RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 308 2021 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE INSTRUYE - IMPLEMENTAR - SISTEMA DE FIRMA DIGITAL REMOTA MEDIANTE LA PLATAFORMA DE FIRMA DIGITAL DE NACIÓN - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN J DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA - PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - SISTEMA EJE IOL - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

31/03/2021

Sanción:

29/03/2021

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: El TEA N° A-01-00007214-8/2021, la Ley N° 25.506, la Ley N° 27.446, la Ley

N° 2751, la Ley N° 31 y sus modificatorias, la Res. CM N° 42/2017, la Res. CM N°

19/2019, la Res. Presidencia N° 943/2019, la Res. Presidencia N° 366/2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 25.506 y modif. (Decreto PEN N°182/2019) se establecieron las

pautas sobre la utilización de la firma digital, norma a la que adhirió la Ciudad de

Buenos Aires a través de la Ley N°2751.

Que la Ley N° 27.446 estableció que los documentos oficiales electrónicos firmados

digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones, las notificaciones y el

domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de tramites a distancia y de

los sistemas de gestión utilizados por el Poder Judicial, tienen idéntica eficacia y valor

probatorio que sus equivalentes en soporte papel, debido a su interoperabilidad que

produce su reconocimiento automático en los sistemas de gestión documental

electrónica, por lo que no requiere de su legalización.

Que la Ley N° 31, en su artículo 1° establece, como funciones del Consejo de la

Magistratura, la de garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de

justicia, promover el óptimo nivel de sus integrantes, y lograr la satisfacción de las

demandas sociales sobre la función jurisdiccional del Estado.

Que el Consejo de Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la Res. CM

N° 42/2017, dio comienzo al proceso de despapelización e innovación del Poder

Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, promoviendo la implementación de las

tecnologías informáticas necesarias para ese propósito.

Que por Res. CM N° 19/2019 se aprobó la modificación al Reglamento del Sistema de

Gestión Expediente Judicial Electrónico (EJE), brindando el marco normativo

necesario para avanzar en la digitalización total de los procesos judiciales, brindando

soluciones innovadoras atento al importante avance en nuestra vida cotidiana, así

como en distintos ámbitos profesionales interdisciplinarios estableciendo en el Capítulo

III "Firma" electrónica y/o digital determinando que aquella que se efectúe de

conformidad con las pautas y la tecnología que establezca el Consejo de la

Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires mediante resolución dictada al efecto,

tendrá el mismo valor que las firmadas ológrafamente, además de establecer la

obligatoriedad de firmar electrónica o digitalmente las actuaciones, instrumentos y

escritos.

Que por Res. Presidencia N° 943/2019 se estableció la obligatoriedad de la firma

digital para Magistrados/as a partir del 19 de octubre del 2019 de primera y Segunda

Instancia en toda clase de procesos.

Que por Resolución Presidencia N° 1222/2019, la Secretaria de Innovación ha tomado

intervención en el ámbito de sus competencias, investigando y proponiendo soluciones

sobre nuevas tecnologías y su aplicación a las funciones del Servicio de Justicia,

advirtiendo las importantes ventajas que traería aparejada la aplicación de las mismas

en el ámbito de nuestro Poder Judicial a efectos de implementar un sistema de firma

digital remota mediante la Plataforma de Firma Digital Remota de Nación, utilizando

cualquier dispositivo que cumpla con los requisitos del sistema EJE para cada cuenta

de usuario/a asignadas a Jueces/as de los Tribunales de Primera y Segunda Instancia

del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires y a efectos de permitir firmar

documentos sin la necesidad de contar con una PC, teniendo en cuenta la modalidad

de trabajo llevada a cabo actualmente por la emergencia sanitaria ocasionada por el

COVID-19 permitiendo generar soluciones disruptivas y de alto impacto en la

administración de una Justicia más democrática, ágil y moderna

Que la Secretaria de Innovación y la Dirección General de Informática y Tecnología

han tomado la intervención en el ámbito de sus competencias.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 25, Inc. 4, de la Ley 31,

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Instruir a la Secretaría de Innovación la dirección, articulación y elaboración

conjuntamente con la Dirección General de Informática y Tecnología a efectos de

implementar el sistema de firma digital remota mediante la Plataforma de Firma Digital

de Nación, utilizando cualquier dispositivo que cumpla con los requerimientos del

sistema EJE IOL para la modernización e innovación del Poder Judicial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°: Encomendar a la Dirección General de Informática y Tecnología la

coordinación e inscripción de los Sres. Magistrados/as que voluntariamente asientan a

implementar el sistema de firma digital remota.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese a los Sres. Consejeros, a la Comisión de

Administración, Gestión y Modernización Judicial, a la Secretaria de Administración

General y Presupuesto del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a

la Secretaria Legal y Técnica, a la Secretaria de Innovación, a los Sres.

Magistrados/as de Primera y Segunda Instancia y de ambos fueros y a todas las

dependencias del Poder Judicial de la Ciudad, publíquese en la página de Internet

www.consejo.jusbaires.gob.ar, en el boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

oportunamente, archívese. Maques

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 308/CM/2021 instruye a la Secretaría de Innovación la dirección, articulación y elaboración conjuntamente con la Dirección General de Informática y Tecnología a efectos de implementar el sistema de firma digital remota mediante la Plataforma de Firma Digital de Nación, utilizando cualquier dispositivo que cumpla con los requerimientos del sistema EJE IOL para la modernización e innovación del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la emergencia declarada por el DNU 1-2020.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 308/CM/2021 instruye a la Secretaría de Innovación la dirección, articulación y elaboración<br />conjuntamente con la Dirección General de Informática y Tecnología a efectos de implementar el sistema de firma digital remota mediante la Plataforma de Firma Digital de Nación, utilizando cualquier dispositivo que cumpla con los requerimientos del sistema EJE IOL para la modernización e innovación del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de lo dispuesto en la Resolución 42-CM-2017</p>