Boletin Oficial

Boletín Oficial Nº 2890

-SUMARIO-


GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO N° 177/08
Se exceptúan distintas Direcciones Generales de los topes establecidos por el art. 6° del Decreto N° 1.202/05 y modif. Decreto N° 798/06

RESOLUCIONES

Jefe de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N° 107 - MJGGC/08
Se establecen como Unidades Operativas de Adquisiciones a las Subsecretarías de Atención Ciudadana y de Control de Gestión

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N° 332 - MHGC/08
Se evaluará y capacitará al personal del Registro de Agentes en Disponibilidad de acuerdo a la Resolución N° 92-MDEGC/08

Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N° 172 - MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 de la Ley N° 70

RESOLUCIÓN N° 173 - MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 de la Ley N° 70

Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N° 437 - MSGC/08
Se aprueba el Formulario de Consentimiento Informado

Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN N° 7 - SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar Certificado de Uso Conforme

RESOLUCIÓN N° 8 - SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar Certificado de Uso Conforme

RESOLUCIÓN N° 9 - SSPLAN/08
Se deja sin efecto la Resolución N° 91-SSPU/94. Se designan miembros de la comisión creada por Resolución N° 192-SSPU/92

RESOLUCIÓN N° 8 - GTT/08
Se prorroga la Resolución N° 1-GTT/07

Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N° 77 - MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos

RESOLUCIÓN N° 105 - MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N° 132 - MAyEPGC/08
Se autoriza traslado de licencia de agente

RESOLUCIÓN N° 333 - MAyEPGC/08
Se reconoce la tarea establecida por el art. 25 de la Ley N° 70

RESOLUCIÓN N° 334 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de reconsideración

RESOLUCIÓN N° 339 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio

RESOLUCIÓN N° 340 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio

RESOLUCIÓN N° 341 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio

RESOLUCIÓN N° 342 - MAyEPGC/08
Se hace lugar al recurso jerárquico

RESOLUCIÓN N° 344 - MAyEPGC/08
Se designan miembros de Comisión de Evaluación. Se deja sin efecto Resolución N° 44-MMAGC/07

RESOLUCIÓN N° 21 - APRA/08
Se deja sin efecto la designación al Cargo de Director General de Control

DISPOSICIONES

Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N° 36 - DGTALMH/08
Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 21-SIGAF/08

Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N° 670 - DGFyC-DGFOC/08
Se ratifican disposiciones

DISPOSICIÓN N° 1 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

DISPOSICIÓN N° 2 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

DISPOSICIÓN N° 3 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

DISPOSICIÓN N° 4 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N° 1.396 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 1.618 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.242 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.281 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.287 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.415 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.416 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.417 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.454 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.456 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.462 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.558 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.561 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.562 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.565 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.581 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.635 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

DISPOSICIÓN N° 2.750 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Conjuntas: Ministerio de Desarrollo Económico - Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N° 13 - DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública

DISPOSICIÓN N° 14 - DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública

DISPOSICIÓN N° 15 - DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública

Cumplimiento de los arts. 34 y 35 de la Ley Nº 2.180

COMUNICADOS Y AVISOS

LICITACIONES

EDICTOS

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS

DECRETO Nº 177/08
Se exceptúan distintas Direcciones Generales de los topes establecidos por el art. 6° del Decreto N° 1.202/05 y modif. Decreto N° 789/06

Buenos Aires, 4 de marzo de 2008.

Visto el Decreto Nº 1.202/05 (B.O.C.B.A. Nº 2259) y modificatorio Decreto Nº 798/06 (B.O.C.B.A. N° 2473) y el Expediente N° 65.315/07, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1.202/05 reglamenta las Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y prestaciones que deban ser cumplidos por los agentes gubernamentales cuyo desarrollo exceda las jornadas normales de labor;
Que, el artículo 6º de la norma ut supra aludida determina que el tope por agente de URSE anuales no podrá excederse de doscientos setenta y cinco (275) cuando las mismas sean realizadas en días hábiles o de ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en días inhábiles;
Que, el Decreto Nº 798/06 en su artículo 1º modificó el artículo 6º del Decreto Nº 1.202/05;
Que, mediante Expediente N° 65.315/07 tramita la solicitud de excepción al tope de servicios extraordinarios en concepto de URSE para el personal de las Direcciones Generales Custodia y Seguridad de Bienes del G.C.A.B.A y Guardia de Auxilio y Emergencias dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2008;
Que el requerimiento se fundamenta en la labor que se desarrollan durante las 24 hs. de todos los días del año las Direcciones Generales mencionadas;
Que, ponderado la presente petición, se entiende que lo solicitado encuentra sustento en la naturaleza esencial de los servicios encomendados por las mencionadas Unidades de Organización, los que necesariamente deben ser cubiertos con la intervención del personal indicado;
Que por Resolución Nº 220-MHGC/08 se adecuaron los créditos correspondientes para dar reflejo presupuestario a la presente gestión;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Exceptúase a las Direcciones Generales de Custodia y Seguridad de Bienes del G.C.B.A. y Guardia de Auxilio y Emergencias, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, de los topes anuales establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05 y modificatorio Decreto Nº 798/06, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 2º - Autorízase la prestación por la cantidad de ciento cincuenta y cuatro mil quinientas (154.500) Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), para el personal de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias y de doscientas ocho mil novecientos sesenta y cinco (208.965) Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), para el personal de la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes del G.C.B.A., en los términos dispuestos en el Decreto N° 1.202/05 y modificatorio, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 3º - El costo total que demanda la aplicación de lo dispuesto en el artículo 2º asciende a la suma de pesos cuatro millones seiscientos cincuenta y dos mil novecientos ochenta y ocho ($ 4.652.988) cifra que incluye sueldo anual complementario y aportes patronales.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y Seguridad, de Hacienda y el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Administración de Recursos Humanos, Guardia de Auxilio y Emergencias y Custodia y Seguridad de Bienes del G.C.B.A.. Cumplido, archívese. MACRI - Montenegro - Grindetti - Rodríguez Larreta

RESOLUCIONES

Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N° 107 - MJGGC/08
Se establecen como Unidades Operativas de Adquisiciones a las Subsecretarías de Atención Ciudadana y de Control de Gestión

Buenos Aires, 4 de marzo de 2008.

Visto la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557), su Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), la Resolución N° 1-MJGGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2848) y el Expediente N° 10.792/08, y

CONSIDERANDO:

Que la ley citada en el visto estableció los lineamientos básicos que se deben observar en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector público de la Ciudad;
Que, asimismo, la citada norma en el Capítulo I creó un sistema de compras y contrataciones integrado por un Órgano Rector y Unidades Operativas de Adquisiciones;
Que el artículo 4° del Decreto Reglamentario N° 408/07 dispone que cada jurisdicción o entidad establece en sus respectivos ámbitos de competencia, los sectores orgánicos que actuarán como Unidades Operativas de Adquisiciones;
Que, por Resolución N° 1-MJGGC/07, esta Jefatura de Gabinete de Ministros estableció como Unidades Operativas de Adquisiciones de su jurisdicción, a las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal y Sistemas de Información;
Que, este Ministerio estima conveniente ampliar sus Unidades Operativas de Adquisiciones a fin de mejorar los niveles de eficiencia en la gestión pública;
Que en este sentido, la Subsecretaría de Atención Ciudadana, dependientes de esta Jefatura, tienen entre sus funciones organizar, programar y coordinar la gestión administrativa, patrimonial y presupuestaria de los Organismos Fuera de Nivel Centros de Gestión y Participación Comunales (CGPC);
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra actualmente dividida en quince (15) CGPC, todos ellos bajo la órbita de la citada Subsecretaría;
Que los precitados organismos poseen necesidades en materia de adquisición de bienes y contratación de servicios para un adecuado cumplimiento de sus funciones;
Que, por su parte, la Subsecretaría de Control de Gestión, tiene entre sus funciones la de desarrollar programas y proyectos del Sector Público de la Ciudad, para cuyo cumplimiento resulta necesaria la contratación de una gran cantidad de bienes y servicios relacionados al manejo del Tablero de Control y de otras dependencias a su cargo;
Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo designando a las mencionadas Subsecretarías, como Unidades Operativas de Adquisiciones, en el ámbito de competencia de esta Jefatura;
Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

Artículo 1° - Establécense como Unidades Operativas de Adquisiciones en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con las facultades y competencias otorgadas por la Ley N° 2.095, a las Subsecretarías de Atención Ciudadana y de Control de Gestión.
Artículo 2° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Subsecretarías de Atención Ciudadana y de Control de Gestión dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N° 332 - MHGC/08
Se evaluará y capacitará al personal del Registro de Agentes en Disponibilidad de acuerdo a la Resolución N° 92-MDEGC/08

Buenos Aires, 6 de marzo de 2008.

Visto la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026); el Decreto N° 726/07 (B.O.C.B.A. N° 2691); la Resolución N° 92-MDEGC/08; la Nota N° 1.022-DGTALMH/08, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Resolución N° 92-MDEGC/08 del Ministerio de Desarrollo Económico se dispuso la transferencia al Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD) de una serie de agentes pertenecientes a la Unidad Fuera de Nivel Parque de la Ciudad cuya nómina obra como Anexo I de la misma;
Que, a su vez la Ley N° 471, dentro del Capítulo VIII (De la Capacitación), en su artículo 35 dispone que la autoridad competente proyecta y realiza planes de formación personal, profesional y cultural, con el objeto de capacitar a todos los empleados en nuevas técnicas y procesos de trabajo y potenciarlos en su crecimiento personal, además de los que se acuerden por convenios generales o sectoriales;
Que por Decreto N° 726/07 se creó como Organismo Fuera de Nivel, el Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda;
Que a los efectos de la reubicación del mencionado personal, resulta conveniente dotarlo de la necesaria capacitación que le permita desempeñarse en las mejores condiciones, de manera de servir de estímulo a su desempeño y máxima utilidad al servicio;
Que entre los objetivos del programa de capacitación del citado Instituto Superior, se encuentra la evaluación para su reinserción teniendo en cuenta sus competencias personales, habilidades, experiencias laborales y sus expectativas;
Que lo manifestado deberá realizarse con carácter previo a la reubicación del citado personal, conforme lo aconseje oportunamente el citado Instituto Superior de conformidad con las habilidades y formación de cada agente y atendiendo las prioridades que se requieran en materia de recursos humanos;
Por ello, y de conformidad con las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1° - El personal que ha sido destinado al Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD) como consecuencia de la aplicación de la Resolución N° 92-MDEGC/08, con carácter previo a su reubicación, será evaluado y capacitado por el Instituto Superior de la Carrera.
Artículo 2° - Una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo 1° de la presente, el citado Instituto Superior suministrará un informe individual de cada agente en el que constará la capacitación o habilidad adquirida por cada uno y aconsejará las tareas que podrá desempeñar en forma más conveniente.
Artículo 3° - El Ministro de Hacienda procederá luego de contar con el informe mencionado y en función de las necesidades prioritarias de la administración, a instruir a la Dirección General Administración de Recursos Humanos sobre el destino final al cual será destinado cada uno de los agentes.
Artículo 4 - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos notifíquese al Instituto Superior de la Carrera y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Grindetti

Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N° 172 - MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 del la Ley N° 70

Buenos Aires, 21 de febrero de 2008.

Visto el Registro N° 15.008-DGDCIV/08, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que los responsables de los programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo;
Que por Decreto N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704) se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70;
Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban;
Que por Decreto N° 1.970/07 (B.O.C.B.A. N° 2202), se aceptó la renuncia del Sr. Claudio Daniel Schbib, DNI 12.829.637, CUIL 23-12829637-9, al cargo de Director General de la Adjunto, de la Dirección General de Defensa Civil, de la Subsecretaría de Emergencias, dependiente del entonces Ministerio de Gobierno;
Que el Sr. Claudio Daniel Schbib, ha presentado el respectivo informe final, mencionado en el artículo 25 de la Ley N° 70 por lo que corresponde reconocerle la tarea establecida en dicha norma;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:

Artículo 1° - Reconocer al Sr. Claudio Daniel Schbib, DNI 12.829.637, CUIL 23-12829637-9, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70, por el término de un (1) mes, durante el cual mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al Sr. Claudio Daniel Schbib, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N° 173 - MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 del la Ley N° 70

Buenos Aires, 21 de febrero de 2008.

Visto la Nota N° 33-DGJRyM/08, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que los responsables de los programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo;
Que por Decreto N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704) se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70;
Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban;
Que por Decreto N° 1.970/07 (B.O.C.B.A. N° 2202), se aceptó la renuncia del Dr. Gastón Emilio Fernández Sansone, DNI 22.211.205, CUIL 20-22211205-3, al cargo de Director General, de la Dirección General de Justicia y Registro, de la Subsecretaría de Justicia, dependiente del entonces Ministerio de Gobierno;
Que el Dr. Gastón Emilio Fernández Sansone, ha presentado el respectivo informe final, mencionado en el artículo 25 de la Ley N° 70 por lo que corresponde reconocerle la tarea establecida en dicha norma;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:

Artículo 1° - Reconocer al Dr. Gastón Emilio Fernández Sansone, DNI 22.211.205, CUIL 20-22211205-3, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70, por el término de un (1) mes, durante el cual mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al Dr. Gastón Emilio Fernández Sansone, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Montenegro

Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N° 437 - MSGC/08
Se aprueba el Formulario de Consentimiento Informado

Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.

Visto el Memorándum N° 341-PG/84, la Resolución N° 345-SSyMA/89, la Ley N° 153, los Decretos Reglamentarios N° 208/01 y N° 2.316/03, la Resolución N° 2.384-MSGC/06, y el Registro N° 13.809-MSGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto, tramita la instrumentación para el otorgamiento del consentimiento informado, en los distintos efectores del Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concordancia con la normativa vigente en la materia;
Que por Memorándum N° 341-PG/84, la Procuración General de la ex Municipalidad de Buenos Aires, aprobó los formularios para Casos Quirúrgicos, Casos de Internación en Terapia Intensiva, para Tratamientos con Drogas Potencialmente Peligrosas y para el Procedimiento de Diagnóstico Riesgoso;
Que, a su vez, por Resolución N° 435-SSyMA/89, se estableció el procedimiento a seguir en caso que el paciente se niegue a prestar el consentimiento informado para la realización de prestación asistencial;
Que este Ministerio de Salud ha detectado que los formularios utilizados en la actualidad, son impersonales, genéricos, preimpresos y no reúnen los requisitos exigidos por la Ley Básica de Salud N° 153 y sus decretos reglamentarios;
Que esta circunstancia ha motivado innumerables reclamos judiciales, con el consiguiente perjuicio patrimonial para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, generados en la falta de cumplimiento de la obtención del consentimiento informado, aún en supuestos en que no ha sido comprobada una mala praxis en sentido estricto;
Que por tales motivos se dictó la Resolución N° 2.384-MSGC/06 que creó la Comisión Asesora Médico Legal para el análisis y elaboración de los formularios y determinación de los lineamientos que deben cumplirse para la obtención del consentimiento informado;
Que el consentimiento informado surge como una necesidad y obligación en la relación médico-paciente y tiene sustento en fundamentos éticos y legales que no pueden soslayarse;
Que el consentimiento informado, implica la declaración de voluntad del paciente, para someterse a determinada práctica y/o tratamiento médico, luego de un correcto suministro de información por parte de los médicos y, actuando con libertad, autonomía y capacidad jurídica;
Que el consentimiento informado se traduce en un resguardo en la relación médico-paciente y en un deber del profesional de proporcionar información detallada sobre el alcance de la enfermedad y/o diagnóstico, las alternativas de tratamientos, los riesgos y beneficios, para luego obtener, un asentimiento que legitime el accionar médico por el que se ha optado;
Que por lo reseñado, resulta imprescindible la aprobación de un formulario único para la obtención del consentimiento informado, de aplicación obligatoria en todos los efectores dependientes de este Ministerio de Salud;
Que la Procuración General ha tomado intervención que le compete (conforme Dictamen PG N° 61.042);
Por ello, en uso de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el Formulario de Consentimiento Informado, de uso obligatorio para todos los efectores de salud dependientes de este Ministerio, que obra como Anexo y forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Derógase toda normativa que se oponga a la instrumentación del formulario que por la presente se aprueba.
Artículo 3° - Establécese que el formulario aprobado como Anexo en artículo 1°, deberá implementarse dentro de los sesenta (60) días hábiles de su entrada en vigencia.
Artículo 4° - Infórmese e instrúyase a todos los establecimientos hospitalarios sobre el procedimiento a seguir a fin de cumplimentar la presente.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación a los efectores dependientes de este Ministerio de Salud, pase a la Dirección General Servicios de Salud. Cumplido, archívese. Lemus

ANEXO

Imagen 1 2

Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN N° 7 - SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar Certificado de Uso Conforme

Buenos Aires, 5 de marzo de 2008.

Visto las constancias del Expediente N° 70.486/07 referente a una consulta sobre la localización del uso "Jardín maternal-Jardín de infantes" correspondiente al inmueble sito en la calle 11 de Septiembre de 1888 N° 1151/53 correspondiente al Distrito R1bII del Código de Planeamiento Urbano, y

CONSIDERANDO:

Que el uso solicitado para el Distrito R1bII se encuentra afectado a la referencia "C" del Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449) correspondiendo, consecuentemente, la intervención del consejo del Plan Urbano y Ambiental;
Que con respecto a la localización del uso, la Dirección General de Interpretación Urbanística se expidió mediante Informe N° 8.017-DGIUR/07, obrante a fs. 17, considerando que no resultaba factible la localización por no cumplir con los parámetros urbanísticos para el Distrito R1bII según las consideraciones allí expuestas;
Que a fs. 25/73 los peticionantes fundamentan su opinión contraria a la pertinencia del proyecto y su justificación desde el punto de vista urbanístico y arquitectónico;
Que a fs. 74, el Consejo del Plan Urbano y Ambiental, por Informe N° 12-CPUAM/08, con fecha 27 de diciembre de 2007, luego de analizar la cuestión, incluida la presentación de los vecinos del barrio (Registro N° 148 CPUAM/07 incorporado), considera que no existen inconvenientes, desde el punto de vista urbanístico, para la localización del uso;
Que mediante Registro N° 89-DGIUR/08, incorporado al presente expediente con fecha 19/2/08, obra una presentación que solicita se rechace el pedido de localización;
Que la presentación efectuada en el Registro citado, N° 89-DGIUR/08, no cumplimenta con los recaudos establecidos por los artículos 24, 36, inc. d) y concordantes del Decreto N° 1.510/97 (de Procedimiento Administrativo) relacionados con la acreditación del interés legítimo de los terceros toda vez que no prueba, en debida forma, la vecindad denunciada mediante la documentación necesaria para ello;
Que sin perjuicio de lo expresado en el párrafo antecedente entiendo oportuno señalar que los indicadores urbanísticos aplicables a la parcela (F.O.T., etc.) no son materia de tratamiento en el presente trámite administrativo debiendo los responsables del proyecto cumplimentar con la normativa vigente, una vez otorgado el uso, mediante el registro de los planos respectivos ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC);
Que la Resolución N° 365-SIyP/06 (B.O.C.B.A.N° 2392) de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento reglamenta el procedimiento aplicable para trámites en los que existan diferencias entre la Dirección General de Planeamiento Interpretativo, el Consejo del Plan Urbano Ambiental y/o el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales;
Que entre las funciones acordadas al titular de la ex. Secretaría de Infraestructura y Planeamiento (funciones que en parte hoy desempeña la Subsecretaría de Planeamiento de acuerdo al Decreto N° 2.075/07) se encuentra la referida a la aplicación del Código de Planeamiento Urbano (CPU Ley N° 449), dictando los actos administrativos que resuelvan situaciones contempladas en dicho ordenamiento;
Que a fs. 76, atento la disparidad de criterios constatada en los informes antecedentes, se remiten las actuaciones a la Subsecretaría a mi cargo, en cumplimiento con la Resolución N° 365-SIyP/06;
Que resulta oportuno señalar que tanto la opinión técnica de la Dirección General de Interpretación Urbanística como el informe del Consejo del Plan Urbano Ambiental no constituyen actos administrativos resultando su intervención necesaria para la formación de la voluntad administrativa a través de la presente resolución definitiva;
Que el uso solicitado se trata del único uso a desarrollarse en la parcela;
Que el uso solicitado se encontraría calificado, en materia ambiental, como Sin Relevante Efecto (SRE) de acuerdo a la Ley N° 123 (B.O.C.B.A. N° 622), modificada por Ley N° 452 (B.O.C.B.A. N° 1025);
Que por las características y dimensiones el proyecto el Consejo (CPUAM) no consideró necesario para el desarrollo del uso solicitado la existencia de módulos para estacionamiento propio;
Que de acuerdo a lo expuesto resulta ser competente la Subsecretaría de Planeamiento para dirimir la cuestión mediante el acto administrativo respectivo;
Por ello, en virtud de las facultades propias Ley N° 449 y Decreto 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2824),

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase a la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) para que, constatado el cumplimiento por parte del peticionante de los recaudos exigidos por el parágrafo 2.1.2 del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449), otorgue el Certificado de Uso Conforme para la localización del Uso "Jardín maternal- jardín de infantes" en el inmueble sito en la calle 11 de Septiembre de 1888 N° 1151/53 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la vigencia establecida por el parágrafo 2.1.4 del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449).
Artículo 2° - Regístrese. Notifíquese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese. Para su intervención pase a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Cumplido, archívese. Lostri

RESOLUCIÓN N° 8 - SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar Certificado de Uso Conforme

Buenos Aires, 5 de marzo de 2008.

Visto las constancias del Expediente N° 63.477/07 referentes una consulta sobre la localización del uso "Escuela de Educación Especial (para niños con necesidades especiales), con o sin formación laboral - Privada" en el inmueble sito en la calle Quesada 3502/06, P.B., 1° y 2° piso correspondiente al Distrito R2bI Código de Planeamiento Urbano, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado uso para el Distrito del inmueble, se encuentra afectado a la referencia "C" en el Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano por lo que la factibilidad de la localización del mismo necesita la evaluación del Consejo del Plan Urbano y Ambiental (CPUAM);
Que a fs. 24/24 vta, la Dirección General de Interpretación Urbanística se expidió mediante Informe N° 8.762-DGIUR/07, obrante a fs. 24, considerando que no resulta factible la localización por no cumplir con los parámetros urbanísticos para el Distrito R2bI según las consideraciones allí expuestas;
Que a fs. 26, el Consejo del Plan Urbano y Ambiental por Informe N° 22-CPUAM/08 luego de analizar la cuestión, consideró que no existen inconvenientes para la localización del uso, desde el punto de vista urbanístico, al considerar que el mismo con la intensidad propuesta es compatible con el carácter residencial de la zona;
Que a fs. 28, atento la disparidad de criterios constatada en los informes antecedentes, se remiten las actuaciones en cumplimiento con la Resolución N° 365-SIyP/06;
Que la Resolución N° 365-SIyP/06 (B.O.C.B.A. N° 2392) de le ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento reglamenta el procedimiento aplicable para trámites en los que existan diferencias entre la Dirección General de Planeamiento Interpretativo, el Consejo del Plan Urbano Ambiental y/o el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales;
Que entre las funciones acordadas al titular de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento (funciones que en parte hoy desempeña la Subsecretaría de Planeamiento de acuerdo al Decreto N° 2.075/07) se encuentra la referida a la aplicación del Código de Planeamiento Urbano (CPU), dictando los actos administrativos que resuelvan situaciones contempladas en dicho ordenamiento;
Que conforme se desprende del Código de Planeamiento Urbano (CPU Ley N° 449) la intervención del Consejo del Plan Urbano Ambiental es necesaria en los trámites relativos a los proyectos de obra o de localización, cuyo destino figure con la letra C en el Cuadro de Usos N° 5.2.1. a);
Que en el caso que nos ocupa encontramos opiniones contradictorias entre la DGIUR (fs. 24/24 vta.) órgano encargado de interpretar el CPU y el COPUA (fs. 26) con relación a la localización del uso "Escuela de Educación Especial para niños con necesidades especiales con o sin formación laboral - Privada" en el predio consultado;
Que resulta oportuno señalar que tanto la opinión técnica de la Dirección General de Interpretación Urbanística como el informe del Consejo del Plan Urbano Ambiental no constituyen actos administrativos resultando su intervención necesaria para la formación de la voluntad administrativa a través de la presente resolución definitiva;
Que el hecho de tratarse de un Distrito de carácter residencial exclusivo determina la necesidad de intervención del Consejo entendiéndose que la referencia "C" supone que la localización de la actividad podría resultar factible si así lo determina el Consejo. Y que el mismo no lo consideró un impedimento;
Que el uso solicitado se trata del único uso a desarrollarse en la parcela;
Que la actividad se encuentra calificada como Sin Relevante Efecto (SRE) por la Ley N° 123 (B.O.C.B.A. N° 622) de Evaluación de Impacto Ambiental, modificada por Ley N° 452 (B.O.C.B.A. N° 1025);
Que por las características y dimensiones el proyecto el Consejo no consideró necesario para el desarrollo del uso la existencia de módulos para estacionamiento propios y por su parte la Dirección General de Interpretación Urbanística observó como factible la posibilidad de estacionar en la calle y en el entorno;
Que en este estado de situación resulta ser competente la Subsecretaría de Planeamiento para dirimir la cuestión mediante el acto administrativo respectivo;
Por ello, en virtud de las facultades propias Ley N° 449 y Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2824),

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase a la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) para que, constatado el cumplimiento por parte del peticionante de los recaudos exigidos por el parágrafo 2.1.2 del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449), otorgue el Certificado de Uso Conforme para la localización del Uso "Escuela de Educación Especial (para niños con necesidades especiales). Con o sin formación laboral - Privada" en el inmueble sito en la calle Quesada 3502/06, P.B., 1° y 2° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la vigencia establecida por el parágrafo 2.1.4 del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449).
Artículo 2° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese. Para su intervención pase a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Cumplido, archívese. Lostri

RESOLUCIÓN N° 9 - SSPLAN/08
Se deja sin efecto la Resolución N° 91-SSPU/94. Se designan miembros de la comisión creada por Resolución N° 192-SSPU/92

Buenos Aires, 6 de marzo de 2008.

Visto la Resolución N° 192-SSDU/92, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada resolución de Desarrollo Urbano, creó la Comisión de Contralor y seguimiento de los contratos de concesión firmados con las empresas, Sistemas Catastrales S.A. y Microcomp S.A.;
Que el artículo segundo de la Resolución N° 192-SSDU/92 determina que la Comisión estará integrada por representantes de la Dirección General de Fiscalización, Obras y Catastro y el Director Administrativo de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano;
Que la Resolución N° 91-SSPU/94 introdujo modificaciones a la integración de la mencionada Comisión;
Que es fundamental llevar a cabo el control del cumplimiento de las obligaciones del concesionario de acuerdo a lo establecido en el art. 19 del mencionado Contrato de Concesión;
Que el Decreto N° 2.075/07, de aprobación de la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires implicó la reestructuración de la Subsecretaría de Planeamiento y de las Direcciones Generales dependientes de la misma;
Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que absorbió las funciones de fiscalización que correspondían a la ex Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro (DGFOC), mientras que las restantes misiones y funciones permanecieron como competencias de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) que de acuerdo al Decreto N° 2.075/07 es dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento, Ministerio de Desarrollo Urbano, con excepción del registro de cumplimiento de la Ley N° 257;
Que resulta necesario adecuar la integración de la Comisión en función de la nueva estructura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; las misiones y funciones de la Subsecretaría de Planeamiento, Ministerio de Desarrollo Urbano y los nuevos funcionarios designados consecuentemente;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias (Ley N° 2.506; Decreto N° 2.075/07),

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:

Artículo 1° - Déjase sin efecto la Resolución N° 91-SSPU/94.
Artículo 2° - La Comisión de Contralor y Seguimiento de los Contratos de Concesión firmados con las empresas, Sistemas Catastrales S.A. y Microcomp S.A., creada por Resolución N° 192-SSDU/92 quedará integrada de la siguiente forma: por el Sr. Subsecretario de Planeamiento, arquitecto Héctor Antonio Lostri con DNI 17.848.856; por el Director General Registro de Obras y Catastro, arquitecto Guillermo García Fahler con DNI 8.632.360 y por el Director de Catastro, agrimensor Alejandro Gabriel Montes con DNI 12.966.869.
Artículo 3° - La Presidencia de Comisión será ejercida por el Subsecretario de Planeamiento, arquitecto Héctor Antonio Lostri.
Artículo 4° - La Comisión podrá invitar a integrar la misma a o participar de las reuniones a las Áreas de Gobierno con incumbencias relacionadas.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; Dirección de Catastro y a las empresas Sistemas Catastrales S.A. y Microcomp S.A., cumplido, archívese. Lostri

RESOLUCIÓN N° 8 - GTT/08
Se prorroga la Resolución N° 1-GTT/07

Buenos Aires, 4 de marzo de 2008.

Visto la Nota N° 2-SSTUR/08, la Resolución N° 1-GTT/07, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución señalada en el visto se tomaron medidas de carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, a los fines de generar un ordenamiento circulatorio y mejorar las condiciones de seguridad para el tránsito en general y los peatones en particular en las inmediaciones del Paseo Museo Caminito;
Que en el marco de dicha medida se prohibió la circulación vehicular todos los días durante las 24 horas, permitiéndose cualquiera sea la ocupación de la arteria, el libre ingreso y egreso a los vecinos frentistas, como así también a las cocheras existentes y a los servicios de emergencia en los tramos de las siguientes arterias: Dr. Enrique Del Valle Iberlucea entre Gregorio Aráoz de Lamadrid y Caminito, sin incluir la bocacalle Gregorio Aráoz de Lamadrid, y en la calle Magallanes entre Garibaldi y Caminito, sin incluir la bocacalle Garibaldi;
Que simultánameante, se autorizó el estacionamiento de micros y buses en las calles Irala entre Gregorio Aráoz de Lamadrid y Magallanes junto a la acera derecha y en la calle Hernandarias entre Magallanes y Gregorio Aráoz de Lamadrid junto a la acera derecha;
Que, asimismo, en dicha medida se asignaron espacios físicos no mayores a cuarenta (40) metros, con el fin de permitir el ascenso y descenso de pasajeros en un lapso no mayor de 15 minutos por parte de las empresas de turismo que trasladan contingentes turísticos;
Que, de igual manera, se destinó una mayor cantidad de espacios disponibles para los vehículos particulares que concurren al mencionado paseo;
Que la Subsecretaría de Turismo dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuó mediante la nota señalada en el visto una presentación, destacando los beneficios de la medida dictada respecto del funcionamiento vehicular y de la mejora en la oferta turística, en cuanto ha permitido un ordenamiento de los contingentes turísticos en las inmediaciones del referido paseo;
Que es en este marco donde resulta pertinente propiciar una prórroga de las medidas adoptadas a través de la mencionada Resolución N° 1-GTT/07;
Por ello, conforme lo previsto en el Capítulo 1.1, artículo 1.1.4 y en el Capítulo1.2, artículo 1.2.3 b) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por la Ley N° 2.148 (B.O.C.B.A. N° 2615) y las atribuciones conferidas por Decreto N° 532/07 (B.O.C.B.A. N° 2665) al Gabinete de Tránsito y Transporte, integrado por los Ministros de los ex Ministerios de Gobierno, Espacio Público, y de Planeamiento y Obras Públicas, actuales de Seguridad y Justicia, Ambiente y Espacio Público y Desarrollo Urbano,

EL GABINETE DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:

Artículo 1° - Prorrógase con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia la Resolución N° 1-GTT/07.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del término previsto en el artículo 1.2.3 a) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a las Subsecretarías de Transporte, de Espacio Público y de Seguridad Urbana y remítase a la Dirección General de Tránsito, la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Turismo, al Centro de Gestión y Participación Comunal 4 y a la Dirección General de Seguridad Vial. Montenegro - Piccardo – Chain

Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N° 77 - MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos

Buenos Aires, 24 de enero de 2008.

Visto la Nota N° 6-MIFB/08 y la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación el Museo Isaac Fernández Blanco dependiente de la Dirección General de Museos de este Ministerio tramita la ratificación a partir del día 10 de diciembre de 2007 de los señores Jorge Cometti, DNI 14.407.408, F.C. N° 317.114 y Patricio López Méndez, DNI 14.975.935, F.C. N° 289.315, como responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de caja chica común, fondo permanente y movilidad;
Que dicha solicitud se efectúa con motivo del cambio de autoridades operado en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y de acuerdo a las determinaciones de la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824),

EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Ratifícanse a partir del día 10 de diciembre de 2007 a los señores Jorge Cometti, DNI 14.407.408, F.C. N° 317.114 y Patricio López Méndez, DNI 14.975.935, F.C. N° 289.315 como responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de caja chica común, fondo permanente y movilidad.
Artículo 2° - Regístrese, pase a la Dirección de Presupuesto y Contable de este Ministerio y a la Dirección General de Museos, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos gírese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN N° 105 - MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos

Buenos Aires, 25 de enero de 2008.

Visto el Memo N° 28 - DGM/08 y la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación el Museo del Cine dependiente de la Dirección General de Museos de este Ministerio tramita la ratificación a partir del día 10 de diciembre de 2007 de la señora María del Carmen Vieites, F.C. N° 289.458 y del señor Avelino Andrés Insaurralde, F.C. N° 242.776 como responsables de la administración y redención de los fondos asignados en concepto de caja chica común, fondo permanente y movilidad;
Que dicha solicitud se efectúa con motivo del cambio de autoridades operando en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y de acuerdo a las determinaciones de la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824),

EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:

Artículo 1° - Ratifícanse a partir del día 10 de diciembre de 2007 a la señora María del Carmen Vieites, F.C. N° 289.458 y el señor Avelino Andrés Insaurralde, F.C. N° 242.776 como responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de caja chica común, fondo permanente movilidad.
Artículo 2° - Regístrese, pase a la Dirección de Presupuesto y Contable de este Ministerio y a la Dirección General de Museos, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos gírese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lombardi

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N° 132 - MAyEPGC/08
Se autoriza traslado de licencia de agente

Buenos Aires, 7 de febrero de 2008.

Visto, la Nota N° 101-UAIMMA/06, y

CONSIDERANDO:

Que, la agente Marta Corbari, F.M. N° 352.727 quien reviste y presta servicio en la Unidad de Auditoría Interna del ex Ministerio de Medio Ambiente, por razones de servicio y el cúmulo de tareas y/o actividades inherentes a su función no ha podido usufructuar la totalidad de sus licencias ordinarias;
Que, a fin de salvaguardar el derecho constitucional del trabajador de gozar de su descanso anual remunerado y en reconocimiento al compromiso y vocación de servicio, es voluntad de esta superioridad el traslado de las licencias ordinarias no gozadas en tiempo y forma;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Autorízase el traslado para el período 2008, y por estrictas razones de servicio, de los días de licencia ordinaria pendiente de usufructo correspondientes al período 2002/2003, a saber 23 días corridos, de la agente Marta Corbari, F.M. N° 352.727.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento, notificación y demás efectos remítase y comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 333 - MAyEPGC/08
Se reconoce la tarea establecida por el art. 25 de la Ley N° 70

Buenos Aires, 27 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 3.753/08, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto tramita el informe de gestión presentado por la arquitecta Viviana Elba Palumbo, DNI 14.406.509, de conformidad con lo previsto por el art. 25 de la Ley N° 70 y el art. 14 de su Decreto Reglamentario N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704);
Que el artículo 25 de la Ley N° 70 y concordantes, establece que los responsables de los programas y proyectos, así como sus superiores jerárquicos, cuando se alejen de sus cargos, deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea renumerada y prestando a la vez colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo;
Que la norma legal en cuestión establece que dicha remuneración será equivalente a la del cargo que la persona ocupaba;
Que por Decreto N° 2.004/07 (B.O.C.B.A. N° 2828), se aceptó la renuncia de la arquitecta Viviana Elba Palumbo, DNI 14.406.509, CUIL 27-14406509-9, al cargo de Directora General de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público dependiente de la entonces Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público del ex Ministerio de Espacio Público;
Que toda vez que la presentación en cuestión ha sido efectuada en legal tiempo y forma, corresponde reconocerle la tarea, en virtud de los términos del art. 25 de la Ley N° 70;
Que resulta oportuno remarcar que por Ley N° 2.506 y Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) se modificó la Estructura Orgánica Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el informe final de gestión de la arquitecta Viviana Elba Palumbo, DNI 14.406.509, CUIL 27-14406509-9, al cargo de Directora General de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público dependiente de la entonces Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público del ex Ministerio de Espacio Público.
Artículo 2° - Reconócese a la arquitecta Viviana Elba Palumbo, DNI 14.406.509, CUIL 27-14406509-9, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 70 por el término de un (1) mes, durante el cual mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público para notificación del agente. Cumplido, archívese. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 334 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de reconsideración

Buenos Aires, 27 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 26.453/05, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la presentación efectuada por la empresa Telecom Argentina S.A. tendiente a impugnar el acto administrativo con motivo del cual se le diera traslado a dicha empresa de la providencia de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual se indica el curso de acción a seguir en los presentes actuados en atención a lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 2.033/03 (B.O.C.B.A. N° 1811 de fecha 5/11/03);
Que por Resolución N° 138-SSASIyP/05, se desestimó el recurso de reconsideración Interpuesto por la empresa supra mencionada contra la liquidación en concepto de diferencias por permisos de apertura gestionados durante el mes de diciembre de 2004;
Que con posterioridad, mediante Resolución N° 985-SlyP/05 se desestimó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por Telecom Argentina S.A.;
Que dicho acto administrativo se notificó en fecha 30 de agosto de 2005;
Que con fecha 13 de septiembre de 2005 la precitada empresa, interpone en tiempo oportuno recurso de reconsideración conforme a lo determinado por el artículo 119 del Decreto N° 1.510/97;
Que la Procuración General al tomar intervención, sostuvo que: "...según lo informado a fs. 68 Pto. 2 las deudas correspondientes al período por el cual se intimó a la empresa de mención fueron elevadas para su ejecución fiscal con fecha 21/3/05 y que en virtud de ello se remitían estas actuaciones a la Dirección General de Rentas en prosecución de su trámite "...en atención a lo establecido en el art. 5° del Decreto N° 2.033/03 ... que dice "...Con posterioridad a la emisión del título ejecutivo la Dirección General no dará curso a presentaciones administrativas en las que los contribuyentes o responsables impugnen la liquidación o existencia de deudas transferidas a gestión judicial ... las que puedan encontrarse en trámite han de ser remitidas al archivo, con la previa notificación a los contribuyentes o responsables";
Que por cédula de notificación de fecha 26 de mayo de 2005 se dio traslado de la intervención precitada;
Que por Presentación Agregar N° 2 Telecom S.A. interpone recurso de reconsideración contra el acto administrativo por el cual se emitiera la cédula de notificación de fecha 26 de mayo de 2006;
Que la Dirección de Cobros Fiscales de la Procuración General informó que no le han sido transferidos los certificados aludidos a fs. 68 Pto. 2 para ejecutar su cobro vía judicial;
Que teniendo en cuenta el informe precedentemente mencionado, del que surge que a la fecha de interposición del recurso de reconsideración determinado por el artículo 119 del Decreto 1.510/97, no había sido transferida a gestión judicial para su cobro, cabe proceder al tratamiento de dicha presentación recursiva;
Que al respecto, cabe señalar, que no han variado las circunstancias de hecho y derecho que permitan modificar el criterio adoptado al momento de dictarse el acto administrativo que se recurre;
Que asimismo, es dable remarcar que las exenciones concedidas a las empresas prestadoras de servicios públicos por leyes nacionales o que surgen de las privatizaciones de los correspondientes servicios, resultan inoponibles a la potestad tributaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual ejerciendo la autonomía tributaria constitucionalmente establecida, ha contemplado en el ordenamiento fiscal local el hecho imponible que se cuestiona, el que se encuentra cuantificado en la Ley Tarifaria;
Que la actividad desplegada por este Gobierno de la Ciudad, que conlleva a la exigibilidad del pago de la tasa cuestionada no se superpone con las facultades asignadas al pertinente Organismo de Control del Servicio Público, toda vez que la prestación del Servicio, Estudio, Revisión e Inspección de Obra por parte de este Gobierno constituye un acto propio de la Administración que hace al ejercicio del poder de policía expresamente contemplado por la Constitución de la Ciudad;
Que por último, y en virtud del análisis de la normativa aplicable, es de destacar que no existe superposición alguna entre la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección de Obras en la Vía Pública y las obligaciones establecidas a cargo de las empresas prestadoras de servicio públicos en el Convenio de Acción Coordinada N° 24/97;
Que sin perjuicio de ello, los aportes convenidos en el instrumento mencionado en el párrafo anterior sólo constituyen un gravamen fijo, cuya imposición se solicita en cada permiso de obra antes de la iniciación de ésta;
Que por todo lo expuesto debe desestimarse el recurso de reconsideración interpuesto;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por Telecom Argentina S.A. contra la Resolución N° 985-SIyP/05.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y notifíquese a la interesada conforme a las pautas establecidas en el Capítulo VI Notificaciones de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, consignando que este acto agota la vía administrativa, no siendo susceptible de recurso alguno. Cumplido, archívese. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 339 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio

Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 62.039/06, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por la entidad Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. (CEAMSE) contra los términos de la Disposición N° 43-DGLIM/06;
Que por Disposición N° 55-DGLIM/06 de fecha 5 de septiembre de 2006 se desestimó el recurso de reconsideración deducido por la mencionada entidad contra la Disposición N° 43-DGLIM/06;
Que mediante cédula se notificó a la interesada que en el plazo de cinco días podía mejorar o ampliar el recurso jerárquico deducido en subsidio;
Que la entidad recurrente no hizo uso de ese derecho;
Que en virtud del acto impugnado, Disposición N° 43-DGLIM/06, se le aplica a la entidad Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. (CEAMSE) una multa de pesos mil ciento treinta ($ 1.130), de acuerdo a lo previsto en el artículo 29, apartado 14 del Contrato para la Prestación del Servicio de Inspección y Control Integral del Servicio Público de Higiene Urbana;
Que la entidad contratista se ha limitado a reiterar las argumentaciones esgrimidas en oportunidad de formular su descargo, las que fueron analizadas y desestimadas por la Dirección General de Limpieza con el dictado de la Disposición N° 43-DGLIM/06;
Que mediante la presente acción recursiva la entidad Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. pretende que se dicte la nulidad del acto sancionatorio alegando que resulta incausado y arbitrario;
Que al analizar las argumentaciones planteadas por la recurrente es menester señalar que en los considerandos del acto impugnado se explican minuciosamente las falencias incurridas por la contratista;
Que han sido merituados debidamente los pormenores de la contratación de marras, valorados los incumplimientos cometidos por la recurrente, y observado el cumplimiento estricto al traslado de rigor, habiéndose cumplimentado al dictar el acto atacado con todos los requisitos esenciales exigidos por el artículo 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, Decreto N° 1.510/97;
Que de los términos vertidos en el informe de penalidades y del acto recurrido se desprende con claridad que la totalidad de las especificaciones se encuentran plasmadas en el contrato, instrumento legal que rige la relación de las partes;
Que no se advierten elementos que justifiquen la irregularidad cometida y detectada, ni que ameriten apartarse del régimen de faltas y sanciones establecido en el contrato;
Que en virtud de todo lo expuesto corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. (CEAMSE) contra los términos de la Disposición N° 43-DGLIM/06.
Artículo 2° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y notifíquese a la recurrente haciéndole saber que ha quedado agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 340 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio

Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 58.797/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el visto la empresa Ecohábitat S.A. - Emepa S.A. - UTE (Níttida), interpuso un recurso jerárquico en subsidio contra los términos de la Disposición N° 11-DGLIM/06;
Que por la mencionada disposición se estableció aplicar a la citada contratista, en los términos del pliego de bases y condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03, las multas previstas en el artículo 59 faltas leves, apartados 43, del pliego, por la cantidad de diez (10) puntos de penalidad aplicables sobre la facturación del servicio de recolección domiciliaria marzo de 2006, siendo el importe de la misma la suma de ($ 1.152,43);
Que en este sentido mediante la Disposición N° 61-DGLIM/07 se desestimó el recurso de reconsideración oportunamente incoado contra los términos de la referida Disposición N° 11-DGLIM/06;
Que a su turno la recurrente fue notificada de los términos del mencionado acto administrativo, y de su derecho a mejorar o ampliar los fundamentos de su recurso, de conformidad con los términos del art. 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en esta inteligencia y haciendo uso del derecho conferido por el mencionado artículo, la contratista mediante el Registro N° 573-DGTALMMA/07, acumulado a los presentes, realizó una nueva presentación ampliando los términos del recurso incoado;
Que en su presentación ampliatoria la recurrente se limitó a reiterar las manifestaciones vertidas en oportunidad de presentar su descargo ante la entonces Dirección General de Limpieza, manifestando asimismo que los argumentos vertidos en sus presentaciones anteriores no han sido considerados ni evaluados suficientemente por la Administración;
Que sobre el particular, es dable advertir que del descargo de la recurrente, la misma manifiesta que el acta acuerdo suscripta entre las partes en diciembre de 2006 se readecuó el contrato vigente hasta ese momento y la persistente en la aplicación de un sistema que se revela como anacrónico y equivocado es un despropósito que agrava inútilmente la posición del contratista, solicitando se revoque el acto que dispone una sanción contra ella;
Que con respecto al argumento esgrimido por la recurrente, el mismo carece de virtualidad en virtud de que el incumplimiento incurrido por la contratista se produce con anterioridad al acta de acuerdo de renegociación contractual de la falta cometida en monto de los pliegos de bases y condiciones que rige la contratación;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete mediante Dictamen N° 62.211-PG/08 manifestado la doctrina asentada, que "...el Pliego de Condiciones... establece cláusulas que son fuentes principales de derecho y obligaciones de los intervinientes en la licitación y de las partes en la contratación, así como objeto de contratación";
Que por eso sus previsiones deben respetarse y cumplirse sin que puedan modificarse una vez efectuado el llamado a licitación y menos aun encontrándose en ejecución el contrato;
Que en tal entendimiento cabe concluir que se han consignado acabadamente los motivos por los que se procedió a dictar el acto administrativo recurrido, configurándose además las circunstancias de hecho y de derecho que lo justifican, no habiendo agregado la recurrente en el recurso sometido a estudio, elemento de convicción alguno para rever la medida adoptada;
Que por todo lo expuesto debe desestimarse el recurso jerárquico interpuesto;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico en subsidio incoado por la empresa Ecohábitat S.A.- Emepa S.A. - UTE (Níttida), contra los términos de la Disposición N° 11-DGLIM/06.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la empresa reclamante haciéndole saber que ha quedado agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Publico y a la Dirección General de Limpieza. Cumplido, archívese. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 341 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio

Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 6.541/06, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones la empresa Coordinación Ecológica Metropolitana S.E. (CEAMSE) interpuso un recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración contra los términos de la Disposición N° 77-DGHUR/05;
Que por la mencionada disposición se estableció aplicar a la citada contratista en los términos del contrato para la prestación del servicio de inspección y control integral del servicio público de higiene urbana, la multa prevista en el artículo 29 apartado 6° Falta grave "Por negarse, entorpecer o dificultar todo tipo de auditoría administrativa, técnica o contable u otros controles referidos a las prestaciones del presente contrato" por la cantidad de dos por ciento de penalidad sobre la facturación total del último mes anterior al período en que se detecta la situación que corresponda a la falta;
Que tal como surge del Informe de Penalidades N° 7/05-Inspección CEAMSE, la omisión en la que incurre CEAMSE "…imposibilita el cálculo del indicador previsto en el contrato (Ipici) dificultando y entorpeciendo el control administrativo-técnico-operativo e imposibilita el cálculo del índice de eficiencia de la prestación…", encuadrando acabadamente en la penalidad prevista en el apartado 6° del artículo 29 del contrato;
Que corresponde afirmar, por lo tanto, que el procedimiento sancionatorio llevado a cabo en estas actuaciones, no merece objeciones que formular, ello habida cuenta de que han sido merituados debidamente los pormenores de la contratación de marras, valorados los antecedentes e incumplimientos cometidos por la recurrente;
Que en su presentación, la contratista expuso similares argumentos a los ya introducidos en oportunidad de formular su descargo, los que fueron analizados y desestimados oportunamente;
Que la recurrente manifiesta que recién en fecha 11/7/05 se hubo notificado del Decreto N° 961/05 que ratifica la contratación que vincula a las partes, y por lo tanto, no corresponde aplicar penalidades por no haber comenzado a regir el plazo de gracia establecido en el artículo 30 del contrato, por lo tanto no debería ser aplicada la penalidad;
Que al respecto corresponde recordar que la doctrina ha sustentado que en los supuestos "…en los cuales la voluntad administrativa era claramente producir efectos jurídicos inmediatos (…) A pesar de tratarse, en el cado, de un acto ad referéndum del superior, (…) no cabe duda de que la intención del coordinador era la de poner inmediatamente en ejecución sus decisiones, pues comienza a ejecutarse antes de la ratificación. Bajo ningún aspecto entendió dictar un acto preparatorio, a resultas de la posterior decisión del superior" (Sup. Corte de Buenos Aires. 13/4/81 "Sánchez Sainar, Pedro M. c/ Prov. de Bs. As." B. 48.231-J.A. 1981-III-103, considerando 3° in fine);
Que asimismo la jurisprudencia se pronunció en el sentido de que "… el acto de saneamiento o ratificatorio no es constitutivo, sino declarativo de derechos, o sea que sus consecuencias se proyectan hacia el pasado, hacia la echa en que fue emitido el acto que se ratifica";
Que mediante la Disposición N° 95-DGHUR/05, se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto contra la referida Disposición N° 77-DGHUR/05;
Que asimismo la recurrente fue notificada de los términos del mencionado acto administrativo, y de su derecho a mejorar o ampliar los fundamentos de su recurso, de conformidad con los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en este orden de ideas la contratista no ha aportado nuevos elementos que permitan conmover los términos del acto administrativo recurrido;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218, (B.O.C.B.A. N° 1850);
Que es menester señalar de conformidad con lo expuesto, y no habiendo aportado los quejosos elementos de hecho y de derecho para rever el acto impugnado, corresponde desestimar el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la recurrente;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. contra los términos de la Disposición N° 77-DGHUR/05.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Limpieza, notifíquese de los términos de la presente al recurrente, haciéndole saber que ha quedado agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 - B.O.C.B.A. N° 310). Cumplido, archívese. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 342 - MAyEPGC/08
Se hace lugar al recurso jerárquico

Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 85.481/01, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramitó la higienización del predio sito en Matheu 631, en la cual se dictó la Resolución N° 151-SMAyEP/02, por la cual se encomendó al Ente de Higiene Urbana y a la ex Dirección General Control de la Calidad Ambiental, la higienización del citado predio por administración y a costa de quien resulte propietario del mismo dentro de los 30 días de la formulación del cargo;
Que el Ente de Higiene Urbana cuantificó los gastos y la Dirección General de Rentas envió al propietario la notificación por cédula para el cobro del cargo formulado;
Que se presentó el socio gerente de la firma MSCH S.R.L., y sostiene que la Resolución N° 151-SMAyEP/02 que diera origen al presente, se refiere al inmueble de la calle Matheu 631, y la higienización se realizó en el inmueble sito en la calle Matheu 639/79, por lo que interpone recurso jerárquico impugnando que el Cargo N° 2.442/06, afecte al inmueble sito en la calle Matheu 631 y en consecuencia deba ser abonado por la misma;
Que el acto administrativo ordenando la higienización, Resolución N° 151-SMAyEP/02, se refiere al inmueble sito en la calle Matheu 631;
Que la higienización fue realizada en cambio en el inmueble de la calle Matheu 639/79, según surge del informe de las tareas efectuadas que luce glosado a autos;
Que pese a esto último se afectó el inmueble de la calle Matheu 631 para abonar el Cargo N° 2.443/06;
Que consecuentemente corresponde dejar sin efecto el Cargo N° 2.442/06, por cuanto han sido valorados trabajos de higienización realizados sobre el inmueble sito en la calle Matheu 639/79, los que no habían sido ordenados por la Resolución N° 151-SMAyEP/02;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a lo normado por la Ley N° 1.218 y dictamina que corresponde hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto dejando sin efecto el Cargo N° 2.443/06, y su afectación al inmueble de la calle Matheu 631;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por la firma MSCH S.R.L., dejando sin efecto el Cargo N° 2.443/06, por cuanto han sido valorados trabajos de higienización realizados sobre el inmueble sito en la calle Matheu 639/79, los que no habían sido ordenados por la Resolución N° 151-SMAyEP/02, y su afectación al inmueble de la calle Matheu 631.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su notificación y demás efectos pase a la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, haciéndole saber al recurrente que ha quedado agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Hacienda y al Ente de Higiene Urbana, dependiente de este Ministerio. Cumplido, archívese. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 344 - MAyEPGC/08
Se designan miembros de Comisión de Evaluación. Se deja sin efecto Resolución N° 44-MMAGC/07

Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.

Visto la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), los Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y N° 989/06 (B.O.C.B.A. N° 2490), la Resolución N° 44-MMAGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2617), el Expediente N° 49.273/06 y acumulados, y el Expediente N° 5.545/08, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 989/06 se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas elaborados por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente del Ministerio de Hacienda, para la concesión de la fabricación y/o provisión, instalación, mantenimiento, conservación y retiro del mobiliario urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un período de diez (10) años;
Que el artículo 60 del pliego de bases y condiciones particulares aprobado por el decreto mencionado precedentemente, establece la conformación de una Comisión de Evaluación encargada de proceder al análisis y calificación de las ofertas que se presenten;
Que por el artículo 2° del citado decreto, se delegó en el entonces Ministerio de Medio Ambiente la facultad de dictar diversos actos del procedimiento licitatorio en trámite, entre ellos, la designación de los miembros que integran la Comisión de Evaluación de las Ofertas;
Que en virtud de tales atribuciones, en su oportunidad el entonces Ministro de Medio Ambiente procedió a dictar la Resolución N° 44-MMAGC/07, por medio de la cual designó a las personas que integrarían la citada Comisión de Evaluación;
Que atento la designación de las nuevas autoridades, corresponde dar continuidad al proceso de la licitación, para lo cual resulta conveniente designar una nueva Comisión de Evaluación de las ofertas presentadas;
Que el Decreto N° 2.075/07 que crea la nueva Estructura Orgánico-Funcional del Gobierno de la Ciudad, en su artículo 2° modificó la denominación y conformación de los anteriores Ministerios de Medio Ambiente y de Espacio Público, unificándose los mismos en el ahora denominado por Ley N° 2.506, Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que de conformidad con lo establecido en la Ley de Ministerios N° 2.506, la responsabilidad de llevar adelante el trámite de renovación del mobiliario urbano de la Ciudad de Buenos Aires recae en la jurisdicción a cargo del suscripto;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 989/06,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Desígnase como miembros de la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 60 del pliego de bases y condiciones particulares, aprobado por Decreto N° 989/06, a los señores; Lic. Patricio Distéfano (DNI 28.462.986), Lic. Tomás Palastanga (DNI 22.992.208), y Dr. Horacio Daniel Tonelli (LE 8.494.757).
Artículo 2° - Déjase sin efecto la Resolución N° 44-MMAGC/07.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a los interesados. Comuníquese a la Procuración General de la Ciudad y a la Dirección General de Política y Desarrollo del Espacio Público. Cumplido pase para su conocimiento y en prosecución del trámite a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 21 - APRA/08
Se deja sin efecto la designación al cargo de Director General de Control

Buenos Aires, 10 de marzo de 2008.

Visto la Ley N° 2.628 (B.O.C.B.A. N° 2852), el Decreto N° 53/08 (B.O.C.B.A. N° 2857), las Resoluciones Nros. 10 y 11 de la Agencia de Protección Ambiental, ambas de fecha 20 de febrero de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 1° de febrero de 2008 del registro de esta Agencia de Protección Ambiental, modificada por su similar N° 10 de fecha 20 de febrero de 2008, se aprobó la estructura orgánico funcional de la misma, como así también las responsabilidades primarias de las unidades organizativas, entre ellas la de la Dirección General de Planeamiento, la Dirección General de Evaluación Técnica y la Dirección General de Control;
Que mediante la Resolución N° 11 de fecha 20 de febrero de 2008 del registro de esta Agencia de Protección Ambiental, se designó a Javier Aníbal Fígoli (DNI 17.015.647 - CUIT 20-17015647-2) para desempeñarse a cargo de la Dirección General de Control;
Que razones de oportunidad ameritan dejar sin efecto la designación del titular de la Dirección General de Control;
Por ello, y en uso de las atribuciones le conferidas por la Ley N° 2.628 y el Decreto N° 53 de fecha 18 de enero de 2008,

LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1° - Déjase sin efecto la designación de Javier Aníbal Fígoli (DNI 17.015.647) a cargo de la Dirección General de Control de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos y oportunamente, archívese. Gerola

DISPOSICIONES

Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N° 36 - DGTALMH/08
Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 21-SIGAF/08

Buenos Aires, 6 de marzo de 2008.

Visto la Ley N° 2.095, promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2658), su Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658) y la Nota N° 6.274-DGTAyL-MH/07, y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la adquisición de insumos para computación, con destino a esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Hacienda;
Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que, por Disposición N° 236-DGCyC/07, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de órgano rector del Sistema de Contrataciones aprobó el pliego único de bases y condiciones generales;
Que, mediante Disposición N° 3-DGCyC/08 se aprobó el pliego de bases y condiciones particulares, a regir en la contratación en cuestión y se llamó a Licitación Pública N° 21-SIGAF/08 para el día 31 de enero de 2008, a las 11 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el 1° párrafo del art. 32 de la Ley N° 2.095;
Que, tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas N° 82/08 se recibieron tres (3) ofertas de las siguientes firmas: Dinatech S.A., Avantecno S.A. y Data Memory S.A.;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires informa, en el marco de la declaración jurada sobre juicios pendientes ordenada por Decreto N° 737/97, que de sus registros no surge litigio pendiente relacionado con las empresas oferentes;
Que, se ha cumplimentado el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación y del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 106/08, por el cual se aconseja la preadjudicación a favor de las firmas: Dinatech S.A. (Renglones 1/3, 6/9, 12, 13, 16/19, 21 y 23), Data Memory S.A. (Renglones 4, 10 y 14), y Avantecno S.A. (Renglones 5, 11, 15, 20 y 22), por resultar sus ofertas las más convenientes conforme los términos del art. 109 concordante con el art. 108 (Renglón 5) y el art. 108 (demás renglones), ambos de la Ley N° 2.095;
Que, el acta emitida en consecuencia fue notificada a las empresas oferentes y exhibida en la cartelera del organismo licitante los días 22 a 26 de febrero de 2008, fecha esta última coincidente con la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, no recibiéndose al vencimiento del plazo para formular impugnaciones ninguna presentación al respecto;
Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 3° del Decreto N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2568) y sus modificatorios,

EL DIRECTOR GENERAL
TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DISPONE:

Artículo 1° - Apruébase la Licitación Pública N° 21-SIGAF/08 realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el 1° párrafo del art. 32 de la Ley N° 2.095, reglamentado por Decreto N° 408/07 y sus modificatorios, y adjudícase el suministro de insumos para computación a las siguientes empresas: Dinatech S.A. (Renglones 1/3, 6/9, 12, 13, 16/19, 21 y 23) por la suma de pesos veinticuatro mil setecientos cincuenta y dos con noventa centavos ($ 24.752,90), Data Memory S.A. (Renglones 4, 10 y 14) por la suma de pesos dos mil ciento treinta y cinco con cincuenta centavos ($ 2.135,50), y Avantecno S.A. (Renglones 5, 11, 15, 20 y 22) por la suma de pesos veintiún mil quince ($ 21.015), ascendiendo el total de la presente erogación al monto de pesos cuarenta y siete mil novecientos tres con cuarenta centavos ($ 47.903,40) con destino a esta Dirección General, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Artículo 2° - Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida del presupuesto en vigor.
Artículo 3° - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Dirección General de Compras y Contrataciones por el término de un (1) día.
Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes.
Artículo 5° - Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a emitir las respectivas órdenes de compra ajustadas a los proyectos obrantes en el pertinente actuado.
Artículo 6° - Regístrese y remítase en prosecución de su trámite a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, previo al archivo de las presentes actuaciones pase a intervención de la Unidad de Auditoría Interna de este Ministerio. García

Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N° 670 - DGFyC-DGFOC/08
Se ratifican disposiciones

Buenos Aires, 27 de febrero de 2008.

Visto los Expedientes Nros. 10.671/05; 10.587/05; 4.828/07; 10.674/05; 61.556/05; 81.034/06; 47.762/07; 83.809/06 y 11.114/05 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136) y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente N° 10.671/05 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 26, de fecha 18 de enero de 2008, dispuso la suspensión de la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables del local de baile sito en la calle Vicente López 2233, planta baja, subsuelo y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Sodoma" y que posee habilitación a nombre de la firma Comple Service S.A.;
Que en el Expediente N° 10.587/05 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 30, de fecha 24 de enero de 2008, dispuso la baja de la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables del local de baile sito en la calle Sarmiento 1374, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Salón Agusteo" y que posee habilitación a nombre de la Asociación Italiana de Mutualidad e Instrucción;
Que en el Expediente N° 4.828/07 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 29, de fecha 24 de enero de 2008, dispuso intimar a la firma Gaoma S.A., titular del local sito en la calle Vicente López 2152, planta baja, planta alta, subsuelo y azotea, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "La López", a fin de que en el plazo de 72 horas presente la documentación requerida bajo apercibimiento de rechazar la solicitud de inscripción en el Registro Público de Locales Bailables;
Que en el Expediente N° 10.674/05 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 37, de fecha 25 de enero de 2008, dispuso la suspensión de la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables del local de baile sito en la calle Cecilia Grierson 225, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Opera Bay" y que posee habilitación a nombre de la firma Kudamex S.A.;
Que en el Expediente N° 61.556/05 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 56, de fecha 1° de febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables por el término de un (1) año, del local de baile sito en la calle Salta 1736/1748, planta baja, entrepiso, Unidad Funcional 16, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "MBurucuya" y que posee habilitación a nombre de Asociación Mutual de Buenos Aires;
Que en el Expediente N° 81.034/06 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 263, de fecha 14 de febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables por el término de treinta (30) días corridos, del local de baile sito en la avenida Santa Fe 4999/5001, planta baja, primer piso y azotea, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Kimia" y que posee habilitación a nombre de la firma Seis Sigmas S.A., intimando a la empresa a que acredite en dicho plazo la regularización de la ocupación del local;
Que en el Expediente N° 47.762/07 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 526, de fecha 20 de febrero de 2008, dispuso la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables del local de baile sito en la avenida Rafael Obligado 1221, planta baja, y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funcionará con el nombre de fantasía "Tago Mago -Privilege" y que posee habilitación a nombre de la firma Costa Salguero Catering S.A.;
Que en el Expediente N° 83.809/06 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 612, de fecha 21 de febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables y por el término de un (1) año, del local de baile sito en la avenida Sáenz 459, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Kory Megadisco" y que posee habilitación a nombre de la firma Assa S.R.L.;
Que en el Expediente N° 11.114/05 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 613, de fecha 22 de febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el Registro Público de Locales Bailables del local de baile sito en la calle Lavalle 343/345/47, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Bahrein" y que posee habilitación a nombre de la firma XXS S.A.;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, en su artículo 2° se dispuso la creación del Registro Público de Lugares Bailables, en el ámbito de la ex Subsecretaría de Control Comunal, actual Agencia Gubernamental de Control, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 se establece que la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables se otorgará mediante disposición conjunta de las Direcciones Generales de Fiscalización y Control, de Fiscalización de Obras y Catastro, y de Habilitaciones y Permisos;
Que, de acuerdo a lo establecido por Ley N° 2.624 de fecha 13 de diciembre de 2007, promulgada por Decreto N° 2.137 de fecha 28 de diciembre de 2007, los organismos y competencias de la ex Subsecretaría de Control Comunal son transferidos a la Agencia Gubernamental de Control del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando la Dirección de Registro Público de Lugares Bailables, integrada con nivel de Dirección dentro de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos;
Que el artículo 6° de la Ley N° 2.624 establece que la Agencia Gubernamental de Control ejercerá las competencias y desempeñará las funciones que le fueran otorgadas al Jefe de Gobierno por los siguientes cuerpos legales y aquellos que los reemplacen así como toda norma relacionada con el cumplimiento de las responsabilidad primarias asignadas, señalando el inciso f) textualmente: "...toda normativa relacionada con el ámbito de control y fiscalización de la Agencia...";
Que conforme a las normas citadas resulta necesario efectuar una consulta a la Procuración General de la Ciudad, atento la cuestión de interpretación normativa planteada;
Que hasta tanto dictamine la Procuración General de la Ciudad, conforme con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 , corresponde que las Direcciones Generales de Fiscalización y Control y de Fiscalización de Obras y Catastro, ratifiquen lo actuado por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos en los expedientes citados en el visto;
Por ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO
DISPONEN:

Artículo 1° - Ratificar conjuntamente en todos sus términos lo decidido por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos en las Disposiciones Nros. 26-DGHP/08, 30-DGHP/08, 29-DGHP/08, 37-DGHP/08, 56-DGHP/08, 263-DGHP/08, 526-DGHP/08, 612-DGHP/08 y 613-DGHP/08 resueltas en el marco de los expedientes citados en el visto.
Artículo 2° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a los titulares de la inscripción de locales bailables en el Registro. Comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Berkowski - Ávila Herrera

DISPOSICIÓN N° 1 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 36.839/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07, y

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Claudio Marcelo Zurita, en carácter de titular, solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle Av. Rivadavia 7523 planta baja, entre piso y sótano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "Asbury Rock" conforme constancia obrante a fs. 384;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 35.936/03 concedida para los rubros café bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, billares y pool (actividad accesoria) Local de baile clase "C" actividad complementaria y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 70/06, por Disposición Conjunta N° 12-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06, de fecha 21 de febrero de 2006 obrante a fs. 179;
Que, mediante la Disposición Conjunta N° 6-DGHyP-DGFOC-DGFyC07, obrante a fs.307, se renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año;
Que, de conformidad con lo normado en los DNU Nros. 1/05 y 2/05 y Resoluciones Reglamentarias N° 11/05 y N° 12/05, se le otorgó una capacidad máxima de doscientas diez y seis (216) personas mediante informe de la DGHP, obrante a foja 162 y Disposición Conjunta N° 12 de fecha 21 de febrero de 2006 que obra a fojas 179/180;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fs. 470;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07,

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:

Artículo 1° - Renuévese a partir del día 1° de marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 70/06, que opera con nombre fantasía "Asbury Rock", otorgada mediante Disposición Conjunta N° 12-DGHP-DGFOC-DGFyC/06 a nombre del Sr. Claudio Marcelo Zurita, correspondiente al establecimiento ubicado en Av. Rivadavia 7523 planta baja, entre piso y sótano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N° 35.936/03 en el carácter de café bar, despacho de bebidas, wiskería, cervecería, billares y pool (actividad accesoria) y Local de Baile Clase "C" como actividad complementaria y que le fuera otorgada una capacidad de doscientas diez y seis (216) personas mediante Disposición Conjunta N° 12-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento al Sr. Claudio Marcelo Zurita. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Farrel - Berkowski - Ávila Herrera

DISPOSICIÓN N° 2 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 11.115/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N° 68 -SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07, y

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Gastón Pulikas, en carácter de apoderado de Loyment S.A., solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle Perú 342/46/48/50 P.B., EP s/PB, PA, EP s/PA y azotea de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "Rey Castro" conforme constancia obrante a foja 626;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 85.487/05 concedida para los rubros restaurante, cantina, local de baile clase "C" y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 3/05, por Disposición Conjunta N° 4-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 de fecha 1° de marzo de 2005;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas N° 18-DHyGP-DGFOC-DGFyC/06 obrante a fs. 351 y N° 9-DGHyP-DGFOC-DGFyC/07, obrante a foja 523, se renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada una de ellas;
Que, de conformidad con lo normado en los DNU Nros. 1/05 y 2/05 y Resoluciones Reglamentarias N° 11/05 y N° 12-SSCC/05, se le otorgó una capacidad máxima de novecientas una (901) personas mediante informe de la DGHyP, obrante a foja 371 y disposición conjunta de fecha 24 de abril de 2006 que obra a foja 387 y que fue consignado en Plancheta de Habilitación de fecha 23 de febrero de 2006 que obra a foja 627;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fojas 736 a 737;
Que del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07,

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:

Artículo 1° - Renuévese a partir del día 2 de marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 3/05, que opera con nombre fantasía "Rey Castro", otorgada mediante Disposición Conjunta N° 4-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 a nombre de la empresa Loyment S.A. correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Perú 342/46/48/50 PB, EP s/PB, PA, EP s/PA y azotea de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N° 85.487/05 en el carácter de local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad de novecientas una (901) personas de conformidad con lo normado por Resoluciones Nros. 11 y 12-SSCC/05, DNU N° 1 y N° 2/05.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma Loyment S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Farrel - Berkowski - Ávila Herrera

DISPOSICIÓN N° 3 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 11.117/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07, y

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Juan B. Marino, en el carácter de Presidente de Lenos S.A., solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle Sarmiento 1656/58/62 (P.B., sótano, 1° y 2° piso) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "La France" conforme constancia obrante a fs. 508;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 56.226/98 concedida para los rubros restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, whisquería, cervecería, Local de baile clase "C" actividad complementaria y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 4/05, por Disposición Conjunta N° 5-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05, de fecha 1° de marzo de 2005 obrante a fs. 105;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas N° 14-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06, obrante a fs. 270 y N° 10-DGHyP-DGFOC-DGFyC/07, obrante a fs. 400, se renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada una de ellas;
Que, mediante Disposición N° 136-DHGyP-DGFOC-DGFyC/05 de fecha 29 de septiembre de 2005 obrante a fs. 520/1, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de mil trescientas setenta y dos (1.372) personas;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fs. 595/6;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07,

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:

Artículo 1° - Renuévese a partir del día 2 de marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 4/05, que opera con nombre fantasía "La France", otorgada mediante Disposición Conjunta N° 5-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 a nombre de la empresa Lenos S.A., correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Sarmiento 1656/58/62 (P.B., sótano, 1° y 2° piso) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N° 56.226/98 en el carácter restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase "C" como actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad de mil trescientas setenta y dos (1.372) personas mediante Disposición Conjunta N° 136-DHGyP-DGFOC-DGFyC/05.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma Lenos S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Farrel - Berkcowski - Ávila Herrera

DISPOSICIÓN N° 4 - DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.

Visto el Expediente N° 10.600/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07, y

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Diego Gustavo Minerva, en representación de Blumaco S.R.L., solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle Quintana 362 planta sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "New Shampoo" conforme constancia obrante a fs. 543;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 61.879/91 concedida para el rubro Local de baile clase "C" y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 7/05, por Disposición Conjunta N° 8-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 de fecha 2 de marzo de 2005;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas N° 15-DHGyP-DGFOC-DGFyC/06 obrante a fs. 309 y N° 12-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06, obrante a fs. 442, se renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada una de ellas;
Que, mediante Disposición N° 88-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 de fecha 27 de julio 2005 fs.161, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de doscientas veinte (220) personas;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fs. 617/618;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07,

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:

Artículo 1° - Renuévese a partir del día 2 de marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 7/05, que opera con nombre fantasía "New Shampoo", otorgada mediante Disposición Conjunta N° 8-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 a nombre de la empresa Blumaco S.R.L. correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Quintana 362, planta sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N° 61.879/91 en el carácter de local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad de doscientas veinte (220) personas mediante Disposición Conjunta N° 88-DHGyP-DGFOC-DGFyC/05.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma Blumaco S.R.L. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Farrel - Berkowski - Ávila Herrera

Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N° 1.396 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 24 de julio de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 73.396/04, ant. 1,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Proyecto Verde S.R.L., con domicilio en la calle Gral. Manuel Rodríguez 2194, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "empresas de limpieza de edificios; empresa de desinfección y desratización; reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes; empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable", otorgada por el Expediente N° 67.036/04 a nombre de Proyecto Verde S.R.L.;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Arce, Gustavo Adolfo, DNI 22.848.103, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.497;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 1.888 del cual surge que Farina, Gerardo Alberto y Borro, Omar Jorge no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 815, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Proyecto Verde S.R.L., habilitada por Expediente N° 67.036/04, con domicilio en la calle Gral. Manuel Rodríguez 2194, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 1.618 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 14 de agosto de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 55.980/07,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Gustavo Federico Marzotta, con domicilio en la calle Amenabar 2482, 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante tramita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "empresa de desinfección y desratización", por la Carpeta N° 5.429/07 a nombre de Gustavo Federico Marzotta;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Gustavo Federico Marzotta, DNI 16.974.078, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.410;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 3.634 del cual surge que Gustavo Federico Marzotta no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Inscríbese en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 917, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa Gustavo Federico Marzotta, propiedad de Gustavo Federico Marzotta, con habilitación en tramite por la Carpeta N° 5.429/07, con domicilio en la calle Amenábar 2482, 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.242 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 16 de octubre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 39.760/82, ant. 13,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Amadeo Alberto Di Giorgi, con domicilio en la calle Sánchez de Bustamante 104, 1° P, D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Agencia Comercial (205.001) (de trabajos eventuales de recepción de pedidos de reparaciones domiciliarias, desratizaciones), otorgada por el Expediente N° 94.937/86 a nombre de Amadeo Alberto Di Giorgi;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Ricardo Pacífico Chezo, LE 5.623.815, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.002;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 2.096 del cual surge que Amadeo Alberto Di Giorgi no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 66, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Fumiguen, propiedad de Amadeo Alberto Di Giorgi, habilitada por Expediente N° 94.937/86, con domicilio en la calle Sánchez de Bustamante 104, 1° P., D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.281 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 23 de octubre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 27.774/02, ant. 2,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfectación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Josefina Cordero, con domicilio en la calle Jujuy 1260, 3° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratización; Reparaciones y Mantenimiento de Edificios y sus partes, otorgada por el Expediente N° 17.452/02 a nombre de Josefina Cordero;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Carlos Guillermo Giraldes, DNI 21.585.492, de profesión analista en contaminación, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfectación, bajo el N° 1.507;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 4.010 del cual surge que Josefina Cordero no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 739, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Ambiental, propiedad de Josefina Cordero, habilitada por Expediente N° 17.452/02, con domicilio en la calle Jujuy 1260, 3° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.287 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 23 de octubre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 43.237/93 ant. 9,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a empresas privadas de desinfección y desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Osvaldo Rodolfo Salti, con domicilio en la Av. Boedo 722, Loc. 25, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro empresa de desinfección y desratización, otorgada por el Expediente N° 29.674/93 a nombre de Osvaldo Rodolfo Salti;
Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Andrés Kocmur, DNI 13.804.794, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.105;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 3.923 del cual surge que Osvaldo Rodolfo Salti no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 309, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a la empresa Desinfectadora San Jorge, propiedad de Osvaldo Rodolfo Salti, habilitada por Expediente N° 29.674/93, con domicilio en la Av. Boedo, 722, Loc. 25, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.415 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 2 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 48.198/07,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Eco Fumigaciones S.R.L., con domicilio en la Av. Federico Lacroze 3591, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "empresa de desinfección y desratización; empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable", otorgada por el Expediente N° 84.762/06 a nombre de Esteban Pablo Eimer y Norberto Eimer;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Andrés Kocmur, DNI 13.804.794, de profesión ingeniero agrónomo, quién se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.105;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 8.114 del cual surge que Esteban Pablo Eimer y Norberto Eimer no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Inscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 927, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa Eco Fumigaciones S.R.L., habilitada por Expediente N° 84.762/06, con domicilio en la Av. Federico Lacroze 3591, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c)- Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.416 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 2 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 63.537/95, ant. 8,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Saneamiento Urbano S.R.L., con domicilio en la calle Roseti 1325, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Empresa de Desinfección y Desratización, otorgada por el Expediente N° 66.689/93 a nombre de Saneamiento Urbano S.R.L.;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Arce, Gustavo Adolfo, DNI 22.848.103, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.497;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 8.874 del cual surge que Meyer, Victor Federico, Paganelli Graciela y Meyer, María Cecilia no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 265, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Saneamiento Urbano S.R.L., habilitada por Expediente N° 66.689/93, con domicilio en la calle Roseti 1325, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.417 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 2 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 40.588/81, ant. 17,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Eduardo Justino Bulacio, con domicilio en la calle Irala 1192, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratización; Reparaciones y Mantenimiento de Edificios y sus Partes, otorgada por el Expediente N° 566/98 a nombre de Eduardo Justino Bulacio;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Juan Carlos Waldmann, DNI 16.246.257, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.462;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 3.657 del cual surge que Eduardo Justino Bulacio no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 33, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Lyon Service Ambiental, propiedad de Eduardo Justino Bulacio, habilitada por Expediente N° 566/98, con domicilio en la calle Irala 1192, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.454 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 24.781/93, ant. 8,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Milka Lilian Gadea, con domicilio en la calle White 606, P.B., 2 y en la Av. Juan Bautista Alberdi 4694, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro empresa de desinfección y desratización, otorgada por el Expediente N° 72.991/97 a nombre de Milka Lilian Gadea;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Rosa Carmen Romano, DNI 10.605.954, de profesión bioquímica, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.448;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 2.917 del cual surge que Milka Lilian Gadea no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 295, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a la empresa Jorge Milka y propiedad de Milka Lilian Gadea, habilitada por Expediente N° 72.991/97, con domicilio en la calle White 606, P.B., 2 y en la Av. Juan Bautista Alberdi 4694, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.456 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 92.486/98, ant. 4,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Oscar Horacio Monardez, con domicilio en la Av. Díaz Vélez 5199 P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresa de desinfección y desratización; empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable, otorgada por el Expediente N° 51.371/07 a nombre de Oscar Horacio Monardez;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Daniel Eduardo Rossotti, DNI 17.107.973, de profesión licenciado en tecnología industrial de los alimentos, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.452;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 3.655 del cual surge que Oscar Horacio Monardez no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 560, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a la empresa Sanidad Norte "Higiene Ambiental", propiedad de Oscar Horacio Monárdez, habilitada por Expediente N° 51.371/07, con domicilio en la Av. Díaz Vélez 5199, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c)- Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.462 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 46.667/03, ant. 3,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Claudio Gabriel Gordano, con domicilio en la Av. Fco. Lacroze 2978, 3° P, C, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresas de limpieza de edificios; empresa de desinfección y desratización; reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes, otorgada por el Expediente N° 78.288/01 a nombre de Claudio Gabriel Gordano;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Jorge Alejandro Urtreger, DNI 18.317.652, de profesión licenciado en ciencias biológicas, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.439;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 3.946 del cual surge que Claudio Gabriel Gordano no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 774, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a la empresa Pulcrox, propiedad de Claudio Gabriel Gordano, habilitada por Expediente N° 78.288/01, con domicilio en la Av. Fco. Lacroze 2978, 3° P., C, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.558 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 92.223/95, ant. 6,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Carlos Alberto Baroni, con domicilio en la calle Dean Funes 1291, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Empresa de Desinfección y Desratización; Com. Min. de Artícul. de Limpieza, otorgada por el Expediente N° 77.408/95 a nombre de Carlos Alberto Baroni;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Juan Carlos Waldmann, DNI 16.246.257, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.462;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 4.143 del cual surge que Carlos Alberto Baroni no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 498, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Carlos Alberto Baroni, propiedad de Carlos Alberto Baroni, habilitada por Expediente N° 77.408/95, con domicilio en la calle Dean Funes 1291, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.561 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 46.990/82, ant. 16,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por OSPE S.A., con domicilio en las calles Uruguay 239, 5° P, Of. H, y Uruguay 228, 1° P, Of. 21, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Empresa de Desinfección y Desratización, otorgada por los Expedientes N° 90.094/92 y 79.584/92 a nombre de OSPE S.A.;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Guillermo Ramón Villarquide, DNI 441.705, de profesión bioquímico, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.031;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se han acompañado los Certificados N° 2.269 y N° 2.268 del cual surge que Vinent Jorge Alberto y Vinent Carlos Osvaldo no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 69, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa OSPE S.A., habilitada por los Expedientes Nros. 90.094/92 y 79.584/92, con domicilio en las calles Uruguay 239, 5° P., Of. H y Uruguay 228, 1° P., Of. 21, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.562 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 52.344/01, ant. 4,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Carlos Alberto Jackson Cilley, con domicilio en la Av. Cabildo 3816, 2° P., C, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratización; Reparaciones y Mantenimiento de Edificios y sus Partes, otorgada por el Expediente N° 51.089/01 a nombre de Carlos Alberto Jackson Cilley;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Arce Gustavo Adolfo, DNI 22.848.103, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.497;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 10.940 del cual surge que Carlos Alberto Jackson Cilley no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 710, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Grupo Americano, propiedad de Carlos Alberto Jackson Cilley, habilitada por Expediente N° 51.089/01, con domicilio en la Av. Cabildo 3816, 2° P., C, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.565 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 47.937/93, ant. 7,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Marcelo Aurelio Fusaro, con domicilio en la calle Manzanares 4321 P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Empresa de Desinfección y Desratización, otorgada por el Expediente N° 21.892/93 a nombre de Marcelo Aurelio Fusaro;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Orlando Aureliano Sánchez, CI 2.377.503, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.160;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 3.499 del cual surge que Marcelo Aurelio Fusaro no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 312, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa Desinfectadora Damigon, propiedad de Marcelo Aurelio Fusaro, habilitada por Expediente N° 21.892/93, con domicilio en la calle Manzanares 4321, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.581 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 12.838/85, ant. 15,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Centro de Ayuda Enfermos del Riñón , con domicilio en la calle Dr. Enrique Finocchietto 2080, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Oficina Comercial (205002), otorgada por el Expediente N° 8.667/85 a nombre de Centro de Ayuda Enfermos del Riñón;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a María Fernanda González, DNI 18.075.835, de profesión bioquímica, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.379;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 3.476 del cual surge que Fontan Casas José Juan no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfectación bajo el N° 111, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3., a la empresa C.A.E.R. - Centro de Ayuda Enfermos del Riñón habilitada por Expediente N° 8.667/85, con domicilio en la calle Dr. Enrique Finocchietto 2080, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.635 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 76.231/07,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Ana María Aranda, con domicilio en la Av. Juan B. Justo 6592, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización; Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable", otorgada por el Expediente N° 70.008/07 a nombre de Ana María Aranda;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Alejandro Javier Lambruschini, DNI 18.367.074, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.570;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 4.020 del cual surge que Ana María Aranda no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Inscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 933, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa Ana María Aranda, propiedad de Ana María Aranda, habilitada por Expediente N° 70.008/07, con domicilio en la Av. Juan B. Justo 6592, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

DISPOSICIÓN N° 2.750 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación

Buenos Aires, 21 de diciembre de 2007.

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 84.516/07,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Aldo Horacio Maresca, con domicilio en la calle Cervantes 1470, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización (oficina)", otorgada por el Expediente N° 84.380/07 a nombre de Aldo Horacio Maresca;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Aldo Horacio Maresca, DNI 12.558.713, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.329;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 4.885 del cual surge que Aldo Horacio Maresca no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:

Artículo 1° - Inscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el N° 935, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa El Rayo, propiedad de Aldo Horacio Maresca, habilitada por Expediente N° 84.380/07, con domicilio en la calle Cervantes 1470, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres. responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido, archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)

Conjuntas: Ministerio de Desarrollo Económico - Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N° 13 - DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública

Buenos Aires, 11 de marzo de 2008.

Visto los Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), N° 171/08 (B.O.C.B.A. N° 2885), el Expediente N° 7.663/05, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 171/08, se aprobó el pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas, para contratar mediante licitación pública, la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada entre las avenidas Leandro N. Alem, Córdoba, Eduardo Madero y la calle San Martín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada "Catalinas Norte";
Que, resulta conveniente y necesario materializar ese otorgamiento mediante el respectivo llamado a licitación pública;
Que, el artículo 2° del Decreto N° 171/08 autoriza a las Direcciones Generales de Tránsito y de Concesiones, a realizar en forma conjunta el respectivo llamado a licitación pública y faculta a las mismas a emitir las aclaraciones pertinentes;
Que, el presente acto administrativo se dicta de conformidad con las prescripciones del artículo 3° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del artículo 2° del Decreto N° 171/08;
Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES Y
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO
DISPONEN:

Artículo 1° - Convócase a licitación pública con el objeto de otorgar la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada entre la avenida Leandro N. Alem, Córdoba, Eduardo Madero y la calle San Martín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada "Catalinas Norte".
Artículo 2° - Dispónese que la presentación de ofertas se realizará en la Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4° piso, oficina 408, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 12 a 15 horas, desde las 12 horas del día 17 de marzo de 2008 hasta las 11 horas del día 29 de abril de 2008.
Artículo 3° - Establécese el valor de los pliegos en la suma de pesos tres mil ($ 3.000) y el valor del canon base a ofrecer, en la suma de pesos setenta y tres mil ($ 73.000).
Artículo 4° - Fíjase la apertura de las ofertas para el día 29 de abril de 2008, a las 13.15 horas, en el Microcine del Palacio Gubernamental, ubicado en Av. de Mayo 525, planta baja de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a los Ministerios de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano. Cumplida, archívese. Solari Costa - Fariña

DISPOSICIÓN N° 14- DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública

Buenos Aires, 11 de marzo de 2008.

Visto los Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), N° 169/08 (B.O.C.B.A. N° 2885), el Expediente N° 4.650/04, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 169/08, se aprobó el pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas, para contratar mediante licitación pública, la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en la Av. Corrientes 436 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada E-12;
Que, resulta conveniente y necesario materializar ese otorgamiento mediante el respectivo llamado a licitación pública;
Que, el artículo 2° del Decreto N° 169/08 autoriza a las Direcciones Generales de Tránsito y de Concesiones, a realizar en forma conjunta el respectivo llamado a licitación pública y faculta a las mismas a emitir las aclaraciones pertinentes;
Que, el presente acto administrativo se dicta de conformidad con las prescripciones del artículo 3° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del artículo 2° del Decreto N° 169/08;
Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES Y
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO
DISPONEN:

Artículo 1° - Convócase a licitación pública con el objeto de otorgar la concesión de uso y explotación de la playa Subterránea de Estacionamiento ubicada en la Av. Corrientes 436 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada E-12.
Artículo 2° - Dispónese que la presentación de ofertas se realizará en la Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4° piso, oficina 408, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 12 a 15 horas, desde las 12 horas del día 17 de marzo de 2008 hasta las 11 horas del día 30 de abril de 2008.
Artículo 3° - Establécese el valor de los pliegos en la suma de pesos tres mil ($ 3.000) y el valor del canon base a ofrecer en la suma de pesos sesenta y tres mil quinientos ($ 63.500).
Artículo 4° - Fíjase la apertura de las ofertas para el día 30 de abril de 2008, a las 13.15 horas, en el Microcine del Palacio Gubernamental, ubicado en Av. de Mayo 525, planta baja de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a los Ministerios de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano. Cumplida, archívese. Solari Costa - Fariña

DISPOSICIÓN N° 15 - DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública

Buenos Aires, 11 de marzo de 2008.

Visto los Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829), N° 170/08 (B.O.C.B.A. N° 2885), el Expediente N° 42.508/06 y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 170/08, se aprobó el pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas, para contratar mediante licitación pública, la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en el subsuelo de la Av. Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada E-03;
Que, resulta conveniente y necesario materializar ese otorgamiento mediante el respectivo llamado a licitación pública;
Que, el artículo 2° del Decreto N° 170/08 autoriza a las Direcciones Generales de Tránsito y de Concesiones, a realizar en forma conjunta el respectivo llamado a licitación pública y faculta a las mismas a emitir las aclaraciones pertinentes;
Que, el presente acto administrativo se dicta de conformidad con las prescripciones del artículo 3° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del artículo 2° del Decreto N° 170/08;
Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES Y
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO
DISPONEN:

Artículo 1° - Convócase a licitación pública con el objeto de otorgar la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en el subsuelo de la Av. Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada E-03.
Artículo 2° - Dispónese que la presentación de ofertas se realizará en la Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4° piso, oficina 408, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 12 a 15 horas, desde las 12 horas del día 17 de marzo de 2008 hasta las 11 horas del día 2 de mayo de 2008.
Artículo 3° - Establécese el valor de los pliegos en la suma de pesos tres mil ($ 3.000) y el valor del canon base a ofrecer en la suma de pesos ochenta y siete mil quinientos ($ 87.500).
Artículo 4° - Fíjase la apertura de las ofertas para el día 2 de mayo de 2008, a las 13.15 horas, en el Microcine del Palacio Gubernamental, ubicado en Av. de Mayo 525, planta baja de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a los Ministerios de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano. Cumplida, archívese. Solari Costa - Fariña

Cumplimiento de los arts. 34 y 35 de la Ley Nº 2.180

Cuarto Trimestre de 2007

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Imagen 1 2

COMUNICADOS Y AVISOS

DISPOSICIONES

MINISTERIO DE SALUD

DISPOSICIÓN N° 62 - HIFJM/08
Se otorga plazo para reubicación de local

Buenos Aires, 11 de febrero de 2008.

Visto el Expediente Nº 75.930/07,

CONSIDERANDO:

Que mediante nota de fecha 13 de marzo de 2007, que fuera caratulada como Registro Nº 15-HIFJM/07, que diera origen al presente, el señor Antonio Miguel Macazaga Maraboto, DNI 92.283.845, solicitó que se autorice en el marco de las previsiones establecidas por la Ley Nº 24.308 (B.O. del 18/1/94) AD 440.5, reglamentada por Decreto Nº 795-PEN/94 (B.O. del 31/5/94), la instalación de gas natural en el pequeño comercio que explota dentro del Hospital de Infecciosas "Francisco J. Muñiz", dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del requerimiento efectuado, se dio intervención a la entonces Dirección General de Concesiones y Privatizaciones del Ministerio de Hacienda (actual Dirección General Concesiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno), toda vez que la petición que nos ocupa está relacionado con la Nota Nº 1.361-DGCyP/06;
Que a través de la citada Nota Nº 1.361-DGCyP/06, agregada a las presentes actuaciones, la Unidad de Organización citada en el considerando precedente informó que: "Conforme surge de los relevamientos efectuados por personal dependiente de esta Dirección General, el beneficiario ha instalado un pequeño anexo a su local que es utilizado como depósito de bebidas. Al respecto, cabe señalar que no cabe de la documentación obrante en esta Unidad de Organización, que el Sr. Macazaga Marabotto haya gestionado previamente ante las autoridades del Hospital, la correspondiente autorización para extenderse por fuera del perímetro originalmente permisionado";
Que a fs. 5 esta Dirección informó que el peticionante "…no ha gestionado ante la Dirección de este Hospital ninguna autorización para extenderse por fuera del perímetro permisionado…" y: "Ante las reiteradas ocupaciones del espacio público que intentó efectuar el Sr. Macazaga Marabotto para la explotación del kiosko en cuestión, desde esta dirección en forma verbal se le solicitó ajustarse al perímetro permisionado";
Que asimismo, se señaló que: "la ubicación autorizada para el mencionado local no es la óptima, dado que las instalaciones del local ocupan un área que llega casi sobre la calle de entrada y salida de vehículos del Hospital donde la misma hace una curva, obligando el paso peatonal por la calzada, y exponiendo a peatones y clientes que frecuentan el kiosko, a posibles accidentes por las circunstancias descriptas";
Que tomó nueva intervención la ex Dirección General de Concesiones (entonces dependiente del Ministerio de Hacienda del Gobierno), la cual sugirió que, con el fin de prevenir percances ocasionados por el actual emplazamiento del local, se evalúe la posibilidad de hallar, dentro del hospital, una ubicación alternativa para continuar con la actividad que viene desarrollando el peticionante, en el marco del convenio suscripto con fecha 27 de febrero de 1998 entre el entonces Titular de la Dirección de Concesiones y Privatizaciones y el señor Antonio Miguel Macazaga Marabotto, cuya copia certificada obra glosada en las actuaciones;
Que asimismo se encuentra glosada copia certificada del acta, suscripta con fecha de 30 de marzo de 1998, a través de la cual se convino modificar la ubicación del kiosko, originalmente dispuesta en el mencionado convenio, conforme plano que como Anexo forma parte integrante de la presente;
Que cabe señalar que el convenio fue suscripto en el marco de las previsiones establecidas por la Ley Nº 24.308 (B.O. del 18/1/94) AD 440.5, reglamentada por Decreto Nº 795-PEN/94 AD 440.5 (B.O. del 31/5/94) y lo preceptuado por el Decreto Nº 1.553/97 (B.O. N° 326), vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, normas que prevén el derecho de aquellas personas con necesidades especiales para la instalación de pequeños comercios en los espacios del dominio público de la Ciudad;
Que con relación a la reubicación del local que ocupa el peticionante, a fs. 8 obra un plano con la localización alternativa del mismo, a efectos que la entonces Dirección General de Recursos Físicos en Salud (actual Dirección General de Recursos Físicos en Salud) apruebe el mismo, ello a los efectos que el señor Macazaga Marabotto continúe con sus actividades, sin que ello importe afectar la integridad y seguridad tanto del personal que se desempeña en el ámbito del establecimiento asistencial, como así también del eventual público asistente;
Que mediante Informe Nº 5.047-DGRFS/06, la Dirección General citada en el párrafo precedente prestó su conformidad, notificándose al interesado con fecha 7 de diciembre de 2006, tal como surge al pie de fs. 8;
Que atento el tiempo transcurrido, y toda vez que no se encuentra cumplimentado la citada reubicación, la citada Dirección General de Concesiones solicitó el dictado de acto administrativo, disponiendo la nueva localización;
Que tomó intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.218 (B.O. N° 1850);
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL DE INFECCIOSAS FRANCISCO J. MUÑIZ
DISPONE:

Artículo 1º - Otórgase al señor Antonio Miguel Macazaga Marabotto, DNI 92.283.845, un plazo de cuarenta y cinco (45) días, a partir de la fecha de notificación de la presente, para efectuar la reubicación del local, objeto del convenio suscripto con fecha 27 de febrero de 1998 entre el entonces Titular de la Dirección de Concesiones y Privatizaciones, de la ex Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el señor Antonio Miguel Macazaga Marabotto, conforme el plano que como Anexo forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º - Regístrese, notifíquese al señor Antonio Miguel Macazaga Marabotto, DNI 92.283.845, los términos de la presente, conforme los extremos dispuestos por los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Cumplido, gírese para su conocimiento a las Direcciones Generales Adjuntas Región Sanitaria 1, Recursos Físicos en Salud, ambas dependientes del Ministerio de Salud, y Concesiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico. Mármol

Nota: los Anexos pueden ser consultados en la Dirección del Hospital de Infecciosas Francisco J. Muñiz, sito en Uspallata 2272 de lunes a viernes en el horario de 7 a 13 horas.

CA 160

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

Solicitud de personal

Se solicita personal para desempeñarse en esta Agencia Gubernamental de Control, ubicada en Avenida de los Patricios 1442, de acuerdo al siguiente detalle:
- Personal para servicios generales (tareas de mantenimiento y mayordomía).
* Electricista.
* Albañil.
* Operario para reparaciones generales.
* Correo y/u ordenanza (para tareas internas dentro de la agencia).
Requisitos:
- Personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de planta permanente, Decreto Nº 948/05 y/o Resolución Nº 1.924-MHGC/07 (Resolución N° 959-MHGC/07).
- Autorización del Director del Área.
Informes: llamar a la Dirección de Recursos Humanos y Organización, teléfono 4323-8900, int. 5127, de lunes a viernes de 10 a 13 hs. para entrevista.

Rubén R. Torres
Coordinador de la Unidad
de Administración y Control de Gestión

CA 169

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS

DIRECCIÓN GENERA DE DEFENSA CIVIL

Solicitud de personal

La Dirección General de Defensa Civil, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, solicita personal de planta permanente y/o en la modalidad 948/05, 959/07 (Empleo Público) con las siguientes características:
- Auxiliares administrativos.
- Choferes.
- Personal operativo para tareas de emergencia.
Los interesados deberán solicitar entrevista en la Dirección General de este organismo en forma personal o telefónica 4932-8827, dentro del horario de 9 a 16 hs. de lunes a viernes, Estados Unidos 3275, Capital Federal.

Daniel O. Russo
Director General

CA 159

Inicia: 11-3-2008 Vence: 13-3-2008

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

COORDINACIÓN DE JUNTAS DE CLASIFICACIÓN DOCENTE Y DISCIPLINA

Docentes - Exhibición de listados por orden de mérito 2007, Área de Educación Media (Zona I)

El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento con lo normado en la Ordenanza Nº 40.593 y su reglamentación, comunica la exhibición de los listados por orden de mérito 2007, correspondientes al Área de Educación Media Zona I.
Lugar de exhibición: Paseo Colón 315, 3º piso.
Días de exhibición: 26, 27 y 28 de marzo de 2008.
Horario: 10 a 17 horas.
Importante:
Reconsideración de puntaje:
Lugar:
Paseo Colón 315, 3º piso.
Días: 31 de marzo, 1° y 3 de abril de 2008.
Horario: 10 a 17 horas.
Reclamos por antigüedad:
Lugar:
DGPDyND, Paseo Colón 255, 1º piso contrafrente.
Días: 31 de marzo, 1° y 3 de abril de 2008.
Horario: 10 a 12 y de 14 a 16 horas.

Ricardo Muraro
Coordinador

Francisco Aráoz Bugallo
Jefe de Relaciones Institucionales y Comunicación

CA 161

Inicia: 12-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Docentes - Inscripción extraordinaria a interinatos y suplencias 2008, Área Curricular de Materias Especiales, para diversos cargos de base

El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento con la Ordenanza Nº 40.593 y su reglamentación, comunica la inscripción extraordinaria del 14 al 31 de marzo de 2008, para aspirantes a interinatos y suplencias 2008, que no se hubieran inscripto en su oportunidad, correspondiente al Área Curricular de Materias Especiales para los siguientes cargos de base:
Idioma extranjero.
1. Maestro de idioma inglés, italiano y portugués:
Escalafón A y B (D.E. 1 al 21). Con título básico o sin título con prueba de idoneidad aprobada.
2. Maestro de idioma inglés, francés, italiano y portugués para escuelas de modalidad plurilingües:
Título docente del idioma correspondiente y curso de ingreso para escuelas plurilingües.
Educación artesanal y técnica.
1. Maestro de educación artesanal y técnica: Escalafón A (D.E. 1 al 21) con y sin título básico.
Educación musical.
1. Maestro de educación musical.
Escalafón A y Escuelas de Música (D.E. 1 al 21) con título básico.
Lugar de inscripción: sede de los Distritos Escolares.
Horario: de 9 a 16 horas.

Ricardo Muraro
Coordinador

Francisco Aráoz Bugallo
Jefe de Relaciones Institucionales y Comunicación

CA 162

Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PERMANENTE Y FORMACIÓN PARA EL TRABAJO

INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR Nº 21

Carreras de nivel superior con título de Técnico Superior

Para el personal del G.C.B.A. que aspire a ser promovido en la nueva carrera administrativa
Ofrecemos dos carreras de nivel superior con Título de "Técnico Superior":
* Tecnicatura en Administración Pública con orientación Municipal.
* Tecnicatura en Análisis de Sistemas.
- Los títulos son oficiales con validez nacional.
- La duración es de tres años.
- Se requiere título de nivel secundario.
- Las carreras con gratuitas.
Las tecnicaturas son antecedentes valorables en los concursos de cargos de ascenso.
Inscripción excepcional para el personal del G.C.B.A., hasta el 19 de marzo de 2008.
Infórmese en: Pje. Spegazzini 450 (paralelo a Av. La Plata al 300).
Horario de atención: lunes a viernes de 17.30 a 21.30 hs.
Tel/fax: 4983-0885.

Marcel Peralta
Directora

CA 168

Inicia: 12-3-2008 Vence: 19-3-2008

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Alquiler de equipo fotocopiador - Expediente N° 10.963/08

Llámase a Licitación Pública N° 312/08 para el alquiler de un equipo fotocopiador con destino a la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 20 (pesos veinte).
Los pliegos podrán ser consultados
y/o adquiridos en la Dirección General de Estadística y Censos, Av. San Juan 1340, planta baja, Oficina Administración, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 7 a 13 horas hasta el día y hora fijados para la apertura.
Fecha, hora y lugar de apertura: 15 de abril de 2008, a las 11 horas, en la Av. San Juan 1340, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

José M. Donati
Director General

OL 627

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Impresión de la Revista de Población de Buenos Aires Nº 7 - Expediente N° 10.959/08

Llámase a Licitación Pública N° 295/08 para la impresión de la Revista de Población de Buenos Aires Nº 7 con destino a la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 20 (pesos veinte).
Los pliegos podrán ser consultados
y/o adquiridos en la Dirección General de Estadística y Censos, Av. San Juan 1340, planta baja, Oficina Administración, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 7 a 13 horas hasta el día y hora fijados para la apertura.
Fecha, hora y lugar de apertura: 3 de abril de 2008 a las 11 horas, en la Av. San Juan 1340, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

José M. Donati
Director General

OL 637

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO

Adjudicación - LPI N° 1/07

Nombre del proyecto: Urban Flood Prevention and Drainage APL1.
País: Argentina.
Número del proyecto: P088220.
Licitación/Referencia Contrato Nº: LPI Nº 1/07.
Objeto del contrato: túneles aliviadores del emisario principal del Arroyo Maldonado y obras complementarias.
Duración del contrato: cuarenta y ocho meses.
Fecha de firma del contrato: marzo de 2008.
Estimación monetaria: US$ 145.663.725.
Licitante adjudicado(s):
Nombre: GHELLA SpA.
Dirección: Cerrito 1070, 3° piso, oficinas 65/66/67, Ciudad de Buenos Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas: $ 454.233.340,71.
Precio oferta evaluado: $ 454.298.838,64.
Monto contrato: $ 279.353.720,73 más US$ 56.874.225,59.
Licitante evaluado(s):
Nombre: SELI SpA - DYCASA S.A.
Dirección: avenida Leandro N. Alem 986, 4° piso, Ciudad de Buenos Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas:
1. Básico: $ 667.209.500,38.
Descuento 7,07%: $ 620.037.788,60.
2. Alternativa opcional básico: $ 589.619.093,52.
Descuento 3,34%: $ 569.925.815,80.
Precio oferta evaluado: $ 619.973.981,58; compuesto por las siguientes cantidades según moneda: $ 323.655.456,13 más € 72.153.142,46.
Nombre: Odebrecht-Supercemento S.A.I.C.
Dirección: Capitán Gral. Ramón Freire 2265, Ciudad de Buenos Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas: $ 299.696.550,18 más US$ 180.615.644,09.
Precio oferta evaluado: $ 855.598.455,25; compuesto por las siguientes cantidades según moneda: $ 299.758.992,21 más US$ 180.702.036,10.
Licitante rechazado(s):
Nombre: SELI SpA - DYCASA S.A. - 2. Alternativa opcional básico.
Dirección: avenida Leandro N. Alem 986, 4° piso, Ciudad de Buenos Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas: 2. Alternativa opcional básico: $ 589.619.093,52. Descuento 3,34%: $ 569.925.815,80.
Motivo(s) del rechazo: la alternativa opcional básica que presenta propone ejecutar los túneles empleando una sola máquina tuneladora, la cual es usada y reparada a nuevo. Eso constituye un incumplimiento de lo establecido en la documentación de la licitación.

Andrés Loza
Subdirector General de Relaciones
con el Banco Mundial

OL 607

Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008

MINISTERIO DE SALUD

HOSPITAL DE REHABILITACIÓN "MANUEL ROCCA"

Adquisición de nutroterápicos - Carpeta Nº 90.217-SS/08

Licitación Privada Nº 107/08.
Repartición solicitante: Hospital de Rehabilitación "Manuel Rocca".
Rubro: nutroterápicos.
Fecha de apertura: 25 de marzo de 2008, a las 10 horas.
Lugar de apertura: Oficina de Compras, 2° piso, Av. Segurola 1949.
Valor del pliego: $ 30 (pesos treinta).
Los pliegos se entregarán en la Oficina de Compras de lunes a viernes, de 9 a 12 hs., en el segundo piso del hospital, previo pago del timbrado en cualquier CGPC.

José A. Addimanda
Director

OL 559

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"

Adquisición de elementos de radiología - Carpeta N° 90.240

Licitación Pública N° 201/08.
Referente: elementos de radiología.
Apertura: 26/3/08, a las 11 hs.
Valor del pliego: $ 14.
Los pliegos se consultan y retiran en la División Compras y Contrataciones del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la apertura, sin excepción.
Por cualquier consulta llamar al teléfono 4542-6621.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.

José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 555

Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de elementos de librería - Carpeta N° 91.356

Licitación Pública N° 1.340/07.
Referente: elementos de librería.
Apertura: 26/3/08, a las 9.30 hs.
Valor del pliego: $ 40.
Los pliegos se consultan y retiran en la División Compras y Contrataciones del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la apertura, sin excepción.
Por cualquier consulta llamar al teléfono 4542-6621.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.

José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 556

Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de ropa descartable - Carpeta N° 90.529

Licitación Pública N° 574/07.
Referente: ropa descartable.
Apertura: 27/3/08, a las 10 hs.
Valor del pliego: $ 730.
Los pliegos se consultan y retiran en la División Compras y Contrataciones del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la apertura, sin excepción.
Por cualquier consulta llamar al teléfono 4542-6621.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.

José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 557

Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI"

Preadjudicación - Licitación Privada Nº 722/07

Consultas: Pilar 950, EP., Oficina de Compras, en el horario de 9 a 14 hs.
Objeto: neonatología.
Firma preadjudicada:
Fluid de Alberto M. Lacroix (Av. Coronel Díaz 2512, 6º piso P).
Renglón: 1 - precio unitario: $ 269 - monto preadjudicado: $ 269.000.
Monto total preadjudicado: $ 269.000.

Diego A. Rizzo
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 499

Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"

Preadjudicación - Carpeta N° 90.409/07

Licitación Pública N° 427/07.
Objeto: elementos de esterilización.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
Firmas preadjudicadas:
Kims S.R.L.
Renglones: 1, 2, 4, 8, 10, 13, 14, 16, 17, 18, 19 y 22.
Total: $ 70.186.
Tro-Pak S.A.
Renglones: 3, 5, 9, 11, 12, 15 y 21.
Total: $ 19.320.
Biolene S.R.L.
Renglón: 7.
Total: $ 3.300.

José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 580

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Preadjudicación - Carpeta N° 90.411/07

Licitación Pública N° 428/07.
Objeto: acenocumarol-levotiroxina.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
Firmas preadjudicadas:
B. Braun Medical S.A.
Renglones: 17 y 18.
Total: $ 1.315,20.
Unic Company S.R.L.
Renglón: 10.
Total: $ 16.200.
Droguería Martorani S.A.
Renglones: 1, 7 y 8.
Total: $ 7.800.
Mallinckrodt Medical Arg. Lim.
Renglón: 11.
Total: $ 1.479,60.

José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 581

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Preadjudicación - Carpeta N° 90.707/07

Licitación Pública N° 662/07.
Objeto: insumos para laboratorio.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
Firmas preadjudicadas:
Biomerieux Argentina S.A.
Renglón: 47.
Total: $ 1.281,25.
Química Erovne S.A.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 49 y 50.
Total: $ 8.767.
Alfredo Alberto Gutiérrez.
Renglones: 45, 46 y 48.
Total: $ 89.918.

José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.

Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 582

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA"

Adquisición de inmunomarcadores y soluciones - Servicio Anatomía Patológica - Carpeta Nº 90.268-MSGC/08

Licitación Pública N° 296-SIGAF/08.
Apertura: 27/3/08, a las 11 hs.
Rubro: s/adquisición de inmunomarcadores y soluciones - Servicio Anatomía Patológica.
Valor del pliego: $ 900.
Se informa a los Sres. Proveedores que de acuerdo a los término de la Disposición Nº A 243-DGC/05 los timbrados para la valorización de pliegos de bases y condiciones deberán realizarse a través de los controladores fiscales que para estos casos posee la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda en las distintas unidades de organización de este Gobierno (CGPC).
Consulta y retiro de pliegos: 2° piso, Depto. de Tesorería, de lunes a viernes de 9 a 12 hs., Av. Las Heras 2670, Capital Federal, Hospital Rivadavia.
Los pliegos se venderán hasta 24 hs. de anticipación de la fecha de apertura.

Liliana D. Macchi
Directora Médica

OL 591

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de sutura - Servicio de Farmacia - Carpeta Nº 90.231-MSGC/08

Licitación Pública N° 228-SIGAF/08.
Apertura: 27/3/08, a las 13 hs.
Rubro: s/adquisición de sutura - Servicio de Farmacia.
Valor del pliego: $ 2.100.
Se informa a los Sres. proveedores que de acuerdo a los término de la Disposición Nº A 243-DGC/05 los timbrados para la valorización de pliegos de bases y condiciones deberán realizarse a través de los controladores fiscales que para estos casos posee la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda en las distintas unidades de organización de este Gobierno (CGPC).
Consulta y retiro de pliegos: 2° piso, Depto. de Tesorería, de lunes a viernes de 9 a 12 hs., Av. Las Heras 2670, Capital Federal, Hospital Rivadavia.
Los pliegos se venderán hasta 24 hs. de anticipación de la fecha de apertura.

Liliana D. Macchi
Directora Médica

OL 592

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de especialidades medicinales I - Servicio de Farmacia - Carpeta Nº 90.228-MSGC/08

Licitación Pública N° 229-SIGAF/08.
Apertura: 27/3/08, a las 15 hs.
Rubro: s/especialidades medicinales I - Servicio de Farmacia.
Valor del pliego: $ 1.400.
Se informa a los Sres. proveedores que de acuerdo a los término de la Disposición Nº A 243-DGC/05 los timbrados para la valorización de pliegos de bases y condiciones deberán realizarse a través de los controladores fiscales que para estos casos posee la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda en las distintas unidades de organización de este Gobierno (CGPC).
Consulta y retiro de pliegos: 2° piso, Depto. de Tesorería, de lunes a viernes de 9 a 12 hs., Av. Las Heras 2670, Capital Federal, Hospital Rivadavia.
Los pliegos se venderán hasta 24 hs. de anticipación de la fecha de apertura.

Liliana D. Macchi
Directora Médica

OL 593

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE"

Adquisición de insumos de laboratorio - Carpeta N° 90.155-MS/08

Llámese a Licitación Pública N° 273/08, a realizarse el 3/4/08 a las 10 hs. para la adquisición de insumos, con destino a la División Laboratorio.
Valor del pliego: pesos cuarenta ($ 40).
Los pliegos pueden ser retirados en la División Compras de este hospital, sito en Av. Montes de Oca 40, Capital Federal, de lunes a viernes de 8.30 a 12.30 hs. hasta 1 (un) día hábil antes de la fecha de apertura.
Consultas: a los teléfonos 4307-4670/5553, e-mail: elizalde_divcompras@buenosaires.gov.ar
Página web: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitaciones

Juan J. Arslanian
Director Médico (I)

Federico Arata
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 579

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA "DR. RAMÓN CARRILLO"

Adquisición de insumos para esterilización - Licitación Pública Nº 285-SIGAF/07

Llámase a Licitación Pública N° 285-SIGAF/07, a realizarse el día 19 de marzo de 2008 a las 10 hs., para la adquisición de insumos para esterilización, para este hospital.
Valor del pliego: $ 40 (pesos cuarenta).
Consulta de pliegos: Sánchez de Bustamante 2529, 2° piso, Capital Federal, División Compras y Contrataciones de 8 a 14 hs.
Plazo de mantenimiento de ofertas: será de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de apertura de la licitación, con pena de pérdida de la garantía de la oferta, si ésta hubiese sido constituida, en caso de desistimiento dentro del término citado.
Vencido el plazo indicado, se lo considerará automáticamente prorrogado por otro período de treinta (30) días, salvo que el oferente comunique fehacientemente la caducidad de la oferta.
Adquisición de pliegos: Sánchez de Bustamante 2529, 2° piso, Capital Federal, División Tesorería de 8 a 14 hs.

Dina Alberti
Jefa de Depto. Clínico

OL 594

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. ENRIQUE TORNÚ"

Adquisición de insumos de laboratorio - Licitación Pública Nº 223/08

Objeto de la licitación: adquisición de insumos de laboratorio.
Valor del pliego: $ 687.
Lugar donde pueden retirarse o consultar los pliegos: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso.
Pasos a seguir para la compra de pliego:
1- Pasar por División Tesorería a retirar el comprobante del valor del pliego.
2- Concurrir al CGPC 12, sito en Miller 2751, Capital Federal, a pagar el valor asignado.
3- Entregar en División Compras para retirar el pliego.
Lugar de presentación de la ofertas: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso.
Lugar, día y hora del acta de apertura: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso, el día 18/3/08 a las 10 hs.
Los pliegos serán vendidos a partir del 12/3/08, de 9 a 12 hs.

Alicia L. Calderón
Directora (I)

Liliana Musante
Subdirectora Administrativa

OL 598

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA"

Preadjudicación - Carpeta N° 90.694-MSGC/07

Licitación Privada N° 637/07.
Clase: etapa única.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.677/07, de fecha 18 de enero de 2008.
Rubro comercial: productos farmacéuticos y biológicos.
Objeto de la contratación: insumos para extracción.
Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA): Hospital "Ramos Mejía".
Encuadre legal: Ley Nº 2.095, art. 31.
Fecha de apertura: 9/11/07, a las 9 horas.
Ofertas presentadas: 2 (dos) de acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura Nº 1.573/07 y a lo evaluado a través del cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de las firmas: Inter-Life S.R.L., Química Erovne S.A.
Objeto: reunidos en comisión los que suscriben, en la fecha indicada "ut-supra" con el objeto de considerar las propuestas recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado precedentemente, han resuelto adjudicar a favor de:

FIRMAS PREADJUDICADAS

Imagen  1 2

Renglón desierto: 8.
Vencimiento validez de oferta: 24/3/08.
Imputación: el gasto que demande la presente contratación deberá imputarse a la partida presupuestaria del ejercicio en vigencia.
Aprobación: Mercau (a/c) - Maenza - González - Berenstein.
Monto total de la preadjudicación: es de pesos doscientos setenta y dos mil cuarenta ($ 272.040).
Anuncio de preadjudicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 108 de la Ley N° 2.095.
Exposición: 12 al 13/3/08.
Publicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 108 de la Ley N° 2.095.

Héctor Pascuccelli
Director (I)

Atilio F. Mettini
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 596

Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008

HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

Preadjudicación - Carpeta N° 91.725-HBU/07

Licitación Pública N° 41/08.
Clase: etapa única.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 209/08, de fecha 4 de marzo de 2008.
Rubro comercial: instrumental, equipos y suministros odontológicos.
Objeto de la contratación: insumos y descartables para odontología.
Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA): Hospital "Carlos Bonorino Udaondo".
Encuadre legal: Ley Nº 2.095, art. 31.
Fecha de apertura: 13/2/08, a las 11 horas.
Ofertas presentadas: 4 (cuatro) de acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura Nº 151/08 y a lo evaluado a través del cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de las firmas: Dental Medrano S.A., Foc S.R.L., Renalife S.A., Droguería Farmatec S.A.
Objeto: reunidos en comisión los que suscriben, en la fecha indicada "ut-supra" con el objeto de considerar las propuestas recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado precedentemente, han resuelto adjudicar a favor de:

FIRMAS PREADJUDICADAS

Imagen 1 2 3 4

Renglón desierto: 14.
Anuncio de preadjudicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 108 de la Ley N° 2.095.
Publicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07 reglamentario del art. 108 de la Ley N° 2.095.

Liliana M. Monastra Varrica
Subdirectora

Nancy M. Leuzzi
Jefa División Suministros

OL 577

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de cajas de toallas descartables - Carpeta Nº 91.599-MSGC/07

Llámese a Licitación Pública Nº 147-SIGAF/07, art. 31, Ley N° 2.095 a realizarse el: 26/3/08, a las 11 horas.
Rubro: cajas de toallas de papel descartables.
Valor del pliego: $ 15 (pesos quince).
Consulta de pliegos: de lunes a viernes de 9 a 14 hs. en la División Suministros, ubicada en el 2º piso, Pabellón A de este hospital.
El estampillado del mismo se hará en CGPC barrial o Carlos Pellegrini 311 (Tesorería).
Lugar de apertura: Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino Udaondo", Av. Caseros 2061, Pabellón A, 2º piso, Capital Federal, División Suministros, tel.: 4306-7797.

Eduardo G. Sosa
Director

Christian G. Mititieri
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 476

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

HOSPITAL MUNICIPAL DE ONCOLOGÍA "MARIÉ CURIÉ"

Preadjudicación - Carpeta N° 91.468-MSGC/07

Licitación Pública Nº 5-SIGAF/08.
Dictamen de Evaluación Nº 195/08.
Rubro comercial: instrumental, equipos y suministros médicos y quirúrgicos.
Objeto de la contratación: adquisición de insumos para esterilización.
Las consultas se podrán hacer en la División Compras y Contrataciones del hospital, sita en Patricias Argentinas 750, 1° piso, Capital Federal, de lunes a viernes de 9 a 13 horas.

FIRMAS PREADJUDICADAS

Total de la preadjudicación: $ 19.004,40 (pesos diecinueve mil cuatro con 40/100).

Norberto A. Smurra
Jefe de Sección de Día
D.O. y E.A.

Mirta L. Cacio
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 576

Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008

INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

Adquisición de reactivos e insumos para Sección Microbiología - Servicio de Laboratorio - Carpeta Nº 90.255-MSGC/08

Licitación Pública Nº 284-SIGAF/08.
Objeto: adquisición de reactivos e insumos para Sección Microbiología - Servicio de Laboratorio.
Valor del pliego: pesos diez ($ 10).
Consulta de pliegos: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Capital Federal, en el horario de 9 a 14 hs.
Lugar de adquisición de pliegos: Tesorería del Instituto de Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 14 horas hasta el día anterior a la fecha de apertura, sin excepción.
Lugar y fecha de la recepción de ofertas: las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha y lugar de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 11 horas, en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Ricardo A. G. Viotti
Director

Julio J. Lotes
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 566

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de reactivos e insumos para Sección Hematología - Servicio de Laboratorio - Carpeta Nº 90.256-MSGC/08

Licitación Pública Nº 283-SIGAF/08.
Objeto: adquisición de reactivos e insumos para Sección Hematología - Servicio de Laboratorio.
Valor del pliego: pesos veinte ($ 20).
Consulta de pliegos: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Capital Federal, en el horario de 9 a 14 hs.
Lugar de adquisición de pliegos: Tesorería del Instituto de Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 14 horas hasta el día anterior a la fecha de apertura, sin excepción.
Lugar y fecha de la recepción de ofertas: las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha y lugar de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 10 horas, en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Ricardo A. G. Viotti
Director

Julio J. Lotes
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 568

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de productos farmacéuticos - Carpeta Nº 90.249-MSGC/08

Licitación Pública Nº 287-SIGAF/08.
Objeto: adquisición de productos farmacéuticos.
Valor del pliego: pesos treinta ($ 30).
Consulta de pliegos: Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Capital Federal, en el horario de 9 a 14 hs.
Lugar de adquisición de pliegos: Tesorería del Instituto de Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 14 horas hasta el día anterior a la fecha de apertura, sin excepción.
Lugar y fecha de la recepción de ofertas: las ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha y lugar de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 12 horas, en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de acuerdo a las normas vigentes.

Ricardo A. G. Viotti
Director

Julio J. Lotes
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados

OL 569

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

HOSPITAL DE INFECCIOSAS "DR. FRANCISCO J. MUÑIZ"

Adquisición de psicotrópicos para pacientes especiales comprometidos - Licitación Pública Nº 194/08

Llámase a Licitación Pública Nº 194/08, a realizarse el día 19/3/08 a las 10 hs., para la adquisición de psicotrópicos para pacientes especiales comprometidos.
Valor del pliego: $ 250.
Los pliegos de bases y condiciones pueden ser retirados, valorizados en la Oficina de Tesorería, Uspallata 2272, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 13 hs.

José E. del Mármol
Director Médico (I)

OL 533

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. PENNA"

Adjudicación - Carpeta N° 90.472-MSGC/07

Licitación Pública N° 792/07.
Rubro: insumos de hemoterapia.
Acto administrativo de adjudicación: Disposición N° 207-HGAP/08.
Fecha de emisión: 6/3/08.
Artículo 1º - Apruébese la Licitación Pública N° 792/07, realizada al amparo de lo establecido en el art. 31 del Decreto-Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 408/07, por el Hospital General de Agudos "Dr. J. M. Penna", para la adquisición de insumos de hemoterapia con destino al Servicio de Hemoterapia y adjudícase a la firma Química Erovne S.A. (Renglones 17, 18 y 23) por la suma de de pesos doscientos veintiocho mil doscientos once con veinte centavos ($ 228.211,20) con la provisión en carácter de préstamo gratuito de un (1) Sistema Automático Flextek; Biodiagnóstico (Renglones 15 y 24) por la suma de pesos cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y ocho ($ 56.868) y Diamed Argentina S.A. (Renglones 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 21 y 25) por la suma de pesos ciento veintinueve mil ochocientos cincuenta y dos con ochenta centavos ($ 129.852,80) con la provisión en carácter de préstamo gratuito de un (1) incubador ID, de una (1) centrífuga para tarjetas gel, la permanencia de los mencionados equipos será de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en el pliego de bases y condiciones particulares que rigen la licitación, por el término de vigencia de las órdenes de compra que se emitan o hasta el consumo total de los insumos entregados en cumplimiento de las mismas, al término de dicho plazo este establecimiento deberá reintegrarlos conforme Resolución N° 443/08 del Sr. Ministro de Salud, ascendiendo el total de la presente a la suma de pesos cuatrocientos catorce mil novecientos treinta y dos ($ 414.932), según el siguiente detalle:

DETALLE

Carlos Grasso Fontan
Director (I)

OL 608

Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

Cambio de vidrios en la Escuela Nº 5, D.E. 2 - Expediente Nº 10.870/08

Contratación Directa Nº 275-SIGAF/08 (N° 43/08).
Objeto del llamado: cambio de vidrios en el edificio de la Escuela Nº 5 "Bartolomé Mitre", D.E. 2, sita en Valentín Gómez 3163, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 176 (pesos ciento setenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 175.950,37 (pesos ciento setenta y cinco mil novecientos cincuenta con treinta y siete centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 10 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Néstor Gasparoni
Director General

OL 601

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Nuevo tanque de bombeo de agua potable, bajadas de agua y tanque para casero en la Escuela Nº 11, D.E. 6 - Expediente Nº 10.869/08

Contratación Directa Nº 277-SIGAF/08 (N° 45/08).
Objeto del llamado: nuevo tanque de bombeo de agua potable, bajadas de agua y tanque para casero en el edificio de la Escuela Nº 11 "Dr. Ricardo Levene", D.E. 6, sita en Deán Funes 1821, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 166 (pesos ciento sesenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 166.116,39 (pesos ciento sesenta y seis mil ciento dieciséis con treinta y nueve centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 45 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Néstor Gasparoni
Director General

OL 602

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Cambio de vidrios y reparación de carpinterías en la Escuela Nº 3, D.E. 7 - Expediente Nº 10.867/08

Contratación Directa Nº 278-SIGAF/08 (N° 46/08).
Objeto del llamado: cambio de vidrios y reparación de carpinterías en el edificio de la Escuela Nº 3 "Primera Junta", D.E. 7, sita en Av. Rivadavia 4817, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 301 (pesos trescientos uno).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 300.742,88 (pesos trescientos mil setecientos cuarenta y dos con ochenta y ocho centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 14 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Néstor Gasparoni
Director General

OL 603

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Instalación termomecánica y gas en la Escuela N° 4, D.E. 8 - Expediente Nº 10.849/08

Contratación Directa Nº 279-SIGAF/08 (N° 47/08).
Objeto del llamado: instalación termomecánica y gas en la Escuela Nº 4, D.E. 8, sita en Del Barco Centenera 747/741, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 48 (pesos cuarenta y ocho).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 48.135,11 (pesos cuarenta y ocho mil ciento treinta y cinco con once centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 15 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Néstor Gasparoni
Director General

OL 604

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Instalación de gas en la Escuela Nº 17, D.E. 8 - Expediente Nº 10.856/08

Contratación Directa Nº 280-SIGAF/08 (N° 48/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en la Escuela N° 17 "Prof. Raúl L. Bernardelli", D.E. 8, sita en Estrada 627, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 86 (pesos ochenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 85.696,72.
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 16 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Néstor Gasparoni
Director General

OL 605

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Instalación de cañerías de gas, desde medidor de escuela y casero en la Escuela Nº 10, D.E. 9 - Expediente Nº 10.868/08

Contratación Directa Nº 282-SIGAF/08 (N° 49/08).
Objeto del llamado: instalación de cañerías de gas, desde medidor de escuela y casero en el edificio de la Escuela Nº 10 "Manuel Mujica Láinez", D.E. 9, sita en Olleros 2325, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 33 (pesos treinta y tres).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 33.437,71 (pesos treinta y tres mil cuatrocientos treinta y siete con setenta y un centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 17 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Néstor Gasparoni
Director General

OL 606

Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008

DIRECCIÓN GENERAL CONTABLE FINANCIERO PATRIMONIAL

Adquisición de artículos de limpieza - Licitación Pública N° 234/08

Llámase a Licitación Pública N° 234/08 a realizarse el día 18 de marzo de 2008, a las 15 hs., para la adquisición de artículos de limpieza, solicitados por la Dirección General de Administración de Recursos a los fines de cubrir las necesidades operativas de diversos establecimientos dependientes del Ministerio de Educación.
Valor del pliego: $ 300.
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Unidad Operativa de Adquisiciones dependiente del Ministerio de Educación, sito en avenida Paseo Colón 255, 2° piso, Capital Federal, en el horario de 9 a 16 horas.

Guillermo G. Chiacchio
Jefe Departamento Compras

OL 575

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Obra "Mejoramiento del Espacio Público - Canteros Centrales calle Ramón L. Falcón" - Expediente N° 52.792/07

Llámese a Licitación Pública N° 163/08. Obra "Mejoramiento del Espacio Público - Canteros Centrales calle Ramón L. Falcón".
Presupuesto oficial: pesos quinientos setenta y dos mil ochocientos noventa y ocho ($ 572.898);
Plazo de ejecución: cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la orden de inicio.
Valor del pliego: gratuito.
Adquisición de pliegos: Área de Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: con la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura, al teléfono: 4323-8000, ints. 4272/73.
Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 14 de marzo de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.
Fecha de apertura: 14 de marzo de 2008, a las 12 hs.

Cristian A. Fernández
Director General

OL 452

Inicia: 29-2-2008 Vence: 13-3-2008

n Obra "Prioridad Peatón - Reconquista entre Av. Córdoba y Rojas" - Expediente N° 3.880/08

Llámese a Licitación Pública Nº 293/08. Obra "Prioridad Peatón - Reconquista entre Av. Córdoba y Rojas".
Presupuesto oficial: pesos dos millones seiscientos ochenta y seis mil trescientos setenta y dos ($ 2.686.372).
Plazo de ejecución: cinco (5) meses contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la orden de inicio.
Valor del pliego: gratuito.
Adquisición de pliegos: Área de Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: con la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura, al teléfono: 4323-8000, ints. 4272/73.
Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 31 de marzo de 2008, en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.
Fecha de apertura: 31 de marzo de 2008, a las 12 hs.

Cristian A. Fernández
Director General

OL 574

Inicia: 11-3-2008 Vence: 27-3-2008

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO

Concesión de Uso y Explotación de Playa de Estacionamiento Subterránea - Expediente N° 7.663/05

Licitación Pública para la Concesión de Uso y Explotación de la Playa de Estacionamiento Subterránea, ubicada entre las avenidas Leandro N. Alem, Córdoba, Eduardo Madero y la calle San Martín, denominada "Catalinas Norte", Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Rubro: Concesión de Uso y Explotación de la Playa Subterránea de Estacionamiento, ubicada entre avenidas Leandro N. Alem, Córdoba, Eduardo Madero y la calle San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: pesos tres mil ($ 3.000).
Consulta de los pliegos: en las Direcciones Generales de Tránsito y de Concesiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Carlos Pellegrini 271 y Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, respectivamente de lunes a viernes hábiles en horario de 12.30 a 15 horas.
Adquisición de los pliegos: Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles, de 12.30 a 14.30 horas, tel./fax: 4323-9502/9510, desde el día 17 de marzo de 2008 al 14 de abril de 2008.
Presentación de ofertas: desde las 12 horas del 17 de marzo de 2008 hasta las 11 horas del 29 de abril de 2008, en la Dirección General de Concesiones.
Fecha de apertura: el día 29 de abril de 2008, a las 13.15 horas, en el "Microcine" del Palacio Gubernamental sito en Av. de Mayo 525, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Javier A. Solari Costa
Director General

OL 638

Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008

n Concesión de Uso y Explotación de Playa de Estacionamiento Subterránea - Expediente N° 4.650/04

Licitación Pública para la Concesión de Uso y Explotación de la Playa de Estacionamiento Subterránea, ubicada en la avenida Corrientes 436, denominada "E-12", Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Rubro: Concesión de Uso y Explotación de la Playa Subterránea de Estacionamiento, ubicada en avenida Corrientes 436, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: pesos tres mil ($ 3.000).
Consulta de los pliegos: en las Direcciones Generales de Tránsito y de Concesiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Carlos Pellegrini 271 y Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, respectivamente de lunes a viernes hábiles en horario de 12.30 a 15 horas.
Adquisición de los pliegos: Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles, de 12.30 a 14.30 horas, tel./fax: 4323-9502/9510, desde el día 17 de marzo de 2008 al 15 de abril de 2008.
Presentación de ofertas: desde las 12 horas del 17 de marzo de 2008, hasta las 11 horas del 30 de abril de 2008, en la Dirección General de Concesiones.
Fecha de apertura: el día 30 de abril de 2008, a las 13.15 horas, en el "Microcine" del Palacio Gubernamental sito en Av. de Mayo 525, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Javier A. Solari Costa
Director General

OL 639

Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008

n Concesión de Uso y Explotación de Playa de Estacionamiento Subterránea - Expediente N° 42.508/06

Licitación Pública para la Concesión de Uso y Explotación de la Playa de Estacionamiento Subterránea, ubicada en el subsuelo de la avenida Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda, denominada "E-03", Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Rubro: Concesión de Uso y Explotación de la Playa Subterránea de Estacionamiento, ubicada en el subsuelo de la avenida Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: pesos tres mil ($ 3.000).
Consulta de los pliegos: en las Direcciones Generales de Tránsito y de Concesiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Carlos Pellegrini 271 y Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, respectivamente de lunes a viernes hábiles en horario de 12.30 a 15 horas.
Adquisición de los pliegos: Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles, de 12.30 a 14.30 horas, tel./fax: 4323-9502/9510, desde el día 17 de marzo de 2008 al 16 de abril de 2008.
Presentación de ofertas: desde las 12 horas del 17 de marzo de 2008 hasta las 11 horas del 2 de mayo de 2008, en la Dirección General de Concesiones.
Fecha de apertura: el día 2 de mayo de 2008, a las 13.15 horas, en el "Microcine" del Palacio Gubernamental sito en Av. de Mayo 525, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Javier A. Solari Costa
Director General

OL 640

Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

ENTE DE HIGIENE URBANA

Adquisición de cubiertas y cámaras de aire - Licitación Pública Nº 108/08

Llámase a Licitación Privada Nº 108/08 para la adquisición de artículos de cubiertas y cámaras de aire para el Ente de Higiene Urbana que tramita por Expediente Nº 3.738/08.
Valor del pliego: pesos ciento cincuenta ($ 150).
Venta del pliego: Varela 555, de lunes a viernes de 11 a 16 horas.
Fecha de apertura: 31 de marzo de 2008, a las 11.30 horas.
Lugar de apertura: Varela 555, Área Compras y Contrataciones, Ente de Higiene Urbana.
Presentación de las ofertas: se recibirán hasta las 16 horas del día 28 de marzo de 2008.
Consultas: podrán realizarse al Área Compras y Contrataciones, Ente de Higiene Urbana, de lunes a viernes de 11 a 16 hs., en Varela 555, telefax: 4612-7420 y 4611-7454, int. 119.
E-mail: entehigieneurbana@buenosaires.gov.ar

Eduardo E. Terreni
Director General

OL 590

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

n Adquisición de útiles de escritorio y oficina - Licitación Privada Nº 90/08

Llámase a Licitación Privada Nº 90/08, para la adquisición de útiles de escritorio y oficina para el Ente de Higiene Urbana que tramita por Expediente Nº 3.772/08.
Valor del pliego: pesos cien ($ 100).
Venta del pliego: Varela 555, de lunes a viernes de 11 a 16 horas.
Fecha de apertura: 31 de marzo de 2008, a las 11 horas.
Lugar de apertura: Varela 555, Área Compras y Contrataciones, Ente de Higiene Urbana.
Presentación de las ofertas: se recibirán hasta las 16 horas del día 28 de marzo de 2008.
Consultas: podrán realizarse al Área Compras y Contrataciones, Ente de Higiene Urbana, de lunes a viernes de 11 a 16 hs., en Varela 555, telefax: 4612-7420 y 4611-7454, int. 119.
E-mail: entehigieneurbana@buenosaires.gov.ar

Eduardo E. Terreni
Director General

OL 588

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Conclusión dictamen de preadjudicación - Expediente DCC N° 168/07-0

Licitación Pública N° 17/07 s/adquisición de escaleras, carros y zorras hidráulicas para su utilización en las distintas dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en esta Licitación Pública N° 17/07 y del informe emitido por la Dirección de Infraestructura y Obras, resulta que la firma Premier Plus S.R.L. ha realizado la oferta más conveniente para todos los renglones, conforme se desprende del cuadro comparativo de ofertas agregado precedentemente.
Por lo tanto, esta Comisión sostiene que corresponder preadjudicar la Licitación Pública N° 17/07 en los Renglones 1, 2, 3 y 4 a la firma Premier Plus S.R.L. por la suma de pesos nueve mil doscientos ochenta y cinco ($ 9.285).
Aprobación: Costantino - Labate - De Filpo.

Hernán Labate
Jefe de Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones

OL 595

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Contratación de seguro - Expediente N° 490/08

Llámese a licitación pública para la contratación de un seguro de equipamiento informático, con destino a la Sindicatura General de la Ciudad, con fecha de apertura el día 14 de marzo a las 10 horas.
Valor del pliego: cinco pesos ($ 5).
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Gerencia Técnica Administrativa y de Sistemas, de la Sindicatura General de la Ciudad, sita en Carlos Pellegrini 291, 7º piso, C.A.B.A, en el horario de 10 a 16 hs. o en www.sindicaturagcba.gov.ar/compras

Patricio Bustos
Gerente Técnico Administrativo
y de Sistemas

OL 587

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Servicio de telefonía e Internet 2008 para la AGCBA - Expediente N° 167/07

Licitación Privada N° 3/08.
Objeto: servicio de telefonía e Internet 2008 para la AGCBA.
Consulta del pliego: División Compras y Contrataciones, Av. Corrientes 640, 6° piso, de lunes a viernes en el horario de 10 a 12 y de 14 a 17 hs.
Valor del pliego: pesos cincuenta ($ 50).
Lugar de presentación de las ofertas: División Compras y Contrataciones, Av. Corrientes 640, 6° piso.
Fecha y lugar de apertura: lunes 7 de abril de 2008, a las 15 hs., División Compras y Contrataciones, Av. Corrientes 640, 6° piso.

Luis A. Cowes
Director de Administración

OL 586

Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

Adquisición de cash dispensers carga delantera - Carpeta de Compras N° 17.469

Llámese a licitación pública con referencia a la "Adquisición de 24 (veinticuatro) cash dispensers carga delantera, contemplando la provisión, instalación y puesta en funcionamiento del hardware y software necesarios bajo la modalidad ´Llave en mano´"
Valor del pliego de condiciones: $ 1.000 (pesos un mil).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y Compras sito Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 31/3/08, a las 11 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11
E-mail: mkon@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar

Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 54

Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Provisión de cheques - Carpeta de Compras N° 17.489

Llámese a licitación pública con referencia a la "Provisión de cheques en pesos encuadernados en libretas (art. N° 1), cheques en pesos continuos (art. N° 5), cheques en pesos de pago diferido continuos (art. N° 10), cheques de pago diferido en pesos encuadernados en libretas (art. N° 11), en sistema Offset, con sus respectivos servicios de sucursalizado y personalizado".
Valor del pliego de condiciones: $ 170 (pesos ciento setenta).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita Florida 302, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha de apertura: 1°/4/08, a las 12 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: sirodriguez@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar

Nicolás E. Fiorentino
Jefe de Equipo
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 55

Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008

n Adquisición de rollos - Carpeta de Compras N° 17.509

Llámese a licitación pública con referencia a la "Adquisición de rollos auditoría cajeros automáticos y rollos térmicos para impresora de recibos cajero optiva (artículos 12014039-12014045)".
Valor del pliego de condiciones: $ 200 (pesos doscientos).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita Florida 302, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha de apertura: 31/3/08, a las 12 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: sirodriguez@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar

Nicolás E. Fiorentino
Jefe de Equipo
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 56

Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008

EDICTOS

PARTICULARES

Transferencia de habilitación

Roberto Arno Holzer, dom. en calle Heredia 564/66 de Cap. Fed. transfiere la habilitación municipal, rubro taller electro-mec. de repar. y acabado de piezas electro-mecánicas, incluso la producción de las mismas, excluye talleres automot. y sus respuestos, incluye taller de matenim. usinas y producción de vapor, tratam. de agua instal. en grandes industr. Taller de herrería, broncer., zinguer. y hojalater., taller de soldadura autógena y eléctrica, taller de galvanoplastía, esmalt., anodiz., cromado, niquel, pulido, bruñido y operaciones similares, taller de pintura, taller de pintura por inmersión (excepto pintura con máquina pulverizadora), por Exp. N° 8182/89 ubicado en la calle Heredia 564/66, P.B., 1° piso, azotea de Cap. Fed. a Agro Crom S.R.L. con dom. en calle Heredia 564/66 de Cap. Fed. reclamos de Ley en el mismo local.

Solicitante: Élida Torres Cristaldo

EP 27

Inicia: 11-3-2008 Vence: 17-3-2008

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° UNO (CONCEPCIÓN DEL URUGUAY - ENTRE RÍOS)

En el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° UNO de esta ciudad de C. del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. CARLOS ÁNGEL LUIS DIECI, Secretaría N° DOS del Dr. GASTÓN AGOTEGARAY, tramitan los autos caratulados "CALIMBOY S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO" Expte. N° 4.108 FOLIO 195 AÑO 2007 y " GRANE JOSÉ ALBERTO S/CONCURSO PREVENTIVO" Expte. N° 4106 FOLIO 195 AÑO 2007, en los que se ha decretado la apertura del Concurso Preventivo de CALIMBOY SOCIEDAD ANÓNIMA, inscripta en la I.G.J. bajo N° 10.429, Libro 122 Tomo A - CUIT 30-63831571-4 con domicilio legal en calle San Martín N° 793 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y la apertura del Concurso Preventivo JOSÉ ALBERTO GRANE, argentino, mayor de edad, CUIT 20-04736329-3, con domicilio en calle 25 de Mayo 281 de la localidad de Basavilbaso,de este Departamento Uruguay (E. Ríos).-En dichos autos se ha dispuesto la Integración de una Sindicatura Plural compuesta por los Cdores.Haydeé Liliana Villagra, Olga Raquel Amoroso,Mirta Liliana Giles, Oscar A.Colombo y Mabel I. Cruz, todos con domicilio en calle Alem 55, T.E.03442-430603 y calle Galarza 658, Ofic.10, T.E. 03442-424040 de la ciudad de C.del Uruguay y los días de atención jueves y viernes de 16 a 20 hs. -Los acreedores cuyos nombres y/o razón social comienze con las letras "A" a la "J" deberán comunicarse al primer domicilio y los de letra "K" a la "Z" al último domicilio. -Se ha resuelto para la armonziación de los procesos universales de garante y garantizado -arts. 67 y 68 de la L.C.Q.- la UNIFICACIÓN DE LAS FECHAS tomándose para ambas hasta el día 7 DE ABRIL DE 2008 el plazo para la presentación de los acreedores de sus pedidos de verificación ante la Sindicatura (Art. 14 inc. 3 L.C.). -Los Informes Individuales y General,previstos por los Arts. 35 y 39 Ley Nº 24.522, deberán ser presentados por la Sindicatura los días 21 DE MAYO DE 2008 Y 3 DE JULIO DE 2008 respectivamente.Se ha fijado la Audiencia Informativa prevista por el Art.14, inc.10 L.C. para el día 9 DE DICIEMBRE DE 2008 A LAS 11 HORAS la que se realizará en el Salón de Audiencias de este Juzgado, sito en calle San Martín y Juan D. Perón -Edificio Tribunales- Segundo Piso.
La resolución que lo ordena dice así: "C. del Uruguay, 29 de Febrero de 2008.-... procédase a la unificación de las fechas tomándose en ambos las fijadas en los autos "Grané José Alberto s/Concurso Preventivo". -...Autorízase la publicación en forma unificada de los nuevos edictos en la forma prevista por los arts. 27 y 28 de la Ley Nº 24.522 por el término de cinco (5) días en los Diarios de Publicaciones legales y diarios locales de las mismas jurisdicciones ya ordenadas ...Dr.Carlos Ángel Luis Dieci - Juez"
SECRETARÍA, Concepción del Uruguay, 3 de Marzo de 2008.

Solicitante: Gastón Agotegaray
Secretario

EP 28

Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 80

Citación

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 80 del Dr. Daniel Guillermo Alioto, Secretaría Única, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, 6º piso, cita y emplaza por treinta días a herederos y/o acreedores de Juan Bautista Bordino. Buenos Aires, 24 de febrero de 2008.

Santiago P. Iribarne
Secretario

EO 74

Inicia: 11-3-2008 Vence: 13-3-2008

MINISTERIO DE HACIENDA

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Intimación - Carpeta Nº 138.270-DGR/05

RESOLUCIÓN N° 209-DGR/08.

Buenos Aires, 21 de febrero de 2008.

Vistas las presentes actuaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Tasta S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo Nº 1095166-11 (CUIT 30-70821400-7), con domicilio fiscal en la calle Lavalle 2168, 1° piso, Local 34 (fs. 41), de esta ciudad, cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en fabricación de productos textiles y ventas al por mayor de tejidos (fs. 2 y 99), de las que resulta:
Que verificada la situación fiscal de la contribuyente frente a sus obligaciones por el Impuesto Sobre los ingresos Brutos, la inspección interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este Fisco, por los Períodos Fiscales 2003 (4° a 12 ant. mens.), 2004 (1º a 12 ant. mens.) y 2005 (1º a 9º ant. mens.).
Que el ajuste fiscal ha sido establecido en autos con los alcances, términos y condiciones de que da cuenta la Resolución Nº 2.437-DGR/07 (fs. 117/121).
Que así mismo en la resolución mencionada en el párrafo anterior, se extendió la responsabilidad solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la responsable, a los Socios Gerentes de la firma Débora Soledad Godoy y Norma Mabel Jaimes y/o quien en la actualidad resultase responsable.
Que corrido formal traslado de Ley, de conformidad con las cédulas de notificación de fecha 4/10/07 (fs. 143) y 8/10/07 (fs. 152/158), la contribuyente ni sus representantes legales, presentaron descargo ni ofrecieron pruebas tendientes a hacer valer sus derechos y:

CONSIDERANDO:

Que por lo anteriormente expuesto y toda vez que la responsable no acompañó prueba alguna que desacredite los elementos probatorios recabados por la inspección interviniente, corresponde:
A. Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente, considerándolo técnicamente correcto;
B. Establecer que los ingresos de la contribuyente Tasta S.R.L. deben tributar conforme su actividad declarada, esto es como "Fabricación de productos textiles y la venta al por mayor de tejidos" (fs. 99/vta.), en relación a los Períodos Fiscales 2003 a 2005, bajo alícuota del 3%, conforme lo pautado por el art. 50 de la Ley Tarifaria para el año 2005 y disposiciones concordantes de años motivo de ajuste;
C. Determinar de oficio su materia imponible y el impuesto resultante, sobre base presunta, por los Períodos Fiscales 2003 (4º a 12 ant. mens), 2004 (1º a 12º ant. mens.) y 2005 (1º a 9º ant. mens.) en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, a los cuales deben agregarse los intereses establecidos en el artículo 64 del Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley 2.603, B.O. N° 2846, y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago;
Que en relación al sumario instruido, es necesario poner de manifiesto que la doctrina al comentar el incumplimiento por omisión de la obligación tributaria sustancial ha sostenido: "De la relación jurídica sustantiva nace la obligación del contribuyente (o el responsable en su reemplazo) de pagar el tributo como objeto de esa obligación, en tanto y en cuanto este ha sido creado por ley (cumplimiento del principio de legalidad) y se dan en el caso los presupuestos de hecho o de derecho incluidos en la norma como hecho imponible (…) Esta obligación de dar debe cumplirse en el tiempo y en la forma en que los recaudos exigidos por el derecho tributario administrativo establecen a su respecto" (García Belsunce, Horacio "Derecho Tributario Penal", Editorial Depalma 198, pág. 291);
Que la omisión descripta supone negligencia o inobservancia por parte del responsable del necesario cuidado para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden material que le son propias;
Que para que se encuentre configurada la infracción imputada basta la mera culpa o negligencia en la observancia de las obligaciones fiscales del contribuyente;
Que al respecto, la Corte Suprema de Justicia con fecha 31/3/99 en el caso "Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/Dirección General Impositiva" ha expresado que: "En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuía tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que se encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por la legislación";
Que en cuanto al juzgamiento de la conducta de la imputada, en lo que respecta a los Períodos Fiscales y anticipos mensuales determinados de oficio en la presente resolución, no existiendo elementos que permitan considerar circunstancias o causales eximentes de responsabilidad, corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el art. 93 del Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07) la Ley N° 2.603 y disposiciones concordantes de años anteriores;
Que el artículo 93 del Código Fiscal t.o. 2007 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07) y Ley N° 2.603, prevé una multa graduable hasta el 100% del gravamen omitido; la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el art. 101 del mencionado cuerpo legal;
Que por tales motivos, se sanciona a la responsable con una multa de $ 130.337 (pesos ciento treinta mil trescientos treinta y siete) equivalente al 100% del impuesto omitido;
Que en base a lo determinado en el inciso 23 del artículo 121 del Código Fiscal t.o. 2007 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley N° 2.603, y disposiciones concordantes de años anteriores por las obligaciones emergentes de la presente corresponde extender la responsabilidad solidariamente del cumplimiento de las obligaciones tributarias de Tasta S.R.L., a los Socios Gerentes de la firma Débora Soledad Godoy con domicilio en Azara 461 y Norma Mabel Jaimes con domicilio en Calle 159 N° 252, ambos de Florencio Varela, provincia de Buenos Aires y/o quien en la actualidad resulte responsable, conforme las previsiones de los artículos 14 inc. 4º, 15 y 17 inc. 1º del Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley N° 2.603 y disposiciones concordantes de años anteriores;
Que asimismo corresponde intimar a Tasta S.R.L. y a sus Socios Gerentes, Sra. Débora Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes, y/o quien resulte responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales;
Que en vista de ello, disposiciones legales citadas y en virtud de lo reglado por los arts. 4º, 8º, 121, 141, 142, 144, 146, 147, 148, 151 y 152 del mencionado Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), y los arts. 2°, 3°, 4° y disposición transitoria primera de la Ley N° 2.603;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

Artículo 1º - Determinar de oficio sobre base presunta la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente Tasta S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo Nº 1095166-11 (CUIT 30-70821400-7), con domicilio fiscal en la calle Lavalle 2168, 1° piso, Local 34 (fs. 41), de esta ciudad, cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en fabricación de productos textiles y ventas al por mayor de tejidos, con respecto a los Períodos Fiscales 2003 (4º a 12 ant. mens), 2004 (1º a 12 ant. mens.) y 2005 (1º a 9º ant. mens.).
Artículo 2º - Concluir el sumario instruido, considerando a la responsable incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $ 130.337 (pesos ciento treinta mil trescientos treinta y siete) equivalente al 100% del impuesto omitido.
Artículo 3° - Extender la responsabilidad solidariamente por las obligaciones emergentes de la presente a los Socios Gerentes de la firma Débora Soledad Godoy con domicilio en Azara 461, Norma Mabel Jaimes con domicilio en Calle 159 Nº 252, ambos de Florencio Varela, provincia de Buenos Aires y/o quien en la actualidad resulte responsable, en virtud de lo establecido en los arts. 14, inc. 4°, 15 y 17, inc. 1° del Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley N° 2.603, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente.
Artículo 4º - Intimar a la contribuyente y a sus Socios Gerentes, Sra. Débora Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes y/o quien resulte responsable en la actualidad ,para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, ingresen la suma de $ 130.337 (pesos ciento treinta mil trescientos treinta y siete) que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán adicionarse los intereses establecidos por el art. 64 del Código Fiscal, t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley N° 2.603 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 130.337 (pesos ciento treinta mil trescientos treinta y siete), debiendo acreditar su pago en esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el art. 4º inc. 12 del Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), Ley N° 2.603, y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberá constituirse en la Dirección Técnica Tributaria sita en Esmeralda 638, 4º piso, de esta ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado.
Artículo 5º - Intimar a Tasta S.R.L. y a sus Socios Gerentes, Sra. Débora Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes y/o quien resulte responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.
Artículo 6º - Regístrese y notifíquese de conformidad con lo dispuesto en el art. 31 del Código Fiscal, t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07) y Ley N° 2.603, a la contribuyente y a sus Socios Gerentes, Sra. Débora Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes y mediante la publicación por edictos, con copia de la presente y resérvese. Leguizamón (D.G.A.)

ANEXO

Analía C. Leguizamón
Directora General Adjunta

EO 88

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO

Notificación - Expediente N° 95.203/07

Notifícase a las Sras. Benita Choque (DNI 17.451.827), Olga Díaz (DNI 14.680.999), Sandra Rosa Castro (DNI 22.609.873), Haydee Viñas (DNI 5.018.817) y Susana Vázquez, que deberán concurrir dentro de los cinco (5) días hábiles de publicado el presente, a la Dirección General de Empleo y Capacitación, sita en Sarmiento 630, piso 12 contrafrente, en el horario de 10 a 13 hs., a los efectos de ratificar o rectificar la presentación realizada mediante el expediente de referencia, en el que se solicita su inclusión al padrón de beneficiarios creado por la Ley N° 2.070.

Paula Sardegna
Directora General

EO 89

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 528-AJG/07

Notifícase a la Sra. Elsa Graciela Moscoso (DNI 11.552.727), que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 90

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 121-AJG/08

Notifícase a la Sra. Ruth María Aurora Burgos Funes, que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en el caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a su domicilio; en el horario de 9 a 18 hs. las mismas se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 91

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 121-AJG/08

Notifícase al Sr. Gastón Abel Cabo (DNI 26.174.096), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 92

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 123-AJG/08

Notifícase a las Sras. Marta Asad y María del Carmen Cavalca (DNI 11.798.992), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en el caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a su domicilio; en el horario de 9 a 18 hs. las mismas se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 93

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 512-AJG/07

Notifícase al Sr. Walter Alejandro Sotelo (DNI 22.305.873), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 94

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 526-AJG/07

Notifícase a la Sra. Carolina Alejandra De Leo (DNI 24.042.399), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 95

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 556-AJG/07

Notifícase a la Sra. Gladis Franchi de Dastugue, que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su hijo, el Sr. Adrián Lionel Dastugue (DNI 23.515.214), deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 96

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 603-AJG/07

Notifícase al Sr. Augusto Javier Fernández Ribeiro Casanova (DNI 14.750.770), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá concurrir a la más cercana a su domicilio; las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 97

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.126-AJG/07

Notifícase a los Sres. Mariana Raquel Galli (DNI 28.091.300) y Cristian Javier Orozco (DNI 26.614.841), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en el caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a su domicilio; en el horario de 9 a 18 hs. las mismas se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 98

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.126-AJG/07

Notifícase a la Sra. María Alejandra Martínez (DNI 18.596.830), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 99

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.127-AJG/07

Notifícase a la Sra. Natalia Aragón (DNI 29.496.731), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá concurrir a la más cercana a su domicilio; las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 100

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.140-AJG/07

Notifícase a la Sra. Sofía Lorena Soneira (DNI 29.124.124), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 101

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.149-AJG/07

Notifícase a la Sra. Dominga Celestina Cappeto, que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que considerando que la petición por Ud. efectuada se ha dirigido al Sr. Presidente de la Nación Argentina, y luego girado a esta Dirección General de Empleo del G.C.B.A., siento la obligación de aclarar que la respuesta que por el presente se brinda encuentra sus límites en las incumbencias que me competen conforme el cargo que detento. Por tanto debo comunicar que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su hijo, el Sr. David Celestino Cappeto (DNI 27.699.234), deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 102

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.149-AJG/07

Notifícase a la Sra. Romina Daniela Chanampo, que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su marido, el Sr. Roberto Carlos Ansaldi, deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 103

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.149-AJG/07

Notifícase a los Sres. Juan Eduardo Espínola, Adriana Fernández (DNI 18.151.354), Mabel Rodríguez, Diego Omar Ortega y Edgardo Guevara (DNI 12.276.163), que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que considerando que la petición por Ud. efectuada se ha dirigido al Sr. Presidente de la Nación Argentina, y luego girado a esta Dirección General de Empleo del G.C.B.A., siento la obligación de aclarar que la respuesta que por el presente se brinda encuentra sus límites en las incumbencias que me competen conforme el cargo que detento. Por tanto debo comunicar que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

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EO 104

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.201-AJG/07

Notifícase a la Sra. Paola B. Bernardez, que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en el caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a su domicilio, en el horario de 9 a 18 hs., las mismas se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 105

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.201-AJG/07

Notifícase a los Sres. Jorge Luis Marcelo Borrajo (CI 8.531.820) y Edgardo Guevara, que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

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Directora General

EO 106

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Nota Nº 1.201-AJG/07

Notifícase a las Sras. Susana Elena Ivanoff (DNI 18.414.664) y María Florencia Artusa (DNI 32.936.286), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 107

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Registro Nº 20-AJG/08

Notifícase al Sr. David Daniel Carrizo (DNI 31.606.699), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 108

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Registro Nº 21-AJG/08

Notifícase al Sr. Juan Sebastián Rivero (DNI 29.053.048), que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 109

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Registro Nº 29-AJG/08

Notifícase a la Sra. Emiliana del Cont Caschin, que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a fin de completar el formulario de inscripción.

Paula Sardegna
Directora General

EO 110

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Registro Nº 279-AJG/08

Notifícase al Sr. Juan Carlos Reherman (DNI 92.584.187), que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 111

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Registro Nº 401-AJG/08

Notifícase al Sr. Helmer Salvador Flores (LE 4.862.872), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su hija, la Srta. Jennifer Ana Flores (DNI 34.740.660), deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 112

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

n Notificación - Registro Nº 777-CGPC10/07

Notifícase al Sr. Aldo José Oscar Farías (DNI 8.632.045), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.

Paula Sardegna
Directora General

EO 113

Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 30

"López, Adrián s/infracción al art. 189 bis del Código Penal" - Causa N° 11.469/07 (Interno D19)

Buenos Aires, 4 de marzo de 2008

En atención a lo informado por el Registro Nacional de las Personas a fs. 185 y por la Cámara Nacional Electoral a fs. 186/187, y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal a fs. 174, cítese a Adrián López, indocumentado, nacido el 11 de agosto de 1978 en esta ciudad, de estado civil soltero, hijo de Rubén López y de Blanca Medina, con último domicilio conocido en la calle Campoamor 2540 de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires; a tenor de lo dispuesto por el art. 63 del C.P.P.C.A.B.A., a efectos de que dentro del término de cinco días, comparezca ante la sede de este Tribunal, sito en Beruti 3345, 4° piso, de esta ciudad, en el horario de 9 a 15 horas, a estar a derecho, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de procederse conforme lo dispuesto en el artículo 158 del C.P.P.C.A.B.A.". Fdo.: Juan José Cavallari - Juez-. Ante mí: Gonzalo E. Villahoz -Secretario-. Secretaría, 4 de marzo de 2008.

Gonzalo E. Villahoz
Secretario

EO 73

Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008