Boletin Oficial

Boletín Oficial Nº 2837

-SUMARIO-

 

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEYES

LEY N° 2.546
Se otorga al Centro de Jubilados y Pensionados "Villa Luro Central" el uso precario y gratuito de un predio

LEY N° 2.554
Se declaran integrantes del "Patrimonio Cultural" a las calesitas y carruseles

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 2
Se faculta a Áreas del G.C.A.B.A. para contratar servicos de transporte para los programas de "Colonia de Vacaciones 2008"

DECRETO N° 2.096/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura

DECRETO N° 2.097/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Hacienda

DECRETO N° 2.098/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura

DECRETO N° 2.099/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Educación

DECRETO N° 2.100/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DECRETO N° 2.109/07
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Salud

DECRETO N° 2.110/07
Se delega en Daniel Gustavo Chain la representación de la C.A.B.A. en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas S.A.

DECRETO N° 2.111/07
Se deroga el Decreto N° 2.028/06. Se designa a Pablo Ernesto Dusserre como representante del G.C.A.B.A. para integrar la Comisión Fiscalizadora del "Fondo Permanente para la ampliación de la Red de Subterráneos"

RESOLUCIONES

Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N° 1.615-MGGC/07
Sistema Médico Empresarial S.A.: se desestima la Presentación Agregar N° 3, y se mantienen los términos de la Resolución N° 548-MGGC/06

RESOLUCIÓN N° 861-SSSU/07
Se autorizan cortes de tránsito vehicular para la realización de simulacros de evacuación

RESOLUCIÓN N° 862-SSSU/07
Se autorizan cortes de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av. San Juan y Carlos Calvo y en la calle Humberto 1° entre Balcarce y Bolívar

RESOLUCIÓN N° 863-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Virrey Cevallos entre Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia

RESOLUCIÓN N° 864-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Necochea entre Av. Suárez y Olavaria

RESOLUCIÓN N° 865-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en el Pasaje San Ignacio entre Av. Boedo y Colombres

RESOLUCIÓN N° 866-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Cortina entre Juan B. Justo y M. Cervantes

RESOLUCIÓN N° 868-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av. Brasil y Chile y del Pje. San Lorenzo entre Defensa y Av. Paseo Colón

RESOLUCIÓN N° 869-SSSU/07
Se autoriza corte de tránsito vehicular de la calle Tte. Juan Domingo Perón entre Anchorena y Gallo

RESOLUCIÓN N° 871-SSSU/07
Se aprueba compensación de créditos

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N° 4.185-DGR/07
Se delegan en Analía Cristina Leguizamón y Vicente Caliendo las funciones de Juez Administrativo

RESOLUCIÓN N° 4.186-DGR/07
Se establece que el personal de la D.G.R. proseguirá desempeñando funciones y tareas con los niveles jerárquicos preexistentes

Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N° 168-SECLyT/07
Se designan responsables de fondos

RESOLUCIÓN N° 169-SECLyT/07
Se designa a Jorge W. Alves como Jefe de Despacho del Jefe de Gobierno

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

Aprueban o ratifican contratos de Régimen de Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal, designación de suplentes, designaciones interinas, designación de reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio, locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Resolución N° 896-CDNNyA/07

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 457-PG/07

CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESOLUCIÓN N° 665-CDNNyA/07
Se deja sin efecto la Resolución N° 24-CDNNyA/02

RESOLUCIÓN N° 800-CDNNyA/07
Se ratifica el suplemento por tareas nocturnas para el personal del Centro de Atención Transitoria y Línea 102

RESOLUCIÓN N° 815-CDNNyA/07
Se auspicia la "3° Jornada de Estudio y Reflexión sobre Violencia Familiar"

RESOLUCIÓN N° 816-CDNNyA/07
Se modifica la denominación "Unidad Técnica de Prevención del Tráfico de Niños/as" por "Unidad Técnica de Resguardo del Derecho a la Identidad"

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ACTA N° 2.313-IVC/07
Se deja sin efecto la Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de Viviendas-Barrio Villa Lugano

COMUNICADOS Y AVISOS

LICITACIONES

EDICTOS

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEYES

LEY N° 2.546
Se otorga al Centro de Jubilados y Pensionados "Villa Luro Central" el uso precario y gratuito de un predio

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:

Artículo 1° - Otórgase al Centro de Jubilados y Pensionados "Villa Luro Central" por el término de diez (10) años, el uso precario y gratuito del predio determinado por la proyección de la Autopista Perito Moreno (AU-6) entre las calles Ramón L. Falcón hacia Rafaela de esta ciudad, identificado como Predio 611 B.
Artículo 2° - El Centro de Jubilados y Pensionados debe destinar el inmueble para el desarrollo de sus actividades específicas. No podrá bajo ningún concepto modificar ese destino, ni ceder ni transferir total o parcialmente los derechos otorgados por esta cesión, siendo esto causal suficiente para la revocación de estos derechos.
Artículo 3° - El Centro de Jubilados y Pensionados debe abonar la totalidad de los gastos por servicios públicos y tributos, nacionales y locales que correspondan en el presente o que se determinen normativamente en el futuro y que afecten el predio objeto de la cesión gratuita o a la actividad desarrollada por el mismo.
Artículo 4° - A requerimiento del Gobierno de la Ciudad, el Centro cederá sus instalaciones, para eventos de carácter comunitario, siempre y cuando estos no entorpezcan el normal desenvolvimiento de la institución.
Artículo 5° - Estarán a cargo del Centro de Jubilados y Pensionados los gastos ordinarios o extraordinarios derivados de conservación del inmueble.
Artículo 6° - Vencido el plazo establecido en el artículo 1° o bien cuando medien razones de interés general, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires requerirá la entrega inmediata del inmueble citado con las construcciones y mejoras que lo integren sin que ello de lugar a reclamo o indemnización de ningún tipo.
Artículo 7° - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1° de mayo del año 2007. de Estrada - Bello.

DECRETO N° 2.103

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 2.546 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 29 de noviembre de 2007(Expediente N° 90.602/07). Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, pase a los Ministerios de Desarrollo Social, de Desarrollo Urbano y de Hacienda.
El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Social, de Desarrollo Urbano y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Bullrich - Chain - Grindetti - Larreta.

LEY N° 2.554
Se declaran integrantes del "Patrimonio Cultural" a las calesitas y carruseles

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:

Artículo 1° - Declárase integrante del patrimonio cultural en los términos de la Ley N° 1.227 art. 4° inc. h) las calesitas y carruseles que integran el Anexo I de la presente.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. De Estrada - Bello

ANEXO I

DENOMINACIÓN

UBICACIÓN

Calesita

Parque Saavedra

Calesita

Plaza Almagro

Calesita La Cale

Parque Tres de Febrero

Calesita

Parque N. Avellaneda

Calesita

Plaza Balcarce

Calesita Don Antonio

Parque Fray Luis Beltrán

Calesita de José

Plaza Irlanda

Calesita de Pedrito - Palermo

Plaza Las Heras

Calesita de Pedrito - Pompeya

Plaza Nueva Pompeya

Carrousel La Alegría

Plaza Aristóbulo del Valle

Carrousel

Parque Patricios

Carrousel River

Plaza Pueyrredón

Calesita de Juan Carlos

Plaza Republica de Bolivia

Calesita

Parque Rivadavia

Calesita Daniel

Plaza Emilio Mitre

Calesita

Plaza México

Calesita

Plaza 1° de Mayo

Calesita Pico Dulce

Plaza 25 de Agosto

Calesita de Quique

Plaza de la Misericordia

Calesita de Carlitos

Parque Centenario

Calesita Los Andes

Parque Los Andes

Calesita Martín Fierro

Plaza Martín Fierro

Calesita La Alegría

Plaza Unidad Latinoamericana

Calesita

Parque Lezama

Calesita Pascualito

Plaza Roque Sáenz Peña

Calesita Plaza

Palermo Viejo

Vieja Calesita de Villa Devoto

Plaza Arenales

Calesita

Plaza Congreso

Calesita

Unidad Nacional

Calesita de Tatín

Avenida Asamblea, Miró,

 

Parque Chacabuco

DECRETO N° 2.113

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 2.554, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 29 de noviembre de 2007. Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y pase, para su conocimiento y fines pertinentes, a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, a la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de Espacios Verdes.
El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Piccardo - Lombardi - Rodríguez Larreta

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 2
Se faculta a Áreas del G.C.A.B.A. para contratar servicios de transporte para los programas de "Colonia de Vacaciones 2008"

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2007.

Visto, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, las Leyes N° 114, N° 1.665, N° 2.095 y N° 2.148, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la C.A.B.A.; y el Expediente N° 63.347/07, y
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social llevan a cabo cada año diferentes acciones, entre otras, la organización y ejecución de las actividades programadas para las colonias de vacaciones de verano, las que contribuyen al esparcimiento, recreación y desarrollo deportivo individual y social de los niños, niñas y adolescentes beneficiarios/as;
Que las colonias de vacaciones poseen un fuerte impacto social, por cubrir necesidades tanto en aspectos pedagógicos y deportivos, como asistenciales en salud y alimentación;
Que de los informes brindados por las Áreas citadas anteriormente se desprenden, además, situaciones conexas que realzan la actividad, tales como la continuidad alimentaria-nutricional para aquellos que más lo necesitan, la posibilidad de extender el proceso de enseñanza y disfrute de la lectura y escritura, la realización de actividades deportivas, la posibilidad de goce de experiencias estético-expresivas como espectáculos musicales y teatrales al aire libre, entre otras;
Que es de vital importancia para el cumplimiento de los objetivos propuestos, contar con un adecuado servicio de transporte con el fin de asegurar la asistencia de los niños, niñas, adolescentes y personas con necesidades especiales a las sedes y clubes donde se llevarán a cabo las diversas actividades programadas;
Que la Subsecretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, ha recibido el Expediente de licitación pública para la contratación de un servicio de transporte para efectuar el traslado de niños participantes del Programa "Colonia de Verano 2008", el cual fuera iniciado por la administración saliente y cuya fecha de apertura de ofertas estuviera prevista para el día 19 de diciembre de 2007, MGEyA N° 63.347/07, que tramita ante la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda;
Que la mencionada Dirección ha informado que dicha licitación pública ha sido declarada desierta por falta de oferentes;
Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación ha recibido la organización del Programa "Vacaciones Recreo de Verano 2008", el cual fuera iniciado por la administración saliente;
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Administración de Recursos del Ministerio de Educación, esa jurisdicción requiere como condición previa para establecer la cantidad y recorrido de los viajes necesarios, para el traslado de los niños, niñas y adolescentes, que se haya definido el listado de las escuelas y predios en los que se habrán de desarrollar las actividades de dicho programa;
Que la mencionada información estuvo en manos de las nuevas autoridades la semana previa a su asunción en el cargo, lo cual impidió materialmente iniciar expediente alguno de licitación pública para la contratación de un servicio de transporte de niños/as y adolescentes beneficiarios de este programa, conforme lo requiere la Ley N° 2.095;
Que la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social, ha organizado el programa Colonia de Vacaciones 2008, que se llevará a cabo desde el 2 de enero al 15 de febrero del mismo año, dirigido a niños y niñas de cuatro (4) a doce (12) años y personas con necesidades especiales, de todos los barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Subsecretaría ha informado que tiene dieciocho mil (18.000) inscriptos, aproximadamente, a las distintas actividades y que necesita contar con quinientos cincuenta y dos (552) vehículos de transporte escolar (micros) para el traslado de los niños, niñas, adolescentes, y personas con necesidades especiales;
Que, la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación, en el marco del Programa Vacaciones en la Ciudad Recreo de Verano 2008, se llevará a cabo desde el 3 de enero al 7 de febrero de 2008;
Que dicha Subsecretaría ha informado que se han inscripto al programa veintidós mil (22.000) beneficiarios/as, aproximadamente, requiriendo para el transporte trescientos cuarenta y cinco (345) vehículos escolares de jornada completa y sesenta y dos (62) de jornada simple, lo que hace un total de cuatrocientos siete (407) unidades;
Que teniendo en cuenta que las actividades de ambos programas, comenzarán el día 2 y 3 de enero respectivamente, tal circunstancia torna imperioso instrumentar a los mecanismos legalmente previstos que permitan disponer del servicio de transporte en tiempo oportuno;
Que no obstante encontrarse configuradas las circunstancias de hecho que permitirían hacer uso de las facultades excepcionales otorgadas por el artículo 5° del Decreto N° 1.289/07, comprometiendo en consecuencia obligaciones que no cumplan con los regímenes vigentes en materia de contrataciones del Estado, procede establecer un marco de legalidad que garantice la vigencia de los principios de Libre Competencia, Concurrencia e Igualdad, Legalidad, Publicidad y Difusión, Eficiencia y Eficacia, Economía, Razón habilidad y Transparencia, consagrados en la Ley N° 2.095;
Que por ello no resulta conveniente emplear la normativa excepcional de pago prevista por el Decreto N° 1.289/07, junto con su antecedente inmediato, el Decreto N° 1.370/01, que fuera empleado en las contrataciones anteriores del servicio de marras luego de licitaciones públicas fracasadas, las cuales se tornaron casi una habitualidad en el régimen de contrataciones de la administración local;
Que en ese orden de ideas, la urgencia ya señalada para esta contratación, torna necesario adoptar el marco de una contratación directa conforme lo normado por los artículos 26 y 28 incisos 1. y 2. de la citada Ley N° 2.095;
Que no obstante lo expuesto corresponde autorizar excepcionalmente, por única vez, el acortamiento de los plazos legalmente previstos, a fin de garantizar la eficacia del proceso;
Que conforme lo informado por la Dirección General de Licencias dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Urbana del Ministerio de Justicia y Seguridad, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solo cuenta con quinientos ochenta y cuatro (584) unidades de transporte escolar (micros) habilitadas conforme los requisitos establecidos por la Ley N° 1.665;
Que teniendo en cuenta ambos programas, dicho número de unidades resulta insuficiente para atender la demanda recreativa que requieren, y que asciende a novecientos cincuenta y nueve (959) vehículos escolares (micros);
Que esta insuficiencia de medios de transporte que cumplan con los requisitos previstos por la citada Ley N° 1.665 es un problema concreto que debe afrontarse, sin que en el pasado se hayan arbitrado oportunamente los medios necesarios para su previsión y solución;
Que toda vez que se trata de una necesidad estacional, y sin perjuicio del abocamiento expreso ordenado a las Áreas competentes para la subsanación en un futuro de estas circunstancias, la inminencia del comienzo de las citadas actividades, previstas para el día 2 de enero de 2008, y la necesidad de asegurar la concurrencia y el traslado de los beneficiarios inscriptos en las diferentes actividades, hace ineludible el dictado de una medida excepcional que permita el refuerzo de unidades de transporte escolar mediante la contratación transitoria de unidades habilitadas en extraña jurisdicción;
Que, en tal sentido la Subsecretaría de Tránsito y Transporte dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano estimó imperioso reforzar la cantidad de unidades afectadas al servicio de transporte escolar, con unidades habilitadas en la provincia de Buenos Aires;
Que tales circunstancias no permiten, por otro lado, desconocer la necesidad de requerir un nivel básico de condiciones que aseguren un adecuado nivel de seguridad de las unidades a contratar;
Que, para ello, la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social, propusieron que las unidades habilitadas provenientes de la Provincia de Buenos Aires sean verificadas por la Concesionaria Sociedad Argentina de Control Técnico de Automotores S.A. (SACTA S.A.); firma que, luego de verificar la acreditación de requisitos básicos e indispensables en materia de seguridad, debe expedir una constancia a tal efecto;
Que, las exigencias a ser verificadas por SACTA S.A. para el otorgamiento de la citada constancia son las siguientes: a) Habilitación vigente otorgada por el Municipio de origen; b) Verificación Técnica Vehicular vigente según la jurisdicción pertinente; c) Cinturones de seguridad; d) Matafuegos; e) Botiquín de primeros auxilios; f) Póliza de seguro y constancia de pago al día; g) Salida de emergencia (existencia y correcta identificación) de acuerdo a lo reglamentado; h) Pintado en su exterior en color reglamentario; i) Revisión ocular (tapizados, visibilidad y aseo), j) Poseer dos puertas, una a cada lado, no accionables por los escolares sin intervención del conductor o persona mayor acompañante, que garantice el ascenso y descenso de los transportados por ambas manos, de acuerdo a la reglamentación vigente;
Que la Ley N° 2.148 aprobatoria del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, declara su plena integración y participación en el Sistema Nacional de Seguridad Vial aprobado en el Decreto Nacional N° 779/95 (B.O. N° 28.281), reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449 (B.O. N° 28.080);
Que a fin de asegurar la participación como oferentes de la mayor cantidad de permisionarios de vehículos habilitados como transporte escolar en la ciudad de Buenos Aires, y a fin de asegurar los principios de Libre Competencia, Concurrencia e Igualdad previstos en la Ley N° 2.095 C.A.B.A., es preciso simplificar los requisitos normativos de jurisdicción nacional requeridos habitualmente a los vehículos para la obtención de su circulación y habilitación comercial nacional e interjurisdiccional;
Que en virtud de lo expuesto, se propicia facultar a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación y a la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social, a contratar para el período comprendido entre el 2 de enero al 15 de febrero de 2008 vehículos de transporte escolar habilitados en la Provincia de Buenos Aires que reúnan los requisitos de seguridad necesarios para cumplir con el servicio, previstos en el presente decreto, junto a los vehículos de transporte escolar debidamente habilitados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autoriza, bajo circunstancias excepcionales, como las aquí descriptas, la emisión de disposiciones de carácter legislativo por parte del Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que tales circunstancias excepcionales refieren a la imposibilidad de seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución para la sanción de las leyes;
Que asimismo, el hallazgo de estos inconvenientes en el escaso tiempo de esta gestión gubernamental no ha posibilitado arbitrar otros medios tendientes a subsanación, por lo que resulta de manifiesta necesidad y urgencia el dictado del presente decreto, el cual es refrendado por todos/as los/las señores/as Ministros/as del Poder Ejecutivo;
Que es prioridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llevar adelante acciones tendientes a asegurar el pleno goce de los derechos constitucionales a la educación, el deporte y el esparcimiento de niños, niñas y adolescentes;
Que en consonancia con los instrumentos internacionales citados en el visto, es deber ineludible del Estado crear las condiciones necesarias para que los niños, niñas y adolescentes puedan desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal;
Que asimismo, el artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño establece que: "los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes";
Que el artículo 39 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que se otorgue prioridad dentro de las políticas públicas, a las políticas y acciones destinadas a las niñas, niños y adolescentes;
Que, a su vez, el artículo 33 de la Carta Magna local establece que la Ciudad promueve la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de oportunidades;
Que el artículo 5° de la Ley Nacional N° 26.061 impone como responsabilidad gubernamental indelegable, la formulación y ejecución de políticas públicas que prioricen la protección de los niños, niñas y adolescentes, asignación privilegiada de recursos públicos y preferencia de atención en los servicios esenciales, y en su artículo 20, el derecho al deporte y juego recreativo, garantizando mediante el establecimiento de programas la recreación, esparcimiento, juegos recreativos y deportes;
Que en igual sentido, el artículo 7° de la Ley N° 114 impone al Gobierno de la Ciudad, la adopción de las medidas legislativas, administrativas, y de toda otra índole, a fin de hacer efectivos los derechos reconocidos a niños, niñas y adolescentes por normas jurídicas, operativas o programáticas, y en su artículo 30 asegura a aquellos su derecho a la recreación, el juego, el deporte y el descanso;
Que, la Procuración General ha tomado debida intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218;
Por ello, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Facúltase, a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación y a la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social, para que en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contrate la prestación de los servicios de transporte para el período comprendido entre el 2 de enero y el 15 de febrero de 2008, con destino a los programas de colonias de vacaciones, empleando para ello vehículos de transporte escolar habilitados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como vehículos de extraña jurisdicción siempre que cumplan, como mínimo, los requisitos que se establecen en el artículo 2° del presente decreto, pudiendo para ello disponer, excepcionalmente, la abreviación de plazos y la simplificación de los procedimientos previstos por la Ley N° 2.095 y sus normas reglamentarias.
Artículo 2° - Los vehículos de extraña jurisdicción no habilitados que fueren contratados deberán contar con verificación vigente extendida por la firma "Sociedad Anónima de Control del Transporte Automotor" (SACTA S.A.) sobre el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Habilitación vigente otorgada por el Municipio de origen;
b) Verificación Técnica Vehicular vigente según la jurisdicción pertinente;
c) Cinturones de seguridad;
d) Matafuegos;
e) Botiquín de primeros auxilios;
f) Póliza de seguro y constancia de pago al día;
g) Salida de emergencia (existencia y correcta identificación) de acuerdo a lo reglamentado;
h) Pintado en su exterior en color reglamentario; y
i) Revisión ocular (tapizados, visibilidad y aseo).
j) Poseer dos puertas, una a cada lado, no accionables por los escolares sin intervención del conductor o persona mayor acompañante, que garantice el ascenso y descenso de los transportados por ambas manos, de acuerdo a la reglamentación vigente.
Artículo 3° - Instrúyese a la Sindicatura General de la Ciudad, a los efectos de que lleve a cabo un procedimiento de control concomitante a las actividades autorizadas en los artículos precedentes, elevando a su finalización el correspondiente informe final.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros y los señores Ministros del Poder Ejecutivo.
Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios del Poder Ejecutivo, a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y a la Subsecretaría de Deportes. Remítase, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos gírese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Rodríguez Larreta - Grindetti - Montenegro - Lemus - Narodowski - Chain - Lombardi - Bullrich - Rodríguez Larreta (a/c) - Piccardo

DECRETO N° 2.096
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.

Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el Expediente N° 91.433/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Subsecretario de Patrimonio Cultural, Subsecretario de Gestión Cultural, Director General de Festivales y Eventos Centrales, Director General de Patrimonio e Instituto Histórico, Director General de Promoción Cultural, Director General Técnico, Administrativo y Legal, titular del Organismo Fuera de Nivel Teatro Colón, titular del Organismo Fuera de Nivel Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires y titular del Organismo Fuera de Nivel Centro Cultural General San Martín, dependientes del Ministerio de Cultura, se encuentran vacantes, el señor Ministro propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se propician designar, poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta

ANEXO

Imagen 1 2

DECRETO N° 2.097
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Hacienda

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.

Visto la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), el Expediente N° 91.598/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que diversos cargos dependientes del Ministerio de Hacienda, se encuentran vacantes, el señor Ministro propone cubrir los mismos;
Que las personas que se propician designar poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de los cargos para el cual fueron propuestos por el señor Ministro de Hacienda;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase a partir del 10 de diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - Déjase establecido que no se procederá a dar de alta a las designaciones de las personas que se indican en el Anexo I, del presente decreto, con el asterisco (*), hasta tanto no acrediten su desvinculación definitiva o licencia sin goce de haberes, en los organismos pertinentes.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta

ANEXO

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DECRETO N° 2.098
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Cultura

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.

Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el Expediente N° 91.498/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Director General de Desarrollo y Promoción Turística, Director General de Promoción de Congresos y Eventos, Director General de Música y Director General del Libro y Promoción de la Lectura se encuentran vacantes, el señor Ministro propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se propician designar, poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta

ANEXO

DECRETO N° 2.099
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Educación

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.

Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el Expediente N° 91.499/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Subsecretario de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, Director General de Administración de Recursos, Director General de Infraestructura y Equipamiento, Director General de Planificación y Control de Gestión, Director General de Coordinación Legal e Institucional, y Director General de Proyectos y Servicios a las Escuelas, dependientes del Ministerio de Educación, se encuentran vacantes, el señor Ministro propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se proponen designar, poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Educación, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Narodowski - Rodríguez Larreta

ANEXO

DECRETO N° 2.100
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2007.

Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el Expediente N° 91.516/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se creó la Estructura Orgánico Funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que distintos cargos, pertenecientes a diferentes reparticiones, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, se encuentran vacantes;
Que por tal motivo el Ministro de Ambiente y Espacio Público, solicita se designen, a partir del 10 de diciembre de 2007, a varias personas en dichos cargos correspondientes a distintos organismos del Ministerio que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura de los citados cargos, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1°- Desígnase a partir del 10 de diciembre de 2007, a varias personas, en distintos cargos, pertenecientes a diferentes reparticiones, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, tal como se indica en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, en el modo y forma que se consigna.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. MACRI - Piccardo - Rodríguez Larreta

ANEXO

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DECRETO N° 2.109
Se designan funcionarios en el ámbito del Ministerio de Salud

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.

Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el Expediente N° 91.962/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Director General de Servicios de Salud, Director General Adjunto de Redes de Servicios de Salud, Director General Adjunto de Programas Centrales, Director General Adjunto del Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), Director General de Desarrollo y Capacitación de Personal Técnico, Administrativo y Profesional en Salud, Director General de Redes y Programas de Salud, Director General Adjunto de Gestión Presupuestaria, Director General Adjunto de Regulación y Fiscalización, Director General Adjunto de Compras y Contrataciones, Director General de Planeamiento y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Salud, se encuentran vacantes, el señor Ministro de Salud propicia cubrir dichos cargos;
Que las personas que se propician designar, poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de los cargos para los cuales fueron propuestos;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Desígnanse, a partir del 10 de diciembre de 2007, a las personas que se indican en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Salud y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Rodríguez Larreta

ANEXO

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DECRETO N° 2.110
Se delega en Daniel Gustavo Chain la representación de la C.A.B.A. en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas S.A.

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.

Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, el Decreto N° 948/06, el Decreto N° 1.870/07 el Decreto N° 2.065/07 y el Expediente N° 92.192/07 y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo prevé el artículo 104, inc. 1) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Jefe de Gobierno representa legalmente a la ciudad, pudiendo delegar dicha atribución;
Que por Decreto N° 948/06 se delegó en el entonces Ministro de Planeamiento de Obras públicas Ing. Juan Pablo Schiavi, la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las asambleas ordinarias y extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima;
Que por Decreto N° 1.870/07, se aceptó la renuncia del citado funcionario;
Que por la Ley N° 2.506, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionó la Ley de Ministerio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto N° 1.748/07;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa dependiente del Poder ejecutivo del Gobiernos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.065/07 se designó como titular del Ministerio de Desarrollo Urbano al señor Daniel Gustavo Chain;
Que por lo expuesto, resulta necesario delegar la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la referida Sociedad Anónima, en el señor Ministro de Desarrollo Urbano;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (art. 104, inc. 1 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Delégase la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, en le señor Ministro de Desarrollo Urbano, señor Daniel Gustavo Chain.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplído, archívese. MACRI - Chain - Rodríguez Larreta

DECRETO N° 2.111
Se deroga el Decreto N° 2.028/06. Se designa a Pablo Ernesto Dusserre como representante del G.C.A.B.A. para integrar la Comisión Fiscalizadora del "Fondo Permanente para la ampliación de la Red de Subterráneos"

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2007.

Visto el Expediente N° 92.328/07, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 22.070/79, la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nacional N° 22.070 se transfirieron los certificados representativos del capital social de la empresa Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado, a la ex - Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que es necesario actualizar las designaciones efectuadas en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del Decreto N° 2.028/06 (B.O.C.B.A. N° 2581), en virtud de las distintas modificaciones operadas en las estructuras orgánico funcionales, desde el dictado de la precitada norma legal;
Que por la Ley N° 2.506, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promulgada por Decreto N° 1.748/07 (B.O.C.B.A. N° 2824);
Que mediante Decreto N° 2.075/07 se establecieron la estructura organizativa y responsabilidades primarias del poder Ejecutivo de este gobierno;
Que a tales efectos resulta procedente integrar la Comisión Fiscalizadora del "Fondo Permanente para la Ampliación de la Red de Subterráneos" en representación del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designando al Licenciado Pablo Ernesto Dusserre (DNI 16.395.620) el cual desempeña sus funciones en el Ministerio de Desarrollo Urbano;
Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Derógase el Decreto N° 2.028/06 (B.O.C.B.A. N° 2581).
Artículo 2° - Desígnase en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Licenciado Pablo Ernesto Dusserre (DNI 16.395.620), para integrar la Comisión Fiscalizadora del "Fondo Permanente para la ampliación de la Red de Subterráneos", establecida en el artículo 13 de la Ley Nacional N° 23.514.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y organismos de Control y a la empresa Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. MACRI - Chain - Rodríguez Larreta

RESOLUCIONES

Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N° 1.615 - MGGC
Sistema Médico Empresarial S.A.: se desestima la Presentación Agregar N° 3, y se mantienen los términos de la Resolución N° 548-MGGC/06

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.

Visto el Expediente N° 2.722/04 e inc., y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la ampliación de fundamentos del recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración, incoado contra la denegatoria de la solicitud habilitación para el local ubicado en la calle Palpa 2835, P.B., Unidad Funcional N° 1, para el desarrollo de la actividad de "Centro Médico u Odontológico";
Que luce Dictamen N° 47.777, de fecha 22 de junio de 2006, en el cual se opinó que correspondía desestimar el recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto por la apoderada de la firma "Sistema Médico Empresarial S.A.", contra el acto administrativo que denegara la solicitud de habilitación incoada, debiendo dictarse a tal efecto, la resolución correspondiente;
Que por Resolución N° 548-MGGC/06, de fecha 20 de julio de 2006, se desestimó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por la apoderada de la firma "Sistema Médico Empresarial S.A.", incoada contra el acto administrativo que denegara la solicitud de habilitación del local de marras;
Que se informó que la Presentación Agregar N° 3, fue iniciada con anterioridad (4 de abril de 2006), al dictado de la Resolución N° 548-MGGC/06, sin haber sido analizados los planteos que se han incorporado en ese antecedente, en razón de haberse incorporado a esta actuación con posterioridad a la resolución mencionada;
Que dicha actuación se agregó, una vez dictada y notificada la Resolución N° 548-MGGC/06, lo que impidió su evaluación y tratamiento antes de la emisión de ese acto administrativo, conforme los términos del artículo 107, "in fine", de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que del análisis del contenido de esa actuación administrativa, se desprendió que no se mejoraron ni se ampliaron los fundamentos del recurso planteado, sino que se apeló a la sensibilidad del funcionario que en definitiva debería resolver la cuestión, manifestando que la gente se quedará sin trabajo, además, que no hay alquileres acorde a su presupuesto en la zona, y todos esos inconvenientes se han producido por un cambio de zonificación, del emplazamiento del establecimiento, que ellos no conocían;
Que en definitiva, el tratamiento de esa presentación no produce un cambio de temperamento de la decisión administrativa adoptada en la resolución mencionada, no obstante ello y a los efectos de cumplir con la exigencia normativa del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, corresponde dar una respuesta a esa presentación, mediante el dictado de una nueva resolución que la considere;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la debida intervención;
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase la Presentación Agregar N° 3, y manténgase los términos de la Resolución N° 548-MGGC/06, mediante la cual se desestimó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración, por la apoderada de la firma "Sistema Médico Empresarial S.A." contra el acto denegatorio de la solicitud de habilitación del local sito en la calle Palpa 2835, P.B. Unidad Funcional N° 1, en carácter de Centro Médico u Odontológico.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y, para su conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos. Gorgal

RESOLUCIÓN N° 861 - SSSU
Se autorizan cortes de tránsito vehicular para la realización de simulacros de evacuación

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y la Nota N° 585.163-PMREyAE/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;
Que, por la nota mencionada, el Sr. Pablo E. Sette, Coordinador General del Programa Mitigación de Riesgos en Escuelas y Actividades Escolares, solicita permiso para efectuar varias afectaciones de calzada, día lunes 3 de diciembre de 2007, con motivo de realizar seis (6) simulacros de evacuación, de acuerdo al siguiente esquema:
Nazarre entre Argerich y Helguera, Ricardo Gutiérrez entre Argerich y Helguera, en los siguientes horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15, 2° simulacro desde las 14.30 hasta las 15.15 horas.
Burela entre Iberá y Quesada, Altolaguirre entre Iberá y Quesada, Martiniano Bonorino entre Iberá y Quesada, en los horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15 horas, 2° simulacro desde las 14 hasta las 14.45 horas.
Chivilcoy entre Camarones y A. Margariños Cervantes, Bahía Blanca entre Camarones y A. Margariños Cervantes, en los siguientes horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15, 2° simulacro desde las 14 hasta las 14.45 horas;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto de los cortes solicitados;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsito solicitados por el Sr. Pablo Sette, Coordinador General del Programa Mitigación de Riesgos en Escuelas y Actividades Escolares, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día lunes 3 de diciembre de 2007, de acuerdo al siguiente esquema:
n Corte total y momentáneo:
Nazarre entre Argerich y Helguera, Ricardo Gutiérrez entre Argerich y Helguera, sin afectar bocacalles, en los siguientes horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15, 2° simulacro desde las 14.30 hasta las 15.15 horas, mientras la atraviesan los participantes de la evacuación.
Burela entre Iberá y Quesada, Altolaguirre entre Iberá y Quesada, Martiniano Bonorino entre Iberá y Quesada, sin afectar bocacalles, en los horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15 horas, 2° simulacro desde las 14 hasta las 14.45 horas, mientras la atraviesan los participantes de la evacuación.
Chivilcoy entre Camarones y A. Margariños Cervantes, Bahía Blanca entre Camarones, A. Margariños Cervantes, sin afectar bocacalles, en los siguientes horarios: 1° simulacro desde las 10.30 hasta las 11.15, 2° simulacro desde las 14 hasta las 14.45 horas.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Nazarre deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar en Argerich, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito vehicular que circule por Ricardo Gutiérrez deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar anticipadamente en Helguera, su ruta.
Artículo 4° - El tránsito vehicular que circule por Burela deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar anticipadamente en Iberá, su ruta.
Artículo 5° - El tránsito vehicular que circule por Altolaguirre deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar en Quesada, su ruta.
Artículo 6° - El tránsito vehicular que circule por Martiniano Bonorino deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar en Iberá, su ruta.
Artículo 7° - El tránsito vehicular que circule por Chivilcoy deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar en Camarones, su ruta.
Artículo 8° - El tránsito vehicular que circule por Bahía Blanca deberá aguardar el paso de los participantes de la evacuación o desviar en A. Margariños Cervantes, su ruta.
Artículo 9° - El corte, total y momentáneo, se otorgara desde cinco minutos previos al comienzo de la evacuación y hasta que pase el último de los participantes de la misma. De resultar necesario y a criterio de la autoridad policial interviniente se deberá permitir el paso de frentistas y vehículos de emergencia, resguardando la seguridad de los participantes.
Artículo 10 - Según lo acordado con el Consejo Asesor del Manual de Procedimiento del Programa de Mitigación de Riesgos en Escuelas y Actividades Escolares, y de acuerdo a las características del evento, no será necesario realizar el vallado y la limpieza del lugar del evento, mientras que el señalamiento será llevado a cabo a través de la utilización de cintas de seguridad. Los elementos de señalización vial que hubiera de utilizar para la ejecución de la operatoria (cintas de seguridad) deberán ser retirados una vez finalizado el evento.
Artículo 11 - Para su ejecución se deberá gestionar en forma obligatoria el apoyo de la Policía Federal Argentina. Se deberá señalizar provisoriamente la ocupación de calzada y los desvíos de tránsito o disponer de personal policial y/o Guardia Urbana a tal efecto.
Artículo 12 - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 10 y 11 de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 13 - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, de Tránsito, y del Sistema de Señalización, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento gírese al Área de Evacuaciones del Programa de Mitigación de Riesgo en Escuelas y Actividades Escolares. Cumplido, archívese. Izura

RESOLUCIÓN N° 862 - SSSU
Se autorizan cortes de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av. San Juan y Carlos Calvo y en la calle Humberto 1° entre Balcarce y Bolívar

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06, el Registro N° 2.500-DGSS/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Sr. Pablo Ortiz, Presidente de la Asociación Comerciantes y Amigos de Plaza Dorrego juntamente con Nomeolvides Producciones, solicita permiso para realizar la afectación total de la calzada de Defensa entre Av. San Juan y Carlos Calvo, Humberto 1° entre Balcarce y Bolívar, desde las 18. horas del día sábado 1° de diciembre de 2007, hasta las 1 horas del día siguiente, con cobertura climática para el día sábado 8 del mismo mes en el mismo horario. Con motivo de realizar la festividad gratuita de baile y canto español denominada "Romería Flamenca al aire libre";
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha intervenido en lo que resulta de su competencia, sugiriendo se concedan los cortes totales, permitiendo en todo momento el paso de vecinos frentistas y vehículos de emergencia;
Que, la Dirección General de Seguridad Vial, considera que los cortes solicitados son viables, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsitos solicitados por el Sr. Pablo Ortiz, Presidente de la Asociación Comerciantes y Amigos de Plaza Dorrego juntamente con Nomeolvides Producciones, de la calzada de Defensa entre Av. San Juan y Carlos Calvo y de Humberto 1° entre Balcarce y Bolívar, sin afectar bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, desde las 18 horas del día sábado 1° de diciembre de 2007, hasta las 1 horas del día siguiente, con cobertura climática para el día sábado 8 del mismo mes en el mismo horario. Con motivo de realizar la festividad gratuita de baile y canto español denominada "Romería Flamenca al aire libre".
Artículo 2° - El tránsito que circule por Defensa podrá desviar por Av. San Juan, Av. Paseo Colón, Carlos Calvo hasta su ruta o anticipadamente por Cochabamba, Perú, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito que circule por Humberto 1° podrá desviar por Balcarce, Cochabamba, Perú hasta su ruta o anticipadamente por Av. Paseo Colón, su ruta.
Artículo 4° - El solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 5° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 6° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4° y 5° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 7° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Higiene Urbana, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Culto, del Sistema de Señalización, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento gírese a la Dirección General del Sistema de Señalización. Cumplido, archívese. Izura

RESOLUCIÓN N° 863 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Virrey Cevallos entre Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06, el Registro N° 2.497-DGSS/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, la Dra. Gabriela Piovano, DNI 17.523.790, en su carácter de Presidente de "XLD por las dudas organización solidaria", solicita permiso de afectación de varias calzadas, con motivo de la realización de un acto de carácter cívico y de fomento cultural y social denominado "1° Marcha por el Futuro de los Niños, las Niñas y los Adolescentes afectados por el VIH/SIDA", el día viernes 30 de noviembre de 2007, de acuerdo al siguiente esquema:
Entrega de folletería, en el horario de 17 a 22 horas: Virrey Cevallos entre Rivadavia e Hipólito Irigoyen.
Marcha, en el horario de 22 a 24 horas: desde Av. de Mayo hasta Plaza de Mayo;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha intervenido en lo que resulta de su competencia, sugiriendo se conceda los cortes totales, permitiendo en todo momento el paso de vecinos frentistas y vehículos de emergencia;
Que, la Dirección General de Seguridad Vial, considera que los cortes solicitados son viables, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsito solicitados la Dra. Gabriela Piovano, DNI 17.523.790, en su carácter de Presidente de "XLD por las dudas organización solidaria", con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de la realización de un acto de carácter cívico y de fomento cultural y social denominado "1° Marcha por el Futuro de los Niños, las Niñas y los Adolescentes afectados por el VIH/SIDA", el día viernes 30 de noviembre de 2007, de acuerdo al siguiente esquema:
n Corte parcial, en el horario de 18 a 19.30 horas:
Un carril de Virrey Cevallos entre Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia, sin afectar bocacalles.
n Corte total, en el horario de 19.30 a 22 horas:
Virrey Cevallos entre Hipólito Yrigoyen y Av. Rivadavia, sin afectar bocacalles.
Bolívar entre Av. Rivadavia e Hipólito Yrigoyen, sin afectar bocacalles, donde se montará nuevamente el camión escenario y se ofrecerá un recital desde el arribo de los participantes hasta las 24 horas aproximadamente. Se deberá dejar libre el contracarril de Bolívar entre H. Yrigoyen y Av. de Mayo.
n Corte total, momentáneo y sucesivo:
Hipólito Yrigoyen desde Virrey Cevallos, continuando por Pte. Luís Sáenz Peña hasta Av. de Mayo.
Calles y avenidas transversales al desarrollo de la marcha, desde tres minutos antes del arribo del primer participante hasta que el último de ellos haya traspasado la bocacalle.
n Corte parcial:
Tres (3) carriles de Av. de Mayo, dos carriles para los participantes y uno como espacio de seguridad hasta que arriben los participantes a Plaza de Mayo.
Artículo 2° - El tránsito que circule por Montevideo podrá desviar por Av. Rivadavia, Solís, Hipólito Yrigoyen, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito que circule por Diagonal Norte sentido Noroeste-Sureste desviará anticipadamente por Maipú, Chacabuco, H. Yrigoyen, su ruta.
Artículo 4° - El tránsito vehicular que circule por las calles afectadas por el recorrido de la prueba atlética podrá aguardar el paso de la misma o, a efectos de otorgar continuidad a la circulación en la zona, desviarse anticipadamente por las arterias sugeridas anteriormente para luego sí retomar su ruta.
Artículo 5° - El solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 6° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 7° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 5° y 6° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 8° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Higiene Urbana, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Culto, del Sistema de Señalización y notifíquese al solicitante y gírese a la Dirección General del Sistema de Señalización. Cumplido, archívese. Izura

RESOLUCIÓN N° 864 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Necochea entre Av. Suárez y Olavaria

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y el Registro N° 2.419-DGSS/07, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Sr. Marcelo Daniel Silva, en representación de la Cooperativa "Los Muchachos de Mi Barrio", solicita permiso para afectar la calle Necochea entre Suárez y Olavarría, desde las 18 horas del día sábado 1° de diciembre de 2007 hasta las 4 horas del día siguiente, con motivo de la realización de la "Fiesta de la cultura Barrial";
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha intervenido en lo que resulta de su competencia, sugiriendo que se conceda el corte de tránsito permitiendo en todo momento el paso de vecinos frentistas y de vehículos de emergencia;
Que, la Dirección General de Seguridad Vial, en comunicación telefónica con el solicitante se acordó comenzar la afectación en el horario de 19 horas, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar el corte de tránsito solicitado por el Sr. Marcelo Daniel Silva, en representación de la Cooperativa "Los Muchachos de Mi Barrio", de la calle Necochea entre Av. Suárez y Olavarría, sin afectar bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día sábado 1° de diciembre en el horario de 18 hasta las 4 horas del día siguiente, con motivo de la realización de la "Fiesta de la cultura Barrial".
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Necochea desviará por Olavarría, F. Cafferata, Suárez, su ruta.
Artículo 3° - El solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de vecinos frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 4° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 5° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y 4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 6° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, del Sistema de Señalización, de Ordenamiento del Espacio Público, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General del Sistema de Señalización. Cumplido, archívese. Izura

RESOLUCIÓN N° 865 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en el Pasaje San Ignacio entre Av. Boedo y Colombres

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y el Registro N° 2.517-DGSS/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Sr. Marcos Hernández y la Sra. Solange Duva en representación del Centro Cultural "El Surco", solicita permiso de la afectación total de la calzada de pasaje San Ignacio entre Av. Boedo y Colombes, el día sábado 1° de diciembre de 2007 en el horario de 14 horas a 22 horas, con motivo de la realización de un evento de actividades artísticas;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto del corte parcial solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, los solicitantes serán responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar el corte de tránsito solicitado por el Sr. Marcos Hernández y la Sra. Solange Duva en representación del Centro Cultural "El Surco", de la calzada de pasaje San Ignacio entre Av. Boedo y Colombres, sin afectar bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día sábado 1° de diciembre de 2007 en el horario de 14 horas a 22 horas, con motivo de la realización de un evento de actividades artísticas.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Av. Boedo que pretenda girar por el pasaje San Ignacio podrá continuar hasta Carlos Calvo, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito vehicular que circule por Colombres que pretenda girar por el pasaje San Ignacio podría continuar hasta Estados Unidos, su ruta.
Artículo 4° - Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 5° - Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 6° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4° y 5° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 7° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Sistemas de Señalización. Izura

RESOLUCIÓN N° 866 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Cortina entre Juan B. Justo y M. Cervantes

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y la Nota N° 729-CGPC10/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y público asistente;
Que, por la nota mencionada, el Dr. Adolfo Gallotti- Director General del Centro de Gestión y Participación Comunal 10, solicita permiso de afectación total de la calzada de Cortina entre Juan B. Justo y M. Cervantes, el día sábado 1° de diciembre de 2007, en el horario de 16 a 20 horas, con motivo de la realización de actividades culturales por los Festejos del Aniversario del Barrio de Villa Luro;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto del corte total solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte total de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar el corte total de tránsito solicitado por el Dr. Adolfo Gallotti - Director General del Centro de Gestión y Participación Comunal 10, de la calzada de Cortina entre Juan B. Justo y M. Cervantes, sin afectar bocacalles, el día sábado 1° de diciembre de 2007 en el horario de 16 a 20 horas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de la realización de actividades culturales por los Festejos del Aniversario del Barrio de Villa Luro.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Cortina desviará por A. M. Cervantes, Ruiz de Los Llanos, Av. Juan B. Justo, su ruta.
Artículo 3° - El solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 4° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 5° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y 4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 6° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese al Centro de Gestión y Participación Comunal 10. Izura

RESOLUCIÓN N° 868 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular en la calle Defensa entre Av. Brasil y Chile y del Pje. San Lorenzo entre Defensa y Av. Paseo Colón

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución Conjunta N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y la Nota N° 2.242-DGPCUL/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y público asistente;
Que, por la nota mencionada, la Dra. Betania Aprile- Directora General de Promoción Cultural, solicita permiso de afectación total de la calzada de Defensa entre Av. Brasil y Chile, pasaje San Lorenzo entre Defensa y Av. Paseo Colón, el día sábado 1° de diciembre de 2007, en el horario de 13 a 22.30 horas, con motivo de la realización de un Encuentro de Candombe en el marco de "Merco Ciudades";
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto del corte total solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte total de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Que, por Resolución N° 1.580-MGGC/07, encomiéndase la firma del despacho del Subsecretario de Seguridad Urbana Dr. Manuel I. Izura al Subsecretario de Emergencias Lic. Emiliano Respighi, a partir del 19 de noviembre de 2007 y hasta el 23 de noviembre de 2007 inclusive;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar el corte total de tránsito solicitado por Dra. Betania Aprile - Directora General de Promoción Cultural, de la calzada Defensa entre Av. Brasil y Chile, pasaje San Lorenzo entre Defensa y Av. Paseo Colón, sin afectar bocacalles, el día sábado 1° de diciembre de 2007 en el horario de 13 a 22.30 horas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de la realización un Encuentro de Candombe en el marco de "Merco Ciudades".
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Av. Paseo Colón que pretenda girar a su derecha por el pasaje San Lorenzo deberá continuar hasta Av. Independencia, su ruta.
Artículo 3° - La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 4° - La solicitante deberá arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 5° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y 4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 6° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Promoción Cultural. Izura

RESOLUCIÓN N° 869 - SSSU
Se autoriza corte de tránsito vehicular de la calle Tte. Juan Domingo Perón entre Anchorena y Gallo

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2007.

Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y el Registro N° 577-DGCUL/07, y agreg. Nota N° 2.462-SSSU/07,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Pbro. José M. Pazos Ares, Cura de la Parroquia Tránsito de la Virgen, solicita autorización para efectuar la afectación de las calzadas de Tte. Juan D. Perón entre T. M. de Anchorena y Gallo, el viernes 30 de noviembre de 2007, en el horario de 17 a 22 horas, con motivo de la realización de una Misa Celebrada por el Padre Darío Betancourt;
Que, la Dirección General de Cultos, ha manifestado que este evento es de suma importancia para los feligreses y vecinos de esa comuna;
Que, la Dirección General del Sistema de Señalización ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar al corte de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar el corte de tránsito solicitado por el Pbro. José M. Pazos Ares, Cura de la Parroquia Tránsito de la Virgen, de la calle Tte. Juan Domingo Perón entre T. M. Anchorena y Gallo, sin afectar bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día viernes 30 de noviembre de 2007, desde las 17 a 22 horas, con motivo de realizar una Misa Celebrada por el Padre Darío Betancourt.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por Tte. Gral. Perón desviará por T.M. Anchorena, Sarmiento, Sánchez de Bustamante, su ruta.
Artículo 3° - El tránsito que circule por Agüero desviará por Sarmiento, Sánchez de Bustamante, Bmé. Mitre, su ruta.
Artículo 4° - El solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 5° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 6° - El presente no contempla la autorización de ocupación de vereda, plaza ni estacionamiento de vehículos ni grupos electrógenos, los cuales deberán tramitarse por cuerdas separadas ante los organismos pertinentes (Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, Dirección General de Tránsito, respectivamente).
Artículo 7° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4° y 5° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las Áreas correspondientes.
Artículo 8° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, de Tránsito, y del Sistema de Señalización, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento gírese a la Dirección General de Cultos. Cumplido, archívese. Izura

RESOLUCIÓN N° 871 - SSSU
Se aprueba compensación de créditos

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2007.

Visto la Nota N° 2.348-SSSU/07, por la cual se gestiona la necesidad de modificar los créditos de diversas partidas presupuestarias, correspondiente al ejercicio en vigor, y
CONSIDERANDO:
Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 58/07 (B.O. N° 2614) por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2007;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo A, punto III del Decreto N° 58/07,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:

Artículo 1° - Aprúebase la compensación de créditos, por un monto total de pesos setecientos veinticinco ($ 725), de acuerdo con el formulario de modificaciones presupuestarias, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno. Izura

ANEXO

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N° 4.185 - DGR
Se delegan en Analía Cristina Leguizamón y Vicente Caliendo las funciones de Juez Administrativo

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.

Visto el Decreto N° 2.075/07 (B.O. N° 2829), y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7° del referido decreto deroga el Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416);
Que debe tenerse en consideración que el proyecto de ley, por el cual se convierte a la Administración Tributaria en una entidad autárquica ya ha sido aprobada por el Cuerpo Legislativo de la Ciudad, restando solamente su promulgación y publicación;
Que el artículo 8° del Código Fiscal (T.O. 2007), establece que el Director General de Rentas puede delegar las funciones que le son propias de manera general o especial;
Que revistiendo el Director General de Rentas el carácter de Juez Administrativo conforme lo dispone el referido texto fiscal, es necesario formalizar tal delegación de modo expreso;
Que el normal desenvolvimiento de las funciones atinentes al procedimiento de determinación de oficio del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, la instrucción de sumarios para juzgar la conducta de los contribuyentes y la fijación de criterios particulares o generales en relación a los tributos que administra, fiscaliza y recauda la Dirección General de Rentas, funciones todas cuyo ejercicio compete al Director General en su rol de Juez Administrativo, han exigido, desde antiguo, dada su relevancia cualitativa y la importancia del número de actuaciones que requieren la emisión de diversos actos administrativos, la imprescindible colaboración de un Director General Adjunto;
Que aún así, ya a partir del año 2001 se tornó necesario la delegación de las facultades de juez administrativo en punto al aludido procedimiento determinativo de oficio e instrucción de sumarios, conexos o independientes, en cabeza del Subdirector General de Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica, con las limitaciones en razón del monto que emergen de las Resoluciones N° 897-DGR/01 (B.O. N° 1145) y N° 4.621-DGR/01 (B.O. N° 1326);
Que en las actuales circunstancias la continuidad en el ejercicio eficiente de las referidas funciones y, más aún, la decisión de profundizar la acción fiscalizadora y consecuentemente, ampliar el alcance cuantitativo de la actividad del Juez Administrativo, requieren del concurso de los funcionarios que ya se desempeñaban en el uso de los atributos de competencia del Director General;
Que por ello, en ejercicio de las facultades que resultan del art. 4°, inc.16 y del art. 8° del Código Fiscal (T.O. 2007);

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

Artículo 1° - Delegar las funciones de Juez Administrativo en la Dra. Contadora Pública Analía Cristina Leguizamón (F.C. N° 317.154) y en el Dr. Vicente Caliendo (F.C. N° 208.132), respecto de éste último en los términos de las Resoluciones N° 897-DGR/01 y N° 4.621-DGR/01.
Artículo 2° - Esta delegación de funciones no importa para los agentes mencionados en el artículo precedente ninguna modificación escalafonaria ni incremento de retribución.
Artículo 3° - La presente resolución rige a partir de la fecha de su emisión.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su notificación y cumplimiento pase a las distintas dependencias de esta Dirección General. Cumplido, archívese. Walter

RESOLUCIÓN N° 4.186 - DGR
Se establece que el personal de la D.G.R. proseguirá desempeñando funciones y tareas con los niveles jerárquicos preexistentes

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.

Visto el Decreto N° 2.075/07 (B.O. N° 2829), y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° del mencionado decreto se ha derogado el Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416) y toda otra norma que se oponga a dicho Decreto N° 2.075/07;
Que el mencionado Decreto N° 350/06, establecía la estructura Organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de Departamento;
Que es necesario asegurar la continuidad de las prestaciones que cotidianamente lleva a cabo el organismo facilitando a los contribuyentes y administrados en general la realización de sus trámites;
Que razones de orden operativo aconsejan establecer que, hasta tanto se definan los niveles inferiores a Dirección General, todo el personal dependiente de esta Dirección General debe proseguir desempeñando sus funciones y tareas sin solución de continuidad tal y como lo venía haciendo hasta la fecha, confirmando la aplicación de los procedimientos previstos y utilizados habitualmente;
Que debe tenerse en consideración que el proyecto de ley, por el cual se convierte a la Administración Tributaria en una entidad autárquica ya ha sido aprobada por el Cuerpo Legislativo de la Ciudad, restando solamente su promulgación y publicación;
Que asimismo, a idéntico efecto, se dispone la persistencia de las distintas responsabilidades funcionales manteniéndose el orden jerárquico preexistente que se expresará, en todo tipo de actuaciones, a través de la suscripción de las diversas providencias, constancias, certificados y demás actos administrativos, aclarando el nombre y apellido del firmante, el rango o nivel anteriormente ostentado y consignando que se actúa en virtud de la presente;
Que por lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso 16 del artículo 4° y el artículo 8° del Código Fiscal (T.O. 2007);

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

Artículo 1° - El personal dependiente de esta Dirección General debe proseguir desempeñando sus funciones y tareas habituales de conformidad con los procedimientos previstos y observando los niveles jerárquicos preexistentes.
Artículo 2° - Mantener los niveles jerárquicos y las responsabilidades funcionales consiguientes en cabeza de los agentes que los desempeñaban hasta la fecha de la publicación del Decreto N° 2.075/07. Al suscribir sus actos cada uno de dichos agentes debe aclarar su nombre y apellido, el rango o nivel jerárquico ostentado hasta dicha fecha, consignando que obra en virtud de la presente.
Artículo 3° - La presente resolución rige a partir de la fecha de su emisión.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su notificación y cumplimiento, pase a las distintas dependencias de esta Dirección General. Cumplido, archívese. Walter

Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N° 168 - SECLyT
Se designan responsables de fondos

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2007.

Visto los Decretos Nros. 2.046/76 (AD 334), 524/96 (B.O. N° 74), 2.073/07 (B.O. N° 2829), 2.075/07 (B.O. N° 2829), la Resolución N° 1.001-MHGC/06, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto N° 2.073/07 se designa a quien suscribe como Secretario de la Secretaría Legal y Técnica, del Área Jefe de Gobierno;
Que, por Decreto N° 2.075/07 se aprueba la estructura orgánica funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, resulta necesario designar a los responsables de fondos de los organismos dependientes de la Secretaría Legal y Técnica;
Que, de acuerdo a lo establecido en los Decretos Nros. 2.046/76 y 524/96 es facultad del Secretario del Área autorizar dicha designación;
Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desígnanse responsables de fondos de Caja Chica Común, Caja Chica de Ceremonial y Movilidad de la Secretaría Legal y Técnica al suscripto, Dr. Pablo Clusellas, DNI 13.211.552, a la Sra. Laura López, DNI 12.085.471 y al Sr. Marcelo Traina, DNI 13.404.331.
Artículo 2° - Desígnanse responsables de fondos de Caja Chica Común, Fondo Permanente y Movilidad de la Dirección General Técnica Administrativa, a la Sra. Laura López, DNI 12.085.471 y al Sr. Marcelo Traina, DNI 13.404.331.
Artículo 3° - Desígnanse responsables de fondos de Caja Chica Común, Fondo Permanente y Movilidad de la Dirección General de Coordinación Legal al Dr. Raúl F. Ábalos Gorostiaga, DNI 22.653.952 y al Sr. Roberto Carlos González, DNI 21.139.670.
Artículo 4° - Desígnanse responsables de fondos de Caja Chica Común de la Unidad de Auditoría Interna de la Secretaría Legal y Técnica a la Cdra. Norma Vanden Daele, DNI 12.935.599 y a la Cdra. Silvia Esther Boccetti, DNI 13.855.126.
Artículo 5° - Regístrese y comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Clusellas

RESOLUCIÓN N° 169 - SECLyT
Se designa a Jorge W. Alves como Jefe de Despacho del Jefe de Gobierno

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2007.

Visto los términos de la Ley de Ministerios N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del cambio de autoridades operado en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se sancionó la Ley de Ministerios N° 2.506 y se dictó el Decreto N° 2.075/07, normativa a través de la cual se modificó la estructura orgánica del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a los fines de agilizar el tratamiento de las actuaciones y establecer un circuito administrativo eficaz y eficiente, resulta conveniente designar un Jefe de Despacho para el Área Jefe de Gobierno, ello en aras de imprimir celeridad a la gestión de las actuaciones propias del Área;
Que en consonancia con sus funciones y responsabilidades, la Secretaría Legal y Técnica desempeña la tarea de coordinar las acciones administrativas de la Jefatura de Gobierno;
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente para designar a los funcionarios que tendrán a cargo las tareas mencionadas;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desígnase al señor Jorge W. Alves, DNI 5.650.321, como Jefe de Despacho del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Área Jefe de Gobierno, a todos los Ministerios del Poder Ejecutivo y, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, la que notificará los términos de la presente a los funcionarios designados. Cumplido, archívese. Clusellas

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

Aprueban o ratifican contratos de Régimen de Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal, designación de suplentes, designaciones interinas, designación de reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio, locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

n RESOLUCIÓN N° 896-CDNNyA del 7 de diciembre de 2007.
Se acepta la renuncia al Departamento Programa contra toda forma de explotación (PETI) de la Lic. Florencia Calcagno, DNI 18.831.128, con fecha 7 de diciembre del corriente.
Se designa a la Lic. Florencia Calcagno para cumplir tareas en la Unidad Técnica Medidas de Protección contra la Violencia. Naddeo

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

n RESOLUCIÓN N° 457-PG del 17 de diciembre de 2007.
Se designa a Ignacio José Curti (CUIL 20-28768633-2) como personal de la planta de gabinete de la Procuración General Adjunta de Control de Legalidad de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una remuneración equivalente a tres mil unidades retributivas, a partir del 11 de diciembre del 2007. Tonelli

CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESOLUCIÓN N° 665 - CDNNyA
Se deja sin efecto la Resolución N° 24-CDNNyA/02

Buenos Aires, 18 de septiembre de 2007.

Visto las Resoluciones N° 24-CDNNyA/02, N° 379-CDNNyA/06 y N° 309-CDNNyA/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 24-CDNNyA/02 se creó el Subprograma de Elaboración del Sistema de Procedimientos Administrativos para la Defensa y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que se establecieron como principales objetivos de dicho subprograma los de:
- Construir un sistema de procedimientos eficaces, destinados a optimizar las intervenciones de los organismos y efectores vinculados a la protección y promoción de derechos de niños, niñas y adolescentes;
- Definir los circuitos administrativos aplicables en las distintas situaciones de vulneración de derechos, y
- Armonizar las normativas derivadas de la Ley de Protección Integral de derechos de niños, niñas y adolescentes con los circuitos de procedimientos administrativos utilizados en las distintas Áreas del Gobierno de la Ciudad;
Que por Resolución N° 379-CDNNyA/06 se creó la Dirección de Relaciones y Procedimientos Interinstitucionales, estableciendo entre sus responsabilidades primarias la de asistir a la Presidencia de este Consejo en el diseño, revisión y evaluación de los circuitos, procedimientos, protocolos y normativas de los diversos organismos en lo relativo a la aplicación de medidas administrativas de protección integral y la de diseñar los manuales operativos de procedimientos administrativos para dichas medidas;
Que la creación de la Dirección de Relaciones y Procedimientos Interinstitucionales responde a los nuevos compromisos afrontados por este Consejo a raíz de la sanción de la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes;
Que por Resolución N° 309-CDNNyA/07 se aprobó el Manual de Procedimientos y Circuitos de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que el citado manual en su Título VIII, Capítulo VII sobre Procedimientos y Relaciones Interinstitucionales expresa: "art.161.- La Dirección de Procedimientos y Relaciones Interinstitucionales realiza y actualiza los procedimientos, circuitos conjuntamente con las Direcciones del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en consulta con otras áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires si correspondiere";
Que de lo expuesto resulta evidente la similitud de tareas desarrolladas por el citado subprograma y la Dirección de Relaciones y Procedimientos Interinstitucionales;
Que deviene necesario realizar un ordenamiento administrativo a fin de evitar la superposición de actividades entre las distintas Áreas del organismo;
Que resulta procedente dejar sin efecto la Resolución N° 24-CDNNyA/02 que crea el mencionado subprograma;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 y el Decreto N° 1.760/00,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1° - Déjase sin efecto la Resolución N° 24-CDNNyA/02 que crea el Subprograma de Elaboración del Sistema de Procedimientos Administrativos para la Defensa y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, comuníquese a la Dirección de Relaciones y Procedimientos Interinstitucionales y cumplido, archívese. Naddeo

RESOLUCIÓN N° 800 - CDNNyA
Se ratifica el suplemento por tareas nocturnas para el personal del Centro de Atención Transitoria y Línea 102

Buenos Aires, 26 de noviembre de 2007.

Visto la Ley N° 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el Decreto N° 3.544/1 (B.M. N° 19.131), y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y 60 de la Ley N° 114, cuenta con servicios para cumplir con las funciones que le compete en relación con la promoción y protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas Áreas que por su especificidad deben cubrir las 24 horas, para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto N° 3.544/1 (B.M. N° 19.131), establece la asignación de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley N° 114 establece en su artículo 55, como parte de las atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones del personal;
Que la Resolución N° 34-CDNNyA/02 fija el suplemento por tareas nocturnas del personal de planta permanente (Decreto N° 3.544/1, B.M. N° 19.131) que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria y Línea 102;
Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1° - Ratifíquese el suplemento por tareas nocturnas del personal de planta permanente que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria y Línea 102, a partir del 1° de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 2° - Regístrese, remítase para su cumplimiento al Área Administrativa/RR HH, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese. Naddeo

RESOLUCIÓN N° 815 - CDNNyA
Se auspicia la "3° Jornada de Estudio y Reflexión sobre Violencia Familiar"

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.

Visto las atribuciones conferidas a este Consejo por la Ley N° 114 y el Decreto N° 1.760/00 en relación a las políticas públicas destinadas a la infancia y la adolescencia, así como las obligaciones establecidas por la legislación vigente en relación con la promoción y efectivización de los derechos de niños, niñas y adolescentes, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes recoge los principios de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y constituye el marco conceptual de las políticas públicas para la infancia y la adolescencia en la Ciudad;
Que la organización Shalom Bait, en colaboración con la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), organiza su tercera jornada de estudio y reflexión, abordando el tema: "Abuso Sexual, ayer niñas y niños. Hoy mujeres y hombres", con el propósito de profundizar en las consecuencias del abuso sexual en la infancia en edades adultas;
Que compartimos la preocupación por estas problemáticas, así como la modalidad de trabajo y la calidad de los disertantes convocados para este fin;
Que es de fundamental importancia trabajar con la comunidad en el conocimiento de estos temas;
Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1° - Auspiciase la 3° Jornada de Estudio y Reflexión sobre Violencia Familiar organizada por la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en asociación con Shalom Bait "Abuso Sexual, ayer niñas y niños. Hoy mujeres y hombres" que se llevará a cabo el 29 de noviembre del corriente, en el auditorio de la entidad, Pasteur 633, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y cumplido, archívese. Naddeo

RESOLUCIÓN N° 816 - CDNNyA
Se modifica la denominación "Unidad Técnica de Prevención del Tráfico de Niños/as" por "Unidad Técnica de Resguardo del Derecho a la Identidad"

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.

Visto las funciones asignadas por la Ley N° 114 al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Decreto N° 1.760/00, la Resolución N° 422-CDNNyA/07 y otras normativas vigentes, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo se dio un marco orgánico institucional a través de diversas resoluciones, creando las áreas indispensables para su funcionamiento;
Que la Resolución N° 422-CDNNyA/06 genera el marco organizacional y las responsabilidades primarias básicas del organismo, sin perjuicio de las modificaciones parciales que sean necesarias;
Que en dicha resolución se estableció el funcionamiento de un equipo en el área de adopción del Consejo, denominado Unidad Técnica de Prevención del Tráfico de Niños/as;
Que en el transcurso de su trabajo, los temas vinculados con el derecho a la identidad y a la salud fueron adquiriendo mayor peso, siendo la prevención del tráfico uno de los objetivos a alcanzar mediante el refuerzo de dichas acciones;
Que esto amerita un cambio en su denominación, y alguna precisión en la descripción de las responsabilidades primarias;
Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase la denominación Unidad Técnica de Prevención del Tráfico de Niños/as, que se reemplaza por Unidad Técnica de Resguardo del Derecho a la Identidad.
Artículo 2° - Aprobar las responsabilidades primarias del que se adjuntan como Anexo I.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección Administrativa para su cumplimiento, y cumplido, archívese. Naddeo

ANEXO I

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ACTA N° 2.313 - IVC
Se deja sin efecto la Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de Viviendas - Barrio Villa Lugano

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2007.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de diciembre del año dos mil siete, siendo las 9 hs., se reúne el Directorio del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la presencia de su Presidente, el Arq. Claudio Freidin, y sus Directores, Sra. Silvia María Eva Gottero, Dr. Cristian Fernández y el Sr. Victor José Colombano, y el Gerente General, Lic. Andrés Filón, quienes firman al pie de la presente.
Se considera el orden del día y con sujeción al mismo su punto único que dice, Tema: "Dejar sin efecto el proceso licitatorio de la Licitación Pública N° 35/05 - Programa Federal de Viviendas -
Barrio Villa Lugano - Distrito U7 - Obra 1- Mz. 116B - Parcelas 2 y 3 (176 viviendas); Obra 2- Mz. 116 B- Parcelas 4 y 5 (144 viviendas); Obra 3- Mz. 116B- Parcelas 6 y 7 (144) viviendas; Obra 4- Mz. 116B- Parcelas 8 y 9 (144 viviendas); Obra 5- Mz. 110 (192 viviendas); Obra 6- Mz. 112 (144 viviendas); Obra 7- Mz. 113 (144 viviendas); Obra 8- Mz. 114 Fracción A (128 viviendas); Obra 9- Mz. 115- Fracción A y B (264 viviendas).
Luego de un breve debate, sometido a votación el proyecto respectivo, se aprueba por unanimidad.
CONSIDERANDO:
Que por Acta de Directorio N° 1.855-D/05 de fecha 19/5/05, se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de Viviendas- Barrio Villa Lugano Distrito U7 Obra 1 Mz. 116B Parcelas 2 y 3 (176 viviendas); Obra 2 Mz. 116 B Parcelas 4 y 5 (144 viviendas); Obra 3 Mz. 116B- Parcelas 6 y 7 (144) viviendas; Obra 4 Mz. 116B Parcelas 8 y 9 (144 viviendas); Obra 5 Mz. 110 (192 viviendas); Obra 6 Mz. 112 (144 viviendas); Obra 7 Mz. 113 (144 viviendas); Obra 8 Mz. 114 Fracción A (128 viviendas); Obra 9 Mz. 115-Fracción A y B (264 viviendas), aprobándose asimismo, la documentación licitaria que regiría el llamado;
Que asimismo se ratificó lo actuado por la Gerencia de Finanzas y Administración en cuanto a la fijación de fecha de apertura del llamado y realización de las publicaciones en el Boletín Oficial y Órganos privados de publicidad, y se autorizó la emisión de la Circular sin Consulta N° 1;
Que mediante las Resoluciones Nros. 589-PD/05 y 590-PD/05 y 631-PD/05, se autorizó la emisión de las Circulares con Consulta N° 3 y sin Consulta N° 2 y N° 4 respectivamente;
Que, ante el requerimiento efectuado por varias firmas adquirentes de la documentación licitaria, se procedió a la prórroga de la fecha de recepción y apertura de las ofertas, mediante Disposición N° 46-GFyA/05, fijándose como nueva fecha el día 7 de junio de 2005;
Que, en la fecha prevista se procedió a la recepción y apertura de ofertas conforme surge del Acta de Apertura respectiva se recepcionaron las ofertas de las siguientes empresas: Oferta N° 1: Conorvial S.A.; Oferta N° 2: Constructora Perfomar S.A.; Oferta N° 3: Green S.A.; Oferta N° 4: Raffo y Mazieres S.A.; Oferta N° 5: Bricons S.A.; Oferta N° 6: Teximco S.A.; Oferta N° 7: Vidogar Contrucciones S.A.; Oferta N° 8: SES S.A.; Oferta N° 9: Cooperativa de Vivienda, Crédito, Construcción Emetele;
Que, atento lo dispuesto por Resolución N° 29-PD/05 se constituyó la Comisión de Preadjudicaciones con fecha 28/9/05, evaluando las propuestas efectuadas por las empresas oferentes precedentemente indicadas;
Que del mencionado estudio de ofertas surge la formulación de observaciones formales y sustanciales respecto de las ofertas presentadas, habiéndose requerido mediante cédulas de notificación de fs. 1.000/1.008, la subsanación de aquellas que fueran meramente formales;
Que por Acta de Preadjudicación N° 58/05 de fecha 28/9/05, la Comisión de Preadjudicaciones aconseja desestimar las Ofertas N° 4 de la empresa Raffo y Mazieres S.A., N° 9 de la Cooperativa Emetele y N° 2 de la empresa Constructora Perfomar S.A. (respecto de las Obras 4, 7 y 9), por no ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaria. Asimismo aconseja preadjudicar de la siguiente manera: la Obra N° 1 y Obra N° 2 a la alternativa conjunta de la Oferta N° 3 de la empresa Green S.A. Obra N° 3, Obra N° 5 y N° 6 a la Oferta N° 2 Constructora Perfomar S.A. Obra N° 4 y Obra N° 9 a la Oferta N° 2 de la empresa Conorvial S.A Obra N° 7 a la Oferta N° 7 de la empresa Vidogar Construcciones y Obra N° 8 a la Oferta N° 8 de la empresa SES S.A.;
Que se han cumplido los plazos de publicación y los establecidos para formular impugnaciones, conforme lo previsto por el art. 1.4.2 del pliego de condiciones generales, registrándose la presentación de dos oposiciones, la primera realizada por la firma Raffo y Mazieres S.A y la segunda realizada por la firma Bricons S.A.;
Que respecto de las presentaciones realizadas se destacó que las mismas fueron realizadas en término pero omitiéndose dar cumplimiento al requisito de previo pago según lo prescripto en el art. 1.4.2. del pliego de condiciones generales;
Que el rigor de la cláusula mencionada fue expresamente aceptado por el oferente al momento de presentar su oferta bajo los términos del pliego y no haber realizado impugnación alguna a su respecto, de conformidad con lo dispuesto en el art. 1.3.1.1. del PCG;
Que sin perjuicio de lo expuesto y en virtud del principio de colaboración con la Administración, la Comisión de Preadjudicaciones procedió al estudio de las mismas, tratándolas como observaciones a las conclusiones arribadas por ella en el acta de preadjudicación referida;
Que luego de un meticuloso análisis de las observaciones presentadas, la comisión concluyó en su informe de fs. 1.046/47 que: "...las observaciones presentadas por las firmas Raffo y Mazieres S.A. y Bricons S.A.I.C.F.I. no conmueven lo aconsejado mediante Acta de Preadjudicación N° 58/05, ratificándola en todos sus términos...";
Que a fs. 1.063/1.066 la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, toma la intervención de su competencia respecto del proyecto de acto administrativo de adjudicación;
Que por Resolución del Juzgado N° 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 31 de octubre de 2005 a cargo de la Jueza Patricia López Vergara, en los actos caratulados " Juárez Sara Etel y Otros contra G.C.B.A. sobre Amparo (art. 14 C.C.A.B.A.), se dispuso hacer lugar parcialmente a la medida cautelar interpuesta, ordenando a los codemandados G.C.B.A., IVC y Corporación del Sur S.E., la suspensión de los procedimientos, actos y trámites administrativos correspondientes a las Licitaciones Nros. 34/05 IVC, 67/04 IVC y 35/05 IVC, como todo otro proceso licitatorio u obra de construcción de viviendas, que se lleve a cabo en el Distrito U7, hasta tanto exista en autos sentencia definitiva firme;
Que a fs. 1.087 obra agregada la Nota N° 4.390-DGAJUD/07, mediante la cual la Dirección de Juicios Especiales de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pone en conocimiento del organismo que.... "en los autos caratulados: "Juárez, Sara Etel y Otros c/ G.C.B.A. s/amparo (art. 14 C.C.A.B.A.)" Expediente N° 16.693/0, en trámite ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 9, Secretaría N° 17... se decretó caducidad de instancia, en la cual la actora no presentó ningún recurso, quedando firme";
Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico a fs. 1.092/1.093 expone una serie de consideraciones a tener en cuenta respecto del mérito y conveniencia de continuar con el trámite de adjudicación de la Licitación Pública N° 35/05, máxime teniendo en cuenta que el acto de apertura del acto licitatorio data de junio de 2005;
Que la Gerencia Técnica se expide a fs. 1.094/1.095 donde propone la relocalización de dos de la obras que tramitaron por este proceso licitario;
Que asimismo informa que los predios donde se pretende construir no pertenecen a este IVC por lo que se debería negociar la compra de los mismos;
Que de la misma manera informa que se debería realizar estudio de suelos, solicitar las factibilidades de servicios y realizar estudio de impacto ambiental;
Que en virtud de lo establecido en el art. 1.4.5 del PCG, y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia corresponde dejar sin efecto el proceso licitario, correspondiente a la Licitación Pública N° 35/05;
Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico ha tomado la intervención de su competencia, apreciando nuevamente las consideraciones supra expuestas y opinando que no tiene observaciones jurídicas que formular;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Organismo de la Constitución, ha tomado intervención de ley;

SE RESUELVE:

1°) Déjase sin efecto el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública N° 35/05 Programa Federal de Viviendas- Barrio Villa Lugano Distrito U7 Obra 1 Mz. 116B Parcelas 2 y 3 (176 viviendas); Obra 2 Mz. 116 B-Parcelas 4 y 5 (144 viviendas); Obra 3 Mz. 116B Parcelas 6 y 7 (144) viviendas; Obra 4 Mz. 116B Parcelas 8 y 9 (144 viviendas); Obra 5 Mz. 110 (192 viviendas); Obra 6 Mz. 112 (144 viviendas); Obra 7 Mz. 113 (144 viviendas); Obra 8 Mz. 114 Fracción A (128 viviendas); Obra 9 Mz. 115 Fracción A y B (264 viviendas).
2°) Publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y demás medios donde se haya publicado el llamado originario.
Con lo que se dio por terminada la reunión siendo las 10 hs.
Por aprobada para su registración, cumplimiento y publicación, los componentes del Directorio firman la presente acta. Freidin - Gottero - Fernández - Colombano - Filón

COMUNICADOS Y AVISOS

DISPOSICIONES

MINISTERIO DE GOBIERNO

DISPOSICIÓN N° 8.444 - DGHyP
Se deroga la Disposición N° 1.665-DGHyP/03 y se aprueba el Código Informático de Habilitaciones y Permisos

Buenos Aires, 20 de noviembre de 2007.

Visto la Ordenanza N° 44.947-CJD/91 (B.M. N° 19.045); los Decretos N° 919/02 (B.O.C.B.A. N° 1504) y N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), la Ley N° 449 (B.O.C.B.A. N° 1044) y su modificatoria Ley N° 2.216 (B.O.C.B.A. N° 2614), la Resolución N° 254-MMAGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2650), la Disposición N° 1.665-DGHyP/03, los Memorándums N° 1.091-DGHyP/07, N° 1.092-DGHyP/07 y N° 1.093-DGHyP/07, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 44.947-CJD/91, en su artículo 2.1.2., inciso a) establece que, en la solicitud de habilitación se deberá indicar la clase de actividad que se va a desarrollar de acuerdo con el nomenclador de actividades sujetas a habilitación, cuya confección y actualización permanentes estará a cargo del organismo competente en la materia;
Que el artículo 2° del Decreto N° 919/02 creó la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, según se consigna en el Anexo I, que forma parte integrante del mismo (estructura, responsabilidades primarias y acciones), a fin de privilegiar la eficiencia en la prestación del servicio en el esquema de la política de modernización del Estado, redefiniendo los objetivos para imprimir mayor capacidad y agilidad de respuesta a las demandas sociales;
Que la actual estructura organizativa de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, es la establecida por Decreto N° 350/06, y entre las responsabilidades primarias se encuentra la de entender en el otorgamiento de habilitaciones y permisos conforme a la normativa vigente en la materia, en los establecimientos comerciales, industriales, de servicio, de espectáculos y entretenimientos públicos, actividades comerciales, ocupación de la vía pública y lo atinente a la publicidad, atendiendo en lo que respecta a la seguridad, salubridad y moralidad;
Que la Ley N° 449, aprobatoria del Código de Planeamiento Urbano, modificada por la Ley N° 2.216 y reglamentada esta última por Resolución N° 254-MMAGC/07, establecen el emplazamiento de las distintas actividades sujetas a habilitación en el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Disposición N° 1.665-DGHyP/03, esta Dirección General estableció la actualización del Sistema Informático de las actividades sujetas a habilitación, sin desmedro de la plena vigencia del cuadro de usos de la Ley N° 449;
Que por Memorándums N° 1.091-DGHyP/07, N° 1.092-DGHyP/07, y N° 1.093-DGHyP/07, esta Dirección General ha remitido al Departamento Certificaciones, Departamento Habilitaciones con Inspección Previa y Departamento Trámite, respectivamente, el proyecto de modificación del Nomenclador de Actividades a fin de ser revisado y corregido por cada una de las Áreas mencionadas;
Que consecuentemente se hace necesario que esta Dirección General efectúe las nuevas modificaciones del código informático de actividades propuesto por la Disposición N° 1.665-DGHyP/03;
Que asimismo el nuevo Código Informático de Habilitaciones y Permisos fue discurrido en pos de su fácil comprensión y utilización, para la cual se dividió el mismo por actividades y se incorporó el detalle de las referencias;
Que resulta necesario incorporar en el Sistema Informático que codifica las actividades de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, los números de proceso asignado a cada uso, siendo esta una herramienta administrativa que permita la confección automática de la documentación de habilitaciones en el sistema programado para tal fin;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Decreto N° 1.627/06,

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
DISPONE:

Artículo 1° - Deróguese la Disposición N° 1.665-DGHyP/03.
Artículo 2° - Apruébase el Código Informático de Habilitaciones y Permisos, conforme surge del Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Artículo 3° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento comuníquese a todas las Áreas que conforman esta Dirección General, a la Subsecretaría de Control Comunal y al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Nardi

ANEXO I

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CA 514

Inicia: 18-12-2007 Vence: 21-12-2007

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Nómina de certificados fiscales otorgados y denegados para licitar y/o contratar con el G.C.A.B.A.

Conforme lo determinado por Resolución N° 2.647-SHyF/02, se informa la nómina de los contribuyentes a los que les ha sido otorgado o denegado el certificado fiscal para licitar y/o contratar con el G.C.A.B.A.

Certificados Fiscales Otorgados - desde 21/10/2007 al 20/11/2007

Imagen 1 2 3

Certificados Fiscales Denegados - desde 21/10/2007 al 20/11/2007

Analía C. Leguizamón
Directora General Adjunta

Irene A. Oyola
a/c Área Certificado Fiscal

CA 517

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Presentación certificados de escolaridad finalización ciclo lectivo año 2007 (art. 48 de la Ley N° 1.208 -B.O. N° 1973)
Sras./Sres. responsables de personal, delegados contables de los Distritos Escolares, responsables administrativos de establecimientos educativos transferidos. Se les informa algunas aclaraciones respecto a los agentes con derecho a percibir la asignación por escolaridad:
1 - La asignación por escolaridad corresponde a los siguientes niveles educativos:
l Preescolar (4 y 5 años de edad).
l Escolaridad primaria.
l Enseñanza General Básica.
l Escolaridad media o superior y polimodal.
l Servicio de rehabilitación exclusivamente para discapacitados.
2 - Los agentes deben acreditar la asistencia regular a los cursos, dentro de los sesenta (60) días de finalizado el presente período lectivo, mediante la presentación del certificado de escolaridad extendido por el establecimiento educacional al que asiste el alumno/a, el que deberá ser recepcionado por el Área de Personal y controlado con el padrón de agentes con percepción de asignaciones familiares de noviembre de 2007, constatando si se corresponde con la escolaridad registrada. Dicho certificado deber ser archivado en la repartición donde presta servicios el agente.
El mencionado padrón de cada repartición, distrito escolar o establecimiento educativo, se encuentra a disposición de las Áreas de Personal, debiendo ser retirado a la mayor brevedad posible del Departamento Asignaciones Familiares (Carlos Pellegrini 211, 4° piso, lunes a viernes de 10 a 15 hs.).
3 - El Área de Personal comunicará las correcciones que surjan del control, como así también las bajas de escolaridad por interrupción o abandono de estudios.
4 - Para informar dichas novedades deberán utilizarse los formularios impresos o podrán bajarse de intranet del portal de Recursos Humanos.
l Formulario C-0466 "Modificación por Escolaridad" (no docentes): para el personal no docente de planta permanente, autoridades superiores, planta de gabinete, personal contratado en relación de dependencia (Decreto N° 948/05, B.O. N° 2238), este último en planilla aparte, ordenados por número de ficha municipal e incluyendo el N° de CUIL en el lugar asignado para el N° de documento (Ej.: 27-11111111-1).
l Formulario C-0467 "Modificación por Escolaridad" (docentes): para el personal docente, en el que se debe incluir al personal no docente que figuran y perciben haberes por la planilla de haberes de transferidos, consignando el N° de CUIL y ordenado por número de documento.
Se solicita se dé la mayor difusión entre el personal de cada Área que Ud./Uds. administran, dado que el tema adquiere gran importancia por su afectación en las liquidaciones de haberes de una cantidad considerable de agentes.
Si es necesario realizar consultas, no dude en comunicarse con el responsable del Departamento de Asignaciones Familiares de la Dirección de Liquidación de Haberes de la DGRH, Sra. Sofía Fabián, a través de su correo electrónico, cuya dirección es: sfabian@buenosaires.gov.ar, o al teléfono 4323-8000, int. 4693 para docentes o int. 4666 para no docentes.

María E. Heinken
Directora General

CA 529

Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008

DISPOSICIÓN N° A 457 - DGC
Se establece que deberán ser ratificadas la suscripción de las facturas y los respectivos certificados de prestación de servicio y/o locación de obra, conforme el procedimiento establecido en la Disposición N° A 166/02

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70 y su Decreto Reglamentario N° 1.000/99,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:

Artículo 1° - Las Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales o Unidades de Organización que cumplan similar función en cada Secretaría o Jurisdicción deberán ratificar a los funcionarios dependientes a los que les hubiere delegado la suscripción de las facturas y los respectivos certificados de prestación de servicio y/o locación de obra, conforme el procedimiento establecido en la Disposición N° A 166/02.
Artículo 2° - A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 1°, los referidos funcionarios deberán informar a esta Dirección General la nómina de los responsables de dicho cumplimiento.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase copia certificada de la presente a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Organismos Descentralizados y Entidades Autárquicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dirección de Liquidaciones, de Contabilidad, Técnica Legal y de Control y Departamento Locaciones de Servicio y Obra dependientes de esta Dirección General. Cumplido, archívese en la Dirección Técnica, Legal y de Control de la Dirección General de Contaduría. Mezzamico

CA 525

Inicia: 21-7-2007 Vence: 26-12-2007

DISPOSICIÓN N° C 456 - DGC
"Gastronomía Molisana S.A. Emepa S.A. UTE": se desestima recurso de reconsideración contra la Disposición N° C 157-DGC/06

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2007.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE:

Artículo 1° - Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por la firma "Gastronomía Molisana S.A. Emepa S.A. UTE" CUIT 30-64600501-5, 30-61066872-7 contra los términos de la Disposición N° C 157-DGC/06, confirmándose la misma en todos sus términos, ello de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General.
Artículo 2° - Regístrese, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificación a la firma interesada, copias al Registro Único y Permanente de Proveedores y Ministerio de Educación, pase al Departamento Sanciones y Proveedores. Mezzamico

CA 526

Inicia: 21-7-2007 Vence: 26-12-2007

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

COORDINACIÓN DE JUNTAS DE CLASIFICACIÓN DOCENTE Y DISCIPLINA

Docentes

Concursos de Ingreso

El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dando cumplimiento a lo normado en la Ordenanza N° 40.593 y su reglamentación comunica a los docentes del Área de Educación Curricular de Materias Especiales, de Educación Especial, de Educación Inicial, de Educación del Adulto y Adolescente y de Educación Primaria, el cronograma de concursos de ingreso a la docencia:

Área Curricular de Materias Especiales.
Lugar a realizarse: Escuela 26, D.E. 1, Salguero 2455.
Educación Artesanal y Técnica.
Escalafón A.
Fecha: viernes 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Educación Física.
Escalafón B.
Desde puntaje 79,4410 hasta puntaje 44,0000.
Fecha: lunes 17/12/07.
Hora: 9 hs.
Desde el puntaje 43,3000 hasta puntaje 32,8500.
Fecha: martes 18/12/07.
Hora: 9 hs.
Desde el puntaje 32,5400 hasta finalizar puntaje.
Fecha: 19/12/07.
Hora: 9 hs.
Se procederá de acuerdo al art. 17, Apartado VII de la Reglamentación del Estatuto del Docente - Ordenanza N° 40.593.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Educación Musical.
Escuela de Música y Escuelas de Intensificación en Artes-Danzas.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9 hs.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Educación Plástica.
Escalafón B y Escuelas de Intensificación en Artes - Teatro.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9 hs.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.
Idioma Extranjero.
Escalafón B y Escuelas Plurilingües.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9 hs.
Escalafón A.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9 hs.

Área Educación Especial.
Lugar a realizarse: Escuela de Recuperación N° 12, Gavilán 1464.
Hora: 13 hs.
No escalafonados.
Escalafón B: maestro psicopedagogo, asistente social.
Escalafón C: maestro psicólogo, asistente social, gabinetista psicotécnico, reeducadora vocal, preceptor, ayudante de clases prácticas de lengua de señas, maestro de actividades prácticas.
Hora: 14.30 hs.
Escalafonados.
Escalafón A: maestros de grado hospitalaria, domiciliaria, maestro de sección hospitalaria domiciliaria.
Hora: 15.30 hs.
Escalafonados.
Escalafón C: maestro de grupo escolar, maestro de grupo severos trastornos mentales, maestro de grado visuales, maestro de grado auditivos, maestro reeducador acústico.
Hora: 17 hs.
Escalafonados.
Escalafón B: maestro de grado de recuperación.

Área Educación Inicial.
Lugar a realizarse: JIC N° 4, D.E. 6, Castro Barros 965.
Maestras de sección.
Fecha: 20/12/07.
Hora: 9.30 hs. en adelante.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 9.30 a 12 hs.
Maestras celadoras.
Fecha: 21/12/07.
Hora: 13 hs. en adelante.

Área Educación del Adulto y del Adolescente.
Lugar a realizarse: Escuela N° 8, D.E. 1, Talcahuano 680.
Maestro de ciclo.
Fecha: 19/12/07.
Hora: 9.30 hs.
Maestros Especiales de: accesorios de la moda, corte y confección, inglés, electricidad, francés, computación, contabilidad, cocina, peluquería, carpintería, cerámica, cosmetología y dibujo.
Fecha: 19/12/07.
Hora: 13.30 hs.

Área Educación Primaria.
Lugar a realizarse: Instituto Félix Bernasconi (Cátulo Castillo 2750).
Maestro/a de grado.
Fecha: 26/12/07.
Hora: 10 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, desde el N° de orden 1 (puntaje 35,000), hasta el N° de orden 458 (puntaje 26,7500).
Hora: 15 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, ausentes a la 1ª convocatoria y desde el N° de orden 459 (puntaje 26,7460) hasta el N° de orden 602 (puntaje 25,7500).
Fecha: 27/12/07.
Hora: 10 hs.
Docentes con requisitos, desde el N° de Orden 603 (puntaje 25,7460) hasta agotar las vacantes.

Maestro/a bibliotecario/a.
Fecha: 26/12/07.
Hora: 8.30 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, desde el N° de orden 1 (puntaje 33,9000) hasta el N° de orden 45 (puntaje 26,0500).
Fecha: 27/12/07.
Hora: 8.30 hs.
Docentes con requisitos, ganadores de concurso, ausentes a la 1ª convocatoria y desde el N° de orden 46 (puntaje 26,0340) hasta agotar las vacantes.

Mariano Narodowski
Ministro de Educación

Oscar E. Moñino
Coordinador

CA 521

Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Búsqueda de expediente

Se solicita a los señores jefes y/o responsables de las Mesas de Entradas, Salidas y Archivo, de los distintos organismos y jurisdicciones que componen el Órgano Ejecutivo, se sirvan informar a este Ministerio de Desarrollo Urbano, si en las mismas se encuentra o ha registrado trámite de los Expedientes Nros. 8.624/99 y 11.580/00 agregados.

Cristian A. Fernández
Director General

CA 524

Inicia: 20-12-2007 Vence: 26-12-2007

MINISTERIO DE CULTURA

INSTITUTO PROTEATRO

Convocatoria 2008

El Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral no Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) llama a nueva convocatoria a fin de solicitar contribuciones financieras para el año 2008; y se extenderá:
- Salas teatrales registradas en Proteatro, desde el 17 de diciembre de 2007 al 30 de mayo de 2008.
- Grupos estables y eventuales, desde el 17 de diciembre de 2007 al 1° de octubre de 2008.
Los formularios e instructivo estarán disponibles por internet en www.buenosaires.gov.ar/cultura/proteatro, se podrán presentar las solicitudes a partir del 17 del corriente. Para mayor información, el horario de atención al público es de lunes a viernes de 11 a 17 hs., en Av. de Mayo 575, 4° piso, oficina 400. Tel.: 4323-9685.

Fernando Salvati
Director Administrativo

CA 523

Inicia: 20-12-2007 Vence: 28-12-2007

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Solicitud de personal

Se solicita personal que reviste en planta permanente y/o planta de empleo público (Decreto N° 948/05); del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para incorporarse a esta Secretaría de Comunicación Social (privada), para cumplir funciones de chofer de lunes a viernes.
Comunicarse de lunes a viernes de 9 a 16 hs. telefónicamente a los siguientes números: 4323-9499 y 4323-9496 - (Av. de Mayo 525, 1° piso, oficina 141).
Requisitos:
- Autorización del Director del Área.
- Registro de conducir profesional.
- Disponibilidad de horario.

Gregorio Centurión
Secretario

CA 520

Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007

SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD

Solicitud de personal

Se solicita personal para desempeñarse en la Sindicatura General de la Ciudad, de acuerdo al siguiente detalle:
Tareas a desempeñar: referentes a temas específicos de Auditoría.
Perfil de los agentes:
- Abogados/as.
- Contadores/as.
- Médicos/as sanitaristas.
- Profesionales de la educación.
- Nutricionistas.
- Ingenieros/as.
- Arquitectos/as.
Requisitos:
- Personal de planta permanente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
- Personal contratado en los términos del Decreto N° 948/05.
- En ambos casos, contar con la autorización del Director del Área en que prestan servicios.
- Currículum Vitae.
Horario a desempeñar: a convenir.
Informes: Carlos Pellegrini 291, 7° piso, Subgerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Gerencia Técnica, Administrativa y de Sistemas de la Sindicatura General de la Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 hs., tel.: 4323-8000, int. 4981.

Ignacio M. Rial
Síndico General de la Ciudad

CA 528

Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008

CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Defensorías Zonales

Se informa que el día 27 de diciembre de 2007 permanecerán cerradas de 9 a 14 hs. la totalidad de las Defensorías Zonales del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por realizarse la "I Jornada de Articulación Inter Equipos del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Dirección General de Niñez y Adolescencia".
Consultas: Av. Roque Sáenz Peña 547, 6° piso, tels.: 4331-3232/3297, línea de atención telefónica gratuita 102.

Lic. Jessica Malegarie
Vicepresidenta

CA 531

Inicia: 21-12-2007 Vence: 26-12-2007

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Preadjudicación - Carpeta N° 306.469-DGC/07

Licitación Pública N° 1.326/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.622/07.
Repartición destinataria: Dirección General de Contaduría.
Rubro: alquiler de dispenser de agua.
Firma preadjudicada:
Serviur S.A.
Renglón: 1 - cantidad: 12 meses - precio mensual: $ 858 - precio total: $ 10.296.
Renglón: 2 - cantidad: sin unidad - precio mensual: sin cargo - precio total: sin cargo.
Total: $ 10.296.
La adjudicación aconsejada para la presente contratación lo ha sido por oferta más conveniente conforme los términos del art. 108 de la Ley N° 2.095.

Jorge C. Polini
Director General

OL 3095

Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Preadjudicación - Expediente N° 63.373/07

Licitación Pública N° 1.363/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.651/07.
Repartición destinataria: Subsecretaría de Deportes.
Rubro: adquisición de medicamentos e insumos médicos.
Fundamentación:
Farmacia Santa Catalina S.R.L. (Oferta N° 4), Renglones 1/18, 20, 23/24, 26/27, 29, 32, 33 y 35/37 en la suma de pesos cuarenta y ocho mil quinientos sesenta y ocho con setenta centavos ($ 48.568,70).
Bymed S.R.L. (Oferta N° 2), Renglones 21 y 22 en la suma de pesos mil doscientos ochenta y cuatro con cuarenta y ocho centavos ($ 1.284,48).
Química Córdoba S.A. (Oferta N° 1), Renglones 19, 28 y 34 en la suma de pesos tres mil seiscientos setenta y cinco con cincuenta y ocho (3.675,58).
Fedimed S.A. (Oferta N° 3), Renglones 30 y 31 en la suma de pesos mil ciento ochenta y cuatro ($1.184).
La erogación total para la presente contratación asciende a la suma de pesos cincuenta y cuatro mil setecientos doce con setenta y seis ($ 54.712,76).
No se considera:
Fedimed S.A. (Oferta N° 3), Renglones 32 alt. 1, 32 alt. 2, 33 básica y 33 alt. 2 por no ajustarse a lo solicitado en el pliego de bases y condiciones.
Se deja sin efecto:
Renglón: 25, por no ajustarse a lo solicitado en el pliego de bases y condiciones.

Jorge C. Polini
Director General

OL 3107

Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007

MINISTERIO DE SALUD

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. PENNA"

Adquisición de determinaciones en sangre - Carpeta N° 91.489-MSGC/07

Licitación Pública N° 1.398/07.
Apertura: 28/12/07.
Hora: 9 hs.
Valor de pliego: $ 55.
Rubro: adquisición de determinaciones en sangre.
Los pliegos respectivos podrán ser retirados en la División Compras y Contrataciones del hospital, sito en Pedro Chutro 3380, 3° piso, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs.

Carlos Grasso Fontan
Director (I)

Stella M. Dalpiaz
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 3085

Inicia: 20-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Preadjudicación - Carpeta N° 91.224-MSGC/07

Licitación Pública N° 1.279/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.623/07.
Rubro: adquisición de reactivos para hepatitis y toxoplasmosis.
Firma preadjudicada:
WM Argentina S.A.
Renglón: 1 - cantidad: 45 equipos 100 det. - precio unitario: $ 300 - importe total: $ 13.500 - encuadre legal: oferta conveniente según artículo 108, Ley N° 2.095.
Renglón: 3 - cantidad: 4.500 det. - precio unitario: $ 4,73 - importe total: $ 21.285 - encuadre legal: oferta conveniente según artículo 108, Ley N° 2.095.
Renglón: 4 - cantidad: 6.000 det. - precio unitario: $ 6,98 - importe total: $ 41.880 - encuadre legal: oferta conveniente según artículo 108, Ley N° 2.095.
Renglón: 5 - cantidad: 4.500 det. - precio unitario: $ 9,76 - importe total: $ 43.920 - encuadre legal: oferta conveniente según artículo 108, Ley N° 2.095.
Total: $ 120.585.
Lugar de exhibición: Hospital "Dr. J. M. Penna", sito en Pedro Chutro 3380, 3° piso.
Ante cualquier consulta llamar a los teléfonos 4911-3030/7108/7300, ints. 235 ó 204.
Horario de atención de 8 a 12 hs.

Carlos Grasso Fontan
Director (I)

Stella M. Dalpiaz
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 3088

Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007

HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "SANTA LUCÍA"

Adquisición de antibióticos - Carpeta N° 91.383-SIGAF/07

Llámase a Licitación Pública N° 1.362-SIGAF/07, a realizarse el día 9 de enero de 2008, a las 12 horas, para la adquisición de antibióticos.
Valor del pliego: $ 47 (pesos cuarenta y siete).
Timbrado de pliegos: los pliegos podrán retirarse en el Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", sito en Av. San Juan 2021, 2° piso, División Compras, lunes a viernes de 9 a 13 hs. Previo pago del timbrado correspondiente en el CGPC 4, sito en Sarandí 1273 o en cualquier CGPC con máquina timbradora.
Consultas y lugar de apertura: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Av. San Juan 2021, 2° piso, lunes a viernes de 9 a 14 hs.

Graciela M. Reybaud
Directora (I)

María C. Rosales
Subdirectora Administrativa (T)

OL 3091

Inicia: 20-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Adquisición de psicotrópicos, analgésicos y anestésicos - Carpeta N° 91.382-SIGAF/07

Llámase a Licitación Pública N° 1.361/07, a realizarse el día 9 de enero de 2008, a las 11 horas, para la adquisición de psicotrópicos, analgésicos y anestésicos.
Valor del pliego: $ 24 (pesos veinticuatro).
Timbrado de pliegos: los pliegos podrán retirarse en el Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", sito en Av. San Juan 2021, 2° piso, División Compras, lunes a viernes de 9 a 13 hs. Previo pago del timbrado correspondiente en el CGPC 4, sito en Sarandí 1273 o en cualquier CGPC con máquina timbradora.
Consultas y lugar de apertura: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Av. San Juan 2021, 2° piso, lunes a viernes de 9 a 14 hs.

Graciela M. Reybaud
Directora (I)

María C. Rosales
Subdirectora Administrativa (T)

OL 3092

Inicia: 20-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Adjudicación - Carpeta N° 91.163/07

Licitación Pública N° 1.201/07.
Rubro: "Válvulas de Ahmed".
Consultas: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Av. San Juan 2021, 2° piso, Compras, lunes a viernes de 9 a 14 hs.
Firma adjudicada:
Centro Óptico Casin S.R.L. (Av. Juan B. Justo 4091, Capital Federal).
Renglón: 1 - cantidad: 10 unidades - precio unitario: $ 1.230 - precio total: $ 12.300.
Total: $ 12.300.
Importe total Licitación Pública N° 1.201/07: $ 12.300.

Estela Fernández Rey
Subdirectora de Atención Médica (I)
D.O. y P.A.

Marcela V. Vidal
Jefa Departamento Contable (a/c)

OL 3094

Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. CARLOS G. DURAND"

Preadjudicación - Carpeta N° 90.574-MS/07

Licitación Pública N° 1.100/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.641/07, de fecha 17/12/07.
Firmas preadjudicadas:
Storing Insumos Médicos S.R.L.
Renglón: 1 - importe: $ 13.880.
St. Jude Medical Argentina S.A.
Renglones: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 - importe: $ 66.710.
Total: $ 80.590.
Horario y lugar de consulta del expediente: Oficina de Compras, Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", sito en Av. Díaz Vélez 5044, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs.

Tomás H. Di Pietro
Director

Daniel E. Filippo
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 3101

Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS FÍSICOS EN SALUD

Preadjudicación - Carpeta N° 90.222-MSGC/07

Licitación Privada N° 647-SIGAF/07 - obra menor.
Preadjudicación efectuada por la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones creada por Resolución N° 1.095-SS/00, el día 7/12/07.
Obra: instalación de aspiración central en el Hospital General de Agudos "Dr. Vélez Sarsfield", sito en la calle Pedro Calderón de la Barca 1550 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sistema de contratación: ajuste alzado.
Firma preadjudicada: Sureña Construcciones S.A. (CUIT 33-70983596-9) con domicilio legal en la calle Doblas 160, piso 15, depto. 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un importe de pesos ciento noventa y siete mil quinientos veintiocho con 80/100 ($ 197.528,80), por ser la oferta de menor precio ajustada a pliego.

Leardo F. Gabás
Dirección General

OL 3100

Inicia: 21-12-2007 Vence: 21-12-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. ABEL ZUBIZARRETA"

Adquisición de ropa uso hospitalario - Licitación Privada N° 700/07

Llámese a Licitación Privada N° 700/07 para la adquisición de ropa uso hospitalario, cuya apertura se realizará el día 27/12/07, a las 10 hs.
Valor del pliego: $ 100.
Los pliegos se podrán adquirir en la División Tesorería del Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", sito en la calle Nueva York 3952 de lunes a viernes de 9 a 12 horas.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la apertura.
Por cualquier consulta llamar al tel.: 4501-2604.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.

Alejandro Ramos
Director (I)

Martín J. Kelly
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 3067

Inicia: 21-12-2007 Vence: 26-12-2007

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"

Preadjudicación - Carpeta N° 90.649/07

Licitación Pública N° 610/07.
Objeto: reactivos para laboratorio.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
La presente preadjudicación deja sin efecto a la Preadjudicación N° 35/07 de fecha 12/12/07 al 14/12/07.
Firma preadjudicada:
Química Erovne S.A.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 - total: $ 80.280.

José A. Cuba
Director

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 3096

Inicia: 21-12-2007 Vence: 27-12-2007

n Preadjudicación - Carpeta N° 90.378/07

Licitación Pública N° 343/07.
Objeto: instrumentalj para cirugía laparos.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
La presente preadjudicación deja sin efecto a la Preadjudicación N° 31/07 de fecha 3/12/07 al 5/12/07.
Firmas preadjudicadas:
Mallinckrodt Medical Arg. Lim.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 21 y 23 - total: $ 108.346,88.
Argentina Medical Products S.R.L.
Renglones: 7, 20, 22, 24 y 25 - total: $ 17.914,32.

José A. Cuba
Director

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 3097

Inicia: 21-12-2007 Vence: 27-12-2007

n Preadjudicación - Carpeta N° 90.377/07

Licitación Pública N° 344/07.
Objeto: instrumental, equipos y suministros.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
La presente preadjudicación deja sin efecto a la Preadjudicación N° 34/07 con fecha de publicación 5/12/07 al 7/12/07.
Firma preadjudicada:
Mallinckrodt Medical Arg. Lim.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5 y 6 - total: $ 146.776,75.

José A. Cuba
Director

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 3098

Inicia: 21-12-2007 Vence: 27-12-2007

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO

Trabajos de accesibilidad, acondicionamiento de instalación eléctrica y sistema hídrico contra incendio en el edificio de la Escuela Técnica N° 34, D.E. 9 - Expediente N° 33.530/07

Licitación Pública N° 1.374-SIGAF/07 (N° 24/07).
Objeto del llamado: trabajos de accesibilidad, acondicionamiento de instalación eléctrica y sistema hídrico contra incendio en el edificio de la Escuela Técnica N° 34, D.E. 9, sito en Loyola 1500, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 999 (pesos novecientos noventa y nueve).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 998.782,94 (pesos novecientos noventa y ocho mil setecientos ochenta y dos con 94/100).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 6 de febrero de 2008, a las 13 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 30 de enero de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 60 días hábiles.
Plazo de ejecución de las obras: 150 días corridos, computados a partir de la fecha de la orden de ejecución.

Eduardo J. Roy
Director General

OL 3027

Inicia: 12-12-2007 Vence: 7-1-2008

n Trabajos de sistema hídrico y adecuación escalera contra incendio, ascensor, rampas e instalación eléctrica en el Liceo N° 11 y la Escuela N° 12, D.E. 15 - Expediente N° 25.330/07

Licitación Pública N° 1.373-SIGAF/07 (N° 19/07).
Objeto del llamado: trabajos de sistema hídrico y adecuación escalera contra incendio, ascensor, rampas e instalación eléctrica en el edificio del Liceo N° 11, D.E. 15 "Cornelio Saavedra" Escuela N° 12, D.E. 15 "Reconquista", sito en Av. Triunvirato 4992, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 810 (pesos ochocientos diez).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 809.290,34 (pesos ochocientos nueve mil doscientos noventa con 34/100).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 6 de febrero de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 30 de enero de 2008, a las 14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 60 días hábiles.
Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados a partir de la fecha de la orden de ejecución.

Eduardo J. Roy
Director General

OL 3028

Inicia: 12-12-2007 Vence: 7-1-2008

MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Provisión y colocación de rejas en distintos Espacios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires - Expediente N° 6.341/07

Llámase a Licitación Pública N° 1.372/07, apertura del Sobre N° 1, para el día 30 de enero de 2008, a las 15 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la realización de la Obra "Provisión y colocación de rejas en distintos Espacios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires".
Presupuesto oficial: pesos cinco millones ($ 5.000.000).
Plazo de ejecución: 365 días a contar desde la fecha de "Orden de Comienzo".
Valor del pliego: pesos dos mil ($ 2.000).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser adquiridos y consultados en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 30 de enero de 2008, a las 15 hs., momento en que se realizará la apertura de Sobres N° 1, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso.

Eduardo J. Villa
Director General

OL 2933

Inicia: 3-12-2007 Vence: 21-12-2007

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

Rehabilitación y mantenimiento de Arterias Urbanas por niveles de servicio - Expediente N° 85.180/06.

Llámase a Licitación Pública N° 1.444/07, para el día 8 de febrero de 2008 a las 14 horas, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064, para la contratación de la Obra "Rehabilitación y Mantenimiento de Arterias Urbanas por Niveles de Servicio".
Presupuesto oficial: pesos cuatrocientos noventa y un millones seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos cincuenta y nueve con cincuenta y siete centavos ($ 491.654.959,57).
Plazo de ejecución: treinta y seis (36) meses.
Valor del pliego: pesos cincuenta mil ($ 50.000).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser adquiridos y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 8 de febrero de 2008 a las 14 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso.

Juan P. Piccardo
Ministro

CA 519

Inicia: 17-12-2007 Vence: 10-1-2008

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

Traslados varios - Carpeta de Compras N° 17.512

Llámese a licitación pública con referencia a los "Traslados a realizarse en dependencias varias de la institución (Renglones 1 y 2)".
Valor del pliego de condiciones: $ 45 (pesos cuarenta y cinco).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 3/1/08, a las 13 horas.
Consultas: de 10 a 15 horas.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: lbiondo@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar

Alfredo N. Pepe
Jefe de Equipo
Obras
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 377

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Provisión de carpetas oficio - Carpeta de Compras N° 17.523

Llámese a licitación pública con referencia a la "Provisión de Carpetas Velox oficio (art. 12003002)".
Valor del pliego de condiciones: $ 90 (pesos noventa).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7° piso, C.A.B.A.
Fecha de apertura: 9/1/08, a las 11 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8811/10/09.
E-mail: sirodriguez@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar

Nicolás E. Fiorentino
Jefe de Equipo
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 378

Inicia: 18-12-2007 Vence: 26-12-2007

EDICTOS

PARTICULARES

Transferencia

Eduardo Gustavo Pérez Arauz, DNI 13.659.853, con domicilio en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 1454, 5° piso, oficina 26, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en mi carácter de apoderado de la firma Ferri Real Estate S.A., pone en conocimiento que la empresa Formatos Eficientes S.A., con domicilio en la calle Thames 1144, Capital Federal, transfiere la habilitación del depósito de aves, huevos y miel, revisadero y envasamiento de huevos, depósito de frutas y hortalizas, depósito de carnes frescas y congeladas, depósito de comestibles en general, fraccionamiento y envasamiento de comestibles en general, depósito de embutidos, fiambres y otros preparados a base de carnes, depósito de manteca, crema, leche y productos similares y depósito de quesos, sito en la calle San Pedrito 3697 y Berón de Astrada 3154, P.B., entrepiso, 1° y 2° piso, Capital Federal, a la empresa Ferri Real Estate S.A., con domicilio en la calle Valle 793, 3° piso, Capital Federal. Reclamos de Ley en Sinclair 3139, 1° piso, A, Capital Federal.

Solicitante: Eduardo Gustavo Pérez Arauz

EP 154

Inicia: 20-12-2007 Vence: 28-12-2007

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Tribunal de Ética Profesional

Citación

El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza al doctor contador público Gustavo Ariel Fiszman (T° 227 F° 226) por tres días, a efectos de que comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que se notifique de la rebeldía en el Expediente N° 25.681. Dichas actuaciones tramitan por ante la Sala 1ª del Tribunal de Ética Profesional, calle Viamonte 1465, 3° piso, Secretaría de Actuación.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.

Aurora Quinteros de Calo
Secretaria de Actuación

Solicitante: Consejo Profesional de
Ciencias Económicas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

EP 153

Inicia: 20-12-2007 Vence: 26-12-2007

Transferencia de Habilitación

HIJOS DE PEDRO VINCENTI S.A., representado por su apoderada María Eugenia Vincenti con DNI 30.367.441, avisa por cinco días que transfiere la habilitación municipal de un frigorífico [Lavado, secado, cosido, salado de tripas para la preparación de envoltura de fiambres (500.009); Lavadero de tambores, depósito de los mismos (503.261); Depósito de materias primas y productos elaborados (550.192); Depósito de tripas saladas en cascos y/o tambores y/o bolsas (550.193); Entrada vehicular de carga y descarga (604.036); Oficina administrativa del usuario (604.038); Taller de Mantenimiento, pañol de herramientas y/o accesorios y/o repuestos (604.039) N° Expediente 093339/1998] ubicado en la calle Oliden 2288, P.B., 1° y/o Av. Gral. Eugenio Garzón 5985, P.B., 1°, de Capital Federal, a Oliden 2296 S.A., representada por Roberto Julio Vincenti con DNI 31.164.512. Reclamos de ley y domicilio de las partes en la calle Oliden 2288, P.B. 1° y/o Av. Gral. Eugenio Garzón 5985, 1°, de Capital Federal.

Solicitante: María Eugenia Vincenti

EP 155

Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA

DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA

n Intimación - Nota N° 12.323-DGLIM/06

Intímase a Celia A. Ruere, titular del inmueble sito en la calle Arregui 4219, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 769

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Nota N° 12.336-DGLIM/06

Intímase a Dolores L. de Castro, titular del inmueble sito en la calle San Blas 5768, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 770

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Nota N° 12.409-DGLIM/06

Intímase a Jorge Rocha Padilla, titular del inmueble sito en la calle Oliden 3515, a realizar el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 771

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Nota N° 1.692-DGTALMEP/06

Intímase a Raquel Winer, titular del inmueble sito en la calle Lavalle 3002/14, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 772

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Registro N° 5.637-DGLIM/07

Intímase a A. R. Vidal Serin, titular del inmueble sito en la calle Gascón 825, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 773

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Nota N° 12.542-DGLIM/07

Intímase a Juan Oscar Lozano, titular del inmueble sito en Av. Brasil 633, a realizar el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 774

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Registro N° 3.233-CGP2S/06

Intímase a Sara Montero, titular del inmueble sito en la calle Carlos Gardel 3102, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 775

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Registro N° 3.429-CGP3/06

Intímase a Luis Rodríguez, titular del inmueble sito en la calle Villarino 2201, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 776

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Intimación - Registro N° 10.491-DGCCA/06

Intímase a Juan Luis Pulice, titular del inmueble sito en Av. Emilio Castro 5574, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos A. Pereyra
a/c Dirección General de Limpieza

EO 777

Inicia: 17-12-2007 Vence: 21-12-2007

MINISTERIO DE SALUD

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA"

Notificación

El Director del Hospital General de Agudos "Dr. José M. Ramos Mejía", notifica a la ex agente Elsa Cecilia Olivares, Ficha N° 414.315, que mediante Disposición N° 664-DGRH/07, le fue aceptada su renuncia al cargo de instrumentadora quirúrgica, a partir del 24/7/07.
Asimismo se informa que conforme los términos del art. 60, Decreto N° 1.510/97, la interesada podrá interponer recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio, atento lo dispuesto por los arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días respectivamente de notificado.
Queda Ud. notificada.

Héctor Pascuccelli
Director (I)

EO 779

Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Notificación

El Director del Hospital General de Agudos "Dr. José M. Ramos Mejía", notifica a la ex agente María Alejandra Morales, Ficha N° 404.306, que mediante Resolución N° 1.215-MSGC/07, le fue dispuesta su cesantía al cargo de enfermera, a partir del 1°/7/07. Asimismo se informa que conforme los términos del art. 60 del Decreto N° 1.510/97, la interesada podrá interponer recurso de consideración y jerárquico en subsidio, atento lo dispuesto por los arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días respectivamente de notificado.
Queda Ud. notificada.

Héctor Pascuccelli
Director (I)

EO 780

Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007

n Notificación

El Director del Hospital General de Agudos "Dr. José M. Ramos Mejía", notifica al Dr. Antonio Tomás Schena, Ficha N° 192.123, los términos de la Disposición N° 678-DGRH/07 y su modificatoria Disposición N° 767-DGRH/07, cuyos arts. 2° se transcriben respectivamente a continuación:
Artículo 2° - Cese por jubilación sin gratificación a partir del 31/8/07, de acuerdo con lo establecido en el art. 6° del Decreto N° 584/05 (B.O.C.B.A. N° 2187) y conforme el Capítulo XIV, arts. 59, inc. c) y 61 de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026), exceptuándoselo de lo dispuesto por el art. 4° del precitado decreto.
Artículo 2° - Cese por jubilación con gratificación a partir del 31/8/07, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° del Decreto N° 584/05, (B.O.C.B.A. N° 2187) y conforme el Capítulo XIV, arts. 59, inc. c) y 61, de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026).
Queda Ud. notificado.

Héctor Pascuccelli
Director (I)

EO 781

Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Citación

Por intermedio de la presente se pone en conocimiento a Ana María Latela, con domicilio en la calle Paso 91, 8° piso, departamento B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que deberá presentarse en el Ministerio de Justicia y Seguridad, sito en Avenida de Mayo 525, 2° piso, oficina 217, en el horario de 9 a 15 horas, a los fines de notificarse de la Resolución N° 1.504-MGGC/07, recaída en el Expediente N° 37.367/07.

Luis E. Del Águila
Director Administrativo

EO 782

Inicia: 19-12-2007 Vence: 21-12-2007

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 17

"Schweikowski, Sandra s/infracción arts. 116 y 117 C.C." - Causa N° 5.820/05 (447/C)

Citación

Buenos Aires, 6 de diciembre de 2007.

Por recibido, en atención al estado de autos, y toda vez que no se cuenta con el domicilio real de la imputada en autos, líbrese oficio al Boletín Oficial para que durante tres días se publique edictos citando a Sandra Schweikowski, DNI 31.571.405, para que concurra a la Sede de este Tribunal dentro de los cinco días de notificada a fin de hacerle entrega de un monitor tecnocorp modelo N° MA 1202, una impresora modelo AK20-MO1, un CPU Basic 3080 MT, un teclado y tres carteles. Todo ello, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de disponer sobre su destino. Fdo.: Norberto R. Tavosnanska. Juez. Ante mí: Beatriz A. Bordel. Secretaria.

Beatriz A. Bordel
Secretaria

EO 785

Inicia: 20-12-2007 Vence: 26-12-2007

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL

FISCALÍA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 1

"Gutiérrez, José Esmeralda s/art. 111 del Código Contravencional" - Causa N° 8.790/07

Citación

Silvina Bruno, Fiscal cotitular a cargo de la Fiscalía Contravencional y de Faltas N° 1, sito en la calle Combate de los Pozos 155, 1° piso de la Capital Federal, tel-fax 4011-1462, en la Causa N° 8.790/07 seguida por la contravención prevista y reprimida en el artículo 111 del Código Contravencional.
CITA Y EMPLAZA a JOSÉ ESMERALDA GUTIÉRREZ, titular del DNI 14.154.942 con último domicilio consignado en autos en la Av. Independencia 3177, 1° piso, depto. B de esta ciudad, por el término de CINCO DÍAS a partir de la presente publicación, para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Ministerio Público a efectos de prestar declaración a tenor de lo normado en el artículo 41 de la Ley Procesal Contravencional, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenarse su captura. El auto que ordena el presente dice: Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007. Atento a que se desconoce el actual domicilio del imputado, cítese a José Esmeralda Gutiérrez, mediante edicto, para que comparezca, dentro del quinto día de notificado, ante este Ministerio Público Fiscal a efectos de prestar declaración a tenor de lo normado en el artículo 41 de la Ley Procesal Contravencional, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada declararlo rebelde y ordenar su comparendo por medio de la fuerza pública en la presente causa. Fdo.: Silvina Bruno, Fiscal. Ante mí: Jorge Daniel Ponce, Secretario. Buenos Aires, 17 de diciembre de 2007.

Silvina Bruno
Fiscal

EO 786

Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008

JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL, CONCILIACIÓN Y FAMILIA DE ÚNICA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE LABOULAYE (CÓRDOBA)

"BAROVERO Luis s/Declaratoria de Herederos"

Citación

El señor Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Única Nominación de la ciudad de Laboulaye, cita de comparendo a la señora Catalina Mafalda Ojeda, en el término de ocho días, en los autos "BAROVERO Luis s/Declaratoria de Herederos", bajo los apercibimientos de ley. Oficina, noviembre 19 de 2007.

Alejandro D. Reyes
Secretario

EO 787

Inicia: 21-12-2007 Vence: 2-1-2008