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Boletín
Oficial Nº 2865
-SUMARIO-
GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO N° 73/08
Se aclara integración de la Comisión Especial de Preadjudicaciones
prevista en la Ley N° 2.565
DECRETO N° 81/08
Se rechaza recurso de reconsideración
DECRETO N° 85/08
Se desestima recurso jerárquico
DECRETO N° 94/08
Se crea el Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte
RESOLUCIONES
Vicejefatura de Gobierno
RESOLUCIÓN N° 19-AVJG/08
Se aprueba modificación de créditos
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N° 20-MHGC/08
Se desestima recurso de reconsideración
RESOLUCIÓN N° 83-SSGyAF/08
Se aprueba el gasto por servicio de banda ancha de la UAI del Ministerio
de Hacienda
Ministerio de Justicia y Seguridad
RESOLUCIÓN N° 11-AGC/08
Se designa a Director de Administración Financiera de la Agencia
Gubernamental de Control
RESOLUCIÓN N° 12-AGC/08
Se designa Directora de Normativa y Capacitación Alimentaria de la
Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria
Ministerio de Desarrollo Urbano
RESOLUCIÓN N° 44-MDUGC/08
Se deja sin efecto la Licitación Pública N° 571/07
RESOLUCIÓN N° 51-MDUGC/08
Se instruye sumario para investigar las irregularidades en la
tramitación de expedientes de la Dirección General de Interpretación
Urbanística
RESOLUCIÓN N° 59-MDUGC/08
Se rechaza la petición efectuada en el Registro N° 844-MPyOP/07
Ministerio de Desarrollo Económico
RESOLUCIÓN N° 509-SSTR/08
Se asigna a diversos agentes la responsabilidad de protocolización
de actos administrativos
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
RESOLUCIÓN N° 1-APRA/08
Se crea la Dirección General de Asuntos Jurídicos
RESOLUCIÓN N° 2-APRA/08
Se designa al Auditor Interno de la Agencia de Protección Ambiental
RESOLUCIÓN N° 5-APRA/08
Se aprueba la estructura orgánico funcional de la Agencia de
Protección Ambiental de la C.A.B.A.
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Aprueban o ratifican contratos de Régimen de
Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal,
designación de suplentes, designaciones interinas, designación de
reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio,
locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de
renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires
Resolución N° 7-SGCBA/08
Ministerio de Hacienda
Resolución N° 18-MHGC/08
Resolución N° 21-MHGC/08
Resolución N° 78-MHGC/08
Ministerio de Cultura
Resolución N° 3.622-MCGC/07
Resolución N° 3.623-MCGC/07
Resolución N° 3.659-MCGC/07
Resolución N° 3.660-MCGC/07
Resolución N° 3.661-MCGC/07
Resolución N° 3.675-MCGC/07
Resolución N° 3.676-MCGC/07
Resolución N° 3.677-MCGC/07
Resolución N° 3.678-MCGC/07
Resolución N° 3.679-MCGC/07
Resolución N° 3.680-MCGC/07
Resolución N° 3.681-MCGC/07
Resolución N° 3.682-MCGC/07
Resolución N° 3.683-MCGC/07
Resolución N° 3.723-MCGC/07
Resolución N° 3.724-MCGC/07
Resolución N° 3.725-MCGC/07
Resolución N° 3.726-MCGC/07
Resolución N° 3.727-MCGC/07
DISPOSICIONES
Ministerio de Desarrollo Económico
DISPOSICIÓN N° 1-DGINC/08
Se delega la firma del despacho de la Dirección General de
Industrias Creativas, en el Director General de Gestión de Inversiones
DISPOSICIÓN N° 368-DGCONC/08
Se autoriza la productora Puenzo Hnos. S.A. a retirar
temporariamente cartel indicador
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
DISPOSICIÓN N° 5-DGTALMEP/08
Se aceptan cambios tecnológicos para los Renglones 6 y 8 de la
Licitación Pública N° 453/07
Ministerio Público - Defensoría General
RESOLUCIÓN N° 2-DGAC/08
Se crea la planta de Gabinete del Defensor General de la Ciudad
RESOLUCIÓN N° 28-DGAC/08
Se solicita a la Presidenta del Consejo de la Magistratura el pago
de fondos para adquisición de inmueble
RESOLUCIÓN N° 41-DGAC/08
Se establece monto destinado para el Fondo Permanente del Ejercicio
Presupuestario 2008
SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES
RESOLUCIÓN N° 12-SGCBA/08
Se modifica párrafo del Anexo I de la Resolución N° 154-SGCBA/06
COMUNICADOS Y AVISOS
LICITACIONES
EDICTOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO N° 73/08
Se aclara integración de la Comisión Especial de Preadjudicaciones
prevista en la Ley N° 2.565
Buenos Aires, 24 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 2.565 (B.O.C.B.A. N° 2836), el
Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Expediente N°
94.887/07, y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de la Ley N° 2.565, se ha
declarado la emergencia de la infraestructura de los establecimientos
educativos de gestión estatal de la Ciudad de Buenos Aires, con el
objeto de garantizar la seguridad y el desarrollo normal de las
actividades de los alumnos, personal docente y auxiliar de los
establecimientos escolares en todas sus modalidades y niveles;
Que a fin de cumplir los fines propuestos se ha estipulado un
procedimiento especial para la contratación de las obras
imprescindibles para solucionar la situación de emergencia;
Que en el marco de dicho procedimiento especial, el artículo octavo de
la Ley N° 2.565 crea la Comisión Especial de Preadjudicaciones
integrada por dos representantes de la Subsecretaría de Educación; dos
representantes de la Subsecretaría de Coordinación, Recursos y Asuntos
Comunitarios; un representante de la Dirección General de Coordinación
Legal e Institucional, un representante de la Procuración General y uno
del Ministerio de Hacienda;
Que por Decreto N° 2.075/07 se aprobó la nueva Estructura Orgánico
Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recayendo
las competencias de la ex-Subsecretaría de Educación y de la
ex-Subsecretaría de Coordinación, Recursos y Asuntos Comunitarios en
las actuales Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación
Pedagógica, y Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y
Administración de Recursos respectivamente;
Que resulta necesario que las diferentes dependencias que integran la
Comisión Especial de Preadjudicaciones procedan a designar sus
representantes, como así también se dispongan las normas básicas de
funcionamiento de la mencionada Comisión;
Que asimismo corresponde disponer que aquellas dependencias que deban
intervenir en los procesos de contratación y ejecución de las obras
mencionadas en el presente, impriman la mayor celeridad en las
tramitaciones;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102
y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Aclárase que la Comisión Especial
de Preadjudicaciones prevista en el artículo octavo de la Ley N°
2.565, en función de la nueva estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estará integrada por dos
representantes de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y
Coordinación Pedagógica; dos representantes de la Subsecretaría de
Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; un
representante de la Dirección General de Coordinación Legal e
Institucional, un representante de la Procuración General y uno del
Ministerio de Hacienda.
Artículo 2° - Establécese que los titulares de cada Área integrante
de la Comisión Especial de Preadjudicaciones deberán, en un plazo no
mayor a 24 horas hábiles de publicado el presente, designar a sus
representantes titulares y suplentes.
Artículo 3° - Facúltese al señor Subsecretario de Gestión
Económico Financiera y Administración de Recursos a designar al
Presidente y Vicepresidente de la Comisión Especial de
Preadjudicaciones, quién será el encargado de realizar la convocatoria
para las sesiones de la Comisión.
Artículo 4° - Establécese que la Comisión Especial de
Preadjudicaciones sesionará en el Área de la Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, la cual deberá facilitar el apoyo
técnico y la infraestructura necesaria para el correcto funcionamiento
de la Comisión.
Artículo 5° - Establécese que la Comisión Especial de
Preadjudicaciones deberá expedirse dentro de las cuarenta y ocho (48)
horas hábiles de iniciadas sus sesiones, plazo que podrá ser
prorrogado por razones fundadas por hasta otras cuarenta y ocho (48)
horas hábiles. El acta de preadjudicación deberá contar como mínimo
con la firma de cuatro de los representantes que integran la Comisión
Especial de Preadjudicaciones.
Artículo 6° - Establécese que luego de recibida la información
necesaria para expedirse, la Procuración General contará con un plazo
de 48 horas hábiles para emitir opinión en las intervenciones que le
competan en el marco de los procesos de selección de los contratistas y
las contrataciones que se celebren al amparo de la Ley N° 2.565.
Artículo 7° - Establécese que aquellas otras dependencias que deban
intervenir en los procesos de contratación y ejecución de las obras
mencionadas en el presente, deberán otorgar a los trámites carácter
de preferente despacho.
Artículo 8° - El presente decreto es refrendado por los señores
Ministros de Educación y de Hacienda, y el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 9° - Dese al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese con copia a las Subsecretarías
de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión
Económico Financiera y Administración de Recursos, a la Dirección
General de Coordinación Legal e Institucional, a la Procuración
General y al Ministerio de Hacienda. MACRI - Narodowski - Grindetti -
Rodríguez Larreta
DECRETO N° 81/08
Se rechaza recurso de reconsideración
Buenos Aires, 25 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850), los
Decretos N° 698/96 (B.O.C.B.A. N° 97), N° 42/02, (B.O.C.B.A. N°
1364) y N° 1.196/07 (B.O.C.B.A. N° 2758), el Expediente N° 68.627/07,
y
CONSIDERANDO:
Que, el Dr. Juan Carlos Manteola, abogado, Tomo 15,
Folio 562, CSJN, interpuso recurso de reconsideración contra el Decreto
N° 1.196/07, por el cual se revocó su mandato otorgado para el cobro
de la deuda fiscal en mora del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, con fecha 13/9/07, el recurrente efectuó una presentación
mediante el Registro N° 15.745-MGEyA/07, reiterando la solicitud de
suspensión del acto administrativo impugnado, efectuada oportunamente
en el recurso interpuesto;
Que, sin perjuicio del encuadre que le asigne el recurrente a la
presentación efectuada, el acto administrativo en cuestión, sólo es
susceptible del recurso de reconsideración previsto en el artículo 103
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires, en virtud de la remisión dispuesta por el artículo 119 del
mismo cuerpo normativo;
Que, a través de dicho remedio procedimental el interesado pone de
manifiesto que "Entre el mandatario y el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires existe un contrato administrativo, lo que significa que
el mandatario se encuentra sometido a un régimen jurídico exorbitante
del derecho privado";
Que, en este orden de ideas, el recurrente en su presentación hace
mención a que entre los requisitos del acto administrativo que
establece el art. 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires, se encuentra la "causa", señalando
que este requisito no ha sido observado al dictarse el Decreto N°
1.196/07;
Que, a mayor abundamiento el interesado sostiene que: "Al
pretender revocarse el mandato conforme el art. 1.963 del Código Civil
la Administración está obviando que el mismo no resulta
aplicable", agregando que: "En efecto por ser un
contrato administrativo tiene garantías a un debido proceso adjetivo y
a una resolución fundada";
Que, asimismo el recurrente hace referencia a las condiciones que debe
reunir el contrato de empleo público o administrativo, destacando que
éstas, se encuentran presentes en la relación entre el Gobierno de la
Ciudad y la figura de mandatario;
Que, sobre el particular, el interesado hace mención a que una de las
partes es el Gobierno de la Ciudad, quien otorgara mandato al mismo en
el año 1982, luego modificado en numerosas versiones, siendo la última
de fecha 4/12/97;
Que, según manifiesta el Dr. Juan Carlos Manteola en su presentación,
el objeto del mandato, conforme surge del poder otorgado con fecha
4/12/97, es el recupero de la deuda fiscal en mora, lo que se erige como
una actividad propia del Estado en la esfera de cobro de impuestos;
Que, cabe recordar, que el Decreto N° 698/96, que reglamenta la
competencia de la Procuración General atribuida en el art. 134 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su art. 1° ,
establece que "El Procurador o Procuradora General de la Ciudad
de Buenos Aires representa y patrocina a la Ciudad de Buenos Aires en
todo proceso en que se controviertan sus derechos o intereses,
cualquiera sea su fuero o jurisdicción, incluyendo las causas penales,
en las que podrá actuar como querellante sin necesidad de autorización
o poder especial";
Que, asimismo el art. 2° del citado decreto establece que:
"Las atribuciones fijadas en el artículo precedente podrán ser
delegadas a los profesionales que se desempeñen en la Procuración
General, mediante Resolución suscripta por su titular. Toda otra
representación deberá instrumentarse mediante poder";
Que, por otra parte, el Decreto N° 42/02 que regula el
"Régimen de Mandatarios, Cobro de Deudas Fiscales y otros Recursos
de la Ciudad de Buenos Aires" establece que: "El Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires otorgará poder a mandatarios a fin de
efectuar la gestión de cobro de deuda fiscal en mora y de los
certificados de deuda emitidos por los Controladores de la Unidad
Administrativa de Control de Faltas";
Que, en este sentido el art. 2° del mencionado decreto establece
que: "Los mandatarios serán designados por el Jefe de Gobierno
y deberán poseer título de abogado con acreditación de un mínimo de
cinco (5) años de ejercicio de la profesión";
Que, a su vez, el art. 5° de dicha normativa dispone que: "Los
mandatarios se regirán en sus relaciones con el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires conforme las normas que para el contrato de mandato
tiene establecidas el Código Civil, en todo cuanto no se oponga a las
normas que regulen la organización administrativa";
Que, en este orden de ideas, el art. 15 de la Ley N° 1.218, que
establece las "Obligaciones, Deberes, Atribuciones y Competencias
de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires", reza: "La
Procuración General ejerce la dirección y supervisión técnica
jurídica de los mandatarios judiciales, que solo pueden actuar en los
procesos de ejecuciones fiscales";
Que, en esta inteligencia, y toda vez que el mandato se rige por el
Código Civil, tal como se expresara ut supra, resulta de
aplicación al mismo lo dispuesto en el art. 1.970 de dicho cuerpo
normativo, en cuanto que: "El mandante puede revocar el mandato
siempre que quiera, y obligar al mandatario a la devolución del
instrumento donde conste el mandato";
Que, en esta tesitura, cabe citar lo expresado por el jurista
Santos Cifuentes, en su obra "Código Civil Comentado y
Anotado", Buenos Aires, Ed. La Ley, 2003, pág. 694, respecto a la
revocación del mandato, en cuanto a que "Sea o no a título
gratuito, el mandato es esencialmente revocable por el mandante,
pudiendo ponerle fin por su sola voluntad";
Que, asimismo el Dr. Mosset Iturraspe en su libro
"Mandatos", Buenos Aires Ediar S.A., 1979, pág. 272, ha
expresado en lo que respecta a la voluntad de revocar, que la misma
"puede formularse sin necesidad de expresar causa de ninguna
clase, basada en el mero querer del mandante. Se trata en consecuencia,
de un derecho atribuido al mandante, que puede ejercitar ad nutum y en
cualquier momento";
Que, la jurisprudencia conteste con lo antes expresado ha destacado
que "A tenor de lo dispuesto por los arts. 1.963, 1.979 y 1.972
del Código Civil, en materia de mandato, la revocabilidad es la regla y
la irrevocabilidad la excepción, por ser un contrato de confianza en
beneficio exclusivo del mandante, siendo de su naturaleza la facultad
del mismo revocar el mandato siempre que quiera, cualquiera sea su
carácter, gratuito u oneroso" (C.Civ. y Com. de Bahía Blanca,
Sala II, 1995/04/25, DJBA, 150-1833-JA, 1995-IV-136);
Que, de conformidad con lo anteriormente expuesto, e independientemente
de la referencia a la que hace mención el recurrente en cuanto a que
"la Administración informa sobre un relevamiento efectuado en
la cartera de juicios del mandatario en la que habrían supuestas
irregularidades constatadas", la revocación del mandato
otorgado al Dr. Juan Carlos Manteola efectuada por el Decreto N°
1.196/07, es una clara facultad que la norma de aplicación otorga al
mandante, en el caso, al señor Jefe de Gobierno sin necesidad de
expresión de causa alguna;
Que, en virtud de lo expuesto, cabe concluir, que el acto administrativo
recurrido resulta legítimo, por responder estrictamente a la normativa
de aplicación antes reseñada;
Que, en lo que atañe a la suspensión de los efectos del decreto que
cuestiona el recurrente, cabe destacar, que el "acto
administrativo goza de presunción de legitimidad", y que
"su fuerza ejecutoria faculta a la Administración a ponerlo en
práctica por sus propios medios"; y que "Los recursos que
interpongan los administrados contra los actos administrativos, no
suspenderán su ejecución y efectos, salvo norma expresa que disponga
lo contrario"; de conformidad con lo prescripto por el art. 12 de
la Ley de Procedimientos Administrativos";
Que, analizados los argumentos expuestos en la presentación en
análisis, se desprende que los mismos no aportan ningún elemento de
hecho y/o de derecho que permita modificar los fundamentos del decreto
impugnado, razón por la cual procede el rechazo de la misma;
Que, en este sentido la solicitud de suspensión de los efectos del
decreto impugnado, es manifiestamente improcedente;
Que, en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde rechazar el
recurso de reconsideración interpuesto contra los términos del Decreto
N° 1.196/07;
Que la Procuración General de la Ciudad se ha expedido, de conformidad
con las competencias asignadas por la Ley N° 1.218,
aconsejando el dictado del presente decreto;
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Recházase el recurso de
reconsideración interpuesto por el Dr. Juan Carlos I. Manteola, contra
el Decreto
N° 1.196/07.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por los señores
Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado haciéndole saber
que se encuentra agotada la vía recursiva administrativa y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la
Ciudad, a la Dirección General Escribanía General y a las Direcciones
Generales de Rentas y de Administración de Infracciones. Cumplido,
archívese. MACRI - Grindetti -
Rodríguez Larreta
DECRETO N° 85/08
Se desestima recurso jerárquico
Buenos Aires, 28 de enero de 2008.
Visto la Resolución N° 306-PG/07, el Expediente N°
81.384/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso
jerárquico en subsidio interpuesto por la Dra. María Claudia Daniela
Monti, contra los términos de la Resolución N° 182-PG/07;
Que la Dra. Monti fue designada por Decreto N° 368/01, como mandataria
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para ejecutar la
gestión de cobro de la deuda fiscal en mora y de las provenientes de la
Justicia de Faltas, asignándole con ese motivo la Sección de
Mandatarios N° 10;
Que el día 5 de septiembre de 2002, mediante carta documento la Dra.
Monti renunció al mandato precitado, atento que el mismo se le tornó
de cumplimiento imposible, y con fecha 30 de septiembre de 2002,
mediante una nueva carta documento ratificó dicha renuncia;
Que, no obstante, la interesada recurrió a la Justicia para que se le
restituyeran todos los derechos como mandataria del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, por las razones allí invocadas;
Que, posteriormente, en los autos caratulados "Monti, María
Claudia Daniela c/Goldsztern de Rempel, Noemí y Otros s/Daños y
Perjuicios" el Tribunal interviniente, Juzgado Nacional de Primera
Instancia en lo Civil N° 99, dictó una medida cautelar por la que se
ordenó a la Administración la inmediata restitución de todos los
derechos a la Dra. María Claudia Monti, como mandataria del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud del Decreto N° 368/01;
Que, dando cumplimiento a la medida judicial, la Procuración General de
la Ciudad dictó, sin perjuicio de apelar dicha medida, la Resolución
N° 182-PG/07, a través de la cual se asignó, en forma provisoria, a
la Dra. María Claudia Monti, la Sección de Mandatarios N° 87,
mientras durara la vigencia de la medida cautelar antes mencionada, sin
que ello generara derecho a su favor;
Que, asimismo, dicho acto estableció en su artículo 2° que
"...Si la medida cautelar fuese revocada o bien se dictara
sentencia en la cuestión de fondo rechazando la pretensión de la
actora, la Dra. Monti deberá presentar, dentro de las 24 horas de
quedar firme la Resolución que así lo dispone, ante la Dirección de
Control de Mandatarios, la rendición de cuentas de toda la deuda que le
fuera transferida. Dicha presentación deberá contener un informe
pormenorizado de toda la deuda trasferida y de los juicios iniciados,
con todos los datos requeridos por la Resolución N° 439-PG/06 y
obtenida del sistema de seguimiento de juicios que se implementó por
dicha Resolución, adjuntando toda la documental que obre en su poder.
Todo ello sin perjuicio de las obligaciones que le imponen al apoderado
tanto el Código Contencioso Administrativo y Tributario de la C.A.B.A.,
como el CPCCN...";
Que, a tal efecto, el artículo 3° de la citada resolución dispuso
otorgar poder a la Dra. Monti, en el marco del Decreto N° 42/02;
Que, notificado lo resuelto, la interesada interpuso recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio, cuestionando lo dispuesto
en la Resolución N° 182-PG/07, por considerar que con su dictado se
contradice la resolución judicial adoptada en la medida cautelar, al
consignar que se le asignara en forma provisoria y sin generar derecho
alguno a su favor la Sección de Mandatarios N° 87, cuando el Juzgado
ordenó en su oportunidad que se le restituyeran todos los derechos;
Que la Procuración General de la Ciudad tomó la intervención que le
compete, destacando que el Tribunal, en su ponderación de la cautelar
solicitada, hace mención expresa a que accede a la cautelar a fin de
que "...durante la sustanciación del proceso principal, se
disponga el reintegro de la persona afectada a su trabajo. De otra
forma, se vería privada de su derecho a trabajar, y por ende de sus
ingresos, hasta tanto recaiga un pronunciamiento...";
Que, al respecto, dicho órgano agregó que, lo actuado por la
Administración es inobjetable, toda vez que, al dictar la resolución
impugnada ha dado fiel cumplimiento a la manda judicial, asignando en
forma provisoria, es decir, mientras dure la medida cautelar, la
Sección de Mandatarios N° 87;
Que sobre el proceso cautelar cabe recordar que, a través de aquél, se
tiende a impedir que el derecho, cuyo reconocimiento o actuación se
pretende obtener por medio de otro proceso, pierda su virtualidad o
eficacia durante el tiempo que transcurre entre la iniciación de ese
proceso y el pronunciamiento de la sentencia definitiva (Lino Enrique
Palacios, "Manual de Derecho Procesal Civil", Buenos Aires, Ed.
Abeledo Perrot, 1970, pág. 763/764);
Que, asimismo, en líneas generales, las medidas cautelares se
caracterizan por: a) su provisionalidad e interinidad, pues sus efectos
propios juegan, concretamente referidos al período de tiempo que
transcurre desde que se decreta la medida cautelar y la ejecución de la
sentencia recaída en un proceso de conocimiento o de ejecución y b) la
mutabilidad o variabilidad, en el sentido de que pueden ser revocadas o
modificadas siempre que sobrevengan circunstancias que así lo aconsejen
(Santiago C. Fassi, "Código Procesal Civil y Comercial -
Comentado, Anotado y Concordado", "Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación - Comentado y Anotado", Buenos Aires, Ed.
Lexis Nexis, 2003, T. I, pág. 268 y ss.);
Que tomando los fundamentos del dictamen mencionado, el Procurador
General de la Ciudad de Buenos Aires dictó la Resolución N°
306-PG/07, desestimando el recurso de reconsideración interpuesto por
la Dra. Monti, contra los términos de la Resolución N° 182-PG/07;
Que notificada la interesada de los términos de la Resolución N°
306-PG/07, no efectuó ninguna presentación ampliando o mejorando los
fundamentos esgrimidos en el recurso jerárquico incoado en subsidio;
Que, posteriormente, con fecha 4/12/07, los autos caratulados "Monti,
María Claudia Daniela c/Goldsztern de Rempel, Noemí y Otros s/Daños y
Perjuicios", el Tribunal interviniente, destacó que:
"...independientemente del resultado de las vías recursivas
administrativas intentadas por la aquí actora, debe ponerse de
manifiesto que lo que la cautelar pretendió preservar, sería en
síntesis, el derecho al trabajo, de naturaleza alimentaria, sin
perjuicio de la decisión definitiva que pueda adoptarse en el estadio
procesal correspondiente. En tal sentido se ordenó restituir a la
accionante todos sus derechos como mandataria y se dicta un decisorio a
fin de que pueda actuar como tal, con el alcance de la misma y sujeta a
las resultas de este proceso, la medida prima facie- cumpliría su
finalidad, máxime que no resulta claramente especificado en que
consiste el incumplimiento a la medida cautelar, atento los términos en
que la misma se dictó...";
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó la
intervención que le compete, en virtud de la Ley N° 1.218;
Que teniendo en cuenta que la interesada no ha agregado nuevos elementos
de hecho y/o derecho que logren conmover la Resolución N° 182-PG/07,
corresponde rechazar el recurso jerárquico incoado en subsidio;
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el artículo
109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97, B.O. N° 310),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
interpuesto en subsidio por la Dra. María Claudia Daniela Monti, DNI
17.755.990, contra los términos de la Resolución N° 182-PG/07.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada haciéndole
saber que se encuentra agotada la vía recursiva administrativa, ello
sin perjuicio de lo estipulado en el art. 119 de la Ley de
Procedimientos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Asuntos
Tributarios y Recursos Fiscales de la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI -
Grindetti - Rodríguez Larreta
DECRETO N° 94/08
Se crea el Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte
Buenos Aires, 30 de enero de 2008.
Visto las Leyes N° 2.148 (B.O.C.B.A. N° 2615) y N°
2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), los Decretos N° 2.124/04 (B.O.C.B.A. N°
2074), Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Expediente N°
92.710/07, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2.124/04 se creó la
Dirección General de Guardia Urbana y el Cuerpo de Guardia Urbana;
Que el decreto de referencia, estableció las funciones del citado
cuerpo, entre las que se encuentra detectar y relevar diferentes
anomalías y situaciones de riesgo en la vía pública, dar aviso
inmediato al Ministerio Público de la Ciudad de Buenos Aires ante la
comisión de un hecho que configure una contravención, contribuir a la
seguridad pública mediante la presencia en espacios verdes, corredores
turísticos e inmediaciones de establecimientos educativos, colaborar en
el ordenamiento del tránsito público, cumpliendo una función
educativa, informativa, preventiva y de control, arbitrando los medios
necesarios para el cumplimiento de la normativa vial vigente y/o
labrando actas de comprobación, aplicar técnicas de mediación y
resolución alternativa ante la ocurrencia de conflictos comunitarios, y
controlar el efectivo cumplimiento de las clausuras impuestas y dar
aviso a la autoridad competente;
Que las diversas funciones asignadas al Cuerpo de Guardia Urbana, muchas
de las cuales se correspondían con responsabilidades primarias de
distintas Áreas del Gobierno, obstaculizaron el cumplimiento de los
objetivos buscados con su creación;
Que, asimismo, el amplio espectro de aquellas funciones provocó
innumerables requerimientos de asistencia no sólo de distintas Áreas
de Gobierno, sino también de la Justicia de la Ciudad y de organismos
públicos no gubernamentales, todo lo cual coadyuvó a la disgregación
de los recursos del cuerpo;
Que el Decreto N° 2.075/07 que aprueba la Estructura Orgánica
Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires derogó el
Decreto N° 350/06 que preveía en la anterior estructura a la
Dirección General Guardia Urbana, quedando como Organismo Fuera de
Nivel el Cuerpo de Guardia Urbana;
Que, en este contexto, resulta necesario reformular las funciones del
cuerpo, concentrándolas en una materia específica, a los efectos de
optimizar sus recursos humanos y patrimoniales;
Que la ciudad no cuenta con un Cuerpo de Agentes de Control del
Tránsito y el Transporte que garantice el cumplimiento de las normas
establecidas en el Código de Tránsito y Transporte, así como el
ordenamiento del tránsito vehicular y peatonal y la difusión entre la
población de los principios sobre prevención vial;
Que la Ley N° 2.148 que aprobó el Código de Tránsito y Transporte de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableció en su artículo 4° que
la Autoridad de Control del Tránsito y el Transporte de la Ciudad de
Buenos Aires concentra todas las atribuciones de control sobre dicha
materia;
Que la cláusula transitoria octava de la ley de mención, dispuso que
la Legislatura debía sancionar dentro de los ciento ochenta (180) días
de publicada aquella, la Ley de Creación de la Autoridad de Control del
Tránsito y el Transporte de la Ciudad de Buenos Aires;
Que habiendo transcurrido aquél plazo sin que se hubiera sancionado la
Ley de Creación, y resultando indispensable que el Gobierno cuente con
un Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte que le
permita paliar la crítica situación que en materia vial atraviesa la
ciudad, corresponde dotar a aquél de un órgano que transitoriamente y
hasta tanto se dicte la ley respectiva, concentre las atribuciones de
control en tránsito y transporte;
Que el Cuerpo de Guardia Urbana posee una capacitación específica en
la materia, ya que entre los módulos de su Programa de Formación y
Capacitación obran materias tales como Seguridad Vial -tránsito y
transporte-, Seguridad Vial II -protocolos, alcoholemia- y Actas
-faltas, taller de seguridad vial, intervención en la vía pública-,
amen de la experiencia lograda por su participación en los controles de
tránsito, alcoholemia y en el labrado de actas de comprobación;
Que este nuevo cuerpo le permitirá a la ciudad contar, al momento de
sanción de la Ley de Creación de la Autoridad de Control, con una
herramienta eficaz para cumplir las funciones que el Código de
Tránsito le asigna, debiendo proveerse durante el interregno a la
capacitación específica del cuerpo en aquellas materias previstas por
el Código de Tránsito y Transporte;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo
establecido por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1825);
Que por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Créase el Cuerpo de Agentes de
Control del Tránsito y el Transporte, dependiente de la Subsecretaría
de Seguridad Urbana del Ministerio de Justicia y Seguridad, cuyas
Responsabilidades Primarias se establecen en el Anexo I, que a todos sus
efectos, forma parte integrante del presente. Este Cuerpo de Agentes de
Control del Tránsito y el Transporte funcionará hasta tanto se
sancione la Ley de Creación de la Autoridad de Control.
Artículo 2° - Suprímase el Cuerpo de Guardia Urbana y transfiérase
todo su personal, patrimonio y presupuesto al Cuerpo de Agentes de
Control del Tránsito y el Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 3° - Transfiérase el personal, patrimonio y presupuesto de
la entonces Dirección General Guardia Urbana a la Subsecretaría de
Seguridad Urbana para formar parte del Cuerpo de Agentes de Control del
Tránsito y el Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4° - La transferencia del personal dispuesta en el artículo
2° no altera la remuneración total, normal y habitual de los agentes
transferidos, la situación de revista será bajo el régimen laboral
actual.
Artículo 5° - Modifícase el Decreto N° 2.075/07 de acuerdo a lo
establecido en el artículo 1° del presente decreto.
Artículo 6° - Facúltase al titular del Ministerio de Justicia y
Seguridad, o a quien éste designe al efecto, a emitir todos los actos
administrativos necesarios para la organización, funcionamiento,
aprobación del uniforme, distintivos y acreditación del Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y el Transporte creado por el artículo
1° del presente, para el cumplimiento de los objetivos y funciones
asignados al mismo en el Anexo I.
Artículo 7° - La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública
y Presupuesto del Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas
necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el presente
decreto.
Artículo 8° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Justicia y Seguridad, por el señor Ministro de Hacienda y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Seguridad
Urbana y a las Direcciones Generales de Administración de Recursos
Humanos y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su
conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Justicia y
Seguridad. Cumplido, archívese. MACRI - Montenegro - Grindetti -
Rodríguez Larreta
ANEXO
I
RESOLUCIONES
Vicejefatura de Gobierno
RESOLUCIÓN N° 19 - AVJG/08
Se aprueba modificación de créditos
Buenos Aires, 31 de enero de 2008.
Visto la necesidad de modificar los créditos de las
partidas asignadas a la Dirección General de Asuntos Legislativos y
Organismos de Control de la Vicejefatura de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Asuntos Legislativos y
Organismos de Control, requiere la modificación del crédito del
Programa 39, de la Actividad 10 -Formación y Asesoramiento a ONG-, a
los fines de atender los gastos necesarios para garantizar su normal
funcionamiento, mediante la reasignación de crédito existente
disponible en otra partida presupuestaria del precitado programa;
Que, en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando
para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de
Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio
Fiscal 2008, aprobadas mediante Decreto N° 39/08, (B.O. N° 2853):
Por ello, y en virtud de facultades que le son propias,
LA VICEJEFA DE GOBIERNO
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase la modificación de
créditos del Programa 39, en la Actividad 10 -Formación y
Asesoramiento a ONG -, obrante en el Anexo, que no modifica metas
físicas y que a todos sus efectos, forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a
la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.
Archívese. Michetti
ANEXO
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N° 20 - MHGC/08
Se desestima recurso de reconsideración
Buenos Aires, 14 de enero de 2008.
Visto el Registro N° 6.427-DGTALMC/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita la
presentación efectuada por el Arq. Sergio Verruno, impugnando los
términos de la Resolución N° 1.924-MHGC/07;
Que, desde el aspecto formal, el acto recurrido fue dictado en uso de
facultades delegadas, por lo que merece el mismo tratamiento que un
decreto del señor Jefe de Gobierno;
Que, atento que el recurrente impugna un acto administrativo de
carácter definitivo, el mismo sólo es susceptible del recurso de
reconsideración previsto en el artículo 103 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por
el Decreto N° 1.510/97, en virtud de la remisión efectuada por su
artículo 119, por lo que corresponde dar a su presentación el
tratamiento de recurso de reconsideración;
Que, asimismo, toda vez que no consta en los actuados la fecha de
notificación del acto recurrido, el recurso debe ser considerado como
presentado en término en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de
la citada Ley de Procedimientos;
Que la Resolución N° 959-MHGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2667), en su
artículo 1° instruyó a la entonces Dirección General de Recursos
Humanos para realizar un censo de las personas que se desempeñan en
este Gobierno de la Ciudad bajo el régimen de locación de servicios,
con contratos vigentes en la actualidad y que tuvieran fecha de
finalización fijada al 31 de diciembre de 2007, con las excepciones
previstas en el artículo 2° de la norma;
Que, a su vez, la Disposición N° 276-DGRH/07 (B.O.C.B.A. N° 2671),
aprobó el procedimiento para la realización del censo de las personas
contratadas bajo la modalidad de locación de servicios conforme se
establece en su Anexo;
Que la Resolución N° 1.924-MHGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2715), considerando
el Acta de Negociación Colectiva N° 10/07, dispuso que los contratos
bajo régimen de locación de servicios celebrados con las personas
censadas en virtud de la Resolución N° 959-MHGC/07, con vigencia en la
actualidad y fecha de finalización al 31 de diciembre de 2007, son
adecuados al régimen establecido en la primera parte del artículo 39
de la Ley N° 471, a partir del 1° de septiembre del corriente año;
Que el artículo 3° de la norma dispuso que "...Las personas
censadas en virtud de la Resolución N° 959-MHGC/07 pueden optar por no
ingresar en el sistema dispuesto por el artículo 1° de la presente, en
cuyo caso deben manifestarlo expresamente en la Dirección General de
Recursos Humanos no más allá del 31 de agosto de 2007...";
Que, en este último supuesto, "...la persona contratada continúa
con la locación de servicios hasta la finalización del contrato
respectivo -salvo interrupción previa por razones contractuales o de
servicio- el que no puede ser renovado...";
Que, a su vez, el artículo 4° prescribe que "...Todas las
personas que queden incluidas en el nuevo régimen son remuneradas, a
partir del 1° de septiembre de 2007, con el monto equivalente al nivel
inicial del agrupamiento que le corresponde a quien realiza tareas
similares en la planta permanente, según lo aprobado por Decreto N°
583/05 y normas modificatorias, y desde dicha fecha se rigen por las
pautas contractuales aprobadas en el Anexo II de la Resolución N°
3.206-SH y F/05...";
Que, el causante expresa "...El ingreso al sistema dispuesto por la
Resolución N° 1.924-MHGC/07, implica una sustancial reducción
salarial en relación a lo que hoy en concepto de honorarios percibo,
sin garantizar la permanencia en el empleo...";
Que, asimismo manifiesta "...La opción de no ingreso al sistema
dispuesto por la Resolución N° 1.924-MHGC/07, previsto en el art. 3°
de la misma, si bien me permitiría mantener el ingreso actual, me
condena a la pérdida del empleo al finalizar el año en curso, lo cual
es inconstitucional...";
Que, al respecto, se agrega en copia certificada un listado que contiene
una nómina de personas -entre las que se encuentra el interesado- que
optaron por no ingresar al nuevo régimen establecido por la Resolución
N° 1.924-MHGC/07;
Que, por otra parte, obra copia certificada del contrato de locación de
servicios suscripto por el interesado para desempeñar tareas en la
entonces Dirección General de Infraestructura dependiente del
Ministerio de Cultura, como inspector de obras, por el período
comprendido entre el 1°/1/07 y el 31/12/07, estipulando un pago en
concepto de honorarios de pesos treinta mil
($ 30.000), en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de pesos dos
mil quinientos ($ 2.500);
Que, ahora bien, el artículo 3° de la resolución recurrida, es claro
al prescribir que el causante se encuentra facultado para ejercer la
opción a ingresar al sistema estipulado en su artículo 1°, o caso
contrario continuar con la locación de servicios hasta la finalización
del contrato respectivo;
Que, en consecuencia, al tomar la decisión de no ser incluido en los
términos de la Resolución N° 1.924-MHGC/07, el interesado tenía
conocimiento de las consecuencias que producía tal decisión;
Que, en suma, conocía que el hecho de haber optado por continuar con el
contrato de locación de servicios, generaba indefectiblemente la
extinción del mismo al vencimiento del plazo contractual;
Que, en virtud de lo expuesto, no puede el Arq. Verruno cuestionar la
aplicación de los artículos 3° y 4° de la resolución en cuestión,
toda vez que aceptó someterse voluntariamente a sus términos;
Que, siendo así, pretender desconocer las condiciones pactadas, sería
ir contra sus propios actos "venire contra actum propium nom
valet";
Que, en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde desestimar
el recurso de reconsideración incoado;
Por ello, atento lo dictaminado por la Procuración General, y en uso de
las facultades conferidas por el artículo 119 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(Decreto N° 1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310),
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso de
reconsideración incoado por el Arq. Sergio Verruno, contra los
términos de la Resolución N° 1.924-MHGC/07.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese al interesado haciéndole
saber que el presente acto no es susceptible de recurso alguno y, para
su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Cultura.
Cumplido, archívese. Grindetti
RESOLUCIÓN N° 83 - SSGyAF/08
Se aprueba el gasto por servicio de banda ancha de la UAI del Ministerio
de Hacienda
Buenos Aires, 24 de enero de 2008.
Visto el Decreto N° 2.143/07 (B.O.C.B.A. N° 2847) y
la Nota N° 971-UAIMH/07, y
CONSIDERANDO:
Que la actuación citada se halla relacionada con el
servicio de banda ancha, brindado por la empresa Telefónica Data
Argentina S.A., en la Unidad de Auditoría Interna de este Ministerio;
Que la mencionada Unidad de Auditoría Interna informa que la
contratación del aludido servicio tramita por Nota N° 752-
UAI-MHGC/07;
Que corresponde aprobar el gasto de que se trata y proceder a la
cancelación de la erogación incurrida;
Por ello, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 2°, inciso
e) del Decreto N° 2.143/07 (B.O.C.B.A. N° 2847), y atento lo dispuesto
por Resolución N° 2.316-SHyF/00 (B.O.C.B.A. N° 1145),
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN
FINANCIERA
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase el gasto originado por el
servicio de banda ancha, para uso de la Unidad de Auditoría Interna de
este Ministerio, brindado por la empresa Telefónica Data Argentina
S.A., cuyo importe asciende a la suma total de pesos trescientos sesenta
y tres ($ 363).
Artículo 2° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a la Dirección General de
Contaduría y remítase a la Unidad de Auditoría Interna de este
Ministerio. Eglez
Ministerio de Justicia y Seguridad
RESOLUCIÓN N° 11 - AGC/08
Se designa a Director de Administración Financiera de la Agencia
Gubernamental de Control
Buenos Aires, 14 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 2.624 y su decreto promulgatorio, y
el Decreto N° 2.141 de fecha 28 de diciembre de 2007 y Resolución AGC
N° 3/08, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.624 crea la Agencia Gubernamental de
Control como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de
Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que hasta que se apruebe su respectiva estructura organizativa resulta
indispensable proveer a la mencionada Agencia de una dotación de
personal que permita dar cumplimiento a las misiones y competencias
establecidas en su norma de creación;
Que mediante Resolución AGC N° 3/08 se aprobaron las aperturas
inferiores de la Dirección General Legal y Técnica a fin de brindarle
herramientas que le permitan operar con eficiencia como Área de apoyo a
las tareas sustantivas de la Agencia Gubernamental de Control;
Que resulta necesario designar al Director de Administración Financiera
de la Dirección General Legal y Técnica;
Que la persona que se designa por medio de la presente reúne el perfil
requerido para el desempeño del cargo mencionado;
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 12,
inciso e) y cláusula adicional tercera de la Ley N° 2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE
CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Desígnase como Director de la
Dirección de Administración Financiera al Dr. Fabián Horacio Ferrario
(DNI 16.532.843), a partir del día 3 de enero, con nivel remunerativo
de Director, Tramo B, Profesional, Nivel 6.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados en el presupuesto
vigente de la Agencia Gubernamental de Control.
Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos
del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Young
RESOLUCIÓN N° 12 - AGC/08
Se designa Directora de Normativa y Capacitación Alimentaria de la
Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria
Buenos Aires, 14 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 2.624 y su decreto promulgatorio, y
el Decreto N° 2.141 de fecha 28 de diciembre de 2007,
CONSIDERANDO:
Que la normativa del visto crea la Agencia
Gubernamental de Control como entidad autárquica en el ámbito del
Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que hasta que se apruebe su respectiva estructura organizativa resulta
indispensable proveer a la Agencia Gubernamental de Control de una
dotación de personal que permita cumplir con la misión y competencias
establecidas en su norma de creación;
Que en tal sentido deviene necesario dotar a la Dirección General de
Higiene y Seguridad Alimentaria de las herramientas necesarias que le
permita desarrollar las tareas sustantivas que le son propias, dentro de
la Agencia Gubernamental de Control, para lo cual resulta pertinente
aprobar la designación de la Directora de Normativa y Capacitación
Alimentaria;
Que la persona que se designa por medio de la presente reúne el perfil
requerido para el desempeño del cargo antes mencionado, dependiente de
la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria;
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 12,
inciso e) y cláusula adicional tercera de la Ley N° 2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE
CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Desígnase como Directora de la
Dirección de Normativa y Capacitación Alimentaria dependiente de la
Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria a la Dra. Paola
Vanesa Michielotto (DNI 24.417.041), con Nivel Retributivo de Director,
Tramo B Profesional, Nivel 6.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados en el presupuesto
vigente de la Agencia Gubernamental de Control.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos
del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Young
Ministerio de Desarrollo Urbano
RESOLUCIÓN N° 44 - MDUGC/08
Se deja sin efecto la Licitación Pública N° 571/07
Buenos Aires, 24 de enero de 2008.
Visto el Expediente N° 70.694/06, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la ex Dirección
General de Proyectos y Obras solicitó arbitrar los medios necesarios
para realizar la Obra: "Intervención sobre el Pasaje Jenner Patios
Urbanos";
Que, mediante Resolución N° 374-MPyOP/07, se realizó el llamado a
Licitación Pública N° 571/07;
Que, tal como surge del Acta de Apertura N° 27/07, del 27 de julio de
2007 a las 13 horas, se realizó la apertura del Sobre N° 1
recibiéndose las ofertas de las firmas: Servicios Industriales
Avellaneda S.A., Tecymaq S.A., Cunumi S.A., Altote S.A., Jorsan
S.A.C.I.F.I., Ing. David A. Bonaldi y Paleco S.A.;
Que, teniendo en cuenta el tiempo que ha transcurrido desde el inicio de
la presente licitación, y en razón de un orden de prioridades
establecido, para dar lugar a otros emprendimientos más urgentes, se
considera oportuno dejar sin efecto la licitación de referencia;
Que, ello en concordancia con lo estipulado en el pliego de condiciones
generales, numeral 1.4.3, donde se prevé que el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires podrá rechazar todas las ofertas, sin que ello dé
derecho a reclamo por parte de los oferentes;
Por ello, teniendo en cuenta las facultades conferidas por la
Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064 y Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A.
N° 2083 del 7/12/04), Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824) y Decreto N°
2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829),
EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE:
Artículo 1° - Déjese sin efecto la Licitación
Pública N° 571/07 realizada para materializar la obra
"Intervención sobre el Pasaje Jenner Patios Urbanos".
Artículo 2° - Exhíbase por el término de tres (3) días copia de la
presente resolución en la cartelera del Área de Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal, ubicada en Carlos Pellegrini 211, 9° piso.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Proyectos de
Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, a la Subsecretaría de
Planeamiento, a la Subsecretaría de Ingeniería y Obras Públicas, a la
Dirección de Presupuesto Contable y remítase al Área de Compras y
Contrataciones, ambas dependientes de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Chain
RESOLUCIÓN N° 51- MDUGC/08
Se instruye sumario para investigar las irregularidades en la
tramitación de expedientes de la Dirección General de Interpretación
Urbanística
Buenos Aires, 25 de enero de 2008.
Visto el Expediente Administrativo N° 3.098/08.-SSPLAN-,
las Leyes Nros. 471 y 1.218, los Decretos Nros. 3.360/68, 1.510/97,
826/01, y la Resolución N° 71-PG/06, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente administrativo ciado en
los vistos la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR),
dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento, Ministerio de
Desarrollo Urbano informa sobre una importante acumulación y atraso en
la tramitación de expedientes administrativos detectada en el Área
denominada como Supervisión de Interpretación Urbana;
Que los informes remitidos por el área citada dan cuenta de una
cantidad más que relevante de expedientes demorados, que totaliza
quinientos ochenta y nueve (589) actuaciones sin resolver, y de un orden
aleatorio de tratamiento que no responde a lógicas administrativas de
gestión;
Que situación informada viola flagrantemente los tiempos normales de
trámite establecidos por el Código de Procedimiento (arts. 22, inc. e
apartados 1, 4 y cctes. Decreto N° 1.510/97) para el dictado de
dictámenes técnicos y actos administrativos, desconoce el principio de
impulsión de oficio de las actuaciones administrativas (art. 25,
Decreto N° 1.510/97), no obrando -además- en los expedientes
informados ni en la explicación adjunta a fs. 55/57, circunstancias de
excepción que justifiquen la demora;
Que en las conclusiones de fs. 57 el agente responsable Carlos Benavides
reconoce la demora la imputa a una "…decisión de servicio"
y a la "…atención de prioridades fijadas por las sucesivas
autoridades políticas", ameritando tales manifestaciones una
investigación a los fines de corroborar su implicancia y veracidad;
Que las demoras constatadas podrían ser, además, materia de reclamo
fundado por parte de los particulares contra el Gobierno de la Ciudad;
Que atento lo expuesto a fin de investigar la situación descripta y
deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder entiendo que
resulta oportuno ordenar la apertura de sumario administrativo y remitir
las actuaciones a la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de la Ciudad la instrucción del pertinente sumario
administrativo;
Por ello, en ejercicio de facultades legales que le son propias (Ley N°
2.506 y Decreto N° 2.075/07),
EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE:
Artículo 1° - Instrúyase el pertinente sumario
administrativo a fin de investigar los hechos denunciados que indican la
existencia de importantes irregularidades en la tramitación de
expedientes en el Área denominada como "Supervisión de
Interpretación Urbanística", Dirección General de
Interpretación Urbanística, Subsecretaría de Planeamiento, Ministerio
de Desarrollo Urbano y deslindar las responsabilidades que pudieran
corresponder.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal, a la Subsecretaría de Planeamiento, a la
Dirección General de Interpretación Urbanística. Pase a la Dirección
General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad. Cumplido,
archívese. Chain
RESOLUCIÓN N° 59 - MDUGC/08
Se rechaza la petición efectuada en el Registro N° 844-MPyOP/07
Buenos Aires, 28 de enero de 2008.
Visto los Registros Nros. 844 y 873-MPyOP/07, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Luis Aurelio Egoávil Povis (DNI
62.152.100) mediante los telegramas TCL 70278866 y TCL 70360345
dirigidos al Ministro de Planeamiento y Obras Públicas ha formulado una
petición solicitando en su carácter de trabajador amparado en el marco
de la Leyes Nros. 24.013 y 25.323, se regularice su situación laboral,
se le entreguen los recibos de sueldo en correcta forma, se abonen
diferencias salariales, francos, feriados, horas extras y
extraordinarias, nocturnas, SAC, y vacaciones entre otras
consideraciones, bajo apercibimiento de considerarse despedido por
exclusiva culpa del ex Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas y
sin causa;
Que por estos actuados el interesado solicita se aclare su situación
laboral, responsabilizando para el caso solidariamente al Sr. Alberto
Julio Ávila y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en los registros de altas y bajas pertenecientes al personal del
Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no existe
persona alguna a nombre de Luis Aurelio Egoávil Povis;
Que no existen constancias en los registros obrantes en esta
Administración Central que don Luis Aurelio Egoávil Povis, reviste o
haya revistado como personal de la planta permanente ni transitoria,
como así tampoco mediante contratos bajo la modalidad de
"Locación de Servicios" o "Relación de
Dependencia";
Que conforme las informaciones obrantes en los referidos actuados, surge
que no existe ni ha existido vínculo alguno, entre el Sr. Luis Aurelio
Egoávil Povis y esta Administración;
Que tampoco existen en estos actuados constancias que permitan acreditar
que el interesado haya trabajado para alguna empresa contratista de esta
Administración;
Que en el supuesto de que el nombrado hubiera desempeñado funciones en
alguna de esas empresas, cabe señalar que la relación que vincula al
personal dependiente de éstas, se desarrolla en el marco normativo de
las instituciones propias del Derecho de Trabajo, por tratarse de una
relación entre personas de derecho privado;
Que en consecuencia, dichos contratos resultan ser res inter alios
acta para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que al respecto Marienhoff (T.III-B, pág. 588) precisa que "...el
concesionario de servicio público no es un "funcionario" del
Estado, el personal que dicho concesionario utiliza para la prestación
del servicio tampoco reviste calidad de agentes públicos....",
concluyendo en consecuencia que "las relaciones que se establezcan
entre el concesionario y el personal que colabora con él en la
prestación del servicio son de tipo contractual de derecho
privado...";
Que la Procuración General ha intervenido en los presentes actuados de
conformidad con los fundamentos expresados;
Que por ello y lo dispuesto por la Ley N° 2.506 y el Decreto N°
2.075/07,
EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE:
Artículo 1° - Recházase la petición efectuada por
el señor Luis Aurelio Egoávil Povis (DNI 62.152.100) en los Registros
N° 844-MPyOP/07 e incorporado N° 873-MPyOP/07 por resultar
jurídicamente improcedente.
Artículo 2° - La presente resolución no agota la vía administrativa
pudiendo el interesado interponer recurso de reconsideración en el
plazo de diez días hábiles o jerárquico en el plazo de quince días
hábiles (arts. 103, 108 y concordantes del Decreto N° 1.510/97 (B.O.C.B.A.
N° 310).
Artículo 3° - Regístrese, publíquese el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al peticionante y a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Chain
Ministerio de Desarrollo Económico
RESOLUCIÓN N° 509 - SSTR/08
Se asigna a diversos agentes la responsabilidad de protocolización de
actos administrativos
Buenos Aires, 18 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 265 (B.O.C.B.A. N° 849), la Ley N°
2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824); y el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N°
2829), y
CONSIDERANDO:
Que, el ejercicio del poder de policía del trabajo
es irrenunciable por imperio del artículo 44 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por la citada Ley N° 265 se establecieron las competencias de la
autoridad administrativa y de aplicación del trabajo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824) se crearon los
Ministerios integrantes del Gabinete del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) se modifica y
aprueba la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo
estableciéndose misiones y funciones de cada uno de sus Ministerios y
los organismos dependientes de los mismos;
Que, por Decreto N° 2.086/07 de fecha 14 de diciembre de 2007, se me
designa Subsecretario de Trabajo dependiente del Ministerio de
Desarrollo Económico;
Que, resulta necesario protocolizar, certificar y/o autenticar las
copias de los actos administrativos rubricados en mi carácter de
Subsecretario de Trabajo, y toda documentación original en trámite por
ante esta Subsecretaría;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1° - Asígnase a los Sres. Leonardo
Adrián Ávalos, F. N° 733.813, DNI 26.174.531; Mariana Vanesa Nieto,
F.N° 736.950, DNI 23.894.137; Matías Pedro Silveyra, DNI 27.488.925 y
Martín Pablo Caggiano, DNI 31.606.450, la responsabilidad de las tareas
inherentes a la protocolización de los actos administrativos emitidos,
la certificación y/o autenticación de las copias de los mismos y de
toda documentación original en trámite por ante la Subsecretaría de
Trabajo.
Artículo 2° - Dese al Registro y publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico
y a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
Ginzo
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
RESOLUCIÓN N° 1 - APRA/08
Se crea la Dirección General de Asuntos Jurídicos
Buenos Aires, 28 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 2.628 (B.O.C.B.A. N° 2852), el
Decreto N° 53/08 (B.O.C.B.A. N° 2857), el Expediente N° 4.733/08,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de
Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través
de la planificación, programación y ejecución de las acciones
necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°
2.628, la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el
señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 53/08 se designó a la Ing. Graciela
Elizabeth Gerola como Presidenta de la Agencia de Protección Ambiental
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establecido en el artículo 8°, inciso b) de la ley
"ut supra" mencionada, es función de la Presidencia: "organizar
y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su
estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los
aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de
administración de los recursos humanos";
Que, en este mismo orden de ideas, el artículo 8°, inciso c) del
cuerpo normativo en análisis dispone que es función de la Presidencia:
"determinar la cantidad de Directores Generales así como sus
responsabilidades primarias, hasta un máximo de cuatro (4)";
Que, en ese entendimiento, cabe destacar que conforme la
disposición transitoria primera "El Presidente designará, a
los Directores Generales...";
Que a los fines de poder proyectar los instrumentos jurídicos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la mentada Agencia
de Protección Ambiental, resulta necesario crear una Dirección General
de Asuntos Jurídicos, estableciendo sus responsabilidades primarias;
Que en ese sentido, es dable señalar que debe cubrirse el cargo de
Director General de la unidad organizativa mencionada;
Que la Dra. Silvia Cristina Nonna (DNI 10.831.716 CUIT 27-10831716-2)
reúne las condiciones de aptitud e idoneidad para el cargo atento a su
conocimiento académico y experiencia en la gestión;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8°
de la Ley N° 2.628 y la disposición transitoria primera,
LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Articulo 1° - Créase la Dirección General de
Asuntos Jurídicos dependiente de la Presidencia de la Agencia de
Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las
responsabilidades primarias detalladas en el Anexo I que forma parte
integrante de la presente.
Articulo 2° - Desígnase a partir del 28 de enero de 2008 a la Dra.
Silvia Cristina Nonna (DNI 10.831.716, CUIT 27-10831716-2) como
Directora General de Asuntos Jurídicos de la Agencia de Protección
Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Articulo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios del Poder
Ejecutivo, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido,
archívese. Gerola
ANEXO
I
RESOLUCIÓN N° 2 - APRA/08
Se designa al Auditor Interno de la Agencia de Protección Ambiental
Buenos Aires, 30 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 2.628 (B.O.C.B.A. N° 2852), el
Decreto N° 53/08 (B.O.C.B.A. N° 2857), el Expediente N° 4.730/08, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de
Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través
de la planificación, programación y ejecución de las acciones
necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°
2.628, la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el
señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 53/08 se designó a la Ing. Graciela
Elizabeth Gerola como Presidenta de la Agencia de Protección Ambiental
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establecido en el artículo 8°, inciso b) de la ley ut
supra mencionada, es función de la Presidencia: "organizar y
reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su
estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los
aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de
administración de los recursos humanos";
Que a los fines de examinar en forma integral e integrada las
actividades que se llevan a cabo en el ámbito de la Agencia de
Protección Ambiental, teniendo en cuenta los controles internos que
dicte la Presidencia, resulta necesario cubrirse el cargo de Auditor
Interno de la unidad organizativa mencionada;
Que, Eduardo Leomagno (DNI 11.317.005, CUIT 20-11317005-1) posee la
idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual ha sido
propuesto;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8°
de la Ley N° 2.628,
LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Desígnase a Eduardo Leomagno (DNI
11.317.005 - Ficha Censal N° 352.722 - CUIT 20-11317005-1) como Auditor
Interno de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, con las responsabilidades primarias detalladas en el Anexo
I que forma parte integrante de la presente. Reserva partida sin
percepción de haberes 33010010 PB 03265.
Artículo 2° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Sindicatura General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de dar cumplimiento a la
Resolución N° 35-SGCBA/06, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Administración Recursos Humanos.
Cumplido, archívese. Gerola
ANEXO
I
RESOLUCIÓN N° 5 - APRA/08
Se aprueba la estructura orgánico funcional de la Agencia de
Protección Ambiental de la C.A.B.A.
Buenos Aires, 1° de febrero de 2008.
Visto las Leyes N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824) y N°
2.628 (B.O.C.B.A. N° 2852), los Decretos Nros. 2.075/07 (B.O.C.B.A. N°
2829) y 53/08, (B.O.C.B.A. N° 2857) el Expediente N° 4.726/08, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de
Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires
tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través de la
planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias
para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°
2.628, la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el
señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 53/08 se designó a la Ing. Graciela
Elizabeth Gerola como Presidenta de la Agencia de Protección Ambiental
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establecido en el artículo 8°, inciso b) de la ley ut
supra mencionada, es función de la Presidencia: "organizar y
reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su
estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los
aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de
administración de los recursos humanos";
Que, en este mismo orden de ideas, el artículo 8°, inciso c) del
cuerpo normativo en análisis dispone que es función de la Presidencia:
"determinar la cantidad de Directores Generales así como sus
responsabilidades primarias, hasta un máximo de cuatro (4)";
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8°
de la Ley N° 2.628,
LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase la estructura orgánico
funcional de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Apruébanse los objetivos y responsabilidades primarias
de las Unidades de Organización integrantes del organigrama aprobado
por el artículo 1°, según se detalla en el Anexo II que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios del Poder
Ejecutivo. Cumplido, archívese. Gerola
ANEXO I
Imagen 1
2 3
4 5
6 7
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
n Resolución
N° 7-SGCBA del 15 de enero de 2008.
Se autoriza la renovación de las
contrataciones para prestar en forma transitoria servicios
complementarios a los que realiza el personal de planta permanente, en
la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de lo
dispuesto en el Decreto N° 948/05 y su reglamentación, en el modo y
forma que se detalla en el Anexo II que forma parte integrante de la
presente como único Anexo. Rial
ANEXO
II
Ministerio de Hacienda
n Resolución
N° 18-MHGC del 14 de enero de 2008.
Se archiva el Sumario N° 448/05
instruido mediante la Resolución Nº 2.871-SHyF/05 a fin de ponderar
los hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran
corresponder con motivo de la sustracción de tres juegos de parlantes
en el Departamento Registro de Recursos y Conciliaciones Bancarias,
dependiente de la Dirección General de Tesorería, por no existir
elementos que ameriten la continuación de la investigación
oportunamente dispuesta. Grindetti
n Resolución
N° 21-MHGC del 24 de enero de 2008.
Se archiva el Sumario
administrativo N° 497/05 tendiente a investigar los hechos denunciados
y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder atento la
sustracción acaecida en el Departamento Liquidación Docente de la
Dirección Liquidación de Haberes, dependiente de la ex Dirección
General de Recursos Humanos, de componentes de una CPU marca CDR serie
N° BS05AMENM727, unidad que se encontraba en comodato y pertenecía a
la entonces Unidad Ejecutora Préstamo BID, por no existir elementos que
ameriten la continuación de la investigación oportunamente dispuesta. Grindetti
n Resolución
N° 78-MHGC del 24 de enero de 2008.
Se archiva el Sumario Nº 540/00,
instruido a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades
con respecto a las sumas abonadas por error, en concepto de licencias
ordinarias años 1994 y 1995 al ex agente Abdo Mahmud El Achtar, por no
existir elementos que ameriten la continuación de la investigación
oportunamente dispuesta. Grindetti
Ministerio de Cultura
n Resolución
N° 3.622-MCGC del 13 de diciembre de 2007.
Se aprueba las contrataciones de
las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se
consignan en el Anexo I y que a todos sus efectos pasa a formar parte de
la presente resolución. Lombardi
ANEXO
I
n Resolución
N° 3.623-MCGC del 13 de diciembre de 2007.
Se aprueba las contrataciones de las personas cuyos nombres, apellidos,
documentos y demás datos se consignan en el Anexo I y que a todos sus
efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Lombardi
ANEXO
I
n Resolución
N° 3.659-MCGC del 17 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Ledda, Eduardo Daniel, DNI 13.656.962, CUIT 20-13656962-8, como
locación de servicio para la afinación de instrumentos para el evento
"Inauguración del Monumento al Tango". Lombardi
n Resolución
N° 3.660-MCGC del 17 de diciembre de 2007.
Se acepta la renuncia presentada
por la señora Monchnach, Andrea Marcela DNI 21.019.432, a partir del
1° de diciembre de 2007, al Contrato de Locación de Servicios que la
vinculara con la Subsecretaría de Gestión Cultural, el cual fuera
oportunamente aprobado por Resolución N° 1.379-MCGC/07. Lombardi
n Resolución
N° 3.661-MCGC del 17 de diciembre de 2007.
Se acepta la renuncia presentada
por el señor Eugenio Cagliero, DNI 33.700.170, a partir del 1° de
diciembre de 2007, al contrato de locación de servicio que lo vinculara
con la Subsecretaría de Gestión Cultural, el cual fuera oportunamente
aprobado por Resolución N° 1.285-MCGC/07. Lombardi
n Resolución
N° 3.675-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación del
señor Masliah Haim, Leo PAS 1311263-4, durante el período de 10/11/07
y hasta el 02/12/07 como contrato de locación de servicios como músico
en el "Ciclo de Música Contemporánea" por un monto de pesos
mil ciento cuarenta ($ 1.140). Lombardi
n Resolución
N° 3.676-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueban las contrataciones de
las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se
consignan en el Anexo I y que a todos sus efectos pasa a formar parte de
la presente resolución. Lombardi
ANEXO
I
n Resolución
N° 3.677-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de el
señor Lucio Capece, PAS E 359110 (residente en el extranjero) por el
período comprendido entre el 31/10/07 hasta el 28/11/07 como contrato
de locación de servicios como músico en el "Ciclo de música
contemporánea" por un monto de pesos mil trescientos treinta y dos
($ 1.332). Lombardi
n Resolución
N° 3.678-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Monteiro, María José DNI 10.896.103, CUIT 27-10896103-7,por el
período comprendido entre el 10/12/07 y hasta el 31/12/07 como contrato
de locación de servicios como pre-productora artística para los
eventos, "La plaza de la Victoria en Tu Plaza" (intinerante
por las plazas), "Historias del Jardín" (Jardín Botánico) y
"7 noches-7 monólogos-7 plazas" por un monto de pesos ocho
mil ($ 8.000). Lombardi
n Resolución
N° 3.679-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueban las contrataciones de
las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se
consignan en el Anexo I y que a todos sus efectos pasa a formar parte de
la presente resolución. Lombardi
ANEXO
I
n Resolución
N° 3.680-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Laura Carina Méndez, DNI 22.494.082, CUIT 27-22494082-9,en el período
comprendido entre el 1°/11/07 hasta el 31/12/07 como coordinadora de
proyecto por un monto de pesos seis mil ($ 6.000). Lombardi
n Resolución
N° 3.681-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueban las contrataciones de
las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se
consignan en el Anexo I y que a todos sus efectos pasa a formar parte de
la presente resolución. Lombardi
ANEXO
I
n Resolución
N° 3.682-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Blas Eloy Martínez, DNI 22.784.243, CUIT 20-22784243 por el período
comprendido entre el 10/12/07 hasta 31/12/07 como contrato de locación
de servicios como asesor en el despacho privado del Ministro de Cultura
por un monto de pesos tres mil ($ 3.000). Lombardi
n Resolución
N° 3.683-MCGC del 21 de diciembre de 2007.
Se aprueba el contrato de Susana
Elena De Palma, DNI 11.802.733,CUIT 27-11802733-2 por el período
comprendido entre el 10/12/07 y hasta el 31/12/07 como contrato de
locación de servicios como Secretaría Ejecutiva en el despacho privado
del Ministro de Cultura y asesora jurídica en el Ministerio de Cultura
por un monto de pesos tres mil ($ 3.000). Lombardi
n Resolución
N° 3.723-MCGC del 26 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Andrea Viviana Ponce, DNI 27.035.998, CUIT 27-27035998-7,por el período
comprendido entre el 10/12/07 y hasta el 31/12/07 como contrato de
locación de servicios como auxiliar administrativa por un monto de
pesos tres mil ($ 3.000). Lombardi
n Resolución
N° 3.724-MCGC del 26 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Aparicio Pedro Ramón DNI 14.223.720, CUIT 20-14223720-3 por el período
comprendido entre el 10/12/07 y hasta el 31/12/07 como contrato de
locación de servicios como asesor cultural por un monto de pesos tres
mil ($ 3.000). Lombardi
n Resolución
N° 3.725-MCGC del 26 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Andrea Mónica Madariaga DNI 5.674.918, CUIT 27-05674918-2, por el
período comprendido entre el 1°/11/07 y hasta el 30/11/07 como
contrato de locación de servicios como servicios profesionales,
técnicos y operativos varios, asistente artística por un monto de
pesos mil quinientos ($ 1.500). Lombardi
n Resolución
N° 3.726-MCGC del 26 de diciembre de 2007.
Se aprueban las contrataciones de
las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se
consignan en el Anexo I y que a todos sus efectos pasa a formar parte de
la presente resolución. Lombardi
ANEXO
I
n Resolución
N° 3.727-MCGC del 26 de diciembre de 2007.
Se aprueba la contratación de
Magdalena Benzo, DNI 31.638.367, CUIT 27-31638367-5 por el período
comprendido entre el 10/12/07 y hasta el 31/12/07 como contrato de
locación de servicios como auxiliar administrativa por un monto de
pesos tres mil ($ 3.000). Lombardi
DISPOSICIONES
Ministerio de Desarrollo Económico
DISPOSICIÓN N° 1 - DGINC/08
Se delega la firma del despacho de la Dirección General de Industrias
Creativas, en el Director General de Gestión de Inversiones
Buenos Aires, 22 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 2.506 (B.O. N° 2824), el Decreto
N° 2.075/07, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determina que el Ministerio
Coordinador o Jefe de Gabinete de Ministros y nueve Ministros tendrán a
su cargo el despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que, en función de las competencias asignadas a los Ministerios y a las
Secretarías, resultó necesario aprobar las responsabilidades de las
Áreas dependientes de los mismos;
Que, el Decreto N° 2.075/07 aprobó la estructura organizativa
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, conforme su Anexo II estableciendo en forma expresa los
objetivos y responsabilidades primarias de todas las unidades de
organización integrantes del organigrama aprobado por la misma norma;
Que, conforme el Anexo II/9 del decreto mencionado se establece entre
otros, los objetivos de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio
de Desarrollo Económico y el de las reparticiones a su cargo;
Que, asimismo el citado Anexo establece entre las misiones y funciones
de la Dirección General de Industrias Creativas "diseñar
políticas para que en la producción de bienes y servicios se incorpore
el diseño como herramienta competitiva de las empresas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires";
Que, en virtud de dichas atribuciones, esta Dirección General enviará
una comitiva a los efectos de participar en el próximo "MIDEM - The
World´s Music Market 42nd Edition a desarrollarse entre los días
24 de enero al 3 de febrero de 2008 en la ciudad de Cannes entre las
cuales se encuentra la Sra. Directora General;
Que, a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la
tramitación administrativa de su competencia, resulta necesario adoptar
las previsiones del caso;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS
DISPONE:
Artículo 1° - Deléguese la firma del despacho de
la Dirección General de Industrias Creativas en el Director General de
la Dirección General de Gestión de Inversiones, Sr. Alejandro Bonadeo,
durante el período comprendido entre el 24 de enero al 3 de febrero del
corriente año.
Artículo 2° - Dese al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de
Inversiones y a la Dirección General de Gestión de Inversiones.
Cumplido, archívese. Húngaro
DISPOSICIÓN N° 368 - DGCONC/08
Se autoriza a la productora Puenzo Hnos. S.A. a retirar temporariamente
cartel indicador
Buenos Aires, 30 de enero de 2008.
Visto la Nota N° 116-PBASet/08, y
CONSIDERANDO:
Que por dichas actuaciones tramita la solicitud de la
empresa Puenzo Hnos. S.A. para proceder al retiro temporal de cartel
indicador de nomenclatura de calles localizado en cruce de las calles 25
de Mayo y Lavalle los días 2 y 3 de febrero de 2008 entre las 8 y las
20 horas, con fecha de cobertura climática para los días 9 y 10 de
febrero de 2008, a efectos de proceder a la realización de un
cortometraje publicitario;
Que la Dirección General de Inversiones ha procedido a informar los
datos de la empresa productora, y que la misma cuenta con cobertura de
seguros desde el 9 de septiembre de 2007 hasta el 9 de septiembre de
2008 por Póliza N° 12.879 emitida por CHUBB, y autorización otorgada
por Disposición N° 5.635-DPVP/07 de la Dirección Permisos en la Vía
Pública para realizar filmaciones en la vía pública con vencimiento
el 13 de marzo de 2008, esto es en ambos casos comprensivos de la fecha
en que se realizará el rodaje;
Que atento lo expuesto, corresponde autorizar la solicitud con los
costos y gastos que ella demande a cargo de la empresa productora,
debiendo arbitrar los medios necesarios para que no se produzcan daños,
y quedando los bienes del mobiliario público sitos en el área de
rodaje al finalizar la grabación en perfecto estado, teniendo en cuenta
que los costos de subsanar cualquier eventual daño ocasionado a los
mismos correrán por cuenta de la solicitante, no implicando costo
alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en consonancia con lo solicitado, corresponderá requerir a la firma
Lesko S.A. - Trabacar S.A. U.T.E. que proceda al retiro temporal de
cartel indicador de nomenclatura de calles instalado en cruce de las
calles 25 de Mayo y Lavalle, y a su reinstalación en las oportunidades
indicadas en la solicitud, teniendo en cuenta que cualquier cargo que
pudiere formularse con motivo del requerimiento deberá ser satisfecho
por la empresa productora sin costo alguno para el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES
DISPONE:
Artículo 1° - Autorízase la solicitud de la
productora Puenzo Hnos. S.A., para proceder al retiro temporal de cartel
indicador de nomenclatura de calles instalado en cruce de las calles 25
de Mayo y Lavalle entre las 8 y las 20 horas de los días 2 y 3 de
febrero de 2008, o en caso de imposibilidad de realizar el rodaje por
razones climáticas entre las 8 y las 20 horas de los días 9 y 10 de
febrero de 2008, a los efectos de realizar la filmación de un
cortometraje publicitario, con los costos y gastos que ella demande a
cargo de la empresa productora.
Artículo 2° - Requiérase a la firma Lesko S.A. - Trabacar S.A. U.T.E.
que proceda al retiro de cartel indicador de nomenclatura de calles
instalado en cruce de las calles 25 de Mayo y Lavalle, y a su
reinstalación en debida forma en las oportunidades indicadas en la
solicitud, haciéndole saber que cualquier cargo que pudiere formularse
con motivo del requerimiento deberá ser satisfecho por la empresa
productora sin costo alguno para el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las firmas Puenzo Hnos. S.A. y
Lesko S.A. - Trabacar S.A. U.T.E., póngase en conocimiento de la
Dirección General de Inversiones y, oportunamente, archívese. Solari
Costa
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
DISPOSICIÓN N° 5 - DGTALMEP/08
Se aceptan cambios tecnológicos para los Renglones 6 y 8 de la
Licitación Pública N° 453/07
Buenos Aires, 24 de enero de 2008.
Visto las Leyes N° 2.095, N° 2.506, los Decretos
N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2557); N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658);
N° 1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513), y N° 2.075/07 y el Expediente N°
9.644/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto, tramita la
"Adquisición de equipamiento de computación y educacional"
con destino a distintas Direcciones Generales pertenecientes al ámbito
del ex Ministerio de Espacio Público actual Ministerio de Ambiente y
Espacio Público;
Que por Disposición N° 208-DGTALMEP/07, se aprobó la Licitación
Pública N° 453/07, y se adjudicaron los Renglones 5, 9, 10 y 11 a la
firma Dinatech S.A y los Renglones 6, 7, 8 y 12 a la firma Coradir S.A,
emitiéndose en consecuencia las Órdenes de Compra Nros. 44.461/07 y
44.460/07 respectivamente;
Que mediante los Registros Nros. 348 y 349-DGTALMEP/07, interpuestos el
28/11/07, la empresa Coradir S.A. manifiesta que debido a variaciones de
mercado ocurridas durante el curso del presente trámite licitatorio, en
virtud de las demoras inherentes al procedimiento a partir de la
apertura de ofertas, se ve obligada a realizar cambios tecnológicos
para los ítems N° 6 y 8;
Que por Nota N° 3.186-DGTALMEP/07, se dio intervención a la Dirección
General de Sistemas de Información, según lo prevé el Decreto N°
1.023/93, a los efectos de que evalúe las especificaciones
tecnológicas del equipamiento ofrecido en reemplazo;
Que en oportunidad de contestar, por Informe N° 2.272-DGSINF/07 emitido
el 7/12/07, dicho organismo concluyó que se da cumplimiento a los
requerimientos técnicos establecidos en el pliego de bases y
condiciones, siendo la alternativa ofrecida de mayores prestaciones que
la adjudicada;
Que la respuesta de la Dirección General de Sistemas de Información,
llega a esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal el día
12/12/07;
Que previo a la notificación a la firma Coradir S.A., la misma efectúa
el cumplimiento de la entrega de los bienes, conforme se comprueba con
los Remitos Nros. 1.034, 1.035, 1.027, 1.033, 1.025, 1.032 y 1.026;
Que de lo expuesto surge que el trámite de determinación de
equivalencia de los bienes ha insumido un total de 15 días hábiles
administrativos, tiempo que no le es imputable al adjudicatario;
Por ello, y en virtud de las competencias establecidas en el artículo
3° del Decreto N° 408/07, reglamentario del artículo 13 de la Ley de
Compras y Contrataciones,
LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE:
Artículo 1° - Acéptense los cambios tecnológicos
ofrecidos por la firma Coradir S.A. para los Renglones 6 y 8 en el marco
de la Licitación Pública N° 453/07.
Artículo 2° - Amplíese el plazo de entrega fijado en la Orden de
Compra N° 44.460/07, por quince (15) días hábiles, a partir del
vencimiento del mismo para la entrega correspondiente a los renglones
mencionados.
Artículo 3° - Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General
de Compras y Contrataciones la que notificará a la empresa Coradir S.A.
Cumplido, archívese. Legarre
Ministerio Público - Defensoría General
RESOLUCIÓN N° 2 - DGAC/08
Se crea la planta de Gabinete del Defensor General de la Ciudad
Buenos Aires, 14 de enero de 2008.
Visto las Resoluciones DG N° 55/07 y N° 92/07,
CCAMP N° 4/07; y las CM N° 351/07 y N° 868/07, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución DG N° 92/07, el
suscripto, en ejercicio de la facultad conferida por el art. 21, inc.
4° de la Ley N° 1.903 Orgánica del Ministerio Público, solicitó a
la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la inclusión y
aprobación de fondos para financiar la planta transitoria de personal
en el ámbito de la Defensoría General durante el ejercicio
presupuestario 2008;
Que dicha solicitud se basó en la necesidad de incorporar a los equipos
de trabajo existentes una serie de cargos transitorios y necesarios para
llevar adelante la profundización de las políticas públicas y
programas de acción elaborados y a elaborarse en virtud de las
funciones constitucionales encomendadas a la Defensoría General por el
art. 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
reguladas en consecuencia por las normas contenidas en la Ley N° 1.903
y disposiciones concordantes;
Que, en fecha 6 de diciembre de 2007 la Legislatura local dio curso
favorable a la petición que oportunamente se efectuara, Ley N° 2.571
de presupuesto promulgada por el Poder Ejecutivo mediante decreto
publicado en el Boletín Oficial del 10 de enero último;
Que, así las cosas, y a fin de evitar que el recambio de la máxima
autoridad de esta rama del Ministerio Público genere innecesarias
ampliaciones de la planta permanente de personal, considero de toda
conveniencia la puesta en ejecución de una planta transitoria de
personal en el ámbito de la Defensoría General, la que queda
constituida como planta de gabinete del defensor General;
Que, asimismo y como parte de una política de constitución de los
equipos de trabajo en el ámbito de la Defensoría General, las
designaciones de personal en los cargos de nivel de funcionarios
existentes en las estructuras aprobadas -Resoluciones CM N° 351/07 y
N° 868/07-, y las que en el futuro se aprueben a pedido del suscripto y
que mantengan el mismo carácter, pueden estar sujetas a las modalidades
de designaciones interinas o transitorias, con sus respectivas
consecuencias jurídicas, lo que será indicado en forma expresa en las
resoluciones que en consecuencia dicte esta Defensoría General para
cubrirlos según lo habilita el art. 21, incisos 1° y 5°, de la Ley
N° 1.903;
Que la Resolución CM N° 302/02 prevé la existencia de una categoría
de agentes de planta transitoria, aunque ha omitido su reglamentación.
Ello así, deviene necesario suplir tal omisión, por lo que se
procederá a ello;
Que, en consecuencia, la Defensoría General contará con una planta de
gabinete que estará integrada por los asesores que el Defensor General
designe y con las categorías que éste determine según el agrupamiento
funcional vigente al momento de efectuarse tales designaciones. Tales
designaciones no gozarán de estabilidad en el empleo y pueden cesar en
cualquier momento por decisión del Defensor General sin necesidad de
invocación de causa o por la expiración de su mandato, cualquiera
fuera la causa legal que produjera tal resultado. Deberán, asimismo,
prestar funciones por un período no menor de ciento ochenta días
corridos para el ejercicio del derecho a las licencias ordinarias
previstas por los reglamentos aplicables en la materia;
Que, todas las personas que integren la planta transitoria de personal
se regirán por el Reglamento Interno vigente o el que en el futuro rija
en el ámbito del Ministerio Público, en lo que respecta a sus derechos
y obligaciones en todo cuanto no contradiga la presente resolución;
Que, asimismo, en los cargos con rango de funcionarios establecidos en
las estructuras aprobadas -Resoluciones CM N° 351/07 y N° 868/07-, y
las que en el futuro se aprueben a pedido del suscripto y que tengan el
mismo carácter el personal puede ser designado bajo modalidad
transitoria y en consecuencia no gozará de estabilidad en el empleo, en
el primer año de su designación;
Sobre la base de todo lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y por los arts. 18, inc. 6°, 21, inc. 5° y
concordantes de la Ley N° 1.903,
EL DEFENSOR GENERAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
1°- Crear en el ámbito de la Defensoría General la
planta de gabinete del Defensor General, la que se regirá según las
disposiciones que como Anexo integran la presente resolución.
2°- Establecer que los cargos de funcionarios en las estructuras
aprobadas -Resoluciones CM N° 351/07 y N° 868/07-, y las que en el
futuro se aprueben a pedido del suscripto y que tengan el mismo
carácter, pueden ser cubiertos, según los casos, bajo la modalidad de
designación transitoria por el plazo máximo de un año.
3°- Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese al Sr. Fiscal General,
a la Sra. Asesora General Tutelar, a la Sra. Presidenta del Consejo de
la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y oportunamente
archívese. Kestelboim
ANEXO
RESOLUCIÓN N° 28 - DGAC/08
Se solicita a la Presidenta del Consejo de la Magistratura el pago de
fondos para adquisición de inmueble
Buenos Aires, 14 de enero de 2008.
Visto la Actuación N° 75/07 por donde se tramita la
compra de un inmueble para satisfacer la falta de infraestructura
edilicia que padece la Defensoría General, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución DGAC N° 75/07 se aprobó
lo actuado en relación a la adquisición de la propiedad ubicada en la
calle Sarmiento 1981, 6° piso, Unidad Funcional N° 12 de la Ciudad de
Buenos Aires, en tanto se verificó el cumplimiento de las disposiciones
contenidas en la Ley N° 2.095 y Decreto Reglamentario N° 408/07;
Que por Resolución DGAC N° 85/07 se aprobó la adquisición del
inmueble en la suma de pesos doscientos setenta y siete mil ($ 277.000),
realizando en el mismo acto la afectación del gasto definitivo que
demanda la contratación del inmueble;
Que con fecha 26 de diciembre de 2007 y de acuerdo a la Constancia N°
509/12-2007 (fojas 54/55), el Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, registró la afectación definitiva del gasto
en la partida contable 4.1.2 "Edificios e Instalaciones";
Que por Resolución DGAC N° 91/07, el Defensor General solicitó al
Consejo de la Magistratura el pago del boleto de compraventa por la suma
de pesos ochenta y tres mil ($ 83.000) equivalente al 30% del valor del
inmueble;
Que queda pendiente un saldo de pesos ciento noventa y cuatro mil ($
194.000) el cual se abonará al momento de la firma de la escritura
traslativa de dominio;
Que ha intervenido la Escribanía General de Gobierno de la Ciudad, de
acuerdo a lo establecido en el procedimiento vigente (Registro N°
9.57/7 y N° 1.07/07), a fin de realizar el correspondiente informe de
dominio y restricciones al bien inmueble de referencia, previo a la
suscripción del boleto de compraventa;
Que del mismo modo la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad
fiscalizó la documentación provista por el propietario a fin de
concretar la escritura del inmueble;
Que el vendedor debe abonarle a dicho organismo los gastos inherentes a
la gestión;
Que se advierte que se ha cumplido con las etapas previstas en el
procedimiento establecido por la Ley N° 2.095 y su decreto
reglamentario, según lo recomendado por el dictamen de asuntos
jurídicos de fs. 4/6;
Que de acuerdo a lo establecido por la nueva ley orgánica del
Ministerio Público, le corresponde al Defensor General, como parte de
sus facultades de administración consagradas en el artículo 18 de la
ley citada, realizar contrataciones por un monto que no exceda las
trescientas mil unidades de compra (conf. inciso 2° del artículo 21 de
la Ley N° 2.386 y artículo 143 de la Ley N° 2.095 - Ley de Compras y
Contrataciones);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 124 y
125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N°
1.903 con las modificaciones introducidas mediante la Ley N° 2.386,
EL DEFENSOR GENERAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Solicitar, en consecuencia, a la
señora Presidenta del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, el pago
de la suma de $ 194.000 (pesos ciento noventa y cuatro mil), mediante el
libramiento de dos cheques, con afectación Presupuesto 2007, Programa
19 Actividad 12, partida contable 4.1.2. "Edificios e
Instalaciones", el primero por la suma de pesos ciento ochenta y
tres mil ochocientos ochenta y nueve con setenta centavos
($ 183.889,70) a la orden de Oscar José Carniglia, titular de la LE
4.264.702, CUIT 20-04264702-1, con domicilio en Diagonal Norte 628,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el segundo por la suma de pesos diez
mil ciento diez con treinta centavos
($ 10.110,30) a la orden de la Escribanía General de Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2 - Regístrese, protocolícese y ofíciese al Consejo de la
Magistratura y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires. Kestelboim
RESOLUCIÓN N° 41 - DGAC/08
Se establece monto destinado para el Fondo Permanente del Ejercicio
Presupuestario 2008
Buenos Aires, 28 de enero de 2008.
Visto, y
CONSIDERANDO:
I.- Que el coordinador de la unidad operativa de
asuntos contables, Lic. Enrique Zylberberg manifiesta la necesidad de
determinar la suma autorizada para los gastos que se realicen mediante
el régimen de fondos permanentes.
II.- Que en efecto y conforme al art. 105 de la Ley N° 70 (Sistemas de
Gestión, Administrativa Financiera y Control del Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires), su Decreto Reglamentario N°
1.000/99, y la Ley N° 1.903 con las modificaciones introducidas por la
Ley N° 2.386, se aprobó mediante Resolución DGAC N° 74/07 el
régimen de fondos permanentes.
III.- Que dicho régimen reglamenta el procedimiento para realizar
gastos de menor cuantía y en atención a los pagos cuya modalidad,
urgencia y monto, no permitan aguardar la previsión de fondos.
IV.- Que el artículo primero del procedimiento de referencia dispone
que el fondo "….no podrá superar el diez por ciento (10%) de
la sumatoria del crédito presupuestario vigente para cada ejercicio
correspondiente a las siguientes partidas según el clasificador por
objeto del gasto (aprobado por Resolución SHyF
N° 46/04): Inciso 2, Inciso 3, inciso 4, (excepto partidas principales
4.1, 4.2, 4.3.1., 4.3.2.) e Inciso 5" (art. 1° - Anexo I -
Resolución DGAC N° 74/07).
V.- Que el Departamento de Control y Programación Presupuestaria de
esta Defensoría General, informa el monto que corresponde determinar
para cada inciso de acuerdo al Presupuesto General de Gastos aprobados
para el Ejercicio 2008 (Publicado en el B.O.C.B.A. N° 2847 del
10/1/08).
VI.- Que en virtud de lo expuesto, se establece asignar un monto de $
400.000 (pesos cuatrocientos mil) para el Fondo Permanente
correspondiente al ejercicio presupuestario 2008.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 124 y
125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N°
1.903 con las modificaciones introducidas mediante la Ley N° 2.386 y
Ley N° 2.095,
EL DEFENSOR GENERAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Establecer un monto de $ 400.000
(pesos cuatrocientos mil) para el Fondo Permanente correspondiente al
Ejercicio Presupuestario 2008 y de acuerdo a lo dispuesto en la
Resolución (CM) N° 74/07.
Artículo 2° - Designar como Responsable del Fondo Permanente al
contador Guillermo Rodríguez Frascaroli.
Artículo 3° - Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese lo aquí resuelto al
contador Guillermo Rodríguez Frascaroli y al Consejo de la Magistratura
de la Ciudad de Buenos Aires a sus efectos y oportunamente archívese. Kestelboim
SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES
RESOLUCIÓN N° 12 - SGCBA/08
Se modifica párrafo del Anexo I de la Resolución N° 154-SGCBA/06
Buenos Aires, 25 de enero de 2008.
Visto la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Publico de la Ciudad, la
Resolución N° 154-SGCBA/06, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad
de Buenos Aires y el articulo 121 de la Ley N° 70 establecen que la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires es el órgano normativo
del sistema de control interno;
Que asimismo, la calidad de órgano rector del sistema de control
interno que el mencionado artículo 133 de la Constitución de la Ciudad
ha otorgado a la Sindicatura General de la Ciudad, comporta la facultad
de dictar las normas que permitan la estructuración y mantenimiento de
un eficiente y eficaz sistema de control interno;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 130, inciso 2° de la Ley
N° 70, es atribución de esta Sindicatura General organizar y
reglamentar su funcionamiento interno, es sus aspectos operativo,
funcional y de administración de personal;
Que en uso de tales facultades fue dictada la Resolución N° 154-SGCBA/06
que establece el "Procedimiento para el Tratamiento de Documentos e
Información" en el ámbito de esta Sindicatura General;
Que el "Procedimiento para el Tratamiento de Documentos e
Información" tiene como objetivo otorgar la mayor eficiencia y
eficacia a las comunicaciones internas del organismo, con la finalidad
de producir la información sobre la que se basa la misión de esta
Sindicatura en el menor tiempo posible, atendiendo a su importancia y
objetividad;
Que resulta necesario incorporar algunas pautas nuevas sobre el citado
procedimiento que agilice la emisión de los informes de auditorías;
Que la Gerencia General Normativa ha tomado la intervención que le
compete;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 130,
inciso 2° de la Ley N° 70,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Modifícase el segundo párrafo del
Anexo I de la Resolución N° 154-SGCBA/06 dentro del Título
"Cuestiones Generales" el que quedará redactado de la
siguiente forma: "Los proyectos de Recomendaciones, Circulares,
Resoluciones o de cualquier otro documento-con excepción de los
informes de auditoria- deberán ser remitidos a la Secretaria General
("SG") con sus respectivos antecedentes y debidamente
foliados. Los proyectos de informes deberán ser remitidos directamente
de la Gerencia General Operativa ("GGO") a la Gerencia General
Normativa ("GGN") a los fines del análisis de la normativa
aplicada en su caso".
Artículo 2° - Incorpórase a la Resolución N° 154-SGCBA/06 en el
Anexo I de la misma dentro del Título "Cuestiones Generales"
como tercer párrafo, el siguiente: "Las minutas dirigidas al
Jefe de Gobierno serán elaboradas por la Secretaria General ("SG"),
para lo cual el área pertinente deberá remitir un proyecto de la misma
en soporte magnético al momento de elevarse el proyecto de informe
definitivo que corresponda".
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás
efectos, pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y de Sistemas.
Cumplido, archívese. Rial
COMUNICADOS Y AVISOS
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
Convocatoria a audiencias públicas
Conforme el art. 45, inc. b) y art. 46 de la Ley N°
6.
La Presidenta de la Legislatura, Gabriela Michetti, convoca a las
siguientes audiencias públicas:
Fecha: 10 de marzo.
Lugar: en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
11 horas.
Ley de Aprobación Inicial publicada en el B.O.C.B.A.
N° 2815 del 21 de noviembre de 2007.
Apertura del registro de participantes de la audiencia: 11/2/08.
Cierre del registro de participantes de la audiencia: 5/3/08, a las 11
hs.
11.30 horas.
Con el objeto de que los interesados presenten los
reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la
ley por la cual catalógase con Nivel de Protección
"Estructural" en los términos del artículo 10.3.3 del
Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento
Urbano, el inmueble sito en Bartolomé Mitre 523, 531 y 559, Parcela 01
1B, Manzana 026, Sección 1, Circunscripción 14. Incorpórase al
inmueble catalogado por el artículo 1º al catálogo previsto en el
Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento
Urbano.
Ley de Aprobación Inicial publicada en el B.O.C.B.A. N° 2829 del 11 de
diciembre de 2007.
Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes con relación a la ley por la
cual inclúyase en la Sección 1 del Código de Planeamiento Urbano, Ley
N° 449, Capítulo 1.2 "Definición de términos técnicos (AD
610.4)", parágrafo 1.2.1.1 "Relativos al Uso", inciso b)
"De los tipos de uso", la siguiente definición: "Casa de
cuidados paliativos: Hogar de contención, asistencia y cuidado
paliativo a personas cuando la enfermedad no responde a tratamientos
curativos, abarcando los aspectos psíquico-social, físico, espiritual
y familiar." Inclúyase en el "Cuadro de Usos" del
Código de Planeamiento Urbano, Ley N° 449, artículo 5.2.1. a)
Sección "Equipamiento", C) Establecimientos de sanidad, el
uso: casa de cuidados paliativos con referencia C en los Distritos: R1a,
R1bl, R1bll; con referencia "p" en los Distritos: R2a, R2b,
R2bl, R2bII, R2bIII, Cl, C2, C3, El, E2, E3 e I2; y categorizadas como
"sin relevante efecto" (Ley N° 123). Incorpórase al Código
de Habilitaciones y Verificaciones en la Sección 9 (AD 700.44) el
Capítulo 9.5 "Casa de Cuidados Paliativos" el Anexo I de la
presente. Incorpórase al Código de Habilitaciones y Verificaciones en
la Sección 2 (AD 700.5), Capítulo 2.1, Punto 2.1.8 "Casa de
Cuidados Paliativos". Incorpórase al Código de Edificación en la
Sección 7 (AD 630.81/121) "De las prescripciones para cada
uso", Capítulo 7.5 (AD 630.105) "Sanidad", Punto 7.5.14
"Casa de Cuidados Paliativos" el Anexo II de la presente.
Disposición transitoria: el Ministerio de Salud, deberá establecer la
regulación del funcionamiento de estos establecimientos, en un plazo no
mayor de sesenta (60) días corridos de entrada en vigencia la presente.
Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, tendrán
competencia otros organismos del Poder Ejecutivo en razón de los
alcances que se les haya conferido.
Apertura del registro de participantes de la audiencia: 11/2/08.
Cierre del registro de participantes de la audiencia: 5/3/08, a las
11.30 hs.
15 horas.
Ley de Aprobación Inicial publicada en el B.O.C.B.A.
N° 2829 del 11 de diciembre de 2007.
Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes con relación a la ley por la
cual acéptase la donación de cien (100) baldosas de
cerámica/diseñadas y realizadas por diversos artistas plásticos
argentinos para ser colocadas en la calle/peatonal Tres Sargentos a la
altura del número 415, frente al inmueble donde funciona el Bárbaro
Bar. El propietario frentista del citado inmueble se hará cargo de los
gastos de construcción, colocación, conservación y mantenimiento de
las baldosas, objeto de la donación.
Apertura del registro de participantes de la audiencia: 11/2/08.
Cierre del registro de participantes de la audiencia: 5/3/08, a las 15
hs.
15.30 horas.
Ley de Aprobación Inicial publicada en el B.O.C.B.A.
N° 2807 del 9 de noviembre de 2007.
Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes con relación a la ley por la
cual denomínase "’Dúo Gardel-Razzano" al espacio público
de la calle Lautaro al 800 (lado par).
Apertura del registro de participantes de la audiencia: 11/2/08.
Cierre del registro de participantes de la audiencia: 5/3/08, a las
15.30 hs.
16 horas.
Ley de Aprobación Inicial publicada en el B.O.C.B.A.
N° 2783 del 5 de octubre de 2007.
Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes con relación a la ley por la
cual denomínase "Tomás Katari" a la plazoleta ubicada en las
calles Charrúa e Itaquí.
Apertura del registro de participantes de la audiencia: 11/2/08.
Cierre del registro de participantes de la audiencia: 5/3/08, a las 16
hs.
16.30 horas.
Ley de Aprobación Inicial publicada en el B.O.C.B.A.
N° 2784 del 8 de octubre de 2007.
Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes con relación a la ley por la
cual denomínase "Eduardo Rovira" a la plazoleta ubicada en la
avenida Amancio Alcorta, entre las calles Alberto Einstein y Enrique
Ochoa.
Apertura del registro de participantes de la audiencia: 11/2/08.
Cierre del registro de participantes de la audiencia: 5/3/08, a las
16.30 hs.
Inscripción de participantes y presentación de documentación:
Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana, Perú 160,
planta principal, of. 1, teléfono 4338-3151, horario de atención al
público: lunes a viernes de 10 a 18 horas.
Autoridades de la audiencia: el Vicepresidente I de la Legislatura, o
quien se designe conforme lo dispone el art. 12 de la Ley N° 6.
Cristina García de Aurteneche
Directora General
CA 80
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Convocatoria para selección de personal
La Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal solicita personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para
desempeñarse en el Departamento Planificación y Control
Presupuestario.
Requisitos:
- Estudiantes de Licenciatura en Economía, Ciencias Económicas, o
Administración de Empresas (no excluyente) con experiencia en temas
presupuestarios.
- Conocimientos avanzados de Word y Excel.
- Preferentemente con conocimientos de SIGAF.
- Manejo de correo electrónico e internet.
- Contar con autorización del Director General o autoridad del Área
donde presta servicios.
- Sexo: indistinto.
- Personal de planta permanente o contratados en el marco de los
Decretos Nros. 948/05 y 959/07.
- Horario de trabajo a convenir.
Los interesados deberán solicitar entrevista en la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal, Dirección Técnica, de manera
telefónica de lunes a viernes de 12 a 17 hs. al teléfono 4323-9454.
Al momento de la entrevista, los interesados deberán concurrir con
currículum vitae.
Beatriz López Mardaras
Directora General
CA 76
Inicia: 30-1-2008 Vence: 7-2-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
Búsqueda de expediente - Nota Nº 564-DGFOC/06 (C01
a 06)
Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo de las distintas Secretarías y reparticiones del
Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico
Administrativo de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro
si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento
para el original del Expediente Nº 49.418/99 (y acum.).
Guillermo García Fahler
Director General
CA 84
Inicia: 7-2-2008 Vence: 11-2-2008
n Búsqueda de
expediente - Nota Nº 5.620-DGFOC/06 (C01 a 06)
Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo de las distintas Secretarías y reparticiones del
Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico
Administrativo de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro
si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento
para el original del Expediente Nº 10.187/01 (y acum.).
Guillermo García Fahler
Director General
CA 85
Inicia: 7-2-2008 Vence: 11-2-2008
n Nota Nº 9.352-DGFOC/06
(C01 a 06)
Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo de las distintas Secretarías y reparticiones del
Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico
Administrativo de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro
si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento
para el original del Expediente Nº 67.440/96.
Guillermo García Fahler
Director General
CA 86
Inicia: 7-2-2008 Vence: 11-2-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS
Solicitud de personal
Se solicita personal para desempeñarse en la
Dirección General de Industrias Creativas, de acuerdo al siguiente
detalle:
01. Posición: Coordinador Programa
Discográficas.
Perfil: 25/40. Proactividad, autonomía, capacidad de liderar,
ejecutividad, capacidad de análisis y visión de tendencias.
Formación: producción/administración/marketing/gestión
cultural. Inglés y PC.
Experiencia: música/medios/espectáculos/otros afines.
02. Posición: Coordinador Programa Opción
Libros.
Perfil: 30/45. Proactividad, autonomía, capacidad de liderar,
ejecutividad, capacidad de análisis y visión de tendencias.
Formación: Comunicación/letras/gestión cultural. Inglés y PC.
Experiencia: editorial/librerías/medios/espectáculos/otros
afines.
03. Posición: Coordinador Evaluación de
Proyectos para Asistencia Financiera DGINC.
Perfil: 30/50. Analítico, creativo, habilidad para el trato y
orientación a negocios.
Formación: contador/administración de empresas/economista.
Experiencia: semiseñor áreas adm./contables/auditoría.
04. Posición: Auxiliar Evaluación de
Proyectos para Asistencia Financiera DGINC.
Perfil: 22/30. Analítico, creativo habilidad para el trato y
orientación a negocios
Formación: contador/administración de empresas/economía.
Experiencia: junior áreas adm./contables/auditoría.
05. Posición: Economista Analista
Observatorio de Industrias Creativas (OIC).
Perfil: 25/45. Capacidad analítica y argumental. Habilidad para
acceder a fuentes.
Formación: economía.
Experiencia: semiseñor en áreas afines de
consultoras/organismos/bancos.
06. Posición: RRII Red de Amigos.
Perfil: 25/50. Ejecutividad, capacidad de negociación, trato,
organización, formación: RRII/RRPP/Comunicación Social.
Experiencia: semiseñor RRII/Comercial/Prensa/Comunicaciones/Gestión
Cultural.
07. Posición: Asistente de Directora General.
Perfil: 25/45. Ejecutividad, habilidad negociadora, trato,
organización, presencia.
Formación: secundario. Inglés escrito y oral y PC.
Experiencia: asistente/secretaria ejecutiva/de área,
producción.
08. Posición: Mesa de Entradas DGINC.
Perfil: 25/40. Ejecutividad, capacidad de gestión, velocidad,
coordinación y organización. Buen trato y presencia.
Formación: secundario. Inglés y PC.
Experiencia: asistente/secretaria ejecutiva/de área/producción.
09 Coordinación Administración.
Perfil: 30/50 años. Dinamismo, capacidad de mando y liderazgo,
organización. Proactividad y autonomía.
Formación: técnica/universitaria/estudiante avanzado carreras
administración/Cdor.
Experiencia: administración/legal y técnica/operaciones.
Los interesados deberán:
- Pertenecer a planta permanente o transitoria, o Decreto Nº 948/05 o
Resolución Nº 959-MHGC/07.
- Contar con autorización del Director de la repartición donde está
prestando servicios actualmente.
- Solicitar entrevista al teléfono: 4126-2950, de lunes a viernes de 10
a 16 horas, con la Sra. Alba Ferrero, y enviar su CV a: albaferrero@gmail.com,
Villarino 2498, Ciudad de Buenos Aires.
Alejandro Ungaro
Director General
CA 79
Inicia. 1º-2-2008 Vence: 7-2-2008
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN SOCIAL
LS1 RADIO DE LA CIUDAD
Solicitud de personal
La Dirección General de Radio de la Ciudad
dependiente de la Secretaría de Comunicación Social solicita personal
de planta permanente y/o en la modalidad Decretos Nros. 948/05 y 959/07
con las siguientes características.
- 4 choferes para conducir los móviles de esta repartición.
- 3 operarios/as de maestranza para realizar tareas de limpieza.
- 2 recepcionista/telefonista.
Solicitar entrevista en el Departamento Administrativo de esta
Dirección General en forma personal o telefónica dentro del horario de
12 a 17 hs., de lunes a viernes.
Sede: Dirección General de Radio de la Ciudad, Sarmiento 1551, 8°
piso, tels.: 5371-4646/5371-4621.
María V. Húngaro
Directora General
CA 82
Inicia: 6-2-2008 Vence: 8-2-2008
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Postergación - Expediente N° 33.287/02
Postérgase para el día 10 de marzo de 2008 a las 11
horas la Licitación Pública Nº 1.320-SIGAF/07 que tramita la
contratación de un servicio de "Fortalecimiento y la
Modernización de la Administración, Control y Gestión de Cobro de la
Actividad Publicitaria", solicitado por la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos y la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad y de
Hacienda respectivamente, cuya apertura se encontraba prevista para el
día 8 de febrero de 2008 a las 11 horas.
Asimismo, se encuentran publicados en la página web:
www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitaciones y compras/consultas de
compras.
Jorge C. Polini
Director General
OL 267
Inicia: 6-2-2008 Vence: 13-2-2008
n Adjudicación -
Expediente Nº 65.925/07
Licitación Pública Nº 1.275-SIGAF/07.
Acto administrativo de aprobación y adjudicación: Disposición
Nº 32-DGARH/08.
Fecha de emisión del acto administrativo: 25/1/08.
Apruébase la Licitación Pública Nº 1.275-SIGAF/07 realizada al
amparo de lo establecido en el art. 31 concordante con el 1° párrafo
del artículo 32 de la Ley Nº 2.095, promulgada por Decreto Nº
1.772/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557), por la Dirección General de Compras y
Contrataciones y adjudíquese la locación y mantenimiento de cuatro (4)
equipos fotocopiadores y el mantenimiento integral de equipos
fotocopiadores a la firma Cilincop S.A. (Renglones 1 y 2) por la suma de
pesos setenta y cinco mil novecientos treinta y seis ($ 75.936) con
destino a esta Dirección General, dependiente del Ministerio de
Hacienda, de acuerdo al siguiente detalle:
Renglón: 1 - cantidad: --- - precio por mes: $ 1.428 - precio total por
24 meses: $ 34.272.
Renglón: 2 - cantidad: --- - precio por mes: $ 1.736 - precio total por
24 meses: $ 41.664.
Excedente por copia: $ 0,03.
Adalgisa C. de Bonaviri
a/c Despacho
OL 237
Inicia: 7-2-2008 Vence: 7-2-2008
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO "DR. JOSÉ T.
BORDA"
Preadjudicación - Carpeta Nº 90.436-MSGC/07
Contratación Directa Nº 6.274/07.
Repartición: Hospital Borda, Depto. Contrataciones, Ramón
Carrillo 375, Capital Federal, tels.: 4305-8220/2678.
Rubro: provisión de antibióticos.
Firma preadjudicada:
Laboratorios Richet S.A.
Renglones: 8, 10 y 11, por un importe de pesos siete mil ochocientos
catorce ($ 7.814).
Renglones desiertos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 12 y 13.
Miguel Á. Materazzi
Director
OL 230
Inicia: 7-2-2008 Vence: 7-2-2008
HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA "DR. CARLOS
BONORINO UDAONDO"
Se anula licitación pública - Carpeta Nº 91.599-MSGC/07
Licitación Pública Nº 1.470-SIGAF/07, art. 31, Ley
N° 2.095.
Acta de Preadjudicación Nº 75-SIGAF/08.
Rubro: adquisición cajas toallas de papel descartables.
Repartición destinataria: Hospital de Gastroenterología
"Dr. Carlos Bonorino Udaondo".
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 25 días del mes de febrero del año
2008, reunidos en comisión los suscriptos con el objeto de evaluar las
propuestas recibidas para la Licitación Pública Nº 1.470-SIGAF/07
cuya apertura se efectuó el 22 de enero de 2008, considerando el Acta
de Preadjudicación Nº 75-SIGAF/08 y en cumplimiento al art. 48.1,
Decreto N° 408/07, reglamentario del art. 108 de la Ley N° 2.095, se
ha resuelto:
Propuesta Nº 1, Juan Ernesto Ibarra. No se ajusta a lo solicitado.
Propuesta Nº 2 básica, Valot S.A. Se descarta por precio excesivo de
acuerdo a la Nota N° 149-DGCyC-DCyN-DC/08.
Propuesta Nº 2 alternativa, Valot S.A. No se ajusta a lo solicitado.
Propuesta Nº 3, Euqui S.A. No se ajusta a lo solicitado.
Se anula la presente licitación por falta de propuestas válidas.
Lugar de exhibición: Hospital de Gastroenterología "Dr.
Carlos Bonorino Udaondo", Av. Caseros 2061, 2° piso, pabellón A,
División Suministros, Capital Federal, tel.: 4306-7797.
Eduardo G. Sosa
Director
Christian G. Mititieri
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 242
Inicia: 6-2-2008 Vence: 7-2-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. PENNA"
Adquisición de material descartable - Carpeta Nº
90.049-MSGC/08
Licitación Pública Nº 44/08.
Apertura: 13/2/08, a las 9 hs.
Rubro: adquisición de material descartable.
Valor del pliego: $ 65.
Los pliegos respectivos podrán ser retirados en la División Compras y
Contrataciones del hospital, sito en Pedro Chutro 3380, 3º piso,
Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs.
Claudio Barredo
Subdirector (I)
Stella M. Dalpiaz
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 156
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICA
Preadjudicación - Carpeta N° 91.484-MSGC/07
Licitación Privada N° 687/07.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 78/08.
Firma preadjudicada:
Rosenco S.R.L. (15 de Noviembre de 1889 N° 2614, Capital
Federal).
Renglón: 6 - precio unitario: $ 41,50.
Renglón: 8 - precio unitario: $ 109.
Renglón: 9 - precio unitario: $ 2,758.
Renglón: 17 alt. - precio unitario: $ 2,796.
Renglón: 18 - precio unitario: $ 0,146.
Renglón: 22 alt. - precio unitario: $ 335.
Renglón: 23 alt. - precio unitario: $ 379.
Renglón: 24 alt. - precio unitario: $ 229.
Renglón: 41 - precio unitario: $ 82.
Fundamento: art. 108, Ley N° 2.095.
Total general preadjudicado: son pesos trece mil ochocientos
sesenta y uno ($ 13.861).
Observaciones:
Descarte general: Oferta Nº 2 - Química Córdoba S.A.:
considerando el informe producido por la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, obrante a fs. 129/130.
Consulta de expediente: Talleres Protegidos de Rehabilitación
Psiquiátrica, Av. Suárez 2215, Capital Federal, de lunes a viernes de
8 a 12 horas.
Se deja constancia de que los referidos actos licitarios se realizan de
acuerdo a las normas en vigencia.
Ada A. Corrado
Subdirectora Administrativa
OL 243
Inicia: 7-2-2008 Vence: 7-2-2008
HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE
ELIZALDE"
Adquisición de medicamentos - Carpeta N° 91.689-MSGC/08
Llámese a Licitación Pública Nº 85/08, a
realizarse el 21/2/08, a las 10 hs., para la adquisición de
medicamentos, con destino a la División Farmacia.
Valor del pliego: pesos ciento veinte ($ 120).
Los pliegos pueden ser retirados en la División Compras de este
hospital sito en Montes de Oca 40, Capital Federal, de lunes a viernes
de 8.30 a 12 hs. hasta 1 (un) día hábil antes de la fecha de apertura.
Consultas: al teléfono 4307-4989, int. 6216.
E-mail: elizalde_divcompras@buenosaires.gov.ar
Página web: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitaciones
Juan J. Arslanian
Director Médico (I)
OL 244
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
n Adquisición de
material descartable - Carpeta Nº 90.017-MSGC/08
Llámese a Licitación Pública Nº 84/08, a
realizarse el 19/2/08, a las 10 hs., para la adquisición de material
descartable, con destino al Servicio de Anestesia.
Valor del pliego: pesos treinta ($ 30).
Los pliegos pueden ser retirados en la División Compras de este
hospital, sito en Av. Montes de Oca 40, hall central, Capital Federal,
de lunes a viernes de 8.30 a 12 hs. hasta 1 (un) día hábil antes de la
fecha de apertura.
Consultas: a los teléfonos 4307-5842 al 44, int. 6216.
E-mail: elizalde_divcompras@buenosaires.gov.ar
Página web: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitaciones
Federico Arata
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 245
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. PARMENIO T.
PIÑERO"
Adquisición de insumos de laboratorio - Licitación
Pública Nº 86/08
Llámese a Licitación Pública Nº 86/08 para la
adquisición de insumos para laboratorio (bacteriología), cuya apertura
se realizará el día 29/2/08, a las 10 horas.
Valor del pliego: pesos setenta ($ 70).
Lugar de consulta de los pliegos: cartelera de la Sección Compras y
Contrataciones, pabellón I, 1° piso, Hospital Piñero, Varela 1307,
Capital Federal, de lunes a viernes de 7 a 16 horas.
Deberá retirar la planilla de timbrado en la División Tesorería del
Hospital Piñero, Varela 1307, Capital Federal, de lunes a viernes de 8
a 13 hs. y adquirir el mismo en los Centros de Gestión y Participación
Comunales del Gobierno de la Ciudad de lunes a viernes en el horario de
9 a 13 horas.
Habiéndose verificado la adquisición del timbrado se hará entrega del
pliego de bases y condiciones generales.
Lugar de presentación de las ofertas: Sección Compras y
Contrataciones, pabellón I, 1° piso, Varela 1307, Capital Federal.
Por cualquier consulta llamar al tel.: 4631-4337.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de
acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto Nº 408/07
reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.
Ricardo E. Capresi
Director (I)
OL 254
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
n Adquisición de
insumos de psicofármacos - Licitación Pública Nº 89/08
Llámese a Licitación Pública Nº 89/08 para la
adquisición de psicofármacos, cuya apertura se realizará el día
26/2/08, a las 10 horas.
Valor del pliego: pesos cuarenta ($ 40).
Lugar de consulta de los pliegos: cartelera de la Sección
Compras y Contrataciones, pabellón I, 1° piso, Hospital Piñero,
Varela 1307, Capital Federal, de lunes a viernes de 7 a 16 horas.
Deberá retirar la planilla de timbrado en la División Tesorería del
Hospital Piñero, Varela 1307, Capital Federal, de lunes a viernes de 8
a 13 hs. y adquirir el mismo en los Centros de Gestión y Participación
Comunales del Gobierno de la Ciudad de lunes a viernes en el horario de
9 a 13 horas.
Habiéndose verificado la adquisición del timbrado se hará entrega del
pliego de bases y condiciones generales.
Lugar de presentación de las ofertas: Sección Compras y
Contrataciones, pabellón I, 1° piso, Varela 1307, Capital Federal.
Por cualquier consulta llamar al tel.: 4631-4337.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de
acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto Nº 408/07
reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.
Ricardo E. Capresi
Director (I)
OL 255
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "DR. PEDRO LAGLEYZE"
Sanea disposición - Contratación Directa Nº
6.156/07
Objeto: adquisición insumos para retina, faco y
lámparas (Disposición Nº 192/07).
Artículo 1º - Sanéase la Disposición Nº 192/07, Contratación
Directa Nº 6.156/07 (compra menor), realizada al amparo de lo
establecido en el art. 38 de la Ley de Compras de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y adjudíquese la adquisición de insumos para retina, faco
y lámparas a las firmas Centro Óptico Casin S.R.L. (Renglones
1, 18, 19), Suárez Luis Alberto (Renglón 2), Iskowitz Daniel
Jorge (Renglones 6, 7, 8), Med S.R.L. (Renglón 10), según el
siguiente detalle:
Renglón: 1 - cantidad: 50 unidades - precio unitario: $ 85,20 - precio
total: $ 4.260.
Renglón: 2 - cantidad: 6 unidades - precio unitario: $ 152,10 - precio
total: $ 912,60.
Renglón: 6 - cantidad: 6 unidades - precio unitario: $ 68,31 - precio
total: $ 409,86.
Renglón: 7 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 172,07 - precio
total: $ 344,14.
Renglón: 8 - cantidad: 12 unidades - precio unitario: $ 229,99 - precio
total: $ 2.759,88.
Renglón: 10 - cantidad: 130 unidades - precio unitario: $ 11,50 -
precio total: $ 1.495.
Renglón: 18 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 225 - precio
total: $ 900.
Renglón: 19 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 164 - precio
total: $ 328.
Importe total: $ 11.409,48.
Ernesto J. Anauati
Director Médico
OL 253
Inicia: 7-2-2008 Vence: 7-2-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. RAMOS
MEJÍA"
Adquisición de vajilla descartable - Licitación
Privada Nº 46/08.
Llamase a Licitación Privada Nº 46/08 cuya apertura
se realizará en este organismo el día 15/2/08, a las 9 horas para la
adquisición de vajilla descartable.
Rubro: equipos para gastronomía.
Valor del pliego: $ 23.
Nota: Consultas de pliegos en Gral. Urquiza 609, 1º piso,
Oficina de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes en el horario de
10 a 12.30 hs. hasta 24 horas antes de la apertura.
Héctor Pascuccelli
Director (I)
Atilio F. Mettini
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 269
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. ENRIQUE TORNÚ"
Insumos para laboratorio con aparato en calidad de
préstamo - Licitación Privada Nº 49/08
Nombre del contratante: Hospital General de
Agudos "Dr. E. Tornú".
Licitación Privada Nº 49/08.
Objeto de la licitación: insumos para laboratorio con aparato en
calidad de préstamo.
Lugar donde pueden retirarse o consultar los pliegos: División
Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso.
Pasos a seguir para la compra de pliego:
1 - Pasar por División Tesorería a retirar el comprobante del
valor del pliego.
2 - Concurrir al CGPC 12, sito en Miller 2751, Capital Federal a pagar
el valor asignado.
3 - Exhibir en División Compras el comprobante de pago para retirare el
pliego.
Valor del pliego: $ 395 (pesos trescientos noventa y cinco).
Lugar de presentación de las ofertas: División Compras y
Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso.
Lugar, día y hora del acta de apertura: División Compras y
Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso, 13/2/08, a
las 10 horas.
Los pliegos serán vendidos a partir del 8/2/08, de 9 a 12 horas.
Héctor D. Antola
Subdirector Médico a/c
D.O. y E.A.
Liliana Musante
Subdirectora Administrativa
OL 270
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
Refacciones menores de albañilería y pintura en
general en edificios de Escuelas - Expediente Nº 336/08
Licitación Privada Nº 8-SIGAF/08 (Nº 10/08).
Objeto del llamado: refacciones menores de albañilería y
pintura en general en el edificio de la Escuela Primaria Común Nº 25
"Marcos Paz" y Escuela Técnica Nº 14 "Libertad",
D.E. 5, sitos en Av. Amancio Alcorta 2502 y Santa Magdalena 431, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 1.337.630,05 (pesos un millón trescientos
treinta y siete mil seiscientos treinta con cinco centavos).
Valor del pliego: $ 1.338 (pesos mil trescientos treinta y ocho).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 14 de febrero de 2008, a las 12.30 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7, 8 y 9 de febrero de 2008, a las
10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 271
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
n Refacciones
menores de albañilería y pintura en general en edificios de Escuelas -
Expediente Nº 2.291/08
Licitación Privada Nº 33-SIGAF/08 (Nº 14/08).
Objeto del llamado: refacciones menores de albañilería y
pintura en general en el edificio de la Escuela Primaria Común Nº 4
"José Jacinto Berruti" y Escuela Comercio Nº 1
"Joaquín V. González", D.E. 4, sitos en Benito Quinquela
Martín 1081 y Benito Quinquela Martín 1649, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 1.275.113,46 (pesos un millón doscientos
setenta y cinco mil ciento trece con cuarenta y seis centavos).
Valor del pliego: $ 1.275 (pesos mil doscientos setenta y cinco).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 14 de febrero de 2008, a las 13 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7, 8 y 9 de febrero de 2008, a las
11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 273
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
n Refacciones
menores de albañilería y pintura en general en edificio de Escuela y
Jardín - Expediente Nº 2.289/08
Licitación Privada Nº 35-SIGAF/08 (Nº 16/08).
Objeto del llamado: refacciones menores de albañilería y
pintura en general en el edificio de la Escuela Primaria Común Nº 16
"Andrés Ferreyra" y Jardín de Infantes Integral Nº 1
"Andrés Ferreyra", D.E. 7, sito en Cnel. Apolinario Figueroa
661/651, Luis Viale 676 y Eduardo Acevedo 609, Av. Díaz Vélez 4659, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 1.083.130,13 (pesos un millón ochenta y
tres mil ciento treinta con trece centavos).
Valor del pliego: $ 1.083 (pesos mil ochenta y tres).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 14 de febrero de 2008, a las 13.30 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7, 8 y 9 de febrero de 2008, a las
12 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 274
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
n Refacciones
menores de albañilería y pintura en general en edificios de Escuelas -
Expediente Nº 335/08
Licitación Privada Nº 11-SIGAF/08 (Nº 9/08).
Objeto del llamado: refacciones menores de albañilería y
pintura en general en el edificio de la Escuela Técnica Nº 26
"Confederación Suiza" y Esc. Primaria Común Nº 18 "Dr.
Antonio Bermejo", D.E. 6, sitos en Av. Jujuy 255 y Av. Belgrano
3767, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 1.026.717,03 (pesos un millón veintiséis
mil setecientos diecisiete con tres centavos).
Valor del pliego: $ 1.027 (pesos mil veintisiete).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 14 de febrero de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7, 8 y 9 de febrero de 2008, a las 9
hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 275
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
n Refacciones
menores de albañilería y pintura en general en edificios de Escuelas y
Jardín - Expediente Nº 2.288/08
Licitación Privada Nº 36-SIGAF/08 (Nº 17/08).
Objeto del llamado: refacciones menores de albañilería y
pintura en general en el edificio de la Escuela Primaria Común Nº 1
"Chacabuco", Jardín de Infantes Integral Nº 1, Escuela
Primaria Común Nº 2 "Tomás Santa Coloma" y Escuela Primaria
Común Nº 21 "Juan José Paso", D.E. 8, sitos en Av. Eva
Perón 1502, Santender 1150 y Beauchef 1869, Pje. Querol 916, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 1.005.134,34 (pesos un millón cinco mil
ciento treinta y cuatro con treinta y cuatro centavos).
Valor del pliego: $ 1.005 (pesos mil cinco).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 14 de febrero de 2008, a las 14.30 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7, 8 y 9 de febrero de 2008, a las
14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 276
Inicia: 7-2-2008 Vence: 8-2-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Obra "Pasaje Carabelas entre Juan Domingo Perón
y Diagonal Roque Sáenz Peña" - Expediente N° 87.675/07
Llámese a Licitación Pública Nº 75/08.
Presupuesto oficial: pesos ochocientos sesenta y dos mil
quinientos treinta y cuatro ($ 862.534).
Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días laborales contados
a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la orden de
inicio.
Valor del pliego: gratuito.
Adquisición de pliegos: Área de Compras y Contrataciones,
Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad
de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego
disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: con la Dirección General de Proyectos Urbanos y
Arquitectura, al teléfono 4323-8000, ints. 4272/73.
Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 14 de febrero
de 2008, en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Desarrollo Urbano.
Fecha de apertura: 14 de febrero de 2008, a las 12 hs.
Cristian A. Fernández
Director General
OL 211
Inicia: 29-1-2008 Vence: 13-2-2008
n Obra
"Instalación de bombas para la depresión del nivel
freático" - Expediente N° 17.337/07
Llámese a Licitación Pública Nº 83/08. Obra
"Instalación de bombas para la depresión del nivel
freático".
Presupuesto oficial: pesos dos millones cuatrocientos un mil
ochocientos cuarenta y cuatro con 39/100 ($ 2.401.844,39).
Plazo de ejecución: dieciséis (16) meses a contarse desde la
orden de comienzo de la obra.
Valor del pliego: gratuito.
Adquisición de pliegos: Área de Compras y Contrataciones,
Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad
de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego
disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: con la Dirección General de Obras de Ingeniería, con
la ingeniera Marta Salas, a los teléfonos 4306-0784/85.
Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 12 de febrero
de 2008, en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Desarrollo Urbano.
Fecha de apertura: 12 de febrero de 2008, a las 12 hs.
Cristian A. Fernández
Director General
OL 241
Inicia: 6-2-2008 Vence: 11-2-2008
MINISTERIO DE CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Adquisición de artículos de librería - Carpeta N°
394-DGTALMC/08
Licitación Privada N° 53/08.
Objeto del llamado: adquisición de artículos de librería.
Fecha y lugar de apertura: 28 de febrero de 2008, a las 11 horas,
Avenida de Mayo 575, P.B., oficina 16.
Valor del pliego: pesos cuarenta y nueve ($ 49).
Venta de pliegos: Avenida de Mayo 575, P.B., oficina 16, de lunes
a viernes de 11 a 15 horas.
Vanina Caruso
a/c Unidad de Servicios Centrales
OL 251
Inicia: 7-2-2008 Vence: 7-2-2008
n Adquisición de
cartuchos de tinta para impresora - Carpeta N° 429-DGTALMC/08
Licitación Privada N° 54/08.
Valor del pliego: $ 276 (pesos doscientos setenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Unidad de Servicios Centrales,
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Av. de
Mayo 575, P.B., oficina 16, en horario de atención de lunes a viernes
de 11 a 15 horas.
Lugar de presentación de ofertas: Unidad de Servicios Centrales,
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Av. de
Mayo 575, P.B., oficina 16, Capital Federal.
Fecha/hora de apertura: 29/2/08, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Unidad de Servicios Centrales, Ministerio de
Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Av. de Mayo 575, P.B.,
oficina 16, Capital Federal
Plazo de mantenimiento de oferta: treinta (30) días hábiles a
partir de la fecha de apertura de ofertas.
Plazo de entrega: de acuerdo a lo especificado en el P.B.C.
Vanina Caruso
a/c Unidad de Servicios Centrales
OL 252
Inicia: 7-2-2008 Vence: 7-2-2008
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
Contratación de servicio de instalación de tomas de
telefonía - Carpeta de Compras N° 17.068
Llámese a licitación pública con referencia a la
"Contratación de un servicio por la instalación de tomas de
telefonía (TdT) nuevos en diferentes dependencias del banco".
Valor del pliego de condiciones: $ 60 (pesos sesenta).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de
los interesados en la Gerencia de Compras, sita en Florida 302, 7°
piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 21/2/08, a las 11 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: mkon@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 25
Inicia: 30-1-2008 Vence: 7-2-2008
n Servicio de
informes ambientales para otorgamiento de préstamos - Carpeta de
Compras N° 17.431
Llámese a licitación pública con referencia a la
contratación del "Servicio de informes ambientales para el
otorgamiento de Préstamos Hipotecarios Ciudad Vivienda Inquilinos y
Ciudad Vivienda Ahorro".
Valor del pliego de condiciones: $ 500 (pesos quinientos).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de
los interesados en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Fecha de apertura: 25/2/08, a las 11 horas.
Consultas: de 10 a 15 horas.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: mvazquez@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Nicolás E. Fiorentino
Jefe de Equipo
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y
Compras
Martín Vázquez
Asistente Junior
Equipo Contrataciones Diversas
y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 30
Inicia: 6-2-2008 Vence: 12-2-2008
n Adquisición de
hardware - Carpeta de Compras N° 17.541
Llámese a licitación pública con referencia a la
"Adquisición de hardware".
Valor del pliego de condiciones: $ 40 (pesos cuarenta).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de
los interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 22/2/08, a las 13 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: mkon@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 33
Inicia: 6-2-2008 Vence: 12-2-2008
EDICTOS
PARTICULARES
Transferencia de habilitación
Ana Magdalena Cruz, con domicilio en la calle
Gualeguaychú 1229, Capital Federal, transfiere la habilitación
municipal, rubro lavandería mecánica autoservicio (604260), por
Expediente N° 061236/05, ubicado en la calle Francisco Acuña de
Figueroa 1098, P.B., a la Sra. Sabrina Valeria Altamirano, con
DNI 30.980.923 con domicilio Calderón de la Barca 1396, Capital
Federal, reclamos de Ley en el mismo local.
Solicitante: Ana Magdalena Cruz
EP 14
Inicia: 30-1-2008 Vence: 7-2-2008
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Notificación
El Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica por este medio toda vez
que el domicilio constituido por la recurrente no ha podido ser
localizada a la señora Viviana Hebe Barrios, que mediante Resolución
N° 59-MJySGC/07, fue rechazado "in límine" el Recurso
Jerárquico en Subsidio del de Reconsideración interpuesto contra las
Disposiciones Nros. 2.675-DPVP/06 y 4.311-DPVP/06, por carecer las
recurrentes de legitimación para atacar dichos actos administrativos.
Dicha gestión tramitó por Expediente N° 38.822/07.
Luis E. Del Águila
Director Administrativo
EO 35
Inicia: 1º-2-2008 Vence: 7-2-2008
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME
ARGERICH"
Notificación
El señor Director del Hospital General de Agudos
"Dr. Cosme Argerich" notifica al agente Seoane Mosquera,
F.M. Nº 229.326, que deberá presentarse dentro del tercer día de
publicado el presente edicto ante el Departamento de Recursos Humanos a
fin de regularizar su situación laboral en razón de encontrarse
encuadrado en los causales de cesantías, prevista en el art. 48 inc. a)
"Abandono de servicios cuando medien 5 o más inasistencias
injustificadas consecutivas del trabajador" de la Ley Nº 471 (B.O.
Nº 1026) de Relaciones Laborales de la Administración Pública de la
Ciudad de Buenos Aires, señalándose que de no comparecer dará lugar a
la tramitación de la misma.
Néstor Hernández
Subdirector Int.
EO 36
Inicia: 6-2-2008 Vence: 8-2-2008
n Notificación
El señor Director del Hospital General de Agudos
"Dr. Cosme Argerich" notifica a la agente Camargo, Isabel,
F.M. Nº 296.230, que deberá presentarse dentro del tercer día de
publicado el presente edicto ante el Departamento de Recursos Humanos a
fin de regularizar su situación laboral en razón de encontrarse
encuadrado en los causales de cesantías, prevista en el art. 48 inc.
a). "Abandono de servicios cuando medien 5 o más inasistencias
injustificadas consecutivas del trabajador" de la Ley Nº 471 (B.O.
Nº 1026) de Relaciones Laborales de la Administración Pública de la
Ciudad de Buenos Aires, señalándose que de no comparecer dará lugar a
la tramitación de la misma.
Néstor Hernández
Subdirector Int.
EO 37
Inicia: 6-2-2008 Vence: 8-2-2008
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS
Citación
Cítese por el término de tres (3) días a la flia. Montes
de Oca, titulares de la bóveda ubicada en la Sección 17, Tablón
209 A, sepulturas 1 al 14 y sobrante del Cementerio de la Recoleta en la
Dirección General de Cementerios (Departamento Administrativo) a fin de
que regularicen la situación respecto al desmoronamiento del sepulcro,
caso contrario se declarará de oficio su caducidad (art. 58, Ordenanza
Nº 27.590, B.M. Nº 4.537, AD 480.1).
Néstor J. Pan
Director General
EO 38
Inicia: 6-2-2008 Vence: 8-2-2008
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JUAN A.
FERNÁNDEZ"
Citación
La Dirección del Hospital General de Agudos
"Dr. Juan A. Fernández" cita a la agente Clavero, María
Magdalena, F.C. Nº 337.716, LC 5.949.119, CUIL 27-05949119-4,
dentro de las 72 hs. a fin de regularizar su situación laboral, caso
contrario se procederá de acuerdo a las disposiciones vigentes.
María A. Martín
Subdirectora Médica
D.O. y E.A.
EO 34
Inicia: 6-2-2008 Vence: 8-2-2008
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