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Boletín
Oficial Nº 2890
-SUMARIO-
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES
DECRETOS
DECRETO N° 177/08
Se exceptúan distintas Direcciones Generales de los topes establecidos
por el art. 6° del Decreto N° 1.202/05 y modif. Decreto N° 798/06
RESOLUCIONES
Jefe de Gabinete de Ministros
RESOLUCIÓN N° 107 -
MJGGC/08
Se establecen como Unidades Operativas de Adquisiciones a las
Subsecretarías de Atención Ciudadana y de Control de Gestión
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N° 332 -
MHGC/08
Se evaluará y capacitará al personal del Registro de Agentes en
Disponibilidad de acuerdo a la Resolución N° 92-MDEGC/08
Ministerio de Justicia y Seguridad
RESOLUCIÓN N° 172 -
MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 de la Ley N° 70
RESOLUCIÓN N° 173 -
MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 de la Ley N° 70
Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN N° 437 -
MSGC/08
Se aprueba el Formulario de Consentimiento Informado
Ministerio de Desarrollo Urbano
RESOLUCIÓN N° 7 -
SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar
Certificado de Uso Conforme
RESOLUCIÓN N° 8 -
SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar
Certificado de Uso Conforme
RESOLUCIÓN N° 9 -
SSPLAN/08
Se deja sin efecto la Resolución N° 91-SSPU/94. Se designan miembros
de la comisión creada por Resolución N° 192-SSPU/92
RESOLUCIÓN N° 8 -
GTT/08
Se prorroga la Resolución N° 1-GTT/07
Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN N° 77 -
MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos
RESOLUCIÓN N° 105 -
MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
RESOLUCIÓN N° 132 -
MAyEPGC/08
Se autoriza traslado de licencia de agente
RESOLUCIÓN N° 333 -
MAyEPGC/08
Se reconoce la tarea establecida por el art. 25 de la Ley N° 70
RESOLUCIÓN N° 334 -
MAyEPGC/08
Se desestima recurso de reconsideración
RESOLUCIÓN N° 339 -
MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio
RESOLUCIÓN N° 340 -
MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio
RESOLUCIÓN N° 341 -
MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio
RESOLUCIÓN N° 342 -
MAyEPGC/08
Se hace lugar al recurso jerárquico
RESOLUCIÓN N° 344 -
MAyEPGC/08
Se designan miembros de Comisión de Evaluación. Se deja sin efecto
Resolución N° 44-MMAGC/07
RESOLUCIÓN N° 21 -
APRA/08
Se deja sin efecto la designación al Cargo de Director General de
Control
DISPOSICIONES
Ministerio de Hacienda
DISPOSICIÓN N° 36 -
DGTALMH/08
Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 21-SIGAF/08
Ministerio de Justicia y Seguridad
DISPOSICIÓN N° 670 -
DGFyC-DGFOC/08
Se ratifican disposiciones
DISPOSICIÓN N° 1 -
DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
DISPOSICIÓN N° 2 -
DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
DISPOSICIÓN N° 3 -
DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
DISPOSICIÓN N° 4 -
DGHyP - DGFOC - DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
Ministerio de Gobierno
DISPOSICIÓN N° 1.396
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 1.618
- DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.242
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.281
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.287
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.415
- DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.416
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.417
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.454
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.456
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.462
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.558
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.561
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.562
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.565
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.581
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.635
- DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
DISPOSICIÓN N° 2.750
- DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Conjuntas: Ministerio de Desarrollo Económico -
Ministerio de Desarrollo Urbano
DISPOSICIÓN N° 13 -
DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública
DISPOSICIÓN N° 14 -
DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública
DISPOSICIÓN N° 15 -
DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública
Cumplimiento
de los arts. 34 y 35 de la Ley Nº 2.180
COMUNICADOS Y AVISOS
LICITACIONES
EDICTOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO Nº 177/08
Se exceptúan distintas Direcciones Generales de los topes establecidos
por el art. 6° del Decreto N° 1.202/05 y modif. Decreto N° 789/06
Buenos Aires, 4 de marzo de 2008.
Visto el Decreto Nº 1.202/05 (B.O.C.B.A. Nº 2259) y
modificatorio Decreto Nº 798/06 (B.O.C.B.A. N° 2473) y el Expediente
N° 65.315/07, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1.202/05 reglamenta las Unidades
Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y
prestaciones que deban ser cumplidos por los agentes gubernamentales
cuyo desarrollo exceda las jornadas normales de labor;
Que, el artículo 6º de la norma ut supra aludida determina que
el tope por agente de URSE anuales no podrá excederse de doscientos
setenta y cinco (275) cuando las mismas sean realizadas en días
hábiles o de ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en días
inhábiles;
Que, el Decreto Nº 798/06 en su artículo 1º modificó el artículo
6º del Decreto Nº 1.202/05;
Que, mediante Expediente N° 65.315/07 tramita la solicitud de
excepción al tope de servicios extraordinarios en concepto de URSE para
el personal de las Direcciones Generales Custodia y Seguridad de Bienes
del G.C.A.B.A y Guardia de Auxilio y Emergencias dependientes del
Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el
1º de enero y el 31 de diciembre de 2008;
Que el requerimiento se fundamenta en la labor que se desarrollan
durante las 24 hs. de todos los días del año las Direcciones Generales
mencionadas;
Que, ponderado la presente petición, se entiende que lo solicitado
encuentra sustento en la naturaleza esencial de los servicios
encomendados por las mencionadas Unidades de Organización, los que
necesariamente deben ser cubiertos con la intervención del personal
indicado;
Que por Resolución Nº 220-MHGC/08 se adecuaron los créditos
correspondientes para dar reflejo presupuestario a la presente gestión;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 102 y
104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Exceptúase a las Direcciones
Generales de Custodia y Seguridad de Bienes del G.C.B.A. y Guardia de
Auxilio y Emergencias, dependiente del Ministerio de Justicia y
Seguridad, de los topes anuales establecidos en el artículo 6° del
Decreto N° 1.202/05 y modificatorio Decreto Nº 798/06, por el período
comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 2º - Autorízase la prestación por la cantidad de ciento
cincuenta y cuatro mil quinientas (154.500) Unidades Retributivas por
Servicios Extraordinarios (URSE), para el personal de la Dirección
General Guardia de Auxilio y Emergencias y de doscientas ocho mil
novecientos sesenta y cinco (208.965) Unidades Retributivas por
Servicios Extraordinarios (URSE), para el personal de la Dirección
General de Custodia y Seguridad de Bienes del G.C.B.A., en los términos
dispuestos en el Decreto N° 1.202/05 y modificatorio, por el período
comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 3º - El costo total que demanda la aplicación de lo
dispuesto en el artículo 2º asciende a la suma de pesos cuatro
millones seiscientos cincuenta y dos mil novecientos ochenta y ocho ($
4.652.988) cifra que incluye sueldo anual complementario y aportes
patronales.
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por los señores
Ministros de Justicia y Seguridad, de Hacienda y el Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad y a las
Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,
de Administración de Recursos Humanos, Guardia de Auxilio y Emergencias
y Custodia y Seguridad de Bienes del G.C.B.A.. Cumplido, archívese. MACRI
- Montenegro - Grindetti - Rodríguez Larreta
RESOLUCIONES
Jefatura de Gabinete de Ministros
RESOLUCIÓN N° 107 - MJGGC/08
Se establecen como Unidades Operativas de Adquisiciones a las
Subsecretarías de Atención Ciudadana y de Control de Gestión
Buenos Aires, 4 de marzo de 2008.
Visto la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557), su Decreto
Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), la Resolución N° 1-MJGGC/07
(B.O.C.B.A. N° 2848) y el Expediente N° 10.792/08, y
CONSIDERANDO:
Que la ley citada en el visto estableció los
lineamientos básicos que se deben observar en los procesos de compras,
ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector público de la
Ciudad;
Que, asimismo, la citada norma en el Capítulo I creó un sistema de
compras y contrataciones integrado por un Órgano Rector y Unidades
Operativas de Adquisiciones;
Que el artículo 4° del Decreto Reglamentario N° 408/07 dispone que
cada jurisdicción o entidad establece en sus respectivos ámbitos de
competencia, los sectores orgánicos que actuarán como Unidades
Operativas de Adquisiciones;
Que, por Resolución N° 1-MJGGC/07, esta Jefatura de Gabinete de
Ministros estableció como Unidades Operativas de Adquisiciones de su
jurisdicción, a las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y
Legal y Sistemas de Información;
Que, este Ministerio estima conveniente ampliar sus Unidades Operativas
de Adquisiciones a fin de mejorar los niveles de eficiencia en la
gestión pública;
Que en este sentido, la Subsecretaría de Atención Ciudadana,
dependientes de esta Jefatura, tienen entre sus funciones organizar,
programar y coordinar la gestión administrativa, patrimonial y
presupuestaria de los Organismos Fuera de Nivel Centros de Gestión y
Participación Comunales (CGPC);
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra actualmente
dividida en quince (15) CGPC, todos ellos bajo la órbita de la citada
Subsecretaría;
Que los precitados organismos poseen necesidades en materia de
adquisición de bienes y contratación de servicios para un adecuado
cumplimiento de sus funciones;
Que, por su parte, la Subsecretaría de Control de Gestión, tiene entre
sus funciones la de desarrollar programas y proyectos del Sector
Público de la Ciudad, para cuyo cumplimiento resulta necesaria la
contratación de una gran cantidad de bienes y servicios relacionados al
manejo del Tablero de Control y de otras dependencias a su cargo;
Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo
designando a las mencionadas Subsecretarías, como Unidades Operativas
de Adquisiciones, en el ámbito de competencia de esta Jefatura;
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1° - Establécense como Unidades
Operativas de Adquisiciones en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de
Ministros del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con las facultades
y competencias otorgadas por la Ley N° 2.095, a las Subsecretarías de
Atención Ciudadana y de Control de Gestión.
Artículo 2° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página web del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Subsecretarías de Atención
Ciudadana y de Control de Gestión dependientes de la Jefatura de
Gabinete de Ministros y a la Dirección General de Compras y
Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
Rodríguez Larreta
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N° 332 - MHGC/08
Se evaluará y capacitará al personal del Registro de Agentes en
Disponibilidad de acuerdo a la Resolución N° 92-MDEGC/08
Buenos Aires, 6 de marzo de 2008.
Visto la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026); el
Decreto N° 726/07 (B.O.C.B.A. N° 2691); la Resolución N° 92-MDEGC/08;
la Nota N° 1.022-DGTALMH/08, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución N° 92-MDEGC/08 del
Ministerio de Desarrollo Económico se dispuso la transferencia al
Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD) de una serie de agentes
pertenecientes a la Unidad Fuera de Nivel Parque de la Ciudad cuya
nómina obra como Anexo I de la misma;
Que, a su vez la Ley N° 471, dentro del Capítulo VIII (De la
Capacitación), en su artículo 35 dispone que la autoridad competente
proyecta y realiza planes de formación personal, profesional y
cultural, con el objeto de capacitar a todos los empleados en nuevas
técnicas y procesos de trabajo y potenciarlos en su crecimiento
personal, además de los que se acuerden por convenios generales o
sectoriales;
Que por Decreto N° 726/07 se creó como Organismo Fuera de Nivel, el
Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda;
Que a los efectos de la reubicación del mencionado personal, resulta
conveniente dotarlo de la necesaria capacitación que le permita
desempeñarse en las mejores condiciones, de manera de servir de
estímulo a su desempeño y máxima utilidad al servicio;
Que entre los objetivos del programa de capacitación del citado
Instituto Superior, se encuentra la evaluación para su reinserción
teniendo en cuenta sus competencias personales, habilidades,
experiencias laborales y sus expectativas;
Que lo manifestado deberá realizarse con carácter previo a la
reubicación del citado personal, conforme lo aconseje oportunamente el
citado Instituto Superior de conformidad con las habilidades y
formación de cada agente y atendiendo las prioridades que se requieran
en materia de recursos humanos;
Por ello, y de conformidad con las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1° - El personal que ha sido destinado al
Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD) como consecuencia de la
aplicación de la Resolución N° 92-MDEGC/08, con carácter previo a su
reubicación, será evaluado y capacitado por el Instituto Superior de
la Carrera.
Artículo 2° - Una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo 1°
de la presente, el citado Instituto Superior suministrará un informe
individual de cada agente en el que constará la capacitación o
habilidad adquirida por cada uno y aconsejará las tareas que podrá
desempeñar en forma más conveniente.
Artículo 3° - El Ministro de Hacienda procederá luego de contar con
el informe mencionado y en función de las necesidades prioritarias de
la administración, a instruir a la Dirección General Administración
de Recursos Humanos sobre el destino final al cual será destinado cada
uno de los agentes.
Artículo 4 - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos
notifíquese al Instituto Superior de la Carrera y a la Dirección
General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Grindetti
Ministerio de Justicia y Seguridad
RESOLUCIÓN N° 172 - MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 del la Ley N° 70
Buenos Aires, 21 de febrero de 2008.
Visto el Registro N° 15.008-DGDCIV/08, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que
los responsables de los programas y proyectos y sus superiores
jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe
final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la
vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo;
Que por Decreto N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704) se aprobó la
reglamentación de la Ley N° 70;
Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo
25 de la ley, se establece que la remuneración será equivalente a la
del cargo que ocupaban;
Que por Decreto N° 1.970/07 (B.O.C.B.A. N° 2202), se aceptó la
renuncia del Sr. Claudio Daniel Schbib, DNI 12.829.637, CUIL
23-12829637-9, al cargo de Director General de la Adjunto, de la
Dirección General de Defensa Civil, de la Subsecretaría de
Emergencias, dependiente del entonces Ministerio de Gobierno;
Que el Sr. Claudio Daniel Schbib, ha presentado el respectivo informe
final, mencionado en el artículo 25 de la Ley N° 70 por lo que
corresponde reconocerle la tarea establecida en dicha norma;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Reconocer al Sr. Claudio Daniel
Schbib, DNI 12.829.637, CUIL 23-12829637-9, la tarea establecida en el
artículo 25 de la Ley N° 70, por el término de un (1) mes, durante el
cual mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que
se le aceptó la renuncia.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al Sr. Claudio Daniel Schbib,
comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública
y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la
Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
Montenegro
RESOLUCIÓN N° 173 - MJySGC/08
Se reconoce la tarea establecida en el art. 25 del la Ley N° 70
Buenos Aires, 21 de febrero de 2008.
Visto la Nota N° 33-DGJRyM/08, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que
los responsables de los programas y proyectos y sus superiores
jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe
final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la
vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo;
Que por Decreto N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704) se aprobó la
reglamentación de la Ley N° 70;
Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo
25 de la ley, se establece que la remuneración será equivalente a la
del cargo que ocupaban;
Que por Decreto N° 1.970/07 (B.O.C.B.A. N° 2202), se aceptó la
renuncia del Dr. Gastón Emilio Fernández Sansone, DNI 22.211.205, CUIL
20-22211205-3, al cargo de Director General, de la Dirección General de
Justicia y Registro, de la Subsecretaría de Justicia, dependiente del
entonces Ministerio de Gobierno;
Que el Dr. Gastón Emilio Fernández Sansone, ha presentado el
respectivo informe final, mencionado en el artículo 25 de la Ley N° 70
por lo que corresponde reconocerle la tarea establecida en dicha norma;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Reconocer al Dr. Gastón Emilio
Fernández Sansone, DNI 22.211.205, CUIL 20-22211205-3, la tarea
establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70, por el término de un
(1) mes, durante el cual mantendrá la retribución que detentaba en
virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al Dr. Gastón Emilio Fernández
Sansone, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos
remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido,
archívese. Montenegro
Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN N° 437 - MSGC/08
Se aprueba el Formulario de Consentimiento Informado
Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.
Visto el Memorándum N° 341-PG/84, la Resolución
N° 345-SSyMA/89, la Ley N° 153, los Decretos Reglamentarios N° 208/01
y N° 2.316/03, la Resolución N° 2.384-MSGC/06, y el Registro N°
13.809-MSGC/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto, tramita la
instrumentación para el otorgamiento del consentimiento informado, en
los distintos efectores del Subsector Estatal del Sistema de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concordancia con la normativa
vigente en la materia;
Que por Memorándum N° 341-PG/84, la Procuración General de la ex
Municipalidad de Buenos Aires, aprobó los formularios para Casos
Quirúrgicos, Casos de Internación en Terapia Intensiva, para
Tratamientos con Drogas Potencialmente Peligrosas y para el
Procedimiento de Diagnóstico Riesgoso;
Que, a su vez, por Resolución N° 435-SSyMA/89, se estableció el
procedimiento a seguir en caso que el paciente se niegue a prestar el
consentimiento informado para la realización de prestación
asistencial;
Que este Ministerio de Salud ha detectado que los formularios utilizados
en la actualidad, son impersonales, genéricos, preimpresos y no reúnen
los requisitos exigidos por la Ley Básica de Salud N° 153 y sus
decretos reglamentarios;
Que esta circunstancia ha motivado innumerables reclamos judiciales, con
el consiguiente perjuicio patrimonial para el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, generados en la falta de cumplimiento de la
obtención del consentimiento informado, aún en supuestos en que no ha
sido comprobada una mala praxis en sentido estricto;
Que por tales motivos se dictó la Resolución N° 2.384-MSGC/06 que
creó la Comisión Asesora Médico Legal para el análisis y
elaboración de los formularios y determinación de los lineamientos que
deben cumplirse para la obtención del consentimiento informado;
Que el consentimiento informado surge como una necesidad y obligación
en la relación médico-paciente y tiene sustento en fundamentos éticos
y legales que no pueden soslayarse;
Que el consentimiento informado, implica la declaración de voluntad del
paciente, para someterse a determinada práctica y/o tratamiento
médico, luego de un correcto suministro de información por parte de
los médicos y, actuando con libertad, autonomía y capacidad jurídica;
Que el consentimiento informado se traduce en un resguardo en la
relación médico-paciente y en un deber del profesional de proporcionar
información detallada sobre el alcance de la enfermedad y/o
diagnóstico, las alternativas de tratamientos, los riesgos y
beneficios, para luego obtener, un asentimiento que legitime el accionar
médico por el que se ha optado;
Que por lo reseñado, resulta imprescindible la aprobación de un
formulario único para la obtención del consentimiento informado, de
aplicación obligatoria en todos los efectores dependientes de este
Ministerio de Salud;
Que la Procuración General ha tomado intervención que le compete
(conforme Dictamen PG N° 61.042);
Por ello, en uso de las facultades conferidas,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase el Formulario de
Consentimiento Informado, de uso obligatorio para todos los efectores de
salud dependientes de este Ministerio, que obra como Anexo y forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2° - Derógase toda normativa que se oponga a la
instrumentación del formulario que por la presente se aprueba.
Artículo 3° - Establécese que el formulario aprobado como Anexo en
artículo 1°, deberá implementarse dentro de los sesenta (60) días
hábiles de su entrada en vigencia.
Artículo 4° - Infórmese e instrúyase a todos los establecimientos
hospitalarios sobre el procedimiento a seguir a fin de cumplimentar la
presente.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación a los
efectores dependientes de este Ministerio de Salud, pase a la Dirección
General Servicios de Salud. Cumplido, archívese. Lemus
ANEXO
Imagen 1 2
Ministerio de Desarrollo Urbano
RESOLUCIÓN N° 7 - SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar
Certificado de Uso Conforme
Buenos Aires, 5 de marzo de 2008.
Visto las constancias del Expediente N° 70.486/07
referente a una consulta sobre la localización del uso "Jardín
maternal-Jardín de infantes" correspondiente al inmueble sito en
la calle 11 de Septiembre de 1888 N° 1151/53 correspondiente al
Distrito R1bII del Código de Planeamiento Urbano, y
CONSIDERANDO:
Que el uso solicitado para el Distrito R1bII se
encuentra afectado a la referencia "C" del Cuadro de Usos
5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449)
correspondiendo, consecuentemente, la intervención del consejo del Plan
Urbano y Ambiental;
Que con respecto a la localización del uso, la Dirección General de
Interpretación Urbanística se expidió mediante Informe N° 8.017-DGIUR/07,
obrante a fs. 17, considerando que no resultaba factible la
localización por no cumplir con los parámetros urbanísticos para el
Distrito R1bII según las consideraciones allí expuestas;
Que a fs. 25/73 los peticionantes fundamentan su opinión contraria a la
pertinencia del proyecto y su justificación desde el punto de vista
urbanístico y arquitectónico;
Que a fs. 74, el Consejo del Plan Urbano y Ambiental, por Informe N°
12-CPUAM/08, con fecha 27 de diciembre de 2007, luego de analizar la
cuestión, incluida la presentación de los vecinos del barrio (Registro
N° 148 CPUAM/07 incorporado), considera que no existen inconvenientes,
desde el punto de vista urbanístico, para la localización del uso;
Que mediante Registro N° 89-DGIUR/08, incorporado al presente
expediente con fecha 19/2/08, obra una presentación que solicita se
rechace el pedido de localización;
Que la presentación efectuada en el Registro citado, N° 89-DGIUR/08,
no cumplimenta con los recaudos establecidos por los artículos 24, 36,
inc. d) y concordantes del Decreto N° 1.510/97 (de Procedimiento
Administrativo) relacionados con la acreditación del interés legítimo
de los terceros toda vez que no prueba, en debida forma, la vecindad
denunciada mediante la documentación necesaria para ello;
Que sin perjuicio de lo expresado en el párrafo antecedente entiendo
oportuno señalar que los indicadores urbanísticos aplicables a la
parcela (F.O.T., etc.) no son materia de tratamiento en el presente
trámite administrativo debiendo los responsables del proyecto
cumplimentar con la normativa vigente, una vez otorgado el uso, mediante
el registro de los planos respectivos ante la Dirección General de
Registro de Obras y Catastro (DGROC);
Que la Resolución N° 365-SIyP/06 (B.O.C.B.A.N° 2392) de la ex
Secretaría de Infraestructura y Planeamiento reglamenta el
procedimiento aplicable para trámites en los que existan diferencias
entre la Dirección General de Planeamiento Interpretativo, el Consejo
del Plan Urbano Ambiental y/o el Consejo Asesor de Asuntos
Patrimoniales;
Que entre las funciones acordadas al titular de la ex. Secretaría de
Infraestructura y Planeamiento (funciones que en parte hoy desempeña la
Subsecretaría de Planeamiento de acuerdo al Decreto N° 2.075/07) se
encuentra la referida a la aplicación del Código de Planeamiento
Urbano (CPU Ley N° 449), dictando los actos administrativos que
resuelvan situaciones contempladas en dicho ordenamiento;
Que a fs. 76, atento la disparidad de criterios constatada en los
informes antecedentes, se remiten las actuaciones a la Subsecretaría a
mi cargo, en cumplimiento con la Resolución N° 365-SIyP/06;
Que resulta oportuno señalar que tanto la opinión técnica de la
Dirección General de Interpretación Urbanística como el informe del
Consejo del Plan Urbano Ambiental no constituyen actos administrativos
resultando su intervención necesaria para la formación de la voluntad
administrativa a través de la presente resolución definitiva;
Que el uso solicitado se trata del único uso a desarrollarse en la
parcela;
Que el uso solicitado se encontraría calificado, en materia ambiental,
como Sin Relevante Efecto (SRE) de acuerdo a la Ley N° 123 (B.O.C.B.A.
N° 622), modificada por Ley N° 452 (B.O.C.B.A. N° 1025);
Que por las características y dimensiones el proyecto el Consejo (CPUAM)
no consideró necesario para el desarrollo del uso solicitado la
existencia de módulos para estacionamiento propio;
Que de acuerdo a lo expuesto resulta ser competente la Subsecretaría de
Planeamiento para dirimir la cuestión mediante el acto administrativo
respectivo;
Por ello, en virtud de las facultades propias Ley N° 449 y Decreto
2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2824),
EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorízase a la Dirección General
de Interpretación Urbanística (DGIUR) para que, constatado el
cumplimiento por parte del peticionante de los recaudos exigidos por el
parágrafo 2.1.2 del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449),
otorgue el Certificado de Uso Conforme para la localización del Uso
"Jardín maternal- jardín de infantes" en el inmueble sito en
la calle 11 de Septiembre de 1888 N° 1151/53 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, con la vigencia establecida por el parágrafo 2.1.4 del
Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449).
Artículo 2° - Regístrese. Notifíquese. Publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese. Para su
intervención pase a la Dirección General de Interpretación
Urbanística. Cumplido, archívese. Lostri
RESOLUCIÓN N° 8 - SSPLAN/08
Se autoriza a la D.G. de Interpretación Urbanística a otorgar
Certificado de Uso Conforme
Buenos Aires, 5 de marzo de 2008.
Visto las constancias del Expediente N° 63.477/07
referentes una consulta sobre la localización del uso "Escuela de
Educación Especial (para niños con necesidades especiales), con o sin
formación laboral - Privada" en el inmueble sito en la calle
Quesada 3502/06, P.B., 1° y 2° piso correspondiente al Distrito R2bI
Código de Planeamiento Urbano, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado uso para el Distrito del inmueble,
se encuentra afectado a la referencia "C" en el Cuadro de Usos
5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano por lo que la factibilidad
de la localización del mismo necesita la evaluación del Consejo del
Plan Urbano y Ambiental (CPUAM);
Que a fs. 24/24 vta, la Dirección General de Interpretación
Urbanística se expidió mediante Informe N° 8.762-DGIUR/07, obrante a
fs. 24, considerando que no resulta factible la localización por no
cumplir con los parámetros urbanísticos para el Distrito R2bI según
las consideraciones allí expuestas;
Que a fs. 26, el Consejo del Plan Urbano y Ambiental por Informe N° 22-CPUAM/08
luego de analizar la cuestión, consideró que no existen inconvenientes
para la localización del uso, desde el punto de vista urbanístico, al
considerar que el mismo con la intensidad propuesta es compatible con el
carácter residencial de la zona;
Que a fs. 28, atento la disparidad de criterios constatada en los
informes antecedentes, se remiten las actuaciones en cumplimiento con la
Resolución N° 365-SIyP/06;
Que la Resolución N° 365-SIyP/06 (B.O.C.B.A. N° 2392) de le ex
Secretaría de Infraestructura y Planeamiento reglamenta el
procedimiento aplicable para trámites en los que existan diferencias
entre la Dirección General de Planeamiento Interpretativo, el Consejo
del Plan Urbano Ambiental y/o el Consejo Asesor de Asuntos
Patrimoniales;
Que entre las funciones acordadas al titular de la ex Secretaría de
Infraestructura y Planeamiento (funciones que en parte hoy desempeña la
Subsecretaría de Planeamiento de acuerdo al Decreto N° 2.075/07) se
encuentra la referida a la aplicación del Código de Planeamiento
Urbano (CPU), dictando los actos administrativos que resuelvan
situaciones contempladas en dicho ordenamiento;
Que conforme se desprende del Código de Planeamiento Urbano (CPU Ley
N° 449) la intervención del Consejo del Plan Urbano Ambiental es
necesaria en los trámites relativos a los proyectos de obra o de
localización, cuyo destino figure con la letra C en el Cuadro de Usos
N° 5.2.1. a);
Que en el caso que nos ocupa encontramos opiniones contradictorias entre
la DGIUR (fs. 24/24 vta.) órgano encargado de interpretar el CPU y el
COPUA (fs. 26) con relación a la localización del uso "Escuela de
Educación Especial para niños con necesidades especiales con o sin
formación laboral - Privada" en el predio consultado;
Que resulta oportuno señalar que tanto la opinión técnica de la
Dirección General de Interpretación Urbanística como el informe del
Consejo del Plan Urbano Ambiental no constituyen actos administrativos
resultando su intervención necesaria para la formación de la voluntad
administrativa a través de la presente resolución definitiva;
Que el hecho de tratarse de un Distrito de carácter residencial
exclusivo determina la necesidad de intervención del Consejo
entendiéndose que la referencia "C" supone que la
localización de la actividad podría resultar factible si así lo
determina el Consejo. Y que el mismo no lo consideró un impedimento;
Que el uso solicitado se trata del único uso a desarrollarse en la
parcela;
Que la actividad se encuentra calificada como Sin Relevante Efecto (SRE)
por la Ley N° 123 (B.O.C.B.A. N° 622) de Evaluación de Impacto
Ambiental, modificada por Ley N° 452 (B.O.C.B.A. N° 1025);
Que por las características y dimensiones el proyecto el Consejo no
consideró necesario para el desarrollo del uso la existencia de
módulos para estacionamiento propios y por su parte la Dirección
General de Interpretación Urbanística observó como factible la
posibilidad de estacionar en la calle y en el entorno;
Que en este estado de situación resulta ser competente la
Subsecretaría de Planeamiento para dirimir la cuestión mediante el
acto administrativo respectivo;
Por ello, en virtud de las facultades propias Ley N° 449 y Decreto N°
2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2824),
EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorízase a la Dirección General
de Interpretación Urbanística (DGIUR) para que, constatado el
cumplimiento por parte del peticionante de los recaudos exigidos por el
parágrafo 2.1.2 del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449),
otorgue el Certificado de Uso Conforme para la localización del Uso
"Escuela de Educación Especial (para niños con necesidades
especiales). Con o sin formación laboral - Privada" en el inmueble
sito en la calle Quesada 3502/06, P.B., 1° y 2° piso de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con la vigencia establecida por el parágrafo
2.1.4 del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449).
Artículo 2° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese. Para su intervención pase a la
Dirección General de Interpretación Urbanística. Cumplido,
archívese. Lostri
RESOLUCIÓN N° 9 - SSPLAN/08
Se deja sin efecto la Resolución N° 91-SSPU/94. Se designan miembros
de la comisión creada por Resolución N° 192-SSPU/92
Buenos Aires, 6 de marzo de 2008.
Visto la Resolución N° 192-SSDU/92, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada resolución de Desarrollo Urbano,
creó la Comisión de Contralor y seguimiento de los contratos de
concesión firmados con las empresas, Sistemas Catastrales S.A. y
Microcomp S.A.;
Que el artículo segundo de la Resolución N° 192-SSDU/92 determina que
la Comisión estará integrada por representantes de la Dirección
General de Fiscalización, Obras y Catastro y el Director Administrativo
de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano;
Que la Resolución N° 91-SSPU/94 introdujo modificaciones a la
integración de la mencionada Comisión;
Que es fundamental llevar a cabo el control del cumplimiento de las
obligaciones del concesionario de acuerdo a lo establecido en el art. 19
del mencionado Contrato de Concesión;
Que el Decreto N° 2.075/07, de aprobación de la Estructura Orgánico
Funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires implicó la
reestructuración de la Subsecretaría de Planeamiento y de las
Direcciones Generales dependientes de la misma;
Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de
Control, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y
Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que absorbió las
funciones de fiscalización que correspondían a la ex Dirección
General de Fiscalización de Obras y Catastro (DGFOC), mientras que las
restantes misiones y funciones permanecieron como competencias de la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) que de
acuerdo al Decreto N° 2.075/07 es dependiente de la Subsecretaría de
Planeamiento, Ministerio de Desarrollo Urbano, con excepción del
registro de cumplimiento de la Ley N° 257;
Que resulta necesario adecuar la integración de la Comisión en
función de la nueva estructura del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires; las misiones y funciones de la Subsecretaría de Planeamiento,
Ministerio de Desarrollo Urbano y los nuevos funcionarios designados
consecuentemente;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias (Ley N°
2.506; Decreto N° 2.075/07),
EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO
RESUELVE:
Artículo 1° - Déjase sin efecto la Resolución N°
91-SSPU/94.
Artículo 2° - La Comisión de Contralor y Seguimiento de los Contratos
de Concesión firmados con las empresas, Sistemas Catastrales S.A. y
Microcomp S.A., creada por Resolución N° 192-SSDU/92 quedará
integrada de la siguiente forma: por el Sr. Subsecretario de
Planeamiento, arquitecto Héctor Antonio Lostri con DNI 17.848.856; por
el Director General Registro de Obras y Catastro, arquitecto Guillermo
García Fahler con DNI 8.632.360 y por el Director de Catastro,
agrimensor Alejandro Gabriel Montes con DNI 12.966.869.
Artículo 3° - La Presidencia de Comisión será ejercida por el
Subsecretario de Planeamiento, arquitecto Héctor Antonio Lostri.
Artículo 4° - La Comisión podrá invitar a integrar la misma a o
participar de las reuniones a las Áreas de Gobierno con incumbencias
relacionadas.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial,
notifíquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro;
Dirección de Catastro y a las empresas Sistemas Catastrales S.A. y
Microcomp S.A., cumplido, archívese. Lostri
RESOLUCIÓN N° 8 - GTT/08
Se prorroga la Resolución N° 1-GTT/07
Buenos Aires, 4 de marzo de 2008.
Visto la Nota N° 2-SSTUR/08, la Resolución N° 1-GTT/07, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución señalada en el visto se
tomaron medidas de carácter experimental y evaluativo por el término
de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, a los fines de
generar un ordenamiento circulatorio y mejorar las condiciones de
seguridad para el tránsito en general y los peatones en particular en
las inmediaciones del Paseo Museo Caminito;
Que en el marco de dicha medida se prohibió la circulación vehicular
todos los días durante las 24 horas, permitiéndose cualquiera sea la
ocupación de la arteria, el libre ingreso y egreso a los vecinos
frentistas, como así también a las cocheras existentes y a los
servicios de emergencia en los tramos de las siguientes arterias: Dr.
Enrique Del Valle Iberlucea entre Gregorio Aráoz de Lamadrid y
Caminito, sin incluir la bocacalle Gregorio Aráoz de Lamadrid, y en la
calle Magallanes entre Garibaldi y Caminito, sin incluir la bocacalle
Garibaldi;
Que simultánameante, se autorizó el estacionamiento de micros y buses
en las calles Irala entre Gregorio Aráoz de Lamadrid y Magallanes junto
a la acera derecha y en la calle Hernandarias entre Magallanes y
Gregorio Aráoz de Lamadrid junto a la acera derecha;
Que, asimismo, en dicha medida se asignaron espacios físicos no mayores
a cuarenta (40) metros, con el fin de permitir el ascenso y descenso de
pasajeros en un lapso no mayor de 15 minutos por parte de las empresas
de turismo que trasladan contingentes turísticos;
Que, de igual manera, se destinó una mayor cantidad de espacios
disponibles para los vehículos particulares que concurren al mencionado
paseo;
Que la Subsecretaría de Turismo dependiente del Ministerio de
Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, efectuó mediante la nota señalada en el visto una
presentación, destacando los beneficios de la medida dictada respecto
del funcionamiento vehicular y de la mejora en la oferta turística, en
cuanto ha permitido un ordenamiento de los contingentes turísticos en
las inmediaciones del referido paseo;
Que es en este marco donde resulta pertinente propiciar una prórroga de
las medidas adoptadas a través de la mencionada Resolución N° 1-GTT/07;
Por ello, conforme lo previsto en el Capítulo 1.1, artículo 1.1.4 y en
el Capítulo1.2, artículo 1.2.3 b) del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por la Ley
N° 2.148 (B.O.C.B.A. N° 2615) y las atribuciones conferidas por
Decreto N° 532/07 (B.O.C.B.A. N° 2665) al Gabinete de Tránsito y
Transporte, integrado por los Ministros de los ex Ministerios de
Gobierno, Espacio Público, y de Planeamiento y Obras Públicas,
actuales de Seguridad y Justicia, Ambiente y Espacio Público y
Desarrollo Urbano,
EL GABINETE DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1° - Prorrógase con carácter
experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos
a partir de su vigencia la Resolución N° 1-GTT/07.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, dentro del término previsto en el artículo
1.2.3 a) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de
Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a las
Subsecretarías de Transporte, de Espacio Público y de Seguridad Urbana
y remítase a la Dirección General de Tránsito, la que comunicará a
la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Turismo, al Centro
de Gestión y Participación Comunal 4 y a la Dirección General de
Seguridad Vial. Montenegro - Piccardo – Chain
Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN N° 77 - MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos
Buenos Aires, 24 de enero de 2008.
Visto la Nota N° 6-MIFB/08 y la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824),
y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación el Museo Isaac
Fernández Blanco dependiente de la Dirección General de Museos de este
Ministerio tramita la ratificación a partir del día 10 de diciembre de
2007 de los señores Jorge Cometti, DNI 14.407.408, F.C. N° 317.114 y
Patricio López Méndez, DNI 14.975.935, F.C. N° 289.315, como
responsables de la administración y rendición de los fondos asignados
en concepto de caja chica común, fondo permanente y movilidad;
Que dicha solicitud se efectúa con motivo del cambio de autoridades
operado en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y de acuerdo a las determinaciones de la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A.
N° 2824),
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1° - Ratifícanse a partir del día 10 de
diciembre de 2007 a los señores Jorge Cometti, DNI 14.407.408, F.C. N°
317.114 y Patricio López Méndez, DNI 14.975.935, F.C. N° 289.315 como
responsables de la administración y rendición de los fondos asignados
en concepto de caja chica común, fondo permanente y movilidad.
Artículo 2° - Regístrese, pase a la Dirección de Presupuesto y
Contable de este Ministerio y a la Dirección General de Museos, quien
deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos gírese a las
Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido,
archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N° 105 - MCGC/08
Se ratifican responsables de la administración y rendición de fondos
Buenos Aires, 25 de enero de 2008.
Visto el Memo N° 28 - DGM/08 y la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N°
2824), y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación el Museo del Cine
dependiente de la Dirección General de Museos de este Ministerio
tramita la ratificación a partir del día 10 de diciembre de 2007 de la
señora María del Carmen Vieites, F.C. N° 289.458 y del señor Avelino
Andrés Insaurralde, F.C. N° 242.776 como responsables de la
administración y redención de los fondos asignados en concepto de caja
chica común, fondo permanente y movilidad;
Que dicha solicitud se efectúa con motivo del cambio de autoridades
operando en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y de acuerdo a las determinaciones de la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A.
N° 2824),
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1° - Ratifícanse a partir del día 10 de
diciembre de 2007 a la señora María del Carmen Vieites, F.C. N°
289.458 y el señor Avelino Andrés Insaurralde, F.C. N° 242.776 como
responsables de la administración y rendición de los fondos asignados
en concepto de caja chica común, fondo permanente movilidad.
Artículo 2° - Regístrese, pase a la Dirección de Presupuesto y
Contable de este Ministerio y a la Dirección General de Museos, quien
deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos gírese a las
Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido,
archívese. Lombardi
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
RESOLUCIÓN N° 132 - MAyEPGC/08
Se autoriza traslado de licencia de agente
Buenos Aires, 7 de febrero de 2008.
Visto, la Nota N° 101-UAIMMA/06, y
CONSIDERANDO:
Que, la agente Marta Corbari, F.M. N° 352.727 quien
reviste y presta servicio en la Unidad de Auditoría Interna del ex
Ministerio de Medio Ambiente, por razones de servicio y el cúmulo de
tareas y/o actividades inherentes a su función no ha podido usufructuar
la totalidad de sus licencias ordinarias;
Que, a fin de salvaguardar el derecho constitucional del trabajador de
gozar de su descanso anual remunerado y en reconocimiento al compromiso
y vocación de servicio, es voluntad de esta superioridad el traslado de
las licencias ordinarias no gozadas en tiempo y forma;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorízase el traslado para el
período 2008, y por estrictas razones de servicio, de los días de
licencia ordinaria pendiente de usufructo correspondientes al período
2002/2003, a saber 23 días corridos, de la agente Marta Corbari, F.M.
N° 352.727.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento, notificación y
demás efectos remítase y comuníquese a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público, y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos
dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
Piccardo
RESOLUCIÓN N° 333 - MAyEPGC/08
Se reconoce la tarea establecida por el art. 25 de la Ley N° 70
Buenos Aires, 27 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 3.753/08, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto tramita el
informe de gestión presentado por la arquitecta Viviana Elba Palumbo,
DNI 14.406.509, de conformidad con lo previsto por el art. 25 de la Ley
N° 70 y el art. 14 de su Decreto Reglamentario N° 1.000/99 (B.O.C.B.A.
N° 704);
Que el artículo 25 de la Ley N° 70 y concordantes, establece que los
responsables de los programas y proyectos, así como sus superiores
jerárquicos, cuando se alejen de sus cargos, deben redactar un informe
final sobre su gestión, siendo dicha tarea renumerada y prestando a la
vez colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo;
Que la norma legal en cuestión establece que dicha remuneración será
equivalente a la del cargo que la persona ocupaba;
Que por Decreto N° 2.004/07 (B.O.C.B.A. N° 2828), se aceptó la
renuncia de la arquitecta Viviana Elba Palumbo, DNI 14.406.509, CUIL
27-14406509-9, al cargo de Directora General de la Dirección General de
Ordenamiento del Espacio Público dependiente de la entonces
Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público del
ex Ministerio de Espacio Público;
Que toda vez que la presentación en cuestión ha sido efectuada en
legal tiempo y forma, corresponde reconocerle la tarea, en virtud de los
términos del art. 25 de la Ley N° 70;
Que resulta oportuno remarcar que por Ley N° 2.506 y Decreto N°
2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) se modificó la Estructura Orgánica
Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase el informe final de
gestión de la arquitecta Viviana Elba Palumbo, DNI 14.406.509, CUIL
27-14406509-9, al cargo de Directora General de la Dirección General de
Ordenamiento del Espacio Público dependiente de la entonces
Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público del
ex Ministerio de Espacio Público.
Artículo 2° - Reconócese a la arquitecta Viviana Elba Palumbo, DNI
14.406.509, CUIL 27-14406509-9, según lo establecido en el artículo 25
de la Ley N° 70 por el término de un (1) mes, durante el cual
mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se
le aceptó la renuncia.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones
Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de
Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y para
su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y
Espacio Público para notificación del agente. Cumplido, archívese.
Piccardo
RESOLUCIÓN N° 334 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de reconsideración
Buenos Aires, 27 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 26.453/05, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la
presentación efectuada por la empresa Telecom Argentina S.A. tendiente
a impugnar el acto administrativo con motivo del cual se le diera
traslado a dicha empresa de la providencia de la Procuración General de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual se indica el curso de
acción a seguir en los presentes actuados en atención a lo establecido
en el artículo 5° del Decreto N° 2.033/03 (B.O.C.B.A. N° 1811 de
fecha 5/11/03);
Que por Resolución N° 138-SSASIyP/05, se desestimó el recurso de
reconsideración Interpuesto por la empresa supra mencionada contra la
liquidación en concepto de diferencias por permisos de apertura
gestionados durante el mes de diciembre de 2004;
Que con posterioridad, mediante Resolución N° 985-SlyP/05 se
desestimó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por Telecom
Argentina S.A.;
Que dicho acto administrativo se notificó en fecha 30 de agosto de
2005;
Que con fecha 13 de septiembre de 2005 la precitada empresa, interpone
en tiempo oportuno recurso de reconsideración conforme a lo determinado
por el artículo 119 del Decreto N° 1.510/97;
Que la Procuración General al tomar intervención, sostuvo que: "...según
lo informado a fs. 68 Pto. 2 las deudas correspondientes al período por
el cual se intimó a la empresa de mención fueron elevadas para su
ejecución fiscal con fecha 21/3/05 y que en virtud de ello se remitían
estas actuaciones a la Dirección General de Rentas en prosecución de
su trámite "...en atención a lo establecido en el art. 5° del
Decreto N° 2.033/03 ... que dice "...Con posterioridad a la
emisión del título ejecutivo la Dirección General no dará curso a
presentaciones administrativas en las que los contribuyentes o
responsables impugnen la liquidación o existencia de deudas
transferidas a gestión judicial ... las que puedan encontrarse en
trámite han de ser remitidas al archivo, con la previa notificación a
los contribuyentes o responsables";
Que por cédula de notificación de fecha 26 de mayo de 2005 se dio
traslado de la intervención precitada;
Que por Presentación Agregar N° 2 Telecom S.A. interpone recurso de
reconsideración contra el acto administrativo por el cual se emitiera
la cédula de notificación de fecha 26 de mayo de 2006;
Que la Dirección de Cobros Fiscales de la Procuración General informó
que no le han sido transferidos los certificados aludidos a fs. 68 Pto.
2 para ejecutar su cobro vía judicial;
Que teniendo en cuenta el informe precedentemente mencionado, del que
surge que a la fecha de interposición del recurso de reconsideración
determinado por el artículo 119 del Decreto 1.510/97, no había sido
transferida a gestión judicial para su cobro, cabe proceder al
tratamiento de dicha presentación recursiva;
Que al respecto, cabe señalar, que no han variado las circunstancias de
hecho y derecho que permitan modificar el criterio adoptado al momento
de dictarse el acto administrativo que se recurre;
Que asimismo, es dable remarcar que las exenciones concedidas a las
empresas prestadoras de servicios públicos por leyes nacionales o que
surgen de las privatizaciones de los correspondientes servicios,
resultan inoponibles a la potestad tributaria de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la cual ejerciendo la autonomía tributaria
constitucionalmente establecida, ha contemplado en el ordenamiento
fiscal local el hecho imponible que se cuestiona, el que se encuentra
cuantificado en la Ley Tarifaria;
Que la actividad desplegada por este Gobierno de la Ciudad, que conlleva
a la exigibilidad del pago de la tasa cuestionada no se superpone con
las facultades asignadas al pertinente Organismo de Control del Servicio
Público, toda vez que la prestación del Servicio, Estudio, Revisión e
Inspección de Obra por parte de este Gobierno constituye un acto propio
de la Administración que hace al ejercicio del poder de policía
expresamente contemplado por la Constitución de la Ciudad;
Que por último, y en virtud del análisis de la normativa aplicable, es
de destacar que no existe superposición alguna entre la Tasa de
Estudio, Revisión e Inspección de Obras en la Vía Pública y las
obligaciones establecidas a cargo de las empresas prestadoras de
servicio públicos en el Convenio de Acción Coordinada N° 24/97;
Que sin perjuicio de ello, los aportes convenidos en el instrumento
mencionado en el párrafo anterior sólo constituyen un gravamen fijo,
cuya imposición se solicita en cada permiso de obra antes de la
iniciación de ésta;
Que por todo lo expuesto debe desestimarse el recurso de
reconsideración interpuesto;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso de
reconsideración interpuesto por Telecom Argentina S.A. contra la
Resolución N° 985-SIyP/05.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público y notifíquese a la interesada conforme a
las pautas establecidas en el Capítulo VI Notificaciones de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, consignando
que este acto agota la vía administrativa, no siendo susceptible de
recurso alguno. Cumplido, archívese. Piccardo
RESOLUCIÓN N° 339 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio
Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 62.039/06, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso
jerárquico interpuesto en subsidio por la entidad Coordinación
Ecológica Área Metropolitana S.E. (CEAMSE) contra los términos de la
Disposición N° 43-DGLIM/06;
Que por Disposición N° 55-DGLIM/06 de fecha 5 de septiembre de 2006 se
desestimó el recurso de reconsideración deducido por la mencionada
entidad contra la Disposición N° 43-DGLIM/06;
Que mediante cédula se notificó a la interesada que en el plazo de
cinco días podía mejorar o ampliar el recurso jerárquico deducido en
subsidio;
Que la entidad recurrente no hizo uso de ese derecho;
Que en virtud del acto impugnado, Disposición N° 43-DGLIM/06, se le
aplica a la entidad Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. (CEAMSE)
una multa de pesos mil ciento treinta ($ 1.130), de acuerdo a lo
previsto en el artículo 29, apartado 14 del Contrato para la
Prestación del Servicio de Inspección y Control Integral del Servicio
Público de Higiene Urbana;
Que la entidad contratista se ha limitado a reiterar las argumentaciones
esgrimidas en oportunidad de formular su descargo, las que fueron
analizadas y desestimadas por la Dirección General de Limpieza con el
dictado de la Disposición N° 43-DGLIM/06;
Que mediante la presente acción recursiva la entidad Coordinación
Ecológica Área Metropolitana S.E. pretende que se dicte la nulidad del
acto sancionatorio alegando que resulta incausado y arbitrario;
Que al analizar las argumentaciones planteadas por la recurrente es
menester señalar que en los considerandos del acto impugnado se
explican minuciosamente las falencias incurridas por la contratista;
Que han sido merituados debidamente los pormenores de la contratación
de marras, valorados los incumplimientos cometidos por la recurrente, y
observado el cumplimiento estricto al traslado de rigor, habiéndose
cumplimentado al dictar el acto atacado con todos los requisitos
esenciales exigidos por el artículo 7° de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, Decreto N° 1.510/97;
Que de los términos vertidos en el informe de penalidades y del acto
recurrido se desprende con claridad que la totalidad de las
especificaciones se encuentran plasmadas en el contrato, instrumento
legal que rige la relación de las partes;
Que no se advierten elementos que justifiquen la irregularidad cometida
y detectada, ni que ameriten apartarse del régimen de faltas y
sanciones establecido en el contrato;
Que en virtud de todo lo expuesto corresponde desestimar el recurso
jerárquico interpuesto en subsidio;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que
le compete;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
en subsidio interpuesto por Coordinación Ecológica Área Metropolitana
S.E. (CEAMSE) contra los términos de la Disposición N° 43-DGLIM/06.
Artículo 2° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público y notifíquese a la recurrente haciéndole saber que ha quedado
agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de lo establecido en
el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Piccardo
RESOLUCIÓN N° 340 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio
Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 58.797/06, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el visto la empresa
Ecohábitat S.A. - Emepa S.A. - UTE (Níttida), interpuso un recurso
jerárquico en subsidio contra los términos de la Disposición N° 11-DGLIM/06;
Que por la mencionada disposición se estableció aplicar a la citada
contratista, en los términos del pliego de bases y condiciones de la
Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03, las multas
previstas en el artículo 59 faltas leves, apartados 43, del pliego, por
la cantidad de diez (10) puntos de penalidad aplicables sobre la
facturación del servicio de recolección domiciliaria marzo de 2006,
siendo el importe de la misma la suma de ($ 1.152,43);
Que en este sentido mediante la Disposición N° 61-DGLIM/07 se
desestimó el recurso de reconsideración oportunamente incoado contra
los términos de la referida Disposición N° 11-DGLIM/06;
Que a su turno la recurrente fue notificada de los términos del
mencionado acto administrativo, y de su derecho a mejorar o ampliar los
fundamentos de su recurso, de conformidad con los términos del art. 107
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que en esta inteligencia y haciendo uso del derecho conferido por el
mencionado artículo, la contratista mediante el Registro N° 573-DGTALMMA/07,
acumulado a los presentes, realizó una nueva presentación ampliando
los términos del recurso incoado;
Que en su presentación ampliatoria la recurrente se limitó a reiterar
las manifestaciones vertidas en oportunidad de presentar su descargo
ante la entonces Dirección General de Limpieza, manifestando asimismo
que los argumentos vertidos en sus presentaciones anteriores no han sido
considerados ni evaluados suficientemente por la Administración;
Que sobre el particular, es dable advertir que del descargo de la
recurrente, la misma manifiesta que el acta acuerdo suscripta entre las
partes en diciembre de 2006 se readecuó el contrato vigente hasta ese
momento y la persistente en la aplicación de un sistema que se revela
como anacrónico y equivocado es un despropósito que agrava
inútilmente la posición del contratista, solicitando se revoque el
acto que dispone una sanción contra ella;
Que con respecto al argumento esgrimido por la recurrente, el mismo
carece de virtualidad en virtud de que el incumplimiento incurrido por
la contratista se produce con anterioridad al acta de acuerdo de
renegociación contractual de la falta cometida en monto de los pliegos
de bases y condiciones que rige la contratación;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que
le compete mediante Dictamen N° 62.211-PG/08 manifestado la doctrina
asentada, que "...el Pliego de Condiciones... establece cláusulas
que son fuentes principales de derecho y obligaciones de los
intervinientes en la licitación y de las partes en la contratación,
así como objeto de contratación";
Que por eso sus previsiones deben respetarse y cumplirse sin que puedan
modificarse una vez efectuado el llamado a licitación y menos aun
encontrándose en ejecución el contrato;
Que en tal entendimiento cabe concluir que se han consignado
acabadamente los motivos por los que se procedió a dictar el acto
administrativo recurrido, configurándose además las circunstancias de
hecho y de derecho que lo justifican, no habiendo agregado la recurrente
en el recurso sometido a estudio, elemento de convicción alguno para
rever la medida adoptada;
Que por todo lo expuesto debe desestimarse el recurso jerárquico
interpuesto;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
en subsidio incoado por la empresa Ecohábitat S.A.- Emepa S.A. - UTE (Níttida),
contra los términos de la Disposición N° 11-DGLIM/06.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la empresa reclamante
haciéndole saber que ha quedado agotada la instancia administrativa,
sin perjuicio de que podrá interponer recurso de reconsideración en
los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase para su
conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Publico y a
la Dirección General de Limpieza. Cumplido, archívese. Piccardo
RESOLUCIÓN N° 341 - MAyEPGC/08
Se desestima recurso de jerárquico en subsidio
Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 6.541/06, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la empresa
Coordinación Ecológica Metropolitana S.E. (CEAMSE) interpuso un
recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración contra los
términos de la Disposición N° 77-DGHUR/05;
Que por la mencionada disposición se estableció aplicar a la citada
contratista en los términos del contrato para la prestación del
servicio de inspección y control integral del servicio público de
higiene urbana, la multa prevista en el artículo 29 apartado 6° Falta
grave "Por negarse, entorpecer o dificultar todo tipo de
auditoría administrativa, técnica o contable u otros controles
referidos a las prestaciones del presente contrato" por la
cantidad de dos por ciento de penalidad sobre la facturación total del
último mes anterior al período en que se detecta la situación que
corresponda a la falta;
Que tal como surge del Informe de Penalidades N° 7/05-Inspección
CEAMSE, la omisión en la que incurre CEAMSE "…imposibilita el
cálculo del indicador previsto en el contrato (Ipici) dificultando y
entorpeciendo el control administrativo-técnico-operativo e
imposibilita el cálculo del índice de eficiencia de la prestación…",
encuadrando acabadamente en la penalidad prevista en el apartado 6°
del artículo 29 del contrato;
Que corresponde afirmar, por lo tanto, que el procedimiento
sancionatorio llevado a cabo en estas actuaciones, no merece objeciones
que formular, ello habida cuenta de que han sido merituados debidamente
los pormenores de la contratación de marras, valorados los antecedentes
e incumplimientos cometidos por la recurrente;
Que en su presentación, la contratista expuso similares argumentos a
los ya introducidos en oportunidad de formular su descargo, los que
fueron analizados y desestimados oportunamente;
Que la recurrente manifiesta que recién en fecha 11/7/05 se hubo
notificado del Decreto N° 961/05 que ratifica la contratación que
vincula a las partes, y por lo tanto, no corresponde aplicar penalidades
por no haber comenzado a regir el plazo de gracia establecido en el
artículo 30 del contrato, por lo tanto no debería ser aplicada la
penalidad;
Que al respecto corresponde recordar que la doctrina ha sustentado que
en los supuestos "…en los cuales la voluntad administrativa
era claramente producir efectos jurídicos inmediatos (…) A pesar de
tratarse, en el cado, de un acto ad referéndum del superior, (…) no
cabe duda de que la intención del coordinador era la de poner
inmediatamente en ejecución sus decisiones, pues comienza a ejecutarse
antes de la ratificación. Bajo ningún aspecto entendió dictar un acto
preparatorio, a resultas de la posterior decisión del superior" (Sup.
Corte de Buenos Aires. 13/4/81 "Sánchez Sainar, Pedro M. c/ Prov.
de Bs. As." B. 48.231-J.A. 1981-III-103, considerando 3° in fine);
Que asimismo la jurisprudencia se pronunció en el sentido de que "…
el acto de saneamiento o ratificatorio no es constitutivo, sino
declarativo de derechos, o sea que sus consecuencias se proyectan hacia
el pasado, hacia la echa en que fue emitido el acto que se
ratifica";
Que mediante la Disposición N° 95-DGHUR/05, se desestimó el
recurso de reconsideración interpuesto contra la referida Disposición
N° 77-DGHUR/05;
Que asimismo la recurrente fue notificada de los términos del
mencionado acto administrativo, y de su derecho a mejorar o ampliar los
fundamentos de su recurso, de conformidad con los términos del
artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que en este orden de ideas la contratista no ha aportado nuevos
elementos que permitan conmover los términos del acto administrativo
recurrido;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete de acuerdo a las atribuciones conferidas
por la Ley N° 1.218, (B.O.C.B.A. N° 1850);
Que es menester señalar de conformidad con lo expuesto, y no habiendo
aportado los quejosos elementos de hecho y de derecho para rever el acto
impugnado, corresponde desestimar el recurso jerárquico en subsidio
interpuesto por la recurrente;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
en subsidio interpuesto por la Coordinación Ecológica Área
Metropolitana S.E. contra los términos de la Disposición N° 77-DGHUR/05.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de
Limpieza, notifíquese de los términos de la presente al recurrente,
haciéndole saber que ha quedado agotada la instancia administrativa,
sin perjuicio de que podrá interponer recurso de reconsideración en
los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 -
B.O.C.B.A. N° 310). Cumplido, archívese. Piccardo
RESOLUCIÓN N° 342 - MAyEPGC/08
Se hace lugar al recurso jerárquico
Buenos Aires, 28 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 85.481/01, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitó la
higienización del predio sito en Matheu 631, en la cual se dictó la
Resolución N° 151-SMAyEP/02, por la cual se encomendó al Ente de
Higiene Urbana y a la ex Dirección General Control de la Calidad
Ambiental, la higienización del citado predio por administración y a
costa de quien resulte propietario del mismo dentro de los 30 días de
la formulación del cargo;
Que el Ente de Higiene Urbana cuantificó los gastos y la Dirección
General de Rentas envió al propietario la notificación por cédula
para el cobro del cargo formulado;
Que se presentó el socio gerente de la firma MSCH S.R.L., y sostiene
que la Resolución N° 151-SMAyEP/02 que diera origen al presente, se
refiere al inmueble de la calle Matheu 631, y la higienización se
realizó en el inmueble sito en la calle Matheu 639/79, por lo que
interpone recurso jerárquico impugnando que el Cargo N° 2.442/06,
afecte al inmueble sito en la calle Matheu 631 y en consecuencia deba
ser abonado por la misma;
Que el acto administrativo ordenando la higienización, Resolución N°
151-SMAyEP/02, se refiere al inmueble sito en la calle Matheu 631;
Que la higienización fue realizada en cambio en el inmueble de la calle
Matheu 639/79, según surge del informe de las tareas efectuadas que
luce glosado a autos;
Que pese a esto último se afectó el inmueble de la calle Matheu 631
para abonar el Cargo N° 2.443/06;
Que consecuentemente corresponde dejar sin efecto el Cargo N° 2.442/06,
por cuanto han sido valorados trabajos de higienización realizados
sobre el inmueble sito en la calle Matheu 639/79, los que no habían
sido ordenados por la Resolución N° 151-SMAyEP/02;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete de acuerdo a lo normado por la Ley N°
1.218 y dictamina que corresponde hacer lugar al recurso jerárquico
interpuesto dejando sin efecto el Cargo N° 2.443/06, y su afectación
al inmueble de la calle Matheu 631;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Hacer lugar al recurso jerárquico
interpuesto por la firma MSCH S.R.L., dejando sin efecto el Cargo N°
2.443/06, por cuanto han sido valorados trabajos de higienización
realizados sobre el inmueble sito en la calle Matheu 639/79, los que no
habían sido ordenados por la Resolución N° 151-SMAyEP/02, y su
afectación al inmueble de la calle Matheu 631.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires. Para su notificación y demás efectos pase a la
Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público, haciéndole saber al recurrente que ha
quedado agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá
interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo
119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires. Comuníquese a la Dirección General de Rentas dependiente del
Ministerio de Hacienda y al Ente de Higiene Urbana, dependiente de este
Ministerio. Cumplido, archívese. Piccardo
RESOLUCIÓN N° 344 - MAyEPGC/08
Se designan miembros de Comisión de Evaluación. Se deja sin efecto
Resolución N° 44-MMAGC/07
Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.
Visto la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), los
Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y N° 989/06 (B.O.C.B.A. N°
2490), la Resolución N° 44-MMAGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2617), el
Expediente N° 49.273/06 y acumulados, y el Expediente N° 5.545/08, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 989/06 se aprobaron los pliegos
de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones
técnicas elaborados por la Comisión de Estudios de Pliegos de
Condiciones Especiales, dependiente del Ministerio de Hacienda, para la
concesión de la fabricación y/o provisión, instalación,
mantenimiento, conservación y retiro del mobiliario urbano de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires durante un período de diez (10) años;
Que el artículo 60 del pliego de bases y condiciones particulares
aprobado por el decreto mencionado precedentemente, establece la
conformación de una Comisión de Evaluación encargada de proceder al
análisis y calificación de las ofertas que se presenten;
Que por el artículo 2° del citado decreto, se delegó en el entonces
Ministerio de Medio Ambiente la facultad de dictar diversos actos del
procedimiento licitatorio en trámite, entre ellos, la designación de
los miembros que integran la Comisión de Evaluación de las Ofertas;
Que en virtud de tales atribuciones, en su oportunidad el entonces
Ministro de Medio Ambiente procedió a dictar la Resolución N° 44-MMAGC/07,
por medio de la cual designó a las personas que integrarían la citada
Comisión de Evaluación;
Que atento la designación de las nuevas autoridades, corresponde dar
continuidad al proceso de la licitación, para lo cual resulta
conveniente designar una nueva Comisión de Evaluación de las ofertas
presentadas;
Que el Decreto N° 2.075/07 que crea la nueva Estructura
Orgánico-Funcional del Gobierno de la Ciudad, en su artículo 2°
modificó la denominación y conformación de los anteriores Ministerios
de Medio Ambiente y de Espacio Público, unificándose los mismos en el
ahora denominado por Ley N° 2.506, Ministerio de Ambiente y Espacio
Público;
Que de conformidad con lo establecido en la Ley de Ministerios N°
2.506, la responsabilidad de llevar adelante el trámite de renovación
del mobiliario urbano de la Ciudad de Buenos Aires recae en la
jurisdicción a cargo del suscripto;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
2° del Decreto N° 989/06,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Desígnase como miembros de la
Comisión de Evaluación prevista en el artículo 60 del pliego de bases
y condiciones particulares, aprobado por Decreto N° 989/06, a los
señores; Lic. Patricio Distéfano (DNI 28.462.986), Lic. Tomás
Palastanga (DNI 22.992.208), y Dr. Horacio Daniel Tonelli (LE
8.494.757).
Artículo 2° - Déjase sin efecto la Resolución N° 44-MMAGC/07.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a los interesados.
Comuníquese a la Procuración General de la Ciudad y a la Dirección
General de Política y Desarrollo del Espacio Público. Cumplido pase
para su conocimiento y en prosecución del trámite a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Piccardo
RESOLUCIÓN N° 21 - APRA/08
Se deja sin efecto la designación al cargo de Director General de
Control
Buenos Aires, 10 de marzo de 2008.
Visto la Ley N° 2.628 (B.O.C.B.A. N° 2852), el
Decreto N° 53/08 (B.O.C.B.A. N° 2857), las Resoluciones Nros. 10 y 11
de la Agencia de Protección Ambiental, ambas de fecha 20 de febrero de
2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de
Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 1° de febrero de 2008 del
registro de esta Agencia de Protección Ambiental, modificada por su
similar N° 10 de fecha 20 de febrero de 2008, se aprobó la estructura
orgánico funcional de la misma, como así también las
responsabilidades primarias de las unidades organizativas, entre ellas
la de la Dirección General de Planeamiento, la Dirección General de
Evaluación Técnica y la Dirección General de Control;
Que mediante la Resolución N° 11 de fecha 20 de febrero de 2008 del
registro de esta Agencia de Protección Ambiental, se designó a Javier
Aníbal Fígoli (DNI 17.015.647 - CUIT 20-17015647-2) para desempeñarse
a cargo de la Dirección General de Control;
Que razones de oportunidad ameritan dejar sin efecto la designación del
titular de la Dirección General de Control;
Por ello, y en uso de las atribuciones le conferidas por la Ley N°
2.628 y el Decreto N° 53 de fecha 18 de enero de 2008,
LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Déjase sin efecto la designación de
Javier Aníbal Fígoli (DNI 17.015.647) a cargo de la Dirección General
de Control de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Artículo 2° - Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos
Humanos y oportunamente, archívese. Gerola
DISPOSICIONES
Ministerio de Hacienda
DISPOSICIÓN N° 36 - DGTALMH/08
Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 21-SIGAF/08
Buenos Aires, 6 de marzo de 2008.
Visto la Ley N° 2.095, promulgada por Decreto N°
1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2658), su Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A.
N° 2658) y la Nota N° 6.274-DGTAyL-MH/07, y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación tramita la adquisición
de insumos para computación, con destino a esta Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de
Hacienda;
Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos
para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que, por Disposición N° 236-DGCyC/07, la Dirección General de Compras
y Contrataciones en su carácter de órgano rector del Sistema de
Contrataciones aprobó el pliego único de bases y condiciones
generales;
Que, mediante Disposición N° 3-DGCyC/08 se aprobó el pliego de bases
y condiciones particulares, a regir en la contratación en cuestión y
se llamó a Licitación Pública N° 21-SIGAF/08 para el día 31 de
enero de 2008, a las 11 horas, al amparo de lo establecido en el
artículo 31 concordante con el 1° párrafo del art. 32 de la Ley N°
2.095;
Que, tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas N° 82/08 se
recibieron tres (3) ofertas de las siguientes firmas: Dinatech S.A.,
Avantecno S.A. y Data Memory S.A.;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires informa, en el
marco de la declaración jurada sobre juicios pendientes ordenada por
Decreto N° 737/97, que de sus registros no surge litigio pendiente
relacionado con las empresas oferentes;
Que, se ha cumplimentado el cuadro comparativo de precios que ordena la
reglamentación y del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de
Ofertas N° 106/08, por el cual se aconseja la preadjudicación a favor
de las firmas: Dinatech S.A. (Renglones 1/3, 6/9, 12, 13, 16/19, 21 y
23), Data Memory S.A. (Renglones 4, 10 y 14), y Avantecno S.A.
(Renglones 5, 11, 15, 20 y 22), por resultar sus ofertas las más
convenientes conforme los términos del art. 109 concordante con el art.
108 (Renglón 5) y el art. 108 (demás renglones), ambos de la Ley N°
2.095;
Que, el acta emitida en consecuencia fue notificada a las empresas
oferentes y exhibida en la cartelera del organismo licitante los días
22 a 26 de febrero de 2008, fecha esta última coincidente con la
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, no
recibiéndose al vencimiento del plazo para formular impugnaciones
ninguna presentación al respecto;
Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del
presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique
el presente procedimiento;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 3° del
Decreto N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2568) y sus modificatorios,
EL DIRECTOR GENERAL
TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DISPONE:
Artículo 1° - Apruébase la Licitación Pública
N° 21-SIGAF/08 realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31
concordante con el 1° párrafo del art. 32 de la Ley N° 2.095,
reglamentado por Decreto N° 408/07 y sus modificatorios, y adjudícase
el suministro de insumos para computación a las siguientes empresas:
Dinatech S.A. (Renglones 1/3, 6/9, 12, 13, 16/19, 21 y 23) por la suma
de pesos veinticuatro mil setecientos cincuenta y dos con noventa
centavos ($ 24.752,90), Data Memory S.A. (Renglones 4, 10 y 14)
por la suma de pesos dos mil ciento treinta y cinco con cincuenta
centavos ($ 2.135,50), y Avantecno S.A. (Renglones 5, 11, 15, 20 y 22)
por la suma de pesos veintiún mil quince ($ 21.015), ascendiendo el
total de la presente erogación al monto de pesos cuarenta y siete mil
novecientos tres con cuarenta centavos ($ 47.903,40) con destino
a esta Dirección General, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Artículo 2° - Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida
del presupuesto en vigor.
Artículo 3° - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial
de la Dirección General de Compras y Contrataciones por el término de
un (1) día.
Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes.
Artículo 5° - Autorízase a la Dirección General de Compras y
Contrataciones a emitir las respectivas órdenes de compra ajustadas a
los proyectos obrantes en el pertinente actuado.
Artículo 6° - Regístrese y remítase en prosecución de su trámite a
la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Hacienda. Cumplido, previo al archivo de las presentes actuaciones pase
a intervención de la Unidad de Auditoría Interna de este Ministerio. García
Ministerio de Justicia y Seguridad
DISPOSICIÓN N° 670 - DGFyC-DGFOC/08
Se ratifican disposiciones
Buenos Aires, 27 de febrero de 2008.
Visto los Expedientes Nros. 10.671/05; 10.587/05;
4.828/07; 10.674/05; 61.556/05; 81.034/06; 47.762/07; 83.809/06 y
11.114/05 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N°
2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136) y la Ley N° 2.624 promulgada por
Decreto N° 2.137/07, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente N° 10.671/05 la Dirección
General de Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 26, de
fecha 18 de enero de 2008, dispuso la suspensión de la inscripción en
el Registro Público de Locales Bailables del local de baile sito en la
calle Vicente López 2233, planta baja, subsuelo y entrepiso, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el nombre de
fantasía "Sodoma" y que posee habilitación a nombre de la
firma Comple Service S.A.;
Que en el Expediente N° 10.587/05 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 30, de fecha 24 de
enero de 2008, dispuso la baja de la inscripción en el Registro
Público de Locales Bailables del local de baile sito en la calle
Sarmiento 1374, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
funciona con el nombre de fantasía "Salón Agusteo" y que
posee habilitación a nombre de la Asociación Italiana de Mutualidad e
Instrucción;
Que en el Expediente N° 4.828/07 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 29, de fecha 24 de
enero de 2008, dispuso intimar a la firma Gaoma S.A., titular del local
sito en la calle Vicente López 2152, planta baja, planta alta, subsuelo
y azotea, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona con el
nombre de fantasía "La López", a fin de que en el plazo de
72 horas presente la documentación requerida bajo apercibimiento de
rechazar la solicitud de inscripción en el Registro Público de Locales
Bailables;
Que en el Expediente N° 10.674/05 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 37, de fecha 25 de
enero de 2008, dispuso la suspensión de la inscripción en el Registro
Público de Locales Bailables del local de baile sito en la calle
Cecilia Grierson 225, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Opera Bay" y
que posee habilitación a nombre de la firma Kudamex S.A.;
Que en el Expediente N° 61.556/05 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 56, de fecha 1° de
febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el
Registro Público de Locales Bailables por el término de un (1) año,
del local de baile sito en la calle Salta 1736/1748, planta baja,
entrepiso, Unidad Funcional 16, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
que funciona con el nombre de fantasía "MBurucuya" y que
posee habilitación a nombre de Asociación Mutual de Buenos Aires;
Que en el Expediente N° 81.034/06 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 263, de fecha 14 de
febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el
Registro Público de Locales Bailables por el término de treinta (30)
días corridos, del local de baile sito en la avenida Santa Fe
4999/5001, planta baja, primer piso y azotea, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Kimia"
y que posee habilitación a nombre de la firma Seis Sigmas S.A.,
intimando a la empresa a que acredite en dicho plazo la regularización
de la ocupación del local;
Que en el Expediente N° 47.762/07 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 526, de fecha 20 de
febrero de 2008, dispuso la inscripción en el Registro Público de
Locales Bailables del local de baile sito en la avenida Rafael Obligado
1221, planta baja, y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
que funcionará con el nombre de fantasía "Tago Mago -Privilege"
y que posee habilitación a nombre de la firma Costa Salguero Catering
S.A.;
Que en el Expediente N° 83.809/06 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 612, de fecha 21 de
febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el
Registro Público de Locales Bailables y por el término de un (1) año,
del local de baile sito en la avenida Sáenz 459, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, que funciona con el nombre de fantasía "Kory
Megadisco" y que posee habilitación a nombre de la firma Assa
S.R.L.;
Que en el Expediente N° 11.114/05 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos mediante Disposición N° 613, de fecha 22 de
febrero de 2008, dispuso la renovación de la inscripción en el
Registro Público de Locales Bailables del local de baile sito en la
calle Lavalle 343/345/47, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
funciona con el nombre de fantasía "Bahrein" y que posee
habilitación a nombre de la firma XXS S.A.;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, en su artículo
2° se dispuso la creación del Registro Público de Lugares Bailables,
en el ámbito de la ex Subsecretaría de Control Comunal, actual Agencia
Gubernamental de Control, dependiente del Ministerio de Justicia y
Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 se
establece que la inscripción en el Registro Público de Lugares
Bailables se otorgará mediante disposición conjunta de las Direcciones
Generales de Fiscalización y Control, de Fiscalización de Obras y
Catastro, y de Habilitaciones y Permisos;
Que, de acuerdo a lo establecido por Ley N° 2.624 de fecha 13 de
diciembre de 2007, promulgada por Decreto N° 2.137 de fecha 28 de
diciembre de 2007, los organismos y competencias de la ex Subsecretaría
de Control Comunal son transferidos a la Agencia Gubernamental de
Control del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando la Dirección
de Registro Público de Lugares Bailables, integrada con nivel de
Dirección dentro de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos;
Que el artículo 6° de la Ley N° 2.624 establece que la Agencia
Gubernamental de Control ejercerá las competencias y desempeñará las
funciones que le fueran otorgadas al Jefe de Gobierno por los siguientes
cuerpos legales y aquellos que los reemplacen así como toda norma
relacionada con el cumplimiento de las responsabilidad primarias
asignadas, señalando el inciso f) textualmente: "...toda
normativa relacionada con el ámbito de control y fiscalización de la
Agencia...";
Que conforme a las normas citadas resulta necesario efectuar una
consulta a la Procuración General de la Ciudad, atento la cuestión de
interpretación normativa planteada;
Que hasta tanto dictamine la Procuración General de la Ciudad, conforme
con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 1/05 , corresponde que las Direcciones Generales de Fiscalización y
Control y de Fiscalización de Obras y Catastro, ratifiquen lo actuado
por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos en los
expedientes citados en el visto;
Por ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto
N° 2.137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO
DISPONEN:
Artículo 1° - Ratificar conjuntamente en todos sus
términos lo decidido por la Dirección General de Habilitaciones y
Permisos en las Disposiciones Nros. 26-DGHP/08, 30-DGHP/08, 29-DGHP/08,
37-DGHP/08, 56-DGHP/08, 263-DGHP/08, 526-DGHP/08, 612-DGHP/08 y 613-DGHP/08
resueltas en el marco de los expedientes citados en el visto.
Artículo 2° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a
los titulares de la inscripción de locales bailables en el Registro.
Comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido,
resérvese. Berkowski - Ávila Herrera
DISPOSICIÓN N° 1 - DGHyP - DGFOC -
DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 36.839/05, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A.
N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la
Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05
(B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N°
2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la
Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N°
68-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada
por Decreto N° 2.137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Claudio Marcelo Zurita, en carácter de
titular, solicitó la renovación de la inscripción al Registro
Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle Av. Rivadavia 7523
planta baja, entre piso y sótano, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "Asbury
Rock" conforme constancia obrante a fs. 384;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 35.936/03
concedida para los rubros café bar, despacho de bebidas, wisquería,
cervecería, billares y pool (actividad accesoria) Local de baile clase
"C" actividad complementaria y se encuentra inscripto en el
Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 70/06, por
Disposición Conjunta N° 12-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06, de fecha 21 de
febrero de 2006 obrante a fs. 179;
Que, mediante la Disposición Conjunta N° 6-DGHyP-DGFOC-DGFyC07,
obrante a fs.307, se renovó la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un
(1) año;
Que, de conformidad con lo normado en los DNU Nros. 1/05 y 2/05 y
Resoluciones Reglamentarias N° 11/05 y N° 12/05, se le otorgó una
capacidad máxima de doscientas diez y seis (216) personas mediante
informe de la DGHP, obrante a foja 162 y Disposición Conjunta N° 12 de
fecha 21 de febrero de 2006 que obra a fojas 179/180;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la
documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del
informe obrante a fs. 470;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los
fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada
por Decreto N° 2.137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:
Artículo 1° - Renuévese a partir del día 1° de
marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el
Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 70/06, que
opera con nombre fantasía "Asbury Rock", otorgada mediante
Disposición Conjunta N° 12-DGHP-DGFOC-DGFyC/06 a nombre del Sr.
Claudio Marcelo Zurita, correspondiente al establecimiento ubicado en
Av. Rivadavia 7523 planta baja, entre piso y sótano, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N°
35.936/03 en el carácter de café bar, despacho de bebidas, wiskería,
cervecería, billares y pool (actividad accesoria) y Local de Baile
Clase "C" como actividad complementaria y que le fuera
otorgada una capacidad de doscientas diez y seis (216) personas mediante
Disposición Conjunta N° 12-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo
período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no
inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma,
acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la
documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento al
Sr. Claudio Marcelo Zurita. Comuníquese a la Dirección General de
Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del
Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Farrel - Berkowski -
Ávila Herrera
DISPOSICIÓN N° 2 - DGHyP - DGFOC -
DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 11.115/05, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A.
N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la
Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05
(B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N°
2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la
Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N° 68
-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada por
Decreto N° 2.137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Gastón Pulikas, en carácter de
apoderado de Loyment S.A., solicitó la renovación de la inscripción
al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle Perú
342/46/48/50 P.B., EP s/PB, PA, EP s/PA y azotea de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía
"Rey Castro" conforme constancia obrante a foja 626;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 85.487/05
concedida para los rubros restaurante, cantina, local de baile clase
"C" y se encuentra inscripto en el Registro Público de
Lugares Bailables bajo el N° 3/05, por Disposición Conjunta N° 4-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05
de fecha 1° de marzo de 2005;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas N° 18-DHyGP-DGFOC-DGFyC/06
obrante a fs. 351 y N° 9-DGHyP-DGFOC-DGFyC/07, obrante a foja 523, se
renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada una
de ellas;
Que, de conformidad con lo normado en los DNU Nros. 1/05 y 2/05 y
Resoluciones Reglamentarias N° 11/05 y N° 12-SSCC/05, se le otorgó
una capacidad máxima de novecientas una (901) personas mediante informe
de la DGHyP, obrante a foja 371 y disposición conjunta de fecha 24 de
abril de 2006 que obra a foja 387 y que fue consignado en Plancheta de
Habilitación de fecha 23 de febrero de 2006 que obra a foja 627;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la
documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del
informe obrante a fojas 736 a 737;
Que del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los
fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada
por Decreto N° 2.137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:
Artículo 1° - Renuévese a partir del día 2 de
marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el
Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 3/05, que
opera con nombre fantasía "Rey Castro", otorgada mediante
Disposición Conjunta N° 4-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 a nombre de la empresa
Loyment S.A. correspondiente al establecimiento ubicado en la calle
Perú 342/46/48/50 PB, EP s/PB, PA, EP s/PA y azotea de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N°
85.487/05 en el carácter de local de baile clase "C" y, que
le fuera otorgada una capacidad de novecientas una (901) personas de
conformidad con lo normado por Resoluciones Nros. 11 y 12-SSCC/05, DNU
N° 1 y N° 2/05.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo
período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no
inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma,
acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la
documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la
firma Loyment S.A. Comuníquese a la Dirección General de
Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del
Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Farrel - Berkowski -
Ávila Herrera
DISPOSICIÓN N° 3 - DGHyP - DGFOC -
DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 11.117/05, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A.
N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la
Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05
(B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N°
2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la
Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N°
68-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada
por Decreto N° 2.137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Juan B. Marino, en el carácter de
Presidente de Lenos S.A., solicitó la renovación de la inscripción al
Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle
Sarmiento 1656/58/62 (P.B., sótano, 1° y 2° piso) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de
fantasía "La France" conforme constancia obrante a fs. 508;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 56.226/98
concedida para los rubros restaurante, cantina, casa de lunch,
café-bar, despacho de bebidas, whisquería, cervecería, Local de baile
clase "C" actividad complementaria y se encuentra inscripto en
el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 4/05, por
Disposición Conjunta N° 5-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05, de fecha 1° de marzo
de 2005 obrante a fs. 105;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas N° 14-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06,
obrante a fs. 270 y N° 10-DGHyP-DGFOC-DGFyC/07, obrante a fs. 400, se
renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada una
de ellas;
Que, mediante Disposición N° 136-DHGyP-DGFOC-DGFyC/05 de fecha 29 de
septiembre de 2005 obrante a fs. 520/1, se otorgó una capacidad máxima
para funcionar de mil trescientas setenta y dos (1.372) personas;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la
documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del
informe obrante a fs. 595/6;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los
fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada
por Decreto N° 2.137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:
Artículo 1° - Renuévese a partir del día 2 de
marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el
Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 4/05, que
opera con nombre fantasía "La France", otorgada mediante
Disposición Conjunta N° 5-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 a nombre de la empresa
Lenos S.A., correspondiente al establecimiento ubicado en la calle
Sarmiento 1656/58/62 (P.B., sótano, 1° y 2° piso) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N°
56.226/98 en el carácter restaurante, cantina, casa de lunch,
café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile
clase "C" como actividad complementaria y, que le fuera
otorgada una capacidad de mil trescientas setenta y dos (1.372) personas
mediante Disposición Conjunta N° 136-DHGyP-DGFOC-DGFyC/05.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo
período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no
inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma,
acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la
documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la
firma Lenos S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización
y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad.
Cumplido, resérvese. Farrel - Berkcowski - Ávila Herrera
DISPOSICIÓN N° 4 - DGHyP - DGFOC -
DGFyC/08
Se renueva inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
Buenos Aires, 29 de febrero de 2008.
Visto el Expediente N° 10.600/05, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A.
N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la
Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05
(B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N°
2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la
Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N°
68-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada
por Decreto N° 2.137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Diego Gustavo Minerva, en representación
de Blumaco S.R.L., solicitó la renovación de la inscripción al
Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en la calle
Quintana 362 planta sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
desarrolla actividad con nombre de fantasía "New Shampoo"
conforme constancia obrante a fs. 543;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 61.879/91
concedida para el rubro Local de baile clase "C" y se
encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el
N° 7/05, por Disposición Conjunta N° 8-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 de fecha
2 de marzo de 2005;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas N° 15-DHGyP-DGFOC-DGFyC/06
obrante a fs. 309 y N° 12-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06, obrante a fs. 442, se
renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada una
de ellas;
Que, mediante Disposición N° 88-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 de fecha 27 de
julio 2005 fs.161, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de
doscientas veinte (220) personas;
Que, la Dirección Registro de Lugares Bailables, evaluó la
documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del
informe obrante a fs. 617/618;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los
fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada
por Decreto N° 2.137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN:
Artículo 1° - Renuévese a partir del día 2 de
marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el
Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 7/05, que
opera con nombre fantasía "New Shampoo", otorgada mediante
Disposición Conjunta N° 8-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 a nombre de la empresa
Blumaco S.R.L. correspondiente al establecimiento ubicado en la calle
Quintana 362, planta sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
posee habilitación por Expediente N° 61.879/91 en el carácter de
local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una
capacidad de doscientas veinte (220) personas mediante Disposición
Conjunta N° 88-DHGyP-DGFOC-DGFyC/05.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo
período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no
inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma,
acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la
documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la
firma Blumaco S.R.L. Comuníquese a la Dirección General de
Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del
Gobierno de la Ciudad. Cumplido, resérvese. Farrel - Berkowski -
Ávila Herrera
Ministerio de Gobierno
DISPOSICIÓN N° 1.396 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 24 de julio de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 73.396/04, ant.
1,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Proyecto Verde
S.R.L., con domicilio en la calle Gral. Manuel Rodríguez 2194, P.B.,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros "empresas de limpieza de edificios; empresa de
desinfección y desratización; reparaciones y mantenimiento de
edificios y sus partes; empresa de limpieza y desinfección de tanques
de agua potable", otorgada por el Expediente N° 67.036/04 a nombre
de Proyecto Verde S.R.L.;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Arce, Gustavo Adolfo, DNI 22.848.103, de profesión ingeniero agrónomo,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.497;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 1.888 del cual surge que Farina, Gerardo
Alberto y Borro, Omar Jorge no registran anotaciones en el Registro de
Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 815, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Proyecto Verde S.R.L., habilitada por Expediente N°
67.036/04, con domicilio en la calle Gral. Manuel Rodríguez 2194, P.B.,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 1.618 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 14 de agosto de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 55.980/07,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Gustavo
Federico Marzotta, con domicilio en la calle Amenabar 2482, 1°, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante tramita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros "empresa de desinfección y desratización", por la
Carpeta N° 5.429/07 a nombre de Gustavo Federico Marzotta;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Gustavo Federico Marzotta, DNI 16.974.078, de profesión ingeniero
agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores
Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo
el N° 1.410;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 3.634 del cual surge que Gustavo Federico
Marzotta no registran anotaciones en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Inscríbese en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 917, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa Gustavo Federico Marzotta,
propiedad de Gustavo Federico Marzotta, con habilitación en tramite por
la Carpeta N° 5.429/07, con domicilio en la calle Amenábar 2482, 1°,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.242 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 16 de octubre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 39.760/82, ant.
13,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Amadeo Alberto
Di Giorgi, con domicilio en la calle Sánchez de Bustamante 104, 1° P,
D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro Agencia Comercial (205.001) (de trabajos eventuales de
recepción de pedidos de reparaciones domiciliarias, desratizaciones),
otorgada por el Expediente N° 94.937/86 a nombre de Amadeo Alberto Di
Giorgi;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Ricardo Pacífico Chezo, LE 5.623.815, de profesión ingeniero
agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores
Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo
el N° 1.002;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 2.096 del cual surge que Amadeo Alberto
Di Giorgi no registra anotaciones en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 66, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Fumiguen, propiedad de Amadeo Alberto Di Giorgi, habilitada
por Expediente N° 94.937/86, con domicilio en la calle Sánchez de
Bustamante 104, 1° P., D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.281 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 23 de octubre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 27.774/02, ant.
2,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfectación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Josefina
Cordero, con domicilio en la calle Jujuy 1260, 3° piso, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros Empresa de Desinfección y Desratización; Reparaciones y
Mantenimiento de Edificios y sus partes, otorgada por el Expediente N°
17.452/02 a nombre de Josefina Cordero;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Carlos Guillermo Giraldes, DNI 21.585.492, de profesión analista en
contaminación, quien se encuentra inscripto en el Registro de
Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y
Desinfectación, bajo el N° 1.507;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 4.010 del cual surge que Josefina Cordero
no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 739, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Ambiental, propiedad de Josefina Cordero, habilitada por
Expediente N° 17.452/02, con domicilio en la calle Jujuy 1260, 3°
piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.287 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 23 de octubre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 43.237/93 ant. 9,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a empresas privadas de desinfección y desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Osvaldo Rodolfo
Salti, con domicilio en la Av. Boedo 722, Loc. 25, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro empresa de desinfección y desratización, otorgada por el
Expediente N° 29.674/93 a nombre de Osvaldo Rodolfo Salti;
Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a
Andrés Kocmur, DNI 13.804.794, de profesión ingeniero agrónomo, quien
se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.105;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 3.923 del cual surge que Osvaldo Rodolfo
Salti no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 309, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a
la empresa Desinfectadora San Jorge, propiedad de Osvaldo Rodolfo Salti,
habilitada por Expediente N° 29.674/93, con domicilio en la Av. Boedo,
722, Loc. 25, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.415 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 2 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 48.198/07,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Eco
Fumigaciones S.R.L., con domicilio en la Av. Federico Lacroze 3591, P.B.,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros "empresa de desinfección y desratización; empresa de
limpieza y desinfección de tanques de agua potable", otorgada por
el Expediente N° 84.762/06 a nombre de Esteban Pablo Eimer y Norberto
Eimer;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Andrés Kocmur, DNI 13.804.794, de profesión ingeniero agrónomo,
quién se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.105;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto
N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 8.114 del cual surge que Esteban Pablo
Eimer y Norberto Eimer no registran anotaciones en el Registro de
Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Inscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 927, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa Eco Fumigaciones S.R.L.,
habilitada por Expediente N° 84.762/06, con domicilio en la Av.
Federico Lacroze 3591, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c)- Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.416 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 2 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 63.537/95, ant.
8,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Saneamiento
Urbano S.R.L., con domicilio en la calle Roseti 1325, P.B., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro Empresa de Desinfección y Desratización, otorgada por el
Expediente N° 66.689/93 a nombre de Saneamiento Urbano S.R.L.;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Arce, Gustavo Adolfo, DNI 22.848.103, de profesión ingeniero agrónomo,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.497;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 8.874 del cual surge que Meyer, Victor
Federico, Paganelli Graciela y Meyer, María Cecilia no registran
anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 265, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Saneamiento Urbano S.R.L., habilitada por Expediente N°
66.689/93, con domicilio en la calle Roseti 1325, P.B., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.417 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 2 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 40.588/81, ant.
17,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Eduardo Justino
Bulacio, con domicilio en la calle Irala 1192, P.B., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros Empresa de Desinfección y Desratización; Reparaciones y
Mantenimiento de Edificios y sus Partes, otorgada por el Expediente N°
566/98 a nombre de Eduardo Justino Bulacio;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Juan Carlos Waldmann, DNI 16.246.257, de profesión ingeniero agrónomo,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.462;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 3.657 del cual surge que Eduardo Justino
Bulacio no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 33, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Lyon Service Ambiental, propiedad de Eduardo Justino
Bulacio, habilitada por Expediente N° 566/98, con domicilio en la calle
Irala 1192, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.454 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 12 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto
Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 24.781/93, ant. 8,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Milka Lilian
Gadea, con domicilio en la calle White 606, P.B., 2 y en la Av. Juan
Bautista Alberdi 4694, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro empresa de desinfección y desratización, otorgada por el
Expediente N° 72.991/97 a nombre de Milka Lilian Gadea;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Rosa Carmen Romano, DNI 10.605.954, de profesión bioquímica, quien se
encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas
Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.448;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 2.917 del cual surge que Milka Lilian
Gadea no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 295, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a
la empresa Jorge Milka y propiedad de Milka Lilian Gadea, habilitada por
Expediente N° 72.991/97, con domicilio en la calle White 606, P.B., 2 y
en la Av. Juan Bautista Alberdi 4694, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.456 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 12 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 92.486/98, ant.
4,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Oscar Horacio
Monardez, con domicilio en la Av. Díaz Vélez 5199 P.B., de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros empresa de desinfección y desratización; empresa de
limpieza y desinfección de tanques de agua potable, otorgada por el
Expediente N° 51.371/07 a nombre de Oscar Horacio Monardez;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Daniel Eduardo Rossotti, DNI 17.107.973, de profesión licenciado en
tecnología industrial de los alimentos, quien se encuentra inscripto en
el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de
Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.452;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 3.655 del cual surge que Oscar Horacio
Monardez no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 560, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a
la empresa Sanidad Norte "Higiene Ambiental", propiedad de
Oscar Horacio Monárdez, habilitada por Expediente N° 51.371/07, con
domicilio en la Av. Díaz Vélez 5199, P.B., de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c)- Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.462 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 46.667/03, ant.
3,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Claudio Gabriel
Gordano, con domicilio en la Av. Fco. Lacroze 2978, 3° P, C, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros empresas de limpieza de edificios; empresa de desinfección y
desratización; reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes,
otorgada por el Expediente N° 78.288/01 a nombre de Claudio Gabriel
Gordano;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Jorge Alejandro Urtreger, DNI 18.317.652, de profesión licenciado en
ciencias biológicas, quien se encuentra inscripto en el Registro de
Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y
Desinfestación, bajo el N° 1.439;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto
N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 3.946 del cual surge que Claudio Gabriel
Gordano no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 774, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1 al 2.1.10 y 3.1.1 al 3.1.3, a
la empresa Pulcrox, propiedad de Claudio Gabriel Gordano, habilitada por
Expediente N° 78.288/01, con domicilio en la Av. Fco. Lacroze 2978, 3°
P., C, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.558 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 92.223/95, ant.
6,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Carlos Alberto
Baroni, con domicilio en la calle Dean Funes 1291, P.B., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro Empresa de Desinfección y Desratización; Com. Min. de
Artícul. de Limpieza, otorgada por el Expediente N° 77.408/95 a nombre
de Carlos Alberto Baroni;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Juan Carlos Waldmann, DNI 16.246.257, de profesión ingeniero agrónomo,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.462;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 4.143 del cual surge que Carlos Alberto
Baroni no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 498, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Carlos Alberto Baroni, propiedad de Carlos Alberto Baroni,
habilitada por Expediente N° 77.408/95, con domicilio en la calle Dean
Funes 1291, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.561 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 46.990/82, ant.
16,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por OSPE S.A., con
domicilio en las calles Uruguay 239, 5° P, Of. H, y Uruguay 228, 1° P,
Of. 21, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro Empresa de Desinfección y Desratización, otorgada por los
Expedientes N° 90.094/92 y 79.584/92 a nombre de OSPE S.A.;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Guillermo Ramón Villarquide, DNI 441.705, de profesión bioquímico,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.031;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se han
acompañado los Certificados N° 2.269 y N° 2.268 del cual surge que
Vinent Jorge Alberto y Vinent Carlos Osvaldo no registran anotaciones en
el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 69, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa OSPE S.A., habilitada por los Expedientes Nros. 90.094/92 y
79.584/92, con domicilio en las calles Uruguay 239, 5° P., Of. H y
Uruguay 228, 1° P., Of. 21, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.562 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 52.344/01, ant.
4,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Carlos Alberto
Jackson Cilley, con domicilio en la Av. Cabildo 3816, 2° P., C, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros Empresa de Desinfección y Desratización; Reparaciones y
Mantenimiento de Edificios y sus Partes, otorgada por el Expediente N°
51.089/01 a nombre de Carlos Alberto Jackson Cilley;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Arce Gustavo Adolfo, DNI 22.848.103, de profesión ingeniero agrónomo,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.497;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 10.940 del cual surge que Carlos Alberto
Jackson Cilley no registra anotaciones en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 710, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Grupo Americano, propiedad de Carlos Alberto Jackson Cilley,
habilitada por Expediente N° 51.089/01, con domicilio en la Av. Cabildo
3816, 2° P., C, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.565 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 47.937/93, ant.
7,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Marcelo Aurelio
Fusaro, con domicilio en la calle Manzanares 4321 P.B., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro Empresa de Desinfección y Desratización, otorgada por el
Expediente N° 21.892/93 a nombre de Marcelo Aurelio Fusaro;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Orlando Aureliano Sánchez, CI 2.377.503, de profesión ingeniero
agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores
Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo
el N° 1.160;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 3.499 del cual surge que Marcelo Aurelio
Fusaro no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 312, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa Desinfectadora Damigon, propiedad de Marcelo Aurelio Fusaro,
habilitada por Expediente N° 21.892/93, con domicilio en la calle
Manzanares 4321, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.581 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 12.838/85, ant.
15,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Centro de Ayuda
Enfermos del Riñón , con domicilio en la calle Dr. Enrique
Finocchietto 2080, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
el rubro Oficina Comercial (205002), otorgada por el Expediente N°
8.667/85 a nombre de Centro de Ayuda Enfermos del Riñón;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
María Fernanda González, DNI 18.075.835, de profesión bioquímica,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.379;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 3.476 del cual surge que Fontan Casas
José Juan no registra anotaciones en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Reinscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfectación bajo
el N° 111, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, puntos 2.1.1. al 2.1.10 y 3.1.1. al 3.1.3.,
a la empresa C.A.E.R. - Centro de Ayuda Enfermos del Riñón habilitada
por Expediente N° 8.667/85, con domicilio en la calle Dr. Enrique
Finocchietto 2080, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de reinscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.635 - DGCCA/07
Se reinscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 4 de diciembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto
Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 76.231/07,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Ana María
Aranda, con domicilio en la Av. Juan B. Justo 6592, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización; Empresa de
Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable", otorgada por
el Expediente N° 70.008/07 a nombre de Ana María Aranda;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Alejandro Javier Lambruschini, DNI 18.367.074, de profesión ingeniero
agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores
Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo
el N° 1.570;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 4.020 del cual surge que Ana María
Aranda no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Inscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 933, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa Ana María Aranda, propiedad de
Ana María Aranda, habilitada por Expediente N° 70.008/07, con
domicilio en la Av. Juan B. Justo 6592, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
DISPOSICIÓN N° 2.750 - DGCCA/07
Se inscribe empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas
de Desinfección y Desinfestación
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2007.
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el
Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 84.516/07,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita
la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades
correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación,
conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Aldo Horacio
Maresca, con domicilio en la calle Cervantes 1470, P.B., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo
los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización
(oficina)", otorgada por el Expediente N° 84.380/07 a nombre de
Aldo Horacio Maresca;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a
Aldo Horacio Maresca, DNI 12.558.713, de profesión ingeniero agrónomo,
quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de
Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1.329;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de
presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo
establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado
Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha
acompañado el Certificado N° 4.885 del cual surge que Aldo Horacio
Maresca no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la
actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la
reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
Artículo 1° - Inscríbase en el Registro de
Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo
el N° 935, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, a la empresa El Rayo, propiedad de Aldo
Horacio Maresca, habilitada por Expediente N° 84.380/07, con domicilio
en la calle Cervantes 1470, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 2° - Extiéndase el certificado de inscripción a la firma
mencionada.
Artículo 3° - La presente disposición es refrendada por los Sres.
responsables de las Áreas Registro y Supervisión de Empresas y Control
de Plagas.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación
de la parte interesada, pase al Área Control de Plagas. Cumplido,
archívese. Fígoli - Romero (a/c) - Yacachury (a/c)
Conjuntas: Ministerio de Desarrollo Económico - Ministerio de
Desarrollo Urbano
DISPOSICIÓN N° 13 - DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública
Buenos Aires, 11 de marzo de 2008.
Visto los Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N°
2829), N° 171/08 (B.O.C.B.A. N° 2885), el Expediente N° 7.663/05, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 171/08, se aprobó el pliego
de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas,
para contratar mediante licitación pública, la concesión de uso y
explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada entre
las avenidas Leandro N. Alem, Córdoba, Eduardo Madero y la calle San
Martín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada
"Catalinas Norte";
Que, resulta conveniente y necesario materializar ese otorgamiento
mediante el respectivo llamado a licitación pública;
Que, el artículo 2° del Decreto N° 171/08 autoriza a las Direcciones
Generales de Tránsito y de Concesiones, a realizar en forma conjunta el
respectivo llamado a licitación pública y faculta a las mismas a
emitir las aclaraciones pertinentes;
Que, el presente acto administrativo se dicta de conformidad con las
prescripciones del artículo 3° de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del artículo
2° del Decreto N° 171/08;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES Y
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO
DISPONEN:
Artículo 1° - Convócase a licitación pública con
el objeto de otorgar la concesión de uso y explotación de la playa
subterránea de estacionamiento ubicada entre la avenida Leandro N. Alem,
Córdoba, Eduardo Madero y la calle San Martín de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, denominada "Catalinas Norte".
Artículo 2° - Dispónese que la presentación de ofertas se realizará
en la Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4°
piso, oficina 408, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario
de 12 a 15 horas, desde las 12 horas del día 17 de marzo de 2008 hasta
las 11 horas del día 29 de abril de 2008.
Artículo 3° - Establécese el valor de los pliegos en la suma de pesos
tres mil ($ 3.000) y el valor del canon base a ofrecer, en la suma de
pesos setenta y tres mil ($ 73.000).
Artículo 4° - Fíjase la apertura de las ofertas para el día 29 de
abril de 2008, a las 13.15 horas, en el Microcine del Palacio
Gubernamental, ubicado en Av. de Mayo 525, planta baja de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a
los Ministerios de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano.
Cumplida, archívese. Solari Costa - Fariña
DISPOSICIÓN N° 14- DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública
Buenos Aires, 11 de marzo de 2008.
Visto los Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N°
2829), N° 169/08 (B.O.C.B.A. N° 2885), el Expediente N° 4.650/04, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 169/08, se aprobó el pliego
de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas,
para contratar mediante licitación pública, la concesión de uso y
explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en la
Av. Corrientes 436 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada
E-12;
Que, resulta conveniente y necesario materializar ese otorgamiento
mediante el respectivo llamado a licitación pública;
Que, el artículo 2° del Decreto N° 169/08 autoriza a las Direcciones
Generales de Tránsito y de Concesiones, a realizar en forma conjunta el
respectivo llamado a licitación pública y faculta a las mismas a
emitir las aclaraciones pertinentes;
Que, el presente acto administrativo se dicta de conformidad con las
prescripciones del artículo 3° de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del artículo
2° del Decreto N° 169/08;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES Y
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO
DISPONEN:
Artículo 1° - Convócase a licitación pública con
el objeto de otorgar la concesión de uso y explotación de la playa
Subterránea de Estacionamiento ubicada en la Av. Corrientes 436 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada E-12.
Artículo 2° - Dispónese que la presentación de ofertas se realizará
en la Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4°
piso, oficina 408, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario
de 12 a 15 horas, desde las 12 horas del día 17 de marzo de 2008 hasta
las 11 horas del día 30 de abril de 2008.
Artículo 3° - Establécese el valor de los pliegos en la suma de pesos
tres mil ($ 3.000) y el valor del canon base a ofrecer en la suma de
pesos sesenta y tres mil quinientos ($ 63.500).
Artículo 4° - Fíjase la apertura de las ofertas para el día 30 de
abril de 2008, a las 13.15 horas, en el Microcine del Palacio
Gubernamental, ubicado en Av. de Mayo 525, planta baja de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a
los Ministerios de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano.
Cumplida, archívese. Solari Costa - Fariña
DISPOSICIÓN N° 15 - DGCONC-DGTRANSI/08
Se convoca a licitación pública
Buenos Aires, 11 de marzo de 2008.
Visto los Decretos N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N°
2829), N° 170/08 (B.O.C.B.A. N° 2885), el Expediente N° 42.508/06 y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 170/08, se aprobó el pliego
de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas,
para contratar mediante licitación pública, la concesión de uso y
explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en el
subsuelo de la Av. Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominada E-03;
Que, resulta conveniente y necesario materializar ese otorgamiento
mediante el respectivo llamado a licitación pública;
Que, el artículo 2° del Decreto N° 170/08 autoriza a las Direcciones
Generales de Tránsito y de Concesiones, a realizar en forma conjunta el
respectivo llamado a licitación pública y faculta a las mismas a
emitir las aclaraciones pertinentes;
Que, el presente acto administrativo se dicta de conformidad con las
prescripciones del artículo 3° de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del artículo
2° del Decreto N° 170/08;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES Y
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO
DISPONEN:
Artículo 1° - Convócase a licitación pública con
el objeto de otorgar la concesión de uso y explotación de la playa
subterránea de estacionamiento ubicada en el subsuelo de la Av.
Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, denominada E-03.
Artículo 2° - Dispónese que la presentación de ofertas se realizará
en la Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, 4°
piso, oficina 408, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario
de 12 a 15 horas, desde las 12 horas del día 17 de marzo de 2008 hasta
las 11 horas del día 2 de mayo de 2008.
Artículo 3° - Establécese el valor de los pliegos en la suma de pesos
tres mil ($ 3.000) y el valor del canon base a ofrecer en la suma de
pesos ochenta y siete mil quinientos ($ 87.500).
Artículo 4° - Fíjase la apertura de las ofertas para el día 2 de
mayo de 2008, a las 13.15 horas, en el Microcine del Palacio
Gubernamental, ubicado en Av. de Mayo 525, planta baja de la Ciudad de
Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a
los Ministerios de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano.
Cumplida, archívese. Solari Costa - Fariña
Cumplimiento
de los arts. 34 y 35 de la Ley Nº 2.180
Cuarto Trimestre de 2007
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
Imagen 1 2
COMUNICADOS Y AVISOS
DISPOSICIONES
MINISTERIO DE SALUD
DISPOSICIÓN N° 62 - HIFJM/08
Se otorga plazo para reubicación de local
Buenos Aires, 11 de febrero de 2008.
Visto el Expediente Nº 75.930/07,
CONSIDERANDO:
Que mediante nota de fecha 13 de marzo de 2007, que
fuera caratulada como Registro Nº 15-HIFJM/07, que diera origen al
presente, el señor Antonio Miguel Macazaga Maraboto, DNI 92.283.845,
solicitó que se autorice en el marco de las previsiones establecidas por
la Ley Nº 24.308 (B.O. del 18/1/94) AD 440.5, reglamentada por Decreto
Nº 795-PEN/94 (B.O. del 31/5/94), la instalación de gas natural en el
pequeño comercio que explota dentro del Hospital de Infecciosas
"Francisco J. Muñiz", dependiente del Ministerio de Salud del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del requerimiento efectuado, se dio intervención a la
entonces Dirección General de Concesiones y Privatizaciones del
Ministerio de Hacienda (actual Dirección General Concesiones, dependiente
del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno), toda vez que la
petición que nos ocupa está relacionado con la Nota Nº 1.361-DGCyP/06;
Que a través de la citada Nota Nº 1.361-DGCyP/06, agregada a las
presentes actuaciones, la Unidad de Organización citada en el
considerando precedente informó que: "Conforme surge de los
relevamientos efectuados por personal dependiente de esta Dirección
General, el beneficiario ha instalado un pequeño anexo a su local que es
utilizado como depósito de bebidas. Al respecto, cabe señalar que no
cabe de la documentación obrante en esta Unidad de Organización, que el
Sr. Macazaga Marabotto haya gestionado previamente ante las autoridades
del Hospital, la correspondiente autorización para extenderse por fuera
del perímetro originalmente permisionado";
Que a fs. 5 esta Dirección informó que el peticionante "…no ha
gestionado ante la Dirección de este Hospital ninguna autorización para
extenderse por fuera del perímetro permisionado…" y: "Ante
las reiteradas ocupaciones del espacio público que intentó efectuar el
Sr. Macazaga Marabotto para la explotación del kiosko en cuestión, desde
esta dirección en forma verbal se le solicitó ajustarse al perímetro
permisionado";
Que asimismo, se señaló que: "la ubicación autorizada para el
mencionado local no es la óptima, dado que las instalaciones del local
ocupan un área que llega casi sobre la calle de entrada y salida de
vehículos del Hospital donde la misma hace una curva, obligando el paso
peatonal por la calzada, y exponiendo a peatones y clientes que frecuentan
el kiosko, a posibles accidentes por las circunstancias descriptas";
Que tomó nueva intervención la ex Dirección General de Concesiones
(entonces dependiente del Ministerio de Hacienda del Gobierno), la cual
sugirió que, con el fin de prevenir percances ocasionados por el actual
emplazamiento del local, se evalúe la posibilidad de hallar, dentro del
hospital, una ubicación alternativa para continuar con la actividad que
viene desarrollando el peticionante, en el marco del convenio suscripto
con fecha 27 de febrero de 1998 entre el entonces Titular de la Dirección
de Concesiones y Privatizaciones y el señor Antonio Miguel Macazaga
Marabotto, cuya copia certificada obra glosada en las actuaciones;
Que asimismo se encuentra glosada copia certificada del acta, suscripta
con fecha de 30 de marzo de 1998, a través de la cual se convino
modificar la ubicación del kiosko, originalmente dispuesta en el
mencionado convenio, conforme plano que como Anexo forma parte integrante
de la presente;
Que cabe señalar que el convenio fue suscripto en el marco de las
previsiones establecidas por la Ley Nº 24.308 (B.O. del 18/1/94) AD
440.5, reglamentada por Decreto Nº 795-PEN/94 AD 440.5 (B.O. del 31/5/94)
y lo preceptuado por el Decreto Nº 1.553/97 (B.O. N° 326), vigente en el
ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, normas que
prevén el derecho de aquellas personas con necesidades especiales para la
instalación de pequeños comercios en los espacios del dominio público
de la Ciudad;
Que con relación a la reubicación del local que ocupa el peticionante, a
fs. 8 obra un plano con la localización alternativa del mismo, a efectos
que la entonces Dirección General de Recursos Físicos en Salud (actual
Dirección General de Recursos Físicos en Salud) apruebe el mismo, ello a
los efectos que el señor Macazaga Marabotto continúe con sus
actividades, sin que ello importe afectar la integridad y seguridad tanto
del personal que se desempeña en el ámbito del establecimiento
asistencial, como así también del eventual público asistente;
Que mediante Informe Nº 5.047-DGRFS/06, la Dirección General citada en
el párrafo precedente prestó su conformidad, notificándose al
interesado con fecha 7 de diciembre de 2006, tal como surge al pie de fs.
8;
Que atento el tiempo transcurrido, y toda vez que no se encuentra
cumplimentado la citada reubicación, la citada Dirección General de
Concesiones solicitó el dictado de acto administrativo, disponiendo la
nueva localización;
Que tomó intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.218 (B.O.
N° 1850);
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL DE INFECCIOSAS FRANCISCO J. MUÑIZ
DISPONE:
Artículo 1º - Otórgase al señor Antonio Miguel
Macazaga Marabotto, DNI 92.283.845, un plazo de cuarenta y cinco (45)
días, a partir de la fecha de notificación de la presente, para efectuar
la reubicación del local, objeto del convenio suscripto con fecha 27 de
febrero de 1998 entre el entonces Titular de la Dirección de Concesiones
y Privatizaciones, de la ex Secretaría de Hacienda y Finanzas del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el señor Antonio Miguel
Macazaga Marabotto, conforme el plano que como Anexo forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2º - Regístrese, notifíquese al señor Antonio Miguel
Macazaga Marabotto, DNI 92.283.845, los términos de la presente, conforme
los extremos dispuestos por los artículos 60 y 61 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Cumplido, gírese para su conocimiento a las Direcciones Generales
Adjuntas Región Sanitaria 1, Recursos Físicos en Salud, ambas
dependientes del Ministerio de Salud, y Concesiones, dependiente del
Ministerio de Desarrollo Económico. Mármol
Nota: los Anexos pueden ser consultados
en la Dirección del Hospital de Infecciosas Francisco J. Muñiz, sito en
Uspallata 2272 de lunes a viernes en el horario de 7 a 13 horas.
CA 160
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
Solicitud de personal
Se solicita personal para desempeñarse en esta Agencia
Gubernamental de Control, ubicada en Avenida de los Patricios 1442, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Personal para servicios generales (tareas de mantenimiento y
mayordomía).
* Electricista.
* Albañil.
* Operario para reparaciones generales.
* Correo y/u ordenanza (para tareas internas dentro de la agencia).
Requisitos:
- Personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de planta
permanente, Decreto Nº 948/05 y/o Resolución Nº 1.924-MHGC/07
(Resolución N° 959-MHGC/07).
- Autorización del Director del Área.
Informes: llamar a la Dirección de Recursos Humanos y
Organización, teléfono 4323-8900, int. 5127, de lunes a viernes de 10 a
13 hs. para entrevista.
Rubén R. Torres
Coordinador de la Unidad
de Administración y Control de Gestión
CA 169
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS
DIRECCIÓN GENERA DE DEFENSA CIVIL
Solicitud de personal
La Dirección General de Defensa Civil, dependiente del
Ministerio de Justicia y Seguridad, solicita personal de planta permanente
y/o en la modalidad 948/05, 959/07 (Empleo Público) con las siguientes
características:
- Auxiliares administrativos.
- Choferes.
- Personal operativo para tareas de emergencia.
Los interesados deberán solicitar entrevista en la Dirección General de
este organismo en forma personal o telefónica 4932-8827, dentro del
horario de 9 a 16 hs. de lunes a viernes, Estados Unidos 3275, Capital
Federal.
Daniel O. Russo
Director General
CA 159
Inicia: 11-3-2008 Vence: 13-3-2008
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
COORDINACIÓN DE JUNTAS DE CLASIFICACIÓN DOCENTE Y DISCIPLINA
Docentes - Exhibición de listados por orden de mérito 2007, Área de
Educación Media (Zona I)
El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires en cumplimiento con lo normado en la Ordenanza Nº 40.593
y su reglamentación, comunica la exhibición de los listados por orden de
mérito 2007, correspondientes al Área de Educación Media Zona I.
Lugar de exhibición: Paseo Colón 315, 3º piso.
Días de exhibición: 26, 27 y 28 de marzo de 2008.
Horario: 10 a 17 horas.
Importante:
Reconsideración de puntaje:
Lugar: Paseo Colón 315, 3º piso.
Días: 31 de marzo, 1° y 3 de abril de 2008.
Horario: 10 a 17 horas.
Reclamos por antigüedad:
Lugar: DGPDyND, Paseo Colón 255, 1º piso contrafrente.
Días: 31 de marzo, 1° y 3 de abril de 2008.
Horario: 10 a 12 y de 14 a 16 horas.
Ricardo Muraro
Coordinador
Francisco Aráoz Bugallo
Jefe de Relaciones Institucionales y Comunicación
CA 161
Inicia: 12-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Docentes -
Inscripción extraordinaria a interinatos y suplencias 2008, Área
Curricular de Materias Especiales, para diversos cargos de base
El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, en cumplimiento con la Ordenanza Nº 40.593 y su
reglamentación, comunica la inscripción extraordinaria del 14 al 31 de
marzo de 2008, para aspirantes a interinatos y suplencias 2008, que no se
hubieran inscripto en su oportunidad, correspondiente al Área Curricular
de Materias Especiales para los siguientes cargos de base:
Idioma extranjero.
1. Maestro de idioma inglés, italiano y portugués:
Escalafón A y B (D.E. 1 al 21). Con título básico o sin título con
prueba de idoneidad aprobada.
2. Maestro de idioma inglés, francés, italiano y portugués para
escuelas de modalidad plurilingües:
Título docente del idioma correspondiente y curso de ingreso para
escuelas plurilingües.
Educación artesanal y técnica.
1. Maestro de educación artesanal y técnica: Escalafón A (D.E. 1 al
21) con y sin título básico.
Educación musical.
1. Maestro de educación musical.
Escalafón A y Escuelas de Música (D.E. 1 al 21) con título básico.
Lugar de inscripción: sede de los Distritos Escolares.
Horario: de 9 a 16 horas.
Ricardo Muraro
Coordinador
Francisco Aráoz Bugallo
Jefe de Relaciones Institucionales y Comunicación
CA 162
Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PERMANENTE Y FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR Nº 21
Carreras de nivel superior con título de Técnico Superior
Para el personal del G.C.B.A. que aspire a ser
promovido en la nueva carrera administrativa
Ofrecemos dos carreras de nivel superior con Título de "Técnico
Superior":
* Tecnicatura en Administración Pública con orientación Municipal.
* Tecnicatura en Análisis de Sistemas.
- Los títulos son oficiales con validez nacional.
- La duración es de tres años.
- Se requiere título de nivel secundario.
- Las carreras con gratuitas.
Las tecnicaturas son antecedentes valorables en los concursos de cargos de
ascenso.
Inscripción excepcional para el personal del G.C.B.A., hasta el 19 de
marzo de 2008.
Infórmese en: Pje. Spegazzini 450 (paralelo a Av. La Plata al
300).
Horario de atención: lunes a viernes de 17.30 a 21.30 hs.
Tel/fax: 4983-0885.
Marcel Peralta
Directora
CA 168
Inicia: 12-3-2008 Vence: 19-3-2008
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Alquiler de equipo fotocopiador - Expediente N° 10.963/08
Llámase a Licitación Pública N° 312/08 para el
alquiler de un equipo fotocopiador con destino a la Dirección General de
Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 20 (pesos veinte).
Los pliegos podrán ser consultados
y/o adquiridos en la Dirección General de Estadística y Censos, Av. San
Juan 1340, planta baja, Oficina Administración, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de lunes a viernes de 7 a 13 horas hasta el día y hora
fijados para la apertura.
Fecha, hora y lugar de apertura: 15 de abril de 2008, a las 11
horas, en la Av. San Juan 1340, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
José M. Donati
Director General
OL 627
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Impresión de la Revista de
Población de Buenos Aires Nº 7 - Expediente N° 10.959/08
Llámase a Licitación Pública N° 295/08 para la
impresión de la Revista de Población de Buenos Aires Nº 7 con destino a
la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 20 (pesos veinte).
Los pliegos podrán ser consultados
y/o adquiridos en la Dirección General de Estadística y Censos, Av. San
Juan 1340, planta baja, Oficina Administración, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de lunes a viernes de 7 a 13 horas hasta el día y hora
fijados para la apertura.
Fecha, hora y lugar de apertura: 3 de abril de 2008 a las 11 horas,
en la Av. San Juan 1340, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
José M. Donati
Director General
OL 637
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO
Adjudicación - LPI N° 1/07
Nombre del proyecto: Urban Flood Prevention and
Drainage APL1.
País: Argentina.
Número del proyecto: P088220.
Licitación/Referencia Contrato Nº: LPI Nº 1/07.
Objeto del contrato: túneles aliviadores del emisario principal
del Arroyo Maldonado y obras complementarias.
Duración del contrato: cuarenta y ocho meses.
Fecha de firma del contrato: marzo de 2008.
Estimación monetaria: US$ 145.663.725.
Licitante adjudicado(s):
Nombre: GHELLA SpA.
Dirección: Cerrito 1070, 3° piso, oficinas 65/66/67, Ciudad de
Buenos Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas: $ 454.233.340,71.
Precio oferta evaluado: $ 454.298.838,64.
Monto contrato: $ 279.353.720,73 más US$ 56.874.225,59.
Licitante evaluado(s):
Nombre: SELI SpA - DYCASA S.A.
Dirección: avenida Leandro N. Alem 986, 4° piso, Ciudad de Buenos
Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas:
1. Básico: $ 667.209.500,38.
Descuento 7,07%: $ 620.037.788,60.
2. Alternativa opcional básico: $ 589.619.093,52.
Descuento 3,34%: $ 569.925.815,80.
Precio oferta evaluado: $ 619.973.981,58; compuesto por las siguientes
cantidades según moneda: $ 323.655.456,13 más € 72.153.142,46.
Nombre: Odebrecht-Supercemento S.A.I.C.
Dirección: Capitán Gral. Ramón Freire 2265, Ciudad de Buenos
Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas: $ 299.696.550,18 más
US$ 180.615.644,09.
Precio oferta evaluado: $ 855.598.455,25; compuesto por las
siguientes cantidades según moneda: $ 299.758.992,21 más US$
180.702.036,10.
Licitante rechazado(s):
Nombre: SELI SpA - DYCASA S.A. - 2. Alternativa opcional básico.
Dirección: avenida Leandro N. Alem 986, 4° piso, Ciudad de Buenos
Aires, Argentina.
Precio ofrecido en la apertura de ofertas: 2. Alternativa opcional
básico: $ 589.619.093,52. Descuento 3,34%: $ 569.925.815,80.
Motivo(s) del rechazo: la alternativa opcional básica que presenta
propone ejecutar los túneles empleando una sola máquina tuneladora, la
cual es usada y reparada a nuevo. Eso constituye un incumplimiento de lo
establecido en la documentación de la licitación.
Andrés Loza
Subdirector General de Relaciones
con el Banco Mundial
OL 607
Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL DE REHABILITACIÓN "MANUEL ROCCA"
Adquisición de nutroterápicos - Carpeta Nº 90.217-SS/08
Licitación Privada Nº 107/08.
Repartición solicitante: Hospital de Rehabilitación "Manuel
Rocca".
Rubro: nutroterápicos.
Fecha de apertura: 25 de marzo de 2008, a las 10 horas.
Lugar de apertura: Oficina de Compras, 2° piso, Av. Segurola 1949.
Valor del pliego: $ 30 (pesos treinta).
Los pliegos se entregarán en la Oficina de Compras de lunes a viernes, de
9 a 12 hs., en el segundo piso del hospital, previo pago del timbrado en
cualquier CGPC.
José A. Addimanda
Director
OL 559
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"
Adquisición de elementos de radiología - Carpeta N° 90.240
Licitación Pública N° 201/08.
Referente: elementos de radiología.
Apertura: 26/3/08, a las 11 hs.
Valor del pliego: $ 14.
Los pliegos se consultan y retiran en la División Compras y
Contrataciones del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario
de 8 a 12 hs.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la
apertura, sin excepción.
Por cualquier consulta llamar al teléfono 4542-6621.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de
acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07
reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.
José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 555
Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de elementos de
librería - Carpeta N° 91.356
Licitación Pública N° 1.340/07.
Referente: elementos de librería.
Apertura: 26/3/08, a las 9.30 hs.
Valor del pliego: $ 40.
Los pliegos se consultan y retiran en la División Compras y
Contrataciones del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario
de 8 a 12 hs.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la
apertura, sin excepción.
Por cualquier consulta llamar al teléfono 4542-6621.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de
acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07
reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.
José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 556
Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de ropa descartable -
Carpeta N° 90.529
Licitación Pública N° 574/07.
Referente: ropa descartable.
Apertura: 27/3/08, a las 10 hs.
Valor del pliego: $ 730.
Los pliegos se consultan y retiran en la División Compras y
Contrataciones del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, 1° piso, de lunes a viernes en el horario
de 8 a 12 hs.
No se podrá adquirir el pliego de bases y condiciones el mismo día de la
apertura, sin excepción.
Por cualquier consulta llamar al teléfono 4542-6621.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se realizará de
acuerdo a lo establecido en el art. 40 del Decreto N° 408/07
reglamentario del art. 98 de la Ley N° 2.095.
José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 557
Inicia: 12-3-2008 Vence: 14-3-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI"
Preadjudicación - Licitación Privada Nº 722/07
Consultas: Pilar 950, EP., Oficina de Compras, en
el horario de 9 a 14 hs.
Objeto: neonatología.
Firma preadjudicada:
Fluid de Alberto M. Lacroix (Av. Coronel Díaz 2512, 6º piso P).
Renglón: 1 - precio unitario: $ 269 - monto preadjudicado: $ 269.000.
Monto total preadjudicado: $ 269.000.
Diego A. Rizzo
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 499
Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO"
Preadjudicación - Carpeta N° 90.409/07
Licitación Pública N° 427/07.
Objeto: elementos de esterilización.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
Firmas preadjudicadas:
Kims S.R.L.
Renglones: 1, 2, 4, 8, 10, 13, 14, 16, 17, 18, 19 y 22.
Total: $ 70.186.
Tro-Pak S.A.
Renglones: 3, 5, 9, 11, 12, 15 y 21.
Total: $ 19.320.
Biolene S.R.L.
Renglón: 7.
Total: $ 3.300.
José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 580
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Preadjudicación - Carpeta N°
90.411/07
Licitación Pública N° 428/07.
Objeto: acenocumarol-levotiroxina.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
Firmas preadjudicadas:
B. Braun Medical S.A.
Renglones: 17 y 18.
Total: $ 1.315,20.
Unic Company S.R.L.
Renglón: 10.
Total: $ 16.200.
Droguería Martorani S.A.
Renglones: 1, 7 y 8.
Total: $ 7.800.
Mallinckrodt Medical Arg. Lim.
Renglón: 11.
Total: $ 1.479,60.
José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 581
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Preadjudicación - Carpeta N°
90.707/07
Licitación Pública N° 662/07.
Objeto: insumos para laboratorio.
Repartición: Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano",
Monroe 3555, Capital Federal, tel.: 4542-6621.
Firmas preadjudicadas:
Biomerieux Argentina S.A.
Renglón: 47.
Total: $ 1.281,25.
Química Erovne S.A.
Renglones: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17,
18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35,
36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 49 y 50.
Total: $ 8.767.
Alfredo Alberto Gutiérrez.
Renglones: 45, 46 y 48.
Total: $ 89.918.
José L. Tobar
Subdirección Médica
D.O. y E.A.
Francisco D. Vitali
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 582
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA"
Adquisición de inmunomarcadores y soluciones -
Servicio Anatomía Patológica - Carpeta Nº 90.268-MSGC/08
Licitación Pública N° 296-SIGAF/08.
Apertura: 27/3/08, a las 11 hs.
Rubro: s/adquisición de inmunomarcadores y soluciones - Servicio
Anatomía Patológica.
Valor del pliego: $ 900.
Se informa a los Sres. Proveedores que de acuerdo a los término de la
Disposición Nº A 243-DGC/05 los timbrados para la valorización de
pliegos de bases y condiciones deberán realizarse a través de los
controladores fiscales que para estos casos posee la Dirección General de
Tesorería del Ministerio de Hacienda en las distintas unidades de
organización de este Gobierno (CGPC).
Consulta y retiro de pliegos: 2° piso, Depto. de Tesorería, de
lunes a viernes de 9 a 12 hs., Av. Las Heras 2670, Capital Federal,
Hospital Rivadavia.
Los pliegos se venderán hasta 24 hs. de anticipación de la fecha de
apertura.
Liliana D. Macchi
Directora Médica
OL 591
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de sutura - Servicio
de Farmacia - Carpeta Nº 90.231-MSGC/08
Licitación Pública N° 228-SIGAF/08.
Apertura: 27/3/08, a las 13 hs.
Rubro: s/adquisición de sutura - Servicio de Farmacia.
Valor del pliego: $ 2.100.
Se informa a los Sres. proveedores que de acuerdo a los término de la
Disposición Nº A 243-DGC/05 los timbrados para la valorización de
pliegos de bases y condiciones deberán realizarse a través de los
controladores fiscales que para estos casos posee la Dirección General de
Tesorería del Ministerio de Hacienda en las distintas unidades de
organización de este Gobierno (CGPC).
Consulta y retiro de pliegos: 2° piso, Depto. de Tesorería, de
lunes a viernes de 9 a 12 hs., Av. Las Heras 2670, Capital Federal,
Hospital Rivadavia.
Los pliegos se venderán hasta 24 hs. de anticipación de la fecha de
apertura.
Liliana D. Macchi
Directora Médica
OL 592
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de
especialidades medicinales I - Servicio de Farmacia - Carpeta Nº 90.228-MSGC/08
Licitación Pública N° 229-SIGAF/08.
Apertura: 27/3/08, a las 15 hs.
Rubro: s/especialidades medicinales I - Servicio de Farmacia.
Valor del pliego: $ 1.400.
Se informa a los Sres. proveedores que de acuerdo a los término de la
Disposición Nº A 243-DGC/05 los timbrados para la valorización de
pliegos de bases y condiciones deberán realizarse a través de los
controladores fiscales que para estos casos posee la Dirección General de
Tesorería del Ministerio de Hacienda en las distintas unidades de
organización de este Gobierno (CGPC).
Consulta y retiro de pliegos: 2° piso, Depto. de Tesorería, de
lunes a viernes de 9 a 12 hs., Av. Las Heras 2670, Capital Federal,
Hospital Rivadavia.
Los pliegos se venderán hasta 24 hs. de anticipación de la fecha de
apertura.
Liliana D. Macchi
Directora Médica
OL 593
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE"
Adquisición de insumos de laboratorio - Carpeta N° 90.155-MS/08
Llámese a Licitación Pública N° 273/08, a realizarse
el 3/4/08 a las 10 hs. para la adquisición de insumos, con destino a la
División Laboratorio.
Valor del pliego: pesos cuarenta ($ 40).
Los pliegos pueden ser retirados en la División Compras de este hospital,
sito en Av. Montes de Oca 40, Capital Federal, de lunes a viernes de 8.30
a 12.30 hs. hasta 1 (un) día hábil antes de la fecha de apertura.
Consultas: a los teléfonos 4307-4670/5553, e-mail:
elizalde_divcompras@buenosaires.gov.ar
Página web: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitaciones
Juan J. Arslanian
Director Médico (I)
Federico Arata
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 579
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA "DR. RAMÓN CARRILLO"
Adquisición de insumos para esterilización - Licitación Pública Nº
285-SIGAF/07
Llámase a Licitación Pública N° 285-SIGAF/07, a
realizarse el día 19 de marzo de 2008 a las 10 hs., para la adquisición
de insumos para esterilización, para este hospital.
Valor del pliego: $ 40 (pesos cuarenta).
Consulta de pliegos: Sánchez de Bustamante 2529, 2° piso, Capital
Federal, División Compras y Contrataciones de 8 a 14 hs.
Plazo de mantenimiento de ofertas: será de treinta (30) días
hábiles a partir de la fecha de apertura de la licitación, con pena de
pérdida de la garantía de la oferta, si ésta hubiese sido constituida,
en caso de desistimiento dentro del término citado.
Vencido el plazo indicado, se lo considerará automáticamente prorrogado
por otro período de treinta (30) días, salvo que el oferente comunique
fehacientemente la caducidad de la oferta.
Adquisición de pliegos: Sánchez de Bustamante 2529, 2° piso,
Capital Federal, División Tesorería de 8 a 14 hs.
Dina Alberti
Jefa de Depto. Clínico
OL 594
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. ENRIQUE TORNÚ"
Adquisición de insumos de laboratorio - Licitación Pública Nº
223/08
Objeto de la licitación: adquisición de insumos
de laboratorio.
Valor del pliego: $ 687.
Lugar donde pueden retirarse o consultar los pliegos: División
Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso.
Pasos a seguir para la compra de pliego:
1- Pasar por División Tesorería a retirar el comprobante del valor
del pliego.
2- Concurrir al CGPC 12, sito en Miller 2751, Capital Federal, a pagar el
valor asignado.
3- Entregar en División Compras para retirar el pliego.
Lugar de presentación de la ofertas: División Compras y
Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso.
Lugar, día y hora del acta de apertura: División Compras y
Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso, el día
18/3/08 a las 10 hs.
Los pliegos serán vendidos a partir del 12/3/08, de 9 a 12 hs.
Alicia L. Calderón
Directora (I)
Liliana Musante
Subdirectora Administrativa
OL 598
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA"
Preadjudicación - Carpeta N° 90.694-MSGC/07
Licitación Privada N° 637/07.
Clase: etapa única.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.677/07, de fecha 18 de enero de
2008.
Rubro comercial: productos farmacéuticos y biológicos.
Objeto de la contratación: insumos para extracción.
Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA): Hospital "Ramos
Mejía".
Encuadre legal: Ley Nº 2.095, art. 31.
Fecha de apertura: 9/11/07, a las 9 horas.
Ofertas presentadas: 2 (dos) de acuerdo a lo manifestado en el Acta
de Apertura Nº 1.573/07 y a lo evaluado a través del cuadro comparativo
de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas
las ofertas de las firmas: Inter-Life S.R.L., Química Erovne S.A.
Objeto: reunidos en comisión los que suscriben, en la fecha
indicada "ut-supra" con el objeto de considerar las propuestas
recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado
precedentemente, han resuelto adjudicar a favor de:
FIRMAS PREADJUDICADAS
Imagen 1
2
Renglón desierto: 8.
Vencimiento validez de oferta: 24/3/08.
Imputación: el gasto que demande la presente contratación deberá
imputarse a la partida presupuestaria del ejercicio en vigencia.
Aprobación: Mercau (a/c) - Maenza - González - Berenstein.
Monto total de la preadjudicación: es de pesos doscientos setenta
y dos mil cuarenta ($ 272.040).
Anuncio de preadjudicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07
reglamentario del art. 108 de la Ley N° 2.095.
Exposición: 12 al 13/3/08.
Publicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07 reglamentario del
art. 108 de la Ley N° 2.095.
Héctor Pascuccelli
Director (I)
Atilio F. Mettini
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 596
Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008
HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA "DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"
Preadjudicación - Carpeta N° 91.725-HBU/07
Licitación Pública N° 41/08.
Clase: etapa única.
Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 209/08, de fecha 4 de marzo de
2008.
Rubro comercial: instrumental, equipos y suministros
odontológicos.
Objeto de la contratación: insumos y descartables para
odontología.
Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA): Hospital "Carlos
Bonorino Udaondo".
Encuadre legal: Ley Nº 2.095, art. 31.
Fecha de apertura: 13/2/08, a las 11 horas.
Ofertas presentadas: 4 (cuatro) de acuerdo a lo manifestado en el
Acta de Apertura Nº 151/08 y a lo evaluado a través del cuadro
comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron
analizadas las ofertas de las firmas: Dental Medrano S.A., Foc S.R.L.,
Renalife S.A., Droguería Farmatec S.A.
Objeto: reunidos en comisión los que suscriben, en la fecha
indicada "ut-supra" con el objeto de considerar las propuestas
recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado
precedentemente, han resuelto adjudicar a favor de:
FIRMAS PREADJUDICADAS
Imagen 1 2
3 4
Renglón desierto: 14.
Anuncio de preadjudicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07
reglamentario del art. 108 de la Ley N° 2.095.
Publicación: art. 48.1 del Decreto N° 408/07 reglamentario del
art. 108 de la Ley N° 2.095.
Liliana M. Monastra Varrica
Subdirectora
Nancy M. Leuzzi
Jefa División Suministros
OL 577
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de cajas de toallas
descartables - Carpeta Nº 91.599-MSGC/07
Llámese a Licitación Pública Nº 147-SIGAF/07, art.
31, Ley N° 2.095 a realizarse el: 26/3/08, a las 11 horas.
Rubro: cajas de toallas de papel descartables.
Valor del pliego: $ 15 (pesos quince).
Consulta de pliegos: de lunes a viernes de 9 a 14 hs. en la
División Suministros, ubicada en el 2º piso, Pabellón A de este
hospital.
El estampillado del mismo se hará en CGPC barrial o Carlos Pellegrini 311
(Tesorería).
Lugar de apertura: Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos
Bonorino Udaondo", Av. Caseros 2061, Pabellón A, 2º piso, Capital
Federal, División Suministros, tel.: 4306-7797.
Eduardo G. Sosa
Director
Christian G. Mititieri
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 476
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
HOSPITAL MUNICIPAL DE ONCOLOGÍA "MARIÉ CURIÉ"
Preadjudicación - Carpeta N° 91.468-MSGC/07
Licitación Pública Nº 5-SIGAF/08.
Dictamen de Evaluación Nº 195/08.
Rubro comercial: instrumental, equipos y suministros médicos y
quirúrgicos.
Objeto de la contratación: adquisición de insumos para
esterilización.
Las consultas se podrán hacer en la División Compras y Contrataciones
del hospital, sita en Patricias Argentinas 750, 1° piso, Capital Federal,
de lunes a viernes de 9 a 13 horas.
FIRMAS
PREADJUDICADAS
Total de la preadjudicación: $ 19.004,40 (pesos diecinueve mil
cuatro con 40/100).
Norberto A. Smurra
Jefe de Sección de Día
D.O. y E.A.
Mirta L. Cacio
Directora General Adjunta
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 576
Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008
INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA
Adquisición de reactivos e insumos para Sección
Microbiología - Servicio de Laboratorio - Carpeta Nº 90.255-MSGC/08
Licitación Pública Nº 284-SIGAF/08.
Objeto: adquisición de reactivos e insumos para Sección
Microbiología - Servicio de Laboratorio.
Valor del pliego: pesos diez ($ 10).
Consulta de pliegos: Instituto de Rehabilitación Psicofísica,
División Compras, Echeverría 955, Capital Federal, en el horario de 9 a
14 hs.
Lugar de adquisición de pliegos: Tesorería del Instituto de
Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 14 horas hasta el
día anterior a la fecha de apertura, sin excepción.
Lugar y fecha de la recepción de ofertas: las ofertas deberán
presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División
Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha y lugar de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 11 horas, en
el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras,
Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de
acuerdo a las normas vigentes.
Ricardo A. G. Viotti
Director
Julio J. Lotes
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 566
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de
reactivos e insumos para Sección Hematología - Servicio de Laboratorio -
Carpeta Nº 90.256-MSGC/08
Licitación Pública Nº 283-SIGAF/08.
Objeto: adquisición de reactivos e insumos para Sección
Hematología - Servicio de Laboratorio.
Valor del pliego: pesos veinte ($ 20).
Consulta de pliegos: Instituto de Rehabilitación Psicofísica,
División Compras, Echeverría 955, Capital Federal, en el horario de 9 a
14 hs.
Lugar de adquisición de pliegos: Tesorería del Instituto de
Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 14 horas hasta el
día anterior a la fecha de apertura, sin excepción.
Lugar y fecha de la recepción de ofertas: las ofertas deberán
presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División
Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha y lugar de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 10 horas, en
el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras,
Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de
acuerdo a las normas vigentes.
Ricardo A. G. Viotti
Director
Julio J. Lotes
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 568
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de productos
farmacéuticos - Carpeta Nº 90.249-MSGC/08
Licitación Pública Nº 287-SIGAF/08.
Objeto: adquisición de productos farmacéuticos.
Valor del pliego: pesos treinta ($ 30).
Consulta de pliegos: Instituto de Rehabilitación Psicofísica,
División Compras, Echeverría 955, Capital Federal, en el horario de 9 a
14 hs.
Lugar de adquisición de pliegos: Tesorería del Instituto de
Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 14 horas hasta el
día anterior a la fecha de apertura, sin excepción.
Lugar y fecha de la recepción de ofertas: las ofertas deberán
presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División
Compras, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha y lugar de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 12 horas, en
el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, División Compras,
Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se deja constancia de que el referido acto licitario se lleva a cabo de
acuerdo a las normas vigentes.
Ricardo A. G. Viotti
Director
Julio J. Lotes
Director General Adjunto
Administración de Recursos
Desconcentrados
OL 569
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
HOSPITAL DE INFECCIOSAS "DR. FRANCISCO J. MUÑIZ"
Adquisición de psicotrópicos para pacientes
especiales comprometidos - Licitación Pública Nº 194/08
Llámase a Licitación Pública Nº 194/08, a
realizarse el día 19/3/08 a las 10 hs., para la adquisición de
psicotrópicos para pacientes especiales comprometidos.
Valor del pliego: $ 250.
Los pliegos de bases y condiciones pueden ser retirados, valorizados en la
Oficina de Tesorería, Uspallata 2272, Capital Federal, de lunes a viernes
de 8 a 13 hs.
José E. del Mármol
Director Médico (I)
OL 533
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSÉ M. PENNA"
Adjudicación - Carpeta N° 90.472-MSGC/07
Licitación Pública N° 792/07.
Rubro: insumos de hemoterapia.
Acto administrativo de adjudicación: Disposición N° 207-HGAP/08.
Fecha de emisión: 6/3/08.
Artículo 1º - Apruébese la Licitación Pública N° 792/07, realizada
al amparo de lo establecido en el art. 31 del Decreto-Ley N° 2.095 y su
Decreto Reglamentario Nº 408/07, por el Hospital General de Agudos
"Dr. J. M. Penna", para la adquisición de insumos de
hemoterapia con destino al Servicio de Hemoterapia y adjudícase a la
firma Química Erovne S.A. (Renglones 17, 18 y 23) por la suma de
de pesos doscientos veintiocho mil doscientos once con veinte centavos ($
228.211,20) con la provisión en carácter de préstamo gratuito de un (1)
Sistema Automático Flextek; Biodiagnóstico (Renglones 15 y 24)
por la suma de pesos cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y ocho ($
56.868) y Diamed Argentina S.A. (Renglones 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10,
11, 12, 13, 14, 16, 21 y 25) por la suma de pesos ciento veintinueve mil
ochocientos cincuenta y dos con ochenta centavos ($ 129.852,80) con la
provisión en carácter de préstamo gratuito de un (1) incubador ID, de
una (1) centrífuga para tarjetas gel, la permanencia de los mencionados
equipos será de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en
el pliego de bases y condiciones particulares que rigen la licitación,
por el término de vigencia de las órdenes de compra que se emitan o
hasta el consumo total de los insumos entregados en cumplimiento de las
mismas, al término de dicho plazo este establecimiento deberá
reintegrarlos conforme Resolución N° 443/08 del Sr. Ministro de Salud,
ascendiendo el total de la presente a la suma de pesos cuatrocientos
catorce mil novecientos treinta y dos ($ 414.932), según el siguiente
detalle:
DETALLE
Carlos Grasso Fontan
Director (I)
OL 608
Inicia: 13-3-2008 Vence: 13-3-2008
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
Cambio de vidrios en la Escuela Nº 5, D.E. 2 - Expediente Nº
10.870/08
Contratación Directa Nº 275-SIGAF/08 (N° 43/08).
Objeto del llamado: cambio de vidrios en el edificio de la Escuela
Nº 5 "Bartolomé Mitre", D.E. 2, sita en Valentín Gómez 3163,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 176 (pesos ciento setenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura
y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el
horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 175.950,37 (pesos ciento setenta y cinco mil
novecientos cincuenta con treinta y siete centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 10 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique
la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 601
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Nuevo tanque de
bombeo de agua potable, bajadas de agua y tanque para casero en la Escuela
Nº 11, D.E. 6 - Expediente Nº 10.869/08
Contratación Directa Nº 277-SIGAF/08 (N° 45/08).
Objeto del llamado: nuevo tanque de bombeo de agua potable, bajadas
de agua y tanque para casero en el edificio de la Escuela Nº 11 "Dr.
Ricardo Levene", D.E. 6, sita en Deán Funes 1821, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 166 (pesos ciento sesenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura
y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el
horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 166.116,39 (pesos ciento sesenta y seis mil
ciento dieciséis con treinta y nueve centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique
la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 45 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 602
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Cambio de vidrios y reparación de
carpinterías en la Escuela Nº 3, D.E. 7 - Expediente Nº 10.867/08
Contratación Directa Nº 278-SIGAF/08 (N° 46/08).
Objeto del llamado: cambio de vidrios y reparación de
carpinterías en el edificio de la Escuela Nº 3 "Primera
Junta", D.E. 7, sita en Av. Rivadavia 4817, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 301 (pesos trescientos uno).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura
y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el
horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 300.742,88 (pesos trescientos mil
setecientos cuarenta y dos con ochenta y ocho centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 14 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique
la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 603
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Instalación termomecánica y gas
en la Escuela N° 4, D.E. 8 - Expediente Nº 10.849/08
Contratación Directa Nº 279-SIGAF/08 (N° 47/08).
Objeto del llamado: instalación termomecánica y gas en la Escuela
Nº 4, D.E. 8, sita en Del Barco Centenera 747/741, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 48 (pesos cuarenta y ocho).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura
y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el
horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 48.135,11 (pesos cuarenta y ocho mil ciento
treinta y cinco con once centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 15 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique
la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 604
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Instalación de gas en la Escuela
Nº 17, D.E. 8 - Expediente Nº 10.856/08
Contratación Directa Nº 280-SIGAF/08 (N° 48/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en la Escuela N° 17
"Prof. Raúl L. Bernardelli", D.E. 8, sita en Estrada 627, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 86 (pesos ochenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura
y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el
horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 85.696,72.
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 16 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique
la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 605
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Instalación de
cañerías de gas, desde medidor de escuela y casero en la Escuela Nº 10,
D.E. 9 - Expediente Nº 10.868/08
Contratación Directa Nº 282-SIGAF/08 (N° 49/08).
Objeto del llamado: instalación de cañerías de gas, desde
medidor de escuela y casero en el edificio de la Escuela Nº 10
"Manuel Mujica Láinez", D.E. 9, sita en Olleros 2325, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 33 (pesos treinta y tres).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de Infraestructura
y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el
horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 33.437,71 (pesos treinta y tres mil
cuatrocientos treinta y siete con setenta y un centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 27 de marzo de 2008, a las 17 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 17 de marzo de 2008, a las 14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique
la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 606
Inicia: 13-3-2008 Vence: 14-3-2008
DIRECCIÓN GENERAL CONTABLE FINANCIERO PATRIMONIAL
Adquisición de artículos de limpieza - Licitación Pública N°
234/08
Llámase a Licitación Pública N° 234/08 a realizarse
el día 18 de marzo de 2008, a las 15 hs., para la adquisición de
artículos de limpieza, solicitados por la Dirección General de
Administración de Recursos a los fines de cubrir las necesidades
operativas de diversos establecimientos dependientes del Ministerio de
Educación.
Valor del pliego: $ 300.
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Unidad Operativa
de Adquisiciones dependiente del Ministerio de Educación, sito en avenida
Paseo Colón 255, 2° piso, Capital Federal, en el horario de 9 a 16
horas.
Guillermo G. Chiacchio
Jefe Departamento Compras
OL 575
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Obra "Mejoramiento del Espacio Público - Canteros
Centrales calle Ramón L. Falcón" - Expediente N° 52.792/07
Llámese a Licitación Pública N° 163/08. Obra
"Mejoramiento del Espacio Público - Canteros Centrales calle Ramón
L. Falcón".
Presupuesto oficial: pesos quinientos setenta y dos mil ochocientos
noventa y ocho ($ 572.898);
Plazo de ejecución: cuatro (4) meses contados a partir de la fecha
de comienzo de los trabajos fijados en la orden de inicio.
Valor del pliego: gratuito.
Adquisición de pliegos: Área de Compras y Contrataciones,
Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad
de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego
disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: con la Dirección General de Proyectos Urbanos y
Arquitectura, al teléfono: 4323-8000, ints. 4272/73.
Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 14 de marzo de
2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo
Urbano.
Fecha de apertura: 14 de marzo de 2008, a las 12 hs.
Cristian A. Fernández
Director General
OL 452
Inicia: 29-2-2008 Vence: 13-3-2008
n Obra "Prioridad Peatón -
Reconquista entre Av. Córdoba y Rojas" - Expediente N° 3.880/08
Llámese a Licitación Pública Nº 293/08. Obra
"Prioridad Peatón - Reconquista entre Av. Córdoba y Rojas".
Presupuesto oficial: pesos dos millones seiscientos ochenta y seis
mil trescientos setenta y dos ($ 2.686.372).
Plazo de ejecución: cinco (5) meses contados a partir de la fecha
de comienzo de los trabajos fijados en la orden de inicio.
Valor del pliego: gratuito.
Adquisición de pliegos: Área de Compras y Contrataciones,
Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad
de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego
disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.:
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: con la Dirección General de Proyectos Urbanos y
Arquitectura, al teléfono: 4323-8000, ints. 4272/73.
Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 31 de marzo de
2008, en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo
Urbano.
Fecha de apertura: 31 de marzo de 2008, a las 12 hs.
Cristian A. Fernández
Director General
OL 574
Inicia: 11-3-2008 Vence: 27-3-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO
Concesión de Uso y Explotación de Playa de
Estacionamiento Subterránea - Expediente N° 7.663/05
Licitación Pública para la Concesión de Uso y
Explotación de la Playa de Estacionamiento Subterránea, ubicada entre
las avenidas Leandro N. Alem, Córdoba, Eduardo Madero y la calle San
Martín, denominada "Catalinas Norte", Ciudad Autónoma de
Buenos Aires
Rubro: Concesión de Uso y Explotación de la Playa Subterránea de
Estacionamiento, ubicada entre avenidas Leandro N. Alem, Córdoba, Eduardo
Madero y la calle San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: pesos tres mil ($ 3.000).
Consulta de los pliegos: en las Direcciones Generales de Tránsito
y de Concesiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita
en Carlos Pellegrini 271 y Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408,
respectivamente de lunes a viernes hábiles en horario de 12.30 a 15
horas.
Adquisición de los pliegos: Dirección General de Concesiones,
sita en Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de lunes a viernes hábiles, de 12.30 a 14.30 horas, tel./fax:
4323-9502/9510, desde el día 17 de marzo de 2008 al 14 de abril de 2008.
Presentación de ofertas: desde las 12 horas del 17 de marzo de
2008 hasta las 11 horas del 29 de abril de 2008, en la Dirección General
de Concesiones.
Fecha de apertura: el día 29 de abril de 2008, a las 13.15 horas,
en el "Microcine" del Palacio Gubernamental sito en Av. de Mayo
525, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Javier A. Solari Costa
Director General
OL 638
Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008
n Concesión de Uso
y Explotación de Playa de Estacionamiento Subterránea - Expediente N°
4.650/04
Licitación Pública para la Concesión de Uso y
Explotación de la Playa de Estacionamiento Subterránea, ubicada en la
avenida Corrientes 436, denominada "E-12", Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Rubro: Concesión de Uso y Explotación de la Playa Subterránea de
Estacionamiento, ubicada en avenida Corrientes 436, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Valor del pliego: pesos tres mil ($ 3.000).
Consulta de los pliegos: en las Direcciones Generales de Tránsito
y de Concesiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita
en Carlos Pellegrini 271 y Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408,
respectivamente de lunes a viernes hábiles en horario de 12.30 a 15
horas.
Adquisición de los pliegos: Dirección General de Concesiones,
sita en Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de lunes a viernes hábiles, de 12.30 a 14.30 horas, tel./fax:
4323-9502/9510, desde el día 17 de marzo de 2008 al 15 de abril de 2008.
Presentación de ofertas: desde las 12 horas del 17 de marzo de
2008, hasta las 11 horas del 30 de abril de 2008, en la Dirección General
de Concesiones.
Fecha de apertura: el día 30 de abril de 2008, a las 13.15 horas,
en el "Microcine" del Palacio Gubernamental sito en Av. de Mayo
525, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Javier A. Solari Costa
Director General
OL 639
Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008
n Concesión de Uso
y Explotación de Playa de Estacionamiento Subterránea - Expediente N°
42.508/06
Licitación Pública para la Concesión de Uso y
Explotación de la Playa de Estacionamiento Subterránea, ubicada en el
subsuelo de la avenida Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda,
denominada "E-03", Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Rubro: Concesión de Uso y Explotación de la Playa Subterránea de
Estacionamiento, ubicada en el subsuelo de la avenida Córdoba entre las
calles Florida y Esmeralda, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: pesos tres mil ($ 3.000).
Consulta de los pliegos: en las Direcciones Generales de Tránsito
y de Concesiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita
en Carlos Pellegrini 271 y Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408,
respectivamente de lunes a viernes hábiles en horario de 12.30 a 15
horas.
Adquisición de los pliegos: Dirección General de Concesiones,
sita en Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina 408, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de lunes a viernes hábiles, de 12.30 a 14.30 horas, tel./fax:
4323-9502/9510, desde el día 17 de marzo de 2008 al 16 de abril de 2008.
Presentación de ofertas: desde las 12 horas del 17 de marzo de
2008 hasta las 11 horas del 2 de mayo de 2008, en la Dirección General de
Concesiones.
Fecha de apertura: el día 2 de mayo de 2008, a las 13.15 horas, en
el "Microcine" del Palacio Gubernamental sito en Av. de Mayo
525, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Javier A. Solari Costa
Director General
OL 640
Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
ENTE DE HIGIENE URBANA
Adquisición de cubiertas y cámaras de aire -
Licitación Pública Nº 108/08
Llámase a Licitación Privada Nº 108/08 para la
adquisición de artículos de cubiertas y cámaras de aire para el Ente de
Higiene Urbana que tramita por Expediente Nº 3.738/08.
Valor del pliego: pesos ciento cincuenta ($ 150).
Venta del pliego: Varela 555, de lunes a viernes de 11 a 16 horas.
Fecha de apertura: 31 de marzo de 2008, a las 11.30 horas.
Lugar de apertura: Varela 555, Área Compras y Contrataciones, Ente
de Higiene Urbana.
Presentación de las ofertas: se recibirán hasta las 16 horas del
día 28 de marzo de 2008.
Consultas: podrán realizarse al Área Compras y Contrataciones,
Ente de Higiene Urbana, de lunes a viernes de 11 a 16 hs., en Varela 555,
telefax: 4612-7420 y 4611-7454, int. 119.
E-mail: entehigieneurbana@buenosaires.gov.ar
Eduardo E. Terreni
Director General
OL 590
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
n Adquisición de útiles de
escritorio y oficina - Licitación Privada Nº 90/08
Llámase a Licitación Privada Nº 90/08, para la
adquisición de útiles de escritorio y oficina para el Ente de Higiene
Urbana que tramita por Expediente Nº 3.772/08.
Valor del pliego: pesos cien ($ 100).
Venta del pliego: Varela 555, de lunes a viernes de 11 a 16 horas.
Fecha de apertura: 31 de marzo de 2008, a las 11 horas.
Lugar de apertura: Varela 555, Área Compras y Contrataciones, Ente
de Higiene Urbana.
Presentación de las ofertas: se recibirán hasta las 16 horas del
día 28 de marzo de 2008.
Consultas: podrán realizarse al Área Compras y Contrataciones,
Ente de Higiene Urbana, de lunes a viernes de 11 a 16 hs., en Varela 555,
telefax: 4612-7420 y 4611-7454, int. 119.
E-mail: entehigieneurbana@buenosaires.gov.ar
Eduardo E. Terreni
Director General
OL 588
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Conclusión dictamen de preadjudicación - Expediente DCC N° 168/07-0
Licitación Pública N° 17/07 s/adquisición de
escaleras, carros y zorras hidráulicas para su utilización en las
distintas dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres
presentados en esta Licitación Pública N° 17/07 y del informe emitido
por la Dirección de Infraestructura y Obras, resulta que la firma Premier
Plus S.R.L. ha realizado la oferta más conveniente para todos los
renglones, conforme se desprende del cuadro comparativo de ofertas
agregado precedentemente.
Por lo tanto, esta Comisión sostiene que corresponder preadjudicar la
Licitación Pública N° 17/07 en los Renglones 1, 2, 3 y 4 a la firma Premier
Plus S.R.L. por la suma de pesos nueve mil doscientos ochenta y cinco
($ 9.285).
Aprobación: Costantino - Labate - De Filpo.
Hernán Labate
Jefe de Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones
OL 595
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Contratación de seguro - Expediente N° 490/08
Llámese a licitación pública para la contratación
de un seguro de equipamiento informático, con destino a la Sindicatura
General de la Ciudad, con fecha de apertura el día 14 de marzo a las 10
horas.
Valor del pliego: cinco pesos ($ 5).
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Gerencia Técnica
Administrativa y de Sistemas, de la Sindicatura General de la Ciudad, sita
en Carlos Pellegrini 291, 7º piso, C.A.B.A, en el horario de 10 a 16 hs.
o en www.sindicaturagcba.gov.ar/compras
Patricio Bustos
Gerente Técnico Administrativo
y de Sistemas
OL 587
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Servicio de telefonía e Internet 2008 para la AGCBA - Expediente N°
167/07
Licitación Privada N° 3/08.
Objeto: servicio de telefonía e Internet 2008 para la AGCBA.
Consulta del pliego: División Compras y Contrataciones, Av.
Corrientes 640, 6° piso, de lunes a viernes en el horario de 10 a 12 y de
14 a 17 hs.
Valor del pliego: pesos cincuenta ($ 50).
Lugar de presentación de las ofertas: División Compras y
Contrataciones, Av. Corrientes 640, 6° piso.
Fecha y lugar de apertura: lunes 7 de abril de 2008, a las 15 hs.,
División Compras y Contrataciones, Av. Corrientes 640, 6° piso.
Luis A. Cowes
Director de Administración
OL 586
Inicia: 12-3-2008 Vence: 13-3-2008
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
Adquisición de cash dispensers carga delantera - Carpeta de Compras
N° 17.469
Llámese a licitación pública con referencia a la
"Adquisición de 24 (veinticuatro) cash dispensers carga delantera,
contemplando la provisión, instalación y puesta en funcionamiento del
hardware y software necesarios bajo la modalidad ´Llave en mano´"
Valor del pliego de condiciones: $ 1.000 (pesos un mil).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los
interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras sito Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 31/3/08, a las 11 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11
E-mail: mkon@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Marina A. Kon
Jefa de Equipo
Sistemas y Tecnología
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 54
Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Provisión de cheques - Carpeta de
Compras N° 17.489
Llámese a licitación pública con referencia a la
"Provisión de cheques en pesos encuadernados en libretas (art. N°
1), cheques en pesos continuos (art. N° 5), cheques en pesos de pago
diferido continuos (art. N° 10), cheques de pago diferido en pesos
encuadernados en libretas (art. N° 11), en sistema Offset, con sus
respectivos servicios de sucursalizado y personalizado".
Valor del pliego de condiciones: $ 170 (pesos ciento setenta).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los
interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras, sita Florida 302, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha de apertura: 1°/4/08, a las 12 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: sirodriguez@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Nicolás E. Fiorentino
Jefe de Equipo
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 55
Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008
n Adquisición de rollos - Carpeta
de Compras N° 17.509
Llámese a licitación pública con referencia a la
"Adquisición de rollos auditoría cajeros automáticos y rollos
térmicos para impresora de recibos cajero optiva (artículos
12014039-12014045)".
Valor del pliego de condiciones: $ 200 (pesos doscientos).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los
interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras, sita Florida 302, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fecha de apertura: 31/3/08, a las 12 hs.
Consultas: de 10 a 15 hs.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: sirodriguez@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Nicolás E. Fiorentino
Jefe de Equipo
Contrataciones Diversas y Servicios
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 56
Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008
EDICTOS
PARTICULARES
Transferencia de habilitación
Roberto Arno Holzer, dom. en calle Heredia 564/66
de Cap. Fed. transfiere la habilitación municipal, rubro taller electro-mec.
de repar. y acabado de piezas electro-mecánicas, incluso la producción
de las mismas, excluye talleres automot. y sus respuestos, incluye taller
de matenim. usinas y producción de vapor, tratam. de agua instal. en
grandes industr. Taller de herrería, broncer., zinguer. y hojalater.,
taller de soldadura autógena y eléctrica, taller de galvanoplastía,
esmalt., anodiz., cromado, niquel, pulido, bruñido y operaciones
similares, taller de pintura, taller de pintura por inmersión (excepto
pintura con máquina pulverizadora), por Exp. N° 8182/89 ubicado en la
calle Heredia 564/66, P.B., 1° piso, azotea de Cap. Fed. a Agro Crom
S.R.L. con dom. en calle Heredia 564/66 de Cap. Fed. reclamos de Ley en el
mismo local.
Solicitante: Élida Torres Cristaldo
EP 27
Inicia: 11-3-2008 Vence: 17-3-2008
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL
N° UNO (CONCEPCIÓN DEL URUGUAY - ENTRE RÍOS)
En el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial N° UNO de esta ciudad de C. del Uruguay, Provincia de Entre
Ríos, a cargo del Dr. CARLOS ÁNGEL LUIS DIECI, Secretaría N° DOS del
Dr. GASTÓN AGOTEGARAY, tramitan los autos caratulados "CALIMBOY S.A.
S/ CONCURSO PREVENTIVO" Expte. N° 4.108 FOLIO 195 AÑO 2007 y "
GRANE JOSÉ ALBERTO S/CONCURSO PREVENTIVO" Expte. N° 4106 FOLIO 195
AÑO 2007, en los que se ha decretado la apertura del Concurso Preventivo
de CALIMBOY SOCIEDAD ANÓNIMA, inscripta en la I.G.J. bajo N° 10.429,
Libro 122 Tomo A - CUIT 30-63831571-4 con domicilio legal en calle San
Martín N° 793 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y la apertura del
Concurso Preventivo JOSÉ ALBERTO GRANE, argentino, mayor de edad, CUIT
20-04736329-3, con domicilio en calle 25 de Mayo 281 de la localidad de
Basavilbaso,de este Departamento Uruguay (E. Ríos).-En dichos autos se ha
dispuesto la Integración de una Sindicatura Plural compuesta por los
Cdores.Haydeé Liliana Villagra, Olga Raquel Amoroso,Mirta Liliana Giles,
Oscar A.Colombo y Mabel I. Cruz, todos con domicilio en calle Alem 55, T.E.03442-430603
y calle Galarza 658, Ofic.10, T.E. 03442-424040 de la ciudad de C.del
Uruguay y los días de atención jueves y viernes de 16 a 20 hs. -Los
acreedores cuyos nombres y/o razón social comienze con las letras
"A" a la "J" deberán comunicarse al primer domicilio
y los de letra "K" a la "Z" al último domicilio. -Se
ha resuelto para la armonziación de los procesos universales de garante y
garantizado -arts. 67 y 68 de la L.C.Q.- la UNIFICACIÓN DE LAS FECHAS
tomándose para ambas hasta el día 7 DE ABRIL DE 2008 el plazo para la
presentación de los acreedores de sus pedidos de verificación ante la
Sindicatura (Art. 14 inc. 3 L.C.). -Los Informes Individuales y
General,previstos por los Arts. 35 y 39 Ley Nº 24.522, deberán ser
presentados por la Sindicatura los días 21 DE MAYO DE 2008 Y 3 DE JULIO
DE 2008 respectivamente.Se ha fijado la Audiencia Informativa prevista por
el Art.14, inc.10 L.C. para el día 9 DE DICIEMBRE DE 2008 A LAS 11 HORAS
la que se realizará en el Salón de Audiencias de este Juzgado, sito en
calle San Martín y Juan D. Perón -Edificio Tribunales- Segundo Piso.
La resolución que lo ordena dice así: "C. del Uruguay, 29 de
Febrero de 2008.-... procédase a la unificación de las fechas tomándose
en ambos las fijadas en los autos "Grané José Alberto s/Concurso
Preventivo". -...Autorízase la publicación en forma unificada de
los nuevos edictos en la forma prevista por los arts. 27 y 28 de la Ley
Nº 24.522 por el término de cinco (5) días en los Diarios de
Publicaciones legales y diarios locales de las mismas jurisdicciones ya
ordenadas ...Dr.Carlos Ángel Luis Dieci - Juez"
SECRETARÍA, Concepción del Uruguay, 3 de Marzo de 2008.
Solicitante: Gastón Agotegaray
Secretario
EP 28
Inicia: 13-3-2008 Vence: 19-3-2008
PODER
JUDICIAL DE LA NACIÓN
Juzgado Nacional de Primera
Instancia en lo Civil Nº 80
Citación
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil
Nº 80 del Dr. Daniel Guillermo Alioto, Secretaría Única, sito en Av. de
los Inmigrantes 1950, 6º piso, cita y emplaza por treinta días a
herederos y/o acreedores de Juan Bautista Bordino. Buenos Aires, 24 de
febrero de 2008.
Santiago P. Iribarne
Secretario
EO 74
Inicia: 11-3-2008 Vence: 13-3-2008
MINISTERIO DE HACIENDA
ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Intimación - Carpeta Nº 138.270-DGR/05
RESOLUCIÓN N° 209-DGR/08.
Buenos Aires, 21 de febrero de 2008.
Vistas las presentes actuaciones relacionadas con el
cumplimiento de las obligaciones impositivas de Tasta S.R.L., inscripta en
el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo Nº 1095166-11 (CUIT
30-70821400-7), con domicilio fiscal en la calle Lavalle 2168, 1° piso,
Local 34 (fs. 41), de esta ciudad, cuya actividad declarada sujeta a
tributo consiste en fabricación de productos textiles y ventas al por
mayor de tejidos (fs. 2 y 99), de las que resulta:
Que verificada la situación fiscal de la contribuyente frente a sus
obligaciones por el Impuesto Sobre los ingresos Brutos, la inspección
interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este Fisco,
por los Períodos Fiscales 2003 (4° a 12 ant. mens.), 2004 (1º a 12 ant.
mens.) y 2005 (1º a 9º ant. mens.).
Que el ajuste fiscal ha sido establecido en autos con los alcances,
términos y condiciones de que da cuenta la Resolución Nº 2.437-DGR/07 (fs.
117/121).
Que así mismo en la resolución mencionada en el párrafo anterior, se
extendió la responsabilidad solidariamente por el cumplimiento de las
obligaciones tributarias de la responsable, a los Socios Gerentes de la
firma Débora Soledad Godoy y Norma Mabel Jaimes y/o quien en la
actualidad resultase responsable.
Que corrido formal traslado de Ley, de conformidad con las cédulas de
notificación de fecha 4/10/07 (fs. 143) y 8/10/07 (fs. 152/158), la
contribuyente ni sus representantes legales, presentaron descargo ni
ofrecieron pruebas tendientes a hacer valer sus derechos y:
CONSIDERANDO:
Que por lo anteriormente expuesto y toda vez que la
responsable no acompañó prueba alguna que desacredite los elementos
probatorios recabados por la inspección interviniente, corresponde:
A. Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente,
considerándolo técnicamente correcto;
B. Establecer que los ingresos de la contribuyente Tasta S.R.L. deben
tributar conforme su actividad declarada, esto es como "Fabricación
de productos textiles y la venta al por mayor de tejidos" (fs. 99/vta.),
en relación a los Períodos Fiscales 2003 a 2005, bajo alícuota del 3%,
conforme lo pautado por el art. 50 de la Ley Tarifaria para el año 2005 y
disposiciones concordantes de años motivo de ajuste;
C. Determinar de oficio su materia imponible y el impuesto resultante,
sobre base presunta, por los Períodos Fiscales 2003 (4º a 12 ant. mens),
2004 (1º a 12º ant. mens.) y 2005 (1º a 9º ant. mens.) en los montos
que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente resolución, a los cuales deben agregarse los
intereses establecidos en el artículo 64 del Código Fiscal t.o. 2007
(con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838
de fecha 26/12/07), la Ley 2.603, B.O. N° 2846, y disposiciones
concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago;
Que en relación al sumario instruido, es necesario poner de manifiesto
que la doctrina al comentar el incumplimiento por omisión de la
obligación tributaria sustancial ha sostenido: "De la relación
jurídica sustantiva nace la obligación del contribuyente (o el
responsable en su reemplazo) de pagar el tributo como objeto de esa
obligación, en tanto y en cuanto este ha sido creado por ley
(cumplimiento del principio de legalidad) y se dan en el caso los
presupuestos de hecho o de derecho incluidos en la norma como hecho
imponible (…) Esta obligación de dar debe cumplirse en el tiempo y en
la forma en que los recaudos exigidos por el derecho tributario
administrativo establecen a su respecto" (García Belsunce, Horacio
"Derecho Tributario Penal", Editorial Depalma 198, pág. 291);
Que la omisión descripta supone negligencia o inobservancia por parte del
responsable del necesario cuidado para el cumplimiento de las obligaciones
fiscales de orden material que le son propias;
Que para que se encuentre configurada la infracción imputada basta la
mera culpa o negligencia en la observancia de las obligaciones fiscales
del contribuyente;
Que al respecto, la Corte Suprema de Justicia con fecha 31/3/99 en el caso
"Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/Dirección General
Impositiva" ha expresado que: "En el campo del derecho represivo
tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su
esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser
reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible
pueda ser atribuía tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo
tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa,
aceptando que una persona ha cometido un hecho que se encuadra en una
descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede
apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa
admitida por la legislación";
Que en cuanto al juzgamiento de la conducta de la imputada, en lo que
respecta a los Períodos Fiscales y anticipos mensuales determinados de
oficio en la presente resolución, no existiendo elementos que permitan
considerar circunstancias o causales eximentes de responsabilidad,
corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada
en el art. 93 del Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones
introducidas por la Ley Nº 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07) la Ley
N° 2.603 y disposiciones concordantes de años anteriores;
Que el artículo 93 del Código Fiscal t.o. 2007 con las modificaciones
introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07) y Ley
N° 2.603, prevé una multa graduable hasta el 100% del gravamen omitido;
la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y
gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el art. 101 del
mencionado cuerpo legal;
Que por tales motivos, se sanciona a la responsable con una multa de $
130.337 (pesos ciento treinta mil trescientos treinta y siete) equivalente
al 100% del impuesto omitido;
Que en base a lo determinado en el inciso 23 del artículo 121 del Código
Fiscal t.o. 2007 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569,
B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley N° 2.603, y disposiciones
concordantes de años anteriores por las obligaciones emergentes de la
presente corresponde extender la responsabilidad solidariamente del
cumplimiento de las obligaciones tributarias de Tasta S.R.L., a los Socios
Gerentes de la firma Débora Soledad Godoy con domicilio en Azara 461 y
Norma Mabel Jaimes con domicilio en Calle 159 N° 252, ambos de Florencio
Varela, provincia de Buenos Aires y/o quien en la actualidad resulte
responsable, conforme las previsiones de los artículos 14 inc. 4º, 15 y
17 inc. 1º del Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones
introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la
Ley N° 2.603 y disposiciones concordantes de años anteriores;
Que asimismo corresponde intimar a Tasta S.R.L. y a sus Socios Gerentes,
Sra. Débora Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes, y/o quien resulte
responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15)
días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación
toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal,
especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades,
cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que
no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente.
Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento
o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que
se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo
apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con
el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los
mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en
razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir,
especialmente las costas judiciales;
Que en vista de ello, disposiciones legales citadas y en virtud de lo
reglado por los arts. 4º, 8º, 121, 141, 142, 144, 146, 147, 148, 151 y
152 del mencionado Código Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones
introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), y los
arts. 2°, 3°, 4° y disposición transitoria primera de la Ley N°
2.603;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º - Determinar de oficio sobre base
presunta la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente
Tasta S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo Nº
1095166-11 (CUIT 30-70821400-7), con domicilio fiscal en la calle Lavalle
2168, 1° piso, Local 34 (fs. 41), de esta ciudad, cuya actividad
declarada sujeta a tributo consiste en fabricación de productos textiles
y ventas al por mayor de tejidos, con respecto a los Períodos Fiscales
2003 (4º a 12 ant. mens), 2004 (1º a 12 ant. mens.) y 2005 (1º a 9º
ant. mens.).
Artículo 2º - Concluir el sumario instruido, considerando a la
responsable incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa
de $ 130.337 (pesos ciento treinta mil trescientos treinta y siete)
equivalente al 100% del impuesto omitido.
Artículo 3° - Extender la responsabilidad solidariamente por las
obligaciones emergentes de la presente a los Socios Gerentes de la firma
Débora Soledad Godoy con domicilio en Azara 461, Norma Mabel Jaimes con
domicilio en Calle 159 Nº 252, ambos de Florencio Varela, provincia de
Buenos Aires y/o quien en la actualidad resulte responsable, en virtud de
lo establecido en los arts. 14, inc. 4°, 15 y 17, inc. 1° del Código
Fiscal t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley N°
2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley N° 2.603, conforme lo
expuesto en los considerandos de la presente.
Artículo 4º - Intimar a la contribuyente y a sus Socios Gerentes, Sra.
Débora Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes y/o quien resulte
responsable en la actualidad ,para que dentro del término de quince (15)
días de notificada esta resolución, ingresen la suma de $ 130.337 (pesos
ciento treinta mil trescientos treinta y siete) que resultan adeudar, y
que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la
cual deberán adicionarse los intereses establecidos por el art. 64 del
Código Fiscal, t.o. 2007 (con las modificaciones introducidas por la Ley
N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07), la Ley N° 2.603 y
disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del
efectivo pago, y la multa aplicada de $ 130.337 (pesos ciento treinta mil
trescientos treinta y siete), debiendo acreditar su pago en esta
Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general
de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a
lo previsto en el art. 4º inc. 12 del Código Fiscal t.o. 2007 (con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha
26/12/07), Ley N° 2.603, y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberá
constituirse en la Dirección Técnica Tributaria sita en Esmeralda 638,
4º piso, de esta ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización
del pago intimado.
Artículo 5º - Intimar a Tasta S.R.L. y a sus Socios Gerentes, Sra.
Débora Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes y/o quien resulte
responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15)
días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación
toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal,
especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades,
cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que
no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente.
Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento
o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que
se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo
apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con
el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los
mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en
razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir,
especialmente las costas judiciales.
Artículo 6º - Regístrese y notifíquese de conformidad con lo dispuesto
en el art. 31 del Código Fiscal, t.o. 2007 (con las modificaciones
introducidas por la Ley N° 2.569, B.O. N° 2838 de fecha 26/12/07) y Ley
N° 2.603, a la contribuyente y a sus Socios Gerentes, Sra. Débora
Soledad Godoy y Sra. Norma Mabel Jaimes y mediante la publicación por
edictos, con copia de la presente y resérvese. Leguizamón (D.G.A.)
ANEXO
Analía C. Leguizamón
Directora General Adjunta
EO 88
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
Notificación - Expediente N° 95.203/07
Notifícase a las Sras. Benita Choque (DNI
17.451.827), Olga Díaz (DNI 14.680.999), Sandra Rosa Castro (DNI
22.609.873), Haydee Viñas (DNI 5.018.817) y Susana Vázquez,
que deberán concurrir dentro de los cinco (5) días hábiles de publicado
el presente, a la Dirección General de Empleo y Capacitación, sita en
Sarmiento 630, piso 12 contrafrente, en el horario de 10 a 13 hs., a los
efectos de ratificar o rectificar la presentación realizada mediante el
expediente de referencia, en el que se solicita su inclusión al padrón
de beneficiarios creado por la Ley N° 2.070.
Paula Sardegna
Directora General
EO 89
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 528-AJG/07
Notifícase a la Sra. Elsa Graciela Moscoso (DNI
11.552.727), que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la
actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera
el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 90
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 121-AJG/08
Notifícase a la Sra. Ruth María Aurora Burgos
Funes, que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en el
caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá
concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar
el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad
deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a
su domicilio; en el horario de 9 a 18 hs. las mismas se encuentran
ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 91
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 121-AJG/08
Notifícase al Sr. Gastón Abel Cabo (DNI
26.174.096), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 92
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 123-AJG/08
Notifícase a las Sras. Marta Asad y María del
Carmen Cavalca (DNI 11.798.992), que ante la solicitud efectuada
mediante la actuación de referencia, y la remisión que en última
instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde
informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en el
caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá
concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar
el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad
deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a
su domicilio; en el horario de 9 a 18 hs. las mismas se encuentran
ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 93
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 512-AJG/07
Notifícase al Sr. Walter Alejandro Sotelo (DNI
22.305.873), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 94
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 526-AJG/07
Notifícase a la Sra. Carolina Alejandra De Leo
(DNI 24.042.399), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación
de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 95
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 556-AJG/07
Notifícase a la Sra. Gladis Franchi de Dastugue,
que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la
remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la
Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección
General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su hijo, el
Sr. Adrián Lionel Dastugue (DNI 23.515.214), deberá concurrir a la más
cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y
se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 96
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 603-AJG/07
Notifícase al Sr. Augusto Javier Fernández Ribeiro
Casanova (DNI 14.750.770), que ante la solicitud efectuada mediante la
actuación de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera
el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio; las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 97
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.126-AJG/07
Notifícase a los Sres. Mariana Raquel Galli
(DNI 28.091.300) y Cristian Javier Orozco (DNI 26.614.841), que
ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la
remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la
Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección
General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en el
caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá
concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar
el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad
deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a
su domicilio; en el horario de 9 a 18 hs. las mismas se encuentran
ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 98
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.126-AJG/07
Notifícase a la Sra. María Alejandra Martínez
(DNI 18.596.830), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación
de referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 99
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.127-AJG/07
Notifícase a la Sra. Natalia Aragón (DNI
29.496.731), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio; las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 100
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.140-AJG/07
Notifícase a la Sra. Sofía Lorena Soneira (DNI
29.124.124), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 101
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.149-AJG/07
Notifícase a la Sra. Dominga Celestina Cappeto,
que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la referencia, y
la remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la
Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección
General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que considerando que la petición por Ud. efectuada se ha dirigido al
Sr. Presidente de la Nación Argentina, y luego girado a esta Dirección
General de Empleo del G.C.B.A., siento la obligación de aclarar que la
respuesta que por el presente se brinda encuentra sus límites en las
incumbencias que me competen conforme el cargo que detento. Por tanto debo
comunicar que esta Dirección General no tiene competencia para la
incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco
la de contratación en los distintos niveles de la estructura
administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización
administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de
trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita
para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su hijo, el
Sr. David Celestino Cappeto (DNI 27.699.234), deberá concurrir a la más
cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y
se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 102
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.149-AJG/07
Notifícase a la Sra. Romina Daniela Chanampo, que ante
la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la
remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la
Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección
General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su marido,
el Sr. Roberto Carlos Ansaldi, deberá concurrir a la más cercana a su
domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y se
encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 103
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.149-AJG/07
Notifícase a los Sres. Juan Eduardo Espínola, Adriana
Fernández (DNI 18.151.354), Mabel Rodríguez, Diego Omar
Ortega y Edgardo Guevara (DNI 12.276.163), que ante la
solicitud efectuada mediante el registro de la referencia, y la remisión
que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi
cargo, corresponde informar:
a) Que considerando que la petición por Ud. efectuada se ha dirigido al
Sr. Presidente de la Nación Argentina, y luego girado a esta Dirección
General de Empleo del G.C.B.A., siento la obligación de aclarar que la
respuesta que por el presente se brinda encuentra sus límites en las
incumbencias que me competen conforme el cargo que detento. Por tanto debo
comunicar que esta Dirección General no tiene competencia para la
incorporación de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco
la de contratación en los distintos niveles de la estructura
administrativa del G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización
administra y gestiona una base de datos de postulantes a puestos de
trabajo, que haciendo las veces de "Bolsa de Trabajo" -gratuita
para las partes-, intermedia entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 104
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.201-AJG/07
Notifícase a la Sra. Paola B. Bernardez, que
ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la
remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la
Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección
General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en
el caso de no residir en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá
concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside a fin de completar
el formulario de inscripción. En el caso de domiciliarse en esta ciudad
deberá concurrir a la Oficina de Intermediación Laboral más cercana a
su domicilio, en el horario de 9 a 18 hs., las mismas se encuentran
ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 105
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.201-AJG/07
Notifícase a los Sres. Jorge Luis Marcelo Borrajo
(CI 8.531.820) y Edgardo Guevara, que ante la solicitud efectuada
mediante el registro de la referencia, y la remisión que en última
instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi cargo, corresponde
informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 106
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Nota Nº 1.201-AJG/07
Notifícase a las Sras. Susana Elena Ivanoff (DNI
18.414.664) y María Florencia Artusa (DNI 32.936.286), que ante la
solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la remisión
que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la Jefatura de
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección General a mi
cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 107
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Registro Nº 20-AJG/08
Notifícase al Sr. David Daniel Carrizo (DNI
31.606.699), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 108
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Registro Nº 21-AJG/08
Notifícase al Sr. Juan Sebastián Rivero (DNI
29.053.048), que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 109
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Registro Nº 29-AJG/08
Notifícase a la Sra. Emiliana del Cont Caschin,
que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de referencia, y la
remisión que en última instancia hiciera el Área de Despacho de la
Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la Dirección
General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Empleo y/o Bolsas de Trabajo; por lo que en su
caso deberá concurrir a la ubicada en el municipio en el que reside, a
fin de completar el formulario de inscripción.
Paula Sardegna
Directora General
EO 110
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Registro Nº 279-AJG/08
Notifícase al Sr. Juan Carlos Reherman (DNI
92.584.187), que ante la solicitud efectuada mediante el registro de la
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 111
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Registro Nº 401-AJG/08
Notifícase al Sr. Helmer Salvador Flores (LE
4.862.872), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que su hija, la
Srta. Jennifer Ana Flores (DNI 34.740.660), deberá concurrir a la más
cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el horario de 9 a 18 hs. y
se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 112
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
n Notificación - Registro Nº
777-CGPC10/07
Notifícase al Sr. Aldo José Oscar Farías (DNI
8.632.045), que ante la solicitud efectuada mediante la actuación de
referencia, y la remisión que en última instancia hiciera el Área de
Despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hacia la
Dirección General a mi cargo, corresponde informar:
a) Que esta Dirección General no tiene competencia para la incorporación
de personal a planta transitoria o permanente, como tampoco la de
contratación en los distintos niveles de la estructura administrativa del
G.C.B.A. Asimismo esta unidad de organización administra y gestiona una
base de datos de postulantes a puestos de trabajo, que haciendo las veces
de "Bolsa de Trabajo" -gratuita para las partes-, intermedia
entre la oferta y la demanda de trabajadores.
b) Corresponde también aclarar que, las solicitudes -como la suya- para
su posterior remisión e inclusión en la Base de Datos de Buscadores de
Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
por cuestiones de índole estrictamente administrativas deben iniciarse a
través de las Oficinas de Intermediación Laboral, por lo que deberá
concurrir a la más cercana a su domicilio, las mismas funcionan en el
horario de 9 a 18 hs. y se encuentran ubicadas en:
- Sede cabecera: Balcarce 360.
- CGPC 1: Uruguay 740, 1° piso.
- Subsede del CGPC 4: Suárez 2032.
- Subsede del CGPC 6: Emilio Mitre 956.
- CGPC 8: Av. Roca 5252.
- CGPC 10: Alte. Francisco Seguí 2125.
- Subsede del CGPC 14: C. de la Paz s/Nº y Concepción Arenal (bajo el
Puente Soler).
- CGPC 15: Av. Córdoba 5690.
Paula Sardegna
Directora General
EO 113
Inicia: 13-3-2008 Vence: 17-3-2008
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓN OMA
DE BUENOS AIRES
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE
FALTAS N° 30
"López, Adrián s/infracción al art. 189 bis del
Código Penal" - Causa N° 11.469/07 (Interno D19)
Buenos Aires, 4 de marzo de 2008
En atención a lo informado por el Registro Nacional de
las Personas a fs. 185 y por la Cámara Nacional Electoral a fs. 186/187,
y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal a fs. 174, cítese a
Adrián López, indocumentado, nacido el 11 de agosto de 1978 en
esta ciudad, de estado civil soltero, hijo de Rubén López y de Blanca
Medina, con último domicilio conocido en la calle Campoamor 2540 de Lomas
de Zamora, Provincia de Buenos Aires; a tenor de lo dispuesto por el art.
63 del C.P.P.C.A.B.A., a efectos de que dentro del término de cinco
días, comparezca ante la sede de este Tribunal, sito en Beruti 3345, 4°
piso, de esta ciudad, en el horario de 9 a 15 horas, a estar a derecho,
bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de
procederse conforme lo dispuesto en el artículo 158 del C.P.P.C.A.B.A.".
Fdo.: Juan José Cavallari - Juez-. Ante mí: Gonzalo E. Villahoz
-Secretario-. Secretaría, 4 de marzo de 2008.
Gonzalo E. Villahoz
Secretario
EO 73
Inicia: 10-3-2008 Vence: 14-3-2008
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