RESOLUCIÓN 1200 2020 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 165-MDHYHGC-20 - APRUEBAN  BASES CONVOCATORIA DE PROYECTOS SOCIALES 2020 -  PRESENTACIÓN DE PROYECTOS -  PROGRAMA FORTALECIMIENTO A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

04/11/2020

Sanción:

28/10/2020

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT


VISTO: Los Decretos N° 956/09, N° 329/11, los Decretos de Necesidad y Urgencia

Nros. 260-PEN/20 y 297-PEN/20 y ampliatorios, el Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 1/20 y ampliatorios, la Resolución N° 165-MDHYHGC/2020, el Expediente

Electrónico N° 2020- 08096744-GCABA-DGFSCIV, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 956/09, se crea el "Programa Fortalecimiento a Organizaciones

de la Sociedad Civil" con el objeto de brindar apoyo a través de subsidios a las

Organizaciones de la Sociedad Civil orientadas a la satisfacción de necesidades

sociales de la población vulnerable de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, dicho Programa funciona en la órbita de la Dirección General Fortalecimiento de

la Sociedad Civil dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal,

Familiar y Comunitario de este Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que, el artículo 6° del Decreto de creación del Programa fue modificado por el Decreto

N° 329/11 a fin de procurar la operatividad de cada convocatoria, razón por la cual se

facultó al entonces titular del Ministerio de Desarrollo Social, -actual Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat-, a fijar los requisitos a cumplimentar por las

Organizaciones postulantes, como así también aquellos requisitos que se fijen en las

Bases y Condiciones que rijan la misma;

Que, con fecha 5 de marzo del año en curso, por Resolución N° 165-MDHYHGC/2020,

se aprobaron las Bases de la "Convocatoria de Proyectos Sociales 2020" para la

presentación de proyectos en el marco del Programa Fortalecimiento a

Organizaciones de la Sociedad Civil, se dispuso su llamado para la presentación de

proyectos y se designó a la comisión evaluadora de proyectos;

Que paralelamente a esto y con fecha 11 de marzo del corriente, la Organización

Mundial de la Salud (OMS) declaró como pandemia al brote del virus COVID-19

(Coronavirus);

Que, en virtud de lo expuesto en el considerando precedente, el Poder Ejecutivo

Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 amplió la

emergencia pública en materia sanitaria declarada por el artículo 1° de la Ley N°

27.541 y, en consecuencia, mediante el Decreto N° 297-PEN/2020 se estableció el

aislamiento social, preventivo y obligatorio para todas las personas que se encuentren

en el país, a fin de proteger la salud pública;

Que, asimismo, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y ampliatorios, se

declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus),

medida que ha sido prorrogada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 15/20 hasta

el 30 de noviembre de 2020;

Que, durante el periodo que va desde el 9 de marzo al 3 de abril del corriente año, se

han presentado 580 proyectos sociales en el marco de la precitada Convocatoria;

Que, con la conformidad de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y

Comunitario, la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil pone de

manifiesto que en el marco del contexto de emergencia sanitaria y el aislamiento social

preventivo se ha tornado imposible e inconducente cumplimentar con los

procedimientos de selección establecidos por la Resolución N° 165-MDHYHGC/2020,

siendo inviable la implementación y ejecución de tales proyectos sociales durante el

año 2020;

Que, por lo expuesto, la mentada Dirección General por razones de oportunidad,

mérito y conveniencia y basados en los antecedentes anteriormente mencionados

respecto del contexto actual, propicia el dictado del acto administrativo pertinente para

dejar sin efecto los términos de la Resolución N° 165-MDHYHGC/2020.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 165-MDHYHGC/2020.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Fortalecimiento

Personal, Familiar y comunitario, a la Dirección General Fortalecimiento de la

Sociedad Civil, y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependientes

del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. Migliore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1°.Resolucion 1200-MDHYHGC-20 deja  sin efecto la Resolución N° 165-MDHYHGC-2020.en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1-20.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 Resolucion 1200-MDHYHGC-20 deja sin efecto la Resolución 165-MDHYHGC-2020.</p>