DISPOSICIÓN 37 2020 DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES

Síntesis:

SE APRUEBA - ACTIVIDAD - CAPACITACIÓN GRATUITA - ENCUENTROS VIRTUALES DE APRENDIZAJE - BASES Y CONDICIONES - PRESENTACIÓN Y OBJETIVOS - ENCUENTROS VIRTUALES - CONTENIDOS - DESTINATARIOS - INSCRIPCIÓN DE LOS PARTICIPANTES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - CUPOS - FECHAS - CRONOGRAMA - RESERVAS Y DERECHOS - DIFUSIÓN - PLATAFORMA TEAMS - DIFUCION DE LA ACTIVIDAD - REDES SOCIALES - DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - FACEBOOK - LINKEDIN - INSTAGRAM BA EMPRENDE - COVID 19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - DIRECCION GENERAL DE EMPRENDEDORES

Publicación:

28/05/2020

Sanción:

26/05/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES


VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 -

prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia PEN N° 325/2020, N° 355/2020,

N° 408/2020 y N° 459/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, los

Decretos N° 463/19 y 131/20, y el Expediente Electrónico N° 14020792-DGEMPRE-

2020 y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en el Capítulo VI, Artículo 21 al

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que, por el Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a

la Subsecretaría de Desarrollo Económico, estableciendo entre sus responsabilidades

primarias la de: "entender en el desarrollo y promoción del ecosistema emprendedor

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", entre otras;

Que, el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General Emprendedores, dependiente de la mencionada Subsecretaría de

Desarrollo Económico las de "diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,

fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires" y "facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,

empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el

apoyo a la actividad emprendedora", entre otras;

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 131/20, la Gerencia Operativa

Desarrollo Emprendedor de ésta Dirección General, tiene entre sus responsabilidades

primarias las de: "articular acciones con otros organismos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales,

universidades y empresas, y participar en ferias, congresos, seminarios de la temática

emprendedora, en coordinación con las áreas competentes" y "asistir en la

implementación de acciones y programas de capacitación, asistencia técnica y

promoción internacional de emprendedores", entre otras;

Que resulta necesario impulsar y difundir la práctica y la cultura emprendedora a fin de

impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir valores

emprendedores;

Que en otro orden de ideas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado

que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona a persona,

aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que por ello, mediante el DNU N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los fines de

atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que por su parte, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 -

prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia PEN N° 325/2020, N° 355/2020,

N° 408/2020 y N° 459/2020, se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio

para todas las personas que se encuentren en el país hasta el día 24 de mayo del

corriente inclusive;

Que muchos emprendedores están atravesando un momento complejo consecuente

del aislamiento preventivo, por lo que resulta fundamental acompañarlos;

Que en este contexto, resulta esencial ofrecer a los emprendedores, actividades de

capacitación gratuitas así como charlas vinculadas con la temática emprendedora para

poner en práctica;

Que en este marco, se propone brindar a través de la modalidad virtual, un espacio de

formación e intercambio de herramientas alternativo, con el objeto brindar a los

emprendedores ideas, experiencias y perspectivas de referentes del ecosistema,

quienes abordarán temáticas relacionadas a ideación, modelo de negocios, mapa de

empatía, mapa de ruta, manejo de redes sociales, emprender con impacto, identidad

de marca, comunicación, estructura de costos y blockchain;

Que en este contexto, la Gerencia Operativa Desarrollo Emprendedor de ésta

Dirección General mediante Informe Nro. 13969173-DGEMPRE-2020 propicia la

aprobación de la actividad indicando que la misma no implicará erogación

presupuestaria alguna para el Gobierno de la Ciudad y que asimismo ayudará a

potenciar habilidades emprendedoras y promoverá el desarrollo académico de

emprendedores mediante el dictado de cursos virtuales;

Que por los motivos expuestos precedentemente, deviene necesario aprobar la

actividad de capacitación gratuita denominada "Encuentros virtuales de aprendizaje",

con el objeto de brindar a los emprendedores herramientas virtuales a fin de promover

y difundir la práctica y la cultura emprendedora, sujeto a inscripción previa.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE EMPRENDEDORES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la actividad de capacitación gratuita "Encuentros virtuales de

aprendizaje", conforme los lineamientos detallados en el Anexo I "Bases y

Condiciones" (IF-2020-14117672-GCABA-DGEMPRE) y el Anexo II "Formulario de

inscripción" (IF-2020-14117678-GCABA-DGEMPRE), los que a todos sus efectos

forman parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Establézcase que la información relativa a las diferentes charlas virtuales

que forman parte de la actividad "Encuentros virtuales de aprendizaje" estarán

disponibles en la plataforma Teams, de conformidad con el cronograma estipulado en

el Anexo I.

Artículo 3°.- Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección

General Emprendedores (Facebook, Linkedin, Instagram: BA Emprende).

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

en el sitio de internet del GCABA. Comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo

Económico. Cumplido, archívese. Córica


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5879ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5879ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 de la Disposición 37-DGEMPRE-20 aprueba la actividad de capacitación gratuita Encuentros virtuales de aprendizaje en el marco de emergencia declarada por DNU 1-20.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 Disposición 45-DGEMPRE-20, determína el cronograma de charlas para el mes de agosto 2020 de la actividad Encuentros Virtuales de Aprendizaje en el marco de lo aprobado por Disposición 37-DGEMPRE-20.</p>