DISPOSICIÓN 35 2020 DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
Síntesis:
SE APRUEBA ACTIVIDAD - CONSULTORIO EMPRENDEDOR - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - SE CONVOCA - PERSONAS HUMANAS MAYORES DE 18 AÑOS - EMPRENDIMIENTO RADICADO EN LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRENDEDORES - COVID-19 - CORONAVIRUS
Publicación:
27/05/2020
Sanción:
15/05/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
VISTO: La Ley N° 6292, el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 -
prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia PEN N°325/2020, N° 355/2020,
N°408/2020 y N° 459/20, Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, los Decretos
N°463/19, N° 131/20 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 13533006-
DGEMPRE-2020 y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en su artículo 2° al Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción;
Que por el Decreto N° 463/19 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Subsecretaría de Desarrollo
Económico;
Que el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General Emprendedores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, las de:"diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,
fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires"; "facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,
empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el
apoyo a la actividad emprendedora" y "diseñar e implementar programas destinados a
promover el posicionamiento del Centro Metropolitano de Diseño como usina de
emprendimientos dinámicos", entre otras;
Que de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 131/20, la Gerencia Operativa
Desarrollo Emprendedor de ésta Dirección General, tiene entre sus responsabilidades
primarias las de: "asistir en la implementación de acciones y programas de
capacitación, asistencia técnica y promoción internacional de emprendedores",
"brindar las herramientas fiscales, impositivas, financieras y no financieras de apoyo a
la creación y al desarrollo de emprendimientos con mayor valor", entre otras;
Que es de suma importancia promover, difundir la práctica y la cultura emprendedora
a fin de impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir
valores emprendedores;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus
(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel
mundial declarando al coronavirus como una pandemia;
Que por ello, mediante el DNU N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de
atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de
propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);
Que por su parte, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 -
prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia PEN N° 325/2020, N° 355/2020,
N° 408/20 y N° 459/2020, se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio
para todas las personas que se encuentren en el país hasta el día 24 de mayo del
corriente inclusive;
Que muchos emprendedores están atravesando un momento complejo consecuente
del aislamiento preventivo mencionado, por lo que esta Dirección General considera
fundamental facilitarles el acceso a herramientas y actividades de asistencia virtuales y
gratuitas;
Que en este contexto, esta Dirección General propicia llevar a cabo una actividad
virtual y gratuita, que comprende un ciclo de consultorías, denominada "Consultorio
Emprendedor", la que tiene como objetivo brindar acompañamiento profesional y
herramientas específicas de forma virtual, como soporte a los emprendedores, con el
fin de ayudarlos a resolver algún problema detectado en su emprendimiento en áreas
tales como: desarrollo de marca, negocios digitales, costos, marketing, modelo de
negocios, financiamiento, ventas, fijación de precios, comunicación;
Que en ese sentido, la actividad "Consultorio Emprendedor" está orientada a
ciudadanos que detecten una necesidad de mejora dentro de su proyecto/negocio y
busquen una solución, como así también a aquellos emprendedores que busquen
fortalecer y enriquecer su perfil de liderazgo;
Que la presente actividad propone guiar al emprendedor, mediante el análisis del
emprendimiento en general y los problemas específicos que pueda presentar, con el
fin de facilitar su fortalecimiento y optimización, su despegue y crecimiento;
Que el emprendedor interesado en participar de "Consultorio Emprendedor" tendrá la
oportunidad de acceder a una (1) reunión de trabajo virtual con profesionales
especializados en las diferentes temáticas, quienes serán los encargados de aportar
sus experiencias, habilidades y oficios, y transferir sus conocimientos en determinadas
áreas, con el fin de identificar problemas e implantar medidas convenientes y
adecuadas para lograr posibles soluciones, y asimismo fortalecer avances en el
tiempo y reducir el índice de fracasos en las etapas iniciales de sus emprendimientos;
Que en este contexto, la Gerencia Operativa Desarrollo Emprendedor, dependiente de
ésta Dirección General, mediante Informe N° 13628744-DGEMPE-2020 propicia la
aprobación de la actividad indicando que la misma no implicará erogación
presupuestaria alguna para el Gobierno de la Ciudad y que asimismo ayudará a
potenciar habilidades emprendedoras;
Que en atención a lo expuesto, resulta de interés invitar a los ciudadanos a participar
de la actividad virtual y gratuita denominada "Consultorio Emprendedor", sujeta a
inscripción previa.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la actividad denominada "Consultorio Emprendedor", conforme
los lineamientos que se adjuntan como Anexo I "Bases y condiciones" (IF-2020-
13515042-GCABA-DGEMPRE), el que a todos sus efectos forman parte integrante de
la presente Disposición.
Artículo 2°.- Apruébase los Anexos II "Formulario de Inscripción" (IF-2020-13515055-
GCABA-DGEMPRE) y III "Encuesta de Satisfacción de la consultoria" (IF-2020-
13516353-GCABA-DGEMPRE) que forman parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Convócanse a las personas humanas mayores de 18 años que posean un
emprendimiento radicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a participar de la
actividad "Consultorio Emprendedor", conforme los plazos establecidos en el Anexo I.
Artículo 4°.- Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección
General Emprendedores (Facebook, Linkedin, Instagram: BA Emprende).
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la
Subsecretaría de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Córica