RESOLUCIÓN 229 2020 SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

Síntesis:

SE OTORGAN - SUBSIDIOS DE EMERGENCIA - CLUBES DE BARRIO - EMERGENCIA SANITARIA -  COVID-19 - CORONAVIRUS - ALCANCE - MONTOS 

Publicación:

22/04/2020

Sanción:

17/04/2020

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.624

(Texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos N° 463/19 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones se propicia el otorgamiento de "Subsidios de

Emergencia" a Clubes de Barrios inscriptos en el Registro Único de Instituciones

Deportivas establecido por la Ley N° 1.624 (texto consolidado por Ley N°. 6.017), en el

marco del contexto epidemiológico atravesado a nivel mundial en relación al COVID-

19 (Coronavirus,) el cual ha sido clasificado por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) como "Pandemia";

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve en su artículo

33 la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de

oportunidades;

Que en este sentido, la mentada Ley N° 1.624 (Texto consolidado por Ley N° 6.017),

tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y

profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social, estableciendo como autoridad

de aplicación la ex Dirección General de Deportes (actual Subsecretaría de Deportes);

Que mediante la citada Ley N° 1.624 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), fue creado

el Consejo Asesor del Deporte, estableciéndose que el mismo estará presidido por el

Director General de Deportes o quien éste designe o quien lo reemplace y un

representante de cada institución deportiva que se inscriba en el Registro Único de

Instituciones Deportivas, asimismo integran el consejo dos representantes de la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un representante de la

Secretaría de Salud, un representante de la Secretaría de Educación y un

representante de la Universidad de Buenos Aires;

Que por su parte, la mentada Ley N° 1.624 (Texto consolidado por Ley N° 6.017)

establece que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte, tendrá entre sus

funciones la de asesorar a la Autoridad de Aplicación en todas las materias

comprendidas en la citada ley, evaluar el fiel cumplimiento de los fines para los cuales

fueron requeridos los subsidios en cuestión, asignar los recursos del Fondo del

Deporte, fijando las condiciones a que deben ajustarse los beneficiarios y fiscalizar el

destino que se dé a los recursos del Fondo del Deporte;

Que en fecha 3 de abril del corriente se llevó a cabo una reunión extraordinaria de la

Comisión Directiva de Consejo Asesor del Deporte, conforme surge del Acta agregada

a estos actuados como Informe N° 10953586-SSDEP/20, y efectuando la evaluación

que le compete resolvió por unanimidad otorgar subsidios de emergencia a los Clubes

de Barrio inscriptos en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.), a fin de

brindar apoyo ante los efectos provocados por las medidas adoptadas en el marco de

la actual Emergencia Sanitaria por el virus COVID-19 (Coronavirus);

Que corresponde poner de resalto que los beneficiarios se encuentran inscriptos en el

Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.), dependiente de esta

Subsecretaría de Deportes;

Que conforme lo expuesto, contando con el reflejo presupuestario pertinente, procede

el dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 1.624 (Texto consolidado

por Ley N° 6.017),

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Otórganse los "Subsidios de Emergencia" destinados brindar apoyo a los

Clubes de Barrio de la Ciudad en el marco de la emergencia sanitaria declarada en

relación al virus COVID-2019 (Coronavirus), conforme al alcance y montos detallados

en el Anexo I (IF-2020-11658163-GCABA-SSDEP), el que se agrega y forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- El gasto que demande será imputado a la partida presupuestaria

correspondiente del ejercicio en curso.

Artículo 3°.- Los beneficiarios del subsidio de emergencia deberán presentar un

informe ante la Autoridad de Aplicación sobre el destino dado a este subsidio

extraordinario.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Notifíquese a los beneficiarios. Comuníquese a la Dirección General Infraestructura

Deportiva de esta Subsecretaría, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a

la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Vicejefatura de

Gobierno. Cumplido remítase a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección

General Tesorería, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Lobo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5853

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 229-SSDEP/20 otorga los Subsidios de Emergencia destinados a brindar apoyo a los<br />Clubes de Barrio de la Ciudad en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU N° 1/20.</p>