DISPOSICIÓN 1 2021 DIRECCION GENERAL PLANEAMIENTO EDUCATIVO
Síntesis:
SE APRUEBAN - DOCUMENTOS CONTENIDOS PRIORIZADOS - CICLO LECTIVO 2021 - NIVEL INICIAL - PRIMARIO - SECUNDARIO -FORMACIÓN GENERAL DEL CICLO BÁSICO Y ORIENTADO DEL BACHILLERATO -SECUNDARIO-CICLO ORIENTADO DEL BACHILLERATO - DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - DISEÑOS CIRRICULARES
Publicación:
23/02/2021
Sanción:
05/02/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANEAMIENTO EDUCATIVO
VISTO: la Ley Nacional N° 26.206, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N°
6.347), las Resoluciones CFCyE Nros. 214/04, 225/04, 228/04, 235/05, 243/05,
246/05, 247/05, 248/05, 249/05, las Resoluciones CFE Nros. 37/07, 135/11, 141/11,
180/12, 181/12, 182/12 y 343/18, los Decretos Nros. 463/19 y su modificatorio 128/20,
la Resolución N° 2215-MEDGC/20, las Disposiciones Nros. 4-DGPLEDU/20, 5-
DGPLEDU/20, 8- DGPLEDU/20 y 11-DGPLEDU/20, el Expediente Electrónico N°
05213460-GCABA-DGPLEDU/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;
Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que por el Decreto N° 463/19, y su modificatorio N° 128/20, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose a la
Dirección General de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación;
Que en este sentido, corresponde a esta Dirección General asistir al Ministerio en la
planificación y ejecución de las iniciativas, ofreciendo herramientas metodológicas, así
como articular y promover la utilización de los recursos pedagógicos existentes, para
apoyar y enriquecer las acciones relacionadas con cada uno de los proyectos
curriculares;
Que conforme la Ley Nacional N° 26.206, el Consejo Federal de Educación definirá las
estructuras y contenidos curriculares comunes y núcleos de aprendizaje prioritarios en
todos los niveles y años de la escolaridad obligatoria;
Que el Consejo Federal de Educación, a través de los Núcleos de Aprendizajes
Prioritarios, los Documentos Base y los Lineamientos y Criterios Curriculares, aborda
aspectos de la dimensión curricular a ser incorporados por todas las jurisdicciones en
la elaboración y/o revisión de los diseños curriculares de los distintos niveles y
modalidades;
Que los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para los niveles inicial, primario y medio
constituyen un proceso de construcción federal de acuerdos curriculares y se
encuentran aprobados por las Resoluciones CFCyE Nros. 214/04, 225/04, 228/04,
235/05, 243/05, 246/05, 247/05, 248/05, 249/05, Resoluciones CFE Nros. 37/07,
135/11, 141/11, 180/12, 181/12, 182/12 y 343/18;
Que ante la suspensión de la presencialidad en el marco de la emergencia sanitaria
por Coronavirus (COVID-19) se propició priorizar contenidos básicos para el ciclo
lectivo 2020 con el objetivo de focalizar la enseñanza en el contexto de emergencia
para garantizar la continuidad pedagógica y apoyar las trayectorias escolares de los
estudiantes;
Que el listado de Contenidos Priorizados resulta útil para definir y organizar el
desarrollo de las propuestas que cada institución implementa con los recursos que
tiene disponibles;
Que en este contexto, se dictaron las Disposiciones Nros. 4-DGPLEDU/20, 5-
DGPLEDU/20, 8-DGPLEDU/20 y 11-DGPLEDU/20, mediante las cuales se aprobaron
documentos "Contenidos a priorizar durante la emergencia COVID-19 para los Niveles
Inicial, Primario y Secundario", Primera Parte para el periodo Marzo a Abril 2020,
Segunda Parte para el periodo Mayo a Junio 2020, Tercera Parte para el periodo Julio
a Setiembre 2020 y Cuarta Parte para el periodo Octubre a Diciembre 2020, en el
marco de los Diseños Curriculares vigentes para cada Nivel Educativo que integra la
educación obligatoria;
Que en tal sentido, el Ministerio de Educación de la Ciudad organizó una selección de
contenidos altamente formativos y significativos que conformaron un marco de
referencia para las instituciones sobre los contenidos a trabajar prioritariamente
durante los meses de marzo a diciembre y propuso materiales, recursos virtuales,
fascículos impresos, planes de clases y proyectos para la enseñanza de los
contenidos priorizados en un escenario de no presencialidad;
Que el propósito central que organizó la tarea fue sostener y acompañar a los alumnos
en su vinculación con la escuela, ofreciendo instancias que garanticen la continuidad
pedagógica y el intercambio con pares y docentes;
Que a partir del contexto de la unidad pedagógica 2020-2021 establecida por la
Resolución N° 2215-MEDGC/20, nos enfrentamos al nuevo desafío de repensar la
enseñanza de modo de retomar y profundizar aquellos aprendizajes y capacidades
desarrollados a lo largo del ciclo lectivo 2020 y, a la vez, avanzar con la apropiación de
los contenidos previstos para el 2021;
Que en este sentido y con el objetivo de dar continuidad a los Contenidos Priorizados
en los próximos meses, resulta pertinente la aprobación de los documentos
"Contenidos Priorizados para el ciclo lectivo 2021 para el Nivel Inicial", "Contenidos
Priorizados para el ciclo lectivo 2021 para el Nivel Primario", "Contenidos Priorizados
para el ciclo lectivo 2021 para el Nivel Secundario-Formación General del Ciclo Básico
y Orientado del Bachillerato" y "Contenidos Priorizados para el ciclo lectivo 2021 para
el Nivel Secundario-Ciclo Orientado del Bachillerato", también en el marco de los
Diseños Curriculares vigentes para cada Nivel Educativo que integra la educación
obligatoria;
Que en dichos documentos se priorizan contenidos de áreas de conocimiento, los ejes
de experiencias y transversales así como también dentro de cada uno de ellos se
consideran todos los bloques, dimensiones o ámbitos, según corresponda, con el
propósito de ofrecer una propuesta equilibrada de desarrollo integral;
Que asimismo, los documentos referidos brindan la propuesta de priorización de
contenidos, las orientaciones para la enseñanza y la evaluación y los materiales
didácticos propuestos, así como también orientaciones para la gestión de la
organización institucional, pedagógica y curricular en los posibles escenarios del ciclo
lectivo 2021;
Que dichos documentos han sido elaborados por la Gerencia Operativa de Currículum
y la Gerencia Operativa Lenguas en la Educación, dependientes de esta Dirección
General y han colaborado asimismo en su producción tanto las Direcciones Generales
de Educación de Gestión Estatal como de Educación de Gestión Privada;
Que las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación de
Gestión Privada han tomado intervención y prestado conformidad;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
dentro del marco de sus competencias.
Por ello, en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse los documentos "Contenidos Priorizados para el ciclo lectivo
2021 para el Nivel Inicial", "Contenidos Priorizados para el ciclo lectivo 2021 para el
Nivel Primario", "Contenidos Priorizados para el ciclo lectivo 2021 para el Nivel
Secundario-Formación General del Ciclo Básico y Orientado del Bachillerato" y
"Contenidos Priorizados para el ciclo lectivo 2021 para el Nivel Secundario-Ciclo
Orientado del Bachillerato" que como Anexos I (IF-2021-05491252-GCABA-
DGPLEDU), II (IF-2021-05491390-GCABA-DGPLEDU), III (IF-2021-05491452-
GCABA-DGPLEDU) y IV (IF-2021-05491217-GCABA-DGPLEDU) respectivamente,
forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretarías de Carrera Docente, de Coordinación Pedagógica
y Equidad Educativa, de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, y Agencia de
Aprendizaje a lo Largo de la Vida y a la Unidad de Coordinación del Sistema de
Formación Docente y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal,
Educación de Gestión Privada, de Escuelas Normales Superiores y Artísticas, todas
dependientes del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Simón