RESOLUCIÓN 104 2020 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE APRUEBA - PROTOCOLO GENERAL DE ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y EL MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS DE CORONAVIRUS - COVID-19 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - FORMACIÓN DE CADETES Y ASPIRANTES CON RÉGIMEN INTERNADO
Publicación:
08/07/2020
Sanción:
04/07/2020
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley 5.688 (texto consolidado según Ley 6.017), las Recomendaciones de la
Organización Mundial de la Salud, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
260/PEN/2020, 297/PEN/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, Decreto
N° 147/20 y el Expediente Electrónico N° 16412020/SGISSP/20 y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia
Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de
2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el
riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);
Que posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/2020 del Poder
Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de
"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,
vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-
19, por un plazo que ha sido prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
325/20, N° 355/20, N° 408/20, N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20 y N° 576/20 fue
extendida a cada vencimiento, resultando la última prórroga hasta el 17 de Julio del
corriente año;
Que el artículo 1° del Decreto 147/20 establece que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, el Ministerio
de Justicia y Seguridad y todas sus dependencias, la Policía de la Ciudad, la
Secretaría de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat y reparticiones que le dependan a dicha Secretaría, y la Secretaría
de Medios y las reparticiones que dependen de la misma, son áreas de máxima
esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia COVID-19
(Coronavirus);
Que el artículo 5° del Decreto citado en el anterior considerando, faculta a las
autoridades superiores, con rango no inferior a Director/a General o equivalente, de
reparticiones que no se encuentren alcanzadas por los artículos 1° y 3° del mismo, a
poner a los trabajadores a disposición de las áreas con el objeto de desempeñar
tareas compatibles con su perfil curricular e idoneidad y modificar los horarios
habituales de trabajo o lugar de prestación del servicio;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública de la
Ciudad, siendo además el órgano rector de la formación y capacitación continua y
permanente de los actores involucrados en el mismo, entre los que se encuentran el
personal de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, siendo
ambos servicios esenciales (Art. 355 Ley 5688);
Que para ser miembro de la Policía de la Ciudad, como Bombero Calificado del
Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, el cadete o aspirante, en su caso, debe aprobar
íntegramente el Curso de Formación Inicial cuyo plan de estudios y demás aspectos
son establecidos por esta casa de estudios (Art. 380 y 397 Ley 5688);
Que en tal sentido y en el actual contexto, esta autoridad considera esencial continuar
con la capacitación inicial bajo el régimen internado de los Cadetes de la IV Promoción
del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad.
Tecnicatura Superior en Seguridad Pública-Oficial de Policía" (Resolución
121/ISSP/2019. Res - N° 63/SSPECT/19) y de los Aspirantes del "Curso de Formación
Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires" (Resolución N° 25/ISSP/2020) ciclo lectivo 2020, a
efectos de que puedan adquirir los conocimientos y destrezas necesarias para poder
egresar y dar cumplimiento a su futura labor satisfaciendo las demandas de estos dos
servicios esenciales en la Ciudad;
Que al efecto, se han adaptado los espacios e instalaciones de éste establecimiento
educativo de acuerdo a las medidas recomendadas por la legislación vigente y se
arbitraron los medios para dar cumplimiento a los estándares de bioseguridad e
higiene disponibles y exigibles en el marco de la Pandemia COVID-19, conforme lo
establecido por las autoridades sanitarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en tal sentido, se han seguido las recomendaciones del Ministerio de Salud de la
Ciudad para la elaboración de protocolos de actuación en el marco del COVID-19 en el
Instituto Superior de Seguridad Pública, en aras de evitar el ingreso como la eventual
propagación del COVID-19 dentro de esta casa de estudios;
Que mediante Informe N° 16473173-MSGC-2020, el Sr. Ministro de Salud de la
Ciudad en virtud de las previsiones del "Protocolo de manejo frente a casos
confirmados y sospechosos de coronavirus (COVID-19)" aprobado por Resolución N°
842/MSGC/20 y sus modificatorias, y demás documentos sanitarios publicados por
esa cartera de salud, propició la aprobación del "Protocolo General de Actuación para
la Prevención y el Manejo de Casos Sospechosos de Coronavirus (COVID-19) en el
Instituto Superior de Seguridad Pública"
Que resulta imprescindible que los cadetes y aspirantes antes mencionados se
incorporen nuevamente al régimen de internado en el Instituto Superior de Seguridad
Pública a efectos de continuar y completar sus estudios, y para que ello sea posible en
el contexto actual, se impone dictar el acto administrativo pertinente aprobando el
"Protocolo General de Actuación para la Prevención y el Manejo de Casos
Sospechosos de Coronavirus (COVID-19) en el Instituto Superior de Seguridad
Pública" y sus Anexos ;
Por ello en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1.- Aprobar el "Protocolo General de Actuación para la Prevención y el Manejo
de Casos Sospechosos de Coronavirus (COVID-19) en el Instituto Superior de
Seguridad Pública" que se integra con sus Anexo I: Consentimiento informado para el
ingreso al Régimen de Internado en el Instituto Superior de Seguridad Pública, Anexo
II: Protocolo Interno del Instituto Superior de Seguridad Pública para la Formación de
Cadetes y Aspirantes con Régimen Internado en el Marco de la Pandemia COVID-19 y
Anexo III: Plan de Contingencia para el Manejo de Casos Sospechosos y Confirmados
de Coronavirus (COVID-19) en el Instituto Superior de Seguridad Pública, que como
Anexo IF N° 16510927/ISSP/2020, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Secretaría General, a la
Secretaría Académica, al Departamento de Recursos Humanos del Instituto Superior
de Seguridad Pública, al Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Ministerio
de Salud de la Ciudad. Cumplido, archívese. Unrein