DISPOSICIÓN 105 2020 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

SE APRUEBA REALIZACIÓN - EVENTO BOEDO CULTURAL - SITO - ÁREA PEATONAL TRANSITORIA DISPUESTA EN EL BARRIO DE BOEDO - DÍA 12 DE DICIEMBRE 2020 A PARTIR DE LAS 20:00HS - SE INVITA A LOS VECINOS - SE APRUEBA - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - DECLARACIÓN JURADA - ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO PROTOCOLO COVID-19 - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID-19 - CORONAVIRUS

Publicación:

11/12/2020

Sanción:

04/12/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: La Ley N° 6.292; los Decretos Nros. 463/19, 3697/84 y 147/20; el Expediente

Electrónico N° 29021650-GCABA-DGPLBC/20, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los

Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran

conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión Cultural, estableciendo

bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;

Que dentro de las responsabilidades primarias de esta Dirección General se

encuentran las de "Programar y supervisar las actividades, programación y gestión de

los centros culturales barriales y espacios culturales descentralizados que le

dependen" y "Proponer, programar, difundir y realizar actividades de promoción y

animación de la Lectura", entre otras;

Que, dentro de las responsabilidades primarias de la Gerencia Operativa Promoción

Sociocultural, se encuentran las de "Ejecutar las acciones enmarcadas en los

programas socioculturales" y "Programar y ejecutar el dictado de talleres, cursos y

seminarios de promoción e inclusión cultural";

Que mediante el Decreto N° 3697/84 se dispuso la realización del Programa Cultural

en los Barrios;

Que dicho Programa tiene como objetivo gestionar y coordinar el funcionamiento de

Centros Culturales que promuevan la democratización de la cultura a través de la

descentralización de bienes y servicios en los distintos barrios y comunas de la

Ciudad, como así también fomentar la identidad y la cultura de estos últimos;

Que por Decreto N° 147-GCABA-AJG/20, en virtud de la situación de emergencia

sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo Nacional, el Jefe de Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires facultó a las autoridades superiores con rango no inferior a Director

General o equivalente, para organizar el desempeño de las tareas a aquellas áreas no

esenciales;

Que, en este sentido, y a los fines del cumplimiento de los objetivos mencionados,

esta Dirección General se propone la realización del evento "Boedo Cultural";

Que, dicho evento es una actividad que constará de la transmisión de la película

"Mamá se fue de viaje", en el área peatonal transitoria del barrio de Boedo, con corte

de tránsito vehicular destinado a fomentar la actividad gastronómica, de indumentaria

y de servicios, en la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de promocionar una

actividad cultural para los vecinos y vecinas en dialogo con la comuna correspondiente

para así también fomentar la actividad gastronómica de ese sector del territorio;

Que a los fines de su publicidad y a efectos de promover la participación de los

vecinos de la Ciudad, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN

DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la realización del evento "Boedo Cultural" que se llevará a

cabo en el área peatonal transitoria dispuesta en el barrio de Boedo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires el día 12 de diciembre 2020 a partir de las 20:00hs.

Artículo 2°.- Invítase a los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a todos

aquellos interesados a asistir al evento mencionado en el Artículo 1°, siendo el mismo

de carácter gratuito, con capacidad limitada según protocolo aplicable a esta actividad

aprobado por IF-2020-28723658-GCABA-MCGC.

Artículo 3°.- Apruébase el detalle de locación, fecha y demás especificaciones del

presente evento, que, como Anexo I (IF 29359700-GCABA-DGPLBC/20), forma parte

integrante de la presente norma.

Artículo 4.- Apruébase el "Formulario de inscripción" que, como Anexo II (IF 29359908-

GCABA-DGPLBC/20), forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 5.- Apruébase la "Declaración Jurada - Aceptación y Cumplimiento Protocolo

COVID-19", en el marco del Distanciamiento social preventivo y obligatorio obrante en

el Anexo III (IF N° 29360009-DGPLBC/20) que forma parte integrante de la presente

norma.

Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Cultura.

Cumplido, archívese. Artunduaga


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6015- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6015- Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6015- Anexo III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 105-DGPLBC/20 aprueba la realización del evento Boedo Cultural, teniendo el mismo de capacidad limitada en funcion de la Emergencia Sanitaria.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposicion 107-DGPLBC/20 aprueba la cobertura climática para la realización del evento Boedo Cultural aprobado por Disposición 105-DGPLBC/20 el día 19 de diciembre 2020 a partir de las 20:00hs.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 105-DGPLBC/20 aprueba la realización del evento Boedo Cultural, en el marco del Programa cultural en los barrios, el cual fuera establecido mediante el Decreto N° 3697/84.</p>