RESOLUCIÓN 27 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE EXCEPTÚA - TOPES ANUALES - UNIDADES RETRIBUTIVAS - SERVICIOS EXTRAORDINARIOS URSE - ARTÍCULO 6 DEL DECRETO 1202-05 - PERSONAL - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

25/01/2021

Sanción:

20/01/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios N° 798/06 y N° 1.090/08, la

Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21 y el Expediente Electrónico N°

02968995/GCABA/DGCATRA/21, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados, tramita la solicitud de excepción al tope de prestación

de tareas adicionales en concepto de Unidades Retributivas por Servicios

Extraordinario (URSE) para los agentes pertenecientes a la Dirección General Cuerpo

de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad,

de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de

Ministros, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de

2020, con motivo de haberse excedido ampliamente la jornada laboral de los mismos,

por el incremento de operativos que día a día se fueron incorporando a dicha

dependencia, en virtud de la emergencia sanitaria producida por la pandemia del

Coronavirus COVID-19;

Que el Decreto N° 1.202/05, determina que las prestaciones cumplidas por los agentes

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que excedan sus jornadas

normales de labor, serán reconocidas y liquidadas bajo la modalidad y concepto de

Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) de carácter remunerativo;

Que el artículo 6° del citado Decreto, establece que el tope anual por agente de

Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) no podrá exceder las

doscientas setenta y cinco (275) cuando las mismas sean realizadas en días hábiles o

las ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en días inhábiles;

Que por Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21, se convalidó la prestación de tareas

adicionales realizadas durante los meses de enero a diciembre de 2020 por parte del

personal anteriormente citado, hasta la cantidad de dieciséis mil ochocientas ochenta y

nueve (16.889) URSE para días hábiles y de hasta veintséis mil ciento setenta y ocho

(26.178) U.R.S.E. para días inhábiles;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 1.090/08, se delegó en los señores Ministros del

área requirente y del entonces Ministro de Hacienda, la facultad de dictar en forma

conjunta la norma que autorice superar los topes de URSE fijados por el artículo 6° del

Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios;

Que la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, a los efectos de la

distribución de las Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios, convalidadas

por Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21, solicitó la excepción de los topes

establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05;

Que atento a la convalidación de la prestación de tareas adicionales antes

mencionada, resulta necesario exceptuar los topes establecidos en el artículo 6° del

Decreto N° 1.202/05 y modificatorio, disponiendo la autorización solicitada.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N°

1.090/08,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exceptúese de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios

Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05 y su

modificatorio, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de

2020, convalidados por Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21, al personal de la

Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría

Gestión de la Movilidad, de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la

Jefatura Gabinete de Ministros.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del

Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Cuerpo de Agentes de

Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría

de Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros y, para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura p/p -

Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta N° 27-MHFGC-MJGGC/21 exceptua de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6º del Decreto Nº 1202/05 al personal de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, en el marco de la Emergencia Sanitaria decretada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta N° 27-MHFGC-MJGGC/21 exceptua de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6º del Decreto Nº 1202/05 al personal de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, en el marco de la convalidación de prestación de tareas establecida mediante la Resolución N° 37-MJGGC/21.</p>