RESOLUCIÓN 2 2020 SUBSECRETARÍA ATENCIÓN PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA

Síntesis:

SE APRUEBA - PLAN INTEGRAL DE CUIDADO DE LAS PERSONAS MAYORES EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PANDEMIA - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - GRUPO DE RIESGO - RED DE CUIDADO - RED PARA LOS ADULTOS MAYORES - PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS - QUE SE ENCUENTREN ASINTOMÁTICOS PARA COVID-19 - CON RESIDENCIA EN LA CABA - RECURSOS REQUERIDOS - IMPLEMENTACIÓN - INSTALACIONES DE CUIDADO COMUNITARIO - LINEAMIENTOS Y PAUTAS GENERALES ESTABLECIDAS EN LOS PROTOCOLOS COVID19 - PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE COVID-19 - SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA - SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES

Publicación:

08/05/2020

Sanción:

05/05/2020

Organismo:

SUBSECRETARÍA ATENCIÓN PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, la Ley Nacional

N° 27.541, los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/20, N° 297/20,

N° 408/20 la Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20; el Decreto N°

147/20 y EX-2020-12500593- -GCABA-SECISPM;

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando aceleradamente a nivel mundial y, a razón de ello, la

ha catalogado como una pandemia;

Que se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con el objeto de

atender la situación epidemiológica y reducir el riesgo de propagación del contagio en

la población;

Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20, el Poder Ejecutivo

de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, por el plazo de Un (1) año a partir de la entrada en vigencia de

dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del Coronavirus (COVID-19);

Que posteriormente, por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 408/20, se

prorrogó la vigencia Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/20 que

establece la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición

de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el

contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive;

Que en el marco de la pandemia y la mencionada emergencia sanitaria, se observa

que la morbimortalidad afecta especialmente a los mayores de 70 años y a otros

grupos de alto riesgo; En este contexto, el Estado se propone como objetivo mejorar o

mantener el mejor bienestar posible de dichas personas en condiciones de riesgo,

creando una red de cuidado donde la cooperación entre el Estado y la comunidad

humanice y facilite el cumplimiento de estos objetivos.

Que a estos efectos deviene necesario implementar un plan integral conjunto de

cuidado en red para los adultos mayores, que considere la integralidad de su salud

física, psíquica y social;

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que corresponde al Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en el diseño,

planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de promoción,

prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del

Sistema Único e Integrado de Salud;

Que el Decreto 164/2020 establece entre las funciones de la Subsecretaría de

Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria la de diseñar las políticas de promoción,

prevención y protección tendientes a disminuir la morbimortalidad, la incidencia de

problemas de salud prevalentes y de alto riesgo dentro de la población;

Que, por su parte, en el marco de la precitada Ley de Ministerios, le corresponde al

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, entre otras competencias la de diseñar e

implementar políticas referidas a la tercera edad, la juventud, la niñez y de género;

Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional,

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores, entre

cuyas responsabilidades primarias se encuentra la de diseñar e implementar políticas

para la asistencia integral, protección de derechos, inclusión social y acceso a nuevas

tecnologías a las personas mayores;

Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente desde las mencionadas carteras

ministeriales con competencia en la materia, la toma de medidas enfocadas a la

protección de los adultos mayores en distintas situaciones, teniendo en consideración

la dimensión socio habitacional, así como la composición del grupo familiar de

aquellos;

Que para ello, resulta factible aprobar el "Plan Integral de cuidado de las personas

mayores en la Ciudad de Buenos Aires en el marco de la pandemia por Covid-19";

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6292 y los Decretos N°

463/19 y 164/20,

EL SUBSECRETARIO

DE DE ATENCIÓN PRIMARIA, AMBULATORIA Y COMUNITARIA

DEL MINISTERIO DE SALUD DEL GCBA

Y EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVEN

Artículo 1°. - Apruébase el "PLAN INTEGRAL DE CUIDADO DE LAS PERSONAS

MAYORES EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

POR COVID-19" que como Anexo I (IF-2020-12919153-GCABA-SECISPM) forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,

archívese. Battistella - Costantino


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5865PLAN INTEGRAL

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art.1 Resolución Conjunta 2-SECISPM-20, aprueba el PLAN INTEGRAL DE CUIDADO DE LAS PERSONAS MAYORES EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN EL MARCO DE LA PANDEMIA POR COVID-19 de acuerdo a lo dispuesto en el DNU 1/20.</p>