RESOLUCIÓN 221 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE EXCLUYE DE LA SUSPENSIÓN DISPUESTA POR ART. 1°  RESOLUCIÓN 180-MHFGC...-20 -  OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y PERMISOS - AL EJERCICIO DE UN CARGO SUPERIOR PREVISTO EN EL ENTONCES ART. 48  ACTUAL ART. 56  LEY 471- CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

17/05/2021

Sanción:

12/05/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto de Necesidad

y Urgencia N° 260/PEN/20 y modificatorios, los Decretos de Necesidad y Urgencia

Nros. 1, 8, 12, 15 y 17/20, 5 y 7/21, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 180-

GCABA-MHFGC/20 y 110-GCABA-MHFGC/21, el Expediente Electrónico N° EX-2021-

14550261- -GCABA-DGLTMSGC, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y modificatorios, el Poder

Ejecutivo de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida

por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de

la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1)

año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8, 12, 15, 17/20, y 5 y 7/21, se declaró la

emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31

de mayo de 2021, inclusive, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias

para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus

COVID-19 (Coronavirus);

Que tornándose imprescindible la plena operatividad del subsector público de salud de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se suspendió temporalmente, mediante la

Resolución de Firma Conjunta N° 180-GCABA-MHFGC/20 y a partir del 1° de abril de

2020, el otorgamiento de las licencias y permisos allí establecidos, contemplados en

diversos cuerpos normativos, que rigen para, entre otros, el personal dependiente del

Ministerio de Salud y las licencias que, habiendo sido concedidas, aún no estuvieran

iniciadas el 1° de abril de 2020;

Que entre las licencias comprendidas en la suspensión dispuesta por la resolución

mencionada en el considerando que antecede, se incluyó el ejercicio de un cargo

superior contemplado en el entonces artículo 48, actual artículo 56 de la Ley N° 471;

Que con la finalidad de permitir la colaboración entre los distintos organismos del

sistema de salud, encargados de manera conjunta de hacer frente a la situación de

emergencia sanitaria mencionada, se estima conveniente excluir de los alcances de la

suspensión prevista por la Resolución de Firma Conjunta N° 180-GCABA-MHFGC/20,

el ejercicio de un cargo superior, posibilitándose de eso modo el otorgamiento de la

licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes prevista en

el inciso k) del artículo 16 de la Ley N° 471;

Que, similar criterio se adoptó mediante la Resolución conjunta N° 110-GCABA-

MHFGC/21 para la licencia por cargo de mayor jerarquía prevista en el artículo 50 de

la Ley N° 6.035.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE SALUD Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exclúyese de la suspensión dispuesta por el artículo 1° de la Resolución

de Firma Conjunta N ° 180-GCABA-MHFGC/20, al ejercicio de un cargo superior

previsto en el entonces artículo 48, actual artículo 56 de la Ley N° 471.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria del Ministerio de Salud, y a

la Dirección General Planificación y Control Operativo de la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento

y demás efectos, pase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos

Humanos del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. González Bernaldo de

Quirós - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1°.Resolucion 221-MHFGC...-21 excluye  de la suspensión dispuesta por art 1° Resolución de Firma Conjunta N ° 180-GCABA-MHFGC.../20, al ejercicio de un cargo superior previsto en el entonces artículo 48, actual artículo 56 de la Ley N° 471.en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1-20.</p>
MODIFICA
<p>Art 1°.Resolucion 221-MHFGC...-21 excluye  de la suspensión dispuesta por art 1° Resolución de Firma Conjunta N ° 180-GCABA-MHFGC.../20, al ejercicio de un cargo superior previsto en el entonces artículo 48, actual artículo 56 de la Ley N° 471.<br /> </p>