RESOLUCIÓN 94 2020 VICEJEFATURA DE GOBIERNO

Síntesis:

SE APRUEBA - PROTOCOLO DE RECOMENDACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE EJERCICIO FÍSICO EN EL ESPACIO PÚBLICO - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19 - CAMINATA - CORRER RUNNING - BICICLETA - CORREDORES - RUNNER - GIMNASIA - ACTIVIDAD FÍSICA - ACTIVIDADES PERMITIDAS

Publicación:

08/06/2020

Sanción:

08/06/2020

Organismo:

VICEJEFATURA DE GOBIERNO


VISTO: La Ley Nacional N° N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260-

PEN/20, N° 297-PEN/20, N° 325-PEN/20, N° 355-PEN/20, N° 408-PEN/20, N° 459-

PEN/20, N° 493-PEN/20, N° 520-PEN/20, la Decisión Administrativa N° 995/20 de la

Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Nación, la Ley N° 6.292 y sus

modificatorias, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20, el Expediente Electrónico N° 14900981-

DGTALAVJG/20, y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha señalado que el coronavirus

(COVID-19) se está propagando de persona a persona aceleradamente a nivel

mundial, y ha declarado al mismo como pandemia;

Que tal situación tornó imprescindible la implementación de medidas para la

prevención y control, tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población;

a :)

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 se amplió la emergencia

pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 por el plazo de un año a

partir de su publicación en el Boletín Oficial;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20, se declaró la emergencia

sanitaria a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y

reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-

19);

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

297/PEN/20 se dispuso la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, medida que fue prorrogada por los Decretos

de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 325/PEN/20,

355/PEN/20, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/PEN/20 hasta el 7 de junio de 2020

inclusive;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

520/PEN/20 se prorrogó la vigencia del "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

hasta el 28 de junio de 2020 inclusive, exclusivamente para las personas que residan

o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de la

Ciudad de Buenos Aires y de las provincias argentinas, que no cumplan positivamente

los parámetros epidemiológicos y sanitarios previstos en el artículo 2° del mencionado

decreto;

Que el artículo 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520/PEN/20, incluyó a la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre las localidades alcanzadas por la medida de

"aislamiento social, preventivo y obligatorio";

Que en este marco, a través de la Decisión Administrativa N° 995/20 de la Jefatura de

Gabinete de Ministros del Gobierno de la Nación se autorizó la realización de ejercicio

físico en el espacio público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de lo hasta aquí expuesto, corresponde la aprobación de un protocolo

específico para la actividad autorizada;

Que conforme lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley N° 6.292 y sus modificatorias,

mediante el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el Jefe de Gobierno

delegó en quien suscribe las facultades de diseñar y ejecutar las políticas, planes y

programas vinculados al fomento y desarrollo integral del deporte en todas sus etapas

y modalidades, apoyando la recreación como medio de equilibrio y estabilidad social;

Que mediante el aludido Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo a la Secretaría de Desarrollo

Ciudadano bajo la órbita de esta Vicejefatura de Gobierno, y fijando entre sus

responsabilidades primarias la de diseñar y ejecutar las políticas, planes y programas

vinculados al fomento y desarrollo integral del deporte en todas sus etapas y

modalidades, apoyando la recreación como medio de equilibrio y estabilidad social;

Que en ese sentido, la Secretaría de Desarrollo Ciudadano ha elaborado un Protocolo

de Recomendaciones para la Realización de Ejercicio Físico en el Espacio Público,

mediante su Informe N° 14900681-SECDCI/20, en el cual volcó las recomendaciones

de distancias mínimas y horarios permitidos para que se realicen las actividades

autorizadas;

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Protocolo de Recomendaciones para la Realización de

Ejercicio Físico en el Espacio Público, que como Anexo I (Informe N° 14900681-

SECDCI/20), se incorpora y forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Santilli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5886

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la Resolucion 94-AVJG/20 aprueba el Protocolo de Recomendaciones para la Realización de Ejercicio Físico en el Espacio Público,en el marco de la emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20. </p>
COMPLEMENTA
<p>Anexo I de la Resolución 94-AVJ/20  establece que, si bien el uso de cubreboca en la via pública es obligatorio, conforme lo establecido en la Resolución Conjunta 15/MJGGC/20 y sus modificatorias, se establece que no resulta obligatoria la utilización del cubrebocas y/o tapabocas durante la práctica de running y/o práctica aeróbica intensa de las actividades autorizadas, a fin de no obstruir la respiración.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 Resolucion 452-SSGMO-20 autoriza a la Subsecretaría de Deportes, a partir de la fecha de suscripcion de la presente y hasta el domingo 28 de junio de 2020 inclusive a efectuar de 19:30 a 22:00 hs. afectaciones al tránsito detalladas en el Anexo I para realizar actividades fisicas, en el marco de lo dispuesto por Resolución N° 94-AVJG/20.<br /> </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 243-20 establece que a efectos de garantizar el mantenimiento de las distancias mínimas entre quienes ejercen su derecho de realizar ejercicio físico en el espacio público, dentro de la franja horaria estipulada, la salida autorizada deberá efectuarse exclusivamente en función del número que termine el DNI de la persona, modificando lo establecido en la Resolución 94-AVJG-20. </p><p>Art. 2 aprueba el Protocolo para la realización de ejercicio físico en el espacio público.</p>