RESOLUCIÓN 4019 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 8/20 - SUSCRIPTA 15 AGOSTO 2020 - LICENCIAS - CARRERA DE ENFERMERIA - ESPECIALIDADES TÉCNICO PROFESIONALES DE LA SALUD - CORONAVIRUS - PANDEMIA - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

13/10/2020

Sanción:

06/10/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central Acta N° 08/2020, el Expediente Electrónico N° 2020-

24.040.918/GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de agosto de 2020, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central Acta N° 08/2020, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA) y de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que mediante la misma, las partes consideran que, en virtud de la emergencia

sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS), en relación al virus COVID 19 (Coronavirus), y contemplando las medidas

adoptadas por el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

declarado de tareas esenciales, así como todos los organismos dependientes de dicho

Ministerio, y la suspensión temporaria de otorgamiento de licencias, entre las partes se

acuerda;

Que todos los trabajadores encuadrados dentro de la carrera de Enfermería y

Especialidades Técnico -Profesionales de la Salud, encuadrados en el Acta Paritaria

N° 16/2019, no alcanzados por las excepciones del inciso c) del artículo 11 del Decreto

N° 147/2020, que por razones de operatividad no pudieran hacer usufructo del goce de

la licencia establecida en el artículo 42 de citada normativa, deberán hacer uso de las

mismas previa autorización de la autoridad correspondiente, durante el período que va

desde el 1° de enero de 2021 hasta el 30 de junio de 2021, y la licencia del año 2021

deberá ser solicitada y otorgada para el período correspondiente entre el 1° de julio de

2021 hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 08/2020;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta

N° 08/2020, suscripta el día 15 de agosto de 2020 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y de la Asociación

de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo (IF-2020-

24065029/GCABA-DGTALMHF), forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5975

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 4019-MHF/20 <strong>(DEROGADA) </strong>instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta N° 08/2020, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU N° 1/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 1º de la Resolución N° 4090/MHFGC/20 deroga la Resolución Nº 4019/MHFGC/20, que instrumentó el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central - Nº 08/2020, suscripta el día 15 de agosto de 2020 entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA).</p>
APRUEBA
<p>Artículo 1 de la resolución N° 4.019-MHFGC/20 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 8-MHFGC/20.</p>