DISPOSICIÓN 112 2020 DIRECCION GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL

Síntesis:

SE PRORROGA VIGENCIA - CREDENCIALES DEL PERSONAL - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL - VALIDEZ HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

30/07/2020

Sanción:

03/07/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL


VISTO: Las Leyes N° 2628 y N° 6301, los Decretos N° 463/GCABA/AJG/19 y N°

147/20, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y su modificatorio N° 8/20, las

Resoluciones N° 5/APRA/2020 y N° 81/APRA/2020 y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 2.628 creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y

Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del organismo que en un

futuro lo reemplace;

Que, el Decreto N° 463/GCABA/AJG/19 aprobó la nueva Estructura Orgánico

Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el referido Decreto estableció que la Agencia de Protección Ambiental se

encuentra en la esfera de la Secretaria de Ambiente de esta Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, por Resolución N° 81/APRA/2020, se aprobó la estructura orgánica funcional de

la Agencia de Protección Ambiental, como así también, las responsabilidades

primarias de las diversas unidades organizativas que la integran, entre ellas, la

Dirección General de Control Ambiental;

Que, por Resolución N° 5/APRA/2020, se designó al suscripto en el cargo de Director

General de Control Ambiental;

Que, en cuanto a las responsabilidades primarias de la Dirección General de Control

Ambiental, se destacan las siguientes: "Ejercer el contralor y el poder de policía

mediante la aplicación de las normas respectivas, en materia decalidad ambiental y

contaminación", así como "Administrar el cuerpo de inspectores, verificadores y

notificadores de la Dirección General de Control Ambiental";

Que, a efectos de cumplir con el ejercicio del poder de policía, la Dirección General de

Control Ambiental cuenta con uncuerpo de agentes que poseen - en el marco de las

tareas operativas encomendadas - credenciales que les permiten acreditar tal

condición;

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y su modificatorio N° 8/20 se

declaró y prorrogó -respectivamente - la emergencia sanitaria en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de agosto de 2020 a los fines de

atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir el virus COVID-19

(Coronavirus);

Que, mediante Decreto N° 147/20 se estipularon medidas orientadas a la

administración de recursos humanos de laAdministración Pública que garanticen la

prestación y colaboración de los servicios esenciales durante la vigencia de la

pandemia COVID-19 (Coronavirus);

Que, por Ley N° 6301 se declaró la emergencia económica y financiera en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de diciembre de 2020;

Que, puesto que aún no han sido expedidas nuevas credenciales, corresponde

extender la vigencia de las entonces provistas por el Ex Ministerio de Ambiente y

que lo requieran, como así también, para garantizar la prestación de servicios

esenciales durante la vigencia de la emergencia sanitaria oportunamente declarada;

Que, para los casos en que los agentes no cuenten con las credenciales

identificatorias por razones justificables (robo, hurto, extravió o deterioro) y, con el

objeto de completar su identificación fehaciente, se hace imprescindible que durante la

prestación de sus servicios porten su Documento Nacional de Identidad (DNI tarjeta);

Por ello y en uso de las facultades delegadas que le fueran conferidas por la

Resoluciones N° 5/APRA/2020 y N° 81/APRA/2020;

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL

DISPONE

Artículo 1°- Prorróguese la vigencia de las credenciales de identificación del personal

que presta servicios en ésta Dirección General de Control Ambiental - las cuales

fueron confeccionadas en forma oportuna por el Ex Ministerio de Ambiente y Espacio

Público -, otorgándose plena validez a las mismas desde el 1 de julio hasta el día 31

de diciembre del corriente año inclusive.

Artículo 2°- Hágase saber que podrá consultar el listado público de personal habilitado

para realizar inspecciones en nombre de la Dirección General de Control Ambiental en

el siguiente

enlace:

https://www.buenosaires.gob.ar/agenciaambiental/controlambiental/listado-de-

inspectores-de-la-direccion-general-de-control-ambiental

Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

ycomuníquese para su conocimiento a las demás dependencias de la Agencia de

Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Schottenfeld

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 112-DGCONTA-20 prorroga la vigencia de las credenciales de identificación del personal que presta servicios en la Dirección General de Control Ambiental - las cuales fueron confeccionadas en forma oportuna por el Ex Ministerio de Ambiente y Espacio Público -, otorgándose plena validez a las mismas desde el 1 de julio hasta el día 31 de diciembre del corriente año inclusive, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el DNyU 1-20. </p>