvarez, DNI 25.548.354, CUIL 20-25548354-5, como personal de la planta de gabinete, de la Dirección General Promoción de Congresos y Eventos, dependiente de la Subsecretaría de Turismo, del Ministerio de Producción, con 2.400 unidades retributivas, en las condiciones establecidas por Decreto Nº 1.143/05 (B.O.C.B.A. Nº 2250), y su modificatorio Decreto Nº 1.223/06 (B.O.C.B.A. Nº 2512). Rodríguez

Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas

n Resolución N° 683-MPyOPGC del 17 de octubre de 2007.
Se autoriza a la Dra. Romina Lorena Szczyry, DNI 25.895.355, Ficha Censal Nº 737.309, CUIL 27-25895355-5, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, en representación de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a concurrir a la Conferencia Internacional sobre Seguridad y Simulación Vial 2007, a realizarse desde el 7 al 9 de noviembre de 2007, en Roma, Italia, como asimismo a la 5º edición del International Rail Forum, que se llevará a cabo los días 13, 14 y 15 de noviembre de 2007 en Valencia, España. Schiavi

Conjuntas: Ministerio de Salud - Ministerio de Hacienda

n Resolución N° 966-MSGC-MHGC del 24 de octubre de 2007.
Se contrata a partir del 1° de agosto de 2007 y hasta el 31 de mayo de 2010, al señor Claudio Raúl Yungblut, DNI 26.262.515, CUIL 20-26262515-0, como residente de 1º año, en la especialidad "inmunología para bioquímicos", en el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, partida 4021.0020.R.58.308, del Sistema de Residencias "del Equipo de Salud" aprobado por Ordenanza Nº 40.997 (B.M. Nº 17.720), modificada por Ordenanzas Nros. 41.828 (B.M. Nº 18.019), 42.594 (B.M. Nº 18.194), 42.954 (B.M. Nº 18.384) 43.316 (B.M. Nº 18.506) 45.147 (B.M. Nº 19.141), 46.125 (B.M. Nº 19.763), de conformidad con las condiciones establecidas por Ordenanza Nº 51.475 (B.O.C.B.A. Nº 192) y los Decretos Reglamentarios Nros. 1167/86 (B.M. Nº 17.759) y 752/97 (B.O.C.B.A. Nº 245), dejándose establecido que el mencionado profesional inicia su relación laboral en esta Administración Central. De Micheli - Beros

n Resolución N° 974-MSGC-MHGC del 25 de octubre de 2007.
Se modifican parcialmente los términos de la Resolución Nº 332-MSGC-MHGC/07, dejándose establecido que las contrataciones efectuadas en favor de diversos profesionales, a partir del 1° de junio de 2007 y hasta el 31 de mayo de 2008, como Jefes de Residentes, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", dependiente del Ministerio de Salud, lo son en la partida 4022.0600.R.48.305. De Micheli - Beros

n Resolución N° 975-MSGC-MHGC del 25 de octubre de 2007.
Se modifican parcialmente los términos de la Resolución Nº 618-MSGC-MHGC/07, dejándose establecido que la contratación efectuada entre otros a los licenciados Soledad González, DNI 29.718.128, CUIL 27-29718128-4, y Fernando Losada, DNI 27.179.006, CUIL 20-27179006-7, a partir del 1° de junio de 2007 y hasta el 31 de mayo de 2010, como Residentes de 1º año de los Sistemas de Residencias "del Equipo de Salud", en la especialidad "Kinesiología", lo es para desempeñarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, dependiente del Ministerio de Salud, partida 4025.0010.R.58.308. De Micheli - Beros

Ministerio de Cultura - Ministerio de Hacienda

n Resolución N° 972-MCGC-MHGC del 24 de octubre de 2007.
Se deja sin efecto los términos de la Disposición Nº 465-DGRH/06, en virtud de lo dispuesto por Resolución Nº 143-MCGC/07, debiendo el agente Amilcar Roberto Carfi, DNI 12.946.434, CUIL 20-12946434-9, Ficha N° 290.790, continuar revistando en el Teatro Colón, del Ministerio de Cultura, en partida 5038.0013.W.01.881, deja partida 9911.0040.W.01.881, del Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD). Fajre - Beros

Ministerio de Gestión Pública y Descentralización - Ministerio de Hacienda

n Resolución N° 964-MGPyDGC-MHGC del 24 de octubre de 2007.
Se transfieren a los agentes que se indican en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, en el modo y condiciones que se señala. Cortina - Beros

ANEXO I

DISPOSICIONES

Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N° 358 - DGCONC
Se autoriza a "Trebejos Films S.A." el retiro temporal de carteles indicadores de nomenclatura de calles

Buenos Aires,19 de octubre de 2007.

Visto la Nota N° 5.832-DGBASet/07, y
CONSIDERANDO:
Que por dichas actuaciones tramita la solicitud de la empresa Trebejos Films S.A. para proceder al retiro temporal de carteles indicadores de nomenclatura de calles localizados en 25 de Mayo y Lavalle los días 20 y 21 de octubre de 2007 entre las 7 y las 19 horas, con fecha de cobertura climática para los días 27 y 28 de octubre de 2007, a efectos de proceder a la realización de un cortometraje publicitario;
Que la Dirección General Buenos Aires Set de Filmación ha procedido a informar los datos de la empresa productora, y que la misma cuenta con cobertura de seguros desde el 24 de febrero de 2007 hasta el 24 de febrero de 2008 y autorización otorgada por Disposición N° 5.638-DPVP/07 de la Dirección Permisos en la Vía Pública para realizar filmaciones en la vía pública con vencimiento el 24 de febrero de 2008, esto es en ambos casos comprensivos de la fecha en que se realizará el rodaje;
Que atento lo expuesto, corresponde autorizar la solicitud con los costos y gastos que ella demande a cargo de la empresa productora, debiendo arbitrar los medios necesarios para que no se produzcan daños, y quedando los bienes del mobiliario público sitos en el área de rodaje al finalizar la grabación en perfecto estado, teniendo en cuenta que los costos de subsanar cualquier eventual daño ocasionado a los mismos correrán por cuenta de la solicitante, no implicando costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en consonancia con lo solicitado, corresponderá requerir a la firma Lesko S.A. - Tabacar S.A. U.T.E. que proceda al retiro temporal de carteles indicadores de nomenclatura de calles instalados en 25 de Mayo y Lavalle, y a su reinstalación en las oportunidades indicadas en la solicitud, teniendo en cuenta que cualquier cargo que pudiere formularse con motivo del requerimiento deberá ser satisfecho por la empresa productora sin costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE CONCESIONES
DISPONE:

Artículo 1° - Autorízase la solicitud de la productora Trebejos Films S.A., para proceder al retiro temporal de carteles indicadores de nomenclatura de calles instalados en 25 de Mayo y Lavalle entre las 7 y las 19 horas de los días 20 y 21 de octubre de 2007, o en caso de imposibilidad de realizar el rodaje por razones climáticas entre las 7 y las 19 horas de los días 27 y 28 de octubre de 2007, a los efectos de realizar la filmación de un cortometraje publicitario, con los costos y gastos que ella demande a cargo de la empresa productora.
Artículo 2° - Requiérase a la firma Lesko S.A. - Trabacar S.A. U.T.E. que proceda al retiro de los carteles indicadores de nomenclatura de calles instalados en 25 de Mayo y Lavalle, y a su reinstalación en debida forma en las oportunidades indicadas en la solicitud, haciéndole saber que cualquier cargo que pudiere formularse con motivo del requerimiento deberá ser satisfecho por la empresa productora sin costo alguno para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las firmas Trebejos Films S.A. y Lesko S.A. Trabacar S.A. U.T.E., póngase en conocimiento de la Dirección General Buenos Aires Set de Filmación y, oportunamente, archívese. Maida

Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N° 689 - DGEGP
Se aprueba cronograma de publicación de la nómina de aspirantes a cargos titulares e interinos y suplentes conforme a lo establecido en la Resolución N° 2.896-MEGC/06

Buenos Aires, 23 de octubre de 2007.

Visto la Resolución N° 3.687-SED/05 y la Resolución N° 2.896-MEGC/06, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 3.687-SED/05 se autorizó a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a realizar la convocaría a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura, con carácter de titular, de los cargos de supervisión dependientes de la dicha Dirección General;
Que la Resolución N° 2.896-MEGC/06 realizó modificaciones a la norma citada anteriormente con el objeto de realizar adecuaciones que posibiliten dar impulso la convocatoria e incorporar nuevos cargos a ser concursados;
Que el concurso prevé la realización de tres etapas eliminatorias, la primera de las cuales está destinada a la evaluación de antecedentes, la segunda a la realización de un curso de capacitación y la tercera a la prueba de oposición;
Que una vez determinado el orden de mérito definitivo para cada vacante como resultado de la evaluación de antecedentes de los postulantes, los mismos se encontraron habilitados para ingresar al curso de capacitación, a razón de seis postulantes como máximo por cada vacante;
Que habiéndose realizado el curso de capacitación y encontrándose firme la publicación de los resultados de la evaluación realizada a los postulantes al finalizar el mismo, se ha concluido con la segunda etapa del concurso;
Que oportunamente se implementó la tercera etapa del concurso correspondiente a la prueba de oposición;
Que concluida esta tercera etapa del concurso corresponde notificar los listados de aspirantes en condiciones de acceder a cargos titulares;
Que, asimismo, la norma prevé que los listados resultantes del presente concurso puedan ser utilizados para efectuar futuras designaciones para cubrir interinatos y suplencias de los cargos de supervisión en los diferentes sectores de la Dirección General de Educación de Gestión Privada;
Que corresponde establecer las fechas correspondientes a la publicación de los citados listados en la sede del organismo;
Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE
EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE:

Artículo 1° - Apruébase el cronograma de publicación de los listados correspondientes a los aspirantes en condiciones de acceder a cargos titulares y los correspondientes a futuras coberturas de cargos interinos y suplentes conforme a lo establecido en la Resolución N° 2.896-MEGC/06 por medio de la cual se llamó a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura, con carácter de titular, de los cargos de supervisión dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, el cual se encuentra detallado en el Anexo I de la presente disposición.
Artículo 2° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y archívese. Jáuregui

ANEXO I

CERTIFICADOS DE CATEGORIZACIÓN DE ACTIVIDAD

Ministerio de Medio Ambiente

La presente publicación se efectúa conforme lo establece el artículo 53 de la Ley N° 123, incorporado por la Ley N° 1.733

Certificado N° 6.387
Fecha de emisión: 22 de agosto de 2007.
Titular: Félix Cortez Alfonso.
Categorización de la actividad:
"Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en el inmueble sito en Andres Ferreira 3785, 1° y 2° piso, con una superficie de 318 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 32, Manzana: 10, Parcela: 17, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.388
Fecha de emisión: 22 de agosto de 2007.
Titular: Kuk Won Kim.
Categorización de la actividad:
"Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810). Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Comercio minorista de ropa confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles (c/depósito art. 5.2.8 inc. A) (h/200 m2) (603.070). Comercio mayorista de ropa confección, lencería, blanco, mantelería, textiles en general y pieles (sin depósito) (613.070)", a desarrollarse en el inmueble sito en avenida Avellaneda 3200, planta baja, sótano, 1° y 2° piso, con una superficie de 307,56 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 4, Parcela: 8A, Distrito de Zonificación: C3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.389
Fecha de emisión: 22 de agosto de 2007.
Titular: Alberto Mariano Jamús.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690)", a desarrollarse en el inmueble sito en General Venancio Flores 3001, planta baja, entrepiso, 1°, 2° y 3° piso, con una superficie de 485,50 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 12, Parcela: 17c, Distrito de Zonificación: C3II; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.390
Fecha de emisión: 22 de agosto de 2007.
Titular: Reina Teodora Cortez Alfonso.
Categorización de la actividad:
"Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en el inmueble sito en Andrés Ferreira 3785, planta baja, con una superficie de 160 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 32, Manzana: 10, Parcela: 17, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.391
Fecha de emisión: 22 de agosto de 2007.
Titular: Jong Mi Lee.
Categorización de la actividad:
"Fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles, excepto prendas de vestir (500.640). Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Comercio minorista de ropa confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles (c/depósito art. 5.2.8 inc. A) (h/200 m2) (603.070). Comercio mayorista de ropa confección, lencería, blanco, mantelería, textiles en general y pieles (sin depósito) (613.070)", a desarrollarse en el inmueble sito en Dr. Juan Felipe Arganguren 3030, planta baja, 1° piso, Unidad Funcional N° 1, con una superficie de 253,05 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 15, Parcela: 15, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.392
Fecha de emisión: 24 de agosto de 2007.
Titular: Marco Antonio Arce.
Categorización de la actividad:
"Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810). Confección de prendas de vestir de piel y cuero (500.820). Confección de accesorios para vestir no clasificados en otra parte uniformes y otras prendas especiales (500.980). Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690)", a desarrollarse en el inmueble sito en Pola 1602/1604, planta baja, con una superficie de 137,98 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 62, Manzana: 49, Parcela: 7, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.393
Fecha de emisión: 24 de agosto de 2007.
Titular: Han Back Hwa.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Estampado de telas (taller de estampado) excluido tejidos de punto (500.630)", a desarrollarse en el inmueble sito Velásquez 3217, planta baja y 1° piso, con una superficie de 150,78 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 50, Manzana: 29A, Parcela: 32, Distrito de Zonificación: R2bII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.394
Disposición N°: 976-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 24 de agosto de 2007.
Titular: National Service Argentina S.A.
Categorización de la actividad:
"Industria: fabricación de artículos de papel y cartón de uso doméstico e higiénico. Taller de corte y armado de artículos de plástico (501.770). Fabricación de escobas, plumeros, brochas, cepillos, pinceles y afines. Fábrica de secadores de caucho, fábrica de secadores de material sintético (502.820). Fábrica de secadores para limpiar (501.540). Taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de géneros (500.690). Fraccionamiento y envasado de producto de limpieza, higiene y tocador y cosméticos (501.550). Limpieza y teñido de alfombras, guardado (sin teñido de alfombras) (503.225)", a desarrollarse en el inmueble sito en Rocamora 4263/65, sótano, planta baja y 1° piso, con una superficie de 1.072,36 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 7, Sección: 17, Manzana: 63, Parcela: 15b y 16i, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.395
Disposición N°: 977-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Desarrollos y Proyectos S.A. (DyPSA).
Categorización de la actividad:
"Obra nueva: vivienda colectiva", a desarrollarse en el inmueble sito en Marta Lynch 551 entre Aime Paine y avenida de los Italilanos, con una superficie de 40.100 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 21, Sección: 98, Manzana: 5M, Parcela: 1E, Distrito de Zonificación: U11 Subdistrito C1; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.396
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Renato J. Muñoz.
Categorización de la actividad:
"Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en el inmueble sito en avenida Bruix 3660, 1° piso, con una superficie de 89,30 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 54, Manzana: 100, Parcela: 36a, Distrito de Zonificación: R2bIII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.397
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Shon Choon Ok.
Categorización de la actividad:
"Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810). Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Fabricación de tejidos de punto (500.760)", a desarrollarse en el inmueble sito en Pumacahua 1251/53/55, planta baja, 1° piso, con una superficie de 440 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 44, Manzana: 89, Parcela: 36, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.398
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Condori Porce, Juana.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en el inmueble sito en Francisco Bilbao 5862, 1° piso, contrafente, con una superficie de 59,42 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 62, Manzana: 3, Parcela: 8A, Distrito de Zonificación: E2; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.399
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Pisano Gustavo Ángel.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810). Comercio mayorista de ropa confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles (c/depósito art. 5.2.8, inc. A) (h/200 m2) (633.070) De calzados en general, artículos de cuero, talabartería, marroquinería (633.240). De artículos personales y de regalos (c/depósito art. 5.2.8 inc. A) (633.310)", a desarrollarse en el inmueble sito en Bogotá 3332, planta baja, 1° y 2° piso, con una superficie de 220 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 77, Manzana: 140, Parcela: 5, Distrito de Zonificación: C3II; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.400
Disposición N°: 978-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Arzobispado de Buenos Aires.
Categorización de la actividad:
"Templo (801.060)", a desarrollarse en Thorne 1261/69 y 1277/79/81, subsuelo, planta baja, entrepiso, 1°, 2° y 3° piso, con una superficie total de 5.137,07 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 44, Manzana: 96, Parcela: 46 y 37B unificadas, Distrito de Zonificación: R2aII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.401
Disposición N°: 979 -DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Bio Fucal S.A.
Categorización de la actividad:
"Clínica veterinaria con internación limitada al proceso post y pre operatorio exclusivamente (700.220). Venta de animales domésticos (603.291). Venta de artículos para animales domésticos. Venta de fármacos veterinarios (603.292)", a desarrollarse en el inmueble sito en Rivadavia 1.261, planta baja, Unidad Funcional N° 1, con una superficie de 132,07 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 14, Sección: 5, Manzana: 43, Parcela: 27, Distrito de Zonificación: APH 1 Zona 9d; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.402
Disposición N°: 980-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Juana Pérez.
Categorización de la actividad:
"Industria: ClaNAE 2221.0: impresión (501.347). Servicios terciarios: copias, fotocopias, reproducciones, duplicación de audio y/o video (excepto imprentas) (604.040)", a desarrollarse en el inmueble sito Catamarca 992 "A", planta baja, Unidad Funcional N° 2, con una superficie de 42,50 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 8, Sección: 30, Manzana: 96, Parcela: 23, Distrito de Zonificación: R2a; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.403
Disposición N°: 981-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Diechi S.R.L.
Categorización de la actividad:
"Servicios terciarios: alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill (602.000/10/40/50/60). Bar, café, whisquería, cervecería, lácteos, heladería (602.020/21/30/70). Industria: ClaNAE: 1520.9: elaboración de helados con venta directa al público (500.074)", a desarrollarse en el inmueble sito en avenida Santa Fe 1278, planta baja y sótano, con una superficie de 219,73 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 20, Sección: 7, Manzana: 46, Parcela: 6a, Distrito de Zonificación: C2; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.404
Disposición N°: 982 -DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Salud Ocupacional Integral S.A.
Categorización de la actividad:
"Servicios: centro médico u odontológico (700.190)", a desarrollarse en Pringles 779, planta baja, 1° y 2° piso, con una superficie de 563,36 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 7a, Sección: 17, Manzana: 47, Parcela: 16, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.405
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Ricardo A. Wysocki y Patricia Zanollo.
Categorización de la actividad:
"Elaboración de productos de panadería con venta directa al público (500.202). Fabricación de masas y demás productos de pastelería sándwiches, cocción de productos de panadería cuando se reciba la masa ya elaborada (500.200)", a desarrollarse en avenida Cobo 1175/77/79/85, planta baja, entrepiso y 1° piso, con una superficie de 442,78 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 38, Manzana: 16B, Parcela: 11 y 12, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.406
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Quispe Oraqueni, Irena.
Categorización de la actividad:
"Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Cuenca 17, 1° piso, local "7", con una superficie de 38,54 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 1, Parcela: 25b, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.407
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Jacob & Dana S.R.L.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690) Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Bogotá 3123, planta baja, entrepiso y planta alta, con una superficie de 275 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 4, Parcela: 21b, Distrito de Zonificación: C3II; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.408
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Jacob & Dana S.R.L.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810). Comercio minorista de ropa confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles (c/depósito art. 5.2.8 inc. A) (h/200 m2) (603.070). Comercio mayorista de ropa confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles (c/depósito art. 5.2.8 inc. A) (h/200 m2) (633.070)", a desarrollarse en avenida Avellaneda 3235, planta baja y planta alta, Unidad Funcional N° 2, con una superficie de 180 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 77, Manzana: 151, Parcela: 34, Distrito de Zonificación: C3II; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.409
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Chang Hang Joon.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Acabado de tejidos de punto (500.750). Fabricación de tejidos de punto (500.760)", a desarrollarse en avenida Condarco 341, planta baja, con una superficie de 157,50 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 53, Parcela: 17, Distrito de Zonificación: R2aII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.410
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Hector Tito Ticona.
Categorización de la actividad:
"Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Bolivia 744, planta baja, Unidad Funcional N° 1, con una superficie de 64,57 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 57, Parcela: 34, Distrito de Zonificación: E3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.411
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Lee Chang Soon.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Teniente General Gregorio Pomar 4249, con una superficie de 187,33 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 38, Manzana: 145, Parcela: 26A, Distrito de Zonificación: C3II; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.412
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Ricardo Luis Santcovsky.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Juan Manuel Blanes 82, planta baja, con una superficie de 49,70 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 4, Sección: 6, Manzana: 91, Parcela: 9, Distrito de Zonificación: E2; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.413
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Viviana Evangelina Benítez.
Categorización de la actividad:
"Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Juan Jacobo Rosseau 2038, planta baja, con una superficie de 136,66 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 69, Manzana: 101A, Parcela: 7, Distrito de Zonificación: R2bII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.414
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Javier Huaygua Delgado.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Lanza 2238, planta baja, con una superficie de 39,24 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 38, Manzana: 44b, Parcela: 8, Distrito de Zonificación: R2bII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.415
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Doleal S.R.L.
Categorización de la actividad:
"Depósito de confecciones y tienda en general (ropa confeccion y similares) (550.420)", a desarrollarse en Tandil 6618, planta baja y entrepiso, con una superficie de 248,26 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 76, Manzana: 118, Parcela: 3, Distrito de Zonificación: E2; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.416
Resolución N° 689-MMAGC/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Empresarios Transporte Automotor de Pasajeros S.A.C.I.y F.
Categorización de la actividad:
"Estación intermedia de transporte público urbano automotor (605.050)", que se desarrolla en el local sito en la calle Nazarre 3138/42/44/46, planta baja, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 71, Manzana: 2, Parcela: 2, Distrito de Zonificación: C3II, con una superficie del terreno de 788,10 m2 , como Régimen de Adecuación de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.417
Resolución N°: 690-MMAGC/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Regencar S.A.
Categorización de la actividad:
"Estación de servicio de Gas Natural Comprimido (GNC)", que se desarrolla en el local sito en avenida Almafuerte 407 esquina Achala 3502/08/16, 1° y 2° piso, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 32, Manzana: 14, Parcela: 1, Distrito de Zonificación: E3, con una superficie de 470,18 m2, como Régimen de Adecuación de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto.

Certificado N° 6.418
Resolución N°: 691-MMAGC/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Cristales Ebenor S.A.
Categorización de la actividad:
"Fabricación de espejos (incluido pulido, biselado, tallado, grabado de vidrios y cristal). Fabricación de vitraux. Fabricación de artículos de vidrio o cristal, sin horno de fusión. Armado de marcos para cuadros y espejos. Comercio mayorista de vidrios y cristales (depósito)", que se desarrolla en el local sito en la calle Oliden 2360/70/80 y San Pedro 5959/75/85, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 76, Manzana: 169; Parcela: 23a, Distrito de Zonificación: I, con una superficie del terreno de 3.951,897 m2 y una cubierta de 4.293,79 m2, como Régimen de Adecuación de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.419
Disposición N°: 983-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Pico y Cabildo S.A.
Categorización de la actividad:
"Obra nueva: vivienda multifamiliar. Locales comerciales. Oficinas", a desarrollarse en el inmueble sito en avenida Cabildo 4801/27/29/33/37/47/61, Pico 2329/35/39/47/51/57/61/75/95/97, con una superficie de 35.455,51 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 29, Manzana: 12, Parcela: 4-5b-11b-11f-12a unificadas A 5e, Distrito de Zonificación: C3I-R1a; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.420
Disposición N°: 984-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: FM Pisos de Madera S.R.L.
Categorización de la actividad:
"Industria: ClaNAE 2022: fabricación de partes y piezas de carpintería para edificios y construcciones. (501.101). Carpintería en general. Comercio mayorista y depósito productos no perecederos: comercio mayorista de artículos de ferretería, herrajes, repuestos, materiales eléctricos, papeles pintados con depósito art. 5.2.8 inc. A (633.011). Comercio mayorista: Pinturería (633.016)", a desarrollarse en el inmueble sito Almirante Juan Francisco Seguí 1525/27, planta baja y entrepiso, con una superficie de 455,09 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 59, Manzana: 114, Parcela: 7, Distrito de Zonificación: R2bIII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.421
Disposición N°: 985-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Hugo Ricardo Iglesias.
Categorización de la actividad:
"Industria: cargado de extintores de incendio (ClaNAE 526.90)", a desarrollarse en el inmueble sito Manuel Ricardo Trelles 1553, planta baja, con una superficie de 227,00 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 59, Manzana: 66, Parcela: 13b, Distrito de Zonificación: R2bIII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.422
Disposición N°: 986-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Hugo Barsamini y Cristian Adrián Barsamini.
Categorización de la actividad:
"Comercio mayorista: depósito de productos no perecederos (550.780/980-560.010/020/070/080)", a desarrollarse en Ferré 2523/25 planta baja y planta alta, con una superficie de 285,06 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 46, Manzana: 06, Parcela: 33, Distrito de Zonificación: I1; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.423
Disposición N°: 987-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Mia Caja S.R.L.
Categorización de la actividad:
"Industria: fabricación de papel y cartón ondulado y envases de papel y cartón (ClaNAE 2102.0). Impresión (ClaNAE 2221.0)", a desarrollarse en el inmueble sito Caldas 1359/61, planta baja y entrepiso, con una superficie de 583,04 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 49, Manzana: 130, Parcela: 17, Distrito de Zonificación: E2; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.424
Disposición N°: 988-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de agosto de 2007.
Titular: Instituto Cardiovascular de Buenos Aires S.A.
Categorización de la actividad:
"Establecimientos de sanidad: centro médico u odontológico (700.190). Laboratorio de análisis clínicos y/o radiológicos y/o de estudios especiales (700.400)", a desarrollarse en Mariscal Antonio José de Sucre 1523/25, sótano, planta baja y planta alta, con una superficie de 406,56 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 25, Manzana: 61, Parcela: 20b, Distrito de Zonificación: U23-Z3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 6.425
Fecha de emisión: 28 de agosto de 2007.
Titular: 2609 S.R.L.
Categorización de la actividad:
"Industria: taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado, zurcido y labores afines. Taller de corte de género (500.690). Confección de camisas (500.800). Confección de prendas de vestir (excluido de piel, cuero, camisas e impermeables) (500.810)", a desarrollarse en Morón 2850/2, planta baja y planta alta, con una superficie de 358,90 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 5, Sección: 65, Manzana: 36, Parcela: 1E, Distrito de Zonificación: C3; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.
Ampliaciones, modificaciones, rectificaciones y renovaciones de Certificados de Aptitud Ambiental, Disposiciones y Resoluciones.

Certificado N° 5.918
Disposición N°: 891-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 29 de junio de 2007.
Titular: L.M.V. S.A.
Rectificación:
Rectifícase el art. 1° de la Disposición N° 723-DGPyEA/07, en donde dice "a desarrollarse en el inmueble sito en avenida El Cano 3672, planta baja y planta alta" debe decir "a desarrollarse en el inmueble sito en avenida El Cano 3762, planta baja y planta alta".

Certificado N° 38
Disposición N°: 892-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2000.
Titular: Gilda Emma Possidoni.
Renovación:
Renuévase por el término de seis (6) años contados a partir del 30 de diciembre de 2005 el Certificado de Aptitud Ambiental registrado bajo el número 38 a nombre de Gilda Emma Possidoni, titular de la actividad "Club deportivo con Instalaciones al aire libre. Canchas de golf. Fútbol 5. Munifutbol (800.190/210/800.102/121)", a desarrollarse en el inmueble sito en Santiago del Estero 959, 3° piso, con una superficie de 437,37 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 12; Sección: 14; Manzana: 41; Parcela: 42-45; Distrito de Zonificación: R2a, cuya categorización es de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 4.846
Disposición N°: 894-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 18 de octubre de 2006.
Titular: Ocean Service S.A.
Modificación:
Apruébase el cambio de titularidad a nombre de la sociedad Sentey Argentina S.A.

Certificado N° 212
Disposición N°: 906-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 27 de febrero de 2002.
Titular: Fainalind Sociedad de Responsabilidad Limitada, Comercial e Industrial.
Renovación:
Renuévase por el término de seis (6) años contados a partir del 28 de febrero de 2006 el Certificado de Aptitud Ambiental registrado bajo el número 212 a nombre de Fainalind Sociedad de Responsabilidad Limitada, Comercial e Industrial, titular de la actividad preparación y molienda de legumbres y cereales, excepto trigo. Comercio mayorista con depósito de productos alimenticios envasados", a desarrollarse en el inmueble sito en avenida Álvarez Jonte 1580, planta baja y 1° piso, con una superficie de 977,70 m2, Distrito de Zonificación E2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15 Sección: 59, Manzana: 59, Parcela 22, cuya categorización es de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 5.443
Disposición N°: 972-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 22 de marzo de 2007.
Titular: Asociación de Empleados de Farmacia.
Modificación:
Modifícase el art. 1° de la Disposición N° 364-DGPyEA/07 el que quedará redactado de la siguiente forma: "Categórizase la actividad centro médico u odontológico (700.190)", a desarrollarse en el inmueble sito en Rincón 1044/38, planta baja, sótano y 1° piso, con una superficie de 233,29 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 8, Sección: 22, Manzana: 51, Parcela: 13a, Distrito de Zonificación: R2aII, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

Certificado N° 5.410
Disposición N°: 973-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 12 de marzo de 2007.
Titular: Fundación Prosam Programas para la Salud Mental.
Rectificación:
Rectifícase el art. 1° de la Disposición N° 708-DGPyEA/07, en donde dice "Apruébase el cambio de titularidad a nombre de Fundación Prosam" debe decir "Apruébase el cambio de titularidad a nombre de Fundación Prosam Programas Para La Salud Mental".

Certificado N° 5.533
Disposición N°: 974-DGPyEA/07.
Fecha de emisión: 19 de abril de 2007.
Titular: Krissan S.A.
Categorización de la actividad:
Apruébase el cambio de titularidad a nombre de la sociedad Krissan S.A.

Cumplimiento de los arts. 34 y 35 de la Ley Nº 2.180

Tercer trimestre de 2007

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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Ministerio de Gobierno

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Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas

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COMUNICADOS Y AVISOS

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Convocatoria a audiencia pública

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informa:
La Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires convoca a audiencia pública para el día 26 de noviembre de 2007, a las 11 hs., en la sede de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectos de considerar la idoneidad y las impugnaciones respecto del candidato propuesto para ocupar el cargo de Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Pablo Gabriel Tonelli, DNI 10.995.287.
Dispónese la apertura del Registro de Impugnaciones, el cual funcionará en la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura, los días 5, 6, 7, 8 y 9 de noviembre de 2007. La Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura pondrá a disposición los antecedentes del candidato propuesto a fin que los ciudadanos que lo requieran puedan tomar vista de los mismos y presentar las impugnaciones, las que deberán ser fundadas y en forma escrita. Esta Dirección atiende al público de lunes a viernes de 10 a 18 horas, en Perú 160, planta principal, Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, tel.: 4338-3151.
Presidirá la audiencia pública el Presidente de la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control, Pablo Failde, quien contará con la asistencia del Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales.

Ignacio Crevena
Director General

CA 423

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

MINISTERIO DE GOBIERNO

SUBSECRETARÍA DE CONTROL COMUNAL

DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Solicitud de personal

Se solicita personal para desempeñarse en la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de acuerdo al siguiente detalle:
l 2 empleados para limpieza de oficinas de lunes a viernes en sede Ortiz de Ocampo 2517.
l 1 empleado para limpieza de oficinas sábados, domingos y feriados en sede Ortiz de Ocampo 2517.
l 1 empleado para limpieza de oficinas de lunes a viernes en Departamento Laboratorio de Investigación y Monitoreo sede en Av. Patricias Argentinas 277.
Requisitos:
- Pertenecer a la planta permanente o transitoria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
- Autorización del Director del Área de la que proviene.
- Los interesados para concretar entrevista deberán contactarse al teléfono 4809-0219, int. 137, de lunes a viernes de 9 a 14 hs.

Marta N. López Barrios
Directora General

CA 428

Inicia: 31-10-2007 Vence: 2-11-2007

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Nómina de certificados fiscales para licitar y/o contratar con el G.C.A.B.A.

Conforme lo determinado por Resolución N° 2.647-SHyF/02 se informa la nómina de los contribuyentes a los que les ha sido otorgado o denegado el certificado fiscal para licitar y/o contratar con el G.C.A.B.A.

NÓMINA DE CERTIFICADOS

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Analía C. Leguizamón
Directora General Adjunta

CA 424

Inicia: 30-10-2007 Vence: 5-11-2007

MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD

Búsqueda de expediente

Se solicita a todas las reparticiones dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informar si se encuentra en su dependencia el Expediente Nº 47.253-MGEyA/01 referente a: "Incumplimiento incurrido por la firma Planobra S.A. en relación a obra de recuperación y refuncionalización edilicia del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand".

Miguel Á. Galliverti
Director General

CA 422

Inicia: 29-10-2007 Vence: 31-10-2007

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

COORDINACIÓN DE JUNTAS DE CLASIFICACIÓN DOCENTE Y DISCIPLINA

Docentes

Área Educación Superior

Concurso traslado, acumulación, acrecentamiento e ingreso (Inscripción 2006)

El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica que la exhibición del listado de ingreso por orden de mérito correspondiente al Área de Educación Superior Nivel Inicial, Primario, Curricular y Medio, se efectuará desde el día 2 de noviembre hasta el 30 de noviembre de 2007.
1. Días para notificarse: 2, 5 y 6 de noviembre de 2007.
2. Días para recurrir (sólo reclamos por bonificación para ingreso): 7, 8 y 9 de noviembre de 2007.
Lugar de exhibición: Junta de Clasificación Docente de Escuelas Normales Superiores (Av. Jujuy 467, 2º piso frente, horario: de 10 a 14 hs.).
Importante:
- Las reconsideraciones de puntaje y antigüedad se realizaron en diciembre de 2006.
Los reclamos de bonificación para ingreso se deberán gestionar en la Dirección Administrativa Docente, Paseo Colón 255, 1º piso, contrafrente, de 10 a 12 y de 14 a 16 hs. Luego deberán presentar la constancia de la rectificación en la Junta de Clasificación Docente de Escuelas Normales Superiores los días habilitados según establece el punto 2.
Traslados (los docentes que hayan presentado solicitud en abril de 2006 serán citados por telegrama).
Lugar: sede la Junta (Av. Jujuy 467, 2º piso, frente).
Fechas: 19/11/07 y 20/11/07.
Acumulación de cargos y acrecentamiento de horas cátedra:
Lugar: ENS Nº 6 (Güemes 3859).
Fecha: del 23 al 30 de noviembre de 2007.
Ingreso de cargos y horas cátedra:
Lugar: ENS Nº 6 (Güemes 3859).
Fecha: del 3 al 7 de diciembre de 2007.
El cronograma del concurso será exhibido en Junta.

Alberto Genoud
Director General de Coordinación Financiera y Contable

Oscar E. Moñino
Coordinador

CA 425

Inicia: 31-10-2007 Vence: 2-11-2007

MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Solicitud de personal

Se solicita personal para desempeñarse en el Programa de Juegotecas Barriales dependiente de la Dirección General de Niñez y Adolescencia.
l Técnicos Nacionales en Recreación y Tiempo Libre.
l Profesores de Educación Física.
l Docentes de Nivel Inicial.
l Psicólogos/as.
l Trabajadores/as sociales.
Horario: de lunes a viernes de 13.30 a 20.30 horas.
Requisitos:
- Personal de planta permanente o enmarcados en Decreto N° 948/05 ó Decreto N° 959/07.
- Autorización del Director de la repartición en que se desempeña.
Informes: los interesados/as deberán solicitar entrevistas en la coordinación del programa a los teléfonos 4300-7974/8649/9675, interno 109, de lunes a viernes de 11 a 16 horas.

Carmen M. Frías
Directora General

CA 426

Inicia: 31-10-2007 Vence: 2-11-2007

n Solicitud de personal

Se solicita personal para desempeñarse en el Programa de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Calle dependiente de esta Dirección General de Niñez y Adolescencia para desarrollar tareas en el equipo móvil como operador de calle.
Nuestro programa realiza las acciones tendientes a optimizar la restitución de los derechos que se encuentran vulnerados en la población de niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de calle en la C.A.B.A., apostando a la generación de alternativas posibles.
Convocamos a todos aquellos profesionales, estudiantes avanzados, técnicos, operadores sociales que deseen sumarse a un equipo de trabajo dedicado a una población de alta vulnerabilidad social.
Requisitos:
- Personal de planta permanente del G.C.A.B.A. o incluido en el Decreto N° 948/05 o el N° 959/07.
- Profesionales.
- Estudiantes universitarios avanzados.
- Técnicos en minoridad o carrera afín.
- Operadores sociales.
- Contar con la autorización del director de la repartición en que reviste.
Informes: enviar CV a dgninez@buenosaires.gov.ar
Los interesados deberán solicitar entrevista con el Lic. Leonardo Fortuna al teléfono 4305-6564 de lunes a viernes de 8.30 a 15 hs.

Carmen M. Frías
Directora General

CA 427

Inicia: 31-10-2007 Vence: 2-11-2007

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Adquisición de un vehículo - Nota N° 1.213-DGCyP/06

Llámase a Licitación Pública N° 1.255-SIGAF/07 para el día 15 de noviembre de 2007 a las 11 hs., dentro de los lineamientos del artículo 31 concordante con el 1° párrafo del artículo 32 de la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557), para la adquisición de un vehículo, con destino a la Dirección General de Concesiones, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Valor del pliego: $ 30.
Asimismo se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitacionesycompras/consultasdecompras

Adalgisa C. de Bonaviri
Directora General Adjunta

OL 2630

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Alquiler de dispenser y purificador de agua - Nota N° 3.818-DGTES/07

Llámase a Licitación Pública N° 1.263-SIGAF/07 para el día 15 de noviembre de 2007 a las 13 hs., dentro de los lineamientos del artículo 31 concordante con el 1° párrafo del artículo 32 de la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557), para el alquiler de dispenser y purificador de agua, con destino a la Dirección General de Tesorería, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Valor del pliego: $ 5.
Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitacionesycompras/consultasdecompras

Adalgisa C. de Bonaviri
Directora General Adjunta

OL 2632

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Adjudicación - Expediente Nº 56.384/07

Licitación Pública Nº 984/07.
Acto administrativo de aprobación y adjudicación: Disposición Nº 774-DGRH/07.
Fecha de emisión del acto administrativo: 18 de octubre de 2007.
Apruébase la Licitación Pública Nº 984/07, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el 1° párrafo del artículo 32 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase el servicio de mantenimiento integral de procesador de películas radiográficas a la empresa Zanier Mario Domingo (Renglón 1) por la suma de pesos dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y seis ($ 18.456) con destino a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda.

Rubén C. Rielo Erbón
Director General

OL 2650

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Adquisición de resmas de papel - Carpeta N° 306.339-DGCG/07

Llámase a Licitación Pública N° 1.267-SIGAF/07 para el día 16 de noviembre de 2007 a las 11 hs., dentro de los lineamientos del artículo 31 concordante con el 1° párrafo del artículo 32 de la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557), para la adquisición de resmas de papel con destino a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Valor del pliego: $ 20.
Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitacionesycompras/consultasdecompras

Rubén C. Rielo Erbón
Director General

OL 2651

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

n Adjudicación - Expediente Nº 37.712/07

Licitación Pública Nº 993-SIGAF/07.
Acto administrativo de aprobación y adjudicación: Disposición Nº 68-DGESyC/07.
Fecha de emisión del acto administrativo: 18/10/07.
Apruébase la Licitación Pública Nº 993/07 realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el primer párrafo del art. 32 de la Ley N° 2.095 reglamentado por el art. 10.2 del Decreto N° 408/07 y adjudícase la adquisición de artículos de tocador a las siguientes firmas: Euqui S.A. (Renglones 1 y 3) por la suma de pesos cinco mil ciento treinta y dos ($ 5.132) y Productos Texcel S.A. (Renglón 2) por la suma de pesos cinco mil cuarenta y ocho con cincuenta centavos ($ 5.048,50) ascendiendo el monto total de la presente contratación a la suma de pesos diez mil ciento ochenta con cincuenta centavos ($ 10.180,50) con destino a esta Dirección General dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda.

Rubén C. Rielo Erbón
Director General

OL 2652

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

MINISTERIO DE SALUD

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA"

Adquisición de tubo para densitómetro - Licitación Privada Nº 598/07

Rubro: equipos y suministros para rayos X de medicina, odontología y veterinaria.
Descripción: tubo para densitómetro.
Llámase a Licitación Privada Nº 598/07 cuya apertura se realizará en este organismo el día 6/11/07, a las 10 horas, para la adquisición de un tubo de densitómetro.
Valor del pliego: $ 7.
Consultas de pliegos: en General Urquiza 609, 1º piso, Oficina de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes en el horario de 10 a 12.30 hs., hasta 24 horas antes de la apertura.
Se deja constancia de que los referidos actos licitarios se realizarán de acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 3.646 (B.M. N° 15.056) y Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193).

Héctor Pascuccelli
Director (I)

Atilio F. Mettini
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2636

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Adquisición de insumos de extracción - Licitación Privada Nº 637/07

Rubro: productos farmacéuticos y biológicos.
Descripción: insumos de extracción.
Llámase a Licitación Privada Nº 637/07 cuya apertura se realizará en este organismo el día 9/11/07, a las 9 horas, para la adquisición de insumos para extracción.
Valor del pliego: $ 196.
Consultas de pliegos: en Gral. Urquiza 609, 1º piso, Oficina de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes en el horario de 10 a 12.30 hs., hasta 24 horas antes de la apertura.
Se deja constancia de que los referidos actos licitarios se realizarán de acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 3.646 (B.M. N° 15.046) y Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193).

Héctor Pascuccelli
Director (I)

OL 2641

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Adquisición de anestésicos - Licitación Privada Nº 638/07

Rubro: productos farmacéuticos y biológicos.
Descripción: anestésicos.
Llámase a Licitación Privada Nº 638/07 cuya apertura se realizará en este organismo el día 9/11/07, a las 10 horas, para la adquisición de anestésicos.
Valor del pliego: $ 36.
Consultas de pliegos: en Gral. Urquiza 609, 1º piso, Oficina de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes en el horario de 10 a 12.30 hs., hasta 24 horas antes de la apertura.
Se deja constancia de que los referidos actos licitarios se realizarán de acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 3.646 (B.M. N° 15.046) y Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193).

Héctor Pascuccelli
Director (I)

OL 2642

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "SANTA LUCÍA"

Preadjudicación - Carpeta Nº 90.166/07

Licitación Privada Nº 361/07.
Consultas: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Av. San Juan 2021, 2º piso, Sector Compras, lunes a viernes de 9 a 14 hs.
Rubro: adquisición de vajilla.
Firma preadjudicada:
Semycer S.A. (San Martín 543, 6º piso I, Capital Federal).
Renglón: 48 - cantidad: 45 - precio unitario: $ 225,12 - precio total: $ 10.130,40.
Renglón: 49 - cantidad: 9 - precio unitario: $ 196,93 - precio total: $ 1.772,37.
Total: $ 11.902,77.
Importe total: $ 11.902,77.

Estela Fernández Rey
Subdirectora de Atención Médica (I)

Marcela V. Vidal
Jefa Departamento Contable a/c

OL 2655

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Instalación de aires acondicionados - Carpeta Nº 91.191-SIGAF/07

Llámese a Licitación Pública Nº 1.259-SIGAF/07, a realizarse el día 7 de noviembre de 2007, a las 11 horas, para la instalación de aires acondicionados.
Valor del pliego: $ 4 (pesos cuatro).
Timbrado de pliegos: los pliegos podrán retirarse en el Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", sito en Av. San Juan 2021, 2º piso, División Compras, de lunes a viernes de 9 a 13 hs. Previo pago del timbrado correspondiente en el CGPC 4, sito en Sarandí 1273, o en cualquier CGPC con máquina timbradora.
Consultas y lugar de apertura: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Av. San Juan 2021, 2º piso, de lunes a viernes de 9 a 14 hs.

Estela Fernández Rey
Subdirectora de Atención Médica (I)
D.O. y P.A.

María C. Rosales
Subdirectora Administrativa (T)

OL 2654

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JUAN A. FERNÁNDEZ"

Preadjudicación - Licitación Pública N° 1.020/07

Objeto: adquisición de ortoftaldehido.
Firma preadjudicada:
FOC S.R.L. (Caldas 1448).
Renglón: 1 - cantidad: 120 - precio unitario: $ 215,165 - precio total: $ 25.669,80 - fundamentos: art. 108, Ley N° 2.095.
Importe total: $ 25.669,80.
La presente preadjudicación podrá ser consultada en la cartelera de la División Compras y Contrataciones de este establecimiento, sito en Cerviño 3356, 5° piso, Capital Federal.

José A. Lanes
Jefe Depto. C. Externos (p/a)

Martín A. Messiga
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2653

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. ABEL ZUBIZARRETA"

Adquisición de mantenimiento y reparación de maquinarias y equipos - Licitación Privada Nº 563/07

Llámese a Licitación Privada Nº 563/07 para la adquisición de mantenimiento y reparación de maquinarias y equipos, cuya apertura se realizará el día 1°/11/07, a las 10 hs.
Valor del pliego: $ 30.
Los pliegos se podrán adquirir en la División Tesorería del Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", sito en la calle Nueva York 3952, de lunes a viernes de 9 a 12 horas.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la apertura.
Por cualquier consulta llamar al teléfono 4501-2604.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto Nº 408/07 reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.

Alejandro Ramos
Director (I)

Martín J. Kelly
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2563

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. CARLOS G. DURAND"

Mantenimiento de procesadora mamográfica - Licitación Pública Nº 1.237/07

Apertura: 8/11/07, a las 9 hs.
Objeto de la licitación: mantenimiento de procesadora mamográfica.
Valor del pliego: $ 30.
Los respectivos pliegos podrán ser retirados del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", Oficina de Compras, Díaz Vélez 5044, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs., hasta el día anterior a la apertura de la licitación y las ofertas podrán ser presentadas en el mismo lugar hasta la fecha y hora de la apertura.
Se deja constancia de que los referidos actos licitarios se realizarán de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557) y su Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658).

Tomás H. Di Pietro
Director

Daniel E. Filippo
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2595

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

n Adjudicación - Carpeta Nº 90.371-MS/06

Licitación Pública Nº 846/07.
Orden de Compra N° 41.866-SIGAF/07.
Disposición de aprobatoria Nº 392-HGACD/07.
Adjudicación por material quirúrgico para curaciones.
Firma adjudicada:
Bymed S.R.L.
Monto: $ 224.100.
Fecha: 11/10/07.

Tomás H. Di Pietro
Director

Daniel E. Filippo
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2617

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"

Adquisición de insumos para laboratorio - Licitación Pública N° 656/07

Llámese a Licitación Pública N° 656/07 para la adquisición de insumos para laboratorio, cuya apertura se realizará el día 8/11/07, a las 10 hs.
Valor del pliego: $ 175.
Los pliegos se podrán consultar, retirar y adquirir en la División Compras del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", sito en la calle Monroe 3555, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs. hasta un día antes de la apertura, sin excepción.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la apertura.
Por cualquier consulta llamar al tel.: 4542-6621.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.

José A. Cuba
Director

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2635

Inicia: 30-10-2007 Vence: 1°-11-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. PARMENIO T. PIÑERO"

Preadjudicación - Licitación Privada N° 597/07

Según artículo 9° del Decreto N° 826-PEN/88 efectuada el día 22/10/07.
Acta de Preadjudicación N° 1.315/07.
Rubro que licita: anestésicos.
Horario y lugar de consulta del expediente: Oficina de Compras, Hospital General de Agudos "Dr. Parmenio T. Piñero", sito en Varela 1307, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs.
Se deja constancia de que la preadjudicación se publica de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 826-PEN/88 y Decretos Nros. 1.823/97 (B.O. N° 355) y 6/98 (B.O. N° 366).

Ricardo E. Capresi
Director (I)

OL 2638

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD

INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

Preadjudicación - Expediente Nº 19.784/07

Contratación Directa Nº 4.690-SIGAF/07 - obra menor.
Preadjudicación efectuada por la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 1.095-SS/00, el día 25 de octubre de 2007.
Obra: refuncionalización de escalera y instalación de ascensor en el Jardín Maternal del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez".
Sistema de contratación: ajuste alzado.
Firma preadjudicada:
Gerenciadora de Emprendimientos Obras y Proyectos- GEOP S.A. -CUIT 30-71003579-9, con domicilio legal en la calle Pacheco de Melo 1957, 9º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un importe de pesos trescientos cincuenta y seis mil cuarenta y seis con 30/100 ($ 356.046,30), por haber sido evaluada como única oferta y su precio conveniente ajustada a pliego.

Leardo F. Gabás
Dirección General

OL 2645

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Instalación de aspiración central en el Hospital General de Agudos "Dr. Vélez Sarsfield" - Carpeta Nº 90.222-MS/07

Llámase a Licitación Privada por el Régimen de Obra Menor Nº 647-SIGAF/07, para contratar la siguiente obra: "Instalación de aspiración central en el Hospital General de Agudos "Dr. Vélez Sarsfield" - Pedro Calderón de La Barca 1550 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires", acorde con las especificaciones técnicas y documentación obrantes en las actuaciones.
Sistema de contratación: ajuste alzado.
Presupuesto oficial: $ 195.161.
Plazo de ejecución: noventa (90) días corridos.
Fecha de apertura: 5 de diciembre de 2007, a las 13 hs.
Lugar de apertura: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar y fecha de recepción de ofertas: las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 5/12/07, a las 12 hs.
Valor del pliego: pesos ciento noventa y cinco ($ 195).
Consulta del pliego y compra: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Departamento Tesorería, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.
Visita al lugar de obra: 14 de noviembre de 2007, a las 10 horas, en el Hospital General de Agudos "Dr. Vélez Sarsfield", Pedro Calderón de La Barca 1550, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consultas técnicas: hasta el día 26/11/07, por escrito en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Echeverría 955, Mesa de Entradas, en el horario de 9 a 14 hs., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se deja constancia de que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Leardo F. Gabás
Dirección General

OL 2644

Inicia: 31-10-2007 Vence: 13-11-2007

HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO "DR. BRAULIO A. MOYANO"

Preadjudicación - Carpeta N° 90.662/07

Licitación Pública N° 1.014/07.
Acta de Preadjudicación N° 1.307-SIGAF/07.
Rubro: adquisición de materiales de tapicería.
Repartición destinataria: Hospital "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, Capital Federal, tels.: 4301-9591/9603, ints. 210/224.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 22 días del mes de octubre del año 2007, reunidos en comisión los suscriptos con el objeto de evaluar las propuestas recibidas para la Licitación Pública N° 1.014-SIGAF/07, cuya apertura se efectuó el 21/9/07, a las 11 hs. Acta de Preadjudicación N° 1.307-SIGAF/07, y en cumplimiento del art. 108, Ley N° 2.095, art. 46.2.1, Decreto N° 408/07, se ha resuelto preadjudicar a:

FIRMAS PREADJUDICADAS

Monto total de la preadjudicación: asciende a la suma total de pesos doce mil quinientos catorce con ochenta centavos ($ 12.514,80).
Lugar de exhibición: Hospital "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, 1° piso, Depto. Compras y Contrataciones, Capital Federal, tel.: 4301-9591, int. 210.

Jorge Cafferata
Director

Luisa Gavechesky
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2646

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

n Preadjudicación - Carpeta N° 90.661/07

Licitación Pública N° 1.013/07.
Acta de Preadjudicación N° 1.320-SIGAF/07.
Rubro: adquisición de materiales de ferretería, plomería y cerrajería.
Repartición destinataria: Hospital "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, Capital Federal, tels.: 4301-9591/9603, ints. 210/224.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 23 días del mes de octubre del año 2007, reunidos en comisión los suscriptos con el objeto de evaluar las propuestas recibidas para la Licitación Pública N° 1.013-SIGAF/07, cuya apertura se efectuó el 21/9/07, a las 9.30 hs. Acta de Preadjudicación N° 1.320-SIGAF/07, y en cumplimiento del art. 108, Ley N° 2.095, art. 46.2.1, Decreto N° 408/07, se ha resuelto preadjudicar a:

FIRMAS PREADJUDICADAS

Imagen 1 2

Monto total de la preadjudicación: asciende a la suma total de pesos siete mil cuatrocientos ochenta y cuatro con cincuenta centavos ($ 7.484,50).
Lugar de exhibición: Hospital "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, 1° piso, Depto. Compras y Contrataciones, Capital Federal, tel.: 4301-9591, int. 210.

Jorge Cafferata
Director

Luisa Gavechesky
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 2647

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

n Convocatoria - Carpeta Nº 90.973-HNBM/07

Licitación Pública Nº 1.102/07.
Clase: de etapa única.
Encuadre legal: Ley Nº 2.095, art. 31.
Nombre del organismo contratante: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Lugar y fecha: Capital Federal, 22 de octubre de 2007.
Rubro comercial: equipos y suministros para computación.
Objeto de la contratación: cartuchos para impresora.
Costo del pliego: $ 50.
Retiro o adquisición de pliegos: Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8 a 12 hs., 24 hs. antes de la fecha de apertura.
Consulta de pliegos: Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8 a 12 hs., hasta 72 hs. antes de la fecha de apertura.
Presentación de ofertas: Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8 a 12 hs., el cierre de ofertas es el 8 de noviembre de 2007, a las 10 horas.
Acto de apertura: Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio A. Moyano", Brandsen 2570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 8 de noviembre de 2007, a las 10 horas.
Observaciones generales: la apertura se realizará en el Departamento de Compras y Contrataciones.

Jorge A. Cafferata
Director

Luisa Gavechesky
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

Aída M. Grasso
Directora Administrativa Contable

OL 2648

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA "DON BENITO QUINQUELA MARTÍN"

Preadjudicación - Carpeta Nº 91.248/06

Licitación Pública Nº 982/07.
Acta de Preadjudicación Nº 1.268/07.
Fecha de apertura: 7/9/07, a las 10 hs.
Repartición destinataria: Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín", Av. Don Pedro de Mendoza 1795, Capital Federal, tel./fax: 4301-4834/4870 - e-mail: quinquelamartin_compras@buenosaires.gov.ar
Horario y lugar de consulta del expediente: 9 a 12 horas, Av. Don Pedro de Mendoza 1795, Capital Federal, 3º piso, División Compras y Contrataciones.
101 - Instrumental, Equipos y Suministros Médicos y Quirúrgicos (Codificación anterior 6515).
106 - Vestuario y Efectos relacionados de Propósito especial para Uso Hospitalario y Quirúrgico (Codificación anterior 6532).
107 - Instrumental, Equipos y Suministros Odontológicos (Codificación anterior 6520).
Objeto: adquisición de materiales descartables.

FIRMAS PREADJUDICADAS

Renglones desiertos: 13, 14 y 15.
Observaciones:
Acta Asesoramiento Nº 9/07.
Se deja constancia de que la referida licitación se realiza en un todo de acuerdo a las normas en vigencia (artículo 108 - Capítulo VIII - Título Quinto - Ley Nº 2.095), el presente dictamen de evaluación de ofertas, no pudo emitirse dentro del plazo establecido, según art. 46 del Decreto Nº 408/07, reglamentario del art. 106 de la Ley Nº 2.095, pues, dentro del examen de los aspectos formales, la respuesta de solicitud de precios de referencia ingreso a este hospital el día 30/8/07 según consta en sello de entrada (Área Despacho), obrante en reverso de fs. 131, la respuesta de solicitud de rectificación de precios de referencia ingreso a este hospital el día 4/10/07 según consta en sello de entrada (Área Despacho), obrante en reverso de fs. 350, la respuesta de estado registral por parte de RIUPP ingresó a este hospital el día 24/9/07, según consta en sello de entrada (Área Despacho), obrante en reverso de fs. 338, la respuesta de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre litigios relacionados con las firmas oferentes, ingresó a este hospital el día 25/9/07, según consta en sello de entrada (Área Despacho), obrante en reverso de fs. 349. Sumado falta de conectividad por rotura de módem durante los días 1º al 3 de octubre de 2007. También, el tiempo utilizado para la examinación y pruebas de muestras presentadas.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realiza en un todo de acuerdo a las normas en vigencia.
Dirección de anuncio de preadjudicación: Av. Pedro de Mendoza 1795, 3º piso, División Compras y Contrataciones.
En la página web del G.C.B.A. (www.buenosaires.gov.ar).

Renée Di Nallo
Subdirectora

OL 2643

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO

Adquisición de mobiliario escolar Escuela Primaria (s/N°), D.E. 19 - Expediente Nº 75.566/07

Licitación Pública Nº 4/07.
Objeto del llamado: adquisición de mobiliario escolar Escuela Primaria (s/N°), D.E. 19, sita en Martiniano Chilavert 2680 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 256.881 (pesos doscientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y uno).
Valor del pliego: $ 50 (pesos cincuenta).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 22 de noviembre de 2007, a las 15 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, salvo que el oferente comunique la caducidad de la oferta.

Myriam Diner
Directora General Adjunta

OL 2594

Inicia: 26-10-2007 Vence: 8-11-2007

MINISTERIO DE CULTURA

COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Adquisición de material eléctrico - Carpeta Nº 2.871-CTBA/07

Llámase a Licitación Privada Nº 639/07, a realizarse el día 8/11/07, a las 13.30 hs., para la adquisición de material eléctrico.
Valor del pliego: $ 145.
Los pliegos pueden ser retirados en el Departamento Compras y Suministros, Av. Corrientes 1530, 4º piso, Capital Federal, de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs.
Consultas: tels. 4371-0111/18, int. 220.

Gustavo Santa Coloma
Director de Administración

OL 2618

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Alquiler de baños químicos - Expediente Nº 63.372/07

Llámase a Licitación Pública Nº 1.238-SIGAF/07 para el alquiler de baños químicos, con destino a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría General, con fecha de apertura prevista para el día 7 de noviembre de 2007, a las 11 hs.
Valor del pliego: pesos trescientos ($ 300).
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en el Departamento de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, sito en Av. de Mayo 525, 4° piso, oficina 433, en el horario de 9.30 a 15 horas.
Asimismo, podrán ser consultados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

María C. Daverio
Directora General

OL 2616

Inicia: 30-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Servicio de alquiler de carpas estructurales - Expediente Nº 63.376/07

Llámase a Licitación Pública Nº 1.242-SIGAF/07 para la contratación de un servicio de alquiler de carpas estructurales, con destino a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría General, con fecha de apertura prevista para el día 8 de noviembre de 2007, a las 11 hs.
Valor del pliego: pesos seiscientos ($ 600).
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en el Departamento de Compras y Contrataciones, de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, sito en Av. de Mayo 525, 4° piso, oficina 433, en el horario de 9.30 a 15 horas.
Asimismo, podrán ser consultados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

María C. Daverio
Directora General

OL 2637

Inicia: 31-10-2007 Vence: 1°-11-2007

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

Contratación de consultora - Carpeta de Compras N° 17.395

Llámese a licitación pública con referencia a la "Contratación de una consultora para la provisión de servicios de implementación del ciclo inicial de la gestión de riesgos prescripta en la comunicación "A" 4609 del B.C.R.A. y sus modificatorias".
Valor del pliego de condiciones: $ 300 (pesos trescientos).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: Sobre N° 1, 20/11/07, a las 11 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: mkon@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar

Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 328

Inicia: 25-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Adquisición de equipamiento informático Sucursal N° 15 - Carpeta de Compras N° 17.430

Llámese a licitación pública con referencia a la "Adquisición de equipamiento informático para la Sucursal N° 15 -Barrio Norte-".
Valor del pliego de condiciones: $ 55 (pesos cincuenta y cinco).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 16/11/07, a las 12 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: mkon@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar

Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 329

Inicia: 25-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Preadjudicación - Carpeta de Compras N° 17.005

Se comunica a los señores oferentes la preadjudicación de la Carpeta de Compras N° 17.005 que tramita la provisión, instalación y puesta en funcionamiento, modalidad llave en mano de un sistema de medición y control de tráfico en la red y su correspondiente servicio de mantenimiento correctivo y, de corresponder, preventivo a favor de la firma Berman, Flouret y Asociados S.R.L. en la suma total de $ 360.842 (son pesos trescientos sesenta mil, ochocientos cuarenta y dos más IVA), de acuerdo al siguiente detalle:
- Ítem A: valor del hardware - $ 288.794 más IVA
- Ítem B: valor del software - $ 0.
- Ítem C: valor de la instalación y puesta en funcionamiento - $ 8.678 más IVA
- Ítem D: valor de capacitación - $ 13.323 más IVA
- Ítem E: mantenimiento post-garantía por 12 (doce) meses, renovable por 12 (doce) meses (hardware, software y tareas para la puesta en funcionamiento) - $ 18.604 más IVA
- Ítem F: módulo Report Center - $ 31.443 más IVA

Miguel E. Marcello
Gerente de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

Mario A. Selva
Coordinador de Compras
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 335

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Preadjudicación - Carpeta de Compras N° 17.054

Se comunica a los señores oferentes la preadjudicación de la Carpeta de Compras N° 17.054 que tramita los "Trabajos de reparación de revoques, pintura y trabajos varios en la Sucursal N° 3/718 "Flores", sita en Av. Rivadavia 7232, Ciudad Autónoma de Buenos Aires", a la firma Age Construcciones S.R.L. (según notas de fecha 11/7/07 y del 7/8/07), en la suma total de $ 249.690,38 + IVA (pesos doscientos cuarenta y nueve mil seiscientos noventa con 38/100 más IVA).

Miguel E. Marcello
Gerente de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

Mario A. Selva
Coordinador de Compras
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

Alfredo N. Pepe
Jefe de Equipo
Obras
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 336

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

n Preadjudicación - Carpeta de Compras N° 17.258

Se comunica a los señores oferentes la preadjudicación de la Carpeta de Compras N° 17.258, que tramita la adquisición de hardware y software para Subsistema de Producción CX 600 y Subsistema de Contingencia CX 400, a la firma Telextorage S.A. en la suma total de $ 219.300,57 más IVA (pesos doscientos diecinueve mil trescientos con 57/100 más IVA), de acuerdo al siguiente detalle:
- Renglón 1: Subsistema de Producción CX 600 (Upgrade EMC Clariion CX 600 + Conectividad). Son pesos $ 100.219,43 más IVA
- Renglón 2: Subsistema de Contingencia CX 400 (Upgrade EMC Clariion CX 400 + Conectividad). Son pesos $ 119.081,14 más IVA

Miguel E. Marcello
Gerente de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

Mario A. Selva
Coordinador de Compras
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 337

Inicia: 31-10-2007 Vence: 31-10-2007

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Submuración, demolición y limpieza del terreno, J. Barros Pazos y Larrazábal - Licitación Pública Nº 101/06

Se llama a licitación pública para efectuar la contratación de mano de obra y materiales para realizar la submuración, demolición y limpieza del terreno, inmueble del IVC, sito en la calle J. Barros Pazos esquina Larrazábal.
Precio tope: $ 366.380,30.
Plazo de obra: 6 meses
Fecha de apertura: 4 de diciembre de 2007 a las 11 hs.
Valor del pliego: versión impresa $ 400.
Versión soporte óptico: $ 40.
Los pliegos pueden ser consultados en Carlos Pellegrini 179, 5º piso, Capital Federal, Departamento de Compras y Evaluación de Ofertas, en el horario de 9.30 a 14 horas, y adquiridos previo pago en el Departamento Tesorería, Carlos Pellegrini 179, 5º piso, Capital Federal, en el horario de 9.30 a 14 hs.
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras

Andrés Filon
Gerente General

CV 44

Inicia: 16-10-2007 Vence: 5-11-2007

n Ejecución de la Obra "Barrio Parque Patricios - Los Patos - Uspallata e Iguazú - Licitación Pública Nº 49/07

Se llama a licitación pública para la ejecución de la Obra "Barrio Parque Patricios - Los Patos 3151, Uspallata 3102/3120/3160/3162/3196 e Iguazú - Capital Federal (286 viviendas - Tipología planta baja + 21 pisos) en el marco del Programa Federal de Construcción de Viviendas y del Programa de Ahorro Previo para Organizaciones Sociales".
Presupuesto oficial: $ 51.230.268,19.
Fecha de apertura: 16 de noviembre de 2007, a las 11 hs.
Valor del pliego: $ 44.540.
Plazo de obra: 24 meses.
Los pliegos pueden ser consultados en Carlos Pellegrini 211, 6º piso, Capital Federal, Departamento de Compras y Evaluación de Ofertas, en el horario de 9.30 a 14 horas, y adquiridos previo pago en el Departamento Tesorería, Carlos Pellegrini 179, 5º piso, Capital Federal, en el horario de 9.30 a 14 hs.
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras

Carlos A. Toffoli
Dpto. Compras y Evaluación
de Ofertas
Gerencia General

CV 46

Inicia: 25-10-2007 Vence: 7-11-2007

EDICTOS

PARTICULARES

Transferencia de fondo de comercio

Se comunica a los fines previsto por el artículo 2° de la Ley N° 11.867, que Ernesto Nicolás Amato, Osvaldo Rubén Malizia, S.R.L. con domicilio en Venezuela 2148 de la C.A. de Buenos Aires ha transferido el 100% del Fondo de Comercio de su propiedad del rubro Establecimiento Geriátrico, que gira bajo el nombre "PRINCESS" sito en Venezuela 2148 de la C.A. de Buenos Aires, al Sr. Carlos Alberto Greco, DNI 21.484.323, domiciliado en Tacuarí 336, de la localidad de Merlo, Prov. de Buenos Aires. Las oposiciones de ley se atienden en Venezuela 2148 C.A. de Buenos Aires de lunes a viernes, en el horario de 11 a 17 hs. por el término previsto en la Ley N° 11.867.

Solicitantes:
Osvaldo R. Malizia
Ernesto N. Amato

EP 131

Inicia: 30-10-2007 Vence: 5-11-2007

n Transferencia de habilitación municipal

Cataldi y Princic S.R.L. (antes Bozzini y Cataldi S.R.L.) CUIT 30-65025178-0 con domicilio legal en México 1894, C.A.B.A., representada por el socio gerente Clodoveo Cataldi, avisa que transfiere habilitación municipal, rubro Gimnasio (700320) Expte. Nº 034642/93, sito en la calle México 1894, C.A.B.A., a Clodoveo Cataldi, DNI 12.011.641, domiciliado en B. Victorica 3202, C.A.B.A. Reclamo de ley en México 1894, C.A.B.A.

Solicitante: Cataldi y Princic S.R.L.
Clodoveo Cataldi
Socio Gerente

EP 132

Inicia: 31-10-2007 Vence: 6-11-2007

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA

DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA

Intimación - Registro Nº 9.676-DGLIM/06

Intímase a Flores, Margarita T. de, titular del inmueble sito en la calle Paysandú 1153, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereira
a/c Dirección General de Limpieza

EO 623

Inicia: 26-10-2007 Vence: 1°-11-2007

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Intimación - C.l. N° 50.522-DGR/06

RESOLUCIÓN N° 2.448-DGR/07.

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2007.

Vistas las presentes actuaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Aller, María Sol, con domicilio fiscal en Av. Gral. Las Heras 3737, 1° piso, depto. C (fs. 284), y con domicilio donde se llevó a cabo la inspección en Av. Coronel Díaz 2760, 4° C, ambos de esta ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1028020-11, y CUIT 27-28749072-6, cuya actividad sujeta a tributo consiste en servicio de expendio de comidas y bebidas-bar, de las que resulta:
Que esta Dirección General de Rentas en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes a favor del Fisco local, por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los Períodos Fiscales 2001 (12 ant. mens.), 2002 (1° a 12 ant. mens.), 2003 (1° a 12 ant. mens.), 2004 (1° a 12 ant. mens.), 2005 (1° a 12 ant. mens.) y 2006 (1° a 3° ant. mens.).
Que las causas que fundamentan el presente ajuste tienen su origen en:
1) Omisión total en la declaración de ingresos y en el pago del impuesto resultante respecto de los Períodos Fiscales 2001 (12 ant. mens.), 2002 (1° a 12 ant. mens.), 2003 (1°, 2°, 4° y 6° a 12 ant. mens.), 2004 (1° a 12 ant. mens.), 2005 (1° a 12 ant. mens.) y 2006 (1° a 3° ant. mens.);
2) Diferencia entre los ingresos declarados por la responsable y los verificados por la inspección actuante y en el pago del impuesto resultante respecto del período fiscal 2003 (3° y 5° ant. mens.);
Que la conformación de la base imponible se efectuó de acuerdo al siguiente procedimiento: en relación a los Anticipos Mensuales 1° a 12 de 2002, 1° a 12 de 2003, 1° a 12 de 2004, 1° a 12 de 2005 y 1° a 3 de 2006, se tuvo en cuenta los débitos fiscales mensuales del IVA suministrados por la Dirección de Inteligencia Fiscal dependiente de esta Administración Tributaria; en cambio, y al no obtener documentación contable fiscal para la obtención de ingresos mensuales en relación al Anticipo Mensual 12 de 2001; la inspección interviniente aplicó coeficientes regresivos, partiendo de la última base conocida, correspondiente al Anticipo Mensual 1° de 2002.
Que por tal motivo, la presente se realiza sobre base presunta.
Que por tal motivo, se confeccionaron las correspondientes planillas de diferencias de verificación originales de fs. 243/246 y sus respectivas copias de fs. 247/262, conteniendo las liquidaciones respectivas, con respecto a los períodos observados, detallados anteriormente.
Que teniendo en cuenta los intentos infructuosos para la localización de persona responsable para la notificación de las planillas de diferencias de verificación, la misma se efectuó mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires los días 7, 11 y 12 de diciembre de 2006, en mérito a lo pautado por el art. 31, inc. 5 del Código Fiscal t.o. 2006, concordante con t.o. 2007, e intimando el pago del impuesto resultante, conforme surge de fs. 275/277, la responsable no se presentó a esta repartición a prestar conformidad ni a abonar el ajuste de que se trata, tal como luce en acta de fs. 278 e informe de fs. 279. Y
CONSIDERANDO:
Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de las obligaciones impositivas a cargo de la responsable, y atento su falta de conformidad para con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento de determinación de oficio de su materia imponible sobre base presunta, tal como lo prescriben los artículos 121, 122, 123, 128, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 148, 151 y 152 del Código Fiscal t.o. 2007 y disposiciones concordantes de años anteriores;
Que por otra parte, los hechos descriptos constituyen omisiones en el cumplimiento de las obligaciones tributarias que configuran presuntivamente infracciones a los deberes fiscales de orden material contempladas en los 84, 93, 94, 95 y 93 -omisión- del Código Fiscal textos ordenados 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007, respectivamente, todos de igual tenor;
Que asimismo, resulta necesario observar que dado que la responsable no ha denunciado el cambio de domicilio fiscal, de acuerdo con lo previsto en el art. 28 del Código Fiscal t.o. 2007 y disposiciones concordantes de años anteriores, de no efectuar dicha comunicación esta Dirección General considerará como subsistente y válido el último domicilio fiscal declarado por la responsable, teniendo el reseñado plenos efectos legales;
Que asimismo corresponde intimar a Aller, María Sol, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales;
Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

Artículo 1° - Iniciar el procedimiento de determinación de oficio de la materia imponible sobre base presunta de las obligaciones fiscales consiguientes, con relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente Aller, María Sol, con domicilio fiscal en Av. Gral. Las Heras 3737, 1° piso, depto. C (fs. 53), y con domicilio donde se llevó a cabo la inspección en Av. Coronel Díaz 2760, 4° C, ambos de esta ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1028020-11, y CUIT 27-28749072-6, cuya actividad sujeta a tributo consiste en servicio de expendio de comidas y bebidas-bar con respecto a los Períodos Fiscales 2001 (12 ant. mens.), 2002 (1° a 12 ant. mens.), 2003 (1° a 12 ant. mens.), 2004 (1° a 12 ant. mens.), 2005 (1° a 12 ant. mens.) y 2006 (1° a 3° ant. mens.).
Artículo 2° - lnstruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los "Considerandos" de la presente.
Artículo 3° - Intimar a la contribuyente Aller, María Sol, a tramitar el cambio de domicilio fiscal ante esta Dirección General, bajo apercibimiento de considerar como subsistente y válido el último domicilio declarado por la responsable, teniendo el mismo plenos efectos legales.
Artículo 4° - Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente para que en el término de quince (15) días de notificada esta resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.
Artículo 5° - Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 6° - lntimar a Aller, María Sol, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.
Artículo 7° - Regístrese; notifíquese por medio de publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en los domicilios consignados en el artículo primero de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el art. 31, incisos 1° y 5° del Código Fiscal t.o. 2007, con copia de la presente, y resérvese.

DIFERENCIAS DE VERIFICACIÓN

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Analía C. Leguizamón
Directora General Adjunta

EO 624

Inicia: 30-10-2007 Vence: 1°-11-2007

n Intimación - C.C. N° 192.900-DGR/03

RESOLUCIÓN N° 2.519-DGR/07.

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2007.

Vistas las presentes actuaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Menúes Serranos S.A., con domicilio fiscal en General Pico 3517 de la ciudad de Córdoba; con domicilio del Presidente de la firma Sr. Santos, Jorge Cruz, en la calle Pasaje Austral 95 localidad de Villa Allende ambos de la provincia de Córdoba y con domicilio donde se realizó la verificación en Av. Pueyrredón 2501 stand G 1006, de esta ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1081544-09 (CUIT 30-70802041-5), cuya actividad sujeta a tributo consiste en servicio de restaurante, de las que resulta:
Que esta Dirección General de Rentas en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los Anticipos Mensuales 8° a 12 del año 2002, 1° a 12 del año 2003, 1° a 12 del año 2004, 1° a 12° del año 2005 y 1° a 12 del año 2006.
Que las causas que fundamentan el presente ajuste se originan en:
Omisión total en la declaración de ingresos y pago del impuesto correspondiente con relación a los Anticipos Mensuales precedentemente mencionados.
Que las diferencias de verificación fueron establecidas en autos, teniendo en cuenta el siguiente procedimiento: la inspección interviniente determinó los montos imponibles correspondientes a los Anticipos Mensuales 8° a 12 del año 2002; 1° a 12 del año 2003, 1° a 12 del año 2004 y 1° a 11 del año 2005 en base a los débitos fiscales mensuales de IVA, aportados por la AFIP (fs. 39 a 44 y 124).
Asimismo a los efectos de obtener la base imponible mensual correspondiente a los Anticipos Mensuales 12 del año 2005 a 12 del año 2006, al no contar con documentación contable fehaciente, se aplicaron coeficientes progresivos partiendo del monto obtenido de los Débitos Fiscales del IVA, correspondientes al Anticipo Mensual 11 del año 2005, tal como surge de la hoja de trabajo obrante a fs. 126.
Se deja constancia de que los presentes ajustes se realizan sobre base presunta.
Que por tal motivo, se confeccionaron las correspondientes planillas originales de diferencias de verificación de fs. 153/156 y las respectivas copias de fs. 157/168, conteniendo las liquidaciones practicadas, con respecto a los períodos observados, que son los antes detallados.
Que, habiéndose dado traslado a la contribuyente de los instrumentos indicados en el párrafo anterior, e intimado el pago del impuesto resultante como surge de las cartas documentos y acuse de recibo pertinentes obrantes a fs. 133 a 137 y el acta que se encuentra a fs. 139 e informe de fs. 140 vta., se constató que no se hizo presente persona alguna responsable de la firma a los efectos de manifestar su voluntad respecto de la conformidad o no de las diferencias apuntadas, razón por la cual se las tiene por no conformadas. Y,
CONSIDERANDO:
Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de las obligaciones impositivas a cargo del responsable, y atento su falta de conformidad para con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento de determinación de oficio de su materia imponible sobre base presunta, tal como lo prescriben los artículos 121, 122, 123, 141, 142, 143, 144, 146, 147, 148, 150, 151 y 152 del Código Fiscal t.o. 2007;
Que por otra parte, los hechos descriptos constituyen omisiones en el cumplimiento de las obligaciones tributarias que configuran presuntivamente infracciones a los deberes fiscales de orden material, contempladas en los arts. 84, 93, 94, 93, 95 y 93 -omisión- del Código Fiscal t.o. 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007, todos del mismo tenor;
Que corresponde remarcar que en virtud de los arts. 14, incs. 4° y 5°, 15 y 17, inc. 1°, del Código Fiscal t.o. 2007, deviene responsable por el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la firma el Presidente Sr. Santos, Jorge Cruz, y/o quien resulte responsable en la actualidad extendiéndosele la responsabilidad en forma solidaria;
Que asimismo, resulta necesario observar que dado que el domicilio fiscal de la contribuyente se encuentra establecido fuera del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el Código Fiscal t.o. 2007 y disposiciones concordantes de años anteriores dispone:
"Artículo 27: Cuando el domicilio fiscal se encuentra fuera del ámbito geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, los contribuyentes o responsables tienen la obligación de constituir domicilio dentro de dicho ámbito.
En caso de no constituirse dicho domicilio o cuando el constituido corresponda a domicilio inexistente o incorrecto en tanto sea imputable al contribuyente, todas las resoluciones, y todo acto administrativo quedan válidamente notificados en todas las instancias, en la sede de la Dirección General, los días martes y viernes, o el siguiente hábil si alguno es feriado; esta circunstancia debe constar en la actuación.";
Que de acuerdo con lo previsto en la norma citada, y de no constituir domicilio dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de la Dirección General, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, que los actos administrativos posteriores se han de considerar válidamente notificados el día martes o viernes -o el siguiente hábil- inmediato siguiente a la fecha de su suscripción;
Que asimismo corresponde intimar a la contribuyente y al Presidente de la firma Sr. Santos, Jorge Cruz, y/o a quien resulte responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo, se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir especialmente las costas judiciales;
Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

Artículo 1° - Iniciar el procedimiento de determinación de oficio de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes, sobre base presunta con relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente Menúes Serranos S.A., con domicilio fiscal en General Pico 3517 de la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba y con domicilio donde se realizó la verificación en Av. Pueyrredón 2501 stand G 1006, de esta ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1081544-09 (CUIT 30-70802041-5), cuya actividad sujeta a tributo consiste en servicio de restaurante, con relación a los Anticipos Mensuales 8° a 12 del año 2002, 1° a 12 del año 2003, 1° a 12 del año 2004, 1° a 12 del año 2005 y 1° a 12 del año 2006.
Artículo 2° - Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los "Considerandos" de la presente.
Artículo 3° - Hacer extensiva la responsabilidad solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones tributarias al Presidente de la firma Sr. Santos, Jorge Cruz, con domicilio en la calle Pasaje Austral 95 de la localidad de Villa Allende de la provincia de Córdoba, y/o a quien resulte responsable en la actualidad, en virtud de lo establecido en los arts. 14, incs. 4° y 5°, 15 y 17, inc. 1° del Código Fiscal t.o. 2007.
Artículo 4° - Intimar a Menúes Serranos S.A. a constituir domicilio dentro del ámbito de esta ciudad, bajo apercibimiento de tenerlo constituido, en la sede de la Dirección General de Rentas y por v---álidamente notificados los actos administrativos posteriores al presente los días martes o viernes -o el siguiente día hábil- inmediato siguiente al de su suscripción, sin perjuicio de notificar en los domicilios consignados en el art. 1° de la presente resolución.
Artículo 5° - Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente, para que en el término de quince (15) días de notificada esta resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.
Artículo 6° - Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 7° - Intimar a la contribuyente y al Presidente de la firma Sr. Santos, Jorge Cruz, y/o a quien resulte responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir especialmente las costas judiciales.
Artículo 8° - Regístrese, notifíquese por medio de publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en los domicilios consignados en el artículo primero de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el art. 31, incisos 1° y 5° del Código Fiscal t.o. 2007, con copia de la presente y resérvese.

DIFERENCIAS DE VERIFICACIÓN

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Analía C. Leguizamón
Directora General Adjunta

EO 625

Inicia: 30-10-2007 Vence: 1°-11-2007

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Comunicación

El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al Sr. Garay, Carlos Arturo, CI 10.145.856, que por Resolución N° 315-PD/07 de fecha 24/4/07 se ha procedido a rescindir el boleto de compraventa suscripto con fecha 20/2/89 correspondiente a la U.C. N° 74.334, block 4, 7° piso, depto. I, por trasgresión de lo dispuesto en su cláusula décima (10) y en los términos de las cláusulas novena (9°) y décima primera (11) conforme lo actuado en la Nota N° 5.102-IVC/06.
Se hace saber asimismo al interesado que la resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva (conf. arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. del Decreto N° 1.510/97) quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo, interponer recurso de alzada, conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado decreto.
La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 ley citada).

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa

Lisandro D. Medina
Servicio permanente
de Asesoramiento Jurídico

EO 626

Inicia: 31-10-2007 Vence: 2-11-2007

n Comunicación

El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al titular de la unidad Sr. Tozzo, Ricardo Antonio (DNI 11.293.660) que por Resolución N° 560-PD/07 de fecha 12/7/07 se ha procedido a rescindir el boleto de compraventa suscripto el 20/8/93, en relación a la unidad de vivienda ubicada en block 3°, 9° piso, depto. B, sita en Plaza 4441, Capital Federal (U.C. N° 62.048) por trasgresión de las cláusulas tercera y octava, en los términos de las cláusulas sexta y décimo primera, según lo actuado en la Nota N° 7.954-CMV/97 y agdos.
La resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, conforme lo dispuesto por los arts. 103 y 108, s.s. y c.c. del Decreto N° 1.510/97, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello y a exclusivo criterio del interesado, podrá interponerse recurso de alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del decreto mencionado.
La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (art. 62 del decreto citado).

Carmen S. Busale de Moreno
Subgerente
Subgerencia Coordinación
General Administrativa

Lisandro D. Medina
Servicio Permanente
de Asesoramiento Jurídico

EO 627

Inicia: 31-10-2007 Vence: 2-11-2007