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Boletín
Oficial Nº 2922
-SUMARIO-
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES
LEYES
LEY N° 2.653
Se aprueba Convenio Marco de Cooperación con la Intendencia Municipal
de Montevideo
LEY N° 2.668
Se declara Ciudadano Ilustre al Sr. Juan "Tata" Cederrón
LEY N° 2.670
Se declara Ciudadana Ilustre a la Sra. María Nieves Rego
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO N° 448/08
Se declara de Interés a la "XII Reunión Argentina de
Sedimentología"
DECRETO N° 449/08
Créase el Programa de Transformación de la Gestión de Compras y
Contrataciones
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N° 428/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 429/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 430/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 431/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 432/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 433/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 434/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 435/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 436/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 437/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 438/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 439/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 440/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 441/08
Se reconoce prestación de servicios
Decreto N° 444/08
Se designa a agente con carácter interino
Decreto N° 445/08
Se designa a agente con carácter interino
Decreto N° 446/08
Se convalida viaje
Decreto N° 454/08
Se designa representante en evento
RESOLUCIONES
Jefatura de Gabinete de Ministros
RESOLUCIÓN N°
168-MJGGC/08
Se resuelve la instrucción de sumario
RESOLUCIÓN N°
2-SSCGEST/08
Se aprueba el modelo de nota tipo y el formulario de designación de
Enlace
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N°
718-MHGC/08
Apruébase modificación de créditos
Ministerio de Justicia y Seguridad
RESOLUCIÓN N°
297-MJySGC/08
Se instruye sumario
RESOLUCIÓN N°
308-MJySGC/08
Se instruye sumario
RESOLUCIÓN N°
311-MJySGC/08
Se desestiman los recursos interpuestos contra la Resolución N° 121-SSEMERG/07
RESOLUCIÓN N°
312-MJySGC/08
Se desestima recurso jerárquico
RESOLUCIÓN N°
314-MJySGC/08
Se desestiman los recursos interpuestos contra la Resolución N° 100-SSEMERG/07
RESOLUCIÓN N°
315-MJySGC/08
Se desestima recurso jerárquico
RESOLUCIÓN N°
316-MJySGC/08
Se desestima recurso jerárquico
RESOLUCIÓN N°
317-MJySGC/08
Desestímase recurso jerárquico
RESOLUCIÓN N°
70-SSSU/08
Se rechaza recurso de reconsideración
RESOLUCIÓN N°
71-SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito
RESOLUCIÓN N°
72-SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito en diversas avenidas
RESOLUCIÓN N°
73-SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito en diversas calles
RESOLUCIÓN N°
74-SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito en diversas avenidas
Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN N°
794-MSGC/08
Se desestima impugnación contra dictamen de evaluación. Aprueba y
adjudica la Licitación Pública N° 235-SIGAF/07
Ministerio de Desarrollo Económico
RESOLUCIÓN N°
177-MDEGC/08
Se deja sin efecto la suspensión dispuesta por Resolución N° 55-MDEGC/08
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
RESOLUCIÓN N°
585-MAyEPGC/08
Se llama a Licitación Pública N° 544/08
Agencia Gubernamental de Control
RESOLUCIÓN N°
157-AGC/08
Apruébase creación de partida
RESOLUCIÓN N°
159-AGC/08
Se rechaza recurso de reconsideración contra la Resolución N° 1.455-MGGC/07
RESOLUCIÓN N°
160-AGC/08
Se acredita el cumplimiento de la tarea prevista por el art. 25 de la
Ley N° 70
RESOLUCIÓN N°
161-AGC/08
Se acredita el cumplimiento de la tarea prevista por el art. 25 de la
Ley N° 70
RESOLUCIÓN N°
163-AGC/08
Se dispone la instrucción de sumario administrativo
RESOLUCIÓN N°
164-AGC/08
Desestímase recurso jerárquico
RESOLUCIÓN N°
166-AGC/08
Se modifica parcialmente la Resolución N° 4 y se reintegra a agente
RESOLUCIÓN N°
167-AGC/08
Se rectifica considerando de la Resolución N° 95-AGC/08
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Aprueban o ratifican contratos de Régimen de
Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal,
designación de suplentes, designaciones interinas, designación de
reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio,
locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de
renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial
Ministerio de Justicia y Seguridad
Resolución N°
322-MJySGC/08
Resolución N°
323-MJySGC/08
Resolución N°
324-MJySGC/08
Ministerio de Salud
Resolución N°
643-MSGC/08
Resolución N°
690-MSGC/08
Secretaría legal Y Técnica
Resolución N°
64-SECLyT/08
Resolución N°
65-SECLyT/08
Resolución N°
66-SECLyT/08
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
Resolución N°
158-PG/08
Agencia Gubernamental de Control
Resolución N°
158-AGC/08
Conjuntas: Ministerio de Educación - Ministerio de
Cultura
Resolución N°
1.443-MEGC-MCGC/08
DISPOSICIONES
Ministerio de Educación
DISPOSICIÓN N°
390-DGIyE/08
Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 127-SIGAF/08 (N°
28/08)
Ministerio de Cultura
DISPOSICIÓN N°
47-DGTALMC/08
Se aprueban pliegos y se autoriza a efectuar la Licitación Privada N°
133/08
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
DISPOSICIÓN N°
36-DGTALMAEP/08
Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 167/08
CONVENIOS
CONVENIO N° 52/07
CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES Y LA ARMADA ARGENTINA
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Consejo de la Magistratura
RESOLUCIÓN N°
43-OAyF/08
Se aprueba y adjudica procedimiento de selección en la Licitación
Pública N° 17/07
Ministerio Público
Fiscalía General
RESOLUCIÓN N°
75-FG/08
Se establece criterio para asumir la competencia prevista por el art.
193 bis del Código Penal
Tribunal Superior de Justicia
Acordadas
ACORDADA N° 9-TSJ/08
Se modifica el Anexo III de la Acordada N° 1/98
ACORDADA N° 10-TSJ/08
Se aprueban incrementos en las remuneraciones
ACORDADA N° 11-TSJ/08
Se modifica el monto del Anexo IV de la Acordada N° 1/98
ACORDADA N° 13-TSJ/08
Se determina remuneración de los Ministros del Tribunal Superior de
Justicia de la C.A.B.A.
PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES
RESOLUCIÓN N°
163-PG/08
El Procurador General hace reserva del ejercicio de facultades
COMUNICADOS Y AVISOS
LICITACIONES
EDICTOS
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEYES
LEY N° 2.653
Se aprueba Convenio Marco de Cooperación con la Intendencia Municipal
de Montevideo
Buenos Aires, 3 de abril de 2008.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Artículo 1° - Apruébase el Convenio Marco de
Cooperación celebrado entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto por el señor
Intendente Municipal, Ricardo Ehrlich y por el señor Jefe de Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Mauricio Macri, con fecha 16 de
diciembre de 2007 y registrado bajo el número 1/08, cuya copia
certificada se adjunta como Anexo y como tal forma parte integrante de
la presente ley.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. Santilli - Perez
DECRETO N° 452/08
Buenos Aires, 25 de abril de 2008.
En uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, promúlgase la Ley N° 2.653, sancionada por la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión de fecha 3 de abril de
2008. Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado
cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y
Organismos de Control, y para su conocimiento y fines pertinentes, pase
a la Dirección General de Relaciones Internacionales y Protocolo,
dependiente de la Secretaría General.
El presente decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros. MACRI - Rodríguez Larreta
ANEXO
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LEY N° 2.668
Se declara Ciudadano Ilustre al Sr. Juan "Tata" Cederrón
Buenos Aires, 3 de abril de 2008.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Artículo 1° - Declárase "Ciudadano Ilustre de
Buenos Aires" al guitarrista, cantor y compositor Juan
"Tata" Cedrón.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. Santilli - Perez
DECRETO N° 451/08
Buenos Aires, 25 de abril de 2008.
En uso de las facultades conferidas por el artículo
102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
promúlgase la Ley N° 2.668, sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 3 de abril de 2008. Dese al
Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo
por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y
Organismos de Control y pase, para su conocimiento, a las Direcciones
Generales de Patrimonio e Instituto Histórico y de Música.
El presente decreto es refrendado por los señores Ministro de Cultura y
Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta
LEY N° 2.670
Se declara Ciudadana Ilustre a la Sra. María Nieves Rego
Buenos Aires, 3 de abril de 2008.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Artículo 1° - Declárase Ciudadana Ilustre de la
Ciudad de Buenos Aires a la Sra. María Nieves Rego.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. Santilli - Perez
DECRETO N° 450/08
Buenos Aires, 25 de abril de 2008.
En uso de las facultades conferidas por el artículo
102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
promúlgase la Ley N° 2.670, sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 3 de abril de 2008. Dese al
Registro; publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad de Buenos
Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo
por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y
Organismos de Control y pase, para su conocimiento, a las Direcciones
Generales de Patrimonio e Instituto Histórico y de Música.
El presente decreto es refrendado por los señores Ministro de Cultura y
Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETOS
DECRETO N° 448/08
Se declara de Interés a la "XII Reunión Argentina de
Sedimentología"
Buenos Aires, 25 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 57.599/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación, la Asociación
Argentina de Sedimentología solicita la Declaración de Interés del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la "XII
Reunión Argentina de Sedimentología", que se realizará entre los
días 3 y 6 de junio de 2008 en el Regente Palace Hotel ubicado en esta
ciudad;
Que el objetivo de estas reuniones científicas que se realizan cada dos
años desde 1986, es busca crear un ámbito propicio para la discusión
científica y la difusión de nuevos conceptos y métodos de trabajo,
para científicos y profesionales de nuestro medio con otros del
exterior, interesados en el estudio de las rocas sedimentarias;
Que en esta ocasión, en el aludido evento se tratarán temas muy
importantes para dichos profesionales como la exploración y
explotación de hidrocarburos y los yacimientos minerales en rocas
sedimentarias, el estudio del registro fósil, del cambio climático
global, el estudio de los ambientes sedimentarios actuales y los riesgos
geológicos que se generan en ellos, la formación y erosión de los
suelos y otros vinculados a la actividad específica de los
sedimentólogos y de los geólogos en general;
Que por otro lado, cabe tener en cuenta que la solicitud de la
Asociación Argentina de Sedimentología no conlleva pedido de exención
de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que consecuentemente, y en vista de lo expuesto, en el presente caso se
da cumplimiento a lo determinado en la Ley N° 578 (B.O.C.B.A. N°
1191), motivo que justifica suficientemente brindar el estímulo a que
se ha hecho acreedor un evento de tal jerarquía;
Por ello, y de conformidad con las facultades conferidas por los arts.
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Declaráse de Interés del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la XII Reunión Argentina de
Sedimentología, que se realizará entre los días 3 y 6 de junio de
2008, en el Regente Palace Hotel, sin que ello implique exención de
aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasione gastos a este Gobierno.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro
de Desarrollo Económico y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase al Ministerio de
Desarrollo Económico, el que dará intervención a la Dirección
General de Industria, Servicios y Tecnología de la Subsecretaría de
Desarrollo Económico, a los efectos de notificar a los interesados de
los términos del presente decreto. Cumplido, archívese. MACRI -
Cabrera - Rodríguez Larreta
DECRETO N° 449/08
Créase el Programa de Transformación de la Gestión de Compras y
Contratraciones
Buenos Aires, 25 de abril de 2008.
Visto la Ley N° 2.095 y sus decretos reglamentarios,
y el Expediente N° 20.171/08,
CONSIDERANDO:
Que a fin de lograr mayores niveles de eficiencia en
la gestión y dar cumplimiento a las demandas de los organismos de
control, resulta imprescindible una mejora sustancial de los procesos y
sistemas de compras y contrataciones, así como del control respectivo
de los mismos;
Que tales mejoras deben tender prioritariamente a lograr procesos
ágiles, transparentes, participativos y con el mayor nivel de
información posible tanto para proveedores y contratistas como para el
ciudadano en general;
Que en ese sentido, una de las bases principales para alcanzar los fines
enunciados es la de contar con herramientas informáticas adecuadas que
permitan obtener información suficiente, accesible, oportuna, veraz y
que simultáneamente satisfaga los requerimientos de la totalidad de los
sectores interesados en disponer de ella para la toma de decisiones,
contemplando los avances de las nuevas tecnologías;
Que en consecuencia se considera conveniente crear un programa
específico que lleve adelante tales tareas y que será eliminado una
vez cumplidos sus objetivos;
Que consecuentemente deberá, entre otras acciones, revisar la normativa
vigente aplicable en la materia, proponer modificaciones, reorganizar
procesos e implementar sistemas tecnológicos y de información acordes
con modelos de administraciones públicas de avanzada;
Que en definitiva a través del mencionado programa se definirá y
ejecutará el Plan Estratégico de Compras y Contrataciones del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se implementará el sistema de
compras electrónicas conforme lo requerido por el art. 83 de la Ley N°
2.095 dentro de los plazos fijados en la cláusula transitoria primera
de la citada norma;
Por ello,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Créase el Programa de
Transformación de la Gestión de Compras y Contrataciones en el ámbito
del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con los lineamientos establecidos
en el Anexo del presente instrumento.
Artículo 2° - Déjase establecido que se encuentran involucradas en el
presente programa todas las áreas sin excepción pertenecientes al
Gobierno de la Ciudad, las que deberán acompañar por medio de sus
responsables, cada avance en el desarrollo de las actividades previstas,
participando a tal fin de la conformación de los Equipos de Trabajo
Operativos y Comité de Control, en función de las responsabilidades
que defina el Ministerio de Hacienda.
Artículo 3° - Déjase establecido que los circuitos, sistemas y
procesos administrativos, de gestión y de ejecución vigentes y a
desarrollar en el ámbito de cada jurisdicción, deberán considerar las
herramientas, instrumentos y políticas que se desarrollen e implementen
en el marco del programa aprobado en el artículo 1° del presente
decreto.
Artículo 4° - El Programa de Transformación de la Gestión de Compras
y Contrataciones tendrá principalmente los siguientes objetivos:
a) El análisis integral de la normativa de compras vigente en sus
distintos grados, su sistematización y las propuestas de modificaciones
que considere convenientes.
b) La reorganización de los procesos con la misión de dotarlos de
agilidad, transparencia y eficiencia.
c) La búsqueda de herramientas de acceso a la información tanto para
el ciudadano como para proveedores, funcionarios y empleados.
d) La contratación y puesta en funcionamiento de un sistema de compras
electrónicas con tecnología de avanzada acorde con una administración
pública moderna.
Artículo 5° - Facúltase al Ministerio de Hacienda a dictar todas las
resoluciones que fueren necesarias para el correcto funcionamiento del
programa, así como a designar sus integrantes, los Equipos de Trabajo
Operativos y Comité de Control y coordinar con los demás Ministerios
la implementación de las acciones pertinentes.
Artículo 6° - Déjase establecido que el Programa de Transformación
de la Gestión de Compras y Contrataciones tendrá una vigencia de
dieciocho (18) meses desde la publicación del presente decreto.
Artículo 7° - Los gastos que genere el programa que por el
presente se crea, se imputarán a las respectivas partidas
presupuestarias.
Artículo 8° - El presente decreto es refrendado por el Sr. Ministro de
Hacienda y el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9° - Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todos los Ministerios y
Secretarías del Poder Ejecutivo y para su conocimiento y demás fines,
remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones,
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de
Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez
Larreta
ANEXO
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DECRETOS SINTETIZADOS
n Decreto
N° 428 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital
General de Agudos "Dr. Cosme Argerich". Reconócense los
servicios prestados por Rubén G. Terg, DNI 22.808.130, CUIL
20-22808130-3, F.N° 400.835, profesional de guardia médica, suplente,
partida 4022.0506.Z.25.924, en concepto de guardias realizadas en enero
de 2006, 4 guardias en el mencionado establecimiento asistencial, y 3
guardias en el Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino
Udaondo". MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 429 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital de
Oftalmología "Dr. Pedro Lagleyze". Reconócense los servicios
prestados por Natalia S. Pastor, DNI 24.604.967, CUIL 27-24604967-5, F.N°
400.445, como especialista en la guardia médica (Oftalmología),
partida 4026.0006.Z.25.954, en concepto de 12 guardias realizadas en
marzo de 2006. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 430 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital
General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández". Reconócense los
servicios prestados por Guillermo J. Bourguet, DNI 17.513.837, CUIL
20-17513837-5, F.N° 400.637, como especialista en la guardia médica
(Pediatría), suplente, partida 4022.0706.Z.25.954, en concepto de 5
guardias realizadas en febrero y marzo de 2006. MACRI - Lemus -
Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 431 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital
General de Agudos "Donación Francisco Santojanni".
Reconócense los servicios prestados por Gabriela M. Sosa, DNI
25.181.033, CUIL 27-25181033-3, F.N° 401.676, como profesional de
guardia médica, suplente, partida 4022.1106.Z.25.924, en concepto de
4,25 guardias realizadas en agosto de 2006. MACRI - Lemus - Grindetti
- Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 432 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Dirección
General de Servicios de Salud. Reconócense los servicios prestados por
Norma A. Maluf, DNI 17.475.420, en carácter de contrato de locación de
servicios, por una retribución total de pesos cinco mil quinientos
cincuenta ($ 5.550), por el período comprendido entre el 1°/1/07 y el
31/3/07, en la entonces Dirección General Atención Integral de la
Salud. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 433 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Dirección
General de Servicios de Salud. Reconócense los servicios prestados por
Alejandra N. Cabarano, DNI 14.151.270, por una retribución total de
pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400), por el período comprendido
entre el 1°/1/07 y el 30/6/07 y por Yenifer C. Kochman, DNI 18.781.959,
por una retribución total de pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500), por
el período comprendido entre el 1°/4/07 y el 31/8/07, en la entonces
Dirección General Atención Integral de la Salud. MACRI - Lemus -
Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 434 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital
General de Agudos "Donación Francisco Santojanni".
Reconócense los servicios prestados por Flavio H. Mena, DNI 17.579.749,
CUIL 20-17579749-2, F.N° 401.873, como profesional de guardia médico,
suplente, partida 4022.1106.Z.25.924, en concepto de 4 guardias
realizadas en agosto de 2006. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez
Larreta
n Decreto
N° 435 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital
General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez". Reconócense los
servicios prestados por Alejandro E. D. Brain, DNI 22.502.511, CUIL
20-22502511-9, F.N° 385.787, como especialista en la guardia médica (Psicopatología
y Salud Mental), suplente, partida 4022.0406.Z.25.954, en concepto de 1
guardia realizada en diciembre de 2005. MACRI - Lemus - Grindetti -
Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 436 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Dirección
General Técnica y Legal. Reconócense los servicios prestados por Ana
M. Azzam, DNI 26.239.126, en carácter de contrato de locación de
servicios, por una retribución total de pesos novecientos cincuenta ($
950), por el período comprendido entre el 1°/1/07 y el 31/1/07, en la
entonces Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. MACRI -
Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 437 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Dirección
General de Servicios de Salud. Reconócense los servicios prestados por
Daniel G. Cantu, DNI 29.033.114, en carácter de contrato de locación
de servicios, por una retribución total de pesos dos mil setecientos ($
2.700), por el período comprendido entre el 1°/4/07 y el 30/6/07, en
la entonces Dirección General Atención Integral de la Salud. MACRI
- Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 438 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. "Dr.
Juan A. Fernández". Reconócense los servicios prestados por
María B. Aguirre Young, DNI 23.250.431, CUIL 27-23250431-0, F.N°
386.051, como especialista en la guardia médica (Tocoginecología),
suplente, partida 4022.0706.Z.25.954, en concepto de 4 guardias
realizadas en agosto de 2006. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez
Larreta
n Decreto
N° 439 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital
General de Agudos "Donación Francisco Santojanni".
Reconócense los servicios prestados por Hugo Zerbi, DNI 21.729.483,
CUIL 20-21729483-6, F.N° 404.350, como especialista en la guardia
médica (Clínica Médica), suplente, partida 4022.1106.Z.25.954, en
concepto de 6,5 guardias realizadas en agosto de 2006. MACRI - Lemus
- Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 440 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Dirección
General Legal y Técnica. Reconócense los servicios prestados por Olga
V. Fernández Del Palacio, DNI 14.957.406, en carácter de contrato de
locación de servicios, por una retribución total de pesos un mil
trescientos ($ 1.300), por el período comprendido entre el 1°/1/07 y
el 31/1/07, en la entonces Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 441 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Salud. Hospital de
Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz". Reconócense los
servicios prestados por Adela G. Moscatello, DNI 10.420.169, CUIL
27-10420169-0, F.N° 394.216, como especialista en la guardia médica
(Clínica Enfermedades Infecciosas), suplente, partida
4022.0006.Z.25.954, en concepto de 2 guardias realizadas en enero de
2007. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 444 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Educación.
Desígnanse a partir de diferentes fechas, interinamente con carácter
transitorio y hasta la provisión definitiva titular por concurso,
conforme lo prescripto por el artículo 6° de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A.
N° 1026), y el artículo 5° del Decreto N° 2.194/03 (B.O.C.B.A. N°
1823), y de acuerdo con lo establecido en el Escalafón General para el
Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto
N° 986/04 (B.O.C.B.A. N° 1953), y las pautas de encasillamiento
fijadas por Decreto N° 583/05 (B.O.C.B.A. N° 2187), a las personas que
se indican en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante
del mismo, como Auxiliares de Portería. MACRI - Narodowski -
Rodríguez Larreta
ANEXO I
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2 3
n Decreto
N° 445 del 22 de abril de 2008.
Ministerio de Desarrollo
Económico. Subsecretaría de Inversiones. Desígnase a Damián Specter,
DNI 20.660.757, Director General de Atención al Inversor y a Alejandro
Bonadeo, DNI 20.665.584, Director General de Gestión de Inversiones,
para asistir a las ciudades de Campeche, México, y Panamá, Panamá,
con el objeto de tomar contacto con directivos del Grupo Mall y
propiciar el desarrollo de inversiones en la Ciudad de Buenos Aires,
entre los días 22/4/08 y el 27/4/08. Entréguese a favor de los citados
una suma de dinero en concepto de viáticos. MACRI - Cabrera -
Grindetti - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 446 del 23 de abril de 2008.
Ministerio de Cultura. Dirección
General de Museos. Convalídase el viaje realizado por Estela Court, F.N°
757.255, invitada por el International Institute for Conservation of
Historic and Artistic Works para asistir al III Congreso Internacional
del Grupo Español en la ciudad de Oviedo, España, entre el 17/11/07 y
el 27/11/07. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta
n Decreto
N° 454 del 29 de abril de 2008.
Ministerio de Cultura. Desígnase
a Hernán S. Lombardi, DNI 14.188.918, Ministro, para viajar a la ciudad
de Lima (Perú), entre los días 4/5/08 y 6/5/08 a fin de participar de
la Semana del Arte de Lima 2008. Entréguese a su favor una suma de
dinero en concepto de pasajes, tasas de embarque y viáticos. MACRI -
Lombardi - Grindetti - Rodríguez Larreta
RESOLUCIONES
Jefatura de Gabinete de Ministros
RESOLUCIÓN N° 168 - MJGGC/08
Se resuelve la instrucción de sumario
Buenos Aires, 22 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 7.802/08, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la actuación de referencia tramita la
denuncia efectuada por el señor Inocencio Romero, DNI 12.589.979,
personal de la empresa de seguridad privada Eficast S.A., que presta
servicios de seguridad en el edificio sito en Av. de Mayo 591, donde
funcionan oficinas dependientes de esta Jefatura de Gabinete de
Ministros, con motivo del robo de diversos elementos existentes en el
mencionado edificio, hecho ocurrido el día 20 de abril de 2008;
Que ante tal hecho se efectuó la correspondiente denuncia policial por
robo ante la Comisaría N° 2 de la Policía Federal Argentina, con
intervención de la Fiscalía Nacional de Primera Instancia N° 47, a
cargo del Dr. Marcelo A. Solimine;
Que de la citada denuncia surge la sustracción de diversos bienes que
se encontraban en el edificio de mención;
Que en consecuencia y a fin de investigar los hechos denunciados y
arribar a la verdad objetiva, resulta pertinente ordenar a la Dirección
de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad la instrucción del
correspondiente sumario administrativo;
Por ello, y en virtud de lo prescripto por el artículo 2° del Decreto
N° 3.360/68 (B.M. N° 13.296) y lo dispuesto por el artículo 21 de la
Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850),
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1° - Instrúyase el respectivo sumario
administrativo a fin de ponderar los hechos denunciados por el señor
Inocencio Romero, DNI 12.589.979, y deslindar las responsabilidades que
pudieran corresponder con motivo del robo de diversos bienes que se
encontraban en el edificio sito en Av. de Mayo 591.
Artículo 2° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese lo resuelto a las
Subsecretarías dependientes de esta Jefatura de Gabinete de Ministros,
y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección de Sumarios
de la Procuración General de la Ciudad. Cumplido, archívese.
Rodríguez Larreta
RESOLUCIÓN N° 2 - SSCGEST/08
Se aprueba el modelo de nota tipo y el formulario de designación de
Enlace
Buenos Aires, 10 de abril de 2008.
Visto la Ley N° 104 y el Decreto Reglamentario N°
1.361/07, la Resolución N° 142 de la Secretaría Legal y Técnica, y
la Resolución N° 3 de la Subsecretaría de Ordenamiento Normativo y
Acceso a la Información en el Expediente N° 83.382/07, así como el
funcionamiento de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunal
dispuesto por Decreto N° 816/06 (B.O. N° 2475), y la Ley 2.506, de
Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos, el Decreto N° 2.075/08
que reglamenta dicha ley, a fin de considerar la responsabilidad que en
los considerandos se expresan.
El Decreto N° 521/06, el Decreto N° 1.945/06 del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1.361/07, dictado por el Jefe de
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, reglamentó la Ley N° 104 de
Acceso a la Información, designando en su artículo 2° a la entonces
Subsecretaría de Ordenamiento Normativo y Acceso a la Información como
autoridad de aplicación, teniendo a su cargo la implementación de las
disposiciones en él contenidas, quedando facultada además, a emitir
las recomendaciones, instrucciones y procedimientos necesarios para su
aplicación;
Que por Decreto N° 2.075/07 las responsabilidades de autoridad de
aplicación se arroga la Dirección General de Relaciones con Organismos
de Control, Transparencia y Acceso a la Información, dependiente de la
Subsecretaría de Control de Gestión;
Que el artículo 10 del Anexo del Decreto N° 1.361/07 crea e incorpora
la figura jurídico institucional del "Enlace", quien actuará
como nexo entre el organismo en que se desempeñe, que resulte
destinatario de una solicitud o requerimiento de información pública
en el marco de la Ley N° 104, y la autoridad de aplicación;
Que el artículo 8° del Anexo del Decreto Reglamentario de la Ley de
Acceso a la Información establece claramente que es el órgano
requerido quien debe tramitar, producir la información y remitir la
misma al peticionante o requirente;
Que conforme a las previsiones de la Ley N° 104, los F/N Centros de
Gestión y Participación Comunal (CGPC) dependientes de la
Subsecretaría de Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, son también receptores de las solicitudes de información
pública;
Que para que las disposiciones de las normas antes citadas se hagan
efectivas y concretas, resulta indispensable y urgente que se proceda
por cada organismo del Gobierno de la Ciudad, a la designación e
identificación de su respectivo Enlace, con la pertinente comunicación
a la dirección de referencia, conforme lo prescribe el artículo 1°
del Anexo I de la Resolución N° 3; la Ley N° 104 y su decreto
reglamentario, con el propósito de implementar un eficiente y eficaz
sistema de control y seguimiento de las actuaciones relacionadas con el
acceso a la información pública;
Que en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 1.945/06, entre las
responsabilidades y funciones primarias de la Dirección General de
Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, actualmente
denominada Dirección General de Relación con Organismos de Control,
Transparencia y Acceso a la Información, se encuentra la de asistir a
la Subsecretaría de Ordenamiento Normativo y Acceso a la Información
-hoy Subsecretaría de Control de Gestión- en el diseño e
implementación de herramientas y procedimientos que faciliten el acceso
a la Información en el marco de la Ley N° 104, lo cual merece hacerse
extensivo a la actuación y funcionamiento de los F/N Centros de
Gestión y Participación Comunal (CGPC);
Por lo expuesto, y en virtud de lo dispuesto en los Decretos N°
1.945/06 y N° 1.361/07, y su correlación con los F/N Centros de
Gestión y Participación Comunal organizados por Decreto 816/06,
EL SUBSECRETARIO DE CONTROL DE GESTIÓN
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase el modelo de nota tipo,
que como Anexo I forma parte de la presente, el que deberá enviársele
a todos los órganos de la Administración comprendidos por el Decreto
N° 1.361/07 para que los mismos cumplan con la designación de Enlace
dentro del plazo de diez (10) días de su comunicación.
Artículo 2° - Apruébase el formulario de designación de enlace, que
como Anexo II forma parte de la presente resolución. El mismo debe ser
suscripto por el señor Ministro, Secretario, o la máxima autoridad de
cada organismo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 3° - Créase el Registro de Enlaces, el que estará a cargo
de la Dirección General de Relaciones con Organismo de Control,
Transparencia y Acceso a la Información.
Artículo 4° - Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y vuelva a la Subsecretaría de Control de
Gestión. Cumplido, archívese. Macchiavelli
ANEXO I
ANEXO II
Ministerio de Hacienda
RESOLUCIÓN N° 718 - MHGC/08
Apruébase modificación de créditos
Buenos Aires, 21 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 9.533/08, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el visto tramitan
modificaciones de créditos solicitadas por distintas jurisdicciones,
con el fin de atender necesidades operativas impostergables entre las
que se encuentran la requerida por la Subsecretaría de Derechos
Humanos, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, a efectos de
cumplimentar los convenios y subsidios celebrados durante el ejercicio
vigente, la que propicia la Jefatura de Gabinete de Ministros a efectos
de solventar el gasto que demanda la Obra "Tablero de
Control", correspondiente al Programa 25 "Monitoreo de la
Gestión" y la destinada al Ministerio de Educación con el objeto
de que pueda afrontar gastos relacionados con el cumplimiento de las
normas de seguridad en escuelas financiados a través de la Fuente de
Financiamiento 25 "FOISO";
Que, asimismo, se debe dar reflejo presupuestario al incremento del
cálculo de recursos vigente, en función del ingreso al rubro
35.1.2.016 "Saldo Ejercicio Anterior Plan Nacional de Deporte
Social", Fuente de Financiamiento 14 - Transferencias Afectadas, de
fondos destinados al Programa "Deporte Comunitario", a cargo
de la Subsecretaría de Deportes, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Social, y al rubro 35.1.3.1 "Saldo Ejercicio Anterior -
Fondo Emergencia Inundaciones Ley N° 1.575", Fuente de
Financiamiento 13 - Recursos con Afectación Específica, de los saldos
remanentes 2007 trasladados al Ejercicio 2008, para el Programa
"Fondo de Emergencia para Subsidio por Inundaciones", creado
por Ley N° 1.575, y del que es unidad ejecutora la Subsecretaría de
Emergencias, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones
presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para
ello las facultades emergentes del Anexo A, Apartado I, de las Normas
Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la
Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para
el Ejercicio Fiscal 2008, aprobadas por el Decreto N° 39/08 (B.O.C.B.A.
N° 2853);
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase la modificación de
créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a
las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto y de Contaduría. Cumplido, archívese. Grindetti
ANEXO
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7 8
Ministerio de Justicia y Seguridad
RESOLUCIÓN N° 297 - MJySGC/08
Se instruye sumario
Buenos Aires, 15 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 8.284/08; y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron con motivo
de la Nota N° 1.261-DGAI/08 de fecha 14 de febrero de 2008 (fs. 1)
dirigida a la Subsecretaría de Justicia por parte de la Dirección
General de Administración de Infracciones a raíz de lo actuado por el
Dr. Hernán Pérez de María, en el Legajo N° 801680-000/07 que
tramitó en la Unidad Administrativa de Control de Faltas N° 9;
Que por sentencia del 14 de noviembre de 2007 (fs. 60 vta.) el juez
actuante ordenó declarar la "… nulidad parcial de la
resolución de la Unidad Administrativa de Faltas…", entre
otras cuestiones;
Que pese a lo ordenado judicialmente con relación a la nulidad parcial
de la resolución dictada, el Controlador de Faltas ratificó la
resolución en cuestión con fecha 21 de diciembre de 2007;
Que como consecuencia de lo actuado por el controlar de Faltas de la
Unidad Administrativa de Control de Faltas N° 9 el juzgado
Interviniente ordenó en su sentencia de fecha 6 de febrero de 2008 (fs.
73): "Por todo lo expuesto, corresponde: 1) Remitir las
presentes actuaciones a la Dirección General Administrativa de
Infracciones para que arbitre las medidas necesarias correspondientes a
la anotación del alzamiento del controlador en su legajo personal y se
desinsacule el nuevo controlador que deberá entender en un futuro; (…)";
Que a fs. 74 luce agregado el oficio judicial mediante el cual se
notifica los términos de la resolución judicial mencionada ut supra;
Que este Ministerio de Justicia y Seguridad estima propicio el dictado
del pertinente acto administrativo que ordene el sumario correspondiente
a fin de dilucidar los hechos acaecidos;
Que a los efectos de arribar a la verdad objetiva y sobre la base de la
investigación de los hechos denunciados, resulta necesario disponer la
instrucción del pertinente sumario administrativo a fin de deslindar
responsabilidades en el presente caso;
Por ello, y en virtud de los términos del art. 2° del Reglamento de
Sumarios Administrativos aprobado por el Decreto N° 3.360/68
(AD.230.215) aplicable en función del art. 12 del Decreto N° 826/01 (B.O.
N° 1225),
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Instrúyase sumario administrativo
contra el Dr. Hernán Pérez de María a fin de evaluar lo actuado en el
Legajo N° 801680-000/07 que tramitó en la Unidad Administrativa de
Control de Faltas N° 9 y deslindar las responsabilidades que pudieran
corresponder con motivo de las irregularidades detectadas.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a
la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -
Dirección de Sumarios -. Comuníquese lo resuelto mediante copia
autenticada del presente acto administrativo a la Subsecretaría de
Justicia, a la Dirección General de Administración de Infracciones y a
la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 308 - MJySGC/08
Se instruye sumario
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 5.142/08, y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron con motivo
de la solicitud de la Dirección General del Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas al Sr. Subsecretario de Justicia respecto de
los Expedientes N° 86.165/07 y N° 88.460/07 (fs.8) y su respectiva
consulta a la Procuración General sobre probables irregularidades en
dichos actuados;
Que mediante Dictamen N° 62.523-PG/08 la Procuración General ha tomado
la intervención requerida;
Que atento lo expuesto, corresponde que la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires proceda a la instrucción de un sumario administrativo, a fin de
investigar los hechos denunciados y arribar a la verdad objetiva;
Por ello, en virtud de los términos del art. 2° del Reglamento de
Sumarios Administrativos aprobado por el Decreto N° 3.360/68 (AD.
230.215) aplicable en función del art. 12 del Decreto N° 826/01 (B.O.
N° 1225),
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Instrúyase sumario administrativo a
fin de evaluar los hechos denunciados y deslindar las responsabilidades
manifestadas por Actuación N° 327-DD/08 respecto a las irregularidades
en los Expedientes N° 86.165/07 y N° 88.460/07.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a
la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
-Dirección General de Sumarios-. Comuníquese lo resuelto mediante
copia autenticada del presente acto administrativo a la Subsecretaría
de Justicia, a la Dirección General del Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas y a la Dirección General Administración de
Recursos Humanos. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 311 - MJySGC/08
Se desestiman los recursos interpuestos contra la Resolución N° 121-SSEMERG/07
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 62.143/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitan los
recursos administrativos interpuestos por los señores David Roberto
Sorzio, DNI 22.913.829 (fs. 26) y Hernán Rodrigo Punturiero, DNI
28.032.167 (fs. 41) contra la Resolución N° 121-SSEMERG/07 (fs.
11/12), que deniega la solicitud del subsidio previsto en la Ley N°
1.575, mediante la cual se creó el Fondo de Emergencia para Subsidios
por Inundaciones, a causa de los daños alegados respecto de los
automotores, dominio DKA 369 y TJP 859 respectivamente, a causa del
fenómeno meteorológico ocurrido el 1° de marzo de 2007, presentando
formularios de declaración jurada de pérdidas económicas y
documentación;
Que en los informes producidos por la Subsecretaría a fs. 8 y 35, se
indica que, respecto a la documental acompañada por los requerientes,
el certificado de Libre Deuda "no fue expedido por la Dirección
General de Rentas...sino que fue extraído de la página web",
considerando que dicho instrumento carece de valor legal;
Que del mismo modo, la Resolución N° 121-SSEMERG/07, denegatoria del
subsidio, consigna que "...el libre deuda, presentado por los
peticionantes, no fue expedido por la Dirección General de Rentas, tal
como lo exige la normativa...", puntualizando que la documental
acompañada carece de validez a los fines de cumplir la norma de
aplicación;
Que los peticionantes articularon recursos de reconsideración, los que
fueron desestimados por Resolución N° 311-SSEMERG/07, correspondiendo
a esta instancia el tratamiento de los jerárquicos implícitos, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N°
1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310);
Que la denegatoria recurrida se ajusta a derecho toda vez que conforme a
la normativa de aplicación, Ley N° 1.575 (B.O.C.B.A. N° 2117) y
Decreto N° 1.452/06, los solicitantes del beneficio debían acompañar:
"...certificado de Libre Deuda expedido por la Dirección
General de Rentas" y en la especie, en ambos casos, se
presentaron copias de la página web del organismo recaudador, en las
que expresamente se consigna que "La información suministrada
por la presente consulta carece de valor documental alguno y se brinda
al solo efecto de su conocimiento por parte del tributo" lo que
lleva a considerar que los quejosos no cumplieron los requisitos del
art. 3° de le Ley N° 1.575 y su acto denegatorio para acceder al
beneficio, en virtud de lo cual se debe concluir que el acto denegatorio
se ajusta a derecho tanto en lo formal como en lo substancial, por lo
que corresponde desestimar los remedios procedimentales intentados;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la debida intervención;
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímense los recursos
jerárquicos en subsidio de los de reconsideración interpuestos por los
señores David Roberto Sorzio, DNI 22.913.829 (fs. 26) y Hernán Rodrigo
Punturiero, DNI 28.032.167 (fs. 41) contra la Resolución N° 121-SSEMERG/07.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese al interesado y, para su
conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Subsecretaría de
Emergencias. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 312 - MJySGC/08
Se desestima recurso jerárquico
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 78.302/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso
jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto
por el Sr. Alfredo David Rinaldi, DNI 14.621.888, contra la Resolución
N° 181-SSEMERG/07 (fs. 16/17), mediante la cual se denegó la solicitud
del subsidio previsto en la Ley N° 1.575, presentada a causa de los
daños alegados respecto del automotor dominio UBS 278;
Que el administrado solicitó el otorgamiento del subsidio previsto en
la Ley N° 1.575, por los daños sufridos en el automóvil de la
referencia, a causa del fenómeno producido el 1° de marzo de 2007,
presentando formularios de declaración jurada de pérdidas económicas
y demás documentación a los efectos;
Que en los informes obrantes a fs. 13 y 14 se indica que, respecto de la
documental acompañada, el interesado no presentó "el
certificado expedido por la Dirección General de Rentas que acredite la
falta de mora en el pago de las deudas impositivas que gravan al
automotor", considerando que no ha dado cumplimiento a los
requisitos esenciales para la aplicación de la Ley N° 1.575 (art. 3°,
inc. b última parte);
Que por la Resolución N° 181-SSEMERG/07 se denegó la solicitud de
subsidio citada, consignándose que "...no acreditó
fehacientemente, mediante el respectivo libre deuda emitido por la
Dirección General de Rentas la falta de mora en el pago de los tributos
establecidos en la Ley Fiscal correspondiente al automotor denunciado
como dañado", puntualizando que no ha cumplido con todos los
requisitos formales establecidos en la Ley N° 1.575 para acceder al
subsidio peticionado;
Que la Ley N° 1.575 (B.O.C.B.A. N° 2117) en su art. 1° dispone: "Créase
el Fondo de Emergencias para Subsidios por Inundaciones, con destino a
atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por
fenómenos meteorológicos extraordinarios que provoquen inundaciones y
anegamientos en distintas zonas de la Ciudad";
Que por su parte el art. 2° establece que de dicho fondo se entregarán
subsidios a aquellas personas afectadas por los fenómenos
meteorológicos aludidos, que sufran daños en los bienes muebles,
inmuebles y registrables, indicando en el art. 3° que "...Los
damnificados titulares de bienes registrables, deberán: a) Acreditar
titularidad dominial respecto del bien que hubiere sufrido daño; b) Que
dicho bien no registre mora en el pago de tributos establecidos en la
Ley Fiscal...", fijando en el art. 4° el plazo de siete días
corridos de producidos los hechos alegados, para requerir el beneficio;
Que asimismo el Decreto N° 1.452/06, que modifica el art. 5° del Anexo
I del Decreto N° 1.286/05, dispone "Art. 5: Inicio del
Procedimiento: Los damnificados deben completar el formulario
"Solicitud de Subsidio Ley N° 1.575" y presentarlo, por
duplicado, ante la Dirección General Mesa General de Entradas Salidas y
Archivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo
perentorio de siete días corridos desde la fecha de producción del
daño" debiendo acompañar "a) título original del bien
afectado y copia, la que será certificada por el funcionario receptor
del trámite, b) certificado de libre deuda expedido por la Dirección
General de Rentas. Dicho comprobante podrá ser presentado dentro de los
15 días de iniciado el trámite";
Que en primer término, el administrado articuló recurso de
reconsideración, el que fue desestimado por Resolución N° 312-SSEMERG/07,
correspondiendo en esta instancia el tratamiento del jerárquico
implícito, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 107 y 108 de la Ley
de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(Decreto N° 1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310);
Que cabe puntualizar que, oportunamente, se denegó la solicitud del
subsidio previsto en la Ley N° 1.575 atento no encontrase cumplidos los
requisitos contenidos en dicha norma, al carácter de validez la
documentación acompañada;
Que tal denegatoria se ajusta a derecho toda vez que conforme lo
establece la normativa de aplicación citada en el acápite anterior, el
solicitante del beneficio debía acompañar "...certificado de
libre deuda expedido por la Dirección General de Rentas" y en
la especie, no se presentó tal documentación, lo que lleva a
considerar que el quejoso no cumplió los requisitos del art. 3° de la
Ley N° 1.575 y su reglamentación para acceder al beneficio, en virtud
de lo cual debo concluir que el acto denegatorio se ajusta a derecho
tanto en lo formal como en lo substancial, por lo que corresponde
desestimar el remedio procedimental intentado;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la debida intervención mediante Dictamen N° 62.870-PG/08 (fs.
27);
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
que opera en subsidio del de reconsideración que fue atendido mediante
Resolución N° 312-SSEMERG/07 interpuesto por el Sr. Alfredo David
Rinaldi, DNI 14.621.888, contra la Resolución N° 181-SSEMERG/07 (fs.
16/17), mediante la cual se denegó la solicitud del subsidio previsto
en la Ley N° 1.575, presentada a causa de los daños alegados respecto
del automotor dominio UBS 278.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y, para su
conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Subsecretaría de
Emergencias. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 314 - MJySGC/08
Se desestiman los recursos interpuestos contra la Resolución N° 100-SSEMERG/07
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 56.446/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitan los
recursos jerárquicos que operan en subsidio del de reconsideración
interpuesto por el Sr. Gerardo Christian Guilar y la Sra. María Estela
Diamantino, contra la Resolución N° 100-SSEMERG/07 (fs. 13/14),
mediante la cual se denegaron las solicitudes del subsidio previsto en
la Ley N° 1.575, presentadas a causa de los daños alegados respecto de
los automotores dominio TIS 215 y AEP 055 respectivamente;
Que los administrados solicitaron el otorgamiento del subsidio previsto
en la Ley N° 1.575, por los daños sufridos en los automóviles de
referencia, a causa del fenómeno producido el 1° de marzo de 2007,
presentando formularios de declaración jurada de pérdidas económicas
y demás documentación a los efectos;
Que en los informes obrantes a fs. 10 y 41 se indica que, respecto de la
documental acompañada por los requirentes, no acompañaron el
Certificado de Libre Deuda expedido por la Dirección General de Rentas
que acredite la falta de mora en el pago de las deudas impositivas que
gravan el automotor;
Que por Resolución N° 100-SSEMERG/07 se denegaron las solicitudes de
subsidio citadas, consignándose que los administrados "no
acreditaron fehacientemente, mediante el respectivo libre deuda emitido
por la Dirección General de Rentas tal como lo exige la
normativa..." la falta de mora en el pago de los tributos;
Que los peticionantes articularon recursos de reconsideración, los que
fueron desestimados por Resolución N° 299-SSEMERG/07 (fs. 50/51);
Que la Ley N° 1.575 (B.O.C.B.A. N° 2117) en su art. 1° dispone: "Créase
el Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones, con destino a
atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por
fenómenos meteorológicos extraordinarios que provoquen inundaciones y
anegamientos en distintas zonas de la Ciudad";
Que por su parte el art. 2° establece que de dicho fondo se entregarán
subsidios a aquellas personas afectadas por los fenómenos
meteorológicos aludidos, que sufran daños en los bienes muebles,
inmuebles y registrables, deberán: "a) Acreditar titularidad
dominial respecto del bien que hubiere sufrido daño; b) Que dicho bien
no registre mora en el pago de tributos establecidos en la Ley
Fiscal...", fijandose en el art. 4° el plazo de siete días
corridos de producidos los hechos alegados, para requerir el beneficio;
Que asimismo el Decreto N° 1.452/06, que modifica el art. 5° del Anexo
I del Decreto N° 1.286/05, dispone "Art. 5°: Inicio del
Procedimiento: Los damnificados deben completar el formulario
"Solicitud de Subsidio Ley N° 1.575" y presentarlo, por
duplicado, ante la Dirección General Mesa General de Entradas Salidas y
Archivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo
perentorio de siete días corridos desde la fecha de producción del
daño" debiendo acompañar ", a) título original del bien
afectado y copia, la que será certificada por el funcionario receptor
del trámite, b) certificado de libre deuda expedido por la Dirección
General de Rentas. Dicho comprobante podrá ser presentado dentro de los
15 días de iniciado el trámite";
Que a mérito de que los administrados han articulado sendos recursos de
reconsideración, los que fueron desestimados por Resolución N° 299-SSEMERG/07,
correspondiendo en esta instancia el tratamiento de los jerárquicos
implícitos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 107 de la Ley de
Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N°
1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310);
Que tal denegatoria se ajusta a derecho toda vez que conforme a la Ley
N° 1.575 los solicitantes del beneficio debían acompañar "...el
certificado de libre deuda expedido por la Dirección General de
Rentas" y en la especie, en ambos casos, no los presentaron, lo
que lleva a considerar que los quejosos no cumplieron los requisitos del
art. 3° de la Ley N° 1.575 y su reglamentación para acceder al
beneficio, en virtud de lo cual se debe concluir que el acto denegatorio
se ajusta a derecho tanto en lo formal como en lo substancial, por lo
que corresponde desestimar los remedios procedimentales intentados;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la debida intervención;
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase los recursos
jerárquicos que operan en subsidio del de reconsideración interpuesto
por el Sr. Gerardo Christian Guilar y la Sra. María Estela Diamantino,
contra la Resolución N° 100-SSEMERG/07, mediante la cual se denegaron
las solicitudes del subsidio previsto en la Ley N° 1.575, presentadas a
causa de los daños alegados respecto de los automotores dominio TIS 215
y AEP 055 respectivamente.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados y, para su
conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Subsecretaría de
Emergencias quien dará intervención a las áreas pertinentes. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 315 - MJySGC/08
Se desestima recurso jerárquico
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 62.896/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso
jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto
por el Sr. Osvaldo Enrique Pousa (fs. 38/39), contra la Resolución N°
103-SSEMERG/07 (fs. 14/15), mediante la cual se denegó la solicitud del
subsidio previsto en la Ley N° 1.575, presentada a causa de los daños
alegados respecto del automotor dominio SXC 470;
Que el administrado solicitó el otorgamiento del subsidio previsto en
la Ley N° 1.575, por los daños sufridos en el automóvil dominio SXC
470, a causa del fenómeno meteorológico producido el 1° de marzo de
2007, presentando formulario de declaración jurada de pérdidas
económicas y documentación;
Que a fs. 11 obra Informe N° 1.954-SSEMERG/07, dando cuenta que, "...la
constancia de deuda acompañada denuncia que el peticionante registra
mora en el pago de los tributos que gravan al automotor",
indicándose a fs. 12, mediante Informe N° 151/882-UAIMG-MGGC/07 que el
peticionante "no cumple con uno de los requisitos esenciales
para la aplicación de la Ley N° 1.575 (art. 3° inc.) última
parte";
Que por Resolución N° 103-SSEMERG/07 se denegó la solicitud de
subsidio citada, consignándose que "...del certificado de libre
deuda presentado surge que se registra mora en el pago de los tributos
establecidos en la Ley Fiscal correspondiente al automotor denunciado
como dañado, a la fecha del inicio del trámite, no dando cumplimiento
así a lo establecido en el art. 3° de la Ley N° 1.575...";
Que el peticionante articuló recurso de reconsideración, el que fue
desestimado por Resolución N° 310-SSEMERG/07 (fs. 42/43);
Que la Ley N° 1.575 (B.O.C.B.A. N° 2117) en su art. 1° dispone: "Créase
el Fondo de Emergencias para Subsidios por Inundaciones, con destino a
atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por
fenómenos meteorológicos extraordinarios que provoquen inundaciones y
anegamientos en distintas zonas de la Ciudad";
Que por su parte el art. 2° establece que de dicho fondo se entregarán
subsidios a aquellas personas afectadas por los fenómenos
meteorológicos aludidos, que sufran daños en los bienes muebles,
inmuebles y registrables, indicando en el art. 3° que "...Los
damnificados titulares de bienes registrables, deberán: a) Acreditar
titularidad dominial respecto del bien que hubiere sufrido daño; b) Que
dicho bien no registre mora en el pago de tributos establecidos en la
Ley Fiscal...", fijando en el art. 4° el plazo de siete días
corridos de producidos los hechos alegados, para requerir el beneficio;
Que asimismo el Decreto N° 1.452/06, que modifica el art. 5° del Anexo
I del Decreto N° 1.286/05, dispone "Art. 5°: Inicio del
Procedimiento: Los damnificados deben completar el formulario
"Solicitud de Subsidio Ley N° 1.75" y presentarlo, por
duplicado, ante la Dirección General Mesa General de Entradas Salidas y
Archivo del Gobierno de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo
perentorio de siete días corridos desde la fecha de producción del
daño" debiendo acompañar ", a) título original del bien
afectado y copia, la que será certificada por el funcionario receptor
del trámite, b) certificado de libre deuda expedido por la Dirección
General de Rentas. Dicho comprobante podrá ser presentado dentro de los
15 días de iniciado el trámite";
Que en primer término, se advierte que el administrado articuló su
recurso jerárquico en forma subsidiaria al que denominó "de
revisión", correspondiendo en esta instancia el tratamiento del
mismo, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 108 y 109 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(Decreto N° 1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310);
Que planteado un recurso de revisión, el mismo se desestima por
Resolución N° 310/07, fundamentando ello en la falta de cumplimiento
de los extremos que establece la norma en el art. 118 de la Ley de
Procedimientos Administrativos citada, siendo del caso destacar que en
la realidad se ha tratado como un recurso de reconsideración por cuanto
no se plantean ni se documentan en la interposición del escrito del
contribuyente las variables que admiten tal presentación;
Que tal desestimación se ajusta a derecho toda vez que, conforme lo
establece la normativa de aplicación citada en el acápite anterior, el
solicitante del beneficio debía acompañar "...certificado de
libre deuda expedido por la Dirección General de Rentas" y de la
documental acompañada (constancia de fs. 2/3) surge precisamente la
existencia de duda frente al tributo;
Que asimismo se destaca que la documental acompañada en su escrito
recursivo no modifica tal circunstancia, ya que en el plan de
facilidades a que se acogiera se incluyeron los períodos fiscales 2001
a 2003 y en la constancia de deuda citada surge deuda hasta el año
2005;
Que lo antedicho lleva a la conclusión de que el quejoso no cumplió
los requisitos del art. 3° de la Ley N° 1.575 y su reglamentación
para acceder al beneficio, en virtud de lo cual debo concluir que el
acto denegatorio se ajusta a derecho tanto en lo formal como en lo
substancial, por lo que corresponde desestimar el remedio procedimental
intentado;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la debida intervención, mediante Dictamen N° 63.128-PG/08;
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto por el Sr.
Osvaldo Enrique Pousa, contra la Resolución N° 103-SSEMERG/07,
mediante la cual se denegó la solicitud del subsidio previsto en la Ley
N° 1.575, presentada a causa de los daños alegados respecto del
automotor dominio SXC 470.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y, para su
conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Subsecretaría de
Emergencias quien dará intervención a las áreas pertinentes. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 316 - MJySGC/08
Se desestima recurso jerárquico
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 89.381/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso
administrativo interpuesto por el señor Mario Miguel Ortiz (DNI
28.382.389) contra la Resolución N° 196-SSEMERG/07 (fs. 15/16),
mediante la cual se denegara la solicitud del subsidio por inundaciones
previsto en la Ley N° 1.575 (B.O.C.B.A. N° 2117), por la cual se
creara el Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones,
presentada a causa de los daños alegados respecto del automotor dominio
DIG 236, a causa del fenómeno producido el 1° de marzo de 2007;
Que el interesado presentó formulario de declaración jurada de
pérdidas económicas (fs. 7/8) y restante documentación a los efectos
(fs. 1/6);
Que en los informes obrantes a fs. 12 y 13, emitidos por la
Subsecretaría de Emergencias y la Unidad de Auditoría Interna
respectivamente, dependientes del entonces Ministerio de Gobierno, se
indica que respecto a la documental acompañada por el requirente que "el
certificado de Libre Deuda presentado por el peticionante no fue
expedido por la Dirección General de Rentas...sino que fue extraído de
la página web", considerando que dicho documento carece de
valor legal;
Que por Resolución N° 196-SSEMERG/07 se denegó la solicitud del
subsidio intentado, consignándose en dicho acto administrativo que "el
libre deuda presentado por el peticionante no fue expedido por la
Dirección General de Rentas, tal como exige la normativa, sino que fue
extraído de la consulta de la página web de dicho Organismo",
puntualizando que no ha cumplido con todos los requisitos formales
establecidos en el art. 3° de la Ley N° 1.575;
Que se advierte que el administrado articuló recurso jerárquico (fs.
19/20) correspondiendo en esta instancia el tratamiento del mismo, de
acuerdo con lo dispuesto en los arts. 108 y 109 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(Decreto N° 1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310);
Que el recurso ha sido interpuesto en tiempo oportuno y de conformidad
con las prescripciones normativas;
Que cabe puntualizar que, oportunamente, se denegó la solicitud del
subsidio previsto en la Ley N° 1.575 atento no encontrarse cumplidos
los requisitos contenidos en dicha norma al carecer de validez la
documentación acompañada;
Que tal denegatoria se ajusta a derecho toda vez que conforme lo
establece la normativa de aplicación citada en el acápite anterior, el
solicitante del beneficio debía acompañar "...certificado de
Libre Deuda expedido por la Dirección General de Rentas" y en
la especie, no se presentó tal documentación, lo que lleva a
considerar que el quejoso no cumplió los requisitos del art. 3° de la
Ley N° 1.575 y su reglamentación para acceder al beneficio, en virtud
de lo cual debe concluirse que el acto denegatorio se ajusta a derecho
tanto en lo formal como en lo substancial, por lo que corresponde
desestimar el recurso jerárquico intentado;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la debida intervención (Dictamen N° 62.946-PG/08);
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímese el recurso jerárquico
interpuesto por el señor Mario Miguel Ortiz (DNI 28.382.389) contra la
Resolución N° 196-SSEMERG/07.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese al interesado y, para su
conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Subsecretaría de
Emergencias. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 317 - MJySGC/08
Desestímase recurso jerárquico
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 62.138/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso
jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto
por la Sra. Nelly Elsa Agustina Bozzano de Rodríguez (fs. 21), contra
la Resolución N° 142-SSEMERG/07 (fs.18), mediante la cual se denegó
la solicitud del subsidio previsto en la Ley N° 1.575, presentada a
causa de los daños alegados respecto del inmueble sito en la calle
Yatay 197, planta baja, Unidad Funcional N° 2;
Que la administrada solicitó el otorgamiento del subsidio previsto en
la Ley N° 1.575, por los daños sufridos en el inmueble de la
referencia, a causa del fenómeno producido el 17 de marzo de 2007,
presentando formulario de declaración jurada de pérdidas económicas y
documentación;
Que en el informe obrante de fs. 15 se indica que "no ha dado
cumplimiento a los requisitos formales establecidos en el art. 3°, inc.
b de la Ley N° 1.575 y art. 5° decreto reglamentario, al no presentar
el interesado el certificado expedido por la Dirección General de
Rentas que acredite la falta de mora en el pago de las deudas
impositivas que gravan el bien". El informe de fs. 16 agrega que
"la presentación deviene extemporánea" considerando que
habría acontecido el 17 de marzo de 2007 mientras que el reclamo se
interpuso el 20 de abril de 2007;
Que por Resolución N° 142-SSEMERG/07 se denegó la solicitud de
subsidio, consignándose en sus "Considerandos" que "toda
vez que se ha excedido el plazo perentorio de 7 días corridos desde la
fecha del daño, y la de la efectiva presentación". Agrega que el
reclamo "deviene extemporáneo" (fs. 18/19);
Que la peticionante articuló recurso de reconsideración, el que fue
desestimado por Resolución N° 309-SSEMERG/07 (fs. 25/26);
Que la Ley N° 1.575 (B.O.C.B.A. N° 2117) en su art. 1° dispone: "créase
el Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones, con destino a
atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por
fenómenos meteorológicos extraordinarios que provoquen inundaciones y
anegamientos en distintas zonas de la Ciudad";
Que por su parte el art. 2° establece que de dicho fondo se entregarán
subsidios a aquellas personas afectadas por los fenómenos
meteorológicos aludidos, que sufran daños en los bienes muebles,
inmuebles y registrables, indicando en el art. 3° que "...Los
damnificados titulares de bienes registrables, deberán: a)Acreditar
titularidad dominial respecto del bien que hubiere sufrido daño; b) Que
dicho bien no registre mora en el pago de tributos establecidos en la
Ley Fiscal...", fijando en el art. 4° el plazo de siete días
corridos de producidos los hechos alegados, para requerir el beneficio;
Que asimismo el Decreto N° 1.452/06, que modifica el art. 5° del Anexo
I del Decreto N° 1.286/05, dispone "Art. 5°: Inicio del
Procedimiento: Los damnificados deben completar el formulario
"Solicitud de Subsidio Ley N° 1.575" y presentarlo, por
duplicado, ante la Dirección General Mesa General de Entradas Salidas y
Archivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo
perentorio de siete días corridos desde la fecha de producción del
daño" debiendo acompañar ", a) título original del bien
afectado y copia, la que será certificada por el funcionario receptor
del trámite, b) certificado de libre deuda expedido por la Dirección
General de Rentas. Dicho comprobante podrá ser presentado dentro de los
15 días de iniciado el trámite";
Que en primer término, se advierte que la administrada articuló
recurso de reconsideración (fs. 22), el que fue desestimado por
Resolución N° 309-SSEMERG/07 (fs. 25), correspondiendo en esta
instancia el tratamiento del jerárquico en subsidio, de acuerdo con lo
dispuesto en el art. 108 y 109 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N°
1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310);
Que cabe puntualizar que, oportunamente, se denegó la solicitud del
subsidio previsto en la Ley N° 1.575 atento no encontrarse cumplidos
los requisitos contenidos en dicha norma con acompañamiento de copia
simple y la solicitud de subsidio se interpone largamente transcurrido
el plazo de siete días corridos desde la producción del daño;
Que tal denegatoria se ajusta a derecho toda vez que conforme lo
establece la normativa de aplicación citada en el acápite anterior, la
solicitante del beneficio debía acompañar "título original del
bien" y en la especie, se presentaron fotocopias simples,
incumpliendo asimismo con el plazo perentorio de los siete días para
requerir el beneficio, lo que lleva a considerar que la quejosa no se
ajusta a los requisitos de la Ley N° 1.575 y su reglamentación para
acceder al subsidio, como tampoco dentro del plazo de prórroga legal
autorizada dentro de los 15 días de iniciado el trámite; en virtud de
todo lo cual debió concluir que el acto denegatorio se ajusta a derecho
tanto en lo formal como en lo substancial, por lo que corresponde
desestimar el remedio procedimental intentado;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
tomado la debida intervención (fs. 30);
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto por la Sra.
Nelly Elsa Agustina Bozzano de Rodríguez, contra la Resolución N°
142-SSEMERG/07.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y, para su
conocimiento y demás efectos, dese traslado a la Subsecretaría de
Emergencias quien dará intervención a las áreas pertinentes. Montenegro
RESOLUCIÓN N° 70 - SSSU/08
Se rechaza recurso de reconsideración
Buenos Aires, 26 de marzo de 2008.
Visto el Anexo I "Ley de Procedimientos
Administrativos" del Decreto N° 1.510/97 (B.O. N° 310),
ratificado por Resolución de Legislatura N° 41/98 (B.O. N° 454), la
Resolución N° 16-SSSU/08, el Expediente N° 43.428/05, y
CONSIDERANDO:
Que tramita en las presentes actuaciones el recurso
de reconsideración interpuesto en tiempo y forma por la empresa Comahue
Seguridad Privada Sociedad Anónima, contra la Resolución N° 16-SSSU/08,
por la cual no se hace lugar a la petición de redeterminación de
mayores costos de la citada empresa;
Que de las manifestaciones vertidas por el recurrente mediante escrito
presentado en fecha 12 de marzo de 2008, no surgen nuevos elementos de
prueba que pudiesen llegar a modificar la situación existente al
momento de expedirse la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires mediante Dictamen N° 61.973;
Que en mérito de ello, corresponde desestimar el recurso de
reconsideración interpuesto, y elevar las presentes actuaciones con el
objeto de dar tratamiento al recurso jerárquico interpuesto en
subsidio;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Recházase el recurso de
reconsideración interpuesto por Comahue Seguridad Privada Sociedad
Anónima contra la Resolución N° 16-SSSU/08.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y notifíquese en forma fehaciente. Cumplido,
elévense los presentes a conocimiento del señor Ministro de Justicia y
Seguridad para la resolución del recurso jerárquico interpuesto en
subsidio. Fecho, archívese. Molinero
RESOLUCIÓN N° 71 - SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito
Buenos Aires, 27 de marzo de 2008.
Visto el Decreto N° 2.075/07, la Resolución N°
558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT-2006 y el Registro N° 797-DGTRANSI/08, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron
asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de
autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del
tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y
ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública
en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo de
seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y
patrimonial de los transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Centro Murga "Los Desakatados",
solicita permiso para efectuar el corte total de la calzada de
Rodríguez Peña entre Marcelo T. de Alvear y Paraguay, el día sábado
5 de abril de 2008, en el horario de 16 a 2 horas del día siguiente,
con motivo de realizar el evento denominado "Festival
Musical";
Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su
competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar el corte de tránsito solicitado, en el horario de 18 a
2 horas del día siguiente, siendo la Policía Federal Argentina quien
deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar el corte de tránsito
solicitado por el Centro Murga "Los Desakatados", de la
calzada de Rodríguez Peña entre Marcelo T. de Alvear y Paraguay, sin
afectar bocacalles, el día sábado 5 de abril de 2008, en el horario de
18 a 2 horas del día siguiente, con la concurrencia de la Policía
Federal Argentina, para realizar un evento denominado "Festival
Musical".
Artículo 2° - Los solicitantes serán responsables de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.10 de la Ley
N° 2.148.
Artículo 3° - Los solicitantes deberán arbitrar los medios para
contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal
Argentina y procederán al término de la actividad a efectuar la
limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por
la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 4° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y
4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas
correspondientes.
Artículo 5° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito y de Ordenamiento del Espacio
Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a los
solicitantes y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de
Tránsito. Cumplido, archívese. Molinero
RESOLUCIÓN N° 72 - SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito en diversas avenidas
Buenos Aires, 27 de marzo de 2008.
Visto el Decreto N° 350/06, la Resolución N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06
y el C. R. N° 774-DGTRANSI/08, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron
asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de
autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del
tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y
ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública
en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice
los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos
de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas
atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran
concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la
programación de un operativo de seguridad especial a efectos de
resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y
público asistente;
Que, por el registro mencionado, la Asociación Criolla Argentina,
solicita permiso para efectuar la afectación de varias arterias, el
día domingo 30 de marzo de 2008, en el horario de 11 a 13 horas, con
motivo de realizar el evento denominado "Paseo de Montados",
de acuerdo al siguiente recorrido:
l Partiendo de la Sociedad Rural
Argentina por Av. Sarmiento y, por ésta, hasta Av. Del Libertador, por
ésta hasta Petorutti, por ésta hasta Av. Figueroa Alcorta, por ésta
hasta Av. Sarmiento, terminando en el punto de partida;
Que, la Dirección General de Tránsito ha manifestado que considera
viable el otorgamiento del pertinente permiso;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar los cortes parciales de tránsito solicitados, siendo la
Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el
desvío del tránsito vehicular;
Que, los solicitantes serán responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsito
solicitados por la Asociación Criolla Argentina, con la concurrencia de
la Policía Federal Argentina, el día domingo 30 de marzo de 2008, en
el horario de 11 a 13 horas, con motivo realizar un evento denominado
"Paseo de Montados", de acuerdo al siguiente esquema:
Corte parcial, momentáneo y sucesivo:
l Un carril de las calles
afectadas, a medida que avanzan los participantes del evento. Se deberá
liberar la arteria una vez que hayan pasado los mencionados integrantes.
Corte total:
l Transversales a las arterias
involucradas.
Artículo 2° - El tránsito vehicular que circule por las calles
afectadas por el recorrido del evento podrá desviarse por las
transversales inmediatas anteriores a los sucesivos cortes, y retomar su
ruta por las paralelas que tengan el mismo sentido, a efectos de otorgar
continuidad a la circulación en la zona.
Artículo 3° - Los solicitantes serán responsables de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 4° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y
procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar
que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N°
51.277/96.
Artículo 5° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y
4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas
correspondientes.
Artículo 6° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, de
Tránsito, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al
requirente y para su conocimiento gírese a la Dirección General de
Tránsito. Cumplido, archívese. Molinero
RESOLUCIÓN N° 73 - SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito en diversas calles
Buenos Aires, 27 de marzo de 2008.
Visto el Decreto N° 2.075/07, la Resolución Conjunta N° 558-SSSU-
SSPyCEP-SSTyT/06 y el Registro N° 890-DGTRANSI/08,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron
asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de
autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del
tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y
ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública
en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de
gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo
especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de
transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, el Sr. Christian E. Romanello, solicita
permiso para efectuar el corte de distintas arterias en los alrededores
del Club Atlético River Plate, los días 30 de marzo, 4, 5 y 6 de abril
de 2008, en el horario de 13 a 1 del día siguiente, con motivo de
realizar un evento denominado "Quilmes Rock";
Que, la Dirección General de Tránsito ha intervenido en su
competencia, manifestando que considera viable el otorgamiento del
permiso;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía
Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del
tránsito vehicular;
Que, el solicitante será responsable de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsito
solicitados por Sr. Christian E. Romanello, con la concurrencia de la
Policía Federal Argentina, los días 30 de marzo, 4, 5 y 6 de abril de
2008, en el horario de 13 a 1 del día siguiente, con motivo de realizar
un evento denominado "Quilmes Rock", de acuerdo a lo
establecido en el Anexo I que a todos sus efectos pasa a formar parte de
la presente.
Artículo 2° - El solicitante será responsable de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 3° - El solicitante deberá arbitrar los medios para contar
en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de
cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la
actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de
acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 4° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y
3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas
correspondientes.
Artículo 5° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio
Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al
solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de
Tránsito. Cumplido, archívese. Molinero
ANEXO I
Imagen 1 2
RESOLUCIÓN N° 74 - SSSU/08
Se autoriza corte de tránsito en diversas avenidas
Buenos Aires, 27 de marzo de 2008.
Visto el Decreto N° 2.075/07, la Resolución N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06
y la Nota N° 449-SSDEP/08, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron
asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de
autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del
tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y
ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública
en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad
Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los
cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de
manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas,
deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de
gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo
de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y
patrimonial de los transeúntes y público asistente;
Que, por la nota mencionada, la Subsecretaría de Deportes del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires, solicita permiso para realizar la
afectación de varias calzadas en los Bosques de Palermo, el día
domingo 30 de marzo del 2008, en el horario de 9 a 13, con motivo de
realizar un evento denominado "Carrera de Miguel" de acuerdo
al siguiente recorrido:
l Largada: Av. Dorrego y Av.
Figueroa Alcorta.
l Recorrido 10K: Dorrego, F.
Alcorta, Monroe, Libertador, Udaondo, F. Alcorta, V. Alsina, A. Méndez,
F. Alcorta, Dorrego.
l Recorrido 3K: Dorrego, F.
Alcorta, Av. de los Ombúes, V. Alsina, A. Mendez, F. Alcorta, Dorrego;
Que, la Subsecretaría de Deportes, ha manifestado que la prueba se
realizará sobre una distancia de 10 Km y 3 Km;
Que, la Dirección General de Tránsito, ha intervenido en el trámite,
manifestando que considera viable el otorgamiento del pertinente
permiso, sin establecer desvío de tránsito en la zona;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera
viable realizar los cortes de tránsito solicitados, siendo la Policía
Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del
tránsito vehicular;
Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los
riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de
las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo
contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y
calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N°
51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Artículo 1° - Autorizar los cortes de tránsito
solicitados por la Subsecretaría de Deportes del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina,
el día domingo 30 de marzo del 2008, con motivo de realizar un evento
denominado "Carrera de Miguel", de acuerdo a lo establecido en
el Anexo I que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente.
Artículo 2° - Los solicitantes serán responsables de la seguridad del
personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta
los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las
actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo
previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar
posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el
acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá
realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y
adyacencias, conforme a lo dispuesto en el art. 2.1.10 de la Ley N°
2.148.
Artículo 3° - Los solicitantes deberán arbitrar los medios para
contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal
Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la
limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por
la Ordenanza N° 51.277/96.
Artículo 4° - De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y
3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica
autorización para la realización de actividades comerciales ni
autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que
deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas
correspondientes.
Artículo 5° - Regístrese, comuníquese a la Policía Federal
Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, de
Tránsito. Publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al
requirente y para su conocimiento gírese a la Subsecretaría de
Deportes. Cumplido, archívese. Molinero
ANEXO I
Imagen 1 2
Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN N° 794 - MSGC/08
Se desestima impugnación contra dictamen de evaluación. Aprueba y
adjudica la Licitación Pública N° 235-SIGAF/07
Buenos Aires, 25 de abril de 2008.
Visto, la Ley de Obra Pública N° 13.064 (B.O. N° 15.900) y el
Expediente N° 80.343/06, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 326-MSGC/07 se
aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y
de especificaciones técnicas generales y particulares para la
contratación de la Obra: "Construcción nuevo servicio de
Urgencias para el Hospital General de Agudos "Dr. José María
Penna", con la provisión de materiales, equipos y mano de obra
especializada", sito en Av. Pedro Chutro 3380 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, incluyéndola en el Anexo I del Decreto N°
521/03 (B.O.C.B.A. N° 1688);
Que por el citado acto administrativo se autorizó al Instituto de
Rehabilitación Psicofísica a realizar el pertinente llamado a
licitación pública, cuyo presupuesto oficial se estimó en la suma de
pesos cinco millones setecientos ochenta y siete mil doscientos ($
5.787.200) y se delegó en la ex Dirección General de Recursos Físicos
en Salud la facultad de emitir circulares con y sin consulta, realizar
el asesoramiento técnico de la contratación y la inspección de la
obra;
Que mediante Disposición N° 28-DIRPS/07, se dispuso el llamado a
Licitación Publica N° 235-SIGAF/07 en el marco de la Ley de Obra
Pública N° 13.064 y Decreto N° 521/03 para el día 3 de mayo de 2007;
Que según constancias del Acta de Apertura N° 560/07 labrada en la
fecha indicada, se presentaron cinco propuestas de oferta;
Que la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y
Preadjudicaciones creada por Resolución N° 2.009-SS/03, modificada por
Resolución N° 2.170-SS/03 y N° 782-MSGC/07, aconsejó adjudicar a la
Oferta N° 5, correspondiente a la firma Niro Construcciones S.A., por
un importe de pesos siete millones ciento sesenta y cuatro mil
doscientos veintiséis con cuarenta y siete centavos ($ 7.164.226,47),
por ajustarse a pliego y ser la oferta más conveniente, considerando a
tales efectos los informes técnicos y la actualización del presupuesto
oficial producidos por la ex Dirección General de Recursos Físicos en
Salud;
Que publicada la preadjudicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno y notificados por
cédula los oferentes, no se formularon impugnaciones a la misma;
Que dada intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires a los efectos de la adjudicación, ese organismo asesor informó
la existencia del juicio "Niro Construcciónes S.A. s/Concurso
s/Incidente de Verificación de Crédito por el Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires", Expediente N° 41.364, en trámite ante el Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 16, Secretaría N°
32, en el cual se reconocieron créditos a favor la Administración en
concepto de capital e intereses cuyo vencimiento de pago operó en fecha
anterior al presente proceso licitario, y no fueron cancelados;
Que considerando tal circunstancia, en nueva intervención la citada
Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y
Preadjudicaciones, con fundamento en la omisión de información sobre
juicios pendientes con el Gobierno de la Ciudad y sus organismos en que
incurriera la oferente Niro Construcciones S.A. y el carácter de deudor
de la Administración constatado, aconsejó descartar la oferta de dicha
firma, por ajustarse el caso al numeral 1.3.5. del pliego de condiciones
generales;
Que evaluando las restantes ofertas admisibles presentadas, la Comisión
encontró que, entre ellas, la correspondiente a la firma Indaltec S.A.,
por la suma de pesos siete millones quinientos noventa y nueve mil
seiscientos setenta con treinta y dos centavos ($ 7.599.670,32), se
ajusta a pliegos y resulta ser la más conveniente, considerando a tales
efectos los informes técnicos y la actualización del presupuesto
oficial producidos por la entonces Dirección General de Recursos
Físicos en Salud, en razón de lo cual recomendó se le otorgara a su
favor la presente contratación;
Que publicada esta nueva intervención de la Comisión de Análisis
Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del
Gobierno y notificados fehacientemente los oferentes, no se formularon
impugnaciones ajustadas a los requisitos de admisibilidad exigidos por
el pliego de condiciones generales;
Que ante la presentación de la firma Niro Construcciones S.A.
intentando la impugnación del dictamen de evaluación sin el previo
depósito exigido para su admisión, la Procuración General, no
obstante ello y conforme a los principios de legalidad, buena fe, debido
comportamiento y gratuidad del procedimiento administrativo, se expidió
sobre el fondo de la cuestión planteada por la contratista en su
pretendida impugnación, dictaminando que la misma no puede prosperar;
Que para fundar tal postura, el órgano asesor, en una medulosa
intervención que quedó plasmada en el Dictamen N° 63.593, opinó que
la quejosa adeudaba al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la suma de
pesos doscientos sesenta y cuatro mil quinientos cuarenta y uno con
veintiún centavos ($ 264.541,21), con más sus respectivos intereses,
en concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos, los cuales no han sido
efectivamente saldados a la fecha por la empresa, no obstante la
existencia de pronunciamiento judicial definitivo en su contra;
Que asimismo la firma citada ha omitido denunciar la existencia de dicho
juicio en su respectiva declaración jurada de juicios pendientes
agregada a fojas 40 de su oferta, no obstante lo indicado en los
artículos 1.3.5. y 2.3.2. del pliego de condiciones generales, siendo
que tal omisión ha sido expresamente elevada por los pliegos al rango
de un incumplimiento esencial, el cual acarrea el descarte automático
de la oferta, siempre a tenor de lo establecido en los artículos
1.3.5., 1.4.8., 2.3.2., 2.3.8. y 2.16 del pliego de condiciones
generales;
Que amén de lo expuesto la reclamante se encuentra atravesando un
proceso concursal, y si bien ello no representa una prohibición para
contratar es un dato más a tener en cuenta por la Administración al
momento de decidir la adjudicación, encontrándose afectada, a su vez,
por una inhibición general de bienes;
Que como colofón, y en igual sentido que la opinión vertida por la
Dirección General Legal y Técnica en el Informe N° 132-DGLTSSASS/08,
observa que Niro Construcciones S.A. no ha efectuado el depósito de
caución, lo que condiciona la procedencia formal de la deducción de
impugnaciones contra los informes de preselección y de
preadjudicación;
Que asimismo el órgano asesor precisó que debía concederse vista de
las actuaciones a la quejosa, tal como ella lo solicitara oportunamente;
Que a fojas 522 luce constancia que da cuenta de haberse cumplimentado
con la vista requerida;
Que en el estado de autos, y en mérito a los consideraciones que se
encuentran adunadas en las presentes, corresponde desestimar la
impugnación deducida por la firma Niro Construcciones S.A. contra el
dictamen de evaluación emanado de la Comisión de Análisis Técnico,
Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones y asimismo adjudicar la
Licitación Pública N° 235-SIGAF/07 a la firma Indaltec S.A.;
Que la presente obra cuenta con la afectación presupuestaria
correspondiente al presupuesto en vigor y el del próximo ejercicio;
Que la Procuración General ha tomado la intervención que le
corresponde de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A.
N° 1850);
Por ello, en uso de las facultades legales otorgadas y las previsiones
del Decreto N° 325/08 (B.O.C.B.A. N° 2910),
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase la impugnación deducida
por la firma Niro Construcciones S.A. contra el dictamen de evaluación
emanado de la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y
Preadjudicaciones.
Artículo 2° - Apruébase la Licitación Pública N° 235-SIGAF/07
convocada al amparo de la Ley de Obra Pública N° 13.064 y el Decreto
N° 521/03, para la contratación de la Obra: "Construcción Nuevo
Servicio de Urgencias para el Hospital General de Agudos "Dr. José
María Penna" con provisión de materiales, equipos y mano de obra
especializada", sito en Av. Pedro Chutro 3380 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y adjudícasela a la firma Indaltec S.A., por
la suma de pesos siete millones quinientos noventa y nueve mil
seiscientos setenta con treinta y dos centavos ($ 7.599.670,32).
Artículo 3° - El presente gasto será solventado con fondos del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con la imputación a las
correspondientes partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos
de Recursos de los años 2008 y 2009.
Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial y
en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Oficina
de Compras correspondiente a los fines de la firma de la contrata, la
Dirección General Adjunta Recursos Físicos en Salud del Ministerio de
Salud y la Dirección General de Contaduría. Lemus
Ministerio de Desarrollo Económico
RESOLUCIÓN N° 177 - MDEGC/08
Se deja sin efecto la suspensión dispuesta por Resolución N° 55-MDEGC/08
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Visto el Decreto N° 915/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), el
Decreto N° 118/03 (B.O.C.B.A. N° 1635), la Resolución N° 238-MPGC/06
(B.O.C.B.A. N° 2489), la Resolución N° 55-MDEGC/08 (B.O.C.B.A. N°
2866), N° 4-SSDE/08 (B.O.C.B.A. N° 2870) y N° 6-SSDE/08 (B.O.C.B.A.
N° 2884), el Expediente N° 3.882/08, y
CONSIDERANDO:
Que por el art. 1° de la Resolución N° 55-MDEGC/08
(B.O.C.B.A. N° 2866), se suspendieron por un término de noventa (90)
días el pago y sustanciación de todos los trámites pendientes,
correspondientes a subsidios otorgados a firmas declaradas ganadoras en
procesos de selección convocados durante el año 2007 en el marco de
los Programas "Fondo para el Desarrollo de Proveedores";
"Promoción de Actividades Cooperativas"; "Red
Institucional de Apoyo a MIPyME" y "Buenos Aires Innova";
Que la medida comentada, tuvo su origen en la detección de diversas
irregularidades en las que se habría incurrido durante la
sustanciación de cada una de las actuaciones involucradas;
Que como consecuencia de ello, y con el propósito de analizar
detalladamente el trámite otorgado a los obrados en los que la
autoridad competente decidió acerca de las firmas que reunían los
requisitos necesarios para acceder a los beneficios oportunamente
ofrecidos y por el art. 2° del mismo acto, se facultó a la
Subsecretaría de Desarrollo Económico dependiente del Ministerio de
Desarrollo Económico, a conformar una Comisión Revisora;
Que a tal efecto y mediante Resolución N° 4-SSDE/08 (B.O.C.B.A. N°
2870), modificada posteriormente en forma parcial por su similar N° 6-SSDE/08
(B.O.C.B.A. N° 2884), se procedió a aprobar la integración de la
referida Comisión con personal idóneo en la materia y distribuyendo su
competencia funcional en dos Subcomisiones que debían funcionar, cada
una de ellas, en la órbita de la Dirección General de Industria,
Servicios y Tecnología y de la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
Que la Comisión aludida, llevó adelante la tarea encomendada y,
cumplido el objetivo de someter a revisión la totalidad de las
actuaciones involucradas, produjo un informe pormenorizado desglosado
por expediente, concurso y programa, del cual es posible determinar el
listado de inconsistencias y/o irregularidades, según el caso,
detectadas en cada una de ellas;
Que del referido reporte, se ha podido establecer que, con relación al
Concurso "Apoyo a Empresas Recuperadas" convocado en el marco
del Programa "Promoción de Actividades Cooperativas" creado
por el Decreto N° 915/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), con el propósito de
mejorar la capacidad competitiva de las cooperativas y de contribuir al
mantenimiento y/o ampliación de los puestos de trabajo en ellas
involucrados, el trámite de pago de algunas de ellas presenta
deficiencias que justifican la decisión de mantener la suspensión
dispuesta por la citada Resolución N° 55-MDEGC/08 (B.O.C.B.A. N°
2866) hasta tanto se adopte la decisión definitiva respecto de su
procedencia;
Que en cuanto al Concurso "Equipar Buenos Aires 2007" -Línea
MIPyMES Industriales y de Servicios-, convocado en el marco del Programa
"Fondo para el Desarrollo de Proveedores", creado por el
Decreto N° 118/03 (B.O.C.B.A. N° 1635), con el objetivo de acompañar
y estimular el desarrollo y renovación de las MIPyMEs de esta Ciudad,
se pudo establecer que, del total de firmas beneficiarias, ocho (8) de
ellas adolecen de fallas que hacen necesario adoptar medidas destinadas
a intentar subsanarlas;
Que finalmente y con relación al concurso convocado en el marco del
Programa "Buenos Aires Innova" creado por Resolución N° 238-MPGC/06
(B.O.C.B.A. N° 2489) destinado a la promoción y desarrollo social y
económico de la región a partir del fomento de micro, pequeñas y
medianas empresas (MIPyME) orientadas a la invención y aplicación de
nuevas tecnologías, los antecedentes analizados han permitido
establecer que los inconvenientes detectados son subsanables;
Que consecuentemente, corresponde dejar sin efecto la suspensión del
pago de los beneficios dispuesta por la Resolución N° 55-MDEGC/08 (B.O.C.B.A.
N° 2866), en todos aquellos casos en que los problemas detectados no
afectan elementos esenciales de los actos administrativos sobre la base
de los cuales se adjudicaron los subsidios oportunamente otorgados;
Que ello contribuirá, por otra parte, a evitar dilaciones innecesarias
en los trámites administrativos pertinentes, así como la afectación
de intereses de los emprendimientos que requieren del otorgamiento de
tales beneficios para concretar los objetivos empresariales pautados;
Que de acuerdo entonces, con las conclusiones y las recomendaciones
efectuadas por la Comisión Revisora en el reporte al que se ha hecho
alusión en los considerandos precedentes, procede dictar el acto
administrativo pertinente;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Déjase sin efecto la suspensión
dispuesta por la Resolución N° 55-MDEGC/08 (B.O.C.B.A. N° 2866)
respecto del pago y de la sustanciación de los expedientes
administrativos que, desglosados por Programa y Concurso, se detallan en
el Anexo I, el que forma parte integrante del presente.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás
efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la
Subsecretaría de Desarrollo Económico, la que deberá practicar
fehaciente notificación de la presente a los interesados. Comuníquese
a la Dirección General de Contaduría y de Tesorería dependientes de
la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del
Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Cabrera
ANEXO I
Imagen 1 2
3 4
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
RESOLUCIÓN N° 585 - MAyEPGC/08
Se llama a Licitación Pública N° 544/08
Buenos Aires, 17 de abril de 2008.
Visto la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557), su
Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), los Decretos N°
1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513) y N° 323/08 (B.O.C.B.A. N° 2909), y el
Expediente N° 2.199/08, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la
adquisición de veintiséis mil contenedores a los fines de continuar
con las políticas tendientes a lograr la adecuada limpieza de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, por el importe estimado de pesos treinta y
dos millones quinientos seis mil ($ 32.506.000);
Que por Decreto N° 323/08 se aprobaron los pliegos de bases y
condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas que
forman parte integrante de la licitación de marras;
Que por el artículo 2° del citado decreto se autorizó al Ministro de
Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente llamado a
licitación pública, a emitir las circulares aclaratorias
correspondientes, como así también a designar a los miembros que
integrarán la Comisión de Evaluación de Ofertas, y a dictar todos los
actos administrativos necesarios para la materialización de la
contratación y la adjudicación de la misma;
Que obra en estas actuaciones, la correspondiente afectación
presupuestaria por el importe precitado, que será para los Ejercicios
2008, 2009 y 2010;
Que conforme al principio establecido en el artículo 31 de la Ley N°
2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad, corresponde encuadrar la
adquisición en la figura de la licitación pública;
Que se deberá publicar el presente llamado a licitación pública en la
cartelera de las oficinas del Área de Compras y Contrataciones de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio,
en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de
Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, conforme a lo
establecido en el artículo 40 del Decreto N° 408/07;
Que existe crédito legal y suficiente para la atención del gasto, tal
como se desprende del compromiso contraído con cargo a las
correspondientes partidas presupuestarias;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado
oportunamente la intervención que le compete;
Por ello, en virtud de las competencias establecidas en el artículo 2°
del Decreto N° 323/08,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Llámese a Licitación Pública N°
544/08, al amparo del artículo 31 de la Ley N° 2.095 de Compras y
Contrataciones de la Ciudad, para la adquisición de contenedores, por
el monto total de pesos treinta y dos millones quinientos seis mil ($
32.506.000), a efectuarse el día 15 de mayo de 2008, a las 14 hs., en
las oficinas del Área de Compras y Contrataciones de la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público, sito en Av. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - El valor de los pliegos se establece en pesos cincuenta
mil ($ 50.000) y pueden ser consultados y adquiridos en el Área de
Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público,
sito en Av. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 3° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente
licitación, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias
correspondientes.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la
Ciudad (www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta).
Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la
Subsecretaría de Higiene Urbana. Fecho, pase a la Unidad Operativa de
Adquisiciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese.
Piccardo
Agencia Gubernamental de Control
RESOLUCIÓN N° 157 - AGC/08
Apruébase creación de partida
Buenos Aires, 15 de abril de 2008.
Visto la Nota N° 15.369-DGHySA/08 por la cual la
Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria gestiona la
necesidad de crear la partida 2.9.9 en la Unidad Ejecutora N° 8.652,
Programa N° 32, Actividad 3, de esta jurisdicción, correspondiente al
ejercicio en vigor; y
CONSIDERANDO:
Que en consecuencia, procede arbitrar los medios
necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N°
39/08 (B.O. N° 2853) por el que se aprobaron las Normas Anuales de
Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Ejercicio Fiscal 2008;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo A, punto II
del Decreto N° 39/08,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébese la creación de la partida
2.9.9 por un monto total de pesos treinta y cinco mil ($ 35.000) en el
Programa N° 32, Actividad 3, con destino a la Unidad Ejecutora N°
8.652, de acuerdo con el Formulario de Modificaciones Presupuestarias,
que como Anexo forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2° -Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos,
comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública
y Presupuesto y a la Dirección General de Higiene y Seguridad
Alimentaria (Unidad Ejecutora N° 8.652), de esta Agencia Gubernamental
de Control. Young
ANEXO I
RESOLUCIÓN N° 159 - AGC/08
Se rechaza recurso de reconsideración contra la Resolución N° 1.455-MGGC/07
Buenos Aires, 17 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 47.922/07, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante las presentes actuaciones tramita la
presentación efectuada por la Dra. Hebe Liliana Bouzo el 14 de junio de
2007, en su condición de Controladora Administrativa de Faltas N° 11,
solicitando se la designe como Agente Administrativa de Atención de
Faltas Especiales en virtud del concurso público de selección de
Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales, aprobado por
el Decreto N° 340/07;
Que, la recurrente considera que reúne todos los requisitos exigidos
por la normativa aplicable, razón por la cual solicita se le reserve
una de las 36 vacantes del llamado a concurso aprobado por Resolución
N° 525-MGGC/07;
Que, oportunamente, la Dra. Bouzo obtuvo el puesto número ocho (8) en
el orden de mérito correspondiente a la selección de 30 cargos
titulares, por lo que fue designada como Controladora Administrativa de
Faltas, mediante la Resolución N° 2.089-SSJyT/05 (B.O.C.B.A. N°
2286), de fecha 23 de agosto de 2005, en el concurso público aprobado
por el Decreto N° 942/04;
Que, dicha designación fue realizada en los términos del artículo 34
de la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que estatuye un régimen
gerencial para los cargos más altos de la Administración;
Que, con posterioridad, la Ley N° 2.128, promulgada el 14 de noviembre
de 2006, creó el Organismo Fuera de Nivel Unidad Administrativa de
Atención de Faltas Especiales, que actuará como instancia
administrativa única, obligatoria y previa al juzgamiento por parte de
la Justicia Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de todas aquellas faltas previstas en el Código de Faltas a
excepción de las del Capítulo Tránsito;
Que, el Anexo I de la citada Ley N° 2.128 dispone que: "La
Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales está integrada
por treinta y seis (36) Agentes Administrativos de Atención de Faltas
Especiales, que son seleccionados por concurso público de oposición y
antecedentes";
Que, mediante el Decreto N° 340/07 se aprobó el Reglamento del
Concurso para la Selección de Controladores Administrativos de Faltas y
Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales de la Ciudad
de Buenos Aires, disponiendo en el artículo 18 de su Anexo que "…Los
antecedentes de las personas inscriptas serán calificados por la
Comisión de Selección con un máximo de 60 (sesenta) puntos, de
acuerdo con el siguiente criterio, y teniendo en cuenta la especialidad
del cargo que debe cubrirse: a) Hasta quince (15) puntos por
antecedentes en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, teniendo en
cuenta los cargos desempeñados, los períodos de actuación, las
características de las funciones desarrolladas y, en su caso, los
motivos del cese";
Que, como fundamento de su petición la recurrente sostuvo, entre
otras consideraciones, que "…el derecho a que se me designe
como integrante de la Unidad de Faltas Especiales se desprende (i) del
derecho adquirido a que se reconozca que ya he acreditado mi idoneidad
para el juzgamiento en sede administrativa de las faltas objeto del
nuevo concurso, idoneidad debidamente acreditada en la anterior
selección…";
Que, mediante Resolución N° 1.455-MGGC/07, de fecha 29 de octubre
de 2007, obrante a fojas 26/28, se desestimó dicha presentación en
mérito a considerar, entre otros fundamentos, que "…sobre el
particular se advierte, que se trata de un régimen de empleo público y
quienes ocupan dichos cargos son agentes dependientes del Gobierno de la
Ciudad por un plazo fijo, manteniendo una estabilidad relativa, limitada
a cinco años, pero sujeta a evaluaciones de desempeño anuales…";"…que
si bien en un principio, los Agentes Administrativos de Atención de
Faltas Especiales tienen asignadas funciones que con anterioridad
ejercían los Controladores Administrativos de Faltas, no significa que
estos últimos tengan por este motivo "el derecho adquirido"
para desempeñarse en aquellos cargos"; "…que la Dra. Bouzo
en su carácter de Controladora Administrativa de Faltas, contaba con la
posibilidad de acceder al puntaje más alto en la calificación de los
antecedentes requeridos, como efectivamente sucedió, resultando
preseleccionada conforme se desprende del Anexo I de la Disposición N°
2-MGGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2707 del 19/6/07), dictada por la Comisión de
Selección del Concurso para Agentes Administrativos de Atención de
Faltas Especiales"; "…que la condición de Controladora
Administrativa de Faltas de la presentante, sólo será considerada como
un antecedente más a tener en cuenta, que no genera privilegio
alguno";
Que, con fecha 26 de noviembre de 2007, la recurrente tomó vista de
lo actuado y retiró fotocopias de fs. 20 a 24, mediante persona
autorizada por ella a tales efectos;
Que, contra dicho acto administrativo la Dra. Bouzo interpone el 6 de
diciembre de 2007 (Registro N° 7.078-MGGC/07 incorporado a los
presentes) recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio,
conforme a lo normado por el artículo 103 y ss. de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada
por Decreto N° 1.510/97 (B.O.C.B.A. N° 310);
Que, dicho recurso fue interpuesto en legal tiempo y forma;
Que, la recurrente señala en su escrito en estudio que la resolución
cuestionada "…presenta defectos de tal relevancia que impiden
considerarla como acto administrativo válido…", solicitando
su revocación por razones de ilegitimidad, entre otras consideraciones;
Que, previamente, corresponde señalar que por disposición de la Ley
N° 2.624 - que crea la Agencia Gubernamental de Control - se
transfieren, de la Subsecretaría de Justicia a la Agencia Gubernamental
de Control, las responsabilidades primarias, objetivos y acciones,
patrimonio, presupuesto y recursos humanos con sus respectivos niveles y
grados escalafonarios vigentes de la Unidad Administrativa de Control de
Faltas Especiales, dependiente de la Dirección General de
Administración de Infracciones;
Que, el artículo 5° de la mencionada ley, aprobó dentro de la
estructura organizativa de la Agencia Gubernamental de Control, la
Dirección General de Control de Faltas Especiales a cargo de la Unidad
Administrativa de Control de Faltas Especiales;
Que, en virtud de la reestructuración producida en el ámbito del
Gobierno de la Ciudad a partir de la Ley N° 2.506, deviene necesario
conformar e integrar nuevas comisiones de selección y evaluación,
previstas en el Reglamento de Concurso, a los fines de concluir el
proceso definitivo de selección;
Que, mediante Resolución N° 30-AGC/08, se dispuso la suspensión de
las tramitaciones vinculadas con el concurso público de selección de
agentes administrativos de la Unidad Administrativa de Atención de
Faltas Especiales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
hasta tanto queden integradas y en funcionamiento las Comisiones de
Selección y Evaluación;
Que, lo precedentemente expuesto fundamenta la competencia del suscripto
para resolver la presentación en curso y aclara el marco legal y la
situación vinculada con el concurso de marras toda vez que la
presentante, conforme a lo que señala a fs. 1 del presente expediente,
solicita que por su condición de Controladora Administrativa de Faltas
N° 11 se proceda a su designación inmediata como Agente Administrativo
de Atención de Faltas Especiales por reunir la totalidad de los
requisitos exigidos por la normativa aplicable - lo que entiende
constituye su derecho adquirido a ejercer el cargo al que aspira - sin
perjuicio de su presentación en el concurso público convocado por el
ex Ministerio de Gobierno, mediante la Resolución N° 525-MGGC/07,
actualmente suspendido como ya se expuso;
Que, en razón de las circunstancias apuntadas la cuestión traída para
conocimiento del suscripto deviene abstracta, ello sin que obste a
considerar que los fundamentos que impugnan el acto cuestionado por la
recurrente, no logran conmover el criterio sustentado en el mismo por
entender que se encuentra debidamente motivado y cumple los requisitos
esenciales para la formación del acto administrativo legítimo;
Que, a fojas 39, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha
emitido opinión mediante Dictamen N° 63.054, considerando que el
recurso incoado no tiene entidad suficiente como para poner en crisis la
decisión adoptada en el acto administrativo impugnado;
Que el suscripto es competente en razón del art. 12, inc. e) de la Ley
N° 2.624;
Por ello, y en el ejercicio de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Recházase el recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio, interpuesto por la doctora
Hebe Liliana Bouzo contra la Resolución N° 1.455-MGGC/07, por las
razones expuestas en los considerandos del presente acto.
Artículo 2° - Notifíquese a la interesada para su conocimiento
conforme a las pautas establecidas en el Capítulo VI Notificaciones, de
la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N°
1.510/97 (B.O.C.B.A. N° 310), consignándose en dicho instrumento que
no se encuentra agotada la vía administrativa y que los fundamentos del
recurso jerárquico implícito pueden ser mejorados o ampliados.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General de Faltas
Especiales para su conocimiento y demás efectos. Young
RESOLUCIÓN N° 160 - AGC/08
Se acredita el cumplimiento de la tarea prevista por el art. 25 de la
Ley N° 70
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto la Ley N° 70, los Decretos N° 1.000/99, N° 540/05, N°
1.970/07 y Expediente N° 2.713/08, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 70 establece en su artículo 25 que
"Los/as responsables de programas y proyectos y sus superiores
jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe
final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un
mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes
y prestándola a quienes legítimamente lo/la suceda. La tarea es
remunerada";
Que por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99, reglamentario del
artículo 25 de la Ley N° 70, se establece que la remuneración será
equivalente a la del cargo que ocupaba;
Que por el Decreto N° 1.970/07 se aceptó la renuncia presentada por el
Dr. José María Torres Traba, DNI 18.828.520, CUIL 20-18828520-2 al
cargo de Director General Adjunto de Técnico de Fiscalización y
Control, dependiente de la entonces Subsecretaría de Control Comunal;
Que por el expediente citado en el visto el Dr. José María Torres
Traba presenta el informe de su gestión al frente de la Dirección
General Técnica de Fiscalización y Control, y solicita que se de la
intervención que por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99
corresponde a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto (OGEPU) y se resuelva teniéndolo por presentado y ordenando
el pago de los emolumentos que por ley corresponden;
Que el Dr. José María Torres Traba ha presentado en tiempo y forma el
informe final sobre su gestión;
Que por lo expuesto resulta procedente tener por cumplida la actividad
desplegada por el Dr. José María Torres Traba en el marco del
artículo 25 de la Ley N° 70, y en consecuencia abonar la tarea allí
establecida;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Acredítase el cumplimiento por parte
del Dr. José María Torres Traba, DNI 18.828.520, CUIL 20-18828520-2,
en legal tiempo y forma, de la responsabilidad establecida por el
artículo 25 de la Ley N° 70 respecto de la presentación del informe
final de gestión, y retribúyase la misma conforme lo determina la
reglamentación de la ley citada.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados en el presupuesto
vigente de la Agencia Gubernamental de Control.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones
Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos
Humanos, y a la Dirección General de Fiscalización y Control para su
conocimiento, notificación al interesado y demás efectos. Cumplido,
archívese. Young
RESOLUCIÓN N° 161 - AGC/08
Se acredita el cumplimiento de la tarea prevista por el art. 25 de la
Ley N° 70
Buenos Aires, 18 de abril de 2008.
Visto la Ley N° 70, los Decretos N° 1.000/99, N°
540/05, N° 1.970/07 y Expediente N° 2.722/08, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 70 establece en su artículo 25 que
"Los/as responsables de programas y proyectos y sus superiores
jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe
final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un
mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes
y prestándola a quienes legítimamente lo/la suceda. La tarea es
remunerada";
Que por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99, reglamentario del
artículo 25 de la Ley N° 70, se establece que la remuneración será
equivalente a la del cargo que ocupaba;
Que por el Decreto N° 1.970/07 se aceptó la renuncia presentada por el
Sr. Federico Rafael Peña, DNI 22.581.109, CUIL 20-22581109-2 al cargo
de Subsecretario de Control Comunal;
Que por el expediente citado en el visto el Sr. Federico Rafael Peña
presenta el informe de su gestión al frente de la Subsecretaría de
Control Comunal, y solicita que se de la intervención que por el
artículo 14 del Decreto N° 1.000/99 corresponde a la Dirección
General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) y se
resuelva teniéndolo por presentado y ordenando el pago de los
emolumentos que por ley corresponden;
Que el Sr. Federico Rafael Peña ha presentado en tiempo y forma el
informe final sobre su gestión;
Que por lo expuesto resulta procedente tener por cumplida la actividad
desplegada por el Sr. Federico Rafael Peña en el marco del artículo 25
de la Ley N° 70, y en consecuencia abonar la tarea allí establecida;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Acredítase el cumplimiento por parte
del Sr. Federico Rafael Peña, DNI 22.581.109, CUIL 20-22581109-2, en
legal tiempo y forma, de la responsabilidad establecida por el artículo
25 de la Ley N° 70 respecto de la presentación del informe final de
gestión, y retribúyase la misma conforme lo determina la
reglamentación de la ley citada.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados en el presupuesto
vigente de la Agencia Gubernamental de Control.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones
Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos
Humanos, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Young
RESOLUCIÓN N° 163 - AGC/08
Se dispone la instrucción de sumario administrativo
Buenos Aires, 22 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 90.417/07, y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician con
motivo del presunto extravió de una computadora manual (PDA), N° 839,
perteneciente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denunciada el
día 9 de noviembre de 2007 por el agente Pedro J. Marro, F.C. N°
284.315 perteneciente a la Dirección General de Control de Calidad
Ambiental;
Que no obstante, si bien dicha Dirección General depende -ahora- de la
Agencia de Protección Ambiental, la mentada computadora extraviada
pertenecía al Patrimonio de la ex Subsecretaría de Control Comunal
cuyo patrimonio fue transferido a la Agencia Gubernamental de Control
mediante la sanción de la Ley N° 2.624, encontrándose glosadas a las
presentes actuaciones su alta patrimonial;
Que a efectos de arribar a la verdad objetiva y sobre la base de los
hechos denunciados, resulta necesario disponer la instrucción del
pertinente sumario administrativo a fin de deslindar responsabilidades
en el presente caso;
Por ello, en virtud de lo prescripto por el art. 2° del Decreto N°
3.360/68, aplicable en función de lo normado en art. 12 del Decreto N°
826/01,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Instruir sumario administrativo a fin
de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades, con motivo
del presunto extravió de una computadora manual (PDA), N° 839,
perteneciente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denunciada el
día 9 de noviembre de 2007 por el agente Pedro J. Marro, F.C. N°
284.315 perteneciente a la Dirección General de Control de Calidad
Ambiental.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación fehaciente
y demás efectos pase con carácter de urgente despacho a la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección
Sumarios-. Comuníquese lo resuelto mediante copia autenticada del
presente acto administrativo al Ministerio de Justicia y Seguridad; a la
Agencia de Protección Ambiental y a la Dirección de Recursos Humanos.
Young
RESOLUCIÓN N° 164 - AGC/08
Desestímase recurso jerárquico
Buenos Aires, 21 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 274-DGHyP/04, y
CONSIDERANDO:
Que, en los presentes obrados tramita la
habilitación del local sito en la calle Albarellos 2683, en carácter
de industria: confección de ropa de cama y mantelería, fábrica de
ropa blanca y similares, taller de bordado, vainillado, plegado, ojalado,
zurcido y labores afines y taller de cortes de género, a nombre de la
firma Textil Navarro S.R.L., interviniendo la arquitecta Patricia B.
Fernández, Matrícula N° 14.538 como profesional actuante conforme
constancia de acompañada - fs. 4;
Que, a fs. 15 se agrega el formulario de informe de rubros rechazados y
motivos elaborado por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos
informando que el motivo del rechazo obedece al hecho que los rubros
solicitados constituyen usos no conformes en el distrito de
zonificación en el que se hallan emplazados, toda vez que superan la
superficie permitida, de acuerdo a lo dispuesto en el Cuadro de Usos N°
5.2.1. CPU del Código de Planeamiento Urbano. Tal acto -denegatorio de
la solicitud de habilitación- resultó notificado al interesado el 23
de febrero de 2004 conforme constancia agregada a fs. 16;
Que, mediante Presentación Agregar N° 1 agregada a continuación de fs.
23, la profesional interviniente citada, interpone recurso de
reconsideración en fecha 11 de agosto de 2004, contra el acto
administrativo denegatorio;
Que, a fs. 43 obra la Disposición N° 1.070-DGHP/07 que desestima el
recurso de reconsideración por haber denunciado el interesado una
superficie mayor a la permitida de acuerdo a la normativa vigente, así
como tampoco aportó argumentos atendibles tendientes a conmover el
decisorio cuestionado, toda vez que el mismo fue dictado conforme a la
normativa vigente en la materia;
Que, por otra parte por la Presentación Agregar N° 2 - fs. 45 en fecha
24 de mayo de 2007, acompaña el recurrente nueva documentación
relativa a la habilitación del local, con el fin de enderezar el
presente trámite conforme a las observaciones realizadas en su
oportunidad;
Que, en el entendimiento de lo señalado en el acápite que precede,
obra a fs. 59 el informe elaborado por el Departamento Certificaciones
de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, da cuenta de que
en la documentación acompañada mediante Presentación Agregar N° 2 el
interesado procedió a cumplimentar las observaciones que motivaran el
rechazo del trámite en cuestión;
Que, en cuanto a la tramitación a que deberá someterse la nueva
documentación aportada mediante la Presentación Agregar N° 2, se
trata de una cuestión ajena al ámbito propio del recurso en estudio, y
en consecuencia no corresponde pronunciarse al respecto en esta
instancia;
Que, a fs. 63/64 toma intervención - en los términos del art. 111 del
Decreto N° 1.510/97 la Procuración General de la Ciudad, quien se
expide mediante Dictamen PG N° 60.955 del 22 de noviembre de 2007,
considerando que el recurso incoado no tiene entidad ni argumentos
suficientes para poner en crisis el acto administrativo que denegara la
solicitud de habilitación del local en tema;
Que, a tenor de lo expresado precedentemente corresponde producir el
decisorio requerido para la culminación del procedimiento en trámite;
Que el suscripto es competente en razón del art. 12, inc. e) de la Ley
N° 2.624;
Por ello, y en el ejercicio de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico
que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto por la
arquitecta Patricia B. Fernández, Matrícula N° 14.538 contra el acto
administrativo que denegara la solicitud de habilitación del local sito
en la calle Albarellos 2683.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado para su conocimiento
y hágase saber al recurrente que se encuentra agotada la vía
administrativa, remítase a la Mesa General de Entradas, y a la
Dirección General de Habilitaciones y Permisos, para su conocimiento y
efectos. Young
RESOLUCIÓN N° 166 - AGC/08
Se modifica parcialmente la Resolución N° 4 y se reintegra a agente
Buenos Aires, 25 de marzo de 2008.
Visto las Leyes N° 471, N° 2.624 y su decreto
promulgatorio, el Decreto N° 2.182/03, el Decreto N° 2.141 de fecha 28
de diciembre de 2007 y la Resolución N° 4-AGC/08, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 4, de fecha 3 de enero
de 2008 y en atención a lo dispuesto por el art. 57, inc. a) de la Ley
N° 471, se dispuso la transferencia de los agentes individualizados en
el Anexo I de la misma al Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD);
Que dicha medida obedeció a la necesidad de implementar el criterio de
conducción de esta Agencia Gubernamental de Control y al ejercicio de
las facultades conferidas a su Director Ejecutivo por su Ley Fundacional
N° 2.624;
Que la misma fue dictada de conformidad a lo establecido por el Decreto
N° 2.182, reglamentario del Capítulo XIII del Régimen de
Disponibilidad que norma la Ley N° 471;
Que tal criterio resulta de aplicación a la notificación de la
sentencia recaída en los autos caratulados Miguez Eduardo Héctor
c/Gobierno de la Ciudad - Poder Ejecutivo s/Acción de Amparo, merced a
la cual se dispone la reinstalación en su puesto de trabajo del Sr.
Edgardo Héctor Miguez (DNI 10.122.810 y Ficha N° 213.452);
Que, la Dirección de Asuntos jurídicos de la Agencia Gubernamental de
Control ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas por
la Ley N° 2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1° - Modifícase parcialmente la
Resolución N° 4 a fin de ajustar sus efectos a lo dispuesto por la
sentencia interlocutoria de fecha 13 de febrero de 2008 en autos
caratulados "Miguez Eduardo Héctor c/Gobierno de la Ciudad - Poder
Ejecutivo s/Acción de Amparo" (Expediente N° 438/08) que tramita
por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 77.
Artículo 2° - Dispónese la reinstalación en su puesto de trabajo del
señor Edgardo Héctor Miguez (DNI 10.122.810 y Ficha N° 213.452) hasta
tanto recaiga sentencia definitiva.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos a la
Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y a la
Direcciones Generales dependientes de la Agencia Gubernamental de
Control. Cumplido, archívese. Young
RESOLUCIÓN N° 167 - AGC/08
Se rectifica considerando de la Resolución N° 95-AGC/08
Buenos Aires, 23 de abril 2008.
Visto y considerando que en la Resolución N° 95-AGC/08
mediante la que se deja sin efecto el artículo 2° de la Resolución
N° 13-AGC/08, involuntariamente se consignó de manera errónea el
segundo considerando, corresponde proceder a su inmediata
rectificación;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE:
Artículo 1°- Rectifícase el considerando segundo
de la Resolución N° 95-AGC/08, el que quedará redactado de la
siguiente forma:
"Que, mediante Resolución N° 13-AGC/08, se le asignaron 3000
unidades retributivas mensuales a partir de la fecha de su
designación".
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda. Cumplido, archívese. Young
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
Aprueban o ratifican contratos de Régimen de
Fomento, Régimen de Concertación, contratación de personal,
designación de suplentes, designaciones interinas, designación de
reemplazantes, reubicación de personal, locación de servicio,
locación de obra, reconocimiento de servicios, aceptación de
renuncias, dispone el archivo de sumarios, baja patrimonial
Ministerio de Justicia y Seguridad
n Resolución
N° 322-MJySGC del 23 de abril de 2008.
Se archiva el Sumario N° 483/06
instruido por Expediente N° 82.115/06 e incorporado Expediente N°
48.279/06 a fin de investigar y deslindar responsabilidades con motivo
del robo del vehículo marca: Ford, modelo: Ranger DC 4x2 XL cabina
doble, año 2005, dominio EXU 737, ocurrido el día 24 de enero de 2006,
que se hallaba afectado al servicio de la Dirección General
Hidráulica, dependiente del entonces Ministerio de Planeamiento y Obras
Públicas, hecho denunciado por el ex Director General de la Dirección
General Mantenimiento de la Flota Automotor. Montenegro
n Resolución
N° 323-MJySGC del 23 de abril de 2008.
Se archiva el Sumario N° 167/06
que tramitó por Expediente N° 25.733/06 e incorporado Expediente N°
17.057/06 instruido a fin de investigar y deslindar responsabilidades
con motivo de los hechos denunciados por el Sr. Hugo Falcone, DNI
5.526.671, relacionados con una supuesta agresión física sufrida el
día 29 de septiembre de 2004, por parte del personal de la Dirección
General de Defensa Civil y por el irregular trámite impartido a dicha
denuncia. Montenegro
n Resolución
N° 324-MJySGC del 23 de abril de 2008.
Se archiva el Sumario N° 178/07
instruido por Expediente N° 36.789/07 e incorporado Expediente N°
25.734/07. Montenegro
Ministerio de Salud
n Resolución
N° 643-MSGC del 1° de abril de 2008.
Se archiva el Sumario N° 266/06,
instruido a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades
con respecto al faltante de una impresora térmica de tarjetas marca
Epson VT-T10104121400014, hecho ocurrido entre los días 3 y 6 de marzo
de 2006. Lemus
n Resolución
N° 690-MSGC del 9 de abril de 2008.
Se archiva el Sumario N° 497/03,
instruido a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades
con respecto al faltante de una impresora marca Hewlett Packard Desk Jet
930 perteneciente a la entonces Dirección de Salud Mental, hecho
detectado el día 25 de marzo de 2003. Lemus
Secretaría Legal y Técnica
n Resolución
N° 64-SECLyT del 24 de abril de 2008.
Se autoriza las contrataciones de
diversas personas, para prestar servicios en el ámbito de la Jefatura
de Gobierno en el modo y forma que se detalla en el Anexo I, el cual
adjunto, forma parte integrante de la presente. Clusellas
ANEXO I
n Resolución
N° 65-SECLyT del 24 de abril de 2008.
Se autoriza la celebración de
sendas "Cláusulas Modificatorias Adicionales", a partir del 1°/4/08
hasta el 31/12/08, para la ampliación del monto de los contratos de
locación de servicios de diversas personas, celebrados oportunamente,
en virtud de los términos de la Resolución N° 28-SECLyT/08, en
el modo y forma que se detalla en el Anexo I, el cual adjunto, forma
parte integrante de la presente, manteniéndose vigentes las restantes
condiciones pactadas. Clusellas
ANEXO I
n Resolución
N° 66-SECLyT del 28 de abril de 2008.
Se autoriza la contratación de
la señora Moschini, Anna, DNI 93.258.593, CUIT 27-93258593-1, para
prestar servicios en el ámbito de la Jefatura de Gobierno, por el
período comprendido entre el 15/3/08 y el 30/6/08. Clusellas
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
n Resolución
N° 158-PG del 22 de abril de 2008.
Se modifica el artículo 2º de
la Resolución Nº 15-PG/08, en cuanto a la remuneración a percibir por
el señor Fabián Andrés Trerotola CUIL 20-17652627-1 como planta de
gabinete de la Dirección General de Asuntos Judiciales dependiente de
la Procuración General Adjunta de Asuntos Contenciosos de esta
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que debe
decir:
"A partir del 1º/5/08 con una remuneración equivalente a dos mil
doscientas cincuenta unidades retributivas". Tonelli
Agencia Gubernamental de Control
n Resolución
N° 158-AGC del 17 de abril de 2008.
Se designa a partir del 1º de
mayo del corriente como responsable de la Dirección de Mesa de Entradas
y Gestión Documental dependiente de la Unidad de Administración y
Control de Gestión, a la Dra. Lidia Angélica Atemian, DNI 11.876.027,
con nivel retributivo correspondiente al tramo B profesional, nivel 6,
más suplemento por función ejecutiva Decreto Nº 861/93. Young
Conjuntas: Ministerio de Educación - Ministerio de
Cultura
n Resolución
N° 1.443-MEGC-MCGC del 18 de abril de 2008.
Se acepta a partir del 1° de
abril de 2008, la renuncia presentada por la licenciada María Fernanda
Luna, DNI 28.695.160, CUIL 27-28695160-6, como personal de la planta de
gabinete de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación
Pedagógica, del Ministerio de Educación, cuya designación fuera
dispuesta por Resolución N° 293-MEGC/08.
Se designa a partir del 1º de abril de 2008, al licenciado Carlos
Rosendo Villoldo, DNI 22.427.224, CUIL 20-22427224-4, como personal de
la planta de gabinete, de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y
Coordinación Pedagógica, del Ministerio de Educación, con 7.472
unidades retributivas, en las condiciones prescriptas por el artículo
5° del Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) rescindiéndosele el
contrato bajo la modalidad de relación de dependencia por tiempo
determinado aprobado por Decreto N° 948/05 (B.O.C.B.A. N° 2238),
reservándose los derechos establecidos por el Decreto N° 526/06 (B.O.C.B.A.
N° 2449),partida 5001.0000, del Ministerio de Cultura. Lombardi -
Narodowski
DISPOSICIONES
Ministerio de Educación
DISPOSICIÓN N° 390 - DGIyE/08
Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 127-SIGAF/08 (N°
28/08)
Buenos Aires, 28 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 6.551/08, la Ley de Obra
Pública N° 13.064, la Ley N° 2.565, la Resolución N° 10-MEGC/08, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 83-DGIyE/08 se llamó a
Contratación Directa N° 127-SIGAF/08 (N° 28/08) para llevar a cabo
trabajos de refacciones de albañilería y pintura en general en el
edificio de la Escuela Primaria Común N° 3 "Ing. Álvarez
Condarco" sita en la calle Girardot 1946 del Distrito Escolar 14,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y
fijando como presupuesto oficial la suma de pesos doscientos cuarenta y
ocho mil novecientos veintiuno con 99/100 ($ 248.321,99);
Que con fecha 21 de febrero de 2008 ha tenido lugar el acto de apertura
de ofertas correspondiente presentándose una (1) oferta: Ingeniero
Alonso Crespo S.A.;
Que el Área de Control Ejecución de Contrato, al realizar el estudio
técnico de la documentación presentada, aconsejó declarar admisible y
preadjudicar a la única oferente en virtud de presentar un presupuesto
conveniente con un 4,02% por sobre del presupuesto oficial y cumplir en
términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables
del pliego de la licitación;
Que en forma previa a la preadjudicación la Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento intimó a la empresa a actualizar la
documentación presentada al momento de la oferta;
Que la mencionada empresa cumplió con lo solicitado mediante Registros
Nros. 418.244 y 418.608 ambos DGIyE/08, obrando en el expediente un
segundo informe del Área de Control Ejecución de Contrato donde da por
cumplido lo solicitado;
Que por lo expuesto, la Comisión Especial de Preadjudicaciones creada
por Ley N° 2.565 (B.O.C.B.A. N° 2836), reglamentada por Decreto N°
73/08 (B.O.C.B.A. N° 2865) mediante Acta de Preadjudicación N° 30 de
fecha 4 de abril de 2008 procedió a preadjudicar los trabajos en el
edificio indicado en el primer considerando a Ingeniero Alonso Crespo
S.A. por la suma de pesos doscientos cincuenta y ocho mil novecientos
cuarenta ($ 258.940);
Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula
al preadjudicatario y publicado el resultado en cartelera conforme lo
dispone el pliego de condiciones particulares;
Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación;
Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la
preadjudicación, corresponde adjudicar a Ingeniero Alonso Crespo S.A.
los trabajos de refacciones de albañilería y pintura en general en el
edificio de la Escuela Primaria Común N° 3 "Ing. Álvarez
Condarco" sita en la calle Girardot 1946 del Distrito Escolar 14,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por
la suma de pesos doscientos cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta ($
258.940);
Que toda vez que el monto de la presente no supera el indicado en el
art. 141 de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557), no corresponde la
intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires
(Conf. Ley N° 1.218, B.O.C.B.A. N° 1850);
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto
administrativo en razón de lo normado por la Resolución N° 10-MEGC/08;
Por ello, y en uso de facultades propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
DISPONE:
Artículo 1° - Apruébase la Contratación Directa
N° 127-SIGAF/08 (N° 28/08) y adjudícase a Ingeniero Alonso Crespo
S.A. los trabajos de refacciones de albañilería y pintura en general
en el edificio de la Escuela Primaria Común N° 3 "Ing. Álvarez
Condarco" sita en la calle Girardot 1946 del Distrito Escolar 14,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por
la suma de pesos doscientos cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta ($
258.940).
Artículo 2° - Impútase a la partida correspondiente por la suma de
pesos doscientos cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta ($ 258.940).
Artículo 3° - Regístrese. Notifíquese a la empresa adjudicataria en
los términos establecidos en el pliego de bases y condiciones
particulares y publíquese en el B.O.C.B.A. por un día y para su
conocimiento y prosecución del trámite pase a la Dirección
Administrativa. Gasparoni
Ministerio de Cultura
DISPOSICIÓN N° 47 - DGTALMC/08
Se aprueban pliegos y se autoriza a efectuar la Licitación Privada N°
133/08
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Visto la Carpeta N° 1.573-DGTALMC/08 y la Ley N°
2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2557) y su
Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el citado actuado tramita la
Licitación Privada N° 133/08, en un todo de acuerdo a lo establecido
en el art. 31 de la Ley N° 2.095, por el servicio de distribución y
reparto de la revista Cultura BA con destino a la Unidad de Prensa y
Comunicación, dependiente del Ministerio de Cultura, por un importe de
cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y seis ($ 50.456);
Que, a fs. 5/6 obra la Solicitud de Gastos N° 4.337 debidamente
valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al
Ejercicio 2008 y al Ejercicio 2009;
Que, a fs. 11/21 obra el pliego de bases y condiciones generales,
particulares y de especificaciones técnicas;
Que, por Disposición N° 236-DGCyC/07 (B.O.C.B.A. N° 2756) la
Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de
órgano rector y, de acuerdo a las facultades otorgadas por el art. 85
de la Ley N° 2.095, aprobó el pliego único de bases y condiciones
generales;
Que, por Resolución 1.854-MCGC/07 se estableció como unidad operativa
de adquisición a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 3° del
Decreto N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658) reglamentario de la Ley N°
2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557),
LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA
Y LEGAL DEL MINISTERIO DE CULTURA
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE:
Artículo 1° - Apruébase el pliego de bases y
condiciones particulares y de especificaciones técnicas que como Anexo
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Autorízase a la Unidad de Servicios Centrales,
dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
del Ministerio de Cultura, a efectuar la Licitación Privada N° 133/08
para el día 20/5/08 a las 10 hs., al amparo de lo establecido en el
art. 31 de la Ley N° 2.095, por el servicio de distribución y reparto
de la revista Cultura BA, de acuerdo con las cláusulas particulares y
especificaciones técnicas aprobadas en el artículo primero de la
presente, con destino a la Unidad de Prensa y Comunicación, dependiente
del Ministerio de Cultura, por un monto total de pesos cincuenta mil
cuatrocientos cincuenta y seis ($ 50.456);
Artículo 3° - El gasto que demanda la presente cuenta con el respaldo
presupuestario correspondiente al Ejercicio 2008 y al Ejercicio 2009.
Artículo 4° - Remítase las invitaciones, de acuerdo a lo establecido
en el art. 38, del Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N°
2658), reglamentario del art. 93 de la Ley N° 2.095.
Artículo 5° - Publícase el llamado en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en el art. 40 del
Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), reglamentario
del art. 98 de la Ley N° 2.095.
Artículo 6° - Fíjase el valor de los pliegos en la suma de pesos
cincuenta ($ 50).
Artículo 7° - Regístrase, y para sus conocimientos y demás fines
vuelva a la Unidad de Servicios Centrales de este Ministerio de Cultura,
para la prosecución de su trámite. Capato
NOTA: el Anexo que forma parte integrante de
la presente puede ser consultado en Avenida de Mayo 575, P.B., oficina
16, de lunes a viernes, en el horario de 11 a 15 horas.
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
DISPOSICIÓN N° 36 - DGTALMAEP/08
Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 167/08
Buenos Aires, 21 de abril de 2008.
Visto el Expediente N° 7.298/08, la Ley de Obra
Pública N° 13.064, aplicada en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires
sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la
Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539), el Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N°
2083), el Decreto N° 325/08 (B.O.C.B.A. N° 2910), la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A.
N° 2824) y su Decreto Reglamentario N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829),
y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, tramita la
realización de la Obra "Plazoleta Herminia Brumana", mediante
el procedimiento de licitación privada;
Que la Dirección General Espacios Verdes dependiente de la
Subsecretaría de Espacio Público, ha procedido a elaborar los pliegos
de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas;
Que el plazo para la realización de la citada obra se ha establecido en
un total de ciento veinte (120) días a contar desde la orden de
comienzo y el presupuesto oficial asciende a la suma de pesos doscientos
setenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y ocho con treinta y uno ($
279.488,31);
Que obra la pertinente solicitud de gasto emitida a través del Sistema
Integrado de Gestión y Administración Financiera (S.I.G.A.F.);
Por ello, en un todo de acuerdo con la Ley Nacional de Obra Pública N°
13.064, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 325/08
(B.O.C.B.A. N° 2910),
LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA,
ADMINISTRATIVA Y LEGAL
DISPONE:
Artículo 1° - Apruébanse los pliegos de
condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas,
documentación ésta que como Anexo integra la presente disposición,
para la realización de la Obra "Plazoleta Herminia Brumana".
Artículo 2° - Llámase a Licitación Privada N° 167/08 para el día
16 de mayo de 2008 a las 14 hs., fecha en que se realizará la apertura
de los sobres en el Área de Compras de Contrataciones de la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público, para la realización de la Obra "Plazoleta
Herminia Brumana", de conformidad con el régimen establecido en la
Ley N° 13.064.
Artículo 3° - Establécese que el presupuesto oficial de la obra
asciende a la suma de de pesos doscientos setenta y nueve mil
cuatrocientos ochenta y ocho con treinta y uno ($ 279.488,31).
Artículo 4° - Establécese que el correspondiente pliego de bases y
condiciones tiene un valor de pesos trescientos ($ 300) y que podrá ser
adquirido y consultado por los interesados en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque
Sáenz Peña 570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Artículo 5° - Aféctase el gasto correspondiente a las respectivas
partidas del presupuesto vigente para el ejercicio en vigor.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección
General de Espacios Verdes. Cumplido, gírense las actuaciones a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público para la prosecución de su trámite. Legarre
CONVENIOS
CONVENIO N° 52/07
CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES Y LA ARMADA ARGENTINA
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
representado por el señor Jefe de Gobierno, Jorge Telerman, con
domicilio en la calle Bolívar 1 de esta ciudad, en adelante denominado
"El Gobierno", por una parte, y la Armada Argentina,
representada por el Jefe del Estado Mayor General de la Armada,
Almirante Jorge Omar Godoy, con domicilio en la Avenida Comodoro Py esq.
Corbeta Uruguay de esta ciudad, en adelante denominada "La
Armada", por la otra, ambos con facultades suficientes para la
suscripción del presente, en conjunto denominados "Las
Partes", en primer lugar manifiestan:
I. Que conforme el Convenio Marco N° 6/07, suscripto el 16 de febrero
de 2007, "Las Partes" acordaron desarrollar un programa de
asistencia y de colaboración recíproca, solución de proyectos y
problemas de interés común en aspectos técnicos, tecnológicos,
sociales y culturales, contribuyendo de esta manera a la promoción de
las actividades que se desarrollarán con vistas a la celebración del
Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810.
II. Que, a tales efectos, se creó un Comité Coordinador de dicho
programa, integrado por el/la titular de la U.P.E. "Puertas del
Bicentenario" y por el Secretario General Naval, en representación
de "Las Partes", respectivamente, y se acordó que mediante
convenios específicos se realizaría la elaboración e instrumentación
de los planes de colaboración, los proyectos de desarrollo conjunto y
los servicios, estableciéndose los objetivos, programas de trabajo,
personal interviniente, responsabilidad asignada en el cumplimiento de
los programas, presupuestos y plazos de ejecución.
III. Que, en este sentido, "Las Partes" han coincidido en el
interés de implementar un proyecto de construcción y puesta en
servicio de un Buque Velero, a cargo de "La Armada", que se
denominará "Escuela Goleta Santa María de los Buenos Ayres",
en homenaje y conmemoración del Bicentenario de la Revolución de Mayo
de 1810.
IV. Que en el presupuesto de gastos y recursos de "El
Gobierno" para el Ejercicio 2007, aprobado por Ley N° 2.180 (B.O.
N° 2594) y sus modificatorias, existe un crédito de pesos dos millones
($ 2.000.000) previsto como aporte de "El Gobierno" al
proyecto descripto en el precedente apartado III.
En virtud de los antecedentes y consideraciones expuestos, "Las
Partes" acuerdan suscribir el presente convenio específico, de
conformidad con lo establecido en el referido Convenio Marco N° 6/07 y
sujeto a las siguientes cláusulas:
Primera: "El Gobierno" prestará colaboración financiera en
la implementación de la construcción y puesta en funcionamiento del
Buque Velero "Escuela Goleta Santa María de los Buenos Ayres",
cuyas características técnicas generales se precisan en el Anexo I que
se adjunta al presente y que, a todos sus efectos, forma parte
integrante del mismo.
Segunda: la construcción y puesta en funcionamiento a que se refiere la
precedente cláusula primera es encomendada a "La Armada", la
que tiene la responsabilidad de informar a "El Gobierno" sobre
las actividades desarrolladas.
Tercera: a los efectos indicados en las cláusulas que anteceden,
"El Gobierno" depositará a favor de "La Armada" y
por todo concepto, la suma de pesos dos millones ($ 2.000.000) en la
cuenta identificada con el número 4.522/379 - CTGN - Recaud. F.
Terceros., Cuenta Escritural N° 2.904/77, abierta en el Banco de la
Nación Argentina, o en la cuenta que en su caso informe fehacientemente
el Jefe del Estado Mayor General de la Armada. "La Armada", al
cierre de cada ejercicio, debe presentar a "El Gobierno" la
rendición de cuentas pertinente.
Cuarta: el importe que "El Gobierno" deposite conforme lo
establecido en la precedente cláusula tercera será empleado por
"La Armada" exclusiva y excluyentemente en la construcción
del Buque Velero "Escuela Goleta Santa María de los Buenos Ayres",
asumiendo "La Armada" la obligación de restituirlo a "El
Gobierno" si dicho buque no se construyera.
Quinta: para todos los efectos emanados del presente convenio, "Las
Partes" fijan sus domicilios en el establecido en su
encabezamiento. Las notificaciones judiciales que se cursen a "El
Gobierno" deben realizarse en la calle Uruguay 458, Departamento de
Oficios Judiciales y Cédulas, de esta ciudad, conforme lo establecido
por el art. 20 de la Ley N° 1.218 de la Procuración General de la
Ciudad, en concordancia con lo dispuesto por la Resolución N°
77-PG/06.
Sexta: en caso de eventuales controversias en la interpretación y
ejecución de las convenciones derivadas del presente convenio
específico, "Las Partes" se someten a la jurisdicción de los
Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con
asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a todo otro
fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad y previa lectura, se firman dos (2) ejemplares
de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a los 3 días del mes de diciembre de 2007. TELERMAN - Godoy
NOTA: para mejor comprensión se reproduce la
publicación del Convenio N° 52/2007, con su Anexo completo publicado
originalmente en el B.O. N° 2872 de fecha 18/2/08.
ANEXO
Imagen 1 2
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Consejo de la Magistratura
RESOLUCIÓN N° 43 - OAyF/08
Se aprueba y adjudica procedimiento de selección en la Licitación
Pública N° 17/07
Buenos Aires, 17 de abril de 2008.
Visto el Expediente DCC N° 168/07-0 por el que
tramita la Licitación Pública N° 17/07, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 94/102 luce la Resolución OAyF N° 163/07,
mediante la cual se autoriza el llamado a Licitación Pública N°
17/07, encuadrada en las disposiciones de los arts. 25, 27, 31, 32 y cc.
de la Ley N° 2.095, con un presupuesto oficial de pesos once mil
quinientos siete con diez centavos ($ 11.507,10) IVA incluido; así como
también se aprueba el pliego de condiciones particulares de la referida
licitación pública;
Que el objeto del llamado a Licitación Pública N° 17/07 es la
adquisición de carros, escaleras y zorras hidráulicas para su
utilización por el Área de Mantenimiento del Consejo de la
Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cantidad,
características y demás condiciones descriptas en el pliego de bases y
condiciones particulares;
Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones del
visto, se ha dado cumplimiento a la publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Asimismo se dio cumplimiento al anuncio del llamado en la
cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura, y en la página web
del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar);
Que a fs. 114/130 constan las cédulas de invitación con su
correspondiente recibido y el listado de empresas invitadas a la
Licitación Pública N° 17/07. A fs. 132/135 se agrega el listado de
empresas que retiraron el pliego de bases y condiciones particulares y
las constancias del pago del importe de cada pliego, efectuado en el
Banco Ciudad de Buenos Aires;
Que con fecha 3 de diciembre de 2007 se realizó el acto de apertura de
ofertas, labrándose el Acta de Apertura N° 51/07, que luce a fs. 138 y
mediante la cual se dejó constancia de la presentación de dos (2)
sobres con ofertas. A fs. 139/210 se agregan las ofertas y la
documentación presentada por cada oferente;
Que la comisión de preadjudicaciones emitió el dictamen de
preadjudicación que obra a fs. 282/286, mediante el cual luego de
efectuar el análisis de las ofertas presentadas, la información
complementaria presentada por los oferentes y el informe técnico, la
Comisión concluye que las propuestas de Premier Plus S.R.L. y Visapel
S.A. resultan admisibles;
Que de las propuestas económicas realizadas por los oferentes, de
acuerdo al cuadro comparativo de ofertas realizado por la Comisión de
Preadjudicación, resulta que la firma Premier Plus S.R.L. ha realizado
la oferta más conveniente para todos los renglones, por lo que
corresponde preadjudicar la Licitación Pública N° 17/07 en los
Renglones 1, 2, 3 y 4 a la firma Premier Plus S.R.L. por la suma de
pesos nueve mil doscientos ochenta y cinco ($ 9.285);
Que a fs. 288/289 se agregan las cédulas dirigidas a los oferentes a
efectos de notificarles el dictamen de preadjudicación;
Que el Jefe de Departamento de Mesa de Entradas informa que, habiéndose
cumplido el plazo de impugnación al dictamen de la comisión de
preadjudicaciones no se han registrado presentaciones al respecto, tal
como se informa a fs. 297;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que
le compete, mediante Dictamen N° 2.297/07 de fs. 299, sin realizar
objeciones al dictamen de preadjudicación;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo
4°, inciso f) de la Ley N° 1.988,
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase el procedimiento de
selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 17/07 cuyo
objeto es la adquisición de carros, escaleras y zorras hidráulicas
para su utilización por el Área de Mantenimiento del Consejo de la
Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Adjudícase los Renglones 1, 2, 3 y 4 de la Licitación
Pública N° 17/07 a la firma Premier Plus S.R.L. por la suma total de
pesos nueve mil doscientos ochenta y cinco ($ 9.285) IVA incluído,
conforme propuesta económica de fs. 143.
Artículo 3° - Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones
a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera del Consejo y en la página
de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también,
las comunicaciones a las adjudicatarias.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, en la
cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial
www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a la adjudicataria, a la Dirección
de Compras y Contrataciones, a los funcionarios interesados, cúmplase y
oportunamente, archívese. Ponsa Gandulfo
Ministerio Público
Fiscalía General
RESOLUCIÓN N° 75 - FG/08
Se establece criterio para asumir la competencia prevista por el art.
193 bis del Código Penal
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Visto la Ley N° 26.362 y el art. 6° de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
- I -
Que a través de la Ley N° 26.362 (publicada en el
B.O. el 16/4/08) se introdujo una reforma al Código Penal que sustituye
la denominación del Capítulo II del Título VII del Libro Segundo por
el siguiente: "Delitos contra la seguridad del tránsito y de
los medios de transporte y de comunicación";
Que en ese contexto, el artículo 2° de la mencionada ley incorporó al
Código de Fondo, como art. 193 bis, el siguiente texto: "art.
193 bis.- Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3)
años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo
de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la
vida o la integridad física de las personas, mediante la participación
en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor,
realizada sin la debida autorización de la autoridad competente";
"La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la
conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su
realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su
propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para
ese fin";
- II -
Que debido a la inminente entrada en vigencia de la
Ley N° 26.362, resulta ésta la oportunidad adecuada para el análisis
y estudio acerca de la competencia para investigar y juzgar la conducta
allí descripta;
Que el art. 129 de la Constitución Nacional establece para la Ciudad de
Buenos Aires un Régimen de Gobierno Autónomo, con facultades propias
de legislación y jurisdicción;
Que posteriormente se dictó la Ley N° 24.588 a fin de garantizar los
intereses del Estado Nacional en territorio de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, mientras ésta sea Capital de la República, asegurando el
pleno ejercicio de los poderes atribuidos a las autoridades del Gobierno
de la Nación;
Que la misma limitó originalmente la jurisdicción de los Magistrados
de la Ciudad de Buenos Aires a los casos de vecindad, contravencional y
de faltas y contencioso-administrativo y tributario, conforme el último
párrafo del artículo 8° de la mencionada ley nacional;
Que una vez reconocida la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires y
constituidos los fueros aludidos, en virtud de las facultades previstas
en el artículo 6° de la Ley N° 24.588, se firmaron dos convenios
entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
relativos a la transferencia de competencia penal a la justicia local
para investigar y juzgar los delitos contemplados en dichos acuerdos;
Ambos convenios fueron ratificados tanto por el Congreso Nacional a
través de la sanción de las Leyes Nros. 25.752 y 26.357, como por la
Legislatura Local por intermedio de las Leyes Nros. 597 y 2.257
respectivamente;
Que para hacerse cargo de la nueva competencia, la Ciudad de Buenos
Aires ha dictado su propio Código Procesal Penal (Ley N° 2.303) y el
Régimen Procesal Penal Juvenil (Ley N° 2.451), que le permite juzgar
los delitos cuya competencia fue transferida a través de un régimen
procesal autónomo que lo independiza de la supletoriedad que hasta ese
momento existía con relación a las normas procesales nacionales;
Que a la luz de lo señalado en el último párrafo, y como consecuencia
del proceso de transferencia progresiva de competencias, la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires cuenta hoy con los órganos y las leyes
procesales necesarias para afrontar éstas y todas las competencias que
le correspondan en el futuro en materia penal;
- III -
Que el artículo 8°, primer párrafo, de la Ley N°
24.588 establece que "la justicia nacional ordinaria de la
Ciudad de Buenos Aires mantendrá su actual jurisdicción y competencia
continuando a cargo del Poder Judicial de la Nación";
Que dicha norma, conforme lo expresado en el acápite anterior, ha
sido parcialmente modificada en virtud de la sanción de las leyes
posteriores a través de las cuales se ratificaron los convenios de
transferencia progresiva de competencia a la justicia local (Ley N°
25.752 y N° 26.357), en tanto en la actualidad a ésta última se le
asigna también facultades propias de jurisdicción en materia penal;
Que al establecer dicha norma que la justicia nacional mantiene
su actual jurisdicción y competencia, se impone como regla
general que no podrá incrementarse aquella con la que contaba al
momento de la sanción de la Ley N° 24.588; salvo que la Ciudad no
reúna las condiciones relativas a la existencia de los órganos y las
leyes de forma necesarias para hacerse cargo de las que se generen en lo
sucesivo;
Que tal como quedó plasmado ut supra la Ciudad de Buenos Aires
no sólo cuenta hoy con magistrados con competencia penal propia
designados de acuerdo a los procedimientos establecidos
constitucionalmente, sino que también posee las herramientas procesales
idóneas para administrar dicha labor de investigación y juzgamiento,
lo que demuestra que "el panorama jurídico-institucional...
...ha variado en forma sustancial pues han desaparecido las
circunstancias que impedían que esta Ciudad hiciera efectiva cabalmente
la competencia que le es propia, de acuerdo al sistema federal
consagrado en la Constitución Nacional y a lo dispuesto en su art.
129..." (TSJ, "Abriata, Alberto Luis s/inf. art. 89 CC
s/denuncia", 14/9/07);
De todo ello se concluye que cualquier nueva conducta ilícita que -de
aquí en más- el Congreso Nacional le otorgue carácter de delito,
será competencia de la justicia penal de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, excepto que la propia ley le asigne específicamente competencia
a la justicia penal nacional o federal;
Que ello se colige de la interpretación del texto del artículo 8°,
primer párrafo, de la Ley N° 24.588, que debe entenderse como un congelamiento
de la jurisdicción y competencia ordinaria de los órganos
jurisdiccionales nacionales al momento de su entrada en vigencia, pues
no puede pensarse que los legisladores hayan querido suspender sine
die la reforma de los constituyentes de 1994;
En consonancia con lo referido, en caso de silencio en la norma, debe
prevalecer la regla general estatuida en el art. 129 de la Constitución
Nacional que impone un Régimen de Gobierno Autónomo a la Ciudad de
Buenos Aires con facultades propias de jurisdicción, y no una norma que
procuró conjurar una situación excepcional y transitoria que permitía
dar una solución acorde al proceso de transición iniciado con la
mencionada reforma constitucional;
Que en este contexto, cabe señalar que el hecho de que los tribunales
de la Ciudad asuman la jurisdicción y competencia en estos supuestos no
recorta en nada la competencia que tenían los tribunales nacionales
ordinarios cuando se sancionó la Ley N° 24.588;
Que el reclamo de una cada vez mayor autonomía en materia
jurisdiccional es un mandato constitucional para las autoridades de la
Ciudad, toda vez que el artículo sexto de la Carta Magna local estipula
que "las autoridades constituidas tienen mandato expreso,
permanente e irrenunciable, del Pueblo de la Ciudad, para que en su
nombre y representación agoten en derecho las instancias políticas y
judiciales para preservar la autonomía y para cuestionar cualquier
norma que limite la establecida en los artículos 129 y concordantes de
la Constitución Nacional";
Que lo señalado en el presente acápite en relación a la defensa de la
autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, fue oportunamente propiciado
por el suscripto en el criterio general de actuación establecido por
Resolución FG N° 92/07, y en los dictámenes efectuados en el marco de
los Expedientes N° 5.568 "Metrovías S.A. s/queja por recurso de
inconstitucionalidad denegado" y N° 5.407/07 "Abriata,
Alberto Luis s/inf. art. 89 C.C. s/denuncia", entre otros;
Que a partir de todo lo expuesto, estimo que el Poder Judicial de la
Ciudad de Buenos Aires resulta competente para investigar y juzgar la
conducta ilícita prevista en el nuevo artículo 193 bis del Código
Penal, y las autoridades locales estamos obligadas a asumirla agotando
las instancias judiciales y políticas que sean necesarias para
preservar la autonomía jurisdiccional; por lo que corresponderá
instruir a los Fiscales para que, a partir de la entrada en vigencia de
la Ley N° 26.362 - 0 hs. del día de mañana- asuman la competencia del
nuevo tipo penal de acción pública previsto en el art. 193 bis del
Código Penal;
-IV-
Que sumado a todo lo referido en el apartado
anterior, en el caso en cuestión se observa la particularidad de que el
tipo penal que incorpora la Ley Nacional N° 26.362 desplaza
parcialmente la figura contravencional descripta en el artículo 112 de
la Ley N° 1.472, que consiste en participar, disputar u organizar
competencias de velocidad o destreza en vía pública;
Tal circunstancia no se advierte como una cuestión menor por cuanto de
adoptarse el criterio contrario al aquí postulado no sólo no se
respetarían los términos de la Ley N° 24.588, sino que
transitaríamos un camino inverso al proceso de autonomía que se viene
propiciando desde la última reforma constitucional;
Por ello, de conformidad con el art. 6° de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires y lo dispuesto en los arts. 5° y 18, inc. 5° de
la Ley N° 1.903,
EL FISCAL GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Establecer como criterio general de
actuación que, a partir de la entrada en vigencia de la Ley N° 26.362
- 0 hs. del día 24 de abril del corriente año- los Fiscales deberán
asumir la competencia del tipo penal previsto en el art. 193 bis del
Código Penal.
Artículo 2° - Invitar al Sr. Procurador General de la Nación, a la
Sra. Defensora General de la Nación, al Sr. Defensor General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Sra. Asesora General Tutelar de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a dictar disposiciones análogas a
la presente a efectos de procurar la asunción ordenada de la
competencia referida por parte de la justicia de la Ciudad de Buenos
Aires.
Artículo 3° - Librar oficio al Sr. Presidente de la Cámara Nacional
de Casación Penal, al Sr. Presidente de la Excma. Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal y al Sr.
Presiente de la Cámara en lo Contravencional y de Faltas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a fin de comunicar lo dispuesto en el
artículo 1° de la presente.
Regístrese, publíquese -con carácter de urgente- en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de
Internet del Ministerio Público Fiscal, comuníquese mediante nota a
los Titulares del Ministerio Público, a la Legislatura, al Tribunal
Superior de Justicia, al Consejo de la Magistratura, al Ministerio de
Justicia y Seguridad de la Ciudad, a los Sres. Fiscales con competencia
penal, contravencional y de faltas y a las Fuerzas de Seguridad,
acompañándose copia de la presente. Oportunamente archívese. Garavano
Tribunal Superior de Justicia
Acordadas
ACORDADA N° 9 - TSJ/08
Se modifica el Anexo III de la Acordada N° 1/98
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado
por su Presidente, José Osvaldo Casás, las señoras Juezas y los
señores Jueces, Ana María Conde, Luis Francisco Lozano, y Alicia E. C.
Ruiz, y
CONSIDERAN:
Que por las Acordadas N° 4/08 y N° 5/08, el
Tribunal dispuso reestructuraciones en el escalafón destinadas a
modificar los sueldos básicos de las categorías 3 a 10;
Que como consecuencia de tales decisiones y con el objetivo de completar
el cuadro salarial conforme su correspondencia con los distintos niveles
de responsabilidad funcional entre categorías, es conveniente efectuar
las adecuaciones pertinentes de las categorías 1 y 2 en el Anexo III de
la Acordada N° 7/98;
Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo
114 de la Constitución de la Ciudad,
ACUERDAN:
1° - Modificar el Anexo III de la Acordada N° 1/98 en lo
concerniente a las categorías que allí se detallan y establecer los
salarios básicos correspondientes, según la siguiente escala:
Anexo III
ESCALA SALARIAL
FUNCIONARIOS
|
Cargo |
Sueldo básico |
|
1 Secretario Judicial / Director General de Administración |
$ 9.500 |
|
2 Secretario Letrado |
$ 7.750 |
2° - Establecer la vigencia de esta modificación a
partir del 1° de abril de 2008.
3° - Mandar se publique por un (1) día en el Boletín Oficial y se
registre.
El juez Julio B. J. Maier no firma la presente por hallarse, el día de
la fecha, en uso de licencia.
Firmado: José O. Casás (Presidente), Ana María Conde (Vicepresidenta),
Luis Francisco Lozano (Juez), Alicia E. C. Ruiz (Jueza).
ACORDADA N° 10 - TSJ/08
Se aprueban incrementos en las remuneraciones
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado
por su Presidente, José Osvaldo Casás, las señoras Juezas y
los señores Jueces, Ana María Conde, Luis F. Lozano, y Alicia
E. C. Ruiz, y
CONSIDERAN:
Que el Tribunal mantiene como política institucional
la preservación del poder adquisitivo de las remuneraciones de sus
agentes;
Que, en este sentido, es oportuna la definición de la pauta salarial
para el ejercicio en curso como mecanismo correctivo para la
recomposición de los salarios. A tal fin, se ha tomado la decisión de
otorgar un incremento de las remuneraciones del diez por ciento (10%) a
partir del día 1° de abril de 2008, y de otro diez por ciento (10%) a
efectivizarse a partir del día 1° de junio de 2008. El mismo se
aplicará sobre todos los conceptos que integran la remuneración,
conforme lo dispone la Acordada N° 9/00, en su Anexo I y Acordada N°
11/00. Asimismo, operará sobre los importes salariales establecidos
para cada categoría como consecuencia de las Acordadas Nros. 4, 5, 7 y
9/08;
Por ello, en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114
de la Constitución de la Ciudad; las Juezas y los Jueces del Tribunal
Superior de Justicia,
ACUERDAN:
1° - Aprobar un incremento de las remuneraciones
(sueldo, dedicación funcional y compensación jerárquica), para el
personal del Tribunal -excluidos sus juezas y jueces-, del diez por
ciento (10%) a partir del 1° de abril de 2008, y de otro diez por
ciento (10%), a partir del día 1° de junio de 2008.
2° - Mandar se registre, se instruya a la Dirección General de
Administración para que su cumplimiento y se publique por un (1) día
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Juez Julio B. J. Maier no firma la presente por hallarse, el día de
la fecha, en uso de licencia.
Firmado: José O. Casás (Presidente), Ana María Conde (Vicepresidenta),
Luis Francisco Lozano (Juez), Alicia E. C. Ruiz (Jueza).
ACORDADA N° 11 - TSJ/08
Se modifica el monto del Anexo IV de la Acordada N° 1/98
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado
por su Presidente, José Osvaldo Casás, las señoras Juezas y los
señores Jueces, Ana María Conde, Luis F. Lozano, y Alicia E. C. Ruiz,
y
CONSIDERAN:
Que las vocalías de los Ministros del Tribunal
cuentan para el desempeño de su propia actividad laboral, con personal
no permanente pero con obligaciones similares al resto del personal;
Que atento a lo decidido en la Acordada N° 10/08 -suscripta en forma
simultanea a la presente- resulta necesario producir los ajustes
correspondientes en la suma destinada a la unidad ministro, a efectos de
mantener la equidad en la retribución del personal transitorio que en
cada una de ellas se desempeña;
Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo
114 de la Constitución de la Ciudad,
ACUERDAN:
1° - Modificar el monto del Anexo IV de la Acordada
N° 1/98, "Unidad Ministro" - texto ordenado según Acordada
N° 9/99- el que quedará redactado de la siguiente forma: "La
asignación por cada unidad será a partir del 1° de abril de 2008 de
nueve mil quinientos treinta y siete pesos ($ 9.537), y a partir del 1°
de junio de 2008 de diez mil cuatrocientos noventa pesos ($ 10.490),
mensuales, mas el sueldo anual complementario que corresponda y los
adicionales por compensación funcional, título y antigüedad en los
términos del Anexo III de la Acordada N° 1/98, y Acordada N°
7/99".
2° - Disponer la vigencia de lo establecido en el apartado 1° a partir
del 1° de abril de 2008.
3° - Mandar se registre y se publique en el Boletín Oficial.
El juez Julio B. J. Maier no firma la presente por hallarse, el día de
la fecha, en uso de licencia.
Firmado: José O. Casás (Presidente), Ana María Conde (Vicepresidenta),
Luis Francisco Lozano (Juez), Alicia E. C. Ruiz (Jueza).
ACORDADA N° 13 - TSJ/08
Se determina remuneración de los Ministros del Tribunal Superior de
Justicia de la C.A.B.A.
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado
por su Presidente, José Osvaldo Casás, las señoras Juezas y los
señores Jueces, Ana María Conde, Luis Francisco Lozano, y Alicia E. C.
Ruiz, y
CONSIDERAN:
Conforme lo estableció la Ley N° 2.080, "el
Tribunal Superior de Justicia fijará la remuneración de sus
integrantes, la cual no podrá superar en más de un treinta por ciento
(30%) a la que corresponda a un Juez de Cámara de la Justicia de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Por la Acordada N° 12/06, se estableció como criterio para los
Ministros del Tribunal Superior de Justicia, la percepción como sueldo
básico de un haber superior en un 29,26% al correspondiente al de los
Jueces o Juezas de las Cámaras de Apelaciones de la Ciudad;
La Resolución N° 213 del 8 de abril de 2008 del Consejo de la
Magistratura, dispuso en su artículo 2° un incremento remunerativo del
diez por ciento (10%) retroactivo al día 1° de enero de 2008 y de un
diez por ciento (10%) a partir del 1° de septiembre de 2008, en el
salario de todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos
Aires. Asimismo, el artículo 3° estableció el salario de referencia
-correspondiente a Jueza o Juez de Cámara de Apelaciones- en diez mil
cuatrocientos cuarenta y siete pesos con setenta y cinco centavos ($
10.447,75), a partir del 1° de abril de 2008;
El incremento del primer diez por ciento (10%) para todo el personal del
Tribunal en la Acordada N° 10/08, se aplica desde el mes de abril. En
consecuencia igual criterio regirá para las remuneraciones de los
señores Jueces del Tribunal;
En cuanto a la segunda recomposición del diez por ciento (10%), visto
lo ordenado en la Acordada N° 12/06 del Tribunal Superior de Justicia y
la Resolución N° 213/08 del Consejo de la Magistratura, se
efectivizará a partir del 1° de septiembre de 2008;
Que, con estos antecedentes y en cumplimiento de la Ley N° 2.080,
corresponde practicar el reajuste correspondiente y establecer el
salario básico de las Juezas y Jueces del Tribunal;
Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo
114 de la Constitución de la Ciudad, los Jueces del Tribunal Superior
de Justicia,
ACUERDAN:
1° - Fijar la remuneración de los señores
Ministros del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires -en lo que respecta a su sueldo básico- en la suma de
trece mil quinientos cuatro pesos con setenta y seis centavos ($
13.504,76), a partir del 1° de abril de 2008; y en la suma de catorce
mil ochocientos cincuenta y cinco pesos con veinticuatro centavos ($
14.855,24), a partir del 1° de septiembre de 2008.
2° - Mandar se registre, se dé a la Dirección General de
Administración para que su instrumentación y se publique por un (1)
día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Juez Julio B. J. Maier no firma la presente por hallarse, el día de
la fecha, en uso de licencia.
Firmado: José O. Casás (Presidente), Ana María Conde (Vicepresidenta),
Luis Francisco Lozano (Juez), Alicia E. C. Ruiz (Jueza).
PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESOLUCIÓN N° 163 - PG/08
El Procurador General hace reserva del ejercicio de facultades
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Visto, la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Ley N° 1.218, el Decreto N° 298/06 y las Resoluciones
N° 360-PG/05 (t.o. por Resolución N° 370-PG/05), N° 135-PG/06, N°
125-PG/07 y N° 65-PG/08, y
CONSIDERANDO:
Que la Procuración General ejerce la representación
y patrocinio de la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus
derechos e intereses, defiende su patrimonio, dictamina sobre la
legalidad de los actos administrativos e instruye sumarios, conforme lo
establece el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y la Ley N° 1.218;
Que el artículo 11 de la Ley N° 1.218 prescribe que "los
dictámenes son elaborados por la Procuración General y suscriptos por
el Procurador General. Puede delegar esta competencia en materias en que
existe doctrina administrativa uniforme y reiterada, o por razones de
celeridad y eficiencia en los servicios jurídicos existentes en la
Administración Pública centralizada, desconcentrada y descentralizada.
El Procurador General puede delegar la representación y el patrocinio
judicial en los funcionarios y en los profesionales que integren el
plantel de abogados de la Procuración General";
Que por Decreto N° 298/06 se modificó la estructura orgánica de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 360-PG/05 -texto ordenado por la Resolución N°
370-PG/05-, se reguló la delegación de facultades del titular de la
Procuración General en el ámbito de su competencia, determinándose
las pautas orgánico funcionales del organismo;
Que dichas resoluciones otorgaron un tratamiento diferenciado a las
cuestiones de proyección económica o relevancia institucional,
estableciendo una estratificación de las facultades delegadas de
acuerdo con los montos o temas involucrados, como así también con los
niveles de responsabilidad;
Que por motivos de celeridad y eficiencia resulta conveniente modificar
y ampliar las facultades oportunamente delegadas, en materias que
cuentan con doctrina uniforme y consolidada del organismo;
Que, asimismo, se considera oportuno incorporar en un único texto
normativo las distintas resoluciones emitidas por el organismo y
vinculadas a su actuación interna, a fin de sintetizar las normas
vigentes;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,
EL PROCURADOR GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - El Procurador General se reserva el
ejercicio de las siguientes facultades:
1. El Procurador General ejerce el patrocinio letrado en los siguientes
casos:
a) Escritos de demanda o contestación de demanda, reconvención,
oposición de excepciones, expresión y contestación de agravios,
cuando el capital reclamado supere el monto de dos millones de pesos ($
2.000.000).
b) En los casos previstos en el apartado anterior, cualquiera sea el
capital reclamado o aunque el juicio carezca de contenido económico,
cuando la causa revista importancia institucional, conforme apreciación
del Procurador General Adjunto de Asuntos Contenciosos, o, en su
ausencia, del Director General de Asuntos Judiciales y, en su caso, del
Director General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales, en materias
de su competencia.
c) Recursos de inconstitucionalidad, recursos extraordinarios, sus
respectivas contestaciones y quejas por su denegación, cuando el
capital reclamado supere el monto de dos millones de pesos ($
2.000.000).
2. Autoriza el consentimiento de sentencias, la no interposición de
recursos y el desistimiento de los recursos interpuestos en los casos
detallados precedentemente, previo informe del director de área
pertinente. Si fuere necesaria la estimación del monto definitivo
comprometido en concepto de capital e intereses, contará con la
intervención del Departamento Técnico o del área pericial pertinente
y la conformidad expresa del Director General de Asuntos Judiciales y
del Procurador General Adjunto de Asuntos Contenciosos.
3. Suscribe los dictámenes relacionados con los decretos, convenios y
demás actos administrativos sometidos a la firma del Jefe de Gobierno.
Artículo 2° - Delégase en el Procurador General Adjunto de Asuntos
Contenciosos el ejercicio del patrocinio letrado en los siguientes
casos:
a) Los escritos correspondientes a procesos judiciales en que el capital
reclamado oscile entre la sumas de un millón de pesos ($ 1.000.000) y
dos millones de pesos ($ 2.000.000).
b) Los alegatos en todos los juicios superiores a un millón de pesos ($
1.000.000).
c) Recursos de inconstitucionalidad, recursos extraordinarios, sus
respectivas contestaciones y quejas por su denegación, en los juicios
cuyos montos comprometidos no superen las sumas detalladas en el inciso
a) del presente artículo.
Artículo 3° - Facúltase al Procurador General Adjunto de Asuntos
Contenciosos a autorizar el consentimiento de las sentencias de
cualquier instancia en todo juicio no comprendido en el artículo 1°,
previo dictamen de la dirección interviniente. Si fuere necesaria la
estimación del monto definitivo comprometido por capital e intereses,
contará con la intervención del departamento técnico o del área
pericial pertinente y la conformidad del Director General de Asuntos
Judiciales, la cual se considerará tácita si no se expide en un
término de cuarenta y ochos horas (48 hs.) contadas desde la recepción
del requerimiento.
Artículo 4° - Delégase en el Procurador General Adjunto de Asuntos
Contenciosos y en el Director General de Asuntos Judiciales,
indistintamente, el ejercicio de las facultades conferidas al
Procurador General por las normas vigentes en materia de herencias
vacantes que rigen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
excepción de lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto N° 2.760/98.
Artículo 5° - El Procurador General Adjunto de Asuntos Contenciosos y
el Director General de Asuntos Judiciales se encuentran facultados
indistintamente para ejercer el patrocinio letrado en los siguientes
casos relacionados con herencias vacantes: inicio de todo juicio
sucesorio, solicitud de reputación de vacancia, devolución de
expedientes judiciales, daciones en pago, contestaciones de traslado de
intimaciones y liquidaciones, solicitud de saque de paralizados o
desarchivo de actuaciones, desinterés en la prosecución de las
actuaciones, transferencia de fondos, solicitud de medidas o diligencias
preliminares y todo juicio iniciado o a iniciarse conexo a una herencia
vacante.
Artículo 6° - Delégase en el Director General de Asuntos
Judiciales y en el Director General Adjunto de Asuntos Judiciales, en
forma indistinta, el ejercicio del patrocinio letrado en los siguientes
casos:
a) Los escritos correspondientes a los casos previstos en el inciso a)
del artículo 1° cuando el monto comprometido oscile entre la suma de
cien mil pesos ($ 100.000) y un millón de pesos ($ 1.000.000).
b) Recursos de inconstitucionalidad, recursos extraordinarios, sus
respectivas contestaciones y quejas, en los juicios que no excedan los
montos establecidos precedentemente.
c) Los alegatos en todos los juicios cuyo monto oscile entre la suma de
cien mil pesos ($ 100.000) y un millón de pesos ($1.000.000).
Artículo 7° - Facúltase al Director General de Asuntos Judiciales a
autorizar el consentimiento de sentencias de primera o segunda
instancia, previo dictamen de la dirección interviniente, cuando se
trate de asuntos reiterados en sus aspectos fácticos y jurídicos,
exista jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia, de la Cámara
de Apelaciones o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al
respecto o cuando la superioridad haya brindado autorización con
anterioridad.
Artículo 8° - Delégase en los Directores de las Áreas Judiciales el
ejercicio del patrocinio letrado en los siguientes casos:
a) Escritos correspondientes a procesos judiciales en que el capital
reclamado sea inferior a la suma de cien mil pesos ($ 100.000) y su
patrocinio no esté confiado a una instancia superior.
b) Escritos de contestación de demanda en juicios de amparo y
apelaciones de sentencias de amparo, medidas cautelares, así como
recursos cuando su patrocinio no esté confiado a una instancia
superior.
c) Escritos de demandas no comprendidos en los artículos anteriores.
d) Escritos vinculados con sucesiones o herencias reputadas vacantes en
casos no comprendidos en artículos anteriores, o cuando no se haya
delegado en la jefatura del departamento.
e) Liquidaciones, impugnaciones o consentimiento de liquidaciones por la
contraparte o el juzgado; agravios que se expresen al respecto y
daciones en pago. El consentimiento de las liquidaciones a que se hace
referencia deberá ser fundado con previa intervención del departamento
técnico o del área pericial correspondiente.
Artículo 9° - Delégase en los Jefes de Departamento de las Áreas
Judiciales el ejercicio del patrocinio letrado en los siguientes casos:
a) Escritos correspondientes a procesos judiciales en los que el capital
reclamado o el monto del acervo sucesorio en herencias vacantes o
presuntamente vacantes, no exceda de veinte mil pesos ($ 20.000).
b) Escritos que no hayan sido confiados a una instancia superior.
Artículo 10 - Delégase en el Director General de Asuntos Tributarios y
Recursos Fiscales el ejercicio del patrocinio letrado en los siguientes
casos:
Los escritos de demanda, oposición y contestación de excepciones,
contestación de demanda, reconvención, alegatos, expresión y
contestación de agravios, recursos extraordinarios y de
inconstitucionalidad y sus contestaciones y recursos de queja, en
procesos judiciales en que el capital reclamado oscile entre las sumas
doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000) y un millón de pesos ($
1.000.000).
Artículo 11 - Facúltase al Director General de Asuntos Tributarios y
Recursos Fiscales a autorizar el consentimiento de sentencias de
cualquier instancia, previo dictamen de la dirección interviniente.
Artículo 12 - Delégase en la Dirección de Asuntos Fiscales y en la
Dirección de Cobros Fiscales el patrocinio letrado en los casos
previstos en el artículo 10 de la presente resolución cuando el monto
controvertido en los juicios oscile entre las sumas de setenta y cinco
mil pesos ($ 75.000) y doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000).
Artículo 13 - Delégase en los Jefes de Departamento de la Dirección
General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales el ejercicio del
patrocinio letrado en los casos previstos en el artículo 10 de la
presente resolución cuando el monto controvertido sea inferior a la
suma de setenta y cinco mil pesos ($ 75.000).
Artículo 14 - En el ámbito de la Dirección General de Asuntos
Tributarios y Recursos Fiscales no será de aplicación el patrocinio
letrado obligatorio que establecen los artículos 10 y 12 de la presente
resolución, en los siguientes casos:
a) Cuando la cuestión jurídica planteada no resulte novedosa,
corresponda utilizar un modelo de escrito ya aprobado y el monto
comprometido no supere la suma de cien mil pesos ($ 100.000).
b) Cuando sólo se cuestione el reclamo retroactivo de diferencias de
Alumbrado, Barrido y Limpieza, Contribución Territorial y Pavimentos y
Aceras, sin atacarse la valuación del inmueble, y el monto comprometido
no supere la suma de veinte mil pesos ($ 20.000).
Artículo 15 - Instrúyase a los profesionales intervinientes en
cualquier tipo de proceso a apelar todas las medidas cautelares que
afecten a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, salvo autorización
expresa para consentirlas, conferida por el Director General de Asuntos
Judiciales con la previa información de las áreas pertinentes a la
superioridad y en el día la notificación de la medida.
Artículo 16 - Instrúyese a los profesionales intervinientes para que
reconozcan la legitimación procesal del asesor tutelar en aquellos
casos en los que existan niños o adolescentes cuyos derechos se
encuentren comprometidos en la causa judicial.
Artículo 17 - Dispónese que los cheques por pagos judiciales deben ser
suscriptos por el Procurador General o el Director General Técnico
Administrativo y por el Procurador General Adjunto de Asuntos
Contenciosos o el Director General o el Director General Adjunto bajo
cuya órbita trámite el juicio.
Artículo 18 - Delégase en el Director General de Asuntos Judiciales y
en el Director General Adjunto de Asuntos Judiciales la facultad de
autorizar la no iniciación de acciones judiciales por recupero de sumas
de dinero, previo dictamen del director del área pertinente, cuando el
capital involucrado no supere la suma de diez mil pesos ($ 10.000).
Artículo 19 - Delégase en el Director General de Asuntos Tributarios y
Recursos Fiscales la competencia para desistir de los juicios:
a) Por haberse acreditado la inexistencia de la deuda cuando el monto
involucrado no supere la suma de cien mil pesos ($ 100.000).
b) Cuando se transfieran deudas cuyo monto sea inferior al previsto en
la Ley Tarifaria para el inicio de acciones judiciales.
c) Cuando las quiebras se encuentren clausuradas por falta de activo o
se haya presentado la distribución final.
d) Cuando el monto a verificar en las quiebras sea inferior a quince mil
pesos ($ 15.000), previo informe del Director de Asuntos Fiscales.
Artículo 20 - Se requiere autorización expresa del Procurador General
Adjunto de Asuntos Contenciosos, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 1° de la presente resolución, para el inicio de las
siguientes actuaciones judiciales:
a) Denuncia o querella en causa penal.
b) Expropiación.
c) Desalojo.
d) Reconvención.
e) Exclusión de tutela sindical.
Artículo 21 - Delégase en el Procurador General Adjunto de Control de
Legalidad la firma de los dictámenes en las actuaciones cuyo monto
comprometido no supere la suma de dos millones de pesos ($ 2.000.000) y
que por su naturaleza no revistan interés institucional.
Artículo 22 - Delégase en el Director General de Asuntos Jurídicos y
en el Director General Adjunto de Asuntos Jurídicos la firma de
dictámenes en las actuaciones en las cuales el monto involucrado no
supere la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000) y que por su
naturaleza no revistan interés institucional, en las siguientes
materias:
a) Contrataciones, con excepción de los casos de contratación directa.
b) Guardia de auxilio e higienización de predios.
c) Cuestiones vinculadas con la aplicación de normas correspondientes a
defensa del consumidor, lealtad comercial y protección del trabajo.
d) Sanciones a proveedores.
e) Temas vinculados a la aplicación de la Ley N° 404.
f) Otorgamiento de licencias de conducir profesionales en aquellos
supuestos que no existan impedimentos, y su caducidad.
g) En materia de daños patrimoniales.
h) Accidentes de trabajo.
i) Concesión o renovación de todo tipo de sepulturas.
j) Requerimiento de probation y cuestiones conexas.
k) Control y habilitación de locales comerciales de hasta 300 m²,
publicidad, control de obras y agencias de seguridad privada.
l) Temas de empleo público en los cuales existieran precedentes
análogos de la Procuración General que fueren, puntualmente, citados
en el dictamen.
m) Cancelaciones de permisos precarios sobre bienes de dominio público
de la Ciudad.
n) Temas tributarios y reclamos asistenciales.
o) Desestimación de recursos administrativos.
p) Donaciones sin cargo de cualquier naturaleza.
Artículo 23 - Sin perjuicio de las delegaciones dispuestas en la
presente resolución, los profesionales intervinientes en cualquier tipo
de actuación o proceso que, a criterio de ellos mismos, revista
importancia o relevancia institucional deberán informar directamente al
Procurador General de todas las novedades que se produzcan.
Artículo 24 - Los funcionarios mencionados en los artículos
precedentes deben dejar sentado al suscribir los dictámenes que su
firma obedece a la presente delegación.
Artículo 25 - Cuando el requerimiento de dictamen provenga de los
órganos legislativo o judicial o de los organismos de control
instituidos por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
la suscripción del dictamen se reserva al Procurador General.
Artículo 26 - Déjase sin efecto toda otra norma de delegación de
competencias y de actuación interna que se oponga a la presente.
Artículo 27 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos
comuníquese a las Procuraciones Generales Adjuntas, a las Direcciones
Generales de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y a las Direcciones Judiciales para la notificación de los
letrados que prestan en ellas servicios. Cumplido, archívese. Tonelli
COMUNICADOS Y AVISOS
DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
DISPOSICIÓN N° 29 - DGTES/08
Se aprueban pautas para suprimir, reemplazar y modificar el
procedimiento de diversas tareas
Buenos Aires, 29 de abril de 2008.
Visto la Disposición N° 60-DGTES/01 y la Disposición Conjunta N°
A 45-DGC/08, y
CONSIDERANDO:
Que la Disposición N° 60-DGTES/08 estableció el
procedimiento para el desempeño de los diferentes sectores y agentes
que intervienen en el proceso de recaudación de tasas y derechos por
las cajas recaudadores dependientes de esta Dirección General de
Tesorería;
Que la Disposición Conjunta N° A 45-DGC/08 aprueba el circuito
administrativo, contable y de recaudación de las libretas de familia,
estableciendo la responsabilidad del Departamento Ingresos de esta
Dirección General en cuanto a mantener actualizado el registro en el
SIGEC de libretas de familia, verificando altas, bajas y anulaciones
producidas diariamente;
Que se ha desarrollado un módulo en el Sistema de Gestión de Cobranzas
(SIGEC) que permita el registro del stock, altas y bajas de las libretas
de familia;
Que con dicho módulo se completa el total recaudado por cada cajero,
permitiendo contar con todos los movimientos registrados en el sistema
SIGEC y suprimir registros manuales;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE TESORERÍA
DISPONE:
Artículo 1° - Apruébase el procedimiento para
altas, bajas y control de stock de libretas de familia obrante en el
Anexo I y formando parte de la presente, que será cumplido por los
agentes que se describen en el mismo para el registro de la recaudación
por entregas de "Libretas de familia".
Artículo 2° - Suprímense los Formularios Manuales N° 2.024
"Parte Diario de Recaudación", N° 2.033 "Parte de
Recaudación Valores" y el "Registro de Valores".
Artículo 3° - Suprímase del punto 1 de las "Obligaciones del
Cajero" del Anexo I de la Disposición N° 60-DGTES/01 el siguiente
texto: "y del Registro de Valores".
Artículo 4° - Reemplázase el punto 2 de las "Obligaciones del
Cajero" del Anexo I de la Disposición N° 60-DGTES/01 por el
siguiente texto:
2. La recepción de Libretas de Familia genera un cargo por el importe
total recibido y un descargo por el ingreso de la entrega de libretas
realizada. Cada cajero debe verificar diariamente que la existencia
física de libretas coincida con el stock registrado en el SIGEC para
esa caja. De existir diferencias o errores de imputación debe
denunciarlas de inmediato al Jefe del Departamento Ingresos y asentarlas
en el "Parte de Novedades". Las Libretas de Familia están
bajo custodia de el/los cajeros asignado/s a una caja y deben permanecer
en la caja fuerte.
Artículo 5° - Modifícase el punto 3 de las "Obligaciones del
Cajero" del Anexo I de la Disposición N° 60-DGTES/01 que quedará
redactado con el siguiente texto:
3. Controlar y firmar el cierre diario de caja denominado "Reporte
Z" por la recaudación del día, que se imprime desde el SIGEC.
Cuando existan diferencias, errores de imputación u otros motivos
relacionados con la recaudación confeccionará un "Parte de
Novedades" que contendrá la descripción detallada y los importes
involucrados, que será firmada por el cajero y adjuntada a la
"Cinta Testigo" y al "Reporte Z".
Artículo 6° - Reemplázase el punto 2 de las "Obligaciones del
Fiscalizador" del Anexo I de la Disposición N° 60-DGTES/01 por el
siguiente texto:
2. Informar por escrito a la Dirección de Planificación y Ejecución
Financiera las diferencias detectadas entre los registros del SIGEC y
los resultados del arqueo.
Artículo 7° - Reemplázase el punto 3 de las "Obligaciones del
Departamento Ingresos" del Anexo I de la Disposición 60-DGTES/01
por el siguiente texto:
Proceder a la guarda y custodia de las Libretas de Familia y
mantenimiento actualizado del registro en el SIGEC de las altas, bajas,
anulaciones y stock disponible.
Artículo 8° - La presente tendrá vigencia desde el 2 de mayo de 2008.
Artículo 9° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, y pase
para notificación de todo el personal del Departamento Ingresos y
Fiscalizadores y Comunicación de la Dirección de Planificación y
Ejecución Financiera y Departamento Administrativo, Legal y Técnico
dependientes de esta Dirección General. Cumplido, archívese. Gamero
ANEXO I
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CA 230
Inicia: 29-4-2008 Vence: 5-5-2008
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Convocatoria a audiencias publicas
Informe de audiencias públicas
Conforme el art. 58, inc. a) de la Ley Nº 6.
Buenos Aires, 29 de abril de 2008.
l 11.52 horas.
En la fecha y hora mencionada se realizó en el Salón San Martín de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la audiencia pública
con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes, con relación a la ley por la
cual apruébase el Convenio Urbanístico suscripto entre el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Jefe de
Gobierno, Jorge Telerman y el señor Antonio Maglione (Pasaporte
Italiano 28.785) titular del inmueble sito en la Av. Entre Ríos 1948,
representado en esta ocasión por la Dra. Marisa Lorena Di Croce (DNI
23.548.254) que como Anexo I forma parte de la presente. Incorpórase al
"Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad de Buenos
Aires" del Capítulo 10.3. "Catalogación" el inmueble al
que refiere el artículo 1º localizado en la Parcela 14c, la Manzana
17, Sección 16, Circunscripción 3, con Nivel de Protección
"Estructural".
La misma fue presidida por la diputada Silvina Pedreira.
No habiendo participantes inscriptos se dio por concluida la audiencia
pública, el trámite seguirá su curso con una reunión de la Comisión
de Planeamiento Urbano y posteriormente será tratado en una sesión del
cuerpo.
l 12.16
horas.
En la fecha y hora mencionada se realizó en el Salón San Martín de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la audiencia pública
con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes, con relación a la ley por la
cual se declara la "Emergencia Urbana" en el sector
comprendido por las avenidas La Plata y Directorio y las calles Río de
Janeiro, Curapaligüe y otras.
La misma fue presidida por la diputada Silvina Pedreira y contó con la
presencia de los diputados Eduardo Epsztein y Christian Asinelli.
En dicha oportunidad hicieron uso de la palabra los ciudadanos Sra.
Beatriz Baltroc, Sr. Gustavo Desplats, Sr. Rodolfo Navarro, Sra. Fabiana
Martínez, Sra. Dora Zajac, Sr. Mario Oybin, Sr. Rodolfo Diringue, Sra.
Susana Scolnic, Sr. Carlos Susini Burmester, Sra. Azucena Vega, Sra.
Silvia Forte.
Finalizada la misma, el trámite seguirá su curso con una reunión de
la Comisión de Planeamiento Urbano y posteriormente será tratado en
una sesión del cuerpo.
l 15.27
horas.
En la fecha y hora mencionada se realizó en el Salón San Martín de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la audiencia
pública con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes, con relación a la ley por la
cual denomínese estación "Juan Manuel de Rosas" a la futura
estación de subterráneos de la Línea B, sita en la intersección de
las avenidas Triunvirato y Monroe, del barrio de Villa Urquiza.
La misma fue presidida por la diputada Inés Urdapilleta y contó con la
presencia de las diputadas Alicia Bello, Gabriela Alegre, Silvina
Pedreira y de los diputados Juan Manuel Olmos, Sebastián Gramajo y
Avelino Tamargo.
En dicha oportunidad hizo uso de la palabra el expositor Dr. Miguel
Talento y los ciudadanos participantes, Mario O`Donnell, Francisco
Pestanha, Alberto Cantilo, Sandro Olaza Pallero, Horacio Prado, José
María Di Giorno, Robin Mezquida, Jorge Celleier, Alejandro Biondini,
Carlos Alberto Calcagno, Martín Seoane, Rubén Basanta, Ricardo Elorza,
Miguel Ángel Pérez, Roberto Fran Petrocelli, Juan Pablo Martínez,
Jorge Sulé, Miguel Ángel Ramírez, Oscar Denovi, Norberto Chiviló,
Mario Andrés Fraire, Miguel Ángel Lentino.
Finalizada la misma, el trámite seguirá su curso con una reunión de
la Comisión de Cultura y posteriormente será tratado en una sesión
del cuerpo.
14 de abril de 2008.
l 11.35
horas.
En la fecha mencionada se realizó en el Salón San Martín de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la audiencia pública
con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes, con relación a la ley por la
cual aféctanse a Distrito de Zonificación AE (N° a designar) a las
parcelas frentistas al pasaje Bollini, entre las calles French y José
Andrés Pacheco de Melo.
La misma fue presidida por el diputado Christian Asinelli.
No habiendo participantes inscriptos se dio por concluida la audiencia
pública, el trámite seguirá su curso con una reunión de la Comisión
de Planeamiento Urbano y posteriormente será tratado en una sesión del
cuerpo.
l 14.44
horas.
En la fecha mencionada se realizó en el Salón San Martín de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la audiencia pública
con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y
observaciones que consideren pertinentes, con relación a la ley por la
cual modifícase el texto del artículo 2° de la Ley N° 2.322 de la
siguiente manera: Donde dice: "…la actividad Teatro Independiente
en los Distritos R2a y R2b hasta 500 m² en los distritos R2bIII, C1,
C2, C3, E1, E2, E3, I." Debe decir: "…la actividad Teatro
Independiente Permitido en los Distritos R2a y R2b, hasta 500 m², y en
los Distritos R2bIII, C1, C2, C3, E1, E2, E3 e I.".
La misma fue presidida por el diputado Christian Asinelli.
En dicha oportunidad hizo uso de la palabra el ciudadano Carlos Alfredo
Nicastro.
Finalizada la misma, el trámite seguirá su curso con una reunión de
la Comisión de Planeamiento Urbano y posteriormente será tratado en
una sesión del cuerpo.
Cristina García de Aurteneche
Directora General
CA 246
Inicia: 5-5-2008 Vence: 5-5-2008
MINISTERIO DE HACIENDA
Subsecretaría de Gestión
Operativa
Dirección General
Administración de Recursos Humanos
Concurso público abierto
Puestos Profesionales y Técnicos
La Dirección General de Administración Recursos
Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires llama a concurso
público abierto para la selección de 126 médicos/as de diversas
especialidades, 16 psicólogos/as, 2 fonoaudiólogos/as, 1 técnico/a en
análisis clínicos y 1 técnico/a en electrocardiogramas, de acuerdo a
los términos del Decreto Nº 334/08, para cubrir 144 puestos
profesionales y 2 puestos Técnicos.
l Objetivo de los puestos a
cubrir: asesorar y ejecutar las acciones necesarias para dar
cumplimiento a las políticas médicas del personal de acuerdo a los
objetivos fijados por la Dirección de Medicina del Trabajo, dependiente
de la Dirección General de Administración de Recursos Humanos.
l Remuneración ofrecida:
l Profesionales: $
2.581,16 más suplemento establecido por Ley Nº 2.272
l Técnicos: $ 2.034,56
más suplemento establecido por Ley Nº 2.272
l Lugar de trabajo: en la
Dirección de Medicina del Trabajo, Av. Amancio Alcorta 1502, Ciudad de
Buenos Aires.
Requisitos excluyentes
Profesionales médicos/as (Ref. M)
l Título de grado de
médico/a expedido por Universidad acreditada ante el Ministerio de
Educación de la Nación.
l Mínimo (5) años en el
ejercicio de la profesión
l Certificación de la residencia
completa en institución del estado o privada de prestigio y/o
concurrencia completa y/o especialidad en algún área asistencial.
l Matrícula Profesional vigente
Profesionales psicólogos/as (Ref. P)
l Título de grado de
psicólogo/a expedido por Universidad acreditada ante el Ministerio de
Educación de la Nación.
l Mínimo cinco (5) años en el
ejercicio de la profesión
l Matrícula Profesional vigente
Profesionales fonoaudiólogos/as (Ref. F)
l Título de grado de
fonoaudiólogo/a expedido por Universidad acreditada ante el Ministerio
de Educación de la Nación.
l Mínimo cinco (5) años en el
ejercicio de la profesión
l Matrícula Profesional vigente
Técnico/a en análisis clínicos (Ref. TAC)
l Título de nivel terciario de
técnico/a en análisis clínicos expedido por unidades académicas
acreditadas ante el Ministerio de Educación de la Nación.
l Mínimo cinco (5) años en el
ejercicio de la profesión
l Matrícula Profesional vigente
Técnico/a en electrocardiogramas (Ref. TEC)
l Título de nivel terciario
de técnico/a en electrocardiogramas expedido por unidades académicas
acreditadas ante el Ministerio de Educación de la Nación.
l Mínimo cinco (5) años en el
ejercicio de la profesión
l Matrícula Profesional vigente
Inscripción
l La inscripción deberá
realizarse en forma personal o por terceros autorizados, acompañando
toda la documentación solicitada, que incluye:
l Ficha de inscripción impresa,
completa y firmada por el interesado, currículum vitae respetando los
contenidos y ordenamiento indicados en ficha de inscripción.
l Original y fotocopia de la 1º
y 2º hoja del DNI, LC ó LE.
l Constancia de CUIT o CUIL.
l Original y fotocopia simple o
autenticada del/los título/s y/o diploma/s correspondientes y de la
matrícula habilitante
l Dirección de correo
electrónico para realizar las notificaciones que sea menester.
l Para el caso de los
médicos/as: certificado de residencia completa en institución del
estado o privada de prestigio y/o certificado de concurrencia completa
y/o certificado de especialidad en algún área asistencial.
l Se requiere presentar tres (3)
juegos de la ficha de inscripción y dos (2) juegos de la documentación
respaldatoria. Cada juego debe estar foliado y firmado por el interesado
en cada una de sus hojas.
Lugar y período de inscripción: Hipólito Yrigoyen 571, 1º
piso (C.P. C1086AAG), Capital Federal, desde el lunes 5 de mayo hasta el
viernes 23 de mayo de 2008 (inclusive), en el horario de 9 a 17 hs.
Los postulantes que residan a más de 60 km. del lugar de inscripción,
podrán enviar la documentación por correo postal tomándose a tal
efecto la fecha y horario del franqueo de la correspondencia.
La ficha de inscripción, la información sobre los perfiles, requisitos
deseables, sistema de puntajes e instructivo para el ordenamiento
curricular solicitado estarán disponibles en el link "Concurso
Público Abierto DMT" dentro del sitio oficial del G.C.B.A.,
www.buenosaires.gov.ar a partir del martes 29 de abril de 2008.
Las consultas pueden realizarse a: concursopublicodmt@buenosaires.gov.ar
o al teléfono 4323-8000, int. 4623 ó 4694, de lunes a viernes de 11 a
17 hs.
María E. Heinken
Directora General
CA 239
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Certificado fiscales otorgados y denegados
Conforme a lo determinado por Resolución Nº 2.647-SHyF/02,
se informa la nómina de los contribuyentes a los que les ha sido
otorgado o denegado el certificado fiscal para licitar y/o contratar con
el G.C.B.A.
CERTIFICADOS FISCALES
Imagen 1 2
3
Irene a. Oyola
a/c Área Certificados Fiscales
CA 234
Inicia: 29-4-2008 Vence: 6-5-2008
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO "DR. BRAULIO A. MOYANO"
Llamado a selección abierta para cubrir cargo
profesional
Llamado a selección abierta para cubrir 1 (un) cargo
profesional asistente de médico de planta traumatología, interino, con
30 hs. semanales.
La Dirección de este hospital comunica el llamado a selección abierta
a profesionales médicos especialistas en traumatología que se
desempeñan en establecimientos dependientes del Ministerio de Salud del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para desempeñarse como
profesional asistente para médico de planta en la especialidad de
Traumatología, con carácter interino, con 30hs. semanales.
Que por Disposición N° 2-DGDyCPS/08, la Dirección de Concurso
autorizó la realización del llamado a selección abierta pertinente; y
por Disposición N° 92-HNBM/08 la cual fue elevada a la Dirección
Concursos, se procedió al llamado correspondiente:
Inscripción: 29 y 30 de mayo y 2, 3 y 4 de junio 2008.
Fecha de publicación: 26, 27 y 28 de mayo de 2008.
Jurado:
Titulares: Dr. Felipe Niero, Dr. Jaime Rostica, Dr. Juan Szoko.
Suplente: Dr. Eduardo Gini.
1 - Veedor por la Asociación de Profesionales (Femeca).
El currículum vitae se confeccionará de acuerdo a las normas vigentes
en la actual Carrera de Profesionales de la Salud, deberá consignarse
domicilio constituido dentro del radio de Capital Federal, adjuntando:
fotocopia de DNI (1° y 2° hoja), constancia de CUIL, fotocopia
legalizada ante escribano publico de título y título de especialista y
fotocopia de matrícula profesional.
El currículum vitae y la documentación señalada, serán presentadas
en el Departamento de Personal, ventanilla 3 de este hospital, sito en
Brandsen 2570, Capital Federal.
Los requisitos para acceder a dicha función son los establecidos en la
carrera mencionada (Ordenanza Nº 41.455), reglamentación Decreto Nº
2.745/87.
Jorge Cafferata
Director
Aída M. Grasso
Directora Administrativa Contable
CA 240
Inicia: 30-4-2008 Vence: 5-5-2008
n Llamado a selección abierta
para cubrir cargo profesional
Llamado a selección abierta para cubrir 1 (un) cargo
profesional asistente de médico de planta infectología, interino con
30 hs. semanales.
La Dirección de este hospital comunica el llamado a selección abierta
a profesionales médicos especialista en infectología que se
desempeñan en establecimientos dependientes del Ministerio de Salud del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para desempeñarse como
profesional asistente para médico de planta en la especialidad de
infectología, con carácter interino, con 30 hs. semanales.
Que por Disposición N° 1-DGDyCPS/08, la Dirección de Concurso
autorizó la realización del llamado a selección abierta pertinente; y
por Disposición N° 91-HNBM/08 la cual fue elevada a la Dirección
Concursos, se procedió al llamado correspondiente:
Inscripción: 29 y 30 de mayo y 2, 3 y 4 de junio 2008.
Fecha de publicación: 26, 27 y 28 de mayo de 2008.
Jurado:
Titulares: Dr. Felipe Niero, Dr. Jaime Rostica, Dr. Héctor Goyberg.
Suplente: Dr. Eduardo Gini.
1 - Veedor por la Asociación de Profesionales (FEMECA).
El currículum vitae se confeccionará de acuerdo a las normas vigentes
en la actual Carrera de Profesionales de la Salud, deberá consignarse
domicilio constituido dentro del radio de Capital Federal, adjuntando:
fotocopia de DNI (1° y 2° hoja), constancia de CUIL, fotocopia
legalizada ante escribano publico de título y título de especialista y
fotocopia de matricula profesional.
El currículum vitae y la documentación señalada, serán presentadas
en el Departamento de Personal, ventanilla 3 de este Hospital sito en
Brandsen 2570, Capital Federal.
Los requisitos para acceder a dicha función son los establecidos en la
Carrera mencionada (Ordenanza Nº 41.455), reglamentación Decreto Nº
2.745/87.
Jorge Cafferata
Director
Aída M. Grasso
Directora Administrativa Contable
CA 241
Inicia: 30-4-2008 Vence: 5-5-2008
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS Y SERVICIOS A LAS ESCUELAS
Búsqueda de expediente
Se solicita a los señores jefes de Mesa de Entrada,
Salidas y Archivo de los distintos Ministerios, y reparticiones del
Departamento Ejecutivo, se sirvan informar a la Dirección General de
Proyectos y Servicios a las Escuelas del Ministerio de Educación si, en
el organismo al que pertenecen se encuentra o registran movimientos de
los cuerpos 3º y 5º del Expediente Nº 37.514/05, así como también
de las Carpetas de Oferta Nº 8 y Nº 31, que integran el pedido de
licitación de servicios de elaboración y distribución destinado a
alumnos becados y no becados y personal autorizado de los
establecimientos educativos, del año 2005; extraviado en la ex
Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares del Ministerio
de Educación.
Cecilia M. Klappenbach
Directora General
CA 242
Inicia: 30-4-2008 Vence: 5-5-2008
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL
Pedido de búsqueda
Se solicita a los señores/as Jefes/as de las Mesas
de Entradas y Salidas de las distintas dependencias del Departamento
Ejecutivo que realicen la búsqueda de la siguiente actuación: Nota Nº
338.956-DGCFyC/05.
César C. Neira
Director General
CA 245
Inicia: 5-5-2008 Vence: 7-5-2008
MINISTERIO DE CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL CENTRO CULTURAL "GENERAL SAN MARTÍN"
Solicitud de personal
La Dirección General Centro Cultural "General
San Martín" requiere agentes para desempeñarse en el Área
Personal.
Requisitos:
• Revistar en planta permanente.
• Conocimientos básicos de administración, personal y manejo de PC.
• Autorización del Director del área.
Horarios de trabajo: lunes a viernes de 17 a 24 hs.; sábados,
domingos, feriados y no laborables de 12 a 24 hs.
Blas F. Sánchez
Director Administrativo
CA 243
Inicia: 2-5-2008 Vence: 6-5-2008
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Dirección General Técnica y
Administrativa
Búsqueda de expediente
Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas,
de los distintos Ministerios, Secretarías y demás reparticiones
dependientes de este Poder Ejecutivo, se sirvan informar a la Dirección
General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, si
en esa dependencia, se encuentra el Expediente Nº 49.578/99.
Laura O. López
Directora General
CA 244
Inicia: 30-4-2008 Vence: 5-5-2008
LICITACIONES
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Adquisición de elementos para Sección Electricidad 3 - Expediente
Nº 32.681-SA/08
Licitación Pública Nº 6/08.
Objeto del llamado: adquisición de elementos para Sección
Electricidad 3.
Valor del pliego: pesos doscientos cincuenta ($ 250).
Lugar donde se puede consultar y comprar el pliego: Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú 130/160,
Dirección General de Compras y Contrataciones, entrepiso, edificio
anexo, de lunes a viernes de 10 a 15 hs., hasta el día anterior a la
apertura, previo depósito en cualquier sucursal del Banco Ciudad del
valor del mismo en la Cuenta Corriente Nº 25.818/8, a nombre de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar de presentación de las ofertas: Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú 130/160, entrepiso, edificio
anexo, Dirección General de Compras y Contrataciones.
Apertura: 14/5/08, a las 12 horas.
Lugar: Perú 130/160, entrepiso, Dirección General de Compras y
Contrataciones.
Arturo Navarro Ithuralde
Director General
OL 1055
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Adquisición de elementos para
Sección Electricidad 2 - Expediente Nº 32.680-SA/08
Licitación Pública Nº 7/08.
Objeto del llamado: adquisición de elementos para Sección
Electricidad 2.
Valor del pliego: pesos ciento cincuenta ($ 150).
Lugar donde se puede consultar y comprar el pliego: Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú 130/160,
Dirección General de Compras y Contrataciones, entrepiso, edificio
anexo, de lunes a viernes de 10 a 15 hs., hasta el día anterior a la
apertura, previo depósito en cualquier sucursal del Banco Ciudad del
valor del mismo en la Cuenta Corriente Nº 25.818/8, a nombre de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar de presentación de las ofertas: Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú 130/160, entrepiso, edificio
anexo, Dirección General de Compras y Contrataciones.
Apertura: 13/5/08, a las 12 horas.
Lugar: Perú 130/160, entrepiso, Dirección General de Compras y
Contrataciones.
Arturo Navarro Ithuralde
Director General
OL 1056
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Adquisición de artículos de
librería - Expediente Nº 32.688-SA/08
Licitación Pública Nº 9/08.
Objeto del llamado: adquisición de artículos de librería.
Valor del pliego: pesos ochenta ($ 80).
Lugar donde se puede consultar y comprar el pliego: Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú 130/160,
Dirección General de Compras y Contrataciones, entrepiso, edificio
anexo, de lunes a viernes de 10 a 15 hs., hasta el día anterior a la
apertura, previo depósito en cualquier sucursal del Banco Ciudad del
valor del mismo en la Cuenta Corriente Nº 25.818/8, a nombre de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar de presentación de las ofertas: Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú 130/160, entrepiso, edificio
anexo, Dirección General de Compras y Contrataciones.
Apertura: 15/5/08, a las 12 horas.
Lugar: Perú 130/160, entrepiso, Dirección General de Compras y
Contrataciones.
Arturo Navarro Ithuralde
Director General
OL 1057
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Se posterga fecha de apertura de licitación pública - Expediente
N° 79.469/07
Postérgase para el día 9 de mayo de 2008, a las 11
horas, la Licitación Pública Nº 453-SIGAF/08 para la adquisición de
un equipo de unidad de energía ininterrumpida (UPS); con destino a la
Dirección General de Sistemas de Información, dependiente de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, cuya apertura se encontraba prevista
para el día 29 de abril de 2008, a las 11 horas.
Valor del pliego: $ 80.
Asimismo, se encuentran publicados en la página web:
www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitacionesycompras/consultasdecompras
Jorge C. Polini
Director General
OL 1052
Inicia: 2-5-2008 Vence: 5-5-2008
n Contratación de servicio de
limpieza integral y su mantenimiento sede de la Dirección General de
Tesorería - Expediente N° 6.979/08
Llámase a Licitación Pública Nº 545-SIGAF/08 para
la contratación de un servicio de limpieza integral y su mantenimiento
para ser prestado en el edificio que ocupa la Dirección General de
Tesorería, dependiente del Ministerio de Hacienda, a realizarse el día
28 de mayo de 2008, a las 11 horas.
Valor del pliego: $ 100.
Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Dirección
General de Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 525, planta baja,
oficina 20, Buenos Aires, de lunes a viernes de 9.30 a 15 horas.
Asimismo, se encuentran publicados en la página web:
www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitacionesycompras/consultasdecompras
Culminación de consultas: 22 de mayo de 2008, a las 16 horas.
Adalgisa C. de Bonaviri
Coordinadora General Administrativa
a/c Despacho
OL 1022
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "DR. PEDRO LAGLEYZE"
Insumos para cirugía de retina, faco y lámparas - Licitación
Pública Nº 578/08
Llámase a Licitación Pública Nº 578/08 de acuerdo
a lo detallado a continuación:
Rubro que se licita: adquisición de insumos para cirugía de
retina, faco y lámparas.
Fecha y hora de apertura: 7 de mayo a las 11 horas.
Valor del pliego: $ 200.
Venta de pliegos: los pliegos podrán adquirirse y/o retirarse
hasta las 9 horas del día 7/5/08, 3º piso, Oficina de Compras
(presentarse con Nº de CUIT).
Repartición: Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze".
José E. Anauati
Director Médico
OL 1064
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Adquisición de medicamentos y
gases medicinales - Licitación Pública Nº 579/08
Llámase a Licitación Pública Nº 579/08 de acuerdo
a lo detallado a continuación:
Rubro que se licita: adquisición de medicamentos y gases
medicinales.
Fecha y hora de apertura: 7 de mayo a las 12 horas.
Valor del pliego: $ 140.
Venta de pliegos: los pliegos podrán adquirirse y/o retirarse
hasta las 9 horas del día 7/5/08, 3º piso, Oficina de Compras
(presentarse con Nº de CUIT).
Repartición: Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze".
José E. Anauati
Director Médico
OL 1065
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
HOSPITAL OFTALMOLÓGICO "SANTA LUCÍA"
Adjudicación - Carpeta Nº 91.382/07
Licitación Pública Nº 1.361/07.
Consultas: Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", Av.
San Juan 2021, 2º piso, Compras, lunes a viernes de 9 a 14 hs.
Rubro: "Adquisición de psicotrópicos, analgésicos y
anestésicos"
Firmas adjudicadas:
Denver Farma S.A. (Esmeralda 1066, 2° piso, D.G., C.A.B.A.).
Renglón: 1 - cantidad: 300 comprimidos - precio unitario: $ 0,12 -
precio total: $ 36.
Renglón: 7 - cantidad: 900 ampollas - precio unitario: $ 0,63 - precio
total: $ 567.
Renglón: 11 - cantidad: 500 ampollas - precio unitario: $ 0,63 - precio
total: $ 315.
Renglón: 16 - cantidad: 75 ampollas - precio unitario: $ 2,48 - precio
total: $ 186.
Renglón: 20 - cantidad: 600 ampollas - precio unitario: $ 0,67 - precio
total: $ 402.
Renglón: 24 - cantidad: 30 ampollas - precio unitario: $ 6,50 - precio
total: $ 195.
Total: $ 1.701.
Laboratorios Richmond S.A.C.I.F. (Elcano 4938, C.A.B.A.).
Renglón: 2 - cantidad: 75 ampollas - precio unitario: $ 9,90 - precio
total: $ 742,50.
Renglón: 33 - cantidad: 60 fco. ampolla - precio unitario: $ 9,15 -
precio total: $ 549
Total: $ 1.291,50.
Fada Pharma S.A. (Tronador 4890, piso 11, C.A.B.A.).
Renglón: 8 - cantidad: 200 ampollas - precio unitario: $ 0,98 - precio
total: $ 196.
Renglón: 12 - cantidad: 200 ampollas - precio unitario: $ 0,75 - precio
total: $ 150.
Renglón: 14 - cantidad: 50 ampollas - precio unitario: $ 9,90 - precio
total: $ 495.
Renglón: 29 - cantidad: 100 ampollas - precio unitario: $ 8 - precio
total: $ 800.
Total: $ 1.641.
Gobbi Novag S.A. (Av. del Libertador 6550, 4° piso, D. C.,
C.A.B.A.).
Renglón: 17 - cantidad: 15 ampollas - precio unitario: $ 4,90 - precio
total: $ 73,50.
Renglón: 30 - cantidad: 50 ampollas - precio unitario: $ 30,80 - precio
total: $ 1.540.
Total: $ 1.613,50.
Importe total Licitación Pública Nº 1.361/07: $ 6.247.
Graciela M. Reybaud
Directora (I)
María C. Rosales
Subdirectora Administrativa (T)
OL 1042
Inicia: 5-5-2008 Vence: 5-5-2008
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
Trabajos de intervención general en Escuela Técnica Nº 1, D.E. 4 -
Expediente Nº 10.879/08
Licitación Pública Nº 4/08.
Objeto del llamado: trabajos de intervención general en el
edificio de la Escuela Nº 1 "Otto Krause", D.E. 4, sito en
Paseo Colón 650, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 9.917 (pesos nueve mil novecientos
diecisiete).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 9.916.835,38 (pesos nueve millones
novecientos dieciséis mil ochocientos treinta y cinco con treinta y
ocho centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 23 de junio de 2008, a las 14 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 26 de mayo de 2008 y 28 de mayo de
2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 540 días corridos, computados
a partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1067
Inicia: 5-5-2008 Vence: 23-5-2008
n Instalación de gas y
termomecánica en Escuela Nº 6, D.E. 9 - Expediente Nº 18.382/08
Contratación Directa Nº 505-SIGAF/08 (Nº 97/08).
Objeto del llamado: instalación de gas y termomecánica en el
edificio de la Escuela Nº 6 "Vicente Fidel López", D.E. 9,
sito en Av. Santa Fe 5039, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 206 (pesos doscientos seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 206.179 (pesos doscientos seis mil ciento
setenta y nueve).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 19 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 8 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados
a partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1068
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas y
calefacción en Escuela Nº 15, D.E. 7 - Expediente Nº 18.387/08
Contratación Directa Nº 504-SIGAF/08 (Nº 98/08).
Objeto del llamado: instalación de gas y calefacción en el
edificio de la Escuela Nº 15 "Gral. José Gervasio de
Artigas", D.E. 7, sito en Eleodoro Lobos 437, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 80 (pesos ochenta).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 80.479,34 (pesos ochenta mil cuatrocientos
setenta y nueve con treinta y cuatro centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 19 de mayo de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2008, a las 14.30 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1069
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Desagües y
decantadores en talleres - provisión y colocación de hidrantes,
señalética y cintas antideslizantes en Escuela de Bellas Artes Nº 26,
D.E. 4 - Expediente Nº 19.477/08
Contratación Directa Nº 557-SIGAF/08 (Nº 100/08).
Objeto del llamado: desagües y decantadores en talleres -
provisión y colocación de hidrantes, señalética y cintas
antideslizantes en el edificio de la Escuela de Bellas Artes Nº 26
"Manuel Belgrano", D.E. 4, sito en Wenceslao Villafañe 1342,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 154 (pesos ciento cincuenta y cuatro).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 154.456,78 (pesos ciento cincuenta y
cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis con setenta y ocho centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 19 de mayo de 2008, a las 14 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1070
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas en Escuela
Politécnica - Expediente Nº 20.567/08
Contratación Directa Nº 563-SIGAF/08 (Nº 101/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en el edificio de la
Escuela Politécnica "Manuel Belgrano", D.E. 4, sito en
Bolívar 346, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 141 (pesos ciento cuarenta y uno).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 141.177,53 (pesos ciento cuarenta y un mil
ciento setenta y siete con cincuenta y tres centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 19 de mayo de 2008, a las 15 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 8 de mayo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1071
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas y
termomecánica en Escuela Nº 21, D.E. 8 - Expediente Nº 20.306/08
Contratación Directa Nº 564-SIGAF/08 (Nº 102/08).
Objeto del llamado: instalación de gas y termomecánica en el
edificio de la Escuela Nº 21 "Juan José Paso", D.E. 8, sito
en Beauchef 1869 - Pje. Querol 916, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Valor del pliego: $ 155 (pesos ciento cincuenta y cinco).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 154.892,47 (pesos ciento cincuenta y
cuatro mil ochocientos noventa y dos con cuarenta y siete centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 19 de mayo de 2008, a las 16 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 9 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1072
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas en Escuela
Nº 8 D.E. 8 - Expediente Nº 19.975/08
Contratación Directa Nº 571-SIGAF/08 (Nº 103/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en el edificio de la
Escuela Nº 8 "Luis María Vernet", D.E. 8, sito en Hortiguera
742, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 105 (pesos ciento cinco).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 105.188,43 (pesos ciento cinco mil ciento
ochenta y ocho con cuarenta y tres centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 20 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 8 de mayo de 2008, a las 14 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1073
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas y
termomecánica en Escuela Nº 17, D.E. 9 - Expediente Nº 19.983/08
Contratación Directa Nº 565-SIGAF/08 (Nº 104/08).
Objeto del llamado: instalación de gas y termomecánica en el
edificio de la Escuela Nº 17 "Blas Parera", D.E. 9, sito en
Armenia 2214, Paraguay 4301, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 108 (pesos ciento ocho).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 107.639,16 (pesos ciento siete mil
seiscientos treinta y nueve con dieciséis centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 20 de mayo de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 9 de mayo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1074
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas y
termomecánica en Escuela Nº 32, D.E. 13 - Expediente Nº 20.308/08
Contratación Directa Nº 567-SIGAF/08 (Nº 105/08).
Objeto del llamado: instalación de gas y termomecánica en el
edificio de la Escuela Nº 32 "José León Suárez", D.E. 13,
sito en Acassuso 5860, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 169 (pesos ciento sesenta y nueve).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 168.961,22 (pesos ciento sesenta y ocho
mil novecientos sesenta y uno con veintidós centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 20 de mayo de 2008, a las 14 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1075
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas en Escuela
Infantil Nº 2, D.E. 14 - Expediente Nº 20.546/08
Contratación Directa Nº 568-SIGAF/08 (Nº 106/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en el edificio de la
Escuela Infantil Nº 2, D.E. 14, sito en Combatientes de Malvinas 3002,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 59 (pesos cincuenta y nueve).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 59.375,96 (pesos cincuenta y nueve mil
trescientos setenta y cinco con noventa y seis centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 20 de mayo de 2008, a las 15 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados
a partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1076
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas en Escuela
de Música Nº 400, D.E. 14 - Expediente Nº 19.979/08
Contratación Directa Nº 558-SIGAF/08 (Nº 107/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en el edificio de la
Escuela de Música Nº 400 "Juan Pedro Esnaola", D.E. 14, sito
en Balboa 210, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 76 (pesos setenta y seis).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 76.280,83 (pesos setenta y seis mil
doscientos ochenta con ochenta y tres centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 20 de mayo de 2008, a las 16 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 9 de mayo de 2008, a las 12 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1077
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas y
termomecánica en Escuela de Educación Media Nº 1, D.E. 16 -
Expediente Nº 19.453/08
Contratación Directa Nº 559-SIGAF/08 (Nº 108/08).
Objeto del llamado: instalación de gas y termomecánica en el
edificio de la Escuela de Educación Media Nº 1 "Rodolfo Walsh",
D.E. 16, sito en Argerich 5651, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 72 (pesos setenta y dos).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 72.595,14 (pesos setenta y dos mil
quinientos noventa y cinco con catorce centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 21 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2008, a las 12 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1078
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas y
termomecánica en Escuela Nº 19, D.E. 17 - Expediente Nº 20.310/08
Contratación Directa Nº 561-SIGAF/08 (Nº 109/08).
Objeto del llamado: instalación de gas y termomecánica en el
edificio de la Escuela Nº 19 "Franklin Delano Roosevelt", D.E.
17, sito en Av. Salvador M. del Carril 4935/57, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 339 (pesos trescientos treinta y nueve).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 339.561 (pesos trescientos treinta y nueve
mil quinientos sesenta y uno).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 21 de mayo de 2008, a las 12 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 8 de mayo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados
a partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1079
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas en Escuela
Nº 11, D.E. 18 - Expediente Nº 20.574/08
Contratación Directa Nº 566-SIGAF/08 (Nº 110/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en el edificio de la
Escuela Nº 11 "República del Perú", D.E. 18, sito en Av.
Gaona 4763, Av. Juan B. Justo 7032, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Valor del pliego: $ 127 (pesos ciento veintisiete).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 127.122,38 (pesos ciento veintisiete mil
ciento veintidós con treinta y ocho centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 21 de mayo de 2008, a las 14 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 7 de mayo de 2008, a las 11 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1080
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas en Escuela
Nº 14, D.E. 19 - Expediente Nº 20.297/08
Contratación Directa Nº 569-SIGAF/08 (Nº 111/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en el edificio de la
Escuela Nº 14 "Cap. M. Remedios del Valle", D.E. 19, sito en
Av. Intendente Francisco Rabanal 2751, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Valor del pliego: $ 110 (pesos ciento diez).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 110.060,10 (pesos ciento diez mil sesenta
con diez centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 21 de mayo de 2008, a las 15 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 8 de mayo de 2008, a las 12 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a
partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1081
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Instalación de gas en el
Jardín de Infantes Nº 4, D.E. 20 - Expediente Nº 20.558/08
Contratación Directa Nº 570-SIGAF/08 (Nº 112/08).
Objeto del llamado: instalación de gas en el edificio del
Jardín de Infantes Nº 4, D.E. 20, sito en Av. Eva Perón 6336, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: $ 89 (pesos ochenta y nueve).
Consulta y compra de pliegos: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de
Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.
Presupuesto oficial: $ 89.185,72 (pesos ochenta y nueve mil
ciento ochenta y cinco con setenta y dos centavos).
Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad
de Buenos Aires.
Fecha/hora de apertura: 21 de mayo de 2008, a las 16 hs.
Fecha/hora de visita a obra: 9 de mayo de 2008, a las 10 hs.
Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento, calle Estados Unidos 1228, 3º piso, Ciudad de Buenos
Aires.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados
automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente
comunique la caducidad de la oferta.
Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados
a partir de la fecha del acta de inicio.
Néstor Gasparoni
Director General
OL 1082
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL
COMISIÓN CENTRALIZADA DE PROGRAMAS
Adquisición de insumos de hidráulica - Licitación Pública N°
6/08
Plan de mejora código Nº CUDJVII106.
Objeto de la contratación: adquisición de insumos de
hidráulica.
Entidad contratante: Unidad Ejecutora Jurisdiccional, Ministerio
de Educación, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Esmeralda 55, piso
10, CUIT 34-99903208-9, tel.: 011-4339-1711, C.A.B.A. (Ciudad Autónoma
de Buenos Aires).
Procedimiento de selección:
Licitación Pública N° 6/08.
Consulta de pliego: el presente pliego podrá ser consultado en
el domicilio del organismo contratante, en el horario de 12 a 17 hs.
hasta el día de la apertura inclusive. E-mail: uejgcba@hotmail.com
Costo del pliego: sin costo.
Retiro de pliego: el presente pliego podrá ser retirado en el
domicilio del organismo contratante, en el horario de 13 a 17 hs. hasta
el día anterior al de la apertura.
Presentación de ofertas: Unidad Ejecutora Jurisdiccional,
Ministerio de Educación, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
Esmeralda 55, piso 10, oficina 5, hasta el día 29 de mayo antes de las
13 horas.
Acto de apertura: Unidad Ejecutora Jurisdiccional, Ministerio de
Educación, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Esmeralda 55, piso
10, oficina 5, el día 29 de mayo, a las 14 horas.
Plazo de entrega: 30 días a partir de la recepción de la orden
de compra.
Lugar de entrega: Escuelas Técnicas dependientes de este
Ministerio (Anexo).
Forma de pago: dentro de los 30 días de fecha de presentación
de factura.
Marcelo Lorenzo
Coordinador General Ejecutivo UEJ
OL 1012
Inicia: 2-5-2008 Vence: 5-5-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Preadjudicación - Expediente Nº 52.905/07
Licitación Pública Nº 354/08.
Acta de Preadjudicación Nº 5/08.
Rubro: "Boulevard Juan Bautista Alberdi".
Repartición solicitante: Dirección General de Proyectos Urbanos
y Arquitectura.
Reunidos en comisión los que suscriben, en el lugar, fecha y hora
indicados ut-supra, con el objeto de considerar las ofertas recibidas
con motivo de la presente licitación, se ha propuesto preadjudicar a:
Firma preadjudicada:
Cunumi S.A.
Monto total de la oferta: $ 2.462.325,54.
Observaciones:
En función del informe técnico elaborado por la repartición
destinataria y la forma de contratación establecida por los artículos
2.3.1 del P.C.P., se aconseja la contratación del oferente que, siendo
su oferta admisible, presentara el precio más conveniente.
Fundamento de preadjudicación: la oferta preadjudicada resulta
la más conveniente conforme a los costos y objetivos de la presente
licitación, según informe técnico, legal y económico adjuntados al
expediente. Moreno - Sábato - Messore.
Cristian A. Fernández
Director General
OL 1038
Inicia: 30-4-2008 Vence: 5-5-2008
n Adquisición de equipamiento
informático y electrónico - Expediente N° 10.986/08 e inc.
Llámese a Licitación Pública N° 569/08 para la
"Adquisición de Equipos Informáticos".
Repartición solicitante: Dirección General Obras de
Arquitectura.
Valor del pliego: gratuito.
Adquisición de pliegos: Área de Compras y Contrataciones,
Ministerio de Desarrollo Urbano, sito en Carlos Pellegrini 211, 9°
piso, Capital Federal, de lunes a viernes de 10 a 16 hs.
Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.
www.compras.buenosaires.gov.ar
Consultas: comunicarse con la Sra. Elena Bidegain, al teléfono
4323-8000, int. 4673.
Presentación de ofertas: hasta las 13 hs. del día 16 de mayo de
2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Desarrollo Urbano, sito en Carlos Pellegrini 211, 9º piso, Capital
Federal, de lunes a viernes de 10 a 16 hs.
Fecha de apertura: 16 de mayo de 2008, a las 13 hs.
Cristian A. Fernández
Director General
OL 1051
Inicia: 2-5-2008 Vence: 5-5-2008
MINISTERIO DE CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Servicio de distribución y reparto de la Revista Cultura BA -
Carpeta N° 1.573-DGTALMC/08
Licitación Privada N° 133/08.
Objeto del llamado: servicio de distribución y reparto de la
Revista Cultura BA.
Fecha y lugar de apertura: 20 de mayo de 2008, a las 10 horas, en
Avenida de Mayo 575, P.B., oficina 16.
Valor del pliego: pesos cincuenta ($ 50).
Venta de pliegos: Avenida de Mayo 575, P.B., oficina 16, de lunes
a viernes de 11 a 15 horas.
Vanina Caruso
a/c Unidad de Servicios Centrales
OL 1045
Inicia: 2-5-2008 Vence: 5-5-2008
COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Preadjudicación - Carpeta Nº 47-CTBA/08
Contratación Directa Menor Nº 273/08.
Acto Administrativo de Aprobación Nº 41-CTBA/08.
Firmas preadjudicadas:
Formato S.A.
Renglones: 1 y 2, importe total: $ 12.448 (pesos doce mil
cuatrocientos cuarenta y ocho).
Erre de S.R.L.
Renglones: 3 y 4, importe total: $ 3.488,48 (pesos tres mil
cuatrocientos ochenta y ocho con cuarenta y ocho centavos).
Copisol S.R.L.
Renglones: 5 y 6, importe total: $ 3.662,25 (pesos tres mil
seiscientos sesenta y dos con veinticinco centavos).
Visapel S.A.
Renglón: 7, importe total: $ 463 (pesos cuatrocientos sesenta y
tres).
Gustavo Santa Coloma
Director de Administración
OL 1054
Inicia: 5-5-2008 Vence: 5-5-2008
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Adquisición de productos alimenticios - Expediente Nº 6.649/08
Llámese a Licitación Pública Nº 491-SIGAF/08 para
la "Adquisición de productos alimenticios".
Valor del pliego: pesos cincuenta y cinco ($ 55).
Adquisición de pliegos: Dirección Técnica, dependiente de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, Área Compras y
Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Social, Gobierno de la Ciudad,
sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de lunes a viernes
hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Presentación de ofertas: se aceptarán ofertas hasta el día
12/5/08, hasta las 12.30 hs., en el Área Compras y Contrataciones de la
Dirección Técnica, dependiente de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Gobierno de
la Ciudad, sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de
lunes a viernes hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Fecha de apertura: 12 de mayo de 2008, a las 13 hs.
Mariano A. Ferreiros
Director General
OL 1049
Inicia: 2-5-2008 Vence: 5-5-2008
n Adquisición de suministros
odontológicos - Expediente Nº 8.099/08
Llámese a Licitación Privada Nº 154-SIGAF/08 para
la "Adquisición de suministros odontológicos".
Valor del pliego: pesos once ($ 11).
Adquisición de pliegos: Dirección Técnica, dependiente de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, Área Compras y
Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Social, Gobierno de la Ciudad,
sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de lunes a viernes
hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Presentación de ofertas: se aceptarán ofertas hasta el día
12/5/08, hasta las 13.30 hs., en el Área Compras y Contrataciones de la
Dirección Técnica, dependiente de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Gobierno de
la Ciudad, sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de
lunes a viernes hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Fecha de apertura: 12 de mayo de 2008, a las 14 hs.
Mariano A. Ferreiros
Director General
OL 1050
Inicia: 2-5-2008 Vence: 5-5-2008
n Adquisición de ropa y calzado -
Expediente Nº 6.656/08
Llámese a Licitación Pública Nº 515-SIGAF/08 para
la "Adquisición de ropa y calzado".
Valor del pliego: pesos doscientos veintinueve ($ 229).
Adquisición de pliegos: Dirección Técnica, dependiente de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, Área Compras y
Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Social Gobierno de la Ciudad,
sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de lunes a viernes
hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Presentación de ofertas: se aceptarán ofertas hasta el día
13/5/08, hasta las 13.30 hs., en el Área Compras y Contrataciones de la
Dirección Técnica, dependiente de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Gobierno de
la Ciudad, sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de
lunes a viernes hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Fecha de apertura: 13 de mayo de 2008, a las 14 hs.
Mariano A. Ferreiros
Director General
OL 1062
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
n Adquisición de productos
textiles - Expediente Nº 6.657/08
Llámese a Licitación Pública Nº 501-SIGAF/08 para
la "Adquisición productos textiles".
Valor del pliego: pesos ciento cuarenta y siete ($ 147).
Adquisición de pliegos: Dirección Técnica, dependiente de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, Área Compras y
Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Social, Gobierno de la Ciudad,
sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de lunes a viernes
hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Presentación de ofertas: se aceptarán ofertas hasta el día
13/5/08, hasta las 12.30 hs., en el Área Compras y Contrataciones de la
Dirección Técnica, dependiente de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Gobierno de
la Ciudad, sito en Av. Belgrano 1580, 2° piso, Capital Federal, de
lunes a viernes hábiles en el horario de 10 a 14 hs.
Fecha de apertura: 13 de mayo de 2008, a las 13 hs.
Mariano A. Ferreiros
Director General
OL 1091
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Obra "Plazoleta del Árbol" - Expediente N° 7.270/08
Llámase a Licitación Pública N° 502/08, apertura
del Sobre Nº 1, para el día 17 de junio de 2008, a las 14 horas, de
conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la
realización de la obra "Plazoleta del Árbol".
Presupuesto oficial: pesos trescientos setenta y cuatro mil
seiscientos veintisiete con cuarenta y cinco centavos ($ 374.627,45).
Plazo de ejecución: 180 días contados desde la fecha de la
"Orden de comienzo".
Valor del pliego: pesos trescientos ($ 300).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y
condiciones pueden ser adquiridos y consultados en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se
recibirán hasta el 17 de junio de 2008, a las 14 hs., momento en que se
realizará la apertura de Sobres Nº 1, en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso.
Catalina Legarre
Directora General
OL 946
Inicia: 22-4-2008 Vence: 13-5-2008
n Obra "Plazoleta de la
Amistad" - Expediente N° 7.273/08
Llámase a Licitación Pública N° 499/08, apertura
del Sobre Nº 1, para el día 12 de junio de 2008, a las 15 horas, de
conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la
realización de la obra "Plazoleta de la Amistad".
Presupuesto oficial: pesos trescientos sesenta y cinco mil
ochocientos noventa y nueve con noventa y dos centavos ($ 365.899,92).
Plazo de ejecución: 180 días contados desde la fecha de la
"Orden de comienzo".
Valor del pliego: pesos trescientos ($ 300).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y
condiciones pueden ser adquiridos y consultados en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se
recibirán hasta el 12 de junio de 2008, a las 15 hs., momento en que se
realizará la apertura de Sobres Nº 1, en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso.
Catalina Legarre
Directora General
OL 947
Inicia: 22-4-2008 Vence: 13-5-2008
n Adquisición de contenedores -
Expediente N° 2.199/08.
Licitación Pública N° 544/08.
Objeto del llamado: adquisición de contenedores.
Consulta y compra de pliegos: Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público,
Av. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso, oficina de compras, Cdad.
Autónoma de Buenos Aires.
Presupuesto oficial: pesos treinta y dos millones quinientos seis
mil ($ 32.506.000).
Valor del pliego: pesos cincuenta mil ($ 50.000).
Lugar de presentación y apertura de las ofertas: Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal Av. Roque Sáenz Peña 570, 6°
piso, Oficina de Compras. Tel.: 4342-6003 int. 136, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Fecha y hora de apertura: 15 de mayo de 2008 a las 14 hs.
Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles.
Catalina Legarre
Directora General
OL 1024
Inicia: 28-4-2008 Vence: 6-5-2008
n Obra "Plazoleta Herminia
Brumana" - Expediente N° 7.298/08
Llámase a Licitación Privada por Régimen de Obra
Menor N° 167/08, para el día 16 de mayo de 2008, a las 14 horas, de
conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la
realización de la obra "Plazoleta Herminia Brumana".
Presupuesto oficial: pesos doscientos setenta y nueve mil
cuatrocientos ochenta y ocho con treinta y uno ($ 279.488,31).
Plazo de ejecución: 120 días corridos.
Valor del pliego: pesos trescientos ($ 300).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y
condiciones pueden ser adquiridos y consultados en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita
en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a
18 hs.
Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se
recibirán hasta el 16 de mayo de 2008, a las 14 hs., momento en que se
realizará la apertura de las ofertas, en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita
en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso.
Catalina Legarre
Directora General
OL 1041
Inicia: 2-5-2008 Vence: 5-5-2008
n Obra "Plaza 11 de Noviembre
de 1859" - Expediente N° 10.973/08
Llámase a Licitación Pública N° 560/08, apertura
del Sobre Nº 1, para el día 24 de junio de 2008, a las 15 horas, de
conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la
realización de la obra "Plaza 11 de Noviembre de 1859".
Presupuesto oficial: pesos novecientos setenta y cinco mil
cuatrocientos treinta y cinco con ochenta y cuatro centavos ($
975.435,84).
Plazo de ejecución: 180 días contados desde la fecha de la
"Orden de comienzo".
Valor del pliego: pesos ochocientos ($ 800).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y
condiciones pueden ser adquiridos y consultados en el Área de Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita
en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a
18 hs.
Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se
recibirán hasta el 24 de junio de 2008, a las 15 hs., momento en que se
realizará la apertura de Sobres Nº 1, en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita
en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso.
Catalina Legarre
Directora General
OL 1053
Inicia: 2-5-2008 Vence: 22-5-2008
n Obra: "Plaza Alfredo Nobel"
- Expediente Nº 7.278/08
Llámase a Licitación Pública N° 555/08, apertura
del Sobre Nº 1, para el día 2 de junio de 2008, a las 14 horas, de
conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 13.064, para la
realización de la Obra "Plaza Alfredo Nobel";
Presupuesto oficial: pesos quinientos ochenta y dos mil
seiscientos cuarenta y nueve con sesenta y cinco centavos ($
582.649,65).
Plazo de ejecución: 180 días contados desde la fecha de la
"Orden de comienzo".
Valor del pliego: pesos seiscientos ($ 600).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y
condiciones pueden ser adquiridos y consultados en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se
recibirán hasta el 2 de junio de 2008 a las 14 hs., momento en que se
realizará la apertura de Sobres Nº 1, en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso.
Catalina Legarre
Directora General
OL 1063
Inicia: 5-5-2008 Vence: 23-5-2008
n Obra: "Boulevard Carabobo"
- Expediente N° 9.780/08
Llámase a Licitación Pública N° 558/08, apertura
del Sobre Nº 1, para el día 3 de junio de 2008, a las 14 horas, de
conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 13.064, para la
realización de la Obra "Boulevard Carabobo";
Presupuesto oficial: pesos novecientos sesenta y dos mil
cuatrocientos veinticinco con veintiocho centavos ($ 962.425,28).
Plazo de ejecución: 90 días contados desde la fecha de la
"Orden de comienzo".
Valor del pliego: pesos ochocientos ($ 800).
Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y
condiciones pueden ser adquiridos y consultados en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.
Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se
recibirán hasta el 3 de junio de 2008 a las 14 hs., momento en que se
realizará la apertura de Sobres Nº 1, en el Área Compras y
Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso.
Catalina Legarre
Director General
OL 1066
Inicia: 5-5-2008 Vence: 23-5-2008
ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL
Adquisición de cubiertas - Expediente N° 10.267/07
Llámese a Licitación Pública N° 448/08 para la
"Adquisición de Cubiertas".
Repartición solicitante: Ente de Mantenimiento Urbano Integral.
Valor de los pliegos: pesos cien ($ 100).
Adquisición de pliegos: Av. Independencia 3277, 2º piso,
oficina 224, Sector Compras, de lunes a viernes de 10 a 16 hs.
Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.
www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta
Consultas: comunicarse con el Sector Compras a los teléfonos
4956-9114/9113.
Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 12 de junio
de 2008, en Av. Independencia 3277, 2º piso, oficina 224, Sector
Compras.
Fecha y lugar de apertura: 12 de junio de 2008, a las 12 hs., en
Av. Independencia 3277, 2º piso, oficina 224, Sector Compras.
Santiago A. Verdondoni
Director General
OL 1046
Inicia: 2-5-2008 Vence: 7-5-2008
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
FISCALÍA GENERAL
SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN
Adquisición de artículos de librería y útiles de oficina -
Actuación Interna FG Nº 2.407/08
Disposición UOA Nº 5/08.
Licitación Pública Nº 5/08.
Objeto de la contratación: adquisición de artículos de
librería y útiles de oficina para su utilización por el Ministerio
Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Valor del pliego: gratuito.
Lugar de consulta y retiro del pliego: Unidad Operativa de
Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal, sita en Combate de los
Pozos 155, 9º piso de esta ciudad, de lunes a viernes en el horario de
10 a 16 hs., o al teléfono 4011-1538 o en la página de Internet
http://ministerio.jusbaires.gov.ar/ministerio_publico/ministerio_publico_fiscal
Lugar de entrega de las ofertas: hasta las 10.30 horas del día
15/5/08, en la Mesa de Entradas del Ministerio Público Fiscal, sita en
Combate de los Pozos 155, 8º piso, contrafrente de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Lugar y fecha de apertura de ofertas: sede de la Unidad Operativa
de Adquisiciones, Combate de los Pozos 155, 9º piso frente, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 15 de mayo de 2008, a las
10.30 horas.
Plazo de mantenimiento de la oferta: plazo mínimo de treinta
(30) días, hábiles a contar de la fecha de la apertura, prorrogables
automáticamente por igual plazo.
Presupuesto oficial: pesos ciento treinta y cuatro mil
setecientos dieciocho con veinticinco centavos ($ 134.718,25).
Miguel Á. Espiño
Unidad Operativa de Adquisiciones
OL 1013
Inicia: 5-5-2008 Vence: 6-5-2008
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
Mantenimiento, conservación y reparación de
escaleras mecánicas, Complejo Esmeralda - Carpeta de Compras N° 17.679
Llámese a licitación pública con referencia al
"Servicio de mantenimiento y conservación, en forma de abono
común, de dos escaleras mecánicas instaladas en el Complejo Esmeralda,
sito en Esmeralda 660, C.A.B.A.; más los trabajos de reparación a
realizarse durante el primer mes de vigencia del mismo".
Valor del pliego de condiciones: $ 50 (pesos cincuenta).
Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de
los interesados, en la Gerencia de Área, Gestión de Obras, Servicios y
Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Capital Federal.
Fecha de apertura: 16/5/08, a las 12 horas.
Consultas: de 10 a 15 horas.
Tels.: 4329-8809/10/11.
E-mail: lbiondo@bancociudad.com.ar
Página web: www.bancociudad.com.ar
Alfredo N. Pepe
Jefe de Equipo
Obras
Gerencia de Área
Gestión de Obras, Servicios y Compras
BC 87
Inicia: 2-5-2008 Vence: 8-5-2008
EDICTOS
PARTICULARES
Transferencia de habilitación
José Bautista Quattropani, dom. calle Vieytes
1520 de Cap. Fed. transfiere la habilitación municipal, rubro taller de
soldadura autógena y eléctrica, taller mecánico, tornería, arenado y
pintura con horno y maquina pulverizadora, fabrica de productos de
plástico (con materia prima elaborada) ferretería, deposito
complementario a la actividad, venta minorista de productos terminados y
oficina administrativa complementaria, por Nota Nº 274.910-SSIG/1982,
de fecha 12/1/1993, Disposición Nº 39-DGHP/1993, Carpeta Nº
4.745/1982, Exp. Nº 54.333/1979, ubicado en la calle Vieytes 1520/24 y
Río Cuarto 2070 a Industrias JQ de Quattropani, José Bautista,
Quattropani María Eugenia y Quattropani, Gerardo José S.H. con dom.
en la calle Vieytes 1524 de Cap. Fed. Reclamos de Ley en el mismo local.
Solicitante: Élida Torres Cristaldo
EP 51
Inicia: 2-5-2008 Vence: 8-5-2008
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
FISCALÍA EN LO CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 5
Auto caratulado "Lugo, Florencio Mario s/inf. art. 85 C.C."
Legajo de Investigación Nº 3.129/08, caratulado
"Lugo, Florencio Mario s/inf. art. 85 C.C." del
registro de esta Fiscalía de Primera Instancia en lo Contravencional
Nº 9, sita en la calle Combate de los Pozos 155, 3º piso, de esta
Ciudad, en mi carácter de cotitular de la misma, con el objeto de
solicitarle tenga a bien publicar el correspondiente edicto por el
término de cinco días a efectos de notificar a Florencio Mario
Lugo, Argentino, con DNI 17.970.098, con último domicilio conocido
en Gonet 554, San Vicente, provincia de Buenos Aires, que deberá
comparecer ante esta Fiscalía dentro del tercer día de notificado a
fin de que le sea restituido el efecto que le fuera oportunamente
secuestrado, bajo apercibimiento de proceder a su destrucción.
Carlos Andrés Gómez Ríos
Fiscal
EO 234
Inicia: 29-4-2008 Vence: 6-5-2008
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN DE LA HIGIENE URBANA
Intimación - Nota Nº 12.045-DGLIM/07
Intímase a Garrido, Horacio Ernesto, titular del
inmueble sito en la calle Agüero 1110, esq. Soler 3201, a realizar
la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo,
dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza
N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 189
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Nota Nº 12.150-DGLIM/07
Intímase a De Caro, María Teresa, titular del
inmueble sito en la calle Treinta y Tres Orientales 1270, a realizar
la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo,
dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza
N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 190
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
9.949-DGLIM/06
Intímase a Ángel Frimerman, titular del inmueble
sito en la calle Pringles 242, a realizar la reparación de acera,
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 191
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
1.011-CGP6/06
Intímase a Mazza, Elsa Nélida y otros, titular
del inmueble sito en la calle Mahatma Gandhi 276, a realizar la
reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de
lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 192
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
811-CGPC6/07
Intímase a Grunwald, Salomé, titular del
inmueble sito en la calle Esnaola 681, a realizar la reparación de
acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez
(10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo
preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 193
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
6.741-DGLIM/07
Intímase a I. Evangélica del Río de La Plata,
titular del inmueble sito en la calle Fray Cayetano Rodríguez 649,
a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del
mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en
el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza
N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 194
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
3.105-CGPC3/06
Intímase a Dellepiane, Angélica B., titular del
inmueble sito en la calle Combate de los Pozos 1510, a realizar la
reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de
lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 195
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
879-CGPC7/07
Intímase a Bodner, Moisés V., titular del
inmueble sito en la calle Boyacá 981, a realizar la reparación de
acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez
(10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo
preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 196
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
315-CGP6/06
Intímase a Honorio 1081 S.R.L., titular del
inmueble sito en la Av. Dr. Honorio Pueyrredón 1079, a realizar la
reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria,
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 197
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
1.267-CGP9/06
Intímase a Riera, José , titular del inmueble
sito en la calle Gregorio de Laferrere 5365, a realizar la
reparación de acera del mismo, dentro de los diez (10) días de
publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD
470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total
o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado
a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,
salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de
una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 198
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
739-CGPC7/07
Intímase a la Asociación Mutual del Transporte
Automotor, titular del inmueble sito en la calle Yerbal 2964, a
realizar el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los
diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo
preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 199
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
10.586-DGCCA/06
Intímase al Instituto de Vivienda, titular del
inmueble sito en la Av. Caseros 2335, a realizar la higienización
del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente
edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de
la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece
que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o
total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 200
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
696-CGP6/06
Intímase a Quito Distribuciones S.A., titular del
inmueble sito en la Av. Boedo 1077, a realizar la reparación de
acera e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de
publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal
sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD
470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total
o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado
a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,
salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de
una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 201
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
1.010-CGP6/06
Intímase a Carsi, Alfredo, titular del inmueble
sito en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 4421, a realizar la
reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de
lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 202
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
11.878-DGCCA/05
Intímase a E. de Marengo, titular del inmueble
sito en la calle Maza 105, a realizar la reparación de acera,
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 203
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
3.033-CGPC3/07
Intímase a Pegito, Horacio/Sra., titular del
inmueble sito en la calle Don Bosco 3529, a realizar el
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 204
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
1.795-MGEyA/07
Intímase a Blanca Mencedes Aliverti, titular del
inmueble sito en la Av. Almafuerte 119, a realizar el
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 205
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Nota Nº 25.279-DGCCA/07
Intímase a Peraire, Juan Antonio, titular del
inmueble sito en la Av. Directorio 1025, a realizar el
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 206
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Expediente Nº
58.999/05
Intímase a J. Plis, titular del inmueble sito en
la calle Irigoyen 1070, a realizar el desmalezamiento e
higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el
presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el
art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que
establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo
debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y
la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 207
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
13.195-DGCCA/05
Intímase a Rosada, Luis, titular del inmueble
sito en la calle Elpidio González 4651, a realizar la reparación
de acera del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el
presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el
art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que
establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo
debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y
la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 208
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Nota Nº 12.425-DGLIM/06
Intímase a Cateca S.A., titular del inmueble sito
en la calle Chascomús 5530, a realizar la reparación de acera,
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 209
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Nota Nº 12.509-DGLIM/07
Intímase a Edenor S.A., titular del inmueble sito
en la Av. San Martín 2955, a realizar la reparación de acera,
construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización
del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente
edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de
la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece
que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o
total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente
cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 210
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Nota Nº 12.694-DGLIM/07
Intímase a Rubén Oscar López, titular del
inmueble sito en la Av. Regimiento de los Patricios 1702, esq.
California 1250, a realizar la reparación de acera del mismo,
dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el
marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza
N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 211
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Nota Nº 12.613-DGLIM/07
Intímase a Scozzafava, Antonio y José, titular
del inmueble sito en la calle Franklin D. Roosevelt 5899, a realizar
la reparación de acera y construcción de cerca reglamentaria del
mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en
el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza
N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 212
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
1.672-CGPC11/07
Intímase a Grimber, Juan, titular del inmueble
sito en la calle Cuenca 1640, a realizar el desmalezamiento e
higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el
presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el
art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que
establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente
baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo
debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y
la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su
costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 213
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
22.965-MGEyA/06
Intímase a Mattone, Miguel Ángel, titular del
inmueble sito en la calle Byron 140, a realizar la reparación de
acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez
(10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo
preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 214
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Nota Nº 12.483-DGLIM/07
Intímase a Pol y Gaburri A., y otros, titular del
inmueble sito en la calle Av. Segurola 2015, a realizar la
construcción de cerca reglamentaria e higienización del mismo, dentro
de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de
lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581,
B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 215
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
3.173-CGP2S/06
Intímase a Nogueira, Alfonso, titular del
inmueble sito en la calle Hipólito Yrigoyen 3367, a realizar la
reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria,
desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10)
días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en
tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540,
AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno
total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está
obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de
higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de
aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por
administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 216
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
n Intimación - Registro Nº
529-CGPC11/07
Intímase a M. D. Chiarelli, titular del inmueble
sito en la calle José León Cabezón 3647, esq. La Blanqueada 5105,
a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del
mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en
el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza
N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo
propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o
parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado
y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética",
bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los
trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz
Director General
EO 217
Inicia: 30-4-2008 Vence: 7-5-2008
MINISTERIO DE SALUD
HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE"
Notificación
Buenos Aires, 1° de abril de 2008.
Me dirijo a Ud. a efectos de informarle lo expuesto
en el Expediente Nº 13.574/02, respecto a la Resolución Nº 307-MEPGC/06,
cuyo artículo 1º se transcribe a continuación:
"Art. 1º - Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto
por el señor Luis Mario Roberto Angeloni contra la Resolución
Nº 1.216-SIyP/05 por medio de la cual se sanciona con cesantía al
agente Mario Roberto Angeloni (F.M. Nº 223.210), exponiéndose en los
considerandos de la misma los argumentos que llevaron a tomar esa
determinación.
Fdo. Lía E. María
Ministra de Espacio Público - Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires"
Queda Ud. notificado.
Juan J. Arslanian
Director Médico (I)
EO 235
Inicia: 2-5-2008 Vence: 6-5-2008
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