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Boletín
Oficial Nº 2837
-SUMARIO-
LEGISLATURA DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEYES
LEY N° 2.546
Se otorga al Centro de Jubilados y Pensionados "Villa Luro
Central" el uso precario y gratuito de un predio
LEY N° 2.554
Se declaran integrantes del "Patrimonio Cultural" a las
calesitas y carruseles
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 2
Se faculta a Áreas del G.C.A.B.A. para contratar servicos de transporte
para los programas de "Colonia de Vacaciones 2008"
DECRETO N° 2.096/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura
DECRETO N° 2.097/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Hacienda
DECRETO N° 2.098/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura
DECRETO N° 2.099/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Educación
DECRETO N° 2.100/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público
DECRETO N° 2.109/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Salud
DECRETO N° 2.110/07
Se delega en Daniel Gustavo Chain la representación de la C.A.B.A. en
las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas
Urbanas S.A.
DECRETO N° 2.111/07
Se deroga el Decreto N° 2.028/06. Se designa a Pablo Ernesto Dusserre
como representante del G.C.A.B.A. para integrar la Comisión
Fiscalizadora del "Fondo Permanente para la ampliación de la Red
de Subterráneos"
RESOLUCIONES
Ministerio de Gobierno
RESOLUCIÓN N° 1.615-MGGC/07
Sistema Médico Empresarial S.A.: se desestima la Presentación Agregar
N° 3, y se mantienen los términos de la Resolución N° 548-MGGC/06
RESOLUCIÓN N° 861-SSSU/07
Se autorizan cortes de tránsito vehicular para la realización de
simulacros de evacuación
RESOLUCIÓN N° 862-SSSU/07
Se autorizan cortes de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av.
San Juan y Carlos Calvo y en la calle Humberto 1° entre Balcarce y
Bolívar
RESOLUCIÓN N° 863-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Virrey Cevallos
entre Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia
RESOLUCIÓN N° 864-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Necochea entre Av.
Suárez y Olavaria
RESOLUCIÓN N° 865-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en el Pasaje San Ignacio entre
Av. Boedo y Colombres
RESOLUCIÓN N° 866-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Cortina entre Juan
B. Justo y M. Cervantes
RESOLUCIÓN N° 868-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av.
Brasil y Chile y del Pje. San Lorenzo entre Defensa y Av. Paseo Colón
RESOLUCIÓN N° 869-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular de la calle Tte. Juan Domingo
Perón entre Anchorena y Gallo
RESOLUCIÓN N° 871-SSSU/07
Se aprueba compensación de créditos
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N° 4.185-DGR/07
Se delegan en Analía Cristina Leguizamón y Vicente Caliendo las
funciones de Juez Administrativo
RESOLUCIÓN N° 4.186-DGR/07
Se establece que el personal de la D.G.R. proseguirá desempeñando
funciones y tareas con los niveles jerárquicos preexistentes
Secretaría Legal y Técnica
RESOLUCIÓN N° 168-SECLyT/07
Se designan responsables de fondos
RESOLUCIÓN N° 169-SECLyT/07
Se designa a Jorge W. Alves como Jefe de Despacho del Jefe de Gobierno
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Aprueban o ratifican contratos de Régimen de Fomento, Régimen de
Concertación, contratación de personal, designación de suplentes,
designaciones interinas, designación de reemplazantes, reubicación de
personal, locación de servicio, locación de obra, reconocimiento de
servicios, aceptación de renuncias, dispone el archivo de sumarios,
baja patrimonial
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Resolución N° 896-CDNNyA/07
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Resolución N° 457-PG/07
CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESOLUCIÓN N° 665-CDNNyA/07
Se deja sin efecto la Resolución N° 24-CDNNyA/02
RESOLUCIÓN N° 800-CDNNyA/07
Se ratifica el suplemento por tareas nocturnas para el personal del
Centro de Atención Transitoria y Línea 102
RESOLUCIÓN N° 815-CDNNyA/07
Se auspicia la "3° Jornada de Estudio y Reflexión sobre Violencia
Familiar"
RESOLUCIÓN N° 816-CDNNyA/07
Se modifica la denominación "Unidad Técnica de Prevención del
Tráfico de Niños/as" por "Unidad Técnica de Resguardo del
Derecho a la Identidad"
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ACTA N° 2.313-IVC/07
Se deja sin efecto la Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de
Viviendas-Barrio Villa Lugano
COMUNICADOS Y AVISOS
LICITACIONES
EDICTOS
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEYES
LEY N° 2.546
Se otorga al Centro de Jubilados y Pensionados "Villa Luro
Central" el uso precario y gratuito de un predio
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Artículo 1° - Otórgase al Centro de Jubilados y
Pensionados "Villa Luro Central" por el término de diez (10)
años, el uso precario y gratuito del predio determinado por la
proyección de la Autopista Perito Moreno (AU-6) entre las calles Ramón
L. Falcón hacia Rafaela de esta ciudad, identificado como Predio 611 B.
Artículo 2° - El Centro de Jubilados y Pensionados debe destinar el
inmueble para el desarrollo de sus actividades específicas. No podrá
bajo ningún concepto modificar ese destino, ni ceder ni transferir
total o parcialmente los derechos otorgados por esta cesión, siendo
esto causal suficiente para la revocación de estos derechos.
Artículo 3° - El Centro de Jubilados y Pensionados debe abonar la
totalidad de los gastos por servicios públicos y tributos, nacionales y
locales que correspondan en el presente o que se determinen
normativamente en el futuro y que afecten el predio objeto de la cesión
gratuita o a la actividad desarrollada por el mismo.
Artículo 4° - A requerimiento del Gobierno de la Ciudad, el Centro
cederá sus instalaciones, para eventos de carácter comunitario,
siempre y cuando estos no entorpezcan el normal desenvolvimiento de la
institución.
Artículo 5° - Estarán a cargo del Centro de Jubilados y Pensionados
los gastos ordinarios o extraordinarios derivados de conservación del
inmueble.
Artículo 6° - Vencido el plazo establecido en el artículo 1° o bien
cuando medien razones de interés general, el Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires requerirá la entrega inmediata del inmueble citado con las
construcciones y mejoras que lo integren sin que ello de lugar a reclamo
o indemnización de ningún tipo.
Artículo 7° - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1° de
mayo del año 2007. de Estrada - Bello.
DECRETO N° 2.103
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.
En uso de las facultades conferidas por el artículo
102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
promúlgase la Ley N° 2.546 sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con fecha 29 de noviembre de 2007(Expediente
N° 90.602/07). Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria
del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás
efectos, pase a los Ministerios de Desarrollo Social, de Desarrollo
Urbano y de Hacienda.
El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de
Desarrollo Social, de Desarrollo Urbano y de Hacienda y el señor Jefe
de Gabinete de Ministros. MACRI - Bullrich - Chain - Grindetti -
Larreta.
LEY N° 2.554
Se declaran integrantes del "Patrimonio Cultural" a las
calesitas y carruseles
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Artículo 1° - Declárase integrante del patrimonio
cultural en los términos de la Ley N° 1.227 art. 4° inc. h) las
calesitas y carruseles que integran el Anexo I de la presente.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. De Estrada - Bello
ANEXO I
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DENOMINACIÓN |
UBICACIÓN |
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Calesita |
Parque Saavedra |
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Calesita |
Plaza Almagro |
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Calesita La Cale |
Parque Tres de Febrero |
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Calesita |
Parque N. Avellaneda |
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Calesita |
Plaza Balcarce |
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Calesita Don Antonio |
Parque Fray Luis Beltrán |
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Calesita de José |
Plaza Irlanda |
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Calesita de Pedrito - Palermo |
Plaza Las Heras |
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Calesita de Pedrito - Pompeya |
Plaza Nueva Pompeya |
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Carrousel La Alegría |
Plaza Aristóbulo del Valle |
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Carrousel |
Parque Patricios |
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Carrousel River |
Plaza Pueyrredón |
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Calesita de Juan Carlos |
Plaza Republica de Bolivia |
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Calesita |
Parque Rivadavia |
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Calesita Daniel |
Plaza Emilio Mitre |
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Calesita |
Plaza México |
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Calesita |
Plaza 1° de Mayo |
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Calesita Pico Dulce |
Plaza 25 de Agosto |
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Calesita de Quique |
Plaza de la Misericordia |
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Calesita de Carlitos |
Parque Centenario |
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Calesita Los Andes |
Parque Los Andes |
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Calesita Martín Fierro |
Plaza Martín Fierro |
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Calesita La Alegría |
Plaza Unidad Latinoamericana |
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Calesita |
Parque Lezama |
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Calesita Pascualito |
Plaza Roque Sáenz Peña |
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Calesita Plaza |
Palermo Viejo |
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Vieja Calesita de Villa Devoto |
Plaza Arenales |
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Calesita |
Plaza Congreso |
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Calesita |
Unidad Nacional |
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Calesita de Tatín |
Avenida Asamblea, Miró, |
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Parque Chacabuco |
DECRETO N° 2.113
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.
En uso de las facultades conferidas por el artículo
102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
promúlgase la Ley N° 2.554, sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 29 de noviembre de 2007.
Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado
cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y
Organismos de Control y pase, para su conocimiento y fines pertinentes,
a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, a la Comisión para la
Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos
Aires y a la Dirección General de Espacios Verdes.
El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura
y de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros. MACRI - Piccardo - Lombardi - Rodríguez Larreta
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 2
Se faculta a Áreas del G.C.A.B.A. para contratar servicios de
transporte para los programas de "Colonia de Vacaciones 2008"
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2007.
Visto, la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de
Niños, Niñas y Adolescentes, las Leyes N° 114, N° 1.665, N° 2.095 y
N° 2.148, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la C.A.B.A.;
y el Expediente N° 63.347/07, y
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica
del Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Deportes del
Ministerio de Desarrollo Social llevan a cabo cada año diferentes
acciones, entre otras, la organización y ejecución de las actividades
programadas para las colonias de vacaciones de verano, las que
contribuyen al esparcimiento, recreación y desarrollo deportivo
individual y social de los niños, niñas y adolescentes
beneficiarios/as;
Que las colonias de vacaciones poseen un fuerte impacto social, por
cubrir necesidades tanto en aspectos pedagógicos y deportivos, como
asistenciales en salud y alimentación;
Que de los informes brindados por las Áreas citadas anteriormente se
desprenden, además, situaciones conexas que realzan la actividad, tales
como la continuidad alimentaria-nutricional para aquellos que más lo
necesitan, la posibilidad de extender el proceso de enseñanza y
disfrute de la lectura y escritura, la realización de actividades
deportivas, la posibilidad de goce de experiencias estético-expresivas
como espectáculos musicales y teatrales al aire libre, entre otras;
Que es de vital importancia para el cumplimiento de los objetivos
propuestos, contar con un adecuado servicio de transporte con el fin de
asegurar la asistencia de los niños, niñas, adolescentes y personas
con necesidades especiales a las sedes y clubes donde se llevarán a
cabo las diversas actividades programadas;
Que la Subsecretaría de Deportes dependiente del Ministerio de
Desarrollo Social, ha recibido el Expediente de licitación pública
para la contratación de un servicio de transporte para efectuar el
traslado de niños participantes del Programa "Colonia de Verano
2008", el cual fuera iniciado por la administración saliente y
cuya fecha de apertura de ofertas estuviera prevista para el día 19 de
diciembre de 2007, MGEyA N° 63.347/07, que tramita ante la Dirección
General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda;
Que la mencionada Dirección ha informado que dicha licitación pública
ha sido declarada desierta por falta de oferentes;
Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica
del Ministerio de Educación ha recibido la organización del Programa
"Vacaciones Recreo de Verano 2008", el cual fuera iniciado por
la administración saliente;
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección General de
Administración de Recursos del Ministerio de Educación, esa
jurisdicción requiere como condición previa para establecer la
cantidad y recorrido de los viajes necesarios, para el traslado de los
niños, niñas y adolescentes, que se haya definido el listado de las
escuelas y predios en los que se habrán de desarrollar las actividades
de dicho programa;
Que la mencionada información estuvo en manos de las nuevas autoridades
la semana previa a su asunción en el cargo, lo cual impidió
materialmente iniciar expediente alguno de licitación pública para la
contratación de un servicio de transporte de niños/as y adolescentes
beneficiarios de este programa, conforme lo requiere la Ley N° 2.095;
Que la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social,
ha organizado el programa Colonia de Vacaciones 2008, que se llevará a
cabo desde el 2 de enero al 15 de febrero del mismo año, dirigido a
niños y niñas de cuatro (4) a doce (12) años y personas con
necesidades especiales, de todos los barrios de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que dicha Subsecretaría ha informado que tiene dieciocho mil (18.000)
inscriptos, aproximadamente, a las distintas actividades y que necesita
contar con quinientos cincuenta y dos (552) vehículos de transporte
escolar (micros) para el traslado de los niños, niñas, adolescentes, y
personas con necesidades especiales;
Que, la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica
del Ministerio de Educación, en el marco del Programa Vacaciones en la
Ciudad Recreo de Verano 2008, se llevará a cabo desde el 3 de enero al
7 de febrero de 2008;
Que dicha Subsecretaría ha informado que se han inscripto al programa
veintidós mil (22.000) beneficiarios/as, aproximadamente, requiriendo
para el transporte trescientos cuarenta y cinco (345) vehículos
escolares de jornada completa y sesenta y dos (62) de jornada simple, lo
que hace un total de cuatrocientos siete (407) unidades;
Que teniendo en cuenta que las actividades de ambos programas,
comenzarán el día 2 y 3 de enero respectivamente, tal circunstancia
torna imperioso instrumentar a los mecanismos legalmente previstos que
permitan disponer del servicio de transporte en tiempo oportuno;
Que no obstante encontrarse configuradas las circunstancias de hecho que
permitirían hacer uso de las facultades excepcionales otorgadas por el
artículo 5° del Decreto N° 1.289/07, comprometiendo en consecuencia
obligaciones que no cumplan con los regímenes vigentes en materia de
contrataciones del Estado, procede establecer un marco de legalidad que
garantice la vigencia de los principios de Libre Competencia,
Concurrencia e Igualdad, Legalidad, Publicidad y Difusión, Eficiencia y
Eficacia, Economía, Razón habilidad y Transparencia, consagrados en la
Ley N° 2.095;
Que por ello no resulta conveniente emplear la normativa excepcional de
pago prevista por el Decreto N° 1.289/07, junto con su antecedente
inmediato, el Decreto N° 1.370/01, que fuera empleado en las
contrataciones anteriores del servicio de marras luego de licitaciones
públicas fracasadas, las cuales se tornaron casi una habitualidad en el
régimen de contrataciones de la administración local;
Que en ese orden de ideas, la urgencia ya señalada para esta
contratación, torna necesario adoptar el marco de una contratación
directa conforme lo normado por los artículos 26 y 28 incisos 1. y 2.
de la citada Ley N° 2.095;
Que no obstante lo expuesto corresponde autorizar excepcionalmente, por
única vez, el acortamiento de los plazos legalmente previstos, a fin de
garantizar la eficacia del proceso;
Que conforme lo informado por la Dirección General de Licencias
dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Urbana del Ministerio de
Justicia y Seguridad, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solo cuenta
con quinientos ochenta y cuatro (584) unidades de transporte escolar
(micros) habilitadas conforme los requisitos establecidos por la Ley N°
1.665;
Que teniendo en cuenta ambos programas, dicho número de unidades
resulta insuficiente para atender la demanda recreativa que requieren, y
que asciende a novecientos cincuenta y nueve (959) vehículos escolares
(micros);
Que esta insuficiencia de medios de transporte que cumplan con los
requisitos previstos por la citada Ley N° 1.665 es un problema concreto
que debe afrontarse, sin que en el pasado se hayan arbitrado
oportunamente los medios necesarios para su previsión y solución;
Que toda vez que se trata de una necesidad estacional, y sin perjuicio
del abocamiento expreso ordenado a las Áreas competentes para la
subsanación en un futuro de estas circunstancias, la inminencia del
comienzo de las citadas actividades, previstas para el día 2 de enero
de 2008, y la necesidad de asegurar la concurrencia y el traslado de los
beneficiarios inscriptos en las diferentes actividades, hace ineludible
el dictado de una medida excepcional que permita el refuerzo de unidades
de transporte escolar mediante la contratación transitoria de unidades
habilitadas en extraña jurisdicción;
Que, en tal sentido la Subsecretaría de Tránsito y Transporte
dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano estimó imperioso
reforzar la cantidad de unidades afectadas al servicio de transporte
escolar, con unidades habilitadas en la provincia de Buenos Aires;
Que tales circunstancias no permiten, por otro lado, desconocer la
necesidad de requerir un nivel básico de condiciones que aseguren un
adecuado nivel de seguridad de las unidades a contratar;
Que, para ello, la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación
Pedagógica del Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Deportes
del Ministerio de Desarrollo Social, propusieron que las unidades
habilitadas provenientes de la Provincia de Buenos Aires sean
verificadas por la Concesionaria Sociedad Argentina de Control Técnico
de Automotores S.A. (SACTA S.A.); firma que, luego de verificar la
acreditación de requisitos básicos e indispensables en materia de
seguridad, debe expedir una constancia a tal efecto;
Que, las exigencias a ser verificadas por SACTA S.A. para el
otorgamiento de la citada constancia son las siguientes: a)
Habilitación vigente otorgada por el Municipio de origen; b)
Verificación Técnica Vehicular vigente según la jurisdicción
pertinente; c) Cinturones de seguridad; d) Matafuegos; e) Botiquín de
primeros auxilios; f) Póliza de seguro y constancia de pago al día; g)
Salida de emergencia (existencia y correcta identificación) de acuerdo
a lo reglamentado; h) Pintado en su exterior en color reglamentario; i)
Revisión ocular (tapizados, visibilidad y aseo), j) Poseer dos puertas,
una a cada lado, no accionables por los escolares sin intervención del
conductor o persona mayor acompañante, que garantice el ascenso y
descenso de los transportados por ambas manos, de acuerdo a la
reglamentación vigente;
Que la Ley N° 2.148 aprobatoria del Código de Tránsito y Transporte
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, declara su plena integración y
participación en el Sistema Nacional de Seguridad Vial aprobado en el
Decreto Nacional N° 779/95 (B.O. N° 28.281), reglamentario de la Ley
Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449 (B.O. N° 28.080);
Que a fin de asegurar la participación como oferentes de la mayor
cantidad de permisionarios de vehículos habilitados como transporte
escolar en la ciudad de Buenos Aires, y a fin de asegurar los principios
de Libre Competencia, Concurrencia e Igualdad previstos en la Ley N°
2.095 C.A.B.A., es preciso simplificar los requisitos normativos de
jurisdicción nacional requeridos habitualmente a los vehículos para la
obtención de su circulación y habilitación comercial nacional e
interjurisdiccional;
Que en virtud de lo expuesto, se propicia facultar a la Subsecretaría
de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de
Educación y a la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de
Desarrollo Social, a contratar para el período comprendido entre el 2
de enero al 15 de febrero de 2008 vehículos de transporte escolar
habilitados en la Provincia de Buenos Aires que reúnan los requisitos
de seguridad necesarios para cumplir con el servicio, previstos en el
presente decreto, junto a los vehículos de transporte escolar
debidamente habilitados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires autoriza, bajo circunstancias excepcionales, como las aquí
descriptas, la emisión de disposiciones de carácter legislativo por
parte del Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que tales circunstancias excepcionales refieren a la imposibilidad de
seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución para la
sanción de las leyes;
Que asimismo, el hallazgo de estos inconvenientes en el escaso tiempo de
esta gestión gubernamental no ha posibilitado arbitrar otros medios
tendientes a subsanación, por lo que resulta de manifiesta necesidad y
urgencia el dictado del presente decreto, el cual es refrendado por
todos/as los/las señores/as Ministros/as del Poder Ejecutivo;
Que es prioridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
llevar adelante acciones tendientes a asegurar el pleno goce de los
derechos constitucionales a la educación, el deporte y el esparcimiento
de niños, niñas y adolescentes;
Que en consonancia con los instrumentos internacionales citados en el
visto, es deber ineludible del Estado crear las condiciones necesarias
para que los niños, niñas y adolescentes puedan desarrollarse física,
mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal;
Que asimismo, el artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del
Niño establece que: "los Estados Partes reconocen el derecho
del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades
recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida
cultural y en las artes";
Que el artículo 39 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires dispone que se otorgue prioridad dentro de las políticas
públicas, a las políticas y acciones destinadas a las niñas, niños y
adolescentes;
Que, a su vez, el artículo 33 de la Carta Magna local establece que la
Ciudad promueve la práctica del deporte y las actividades físicas,
procurando la equiparación de oportunidades;
Que el artículo 5° de la Ley Nacional N° 26.061 impone como
responsabilidad gubernamental indelegable, la formulación y ejecución
de políticas públicas que prioricen la protección de los niños,
niñas y adolescentes, asignación privilegiada de recursos públicos y
preferencia de atención en los servicios esenciales, y en su artículo
20, el derecho al deporte y juego recreativo, garantizando mediante el
establecimiento de programas la recreación, esparcimiento, juegos
recreativos y deportes;
Que en igual sentido, el artículo 7° de la Ley N° 114 impone al
Gobierno de la Ciudad, la adopción de las medidas legislativas,
administrativas, y de toda otra índole, a fin de hacer efectivos los
derechos reconocidos a niños, niñas y adolescentes por normas
jurídicas, operativas o programáticas, y en su artículo 30 asegura a
aquellos su derecho a la recreación, el juego, el deporte y el
descanso;
Que, la Procuración General ha tomado debida intervención que le
compete en los términos de la Ley N° 1.218;
Por ello, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el
artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Facúltase, a la Dirección General
de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, a la
Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del
Ministerio de Educación y a la Subsecretaría de Deportes del
Ministerio de Desarrollo Social, para que en nombre y representación
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contrate la
prestación de los servicios de transporte para el período comprendido
entre el 2 de enero y el 15 de febrero de 2008, con destino a los
programas de colonias de vacaciones, empleando para ello vehículos de
transporte escolar habilitados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
así como vehículos de extraña jurisdicción siempre que cumplan, como
mínimo, los requisitos que se establecen en el artículo 2° del
presente decreto, pudiendo para ello disponer, excepcionalmente, la
abreviación de plazos y la simplificación de los procedimientos
previstos por la Ley N° 2.095 y sus normas reglamentarias.
Artículo 2° - Los vehículos de extraña jurisdicción no habilitados
que fueren contratados deberán contar con verificación vigente
extendida por la firma "Sociedad Anónima de Control del Transporte
Automotor" (SACTA S.A.) sobre el cumplimiento de los siguientes
requisitos:
a) Habilitación vigente otorgada por el Municipio de origen;
b) Verificación Técnica Vehicular vigente según la jurisdicción
pertinente;
c) Cinturones de seguridad;
d) Matafuegos;
e) Botiquín de primeros auxilios;
f) Póliza de seguro y constancia de pago al día;
g) Salida de emergencia (existencia y correcta identificación) de
acuerdo a lo reglamentado;
h) Pintado en su exterior en color reglamentario; y
i) Revisión ocular (tapizados, visibilidad y aseo).
j) Poseer dos puertas, una a cada lado, no accionables por los escolares
sin intervención del conductor o persona mayor acompañante, que
garantice el ascenso y descenso de los transportados por ambas manos, de
acuerdo a la reglamentación vigente.
Artículo 3° - Instrúyese a la Sindicatura General de la Ciudad, a los
efectos de que lleve a cabo un procedimiento de control concomitante a
las actividades autorizadas en los artículos precedentes, elevando a su
finalización el correspondiente informe final.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el Sr. Jefe de
Gabinete de Ministros y los señores Ministros del Poder Ejecutivo.
Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios del Poder
Ejecutivo, a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación
Pedagógica y a la Subsecretaría de Deportes. Remítase, por intermedio
de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control
a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad
con lo establecido en el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos
gírese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Rodríguez
Larreta - Grindetti - Montenegro - Lemus - Narodowski - Chain - Lombardi
- Bullrich - Rodríguez Larreta (a/c) - Piccardo
DECRETO N° 2.096
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.
Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el
Expediente N° 91.433/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Subsecretario de Patrimonio Cultural,
Subsecretario de Gestión Cultural, Director General de Festivales y
Eventos Centrales, Director General de Patrimonio e Instituto
Histórico, Director General de Promoción Cultural, Director General
Técnico, Administrativo y Legal, titular del Organismo Fuera de Nivel
Teatro Colón, titular del Organismo Fuera de Nivel Complejo Teatral de
la Ciudad de Buenos Aires y titular del Organismo Fuera de Nivel Centro
Cultural General San Martín, dependientes del Ministerio de Cultura, se
encuentran vacantes, el señor Ministro propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se propician designar, poseen la idoneidad
necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron
propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
Artículo 1° - Desígnase, a partir del 10 de
diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para
cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura y, para
su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de
Administración de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de
Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta
ANEXO
Imagen 1
2
DECRETO N° 2.097
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Hacienda
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.
Visto la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el
Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), el Expediente N° 91.598/07,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), se aprobó la
estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que diversos cargos dependientes del Ministerio de
Hacienda, se encuentran vacantes, el señor Ministro propone cubrir los
mismos;
Que las personas que se propician designar poseen la idoneidad necesaria
para el desempeño de los cargos para el cual fueron propuestos por el
señor Ministro de Hacienda;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102
y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Desígnase a partir del 10 de
diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo I, que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para
cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - Déjase establecido que no se procederá a dar de alta a
las designaciones de las personas que se indican en el Anexo I, del
presente decreto, con el asterisco (*), hasta tanto no acrediten su
desvinculación definitiva o licencia sin goce de haberes, en los
organismos pertinentes.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase al Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General
Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI -
Grindetti - Rodríguez Larreta
ANEXO
Imagen 1
2 3
DECRETO N° 2.098
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.
Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el
Expediente N° 91.498/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Director General de Desarrollo y
Promoción Turística, Director General de Promoción de Congresos y
Eventos, Director General de Música y Director General del Libro y
Promoción de la Lectura se encuentran vacantes, el señor Ministro
propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se propician designar, poseen la idoneidad
necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron
propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Desígnase, a partir del 10 de
diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para
cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Cultura, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura y, para
su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de
Administración de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de
Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta
ANEXO
DECRETO N° 2.099
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Educación
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.
Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el
Expediente N° 91.499/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Subsecretario de Gestión Económico
Financiera y Administración de Recursos, Director General de
Administración de Recursos, Director General de Infraestructura y
Equipamiento, Director General de Planificación y Control de Gestión,
Director General de Coordinación Legal e Institucional, y Director
General de Proyectos y Servicios a las Escuelas, dependientes del
Ministerio de Educación, se encuentran vacantes, el señor Ministro
propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se proponen designar, poseen la idoneidad necesaria
para el desempeño de los cargos para los cuales fueron propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Desígnase, a partir del 10 de
diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para
cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Educación, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI -
Narodowski - Rodríguez Larreta
ANEXO
DECRETO N° 2.100
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.
Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el
Expediente N° 91.516/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se creó la Estructura Orgánico Funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que distintos cargos, pertenecientes a diferentes reparticiones, del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público, se encuentran vacantes;
Que por tal motivo el Ministro de Ambiente y Espacio Público, solicita
se designen, a partir del 10 de diciembre de 2007, a varias personas en
dichos cargos correspondientes a distintos organismos del Ministerio que
nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura de los citados cargos, resulta
necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102
y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°- Desígnase a partir del 10 de
diciembre de 2007, a varias personas, en distintos cargos,
pertenecientes a diferentes reparticiones, del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público, tal como se indica en el Anexo I, que a todos sus
efectos forma parte integrante del presente decreto, en el modo y forma
que se consigna.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Ambiente y Espacio Público, y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos
del Ministerio de Hacienda. MACRI - Piccardo - Rodríguez Larreta
ANEXO
Imagen 1
2 3
DECRETO N° 2.109
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Salud
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.
Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el
Expediente N° 91.962/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Director General de Servicios de
Salud, Director General Adjunto de Redes de Servicios de Salud, Director
General Adjunto de Programas Centrales, Director General Adjunto del
Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), Director General de
Desarrollo y Capacitación de Personal Técnico, Administrativo y
Profesional en Salud, Director General de Redes y Programas de Salud,
Director General Adjunto de Gestión Presupuestaria, Director General
Adjunto de Regulación y Fiscalización, Director General Adjunto de
Compras y Contrataciones, Director General de Planeamiento y
Presupuesto, dependientes del Ministerio de Salud, se encuentran
vacantes, el señor Ministro de Salud propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se propician designar, poseen la idoneidad
necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron
propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Desígnanse, a partir del 10 de
diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para
cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Salud y, para
su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de
Administración de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de
Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Rodríguez Larreta
ANEXO
Imagen 1
2 3
DECRETO N° 2.110
Se delega en Daniel Gustavo Chain la representación de la C.A.B.A. en
las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas
Urbanas S.A.
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.
Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, el Decreto N°
948/06, el Decreto N° 1.870/07 el Decreto N° 2.065/07 y el Expediente
N° 92.192/07 y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo prevé el artículo 104, inc. 1) de la Constitución de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Jefe de Gobierno representa
legalmente a la ciudad, pudiendo delegar dicha atribución;
Que por Decreto N° 948/06 se delegó en el entonces Ministro de
Planeamiento de Obras públicas Ing. Juan Pablo Schiavi, la
representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las asambleas
ordinarias y extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad
Anónima;
Que por Decreto N° 1.870/07, se aceptó la renuncia del citado
funcionario;
Que por la Ley N° 2.506, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, sancionó la Ley de Ministerio del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto N° 1.748/07;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa
dependiente del Poder ejecutivo del Gobiernos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.065/07 se designó como titular del Ministerio de
Desarrollo Urbano al señor Daniel Gustavo Chain;
Que por lo expuesto, resulta necesario delegar la representación de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la referida Sociedad Anónima, en
el señor Ministro de Desarrollo Urbano;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (art.
104, inc. 1 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Delégase la representación de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las Asambleas Ordinarias y
Extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, en
le señor Ministro de Desarrollo Urbano, señor Daniel Gustavo Chain.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Desarrollo Urbano y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Empresa Autopistas Urbanas
Sociedad Anónima, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a
Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplído, archívese. MACRI - Chain
- Rodríguez Larreta
DECRETO N° 2.111
Se deroga el Decreto N° 2.028/06. Se designa a Pablo Ernesto Dusserre
como representante del G.C.A.B.A. para integrar la Comisión
Fiscalizadora del "Fondo Permanente para la ampliación de la Red
de Subterráneos"
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.
Visto el Expediente N° 92.328/07, la Constitución
de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 22.070/79, la Ley N°
2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N°
2829), y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nacional N° 22.070 se transfirieron los certificados
representativos del capital social de la empresa Subterráneos de Buenos
Aires Sociedad del Estado, a la ex - Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que es necesario actualizar las designaciones efectuadas en
representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
través del Decreto N° 2.028/06 (B.O.C.B.A. N° 2581), en virtud de las
distintas modificaciones operadas en las estructuras orgánico
funcionales, desde el dictado de la precitada norma legal;
Que por la Ley N° 2.506, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires promulgada por Decreto N° 1.748/07 (B.O.C.B.A.
N° 2824);
Que mediante Decreto N° 2.075/07 se establecieron la estructura
organizativa y responsabilidades primarias del poder Ejecutivo de este
gobierno;
Que a tales efectos resulta procedente integrar la Comisión
Fiscalizadora del "Fondo Permanente para la Ampliación de la Red
de Subterráneos" en representación del gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, designando al Licenciado Pablo Ernesto
Dusserre (DNI 16.395.620) el cual desempeña sus funciones en el
Ministerio de Desarrollo Urbano;
Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los
artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Derógase el Decreto N° 2.028/06 (B.O.C.B.A.
N° 2581).
Artículo 2° - Desígnase en representación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires al Licenciado Pablo Ernesto Dusserre (DNI
16.395.620), para integrar la Comisión Fiscalizadora del "Fondo
Permanente para la ampliación de la Red de Subterráneos",
establecida en el artículo 13 de la Ley Nacional N° 23.514.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Desarrollo Urbano y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de
Asuntos Legislativos y organismos de Control y a la empresa
Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo
Urbano. Cumplido, archívese. MACRI - Chain - Rodríguez Larreta
RESOLUCIONES
Ministerio de Gobierno
RESOLUCIÓN N° 1.615 - MGGC
Sistema Médico Empresarial S.A.: se desestima la Presentación Agregar
N° 3, y se mantienen los términos de la Resolución N° 548-MGGC/06
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.
Visto el Expediente N° 2.722/04 e inc., y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la ampliación de fundamentos
del recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración,
incoado contra la denegatoria de la solicitud habilitación para el
local ubicado en la calle Palpa 2835, P.B., Unidad Funcional N° 1, para
el desarrollo de la actividad de "Centro Médico u
Odontológico";
Que luce Dictamen N° 47.777, de fecha 22 de junio de 2006, en el cual
se opinó que correspondía desestimar el recurso jerárquico que opera
en subsidio del de reconsideración interpuesto por la apoderada de la
firma "Sistema Médico Empresarial S.A.", contra el acto
administrativo que denegara la solicitud de habilitación incoada,
debiendo dictarse a tal efecto, la resolución correspondiente;
Que por Resolución N° 548-MGGC/06, de fecha 20 de julio de 2006, se
desestimó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de
reconsideración por la apoderada de la firma "Sistema Médico
Empresarial S.A.", incoada contra el acto administrativo que
denegara la solicitud de habilitación del local de marras;
Que se informó que la Presentación Agregar N° 3, fue iniciada con
anterioridad (4 de abril de 2006), al dictado de la Resolución N° 548-MGGC/06,
sin haber sido analizados los planteos que se han incorporado en ese
antecedente, en razón de haberse incorporado a esta actuación con
posterioridad a la resolución mencionada;
Que dicha actuación se agregó, una vez dictada y notificada la
Resolución N° 548-MGGC/06, lo que impidió su evaluación y
tratamiento antes de la emisión de ese acto administrativo, conforme
los términos del artículo 107, "in fine", de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que del análisis del contenido de esa actuación administrativa, se
desprendió que no se mejoraron ni se ampliaron los fundamentos del
recurso planteado, sino que se apeló a la sensibilidad del funcionario
que en definitiva debería resolver la cuestión, manifestando que la
gente se quedará sin trabajo, además, que no hay alquileres acorde a
su presupuesto en la zona, y todos esos inconvenientes se han producido
por un cambio de zonificación, del emplazamiento del establecimiento,
que ellos no conocían;
Que en definitiva, el tratamiento de esa presentación no produce un
cambio de temperamento de la decisión administrativa adoptada en la
resolución mencionada, no obstante ello y a los efectos de cumplir con
la exigencia normativa del artículo 107 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, corresponde dar una
respuesta a esa presentación, mediante el dictado de una nueva
resolución que la considere;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la debida intervención;
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase la Presentación Agregar
N° 3, y manténgase los términos de la Resolución N° 548-MGGC/06,
mediante la cual se desestimó el recurso jerárquico interpuesto en
subsidio del de reconsideración, por la apoderada de la firma
"Sistema Médico Empresarial S.A." contra el acto denegatorio
de la solicitud de habilitación del local sito en la calle Palpa 2835,
P.B. Unidad Funcional N° 1, en carácter de Centro Médico u
Odontológico.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y, para su
conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos. Gorgal
RESOLUCIÓN N° 861 - SSSU
Se autorizan cortes de tránsito vehicular para la realización de
simulacros de evacuación
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06
y la Nota N° 585.163-PMREyAE/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de
gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo
de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y
patrimonial de los transeúntes y público asistente;
Que, por la nota mencionada, el Sr. Pablo E. Sette, Coordinador General
del Programa Mitigación de Riesgos en Escuelas y Actividades Escolares,
solicita permiso para efectuar varias afectaciones de calzada, día
lunes 3 de diciembre de 2007, con motivo de realizar seis (6) simulacros
de evacuación, de acuerdo al siguiente esquema:
• Nazarre entre Argerich y
Helguera, Ricardo Gutiérrez entre Argerich y Helguera, en los
siguientes horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15, 2°
simulacro desde las 14.30 hasta las 15.15 horas.
• Burela entre Iberá y
Quesada, Altolaguirre entre Iberá y Quesada, Martiniano Bonorino entre
Iberá y Quesada, en los horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta
las 11.15 horas, 2° simulacro desde las 14 hasta las 14.45 horas.
• Chivilcoy entre Camarones
y A. Margariños Cervantes, Bahía Blanca entre Camarones y A.
Margariños Cervantes, en los siguientes horarios: 1° simulacro desde
las 10.30 hasta las 11.15, 2° simulacro desde las 14 hasta las 14.45
horas;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la
intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto
de los cortes solicitados;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar los cortes de tránsito solicitados, siendo la Policía
Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del
tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsito
solicitados por el Sr. Pablo Sette, Coordinador General del Programa
Mitigación de Riesgos en Escuelas y Actividades Escolares, con la
concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día lunes 3 de
diciembre de 2007, de acuerdo al siguiente esquema:
n
Corte total y momentáneo:
• Nazarre entre Argerich y
Helguera, Ricardo Gutiérrez entre Argerich y Helguera, sin afectar
bocacalles, en los siguientes horarios: 1° simulacro desde las 10.30
hasta las 11.15, 2° simulacro desde las 14.30 hasta las 15.15 horas,
mientras la atraviesan los participantes de la evacuación.
• Burela entre Iberá y
Quesada, Altolaguirre entre Iberá y Quesada, Martiniano Bonorino entre
Iberá y Quesada, sin afectar bocacalles, en los horarios: 1° simulacro
desde las 10.30 hasta las 11.15 horas, 2° simulacro desde las 14 hasta
las 14.45 horas, mientras la atraviesan los participantes de la
evacuación.
• Chivilcoy entre Camarones
y A. Margariños Cervantes, Bahía Blanca entre Camarones, A.
Margariños Cervantes, sin afectar bocacalles, en los siguientes
horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15, 2° simulacro
desde las 14 hasta las 14.45 horas.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Nazarre deberá
aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar en
Argerich, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito vehicular que circule por Ricardo
Gutiérrez deberá aguardar el paso de los participantes de la
evacuación o desviar anticipadamente en Helguera, su ruta.
Artículo 4° - El tránsito vehicular que circule por Burela deberá
aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar
anticipadamente en Iberá, su ruta.
Artículo 5° - El tránsito vehicular que circule por Altolaguirre
deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o
desviar en Quesada, su ruta.
Artículo 6° - El tránsito vehicular que circule por Martiniano
Bonorino deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación
o desviar en Iberá, su ruta.
Artículo 7° - El tránsito vehicular que circule por Chivilcoy deberá
aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar en
Camarones, su ruta.
Artículo 8° - El tránsito vehicular que circule por Bahía Blanca
deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o
desviar en A. Margariños Cervantes, su ruta.
Artículo 9° - El corte, total y momentáneo, se otorgara desde cinco
minutos previos al comienzo de la evacuación y hasta que pase el
último de los participantes de la misma. De resultar necesario y a
criterio de la autoridad policial interviniente se deberá permitir el
paso de frentistas y vehículos de emergencia, resguardando la seguridad
de los participantes.
Artículo 10 - Según lo acordado con el Consejo Asesor del Manual de
Procedimiento del Programa de Mitigación de Riesgos en Escuelas y
Actividades Escolares, y de acuerdo a las características del evento,
no será necesario realizar el vallado y la limpieza del lugar del
evento, mientras que el señalamiento será llevado a cabo a través de
la utilización de cintas de seguridad. Los elementos de señalización
vial que hubiera de utilizar para la ejecución de la operatoria (cintas
de seguridad) deberán ser retirados una vez finalizado el evento.
Artículo 11 - Para su ejecución se deberá gestionar en forma
obligatoria el apoyo de la Policía Federal Argentina. Se deberá
señalizar provisoriamente la ocupación de calzada y los desvíos de
tránsito o disponer de personal policial y/o Guardia Urbana a tal
efecto.
Artículo 12 - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 10 y
11 de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 13 - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, de
Tránsito, y del Sistema de Señalización, publíquese en el Boletín
Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento gírese al
Área de Evacuaciones del Programa de Mitigación de Riesgo en Escuelas
y Actividades Escolares. Cumplido, archívese. Izura
RESOLUCIÓN N° 862 - SSSU
Se autorizan cortes de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av.
San Juan y Carlos Calvo y en la calle Humberto 1° entre Balcarce y
Bolívar
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta
N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06, el Registro N° 2.500-DGSS/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo
especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de
transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Sr. Pablo Ortiz, Presidente de la
Asociación Comerciantes y Amigos de Plaza Dorrego juntamente con
Nomeolvides Producciones, solicita permiso para realizar la afectación
total de la calzada de Defensa entre Av. San Juan y Carlos Calvo,
Humberto 1° entre Balcarce y Bolívar, desde las 18. horas del día
sábado 1° de diciembre de 2007, hasta las 1 horas del día siguiente,
con cobertura climática para el día sábado 8 del mismo mes en el
mismo horario. Con motivo de realizar la festividad gratuita de baile y
canto español denominada "Romería Flamenca al aire libre";
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha intervenido
en lo que resulta de su competencia, sugiriendo se concedan los cortes
totales, permitiendo en todo momento el paso de vecinos frentistas y
vehículos de emergencia;
Que, la Dirección General de Seguridad Vial, considera que los cortes
solicitados son viables, siendo la Policía Federal Argentina quien
deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsitos
solicitados por el Sr. Pablo Ortiz, Presidente de la Asociación
Comerciantes y Amigos de Plaza Dorrego juntamente con Nomeolvides
Producciones, de la calzada de Defensa entre Av. San Juan y Carlos Calvo
y de Humberto 1° entre Balcarce y Bolívar, sin afectar bocacalles, con
la concurrencia de la Policía Federal Argentina, desde las 18 horas del
día sábado 1° de diciembre de 2007, hasta las 1 horas del día
siguiente, con cobertura climática para el día sábado 8 del mismo mes
en el mismo horario. Con motivo de realizar la festividad gratuita de
baile y canto español denominada "Romería Flamenca al aire
libre".
Artículo 2° - El tránsito que circule por Defensa podrá desviar por
Av. San Juan, Av. Paseo Colón, Carlos Calvo hasta su ruta o
anticipadamente por Cochabamba, Perú, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito que circule por Humberto 1° podrá desviar
por Balcarce, Cochabamba, Perú hasta su ruta o anticipadamente por Av.
Paseo Colón, su ruta.
Artículo 4° - El solicitante será responsable de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 5° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y
procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar
que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N°
51.277/96.
Artículo 6° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4° y
5° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 7° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Higiene Urbana, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Culto, del Sistema
de Señalización, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al
solicitante y para su conocimiento gírese a la Dirección General del
Sistema de Señalización. Cumplido, archívese. Izura
RESOLUCIÓN N° 863 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Virrey Cevallos
entre Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta
N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06, el Registro N° 2.497-DGSS/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo
especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de
transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, la Dra. Gabriela Piovano, DNI
17.523.790, en su carácter de Presidente de "XLD por las dudas
organización solidaria", solicita permiso de afectación de varias
calzadas, con motivo de la realización de un acto de carácter cívico
y de fomento cultural y social denominado "1° Marcha por el Futuro
de los Niños, las Niñas y los Adolescentes afectados por el
VIH/SIDA", el día viernes 30 de noviembre de 2007, de acuerdo al
siguiente esquema:
• Entrega de folletería, en
el horario de 17 a 22 horas: Virrey Cevallos entre Rivadavia e Hipólito
Irigoyen.
• Marcha, en el horario de
22 a 24 horas: desde Av. de Mayo hasta Plaza de Mayo;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha intervenido
en lo que resulta de su competencia, sugiriendo se conceda los cortes
totales, permitiendo en todo momento el paso de vecinos frentistas y
vehículos de emergencia;
Que, la Dirección General de Seguridad Vial, considera que los cortes
solicitados son viables, siendo la Policía Federal Argentina quien
deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, la solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsito
solicitados la Dra. Gabriela Piovano, DNI 17.523.790, en su carácter de
Presidente de "XLD por las dudas organización solidaria", con
la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de la
realización de un acto de carácter cívico y de fomento cultural y
social denominado "1° Marcha por el Futuro de los Niños, las
Niñas y los Adolescentes afectados por el VIH/SIDA", el día
viernes 30 de noviembre de 2007, de acuerdo al siguiente esquema:
n
Corte parcial, en el horario de 18 a 19.30 horas:
• Un carril de Virrey
Cevallos entre Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia, sin afectar
bocacalles.
n
Corte total, en el horario de 19.30 a 22 horas:
• Virrey Cevallos entre
Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia, sin afectar bocacalles.
• Bolívar entre Av.
Rivadavia e Hipólito Yrigoyen, sin afectar bocacalles, donde se
montará nuevamente el camión escenario y se ofrecerá un recital desde
el arribo de los participantes hasta las 24 horas aproximadamente. Se
deberá dejar libre el contracarril de Bolívar entre H. Yrigoyen y Av.
de Mayo.
n
Corte total, momentáneo y sucesivo:
• Hipólito Yrigoyen desde
Virrey Cevallos, continuando por Pte. Luís Sáenz Peña hasta Av. de
Mayo.
• Calles y avenidas
transversales al desarrollo de la marcha, desde tres minutos antes del
arribo del primer participante hasta que el último de ellos haya
traspasado la bocacalle.
n
Corte parcial:
• Tres (3) carriles de Av.
de Mayo, dos carriles para los participantes y uno como espacio de
seguridad hasta que arriben los participantes a Plaza de Mayo.
Artículo 2° - El tránsito que circule por Montevideo podrá desviar
por Av. Rivadavia, Solís, Hipólito Yrigoyen, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito que circule por Diagonal Norte sentido
Noroeste-Sureste desviará anticipadamente por Maipú, Chacabuco, H.
Yrigoyen, su ruta.
Artículo 4° - El tránsito vehicular que circule por las calles
afectadas por el recorrido de la prueba atlética podrá aguardar el
paso de la misma o, a efectos de otorgar continuidad a la circulación
en la zona, desviarse anticipadamente por las arterias sugeridas
anteriormente para luego sí retomar su ruta.
Artículo 5° - El solicitante será responsable de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 6° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y
procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar
que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N°
51.277/96.
Artículo 7° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 5° y
6° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 8° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Higiene Urbana, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Culto, del Sistema
de Señalización y notifíquese al solicitante y gírese a la
Dirección General del Sistema de Señalización. Cumplido, archívese. Izura
RESOLUCIÓN N° 864 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Necochea entre Av.
Suárez y Olavaria
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta
N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y el Registro N° 2.419-DGSS/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo
especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de
transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Sr. Marcelo Daniel Silva, en
representación de la Cooperativa "Los Muchachos de Mi
Barrio", solicita permiso para afectar la calle Necochea entre
Suárez y Olavarría, desde las 18 horas del día sábado 1° de
diciembre de 2007 hasta las 4 horas del día siguiente, con motivo de la
realización de la "Fiesta de la cultura Barrial";
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha intervenido
en lo que resulta de su competencia, sugiriendo que se conceda el corte
de tránsito permitiendo en todo momento el paso de vecinos frentistas y
de vehículos de emergencia;
Que, la Dirección General de Seguridad Vial, en comunicación
telefónica con el solicitante se acordó comenzar la afectación en el
horario de 19 horas, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá
establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar el corte de tránsito
solicitado por el Sr. Marcelo Daniel Silva, en representación de la
Cooperativa "Los Muchachos de Mi Barrio", de la calle Necochea
entre Av. Suárez y Olavarría, sin afectar bocacalles, con la
concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día sábado 1° de
diciembre en el horario de 18 hasta las 4 horas del día siguiente, con
motivo de la realización de la "Fiesta de la cultura
Barrial".
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Necochea
desviará por Olavarría, F. Cafferata, Suárez, su ruta.
Artículo 3° - El solicitante será responsable de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de vecinos frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se
deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 4° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y
procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar
que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N°
51.277/96.
Artículo 5° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y
4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 6° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, del Sistema de
Señalización, de Ordenamiento del Espacio Público, notifíquese al
solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General del
Sistema de Señalización. Cumplido, archívese. Izura
RESOLUCIÓN N° 865 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en el Pasaje San Ignacio entre
Av. Boedo y Colombres
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta
N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y el Registro N° 2.517-DGSS/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo
especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de
transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Sr. Marcos Hernández y la Sra.
Solange Duva en representación del Centro Cultural "El
Surco", solicita permiso de la afectación total de la calzada de
pasaje San Ignacio entre Av. Boedo y Colombes, el día sábado 1° de
diciembre de 2007 en el horario de 14 horas a 22 horas, con motivo de la
realización de un evento de actividades artísticas;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la
intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto
del corte parcial solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía
Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del
tránsito vehicular;
Que, los solicitantes serán responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar el corte de tránsito
solicitado por el Sr. Marcos Hernández y la Sra. Solange Duva en
representación del Centro Cultural "El Surco", de la calzada
de pasaje San Ignacio entre Av. Boedo y Colombres, sin afectar
bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el
día sábado 1° de diciembre de 2007 en el horario de 14 horas a 22
horas, con motivo de la realización de un evento de actividades
artísticas.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Av. Boedo que
pretenda girar por el pasaje San Ignacio podrá continuar hasta Carlos
Calvo, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito vehicular que circule por Colombres que
pretenda girar por el pasaje San Ignacio podría continuar hasta Estados
Unidos, su ruta.
Artículo 4° - Los solicitantes serán responsables de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 5° - Los solicitantes deberán arbitrar los medios para
contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal
Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al
término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte
necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 6° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4° y
5° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 7° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio
Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al
solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de
Sistemas de Señalización. Izura
RESOLUCIÓN N° 866 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Cortina entre Juan
B. Justo y M. Cervantes
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta
N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y la Nota N° 729-CGPC10/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo
especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de
transeúntes y público asistente;
Que, por la nota mencionada, el Dr. Adolfo Gallotti- Director General
del Centro de Gestión y Participación Comunal 10, solicita permiso de
afectación total de la calzada de Cortina entre Juan B. Justo y M.
Cervantes, el día sábado 1° de diciembre de 2007, en el horario de 16
a 20 horas, con motivo de la realización de actividades culturales por
los Festejos del Aniversario del Barrio de Villa Luro;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la
intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto
del corte total solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar el corte total de tránsito solicitado, siendo la
Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el
desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar el corte total de tránsito
solicitado por el Dr. Adolfo Gallotti - Director General del Centro de
Gestión y Participación Comunal 10, de la calzada de Cortina entre
Juan B. Justo y M. Cervantes, sin afectar bocacalles, el día sábado
1° de diciembre de 2007 en el horario de 16 a 20 horas, con la
concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de la
realización de actividades culturales por los Festejos del Aniversario
del Barrio de Villa Luro.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Cortina desviará
por A. M. Cervantes, Ruiz de Los Llanos, Av. Juan B. Justo, su ruta.
Artículo 3° - El solicitante será responsable de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 4° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de
cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la
actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de
acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 5° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y
4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 6° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio
Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al
solicitante y para su conocimiento, gírese al Centro de Gestión y
Participación Comunal 10. Izura
RESOLUCIÓN N° 868 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av.
Brasil y Chile y del Pje. San Lorenzo entre Defensa y Av. Paseo Colón
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta
N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y la Nota N° 2.242-DGPCUL/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo
especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de
transeúntes y público asistente;
Que, por la nota mencionada, la Dra. Betania Aprile- Directora General
de Promoción Cultural, solicita permiso de afectación total de la
calzada de Defensa entre Av. Brasil y Chile, pasaje San Lorenzo entre
Defensa y Av. Paseo Colón, el día sábado 1° de diciembre de 2007, en
el horario de 13 a 22.30 horas, con motivo de la realización de un
Encuentro de Candombe en el marco de "Merco Ciudades";
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la
intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto
del corte total solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar el corte total de tránsito solicitado, siendo la
Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el
desvío del tránsito vehicular;
Que, la solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Que, por Resolución N° 1.580-MGGC/07, encomiéndase la firma del
despacho del Subsecretario de Seguridad Urbana Dr. Manuel I. Izura al
Subsecretario de Emergencias Lic. Emiliano Respighi, a partir del 19 de
noviembre de 2007 y hasta el 23 de noviembre de 2007 inclusive;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar el corte total de tránsito
solicitado por Dra. Betania Aprile - Directora General de Promoción
Cultural, de la calzada Defensa entre Av. Brasil y Chile, pasaje San
Lorenzo entre Defensa y Av. Paseo Colón, sin afectar bocacalles, el
día sábado 1° de diciembre de 2007 en el horario de 13 a 22.30 horas,
con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de la
realización un Encuentro de Candombe en el marco de "Merco
Ciudades".
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Av. Paseo Colón
que pretenda girar a su derecha por el pasaje San Lorenzo deberá
continuar hasta Av. Independencia, su ruta.
Artículo 3° - La solicitante será responsable de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 4° - La solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de
cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la
actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de
acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 5° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y
4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 6° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio
Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al
solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de
Promoción Cultural. Izura
RESOLUCIÓN N° 869 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular de la calle Tte. Juan Domingo
Perón entre Anchorena y Gallo
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06
y el Registro N° 577-DGCUL/07, y agreg. Nota N° 2.462-SSSU/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la
Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los
cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito
vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución
de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en
ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice
los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos
de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas
atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran
concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la
programación de un operativo de seguridad especial a efectos de
resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y
público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Pbro. José M. Pazos Ares, Cura de
la Parroquia Tránsito de la Virgen, solicita autorización para
efectuar la afectación de las calzadas de Tte. Juan D. Perón entre T.
M. de Anchorena y Gallo, el viernes 30 de noviembre de 2007, en el
horario de 17 a 22 horas, con motivo de la realización de una Misa
Celebrada por el Padre Darío Betancourt;
Que, la Dirección General de Cultos, ha manifestado que este evento es
de suma importancia para los feligreses y vecinos de esa comuna;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la
intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto
al corte solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar al corte de tránsito solicitado, siendo la Policía
Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del
tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar el corte de tránsito
solicitado por el Pbro. José M. Pazos Ares, Cura de la Parroquia
Tránsito de la Virgen, de la calle Tte. Juan Domingo Perón entre T. M.
Anchorena y Gallo, sin afectar bocacalles, con la concurrencia de la
Policía Federal Argentina, el día viernes 30 de noviembre de 2007,
desde las 17 a 22 horas, con motivo de realizar una Misa Celebrada por
el Padre Darío Betancourt.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Tte. Gral. Perón
desviará por T.M. Anchorena, Sarmiento, Sánchez de Bustamante, su
ruta.
Artículo 3° - El tránsito que circule por Agüero desviará por
Sarmiento, Sánchez de Bustamante, Bmé. Mitre, su ruta.
Artículo 4° - El solicitante será responsable de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 5° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y
procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar
que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N°
51.277/96.
Artículo 6° - El presente no contempla la autorización de ocupación
de vereda, plaza ni estacionamiento de vehículos ni grupos
electrógenos, los cuales deberán tramitarse por cuerdas separadas ante
los organismos pertinentes (Dirección General de Ordenamiento del
Espacio Público, Dirección General de Tránsito, respectivamente).
Artículo 7° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4° y
5° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas
correspondientes.
Artículo 8° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, de
Tránsito, y del Sistema de Señalización, publíquese en el Boletín
Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento gírese a la
Dirección General de Cultos. Cumplido, archívese. Izura
RESOLUCIÓN N° 871 - SSSU
Se aprueba compensación de créditos
Buenos Aires, 30 de noviembre de 2007.
Visto la Nota N° 2.348-SSSU/07, por la cual se
gestiona la necesidad de modificar los créditos de diversas partidas
presupuestarias, correspondiente al ejercicio en vigor, y
CONSIDERANDO:
Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal
fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 58/07 (B.O. N°
2614) por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2007;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo A, punto
III del Decreto N° 58/07,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Aprúebase la compensación de
créditos, por un monto total de pesos setecientos veinticinco ($ 725),
de acuerdo con el formulario de modificaciones presupuestarias, que como
Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos,
comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública
y Presupuesto y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
del Ministerio de Gobierno. Izura
ANEXO
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N° 4.185 - DGR
Se delegan en Analía Cristina Leguizamón y Vicente Caliendo las
funciones de Juez Administrativo
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.
Visto el Decreto N° 2.075/07 (B.O. N° 2829), y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7° del referido decreto deroga el Decreto N° 350/06 (B.O.
N° 2416);
Que debe tenerse en consideración que el proyecto de ley, por el cual
se convierte a la Administración Tributaria en una entidad autárquica
ya ha sido aprobada por el Cuerpo Legislativo de la Ciudad, restando
solamente su promulgación y publicación;
Que el artículo 8° del Código Fiscal (T.O. 2007), establece que el
Director General de Rentas puede delegar las funciones que le son
propias de manera general o especial;
Que revistiendo el Director General de Rentas el carácter de Juez
Administrativo conforme lo dispone el referido texto fiscal, es
necesario formalizar tal delegación de modo expreso;
Que el normal desenvolvimiento de las funciones atinentes al
procedimiento de determinación de oficio del Impuesto Sobre los
Ingresos Brutos, la instrucción de sumarios para juzgar la conducta de
los contribuyentes y la fijación de criterios particulares o generales
en relación a los tributos que administra, fiscaliza y recauda la
Dirección General de Rentas, funciones todas cuyo ejercicio compete al
Director General en su rol de Juez Administrativo, han exigido, desde
antiguo, dada su relevancia cualitativa y la importancia del número de
actuaciones que requieren la emisión de diversos actos administrativos,
la imprescindible colaboración de un Director General Adjunto;
Que aún así, ya a partir del año 2001 se tornó necesario la
delegación de las facultades de juez administrativo en punto al aludido
procedimiento determinativo de oficio e instrucción de sumarios,
conexos o independientes, en cabeza del Subdirector General de Técnica
Tributaria y Coordinación Jurídica, con las limitaciones en razón del
monto que emergen de las Resoluciones N° 897-DGR/01 (B.O. N° 1145) y
N° 4.621-DGR/01 (B.O. N° 1326);
Que en las actuales circunstancias la continuidad en el ejercicio
eficiente de las referidas funciones y, más aún, la decisión de
profundizar la acción fiscalizadora y consecuentemente, ampliar el
alcance cuantitativo de la actividad del Juez Administrativo, requieren
del concurso de los funcionarios que ya se desempeñaban en el uso de
los atributos de competencia del Director General;
Que por ello, en ejercicio de las facultades que resultan del art. 4°,
inc.16 y del art. 8° del Código Fiscal (T.O. 2007);
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1° - Delegar las funciones de Juez
Administrativo en la Dra. Contadora Pública Analía Cristina
Leguizamón (F.C. N° 317.154) y en el Dr. Vicente Caliendo (F.C. N°
208.132), respecto de éste último en los términos de las Resoluciones
N° 897-DGR/01 y N° 4.621-DGR/01.
Artículo 2° - Esta delegación de funciones no importa para los
agentes mencionados en el artículo precedente ninguna modificación
escalafonaria ni incremento de retribución.
Artículo 3° - La presente resolución rige a partir de la fecha de su
emisión.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su notificación y cumplimiento
pase a las distintas dependencias de esta Dirección General. Cumplido,
archívese. Walter
RESOLUCIÓN N° 4.186 - DGR
Se establece que el personal de la D.G.R. proseguirá desempeñando
funciones y tareas con los niveles jerárquicos preexistentes
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.
Visto el Decreto N° 2.075/07 (B.O. N° 2829),
y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° del mencionado decreto se ha derogado el
Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416) y toda otra norma que se oponga a
dicho Decreto N° 2.075/07;
Que el mencionado Decreto N° 350/06, establecía la estructura
Organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires hasta el nivel de Departamento;
Que es necesario asegurar la continuidad de las prestaciones que
cotidianamente lleva a cabo el organismo facilitando a los
contribuyentes y administrados en general la realización de sus
trámites;
Que razones de orden operativo aconsejan establecer que, hasta tanto se
definan los niveles inferiores a Dirección General, todo el personal
dependiente de esta Dirección General debe proseguir desempeñando sus
funciones y tareas sin solución de continuidad tal y como lo venía
haciendo hasta la fecha, confirmando la aplicación de los
procedimientos previstos y utilizados habitualmente;
Que debe tenerse en consideración que el proyecto de ley, por el cual
se convierte a la Administración Tributaria en una entidad autárquica
ya ha sido aprobada por el Cuerpo Legislativo de la Ciudad, restando
solamente su promulgación y publicación;
Que asimismo, a idéntico efecto, se dispone la persistencia de las
distintas responsabilidades funcionales manteniéndose el orden
jerárquico preexistente que se expresará, en todo tipo de actuaciones,
a través de la suscripción de las diversas providencias, constancias,
certificados y demás actos administrativos, aclarando el nombre y
apellido del firmante, el rango o nivel anteriormente ostentado y
consignando que se actúa en virtud de la presente;
Que por lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en
el inciso 16 del artículo 4° y el artículo 8° del Código Fiscal (T.O.
2007);
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1° - El personal dependiente de esta
Dirección General debe proseguir desempeñando sus funciones y tareas
habituales de conformidad con los procedimientos previstos y observando
los niveles jerárquicos preexistentes.
Artículo 2° - Mantener los niveles jerárquicos y las
responsabilidades funcionales consiguientes en cabeza de los agentes que
los desempeñaban hasta la fecha de la publicación del Decreto N°
2.075/07. Al suscribir sus actos cada uno de dichos agentes debe aclarar
su nombre y apellido, el rango o nivel jerárquico ostentado hasta dicha
fecha, consignando que obra en virtud de la presente.
Artículo 3° - La presente resolución rige a partir de la fecha de su
emisión.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su notificación y cumplimiento,
pase a las distintas dependencias de esta Dirección General. Cumplido,
archívese. Walter
Secretaría Legal y Técnica
RESOLUCIÓN N° 168 - SECLyT
Se designan responsables de fondos
Buenos Aires, 18 de diciembre de 2007.
Visto los Decretos Nros. 2.046/76 (AD 334), 524/96 (B.O.
N° 74), 2.073/07 (B.O. N° 2829), 2.075/07 (B.O. N° 2829), la
Resolución N° 1.001-MHGC/06, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto N° 2.073/07 se designa a quien suscribe como
Secretario de la Secretaría Legal y Técnica, del Área Jefe de
Gobierno;
Que, por Decreto N° 2.075/07 se aprueba la estructura orgánica
funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, resulta necesario designar a los responsables de fondos de los
organismos dependientes de la Secretaría Legal y Técnica;
Que, de acuerdo a lo establecido en los Decretos Nros. 2.046/76 y 524/96
es facultad del Secretario del Área autorizar dicha designación;
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desígnanse responsables de fondos de
Caja Chica Común, Caja Chica de Ceremonial y Movilidad de la
Secretaría Legal y Técnica al suscripto, Dr. Pablo Clusellas, DNI
13.211.552, a la Sra. Laura López, DNI 12.085.471 y al Sr. Marcelo
Traina, DNI 13.404.331.
Artículo 2° - Desígnanse responsables de fondos de Caja Chica Común,
Fondo Permanente y Movilidad de la Dirección General Técnica
Administrativa, a la Sra. Laura López, DNI 12.085.471 y al Sr. Marcelo
Traina, DNI 13.404.331.
Artículo 3° - Desígnanse responsables de fondos de Caja Chica Común,
Fondo Permanente y Movilidad de la Dirección General de Coordinación
Legal al Dr. Raúl F. Ábalos Gorostiaga, DNI 22.653.952 y al Sr.
Roberto Carlos González, DNI 21.139.670.
Artículo 4° - Desígnanse responsables de fondos de Caja Chica Común
de la Unidad de Auditoría Interna de la Secretaría Legal y Técnica a
la Cdra. Norma Vanden Daele, DNI 12.935.599 y a la Cdra. Silvia Esther
Boccetti, DNI 13.855.126.
Artículo 5° - Regístrese y comuníquese a la Dirección General de
Contaduría. Cumplido, archívese. Clusellas
RESOLUCIÓN N° 169 - SECLyT
Se designa a Jorge W. Alves como Jefe de Despacho del Jefe de Gobierno
Buenos Aires, 18 de diciembre de 2007.
Visto los términos de la Ley de Ministerios N°
2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N°
2829), y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del cambio de autoridades operado en el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se sancionó la Ley de Ministerios N°
2.506 y se dictó el Decreto N° 2.075/07, normativa a través de la
cual se modificó la estructura orgánica del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a los fines de agilizar el tratamiento de las actuaciones y
establecer un circuito administrativo eficaz y eficiente, resulta
conveniente designar un Jefe de Despacho para el Área Jefe de Gobierno,
ello en aras de imprimir celeridad a la gestión de las actuaciones
propias del Área;
Que en consonancia con sus funciones y responsabilidades, la Secretaría
Legal y Técnica desempeña la tarea de coordinar las acciones
administrativas de la Jefatura de Gobierno;
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario dictar el acto
administrativo correspondiente para designar a los funcionarios que
tendrán a cargo las tareas mencionadas;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desígnase al señor Jorge W. Alves,
DNI 5.650.321, como Jefe de Despacho del Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Área Jefe de Gobierno, a todos
los Ministerios del Poder Ejecutivo y, para su conocimiento y demás
efectos pase a la Dirección General Técnica y Administrativa de la
Secretaría Legal y Técnica, la que notificará los términos de la
presente a los funcionarios designados. Cumplido, archívese. Clusellas
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Aprueban o ratifican contratos de Régimen de
Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal,
designación de suplentes, designaciones interinas, designación de
reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio,
locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de
renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes
n RESOLUCIÓN
N° 896-CDNNyA del 7 de diciembre de 2007.
Se acepta la renuncia al
Departamento Programa contra toda forma de explotación (PETI) de la
Lic. Florencia Calcagno, DNI 18.831.128, con fecha 7 de diciembre del
corriente.
Se designa a la Lic. Florencia Calcagno para cumplir tareas en la Unidad
Técnica Medidas de Protección contra la Violencia. Naddeo
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
n RESOLUCIÓN
N° 457-PG del 17 de diciembre de 2007.
Se designa a Ignacio José Curti
(CUIL 20-28768633-2) como personal de la planta de gabinete de la
Procuración General Adjunta de Control de Legalidad de esta
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una
remuneración equivalente a tres mil unidades retributivas, a partir del
11 de diciembre del 2007. Tonelli
CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESOLUCIÓN N° 665 - CDNNyA
Se deja sin efecto la Resolución N° 24-CDNNyA/02
Buenos Aires, 18 de septiembre de 2007.
Visto las Resoluciones N° 24-CDNNyA/02, N° 379-CDNNyA/06
y N° 309-CDNNyA/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 24-CDNNyA/02 se creó el Subprograma de
Elaboración del Sistema de Procedimientos Administrativos para la
Defensa y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes,
en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que se establecieron como principales objetivos de dicho subprograma los
de:
- Construir un sistema de procedimientos eficaces, destinados a
optimizar las intervenciones de los organismos y efectores vinculados a
la protección y promoción de derechos de niños, niñas y
adolescentes;
- Definir los circuitos administrativos aplicables en las distintas
situaciones de vulneración de derechos, y
- Armonizar las normativas derivadas de la Ley de Protección Integral
de derechos de niños, niñas y adolescentes con los circuitos de
procedimientos administrativos utilizados en las distintas Áreas del
Gobierno de la Ciudad;
Que por Resolución N° 379-CDNNyA/06 se creó la Dirección de
Relaciones y Procedimientos Interinstitucionales, estableciendo entre
sus responsabilidades primarias la de asistir a la Presidencia de este
Consejo en el diseño, revisión y evaluación de los circuitos,
procedimientos, protocolos y normativas de los diversos organismos en lo
relativo a la aplicación de medidas administrativas de protección
integral y la de diseñar los manuales operativos de procedimientos
administrativos para dichas medidas;
Que la creación de la Dirección de Relaciones y Procedimientos
Interinstitucionales responde a los nuevos compromisos afrontados por
este Consejo a raíz de la sanción de la Ley Nacional N° 26.061 de
Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes;
Que por Resolución N° 309-CDNNyA/07 se aprobó el Manual de
Procedimientos y Circuitos de este Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes;
Que el citado manual en su Título VIII, Capítulo VII sobre
Procedimientos y Relaciones Interinstitucionales expresa:
"art.161.- La Dirección de Procedimientos y Relaciones
Interinstitucionales realiza y actualiza los procedimientos, circuitos
conjuntamente con las Direcciones del Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes y en consulta con otras áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires si correspondiere";
Que de lo expuesto resulta evidente la similitud de tareas desarrolladas
por el citado subprograma y la Dirección de Relaciones y Procedimientos
Interinstitucionales;
Que deviene necesario realizar un ordenamiento administrativo a fin de
evitar la superposición de actividades entre las distintas Áreas del
organismo;
Que resulta procedente dejar sin efecto la Resolución N° 24-CDNNyA/02
que crea el mencionado subprograma;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 y
el Decreto N° 1.760/00,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1° - Déjase sin efecto la Resolución N°
24-CDNNyA/02 que crea el Subprograma de Elaboración del Sistema de
Procedimientos Administrativos para la Defensa y Protección de Derechos
de Niños, Niñas y Adolescentes.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a la
Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, comuníquese a la
Dirección de Relaciones y Procedimientos Interinstitucionales y
cumplido, archívese. Naddeo
RESOLUCIÓN N° 800 - CDNNyA
Se ratifica el suplemento por tareas nocturnas para el personal del
Centro de Atención Transitoria y Línea 102
Buenos Aires, 26 de noviembre de 2007.
Visto la Ley N° 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y el Decreto N° 1.760/00 que establecen las atribuciones del
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el
Decreto N° 3.544/1 (B.M. N° 19.131), y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y 60 de
la Ley N° 114, cuenta con servicios para cumplir con las funciones que
le compete en relación con la promoción y protección de los derechos
de la infancia;
Que hay determinadas Áreas que por su especificidad deben cubrir las 24
horas, para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto N° 3.544/1 (B.M. N° 19.131), establece la asignación
de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley N° 114 establece en su artículo 55, como parte de las
atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones del
personal;
Que la Resolución N° 34-CDNNyA/02 fija el suplemento por tareas
nocturnas del personal de planta permanente (Decreto N° 3.544/1, B.M.
N° 19.131) que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria y
Línea 102;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1° - Ratifíquese el suplemento por tareas
nocturnas del personal de planta permanente que cumple tareas en el
Centro de Atención Transitoria y Línea 102, a partir del 1° de enero
de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 2° - Regístrese, remítase para su cumplimiento al Área
Administrativa/RR HH, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido,
archívese. Naddeo
RESOLUCIÓN N° 815 - CDNNyA
Se auspicia la "3° Jornada de Estudio y Reflexión sobre Violencia
Familiar"
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.
Visto las atribuciones conferidas a este Consejo por
la Ley N° 114 y el Decreto N° 1.760/00 en relación a las políticas
públicas destinadas a la infancia y la adolescencia, así como las
obligaciones establecidas por la legislación vigente en relación con
la promoción y efectivización de los derechos de niños, niñas y
adolescentes, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Protección
Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes recoge los
principios de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño
y constituye el marco conceptual de las políticas públicas para la
infancia y la adolescencia en la Ciudad;
Que la organización Shalom Bait, en colaboración con la Asociación
Mutual Israelita Argentina (AMIA), organiza su tercera jornada de
estudio y reflexión, abordando el tema: "Abuso Sexual, ayer niñas
y niños. Hoy mujeres y hombres", con el propósito de profundizar
en las consecuencias del abuso sexual en la infancia en edades adultas;
Que compartimos la preocupación por estas problemáticas, así como la
modalidad de trabajo y la calidad de los disertantes convocados para
este fin;
Que es de fundamental importancia trabajar con la comunidad en el
conocimiento de estos temas;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1° - Auspiciase la 3° Jornada de Estudio
y Reflexión sobre Violencia Familiar organizada por la Asociación
Mutual Israelita Argentina (AMIA), en asociación con Shalom Bait
"Abuso Sexual, ayer niñas y niños. Hoy mujeres y hombres"
que se llevará a cabo el 29 de noviembre del corriente, en el auditorio
de la entidad, Pasteur 633, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, y cumplido, archívese. Naddeo
RESOLUCIÓN N° 816 - CDNNyA
Se modifica la denominación "Unidad Técnica de Prevención del
Tráfico de Niños/as" por "Unidad Técnica de Resguardo del
Derecho a la Identidad"
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.
Visto las funciones asignadas por la Ley N° 114 al
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Decreto N°
1.760/00, la Resolución N° 422-CDNNyA/07 y otras normativas vigentes,
y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo se dio un marco orgánico institucional a través de
diversas resoluciones, creando las áreas indispensables para su
funcionamiento;
Que la Resolución N° 422-CDNNyA/06 genera el marco organizacional y
las responsabilidades primarias básicas del organismo, sin perjuicio de
las modificaciones parciales que sean necesarias;
Que en dicha resolución se estableció el funcionamiento de un equipo
en el área de adopción del Consejo, denominado Unidad Técnica de
Prevención del Tráfico de Niños/as;
Que en el transcurso de su trabajo, los temas vinculados con el derecho
a la identidad y a la salud fueron adquiriendo mayor peso, siendo la
prevención del tráfico uno de los objetivos a alcanzar mediante el
refuerzo de dichas acciones;
Que esto amerita un cambio en su denominación, y alguna precisión en
la descripción de las responsabilidades primarias;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1° - Modifícase la denominación Unidad
Técnica de Prevención del Tráfico de Niños/as, que se reemplaza
por Unidad Técnica de Resguardo del Derecho a la Identidad.
Artículo 2° - Aprobar las responsabilidades primarias del que se
adjuntan como Anexo I.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial,
comuníquese a la Dirección Administrativa para su cumplimiento, y
cumplido, archívese. Naddeo
ANEXO
I
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES
ACTA N° 2.313 - IVC
Se deja sin efecto la Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de
Viviendas - Barrio Villa Lugano
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2007.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes
de diciembre del año dos mil siete, siendo las 9 hs., se reúne el
Directorio del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, con la presencia de su Presidente, el Arq. Claudio Freidin, y sus
Directores, Sra. Silvia María Eva Gottero, Dr. Cristian Fernández y el
Sr. Victor José Colombano, y el Gerente General, Lic. Andrés Filón,
quienes firman al pie de la presente.
Se considera el orden del día y con sujeción al mismo su punto único
que dice, Tema: "Dejar sin efecto el proceso licitatorio de la
Licitación Pública N° 35/05 - Programa Federal de Viviendas -
Barrio Villa Lugano - Distrito U7 - Obra 1- Mz. 116B - Parcelas 2 y 3
(176 viviendas); Obra 2- Mz. 116 B- Parcelas 4 y 5 (144 viviendas); Obra
3- Mz. 116B- Parcelas 6 y 7 (144) viviendas; Obra 4- Mz. 116B- Parcelas
8 y 9 (144 viviendas); Obra 5- Mz. 110 (192 viviendas); Obra 6- Mz. 112
(144 viviendas); Obra 7- Mz. 113 (144 viviendas); Obra 8- Mz. 114
Fracción A (128 viviendas); Obra 9- Mz. 115- Fracción A y B (264
viviendas).
Luego de un breve debate, sometido a votación el proyecto respectivo,
se aprueba por unanimidad.
CONSIDERANDO:
Que por Acta de Directorio N° 1.855-D/05 de fecha 19/5/05, se autorizó
el llamado a Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de
Viviendas- Barrio Villa Lugano Distrito U7 Obra 1 Mz. 116B
Parcelas 2 y 3 (176 viviendas); Obra 2 Mz. 116 B Parcelas 4 y 5 (144
viviendas); Obra 3 Mz. 116B- Parcelas 6 y 7 (144) viviendas; Obra 4 Mz.
116B Parcelas 8 y 9 (144 viviendas); Obra 5 Mz. 110 (192 viviendas);
Obra 6 Mz. 112 (144 viviendas); Obra 7 Mz. 113 (144 viviendas); Obra 8
Mz. 114 Fracción A (128 viviendas); Obra 9 Mz. 115-Fracción A y B (264
viviendas), aprobándose asimismo, la documentación licitaria que
regiría el llamado;
Que asimismo se ratificó lo actuado por la Gerencia de Finanzas y
Administración en cuanto a la fijación de fecha de apertura del
llamado y realización de las publicaciones en el Boletín Oficial y
Órganos privados de publicidad, y se autorizó la emisión de la
Circular sin Consulta N° 1;
Que mediante las Resoluciones Nros. 589-PD/05 y 590-PD/05 y 631-PD/05,
se autorizó la emisión de las Circulares con Consulta N° 3 y sin
Consulta N° 2 y N° 4 respectivamente;
Que, ante el requerimiento efectuado por varias firmas adquirentes de la
documentación licitaria, se procedió a la prórroga de la fecha de
recepción y apertura de las ofertas, mediante Disposición N° 46-GFyA/05,
fijándose como nueva fecha el día 7 de junio de 2005;
Que, en la fecha prevista se procedió a la recepción y apertura de
ofertas conforme surge del Acta de Apertura respectiva se recepcionaron
las ofertas de las siguientes empresas: Oferta N° 1: Conorvial S.A.;
Oferta N° 2: Constructora Perfomar S.A.; Oferta N° 3: Green S.A.;
Oferta N° 4: Raffo y Mazieres S.A.; Oferta N° 5: Bricons S.A.; Oferta
N° 6: Teximco S.A.; Oferta N° 7: Vidogar Contrucciones S.A.; Oferta
N° 8: SES S.A.; Oferta N° 9: Cooperativa de Vivienda, Crédito,
Construcción Emetele;
Que, atento lo dispuesto por Resolución N° 29-PD/05 se constituyó la
Comisión de Preadjudicaciones con fecha 28/9/05, evaluando las
propuestas efectuadas por las empresas oferentes precedentemente
indicadas;
Que del mencionado estudio de ofertas surge la formulación de
observaciones formales y sustanciales respecto de las ofertas
presentadas, habiéndose requerido mediante cédulas de notificación de
fs. 1.000/1.008, la subsanación de aquellas que fueran meramente
formales;
Que por Acta de Preadjudicación N° 58/05 de fecha 28/9/05, la
Comisión de Preadjudicaciones aconseja desestimar las Ofertas N° 4 de
la empresa Raffo y Mazieres S.A., N° 9 de la Cooperativa Emetele y N°
2 de la empresa Constructora Perfomar S.A. (respecto de las Obras 4, 7 y
9), por no ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaria.
Asimismo aconseja preadjudicar de la siguiente manera: la Obra N° 1 y
Obra N° 2 a la alternativa conjunta de la Oferta N° 3 de la empresa
Green S.A. Obra N° 3, Obra N° 5 y N° 6 a la Oferta N° 2 Constructora
Perfomar S.A. Obra N° 4 y Obra N° 9 a la Oferta N° 2 de la empresa
Conorvial S.A Obra N° 7 a la Oferta N° 7 de la empresa Vidogar
Construcciones y Obra N° 8 a la Oferta N° 8 de la empresa SES S.A.;
Que se han cumplido los plazos de publicación y los establecidos para
formular impugnaciones, conforme lo previsto por el art. 1.4.2 del
pliego de condiciones generales, registrándose la presentación de dos
oposiciones, la primera realizada por la firma Raffo y Mazieres S.A y la
segunda realizada por la firma Bricons S.A.;
Que respecto de las presentaciones realizadas se destacó que las mismas
fueron realizadas en término pero omitiéndose dar cumplimiento al
requisito de previo pago según lo prescripto en el art. 1.4.2. del
pliego de condiciones generales;
Que el rigor de la cláusula mencionada fue expresamente aceptado por el
oferente al momento de presentar su oferta bajo los términos del pliego
y no haber realizado impugnación alguna a su respecto, de conformidad
con lo dispuesto en el art. 1.3.1.1. del PCG;
Que sin perjuicio de lo expuesto y en virtud del principio de
colaboración con la Administración, la Comisión de Preadjudicaciones
procedió al estudio de las mismas, tratándolas como observaciones a
las conclusiones arribadas por ella en el acta de preadjudicación
referida;
Que luego de un meticuloso análisis de las observaciones presentadas,
la comisión concluyó en su informe de fs. 1.046/47 que: "...las
observaciones presentadas por las firmas Raffo y Mazieres S.A. y Bricons
S.A.I.C.F.I. no conmueven lo aconsejado mediante Acta de
Preadjudicación N° 58/05, ratificándola en todos sus
términos...";
Que a fs. 1.063/1.066 la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, toma la intervención de su competencia respecto del proyecto de
acto administrativo de adjudicación;
Que por Resolución del Juzgado N° 5 en lo Contencioso Administrativo y
Tributario de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 31 de octubre de 2005 a
cargo de la Jueza Patricia López Vergara, en los actos caratulados
" Juárez Sara Etel y Otros contra G.C.B.A. sobre Amparo (art. 14
C.C.A.B.A.), se dispuso hacer lugar parcialmente a la medida cautelar
interpuesta, ordenando a los codemandados G.C.B.A., IVC y Corporación
del Sur S.E., la suspensión de los procedimientos, actos y trámites
administrativos correspondientes a las Licitaciones Nros. 34/05 IVC,
67/04 IVC y 35/05 IVC, como todo otro proceso licitatorio u obra de
construcción de viviendas, que se lleve a cabo en el Distrito U7, hasta
tanto exista en autos sentencia definitiva firme;
Que a fs. 1.087 obra agregada la Nota N° 4.390-DGAJUD/07, mediante la
cual la Dirección de Juicios Especiales de la Procuración General del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pone en conocimiento del organismo
que.... "en los autos caratulados: "Juárez, Sara Etel y Otros
c/ G.C.B.A. s/amparo (art. 14 C.C.A.B.A.)" Expediente N° 16.693/0,
en trámite ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N°
9, Secretaría N° 17... se decretó caducidad de instancia, en la cual
la actora no presentó ningún recurso, quedando firme";
Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico a fs. 1.092/1.093
expone una serie de consideraciones a tener en cuenta respecto del
mérito y conveniencia de continuar con el trámite de adjudicación de
la Licitación Pública N° 35/05, máxime teniendo en cuenta que el
acto de apertura del acto licitatorio data de junio de 2005;
Que la Gerencia Técnica se expide a fs. 1.094/1.095 donde propone la
relocalización de dos de la obras que tramitaron por este proceso
licitario;
Que asimismo informa que los predios donde se pretende construir no
pertenecen a este IVC por lo que se debería negociar la compra de los
mismos;
Que de la misma manera informa que se debería realizar estudio de
suelos, solicitar las factibilidades de servicios y realizar estudio de
impacto ambiental;
Que en virtud de lo establecido en el art. 1.4.5 del PCG, y por razones
de oportunidad, mérito y conveniencia corresponde dejar sin efecto el
proceso licitario, correspondiente a la Licitación Pública N° 35/05;
Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico ha tomado la
intervención de su competencia, apreciando nuevamente las
consideraciones supra expuestas y opinando que no tiene observaciones
jurídicas que formular;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Organismo de
la Constitución, ha tomado intervención de ley;
SE RESUELVE:
1°) Déjase sin efecto el proceso licitatorio
correspondiente a la Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de
Viviendas- Barrio Villa Lugano Distrito U7 Obra 1 Mz. 116B Parcelas 2 y
3 (176 viviendas); Obra 2 Mz. 116 B-Parcelas 4 y 5 (144 viviendas); Obra
3 Mz. 116B Parcelas 6 y 7 (144) viviendas; Obra 4 Mz. 116B Parcelas 8 y
9 (144 viviendas); Obra 5 Mz. 110 (192 viviendas); Obra 6 Mz. 112 (144
viviendas); Obra 7 Mz. 113 (144 viviendas); Obra 8 Mz. 114 Fracción A
(128 viviendas); Obra 9 Mz. 115 Fracción A y B (264 viviendas).
2°) Publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y demás medios donde se haya publicado el llamado originario.
Con lo que se dio por terminada la reunión siendo las 10 hs.
Por aprobada para su registración, cumplimiento y publicación, los
componentes del Directorio firman la presente acta. Freidin - Gottero
- Fernández - Colombano - Filón
COMUNICADOS Y AVISOS
DISPOSICIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO
DISPOSICIÓN N° 8.444 - DGHyP
Se deroga la Disposición N° 1.665-DGHyP/03 y se aprueba el Código
Informático de Habilitaciones y Permisos
Buenos Aires, 20 de noviembre de 2007.
Visto la Ordenanza N° 44.947-CJD/91 (B.M. N°
19.045); los Decretos N° 919/02 (B.O.C.B.A. N° 1504) y N° 350/06 (B.O.C.B.A.
N° 2416), la Ley N° 449 (B.O.C.B.A. N° 1044) y su modificatoria Ley
N° 2.216 (B.O.C.B.A. N° 2614), la Resolución N° 254-MMAGC/07 (B.O.C.B.A.
N° 2650), la Disposición N° 1.665-DGHyP/03, los Memorándums N°
1.091-DGHyP/07, N° 1.092-DGHyP/07 y N° 1.093-DGHyP/07, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 44.947-CJD/91, en su artículo 2.1.2., inciso a)
establece que, en la solicitud de habilitación se deberá indicar la
clase de actividad que se va a desarrollar de acuerdo con el nomenclador
de actividades sujetas a habilitación, cuya confección y
actualización permanentes estará a cargo del organismo competente en
la materia;
Que el artículo 2° del Decreto N° 919/02 creó la Dirección General
de Habilitaciones y Permisos, según se consigna en el Anexo I, que
forma parte integrante del mismo (estructura, responsabilidades
primarias y acciones), a fin de privilegiar la eficiencia en la
prestación del servicio en el esquema de la política de modernización
del Estado, redefiniendo los objetivos para imprimir mayor capacidad y
agilidad de respuesta a las demandas sociales;
Que la actual estructura organizativa de la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos, es la establecida por Decreto N° 350/06, y
entre las responsabilidades primarias se encuentra la de entender en el
otorgamiento de habilitaciones y permisos conforme a la normativa
vigente en la materia, en los establecimientos comerciales,
industriales, de servicio, de espectáculos y entretenimientos
públicos, actividades comerciales, ocupación de la vía pública y lo
atinente a la publicidad, atendiendo en lo que respecta a la seguridad,
salubridad y moralidad;
Que la Ley N° 449, aprobatoria del Código de Planeamiento Urbano,
modificada por la Ley N° 2.216 y reglamentada esta última por
Resolución N° 254-MMAGC/07, establecen el emplazamiento de las
distintas actividades sujetas a habilitación en el ejido de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Disposición N° 1.665-DGHyP/03, esta Dirección General
estableció la actualización del Sistema Informático de las
actividades sujetas a habilitación, sin desmedro de la plena vigencia
del cuadro de usos de la Ley N° 449;
Que por Memorándums N° 1.091-DGHyP/07, N° 1.092-DGHyP/07, y N°
1.093-DGHyP/07, esta Dirección General ha remitido al Departamento
Certificaciones, Departamento Habilitaciones con Inspección Previa y
Departamento Trámite, respectivamente, el proyecto de modificación del
Nomenclador de Actividades a fin de ser revisado y corregido por cada
una de las Áreas mencionadas;
Que consecuentemente se hace necesario que esta Dirección General
efectúe las nuevas modificaciones del código informático de
actividades propuesto por la Disposición N° 1.665-DGHyP/03;
Que asimismo el nuevo Código Informático de Habilitaciones y Permisos
fue discurrido en pos de su fácil comprensión y utilización, para la
cual se dividió el mismo por actividades y se incorporó el detalle de
las referencias;
Que resulta necesario incorporar en el Sistema Informático que codifica
las actividades de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos,
los números de proceso asignado a cada uso, siendo esta una herramienta
administrativa que permita la confección automática de la
documentación de habilitaciones en el sistema programado para tal fin;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Decreto N°
1.627/06,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
DISPONE:
Artículo 1° - Deróguese la Disposición N° 1.665-DGHyP/03.
Artículo 2° - Apruébase el Código Informático de Habilitaciones y
Permisos, conforme surge del Anexo I que forma parte integrante de la
presente.
Artículo 3° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento comuníquese a
todas las Áreas que conforman esta Dirección General, a la
Subsecretaría de Control Comunal y al Ministerio de Gobierno. Cumplido,
archívese. Nardi
ANEXO I
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CA 514
Inicia: 18-12-2007 Vence: 21-12-2007
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Nómina de certificados fiscales otorgados y denegados para licitar
y/o contratar con el G.C.A.B.A.
Conforme lo determinado por Resolución N° 2.647-SHyF/02,
se informa la nómina de los contribuyentes a los que les ha sido
otorgado o denegado el certificado fiscal para licitar y/o contratar con
el G.C.A.B.A.
Certificados Fiscales Otorgados - desde 21/10/2007 al
20/11/2007
Imagen 1
2
3
Certificados
Fiscales Denegados - desde 21/10/2007 al 20/11/2007
Analía C. Leguizamón
Directora General Adjunta
Irene A. Oyola
a/c Área Certificado Fiscal
CA 517
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA
DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Presentación certificados de escolaridad
finalización ciclo lectivo año 2007 (art. 48 de la Ley N° 1.208 -B.O.
N° 1973)
Sras./Sres. responsables de personal, delegados contables de los
Distritos Escolares, responsables administrativos de establecimientos
educativos transferidos. Se les informa algunas aclaraciones respecto a
los agentes con derecho a percibir la asignación por escolaridad:
1 - La asignación por escolaridad corresponde a los siguientes niveles
educativos:
l Preescolar (4 y 5 años de
edad).
l Escolaridad primaria.
l Enseñanza General Básica.
l Escolaridad media o superior y
polimodal.
l Servicio de rehabilitación
exclusivamente para discapacitados.
2 - Los agentes deben acreditar la asistencia regular a los cursos,
dentro de los sesenta (60) días de finalizado el presente período
lectivo, mediante la presentación del certificado de escolaridad
extendido por el establecimiento educacional al que asiste el alumno/a,
el que deberá ser recepcionado por el Área de Personal y controlado
con el padrón de agentes con percepción de asignaciones familiares de
noviembre de 2007, constatando si se corresponde con la escolaridad
registrada. Dicho certificado deber ser archivado en la repartición
donde presta servicios el agente.
El mencionado padrón de cada repartición, distrito escolar o
establecimiento educativo, se encuentra a disposición de las Áreas de
Personal, debiendo ser retirado a la mayor brevedad posible del
Departamento Asignaciones Familiares (Carlos Pellegrini 211, 4° piso,
lunes a viernes de 10 a 15 hs.).
3 - El Área de Personal comunicará las correcciones que surjan del
control, como así también las bajas de escolaridad por interrupción o
abandono de estudios.
4 - Para informar dichas novedades deberán utilizarse los formularios
impresos o podrán bajarse de intranet del portal de Recursos Humanos.
l Formulario C-0466
"Modificación por Escolaridad" (no docentes): para el
personal no docente de planta permanente, autoridades superiores, planta
de gabinete, personal contratado en relación de dependencia (Decreto
N° 948/05, B.O. N° 2238), este último en planilla aparte, ordenados
por número de ficha municipal e incluyendo el N° de CUIL en el lugar
asignado para el N° de documento (Ej.: 27-11111111-1).
l Formulario C-0467
"Modificación por Escolaridad" (docentes): para el personal
docente, en el que se debe incluir al personal no docente que figuran y
perciben haberes por la planilla de haberes de transferidos, consignando
el N° de CUIL y ordenado por número de documento.
Se solicita se dé la mayor difusión entre el personal de cada Área
que Ud./Uds. administran, dado que el tema adquiere gran importancia por
su afectación en las liquidaciones de haberes de una cantidad
considerable de agentes.
Si es necesario realizar consultas, no dude en comunicarse con el
responsable del Departamento de Asignaciones Familiares de la Dirección
de Liquidación de Haberes de la DGRH, Sra. Sofía Fabián, a través de
su correo electrónico, cuya dirección es: sfabian@buenosaires.gov.ar,
o al teléfono 4323-8000, int. 4693 para docentes o int. 4666 para no
docentes.
María E. Heinken
Directora General
CA 529
Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008
DISPOSICIÓN N° A 457 - DGC
Se establece que deberán ser ratificadas la suscripción de las
facturas y los respectivos certificados de prestación de servicio y/o
locación de obra, conforme el procedimiento establecido en la
Disposición N° A 166/02
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70 y
su Decreto Reglamentario N° 1.000/99,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:
Artículo 1° - Las Direcciones Generales Técnicas,
Administrativas y Legales o Unidades de Organización que cumplan
similar función en cada Secretaría o Jurisdicción deberán ratificar
a los funcionarios dependientes a los que les hubiere delegado la
suscripción de las facturas y los respectivos certificados de
prestación de servicio y/o locación de obra, conforme el procedimiento
establecido en la Disposición N° A 166/02.
Artículo 2° - A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 1°,
los referidos funcionarios deberán informar a esta Dirección General
la nómina de los responsables de dicho cumplimiento.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y remítase copia certificada de la presente a
todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Organismos
Descentralizados y Entidades Autárquicas del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Dirección de Liquidaciones, de Contabilidad,
Técnica Legal y de Control y Departamento Locaciones de Servicio y Obra
dependientes de esta Dirección General. Cumplido, archívese en la
Dirección Técnica, Legal y de Control de la Dirección General de
Contaduría. Mezzamico
CA 525
Inicia: 21-7-2007 Vence: 26-12-2007
DISPOSICIÓN N° C 456 - DGC
"Gastronomía Molisana S.A. Emepa S.A. UTE": se desestima
recurso de reconsideración contra la Disposición N° C 157-DGC/06
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2007.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso de
reconsideración interpuesto por la firma "Gastronomía Molisana
S.A. Emepa S.A. UTE" CUIT 30-64600501-5, 30-61066872-7 contra los
términos de la Disposición N° C 157-DGC/06, confirmándose la misma
en todos sus términos, ello de conformidad con lo dictaminado por la
Procuración General.
Artículo 2° - Regístrese, para su publicación en el Boletín Oficial
de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma interesada,
copias al Registro Único y Permanente de Proveedores y Ministerio de
Educación, pase al Departamento Sanciones y Proveedores. Mezzamico
CA 526
Inicia: 21-7-2007 Vence: 26-12-2007
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
COORDINACIÓN DE JUNTAS DE CLASIFICACIÓN DOCENTE Y DISCIPLINA
Docentes
Concursos de Ingreso
El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires dando cumplimiento a lo normado en la
Ordenanza N° 40.593 y su reglamentación comunica a los docentes del
Área de Educación Curricular de Materias Especiales, de Educación
Especial, de Educación Inicial, de Educación del Adulto y Adolescente
y de Educación Primaria, el cronograma de concursos de ingreso a la
docencia:
Área Curricular de Materias Especiales.
Lugar a realizarse: Escuela 26, D.E. 1, Salguero 2455.
Educación Artesanal y Técnica.
Escalafón A.
Fecha: viernes 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Educación Física.
Escalafón B.
Desde puntaje 79,4410 hasta puntaje 44,0000.
Fecha: lunes 17/12/07.
Hora: 9 hs.
Desde el puntaje 43,3000 hasta puntaje 32,8500.
Fecha: martes 18/12/07.
Hora: 9 hs.
Desde el puntaje 32,5400 hasta finalizar puntaje.
Fecha: 19/12/07.
Hora: 9 hs.
Se procederá de acuerdo al art. 17, Apartado VII de la Reglamentación
del Estatuto del Docente - Ordenanza N° 40.593.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Educación Musical.
Escuela de Música y Escuelas de Intensificación en Artes-Danzas.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9 hs.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Educación Plástica.
Escalafón B y Escuelas de Intensificación en Artes - Teatro.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9 hs.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Idioma Extranjero.
Escalafón B y Escuelas Plurilingües.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9 hs.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Área Educación Especial.
Lugar a realizarse: Escuela de Recuperación N° 12, Gavilán
1464.
Hora: 13 hs.
No escalafonados.
Escalafón B: maestro psicopedagogo, asistente social.
Escalafón C: maestro psicólogo, asistente social, gabinetista
psicotécnico, reeducadora vocal, preceptor, ayudante de clases
prácticas de lengua de señas, maestro de actividades prácticas.
Hora: 14.30 hs.
Escalafonados.
Escalafón A: maestros de grado hospitalaria, domiciliaria, maestro de
sección hospitalaria domiciliaria.
Hora: 15.30 hs.
Escalafonados.
Escalafón C: maestro de grupo escolar, maestro de grupo severos
trastornos mentales, maestro de grado visuales, maestro de grado
auditivos, maestro reeducador acústico.
Hora: 17 hs.
Escalafonados.
Escalafón B: maestro de grado de recuperación.
Área Educación Inicial.
Lugar a realizarse: JIC N° 4, D.E. 6, Castro Barros 965.
Maestras de sección.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9.30 hs. en adelante.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9.30 a 12 hs.
Maestras celadoras.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 13 hs. en adelante.
Área Educación del Adulto y del Adolescente.
Lugar a realizarse: Escuela N° 8, D.E. 1, Talcahuano 680.
Maestro de ciclo.
Fecha: 19/12/07.
Hora: 9.30 hs.
Maestros Especiales de: accesorios de la moda, corte y confección,
inglés, electricidad, francés, computación, contabilidad, cocina,
peluquería, carpintería, cerámica, cosmetología y dibujo.
Fecha: 19/12/07.
Hora: 13.30 hs.
Área Educación Primaria.
Lugar a realizarse: Instituto Félix Bernasconi (Cátulo
Castillo 2750).
Maestro/a de grado.
Fecha: 26/12/07.
Hora: 10 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, desde el N° de orden 1
(puntaje 35,000), hasta el N° de orden 458 (puntaje 26,7500).
Hora: 15 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, ausentes a la 1ª
convocatoria y desde el N° de orden 459 (puntaje 26,7460) hasta el N°
de orden 602 (puntaje 25,7500).
Fecha: 27/12/07.
Hora: 10 hs.
Docentes con requisitos, desde el N° de Orden 603 (puntaje 25,7460)
hasta agotar las vacantes.
Maestro/a bibliotecario/a.
Fecha: 26/12/07.
Hora: 8.30 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, desde el N° de orden 1
(puntaje 33,9000) hasta el N° de orden 45 (puntaje 26,0500).
Fecha: 27/12/07.
Hora: 8.30 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, ausentes a la 1ª
convocatoria y desde el N° de orden 46 (puntaje 26,0340) hasta agotar
las vacantes.
Mariano Narodowski
Ministro de Educación
Oscar E. Moñino
Coordinador
CA 521
Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Búsqueda de expediente
Se solicita a los señores jefes y/o responsables de
las Mesas de Entradas, Salidas y Archivo, de los distintos organismos y
jurisdicciones que componen el Órgano Ejecutivo, se sirvan informar a
este Ministerio de Desarrollo Urbano, si en las mismas se encuentra o ha
registrado trámite de los Expedientes Nros. 8.624/99 y 11.580/00
agregados.
Cristian A. Fernández
Director General
CA 524
Inicia: 20-12-2007 Vence: 26-12-2007
MINISTERIO DE CULTURA
INSTITUTO PROTEATRO
Convocatoria 2008
El Instituto para la Protección y Fomento de la
Actividad Teatral no Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO)
llama a nueva convocatoria a fin de solicitar contribuciones financieras
para el año 2008; y se extenderá:
- Salas teatrales registradas en Proteatro, desde el 17 de diciembre de
2007 al 30 de mayo de 2008.
- Grupos estables y eventuales, desde el 17 de diciembre de 2007 al 1°
de octubre de 2008.
Los formularios e instructivo estarán disponibles por internet en
www.buenosaires.gov.ar/cultura/proteatro, se podrán presentar las
solicitudes a partir del 17 del corriente. Para mayor información, el
horario de atención al público es de lunes a viernes de 11 a 17 hs.,
en Av. de Mayo 575, 4° piso, oficina 400. Tel.: 4323-9685.
Fernando Salvati
Director Administrativo
CA 523
Inicia: 20-12-2007 Vence: 28-12-2007
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Solicitud de personal
Se solicita personal que reviste en planta permanente
y/o planta de empleo público (Decreto N° 948/05); del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, para incorporarse a esta Secretaría de
Comunicación Social (privada), para cumplir funciones de chofer de
lunes a viernes.
Comunicarse de lunes a viernes de 9 a 16 hs. telefónicamente a los
siguientes números: 4323-9499 y 4323-9496 - (Av. de Mayo 525, 1° piso,
oficina 141).
Requisitos:
- Autorización del Director del Área.
- Registro de conducir profesional.
- Disponibilidad de horario.
Gregorio Centurión
Secretario
CA 520
Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007
SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD
Solicitud de personal
Se solicita personal para desempeñarse en la
Sindicatura General de la Ciudad, de acuerdo al siguiente detalle:
Tareas a desempeñar: referentes a temas específicos de Auditoría.
Perfil de los agentes:
- Abogados/as.
- Contadores/as.
- Médicos/as sanitaristas.
- Profesionales de la educación.
- Nutricionistas.
- Ingenieros/as.
- Arquitectos/as.
Requisitos:
- Personal de planta permanente del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires.
- Personal contratado en los términos del Decreto N° 948/05.
- En ambos casos, contar con la autorización del Director del Área en
que prestan servicios.
- Currículum Vitae.
Horario a desempeñar: a convenir.
Informes: Carlos Pellegrini 291, 7° piso, Subgerencia de Recursos
Humanos, dependiente de la Gerencia Técnica, Administrativa y de
Sistemas de la Sindicatura General de la Ciudad, de lunes a viernes en
el horario de 10 a 18 hs., tel.: 4323-8000, int. 4981.
Ignacio M. Rial
Síndico General de la Ciudad
CA 528
Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008
CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Defensorías Zonales
Se informa que el día 27 de diciembre de 2007
permanecerán cerradas de 9 a 14 hs. la totalidad de las Defensorías
Zonales del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por realizarse la "I Jornada
de Articulación Inter Equipos del Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes y de la Dirección General de Niñez y
Adolescencia".
Consultas: Av. Roque Sáenz Peña 547, 6° piso, tels.: 4331-3232/3297,
línea de atención telefónica gratuita 102.
Lic. Jessica Malegarie
Vicepresidenta
CA 531
Inicia: 21-12-2007 Vence: 26-12-2007
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Preadjudicación - Carpeta N° 306.469-DGC/07
Licitación Pública N° 1.326/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.622/07.
Repartición destinataria: Dirección General de Contaduría.
Rubro: alquiler de dispenser de agua.
Firma preadjudicada:
Serviur S.A.
Renglón: 1 - cantidad: 12 meses - precio mensual: $ 858 - precio total:
$ 10.296.
Renglón: 2 - cantidad: sin unidad - precio mensual: sin cargo - precio
total: sin cargo.
Total: $ 10.296.
La adjudicación aconsejada para la presente contratación lo ha sido
por oferta más conveniente conforme los términos del art. 108 de la
Ley N° 2.095.
Jorge C. Polini
Director General
OL 3095
Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Preadjudicación - Expediente
N° 63.373/07
Licitación Pública N° 1.363/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.651/07.
Repartición destinataria: Subsecretaría de Deportes.
Rubro: adquisición de medicamentos e insumos médicos.
Fundamentación:
Farmacia Santa Catalina S.R.L. (Oferta N° 4), Renglones 1/18, 20,
23/24, 26/27, 29, 32, 33 y 35/37 en la suma de pesos cuarenta y ocho mil
quinientos sesenta y ocho con setenta centavos ($ 48.568,70).
Bymed S.R.L. (Oferta N° 2), Renglones 21 y 22 en la suma de pesos mil
doscientos ochenta y cuatro con cuarenta y ocho centavos ($ 1.284,48).
Química Córdoba S.A. (Oferta N° 1), Renglones 19, 28 y 34 en la suma
de pesos tres mil seiscientos setenta y cinco con cincuenta y ocho
(3.675,58).
Fedimed S.A. (Oferta N° 3), Renglones 30 y 31 en la suma de pesos mil
ciento ochenta y cuatro ($1.184).
La erogación total para la presente contratación asciende a la suma de
pesos cincuenta y cuatro mil setecientos doce con setenta y seis ($
54.712,76).
No se considera:
Fedimed S.A. (Oferta N° 3), Renglones 32 alt. 1, 32 alt. 2, 33 básica
y 33 alt. 2 por no ajustarse a lo solicitado en el pliego de bases y
condiciones.
Se deja sin efecto:
Renglón: 25, por no ajustarse a lo solicitado en el pliego de bases y
condiciones.
Jorge C. Polini
Director General
OL 3107
Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. PENNA"
Adquisición de determinaciones en sangre - Carpeta N° 91.489-MSGC/07
Licitación Pública N° 1.398/07.
Apertura: 28/12/07.
Hora: 9 hs.
Valor de pliego: $ 55.
Rubro: adquisición de determinaciones en sangre.
Los pliegos respectivos podrán ser retirados en la División Compras y
Contrataciones del hospital, sito en Pedro Chutro 3380, 3° piso,
Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs.
Carlos Grasso Fontan
Director (I)
Stella M. Dalpiaz
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 3085
Inicia: 20-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Preadjudicación - Carpeta N°
91.224-MSGC/07
Licitación Pública N° 1.279/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.623/07.
Rubro: adquisición de reactivos para hepatitis y toxoplasmosis.
Firma preadjudicada:
WM Argentina S.A.
Renglón: 1 - cantidad: 45 equipos 100 det. - precio unitario: $ 300 -
importe total: $ 13.500 - encuadre legal: oferta conveniente según
artículo 108, Ley N° 2.095.
Renglón: 3 - cantidad: 4.500 det. - precio unitario: $ 4,73 - importe
total: $ 21.285 - encuadre legal: oferta conveniente según artículo
108, Ley N° 2.095.
Renglón: 4 - cantidad: 6.000 det. - precio unitario: $ 6,98 - importe
total: $ 41.880 - encuadre legal: oferta conveniente según artículo
108, Ley N° 2.095.
Renglón: 5 - cantidad: 4.500 det. - precio unitario: $ 9,76 - importe
total: $ 43.920 - encuadre legal: oferta conveniente según artículo
108, Ley N° 2.095.
Total: $ 120.585.
Lugar de exhibición: Hospital "Dr. J. M. Penna", sito en
Pedro Chutro 3380, 3° piso.
Ante cualquier consulta llamar a los teléfonos 4911-3030/7108/7300,
ints. 235 ó 204.
Horario de atención de 8 a 12 hs.
Carlos Grasso Fontan
Director (I)
Stella M. Dalpiaz
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 3088
Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007
HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "SANTA LUCÍA"
Adquisición de antibióticos - Carpeta N° 91.383-SIGAF/07
Llámase a Licitación Pública N° 1.362-SIGAF/07, a
realizarse el día 9 de enero de 2008, a las 12 horas, para la
adquisición de antibióticos.
Valor del pliego: $ 47 (pesos cuarenta y siete).
Timbrado de pliegos: los pliegos podrán retirarse en el Hospital
Oftalmológico "Santa Lucía", sito en Av. San Juan 2021, 2°
piso, División Compras, lunes a viernes de 9 a 13 hs. Previo pago del
timbrado correspondiente en el CGPC 4, sito en Sarandí 1273 o en
cualquier CGPC con máquina timbradora.
Consultas y lugar de apertura: Hospital Oftalmológico "Santa
Lucía", Av. San Juan 2021, 2° piso, lunes a viernes de 9 a 14 hs.
Graciela M. Reybaud
Directora (I)
María C. Rosales
Subdirectora Administrativa (T)
OL 3091
Inicia: 20-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Adquisición de psicotrópicos,
analgésicos y anestésicos - Carpeta N° 91.382-SIGAF/07
Llámase a Licitación Pública N° 1.361/07, a
realizarse el día 9 de enero de 2008, a las 11 horas, para la
adquisición de psicotrópicos, analgésicos y anestésicos.
Valor del pliego: $ 24 (pesos veinticuatro).
Timbrado de pliegos: los pliegos podrán retirarse en el Hospital
Oftalmológico "Santa Lucía", sito en Av. San Juan 2021, 2°
piso, División Compras, lunes a viernes de 9 a 13 hs. Previo pago del
timbrado correspondiente en el CGPC 4, sito en Sarandí 1273 o en
cualquier CGPC con máquina timbradora.
Consultas y lugar de apertura: Hospital Oftalmológico "Santa
Lucía", Av. San Juan 2021, 2° piso, lunes a viernes de 9 a 14 hs.
Graciela M. Reybaud
Directora (I)
María C. Rosales
Subdirectora Administrativa (T)
OL 3092
Inicia: 20-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Adjudicación - Carpeta N°
91.163/07
Licitación Pública N° 1.201/07.
Rubro: "Válvulas de Ahmed".
Consultas: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Av. San
Juan 2021, 2° piso, Compras, lunes a viernes de 9 a 14 hs.
Firma adjudicada:
Centro Óptico Casin S.R.L. (Av. Juan B. Justo 4091, Capital Federal).
Renglón: 1 - cantidad: 10 unidades - precio unitario: $ 1.230 - precio
total: $ 12.300.
Total: $ 12.300.
Importe total Licitación Pública N° 1.201/07: $ 12.300.
Estela Fernández Rey
Subdirectora de Atención Médica (I)
D.O. y P.A.
Marcela V. Vidal
Jefa Departamento Contable (a/c)
OL 3094
Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. CARLOS G. DURAND"
Preadjudicación - Carpeta N° 90.574-MS/07
Licitación Pública N° 1.100/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.641/07, de fecha 17/12/07.
Firmas preadjudicadas:
Storing Insumos Médicos S.R.L.
Renglón: 1 - importe: $ 13.880.
St. Jude Medical Argentina S.A.
Renglones: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 - importe: $ 66.710.
Total: $ 80.590.
Horario y lugar de consulta del expediente: Oficina de Compras, Hospital
General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", sito en Av. Díaz
Vélez 5044, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs.
Tomás H. Di Pietro
Director
Daniel E. Filippo
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 3101
Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD
Preadjudicación - Carpeta N° 90.222-MSGC/07
Licitación Privada N° 647-SIGAF/07 - obra menor.
Preadjudicación efectuada por la Comisión de Análisis Técnico,
Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones creada por Resolución N°
1.095-SS/00, el día 7/12/07.
Obra: instalación de aspiración central en el Hospital General de
Agudos "Dr. Vélez Sarsfield", sito en la calle Pedro
Calderón de la Barca 1550 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sistema de contratación: ajuste alzado.
Firma preadjudicada: Sureña Construcciones S.A. (CUIT 33-70983596-9)
con domicilio legal en la calle Doblas 160, piso 15, depto. 1 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un importe de pesos ciento noventa
y siete mil quinientos veintiocho con 80/100 ($ 197.528,80), por ser la
oferta de menor precio ajustada a pliego.
Leardo F. Gabás
Dirección General
OL 3100
Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. ABEL ZUBIZARRETA"
Adquisición de ropa uso hospitalario - Licitación Privada N°
700/07
Llámese a Licitación Privada N° 700/07 para la
adquisición de ropa uso hospitalario, cuya apertura se realizará el
día 27/12/07, a las 10 hs.
Valor del pliego: $ 100.
Los pliegos se podrán adquirir en la División Tesorería del Hospital
General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", sito en la calle
Nueva York 3952 de lunes a viernes de 9 a 12 horas.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de
la apertura.
Por cualquier consulta llamar al tel.: 4501-2604.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de
acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07
reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.
Alejandro Ramos
Director (I)
Martín J. Kelly
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 3067
Inicia: 21-12-2007 Vence: 26-12-2007
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"
Preadjudicación - Carpeta N° 90.649/07
Licitación Pública N° 610/07.
Objeto: reactivos para laboratorio.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
La presente preadjudicación deja sin efecto a la Preadjudicación N°
35/07 de fecha 12/12/07 al 14/12/07.
Firma preadjudicada:
Química Erovne S.A.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 - total: $ 80.280.
José A. Cuba
Director
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 3096
Inicia: 21-12-2007 Vence: 27-12-2007
n Preadjudicación - Carpeta N°
90.378/07
Licitación Pública N° 343/07.
Objeto: instrumentalj para cirugía laparos.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
La presente preadjudicación deja sin efecto a la Preadjudicación N°
31/07 de fecha 3/12/07 al 5/12/07.
Firmas preadjudicadas:
Mallinckrodt Medical Arg. Lim.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 21 y
23 - total: $ 108.346,88.
Argentina Medical Products S.R.L.
Renglones: 7, 20, 22, 24 y 25 - total: $ 17.914,32.
José A. Cuba
Director
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 3097
Inicia: 21-12-2007 Vence: 27-12-2007
n Preadjudicación - Carpeta N°
90.377/07
Licitación Pública N° 344/07.
Objeto: instrumental, equipos y suministros.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
La presente preadjudicación deja sin efecto a la Preadjudicación N°
34/07 con fecha de publicación 5/12/07 al 7/12/07.
Firma preadjudicada:
Mallinckrodt Medical Arg. Lim.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5 y 6 - total: $ 146.776,75.
José A. Cuba
Director
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 3098
Inicia: 21-12-2007 Vence: 27-12-2007
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
Trabajos de accesibilidad, acondicionamiento de
instalación eléctrica y sistema hídrico contra incendio en el
edificio de la Escuela Técnica N° 34, D.E. 9 - Expediente N°
33.530/07
Licitación Pública N° 1.374-SIGAF/07 (N° 24/07).
Objeto del llamado: trabajos de accesibilidad, acondicionamiento de
instalación eléctrica y sistema hídrico contra incendio en el
edificio de la Escuela Técnica N° 34, D.E. 9, sito en Loyola 1500, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 999 (pesos novecientos noventa y nueve).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura
Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 998.782,94 (pesos novecientos noventa y ocho mil
setecientos ochenta y dos con 94/100).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos
1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 6 de febrero de 2008, a las 13 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 30 de enero de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento
y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 60 días hábiles.
Plazo de ejecución de las obras: 150 días corridos, computados a
partir de la fecha de la orden de ejecución.
Eduardo J. Roy
Director General
OL 3027
Inicia: 12-12-2007 Vence: 7-1-2008
n Trabajos de
sistema hídrico y adecuación escalera contra incendio, ascensor,
rampas e instalación eléctrica en el Liceo N° 11 y la Escuela N° 12,
D.E. 15 - Expediente N° 25.330/07
Licitación Pública N° 1.373-SIGAF/07 (N° 19/07).
Objeto del llamado: trabajos de sistema hídrico y adecuación escalera
contra incendio, ascensor, rampas e instalación eléctrica en el
edificio del Liceo N° 11, D.E. 15 "Cornelio Saavedra" Escuela
N° 12, D.E. 15 "Reconquista", sito en Av. Triunvirato 4992,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 810 (pesos ochocientos diez).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura,
Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 809.290,34 (pesos ochocientos nueve mil
doscientos noventa con 34/100).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos
1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 6 de febrero de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 30 de enero de 2008, a las 14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento
y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 60 días hábiles.
Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados a
partir de la fecha de la orden de ejecución.
Eduardo J. Roy
Director General
OL 3028
Inicia: 12-12-2007 Vence: 7-1-2008
MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Provisión y colocación de rejas en distintos
Espacios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires - Expediente N°
6.341/07
Llámase a Licitación Pública N° 1.372/07,
apertura del Sobre N° 1, para el día 30 de enero de 2008, a las 15
horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064,
para la realización de la Obra "Provisión y colocación de rejas
en distintos Espacios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires".
Presupuesto oficial: pesos cinco millones ($ 5.000.000).
Plazo de ejecución: 365 días a contar desde la fecha de "Orden de
Comienzo".
Valor del pliego: pesos dos mil ($ 2.000).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones
pueden ser adquiridos y consultados en el Área Compras y Contrataciones
de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente
del Ministerio de Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña
570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán
hasta el 30 de enero de 2008, a las 15 hs., momento en que se realizará
la apertura de Sobres N° 1, en el Área Compras y Contrataciones de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del
Ministerio de Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570,
6° piso.
Eduardo J. Villa
Director General
OL 2933
Inicia: 3-12-2007 Vence: 21-12-2007
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Rehabilitación y mantenimiento de Arterias Urbanas
por niveles de servicio - Expediente N° 85.180/06.
Llámase a Licitación Pública N° 1.444/07, para el
día 8 de febrero de 2008 a las 14 horas, al amparo de lo establecido en
la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064, para la contratación de la
Obra "Rehabilitación y Mantenimiento de Arterias Urbanas por
Niveles de Servicio".
Presupuesto oficial: pesos cuatrocientos noventa y un millones
seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos cincuenta y nueve con
cincuenta y siete centavos ($ 491.654.959,57).
Plazo de ejecución: treinta y seis (36) meses.
Valor del pliego: pesos cincuenta mil ($ 50.000).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones
pueden ser adquiridos y consultados, en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán
hasta el 8 de febrero de 2008 a las 14 hs., momento en que se realizará
la apertura de las ofertas, en el Área Compras y Contrataciones de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz
Peña 570, 6° piso.
Juan P. Piccardo
Ministro
CA 519
Inicia: 17-12-2007 Vence: 10-1-2008
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
Traslados varios - Carpeta de Compras N° 17.512
Llámese a licitación pública con referencia a los
"Traslados a realizarse en dependencias varias de la institución
(Renglones 1 y 2)".
Valor del pliego de condiciones: $ 45 (pesos cuarenta y cinco).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de
los interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 3/1/08, a las 13 horas.
Consultas: de 10 a 15 horas.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: lbiondo@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Alfredo N. Pepe
Jefe de Equipo
Obras
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 377
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Provisión de carpetas oficio -
Carpeta de Compras N° 17.523
Llámese a licitación pública con referencia a la
"Provisión de Carpetas Velox oficio (art. 12003002)".
Valor del pliego de condiciones: $ 90 (pesos noventa).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de
los interesados en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras, sita en Florida 302, 7° piso, C.A.B.A.
Fecha de apertura: 9/1/08, a las 11 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8811/10/09.
E-mail: sirodriguez@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Nicolás E. Fiorentino
Jefe de Equipo
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 378
Inicia: 18-12-2007 Vence: 26-12-2007
EDICTOS
PARTICULARES
Transferencia
Eduardo Gustavo Pérez Arauz, DNI 13.659.853, con
domicilio en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 1454, 5° piso, oficina
26, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en mi carácter de
apoderado de la firma Ferri Real Estate S.A., pone en conocimiento que
la empresa Formatos Eficientes S.A., con domicilio en la calle Thames
1144, Capital Federal, transfiere la habilitación del depósito de
aves, huevos y miel, revisadero y envasamiento de huevos, depósito de
frutas y hortalizas, depósito de carnes frescas y congeladas, depósito
de comestibles en general, fraccionamiento y envasamiento de comestibles
en general, depósito de embutidos, fiambres y otros preparados a base
de carnes, depósito de manteca, crema, leche y productos similares y
depósito de quesos, sito en la calle San Pedrito 3697 y Berón de
Astrada 3154, P.B., entrepiso, 1° y 2° piso, Capital Federal, a la
empresa Ferri Real Estate S.A., con domicilio en la calle Valle
793, 3° piso, Capital Federal. Reclamos de Ley en Sinclair 3139, 1°
piso, A, Capital Federal.
Solicitante: Eduardo Gustavo Pérez Arauz
EP 154
Inicia: 20-12-2007 Vence: 28-12-2007
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Tribunal de Ética Profesional
Citación
El Tribunal de Ética Profesional del Consejo
Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, cita y emplaza al doctor contador público Gustavo Ariel
Fiszman (T° 227 F° 226) por tres días, a efectos de que
comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la
última publicación, con el objeto de que se notifique de la rebeldía
en el Expediente N° 25.681. Dichas actuaciones tramitan por ante la
Sala 1ª del Tribunal de Ética Profesional, calle Viamonte 1465, 3°
piso, Secretaría de Actuación.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de diciembre de
2007.
Aurora Quinteros de Calo
Secretaria de Actuación
Solicitante: Consejo Profesional de
Ciencias Económicas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
EP 153
Inicia: 20-12-2007 Vence: 26-12-2007
Transferencia de Habilitación
HIJOS DE PEDRO VINCENTI S.A., representado por su
apoderada María Eugenia Vincenti con DNI 30.367.441, avisa por cinco
días que transfiere la habilitación municipal de un frigorífico
[Lavado, secado, cosido, salado de tripas para la preparación de
envoltura de fiambres (500.009); Lavadero de tambores, depósito de los
mismos (503.261); Depósito de materias primas y productos elaborados
(550.192); Depósito de tripas saladas en cascos y/o tambores y/o bolsas
(550.193); Entrada vehicular de carga y descarga (604.036); Oficina
administrativa del usuario (604.038); Taller de Mantenimiento, pañol de
herramientas y/o accesorios y/o repuestos (604.039) N° Expediente
093339/1998] ubicado en la calle Oliden 2288, P.B., 1° y/o Av. Gral.
Eugenio Garzón 5985, P.B., 1°, de Capital Federal, a Oliden 2296 S.A.,
representada por Roberto Julio Vincenti con DNI 31.164.512. Reclamos de
ley y domicilio de las partes en la calle Oliden 2288, P.B. 1° y/o Av.
Gral. Eugenio Garzón 5985, 1°, de Capital Federal.
Solicitante: María Eugenia Vincenti
EP 155
Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA
DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA
n Intimación - Nota N° 12.323-DGLIM/06
Intímase a Celia A. Ruere, titular del inmueble
sito en la calle Arregui 4219, a realizar la reparación de acera,
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 769
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Nota N° 12.336-DGLIM/06
Intímase a Dolores L. de Castro, titular del
inmueble sito en la calle San Blas 5768, a realizar la reparación
de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez
(10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo
preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 770
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Nota N° 12.409-DGLIM/06
Intímase a Jorge Rocha Padilla, titular del
inmueble sito en la calle Oliden 3515, a realizar el desmalezamiento
e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado
el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el
art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que
establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo
debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y
la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 771
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Nota N° 1.692-DGTALMEP/06
Intímase a Raquel Winer, titular del inmueble
sito en la calle Lavalle 3002/14, a realizar la construcción de
cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de
lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 772
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Registro N°
5.637-DGLIM/07
Intímase a A. R. Vidal Serin, titular del
inmueble sito en la calle Gascón 825, a realizar la construcción
de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo,
dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza
N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 773
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Nota N° 12.542-DGLIM/07
Intímase a Juan Oscar Lozano, titular del
inmueble sito en Av. Brasil 633, a realizar el desmalezamiento e
higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el
presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el
art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que
establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo
debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y
la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 774
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Registro N°
3.233-CGP2S/06
Intímase a Sara Montero, titular del inmueble
sito en la calle Carlos Gardel 3102, a realizar la construcción de
cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de
lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 775
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Registro N°
3.429-CGP3/06
Intímase a Luis Rodríguez, titular del inmueble
sito en la calle Villarino 2201, a realizar la reparación de acera,
construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización
del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente
edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de
la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece
que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o
total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 776
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Intimación - Registro N°
10.491-DGCCA/06
Intímase a Juan Luis Pulice, titular del inmueble
sito en Av. Emilio Castro 5574, a realizar la reparación de acera,
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza
EO 777
Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA"
Notificación
El Director del Hospital General de Agudos "Dr.
José M. Ramos Mejía", notifica a la ex agente Elsa Cecilia
Olivares, Ficha N° 414.315, que mediante Disposición N° 664-DGRH/07,
le fue aceptada su renuncia al cargo de instrumentadora quirúrgica, a
partir del 24/7/07.
Asimismo se informa que conforme los términos del art. 60, Decreto N°
1.510/97, la interesada podrá interponer recurso de reconsideración y
jerárquico en subsidio, atento lo dispuesto por los arts. 103 y 109 del
citado decreto, dentro de los 10 y 15 días respectivamente de
notificado.
Queda Ud. notificada.
Héctor Pascuccelli
Director (I)
EO 779
Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Notificación
El Director del Hospital General de Agudos "Dr.
José M. Ramos Mejía", notifica a la ex agente María Alejandra
Morales, Ficha N° 404.306, que mediante Resolución N° 1.215-MSGC/07,
le fue dispuesta su cesantía al cargo de enfermera, a partir del
1°/7/07. Asimismo se informa que conforme los términos del art. 60 del
Decreto N° 1.510/97, la interesada podrá interponer recurso de
consideración y jerárquico en subsidio, atento lo dispuesto por los
arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días
respectivamente de notificado.
Queda Ud. notificada.
Héctor Pascuccelli
Director (I)
EO 780
Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007
n Notificación
El Director del Hospital General de Agudos "Dr.
José M. Ramos Mejía", notifica al Dr. Antonio Tomás Schena,
Ficha N° 192.123, los términos de la Disposición N° 678-DGRH/07 y su
modificatoria Disposición N° 767-DGRH/07, cuyos arts. 2° se
transcriben respectivamente a continuación:
Artículo 2° - Cese por jubilación sin gratificación a partir del
31/8/07, de acuerdo con lo establecido en el art. 6° del Decreto N°
584/05 (B.O.C.B.A. N° 2187) y conforme el Capítulo XIV, arts. 59, inc.
c) y 61 de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026), exceptuándoselo de lo
dispuesto por el art. 4° del precitado decreto.
Artículo 2° - Cese por jubilación con gratificación a partir del
31/8/07, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° del Decreto N°
584/05, (B.O.C.B.A. N° 2187) y conforme el Capítulo XIV, arts. 59, inc.
c) y 61, de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026).
Queda Ud. notificado.
Héctor Pascuccelli
Director (I)
EO 781
Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Citación
Por intermedio de la presente se pone en conocimiento
a Ana María Latela, con domicilio en la calle Paso 91, 8° piso,
departamento B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que deberá
presentarse en el Ministerio de Justicia y Seguridad, sito en Avenida de
Mayo 525, 2° piso, oficina 217, en el horario de 9 a 15 horas, a los
fines de notificarse de la Resolución N° 1.504-MGGC/07, recaída en el
Expediente N° 37.367/07.
Luis E. Del Águila
Director Administrativo
EO 782
Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 17
"Schweikowski, Sandra s/infracción arts. 116 y 117 C.C." -
Causa N° 5.820/05 (447/C)
Citación
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2007.
Por recibido, en atención al estado de autos, y toda
vez que no se cuenta con el domicilio real de la imputada en autos,
líbrese oficio al Boletín Oficial para que durante tres días se
publique edictos citando a Sandra Schweikowski, DNI 31.571.405, para que
concurra a la Sede de este Tribunal dentro de los cinco días de
notificada a fin de hacerle entrega de un monitor tecnocorp modelo N°
MA 1202, una impresora modelo AK20-MO1, un CPU Basic 3080 MT, un teclado
y tres carteles. Todo ello, bajo apercibimiento en caso de
incomparecencia de disponer sobre su destino. Fdo.: Norberto R.
Tavosnanska. Juez. Ante mí: Beatriz A. Bordel. Secretaria.
Beatriz A. Bordel
Secretaria
EO 785
Inicia: 20-12-2007 Vence: 26-12-2007
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
FISCALÍA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 1
"Gutiérrez, José Esmeralda s/art. 111 del Código
Contravencional" - Causa N° 8.790/07
Citación
Silvina Bruno, Fiscal cotitular a cargo de la
Fiscalía Contravencional y de Faltas N° 1, sito en la calle Combate de
los Pozos 155, 1° piso de la Capital Federal, tel-fax 4011-1462, en la
Causa N° 8.790/07 seguida por la contravención prevista y reprimida en
el artículo 111 del Código Contravencional.
CITA Y EMPLAZA a JOSÉ ESMERALDA GUTIÉRREZ, titular del
DNI 14.154.942 con último domicilio consignado en autos en la Av.
Independencia 3177, 1° piso, depto. B de esta ciudad, por el término
de CINCO DÍAS a partir de la presente publicación, para que
dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Ministerio Público
a efectos de prestar declaración a tenor de lo normado en el artículo
41 de la Ley Procesal Contravencional, bajo apercibimiento de declararlo
rebelde y ordenarse su captura. El auto que ordena el presente dice:
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007. Atento a que se desconoce el
actual domicilio del imputado, cítese a José Esmeralda Gutiérrez,
mediante edicto, para que comparezca, dentro del quinto día de
notificado, ante este Ministerio Público Fiscal a efectos de prestar
declaración a tenor de lo normado en el artículo 41 de la Ley Procesal
Contravencional, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia
injustificada declararlo rebelde y ordenar su comparendo por medio de la
fuerza pública en la presente causa. Fdo.: Silvina Bruno, Fiscal. Ante
mí: Jorge Daniel Ponce, Secretario. Buenos Aires, 17 de diciembre de
2007.
Silvina Bruno
Fiscal
EO 786
Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008
JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL, CONCILIACIÓN Y
FAMILIA DE ÚNICA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE LABOULAYE (CÓRDOBA)
"BAROVERO Luis s/Declaratoria de Herederos"
Citación
El señor Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación
y Familia de Única Nominación de la ciudad de Laboulaye, cita de
comparendo a la señora Catalina Mafalda Ojeda, en el término de
ocho días, en los autos "BAROVERO Luis s/Declaratoria de
Herederos", bajo los apercibimientos de ley. Oficina, noviembre 19
de 2007.
Alejandro D. Reyes
Secretario
EO 787
Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008
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