RESOLUCIÓN 1547 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE ASIGNAN - FONDOS DE CAJA CHICA ESPECIAL - DIRECCIÓN GENERAL SISTEMA DE ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA - DESIGNAN RESPONSABLES - MINISTERIO DE SALUD - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

20/07/2020

Sanción:

16/07/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley N° 6017), el Decreto N° 491/2018, la

Resolución N° 97-MEFGC/2019, la Disposición N° 61-DGCG/2019, la Disposición N°

26-DGCG/2019, y sus modificatorias, la Resolución N° 3237-MHFGC/2020 y, el EE. N°

2020-16206737-GCABA-DGESAME y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por el Decreto N° 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos

destinados a las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que, por Resolución N° 97-MEFGC/2019 se aprobó la reglamentación del citado

Decreto;

Que, por Disposición N° 26-DGCG/2019, y sus modificatorias, se aprobó el

procedimiento para la solicitud, asignación y rendición de fondos en concepto de Caja

Chica Especial;

Que, la Disposición N° 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto

del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo

establecido en los artículos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la

Resolución N° 97-MEFGC/2019;

Que, por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en

concepto de Caja Chica Especial a la Dirección General Sistema de Atención Médica

de Emergencia, sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS DOS

MILLONES ($ 2.000.000,00), en una (1) única entrega, a fin de garantizar las

necesidades operativas derivadas de la atención de la emergencia sanitaria COVID-

19, habiéndose ingresado en la fase crítica de la pandemia, debiendo tomar en cuenta

que sobre la Unidad de Organización mencionada recae la responsabilidad primaria de

la atención de los pacientes, precisando los respectivos insumos, y del traslado de

casos sospechosos y/o positivos;

Que, en el artículo 5° del Anexo de la Resolución N° 97-MEFGC/2019 del Decreto N°

491/2018 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas

reglamentará los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría u

Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el

marco del Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;

Que, mediante Resolución N° 3237-MHFGC/2020 el Ministerio de Hacienda y

Finanzas incrementó el monto máximo a asignar por parte de este Ministerio de Salud,

establecidos en la Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379, 2534, 2913,

3129 y 3179-MHFGC/20.

Que el Artículo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:

Exceptúase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N° 16206737-

GCABADGESAME/20, que será otorgada por el Ministerio de Salud dentro del monto

fijado por la presente Resolución, del plazo de rendición de sesenta (60) días

estipulado en el artículo 10 del Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, debiendo

realizar la misma a la finalización del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que

suceda con anterioridad.;

Que, mediante IF-2020-16916934-GCABA-DGTALMHF, la Subgerente Operativa de la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de

manifiesto que se procedió a fijar el monto máximo a asignar por esta Unidad

Ministerial, como así también se contempló la distribución a efectivizar en una (1)

única entrega, en el 3° trimestre del año en curso;

Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo

con lo establecido en el Decreto N° 463-AJG/2019.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/2018 y, en

atención a los términos de la Resolución N° 3237-MHFGC/2020,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Asígnese a la Dirección General Sistema de Atención Médica de

Emergencia, la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00), a efectivizarse en

una (1) única entrega, en concepto de Caja Chica Especial, sin límite de monto por

comprobante, a fin de garantizar las necesidades operativas derivadas de la atención

de la emergencia sanitaria COVID-19, habiéndose ingresado en la fase crítica de la

pandemia, debiendo tomar en cuenta que sobre la Unidad de Organización

mencionada recae la responsabilidad primaria de la atención de los pacientes,

precisando los respectivos insumos, y del traslado de casos sospechosos y/o

positivos.

Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00),

en una (1) única entrega, en el 3° Trimestre del presente ejercicio, contra rendición

documentada de su inversión.

Artículo 3°.- Exceptuase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°

del Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra

fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.

Artículo 4°.- En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes

retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 5°. - Desígnese como Responsables de la Administración y Rendición de los

Fondos al Titular de la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia,

Sr. Alberto Félix Crescenti DNI N° 10.534.036, CUIL N° 27-10534036-3 y al Sr.

Alejandro Enrique Varsallona, DNI N° 13.479.027, CUIL N° 20-13479027-0, debiendo

depositar los mismos en la cuenta N° 353/5 - Sucursal N° 56 del Banco de la Ciudad

de Buenos Aires, correspondiente al Beneficiario 2.192.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, la que

dará intervención a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General

Sistema de Atención Médica de Emergencia para su conocimiento y demás efectos.

González Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1547-MSGC-20 asigna dinero a Caja Chica Especial a fin de garantizar las necesidades operativas derivadas de la atención de la emergencia sanitaria COVID-19, declarada mediante el DNyU 1-20. </p>