DISPOSICIÓN 35 2020 DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES

Síntesis:

SE APRUEBA ACTIVIDAD - CONSULTORIO EMPRENDEDOR - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - SE CONVOCA - PERSONAS HUMANAS MAYORES DE 18 AÑOS - EMPRENDIMIENTO RADICADO EN LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRENDEDORES - COVID-19 - CORONAVIRUS

Publicación:

27/05/2020

Sanción:

15/05/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES


VISTO: La Ley N° 6292, el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 -

prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia PEN N°325/2020, N° 355/2020,

N°408/2020 y N° 459/20, Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, los Decretos

N°463/19, N° 131/20 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 13533006-

DGEMPRE-2020 y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en su artículo 2° al Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción;

Que por el Decreto N° 463/19 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita del

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Subsecretaría de Desarrollo

Económico;

Que el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General Emprendedores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo

Económico, las de:"diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,

fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires"; "facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,

empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el

apoyo a la actividad emprendedora" y "diseñar e implementar programas destinados a

promover el posicionamiento del Centro Metropolitano de Diseño como usina de

emprendimientos dinámicos", entre otras;

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 131/20, la Gerencia Operativa

Desarrollo Emprendedor de ésta Dirección General, tiene entre sus responsabilidades

primarias las de: "asistir en la implementación de acciones y programas de

capacitación, asistencia técnica y promoción internacional de emprendedores",

"brindar las herramientas fiscales, impositivas, financieras y no financieras de apoyo a

la creación y al desarrollo de emprendimientos con mayor valor", entre otras;

Que es de suma importancia promover, difundir la práctica y la cultura emprendedora

a fin de impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir

valores emprendedores;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel

mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que por ello, mediante el DNU N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de

atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que por su parte, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 -

prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia PEN N° 325/2020, N° 355/2020,

N° 408/20 y N° 459/2020, se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio

para todas las personas que se encuentren en el país hasta el día 24 de mayo del

corriente inclusive;

Que muchos emprendedores están atravesando un momento complejo consecuente

del aislamiento preventivo mencionado, por lo que esta Dirección General considera

fundamental facilitarles el acceso a herramientas y actividades de asistencia virtuales y

gratuitas;

Que en este contexto, esta Dirección General propicia llevar a cabo una actividad

virtual y gratuita, que comprende un ciclo de consultorías, denominada "Consultorio

Emprendedor", la que tiene como objetivo brindar acompañamiento profesional y

herramientas específicas de forma virtual, como soporte a los emprendedores, con el

fin de ayudarlos a resolver algún problema detectado en su emprendimiento en áreas

tales como: desarrollo de marca, negocios digitales, costos, marketing, modelo de

negocios, financiamiento, ventas, fijación de precios, comunicación;

Que en ese sentido, la actividad "Consultorio Emprendedor" está orientada a

ciudadanos que detecten una necesidad de mejora dentro de su proyecto/negocio y

busquen una solución, como así también a aquellos emprendedores que busquen

fortalecer y enriquecer su perfil de liderazgo;

Que la presente actividad propone guiar al emprendedor, mediante el análisis del

emprendimiento en general y los problemas específicos que pueda presentar, con el

fin de facilitar su fortalecimiento y optimización, su despegue y crecimiento;

Que el emprendedor interesado en participar de "Consultorio Emprendedor" tendrá la

oportunidad de acceder a una (1) reunión de trabajo virtual con profesionales

especializados en las diferentes temáticas, quienes serán los encargados de aportar

sus experiencias, habilidades y oficios, y transferir sus conocimientos en determinadas

áreas, con el fin de identificar problemas e implantar medidas convenientes y

adecuadas para lograr posibles soluciones, y asimismo fortalecer avances en el

tiempo y reducir el índice de fracasos en las etapas iniciales de sus emprendimientos;

Que en este contexto, la Gerencia Operativa Desarrollo Emprendedor, dependiente de

ésta Dirección General, mediante Informe N° 13628744-DGEMPE-2020 propicia la

aprobación de la actividad indicando que la misma no implicará erogación

presupuestaria alguna para el Gobierno de la Ciudad y que asimismo ayudará a

potenciar habilidades emprendedoras;

Que en atención a lo expuesto, resulta de interés invitar a los ciudadanos a participar

de la actividad virtual y gratuita denominada "Consultorio Emprendedor", sujeta a

inscripción previa.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

El DIRECTOR GENERAL DE EMPRENDEDORES

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la actividad denominada "Consultorio Emprendedor", conforme

los lineamientos que se adjuntan como Anexo I "Bases y condiciones" (IF-2020-

13515042-GCABA-DGEMPRE), el que a todos sus efectos forman parte integrante de

la presente Disposición.

Artículo 2°.- Apruébase los Anexos II "Formulario de Inscripción" (IF-2020-13515055-

GCABA-DGEMPRE) y III "Encuesta de Satisfacción de la consultoria" (IF-2020-

13516353-GCABA-DGEMPRE) que forman parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Convócanse a las personas humanas mayores de 18 años que posean un

emprendimiento radicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a participar de la

actividad "Consultorio Emprendedor", conforme los plazos establecidos en el Anexo I.

Artículo 4°.- Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección

General Emprendedores (Facebook, Linkedin, Instagram: BA Emprende).

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio

de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la

Subsecretaría de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Córica


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5878- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5878- Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5878- Anexo III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 35-DGEMPRE/20 aprueba la actividad denominada Consultorio Emprendedor, en el marco de la Emergencia Sanitaria Decretada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>