RESOLUCIÓN 1340 2021 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 366-CDNNYA/20 - PROGRAMA DE FAMILIAS DE APOYO - ALOJAMIENTO TRANSITORIO FAMILIAR EN LA EMERGENCIA POR COVID-19 (CORONAVIRUS) - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19
Publicación:
29/11/2021
Sanción:
25/11/2021
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO: La Ley Nacional 26.061, la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
Ley N° 2.213, las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Decreto
Nacional de Necesidad y Urgencia N ° 1-GCABA-AJG/20 y modificatorios, el Decreto
N° 147-GCABA-AJG/20, la Resolución Conjunta N° 7/GCABA-MJGGC/20, la
Resolución N° 366-GCABA-CDNNYA/20, la Disposición N° 173-GCABA- DGGPP/20,
el Expediente Electrónico N° 19646657-GCABA-DGGPP/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que el día 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha
declarado que el COVID-19 (coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución
de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y
urgentes, haciendo un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con
responsabilidad y solidaridad;
Que, a partir de tal situación, se tornó imprescindible la implementación de medidas de
prevención y control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población;
Que, en virtud de ello, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABAAJG/20, y
sus modificatorios, se decretó la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias
para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus;
Que a través de la Resolución Conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20 se determinó al
Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como área cuyos servicios
resultan esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración pública
durante la subsistencia epidemiológica vigente;
Que mediante el Decreto N° 147-GCABA-AJG/20 se facultó a las autoridades
superiores con rango no inferior a Director General o equivalente de las áreas cuyos
servicios fueran considerados esenciales a establecer procedimientos de trabajo y/o
protocolos acordes a la situación epidemiológica descripta, asegurando la prestación
de los servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 4° y 11 del
mencionado Decreto;
Que, a su vez, mediante la Resolución N° 366-GCABA-CDNNYA/20 se creó el
Programa de Familias de Apoyo para el alojamiento transitorio familiar, en la
Emergencia por COVID-19 (coronavirus) en el ámbito de la Dirección General de
Gestión de Políticas y Programas de este Consejo, mientras que por la Disposición N°
173-GCABA-DGGPP/20, desde la mencionada Dirección General se aprobó su
Protocolo de Actuación;
Que, el objetivo del precitado Programa consistió en crear un Registro con la nómina
de referentes afectivos dispuestos a alojar, asumir los cuidados y garantizar los
derechos de niños, niñas y adolescentes que se encontraran alojados en hogares
convivenciales o afines, propios o conveniados con el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, durante la vigencia de la emergencia sanitaria decretada
por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20 y sus modificatorios;
Que, teniendo en cuenta el cambio en la situación epidemiológica vigente, la
disminución de los casos de COVID-19, la implementación de nuevos protocolos de
cuidado en los hogares convivenciales o afines donde se encuentran alojados niñas,
niños y adolescentes, se torna necesario dejar sin efecto el Programa de Familias de
Apoyo para alojamiento transitorio familiar en la Emergencia por COVID-19
(coronavirus), en virtud de la modificación de las situaciones fácticas que dieron
sustento a su creación;
Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo mediante el cual se deje sin efecto la Resolución N° 366-CDNNYA/20,
por la que se creó el Programa de Familias de Apoyo para alojamiento transitorio
familiar en la Emergencia por COVID-19 (coronavirus);
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), y el Decreto N° 192/21,
Artículo 1°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 366-CDNNYA/20, por medio de la cual
se creó el Programa de Familias de Apoyo para el alojamiento transitorio familiar en la
Emergencia por COVID-19 (coronavirus), en el ámbito de la Dirección General de
Gestión de Políticas y Programas de este Consejo.
Artículo 2°. Instruyase a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de
este Consejo, la comunicación del contenido de la presente resolución a las personas
inscriptas y admitidas en el Programa de Familias de Apoyo para el alojamiento
transitorio familiar, en la Emergencia por COVID-19 (coronavirus).
Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de
Gestión de Políticas y Programas, a la Dirección General de Programas
Descentralizados; a la Dirección General de Servicios de Atención Permanente, a la
Dirección General Legal Técnica y Administrativa y a la Dirección Operativa de
Articulación Institucional Área Presidencia, todas ellas dependientes de este Consejo
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Leguizamón