RESOLUCIÓN 371 2021 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

SE PERMITE  ESTACIONAMIENTO - INMEDIACIONES ESTADIO LUNA PARK - VEHÍCULOS QUE UTILIZAN VOLUNTARIOS - PLAN DE VACUNACIÓN COVID-19 - SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

29/03/2021

Sanción:

19/03/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD


VISTO: La ley N°. 2.148 (texto consolidado según ley N° 6.017); El Decreto N°

463/GCABA/19; la Resolución N°309/SSGMO/20; El Expediente N° EX-2021-

09148638- -GCABA-DGGSM y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia tramita un proyecto de Resolución, relativo a la

permisión de estacionamiento en las inmediaciones del estadio "Luna Park", sito en Av.

Eduardo Madero 470 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aplicable a los

vehículos que utilizan los voluntarios que colaboran en el "Plan de Vacunación COVID-

19", para desplazarse a realizar dicha tarea, de conformidad con lo regulado por el

Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado

mediante Ley N° 2.148 (texto consolidado por la Ley N° 6.017);

Que en el mes de diciembre de 2020, comenzó el Plan de Vacunación Estratégico

Nacional, Gratuito y Voluntario, que contará con distintas etapas definidas en base a

criterios epidemiológicos específicos;

Que a efectos de llevar a cabo con la mayor celeridad y eficacia posible, el Plan de

Vacunación mencionado, el Ministerio de Salud, ha requerido la colaboración de

personal voluntario, en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la puesta en marcha de dicho plan de vacunación no sólo resultó necesaria en la

situación epidemiológica y sanitaria actual, que diera lugar a la emergencia sanitaria,

sino que también es de vital importancia a los efectos de aligerar los efectos de la

pandemia en la sociedad en su conjunto;

Que asimismo, es imprescindible llevar a cabo el Plan de Vacunación, de manera

eficaz y sin mayores dilaciones, a fin de avanzar en la puesta en marcha de nuevas

actividades hasta alcanzar la apertura total de esta Ciudad;

Que mediante Resolución N° 309/SSGMO/20, se permitió el estacionamiento general

de vehículos, en las arterias donde se encuentre prohibido el estacionamiento, los días

hábiles de 7 hs. a 21 hs., desde el 20 de marzo de 2020 hasta el 31 de marzo de

2020, prorrogándose sucesivamente hasta el 14 de marzo de 2021 inclusive;

Que en consecuencia, el personal voluntario que se encuentra prestando tareas en el

centro de vacunación del estadio "Luna Park", se ha visto imposibilitado de concurrir

allí con su vehículo particular, debido a las reglas de estacionamiento que rigen en la

Ciudad desde el pasado 15 de marzo de 2021;

Que los dominios de los vehículos que utiliza el personal voluntario, para desplazarse

a prestar tareas en el estadio "Luna Park" son: PNB 799; ESV 579; BUL 769; MOT

725; AC617BN y KJV 167;

Que el Decreto N° 463/GCABA/19, aprueba la nueva estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de

Gestión de la Movilidad, se encuentra la de "Establecer las normas para el

ordenamiento del transporte y tránsito, el estacionamiento y la regulación de los

servicios de transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que en virtud de lo estipulado en el artículo 1.2.2, inciso a), del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la autoridad de aplicación tiene la

facultad de disponer medidas de carácter transitorio o experimental que contemplen

situaciones especiales, en lo referente a cuestiones de estacionamiento;

Que las medidas dispuestas en uso de la autorización conferida en el artículo

mencionado precedentemente, deben adoptarse por un plazo máximo de noventa (90)

días corridos, conforme así lo establece el artículo 1.2.3, inciso b) del mismo cuerpo

normativo;

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que permita de

manera transitoria y excepcional, el estacionamiento en las inmediaciones del estadio

"Luna Park", sito en Av. Eduardo Madero 470, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, por el término de 90 días corridos, respecto de los vehículos particulares, que

utilizan los colaboradores voluntarios, para desplazarse a realizar la tarea de

vacunación contra el virus Covid-19, cuyos dominios son : PNB 799; ESV 579; BUL

769; MOT 725; AC617BN y KJV 167,

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias conforme el Decreto N°

463/GCABA/19,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Permítase, con carácter transitorio y excepcional, por el término de 90

días corridos, el estacionamiento en las inmediaciones del estadio "Luna Park, para los

vehículos que utilizan los voluntarios que colaboran en el "Plan de Vacunación COVID-

19", cuyos dominios a continuación se detallan: Dominio PNB 799 Dominio ESV 579

Dominio BUL 769 Dominio MOT 725 Dominio AC617BN Dominio KJV 167

Artículo 2°.- Establécese que la colocación del presente Acto Administrativo, en un

lugar visible dentro de los vehículos autorizados en el artículo 1°, será prueba

suficiente para acreditar dicha condición ante las autoridades de control y fiscalización.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Gestión de Servicios de la Movilidad y a la

Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito. Cumplido, archívese. Galardi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1°.Resolucion 371-SSGMO-21,permite con carácter transitorio y excepcional, término de 90días corridos, el estacionamiento en las inmediaciones del estadio  Luna Park, para los vehículos que utilizan los voluntarios que colaboran en el Plan de Vacunación COVID, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1-20.<br /> </p>