RESOLUCIÓN 215 2020 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION

Síntesis:

APRUEBA - ACTIVIDAD GRATUITA - DIGITALIZATE - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - TIENDA NUBE Y LEAD SCHOOL - DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS DE JUVENTUD - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

13/08/2020

Sanción:

11/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION


VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos N° 578/16 y N° 463/19 y sus modificatorios, el

Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 - prorrogado por los Decretos de

Necesidad y Urgencia PEN N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020,

N°493/2020, N°520/2020 y N° 576/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1/AJG/20 y su modificatorio N° 8-AJG/20, el Expediente Electrónico N° EX-2020-

18261146- -GCABA-DGPJ y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto la Dirección General Políticas de Juventud,

dependiente de este Ministerio de Desarrollo Económico y Producción propicia la

celebración del seminario denominado "DIGITALIZATE";

Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 13) atribuye al Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción la competencia para definir, formular, implementar

y ejecutar políticas transversales referidas a la juventud;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Dirección General Políticas de Juventud dentro del Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción;

Que esta Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias las de

"diseñar y coordinar programas, proyectos y actividades dirigidas a los jóvenes de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y la de "proponer programas y acciones

orientados a la promoción del empleo de los jóvenes en coordinación con la Dirección

General Empleo";

Que, por su parte, mediante el Decreto N° 578/16 se estableció que el titular de la

Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder

Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión en el marco de sus respectivas

competencias que prevean la entrega de subsidios, becas y premios;

Que en este marco, la Dirección General Políticas de Juventud propicia mediante su

Informe N° IF-2020-18272367-GCABA-DGPJ la celebración del seminario denominado

"DIGITALIZATE";

Que asimismo informa que los cursos serán dictados por Tienda Nube y Lead School,

tal como surge de las cartas compromiso presentadas mediante IF-2020-18538878-

GCABA-DGPJ e IF-2020-18539056-GCABA-DGPJ;

Que en otro orden de ideas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado

que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona a persona,

aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que por ello, mediante el DNU N° 1/20 y su modificatorio N° 8-AJG/20 se declaró la

emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31

de agosto de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19);

Que por su parte, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N° 297/2020 -

prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia PEN N° 325/2020, N° 355/2020,

N° 408/2020, N° 459/2020, N° 493/2020, N°520/2020, N° 576/2020, 605/2020 y

641/2020 se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio para todas las

personas que se encuentren en el país hasta el día 16 de agosto del corriente

inclusive;

Que por ello, y atento al aislamiento social, preventivo y obligatorio, muchos jóvenes

emprendedores se ven obligados a atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población, viéndose

afectado el normal desarrollo de su actividad, por lo que resulta fundamental

acompañarlos;

Que en este contexto, resulta esencial ofrecer a los jóvenes actividades de

capacitación gratuitas, así como charlas vinculadas con la temática e-commerce y

marketing digital para poner en práctica;

Que en este marco, se propone brindar a través de la modalidad virtual, un espacio de

formación e intercambio, con el objeto brindar a jóvenes las herramientas de los

canales de venta online y las diferentes formas de llegar al cliente deseado, y que

puedan aplicar dichos conocimientos en sus trabajos y/o emprendimientos;

Que en este contexto, la Dirección General Políticas de Juventud mediante Informe

Nro. IF-2020-18272367-GCABA-DGPJ propicia la aprobación de la actividad indicando

que la misma no implicará erogación presupuestaria alguna para el Gobierno de la

Ciudad y que, asimismo, ayudará a potenciar habilidades en los jóvenes mediante el

dictado de cursos virtuales que llevarán a cabo "Tienda Nube" y "Lead School";

Que por los motivos expuestos precedentemente, deviene necesario aprobar la

actividad gratuita denominada "DIGITALIZATE", con el objeto de brindar a los jóvenes

herramientas para desenvolverse con solvencia en el ecommerce, sujeto a inscripción

previa.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese la actividad gratuita denominada "DIGITALIZATE", conforme

los lineamientos detallados en el Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2020-18272215-

GCABA-DGPJ) y el Anexo II "Formulario de inscripción" (IF-2020-18272303-GCABA-

DGPJ), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Convocase a las personas humanas mayores de 18 años que vivan,

trabajen, estudien y/o realicen alguna actividad en la Ciudad de Buenos Aires de forma

habitual, a participar de la actividad "DIGITALIZATE" conforme los plazos establecidos

en el Anexo I, quedando habilitada la inscripción en el link

https://forms.directa.buenosaires.gob.ar/forms/formV2?form=542&channel=instagram

desde el día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

Artículo 3°.- Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección

General Políticas de Juventud (Instagram: https://www.instagram.com/bajoven/,

Facebook: https://www.facebook.com/BaJoven/). Giusti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5932- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5932- Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 Resolución N° 215-MDEPGC/20 aprueba actividad gratuita DIGITALIZATE,busca lograr que emprendimientos que redujeron sus ventas por el COVID-19, utilicen herramientas brindadas para recuperar o mejorar, en la medida de lo posible, sus ingresos en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1-20.</p>