RESOLUCIÓN 5 2020 SUBSECRETARIA POLITICAS DE INFRAESTRUCTURA VERDE URBANA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Síntesis:

SE APRUEBA PROTOCOLO DE REAPERTURA DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN - SE ORDENA - APERTURA - JARDÍN BOTÁNICO CARLOS THAYS - RESERVA ECOLÓGICA COSTANERA SUR - LAGO LUGANO - A PARTIR DEL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE INFRAESTRUCTURA VERDE URBANA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Publicación:

28/09/2020

Sanción:

25/09/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA POLITICAS DE INFRAESTRUCTURA VERDE URBANA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Estado:

No vigente


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

260/PEN/20, N° 297/PEN/20, N° 325/PEN/20, N° 355/PEN/20, N° 408/PEN/20, N°

459/PEN/20, N° 493/PEN/20, N° 520/PEN/20, N° 576/PEN/20, N° 605/PEN/20, N°

641/PEN/20, N° 677/PEN/20, N° 714/PEN/20 y N° 754/PEN/20, el Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/20, N° 8/GCABA/20 y N° 12/GCABA/20, el

Decreto N° 310/GCABA/20, las Resoluciones N° 38/SECA/20, N° 42/SECA/20, N°

45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N° 64/SECA/20, N° 68/SECA/20, N°

74/SECA/20, N° 77/SECA/20, N° 83/SECA/20, N° 88/SECA/20, N° 89/SECA/20 y N°

92/SECA/20 y 101/SECA/20, el Expediente Electrónico N° EX -2020-23033130-

GCABA-SSPIVUDS y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia

declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus

COVID-19, por el plazo de un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que

ocurrió el día 12 de marzo de 2020;

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/ /20 se declaró la Emergencia

Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de

2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir

el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

prorrogándose la emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20

y 12/20, hasta el 30 de septiembre de 2020;

Que mediante Resolución N° 38/SECA/20, la Secretaría de Ambiente dispuso el cierre

del acceso al público de aquellos lugares que se encuentran bajo su gestión, como el

Jardín Botánico Carlos Thays, el Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur y de Lago

Lugano;

Que, posteriormente, el Estado Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

297/PEN/20 mediante el cual estableció el "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

(ASPO) y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de

prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 para todas las personas que

habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, desde el 20 hasta el 31

de marzo de 2020, que fue prorrogada de modo sucesivo por los Decretos de

Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20, N° 355/PEN/20, N° 408/PEN/20, N°

459/PEN/20, N° 493/PEN/20, N° 520/PEN/20, N° 576/PEN/20, N° 605/PEN/20, N°

641/PEN/20, N° 677/PEN/20 y N° 714/SECA/20 hasta el día 20 de septiembre de 2020

inclusive, con las excepciones allí previstas;

Que, consecuentemente, la vigencia de las medidas adoptadas por las Resoluciones

N°38/SECA/20, °74/SECA/20, N° 77/SECA/20, N° 83/SECA/20 y N° 88/SECA/20

fueron ratificadas y prorrogadas por la Resolución N° 89/SECA/20; N°42/SECA/20, N°

45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N°64/SECA/20, N° N° 68/SECA/20, N

Que, asimismo, mediante la Resolución N° 89-GCABA-SECA/20 se delegó en esta

Subsecretaría Políticas de Infraestructura Verde Urbana y Desarrollo Sostenible la

elaboración y aprobación de los protocolos de reapertura al público de los espacios

verdes a cargo en el contexto de la Emergencia Sanitaria por el virus COVID-19, que

resultarán aplicables una vez dispuesta su reapertura;

Que, en consecuencia, la Dirección General Áreas de Conservación dependiente de

esta Subsecretaría de Políticas de Infraestructura Verde Urbana y Desarrollo

Sostenible, en virtud de sus responsabilidades primarias, elevó mediante Nota N° NO-

2020-20502774-GCABA-DGARCON, el "Protocolo de Reapertura de Áreas de

Conservación";

Que el Ministerio de Salud ha tomado la intervención de su competencia, prestando

conformidad con el "Protocolo de Reapertura de Áreas de Conservación" mediante

Nota N° 2020- 20508699- GCABA-MSGC;

Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 92/SECA/20 se ratificó el cierre del

acceso al público en los predios del Jardín Botánico Carlos Thays, del Ecoparque

Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires, de las Reservas Ecológicas Costanera

Norte, Costanera Sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Reserva de

Lago Lugano hasta tanto se disponga su fecha de apertura mediante el

correspondiente acto administrativo;

Que por Resolución N° 101/SECA/20 se ordenó la reapertura del Jardín Botánico de la

Ciudad "Carlos Thays" y las Reservas Ecológicas Costanera Sur y Lago Lugano;

Que, en este marco, resulta necesaria la aprobación del "Protocolo de Reapertura de

Áreas de Conservación" para el Jardín Botánico de la Ciudad "Carlos Thays" y las

Reservas Ecológicas Costanera Sur y Lago Lugano;

Por ello, en uso de las atribuciones delegadas por la Resolución N° 89-GCABA-

SECA/20,

EL SUBSECRETARIO

DE POLÍTICAS DE INFRAESTRUCTURA VERDE URBANA

Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "PROTOCOLO DE REAPERTURA DE ÁREAS DE

CONSERVACIÓN", que como Anexo I (Informe N°IF-2020-23084405-GCABA-

SSPIVUDS), forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, y a todas las áreas dependientes de

la Secretaría de Ambiente para su conocimiento y demás efectos. Cumplido,

archívese. Limodio


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5965

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 5-SSPIVUYDS/20 aprueba el PROTOCOLO DE REAPERTURA DE ÁREAS DE<br />CONSERVACIÓN, en el marco de la emergencia declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 6-SSPIVUDS/20 deja sin efecto la Resolución 5/SSPIVUDS/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 5-SSPIVUYDS/20 aprueba el PROTOCOLO DE REAPERTURA DE ÁREAS DE<br />CONSERVACIÓN, según lo previsto en la apertura establecida por Resolución 101-SECA/20.</p>