RESOLUCIÓN 382 2007 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Síntesis:

SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA - ZONA 1 - SE AMPLÍAN ÍNDICES DE PRESTACIÓN DE SERVICIO - SE ESTABLECE QUE CLIBA INGENIERÍA AMBIENTAL SA DEBERÁ PRESENTAR NUEVO PLAN DE TRABAJO

Publicación:

12/06/2007

Sanción:

30/04/2007

Organismo:

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE


Visto la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.838/03, 1.390/04, 328/06 y 154/07, el Registro N° 6.621-DGLIM/07, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1.838/03 se aprobó el pliego de bases y condiciones generales y particulares y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03 para contratar el Servicio Público de Higiene Urbana para las cinco (5) zonas en las que se subdividió la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, posteriormente mediante Decreto N° 1.390/04 se aprobaron las adjudicaciones derivadas del proceso licitatorio convocado al efecto;

Que, en este sentido, se procedió a adjudicar el Servicio Público de Higiene Urbana a los siguientes oferentes: Zona 1: CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.; Zona 2: Aesa Aseo y Ecología S.A. - Fomento Construcciones y Contratas S.A. - (UTE); Zona 3: Transportes Olivos S.A.C.I.y F. - Ashira S.A. - UTE ( Urbasur); Zona 4 : Ecohábitat S.A. - Emepa S.A. (Níttida) UTE y Zona 6: Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.C.I.F.- Martin y Martin S.A.- UTE Integra;

Que, en el marco de las competencias otorgadas por la Ley N° 1.925, el Ministerio de Medio Ambiente, dictó la Resolución N° 187-MMAGC/06 por la cual se dio inicio al ...proceso de readecuación del contrato de prestación del servicio público de higiene urbana en las zonas 1, 2, 3, 4 y 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...; ad referéndum de la aprobación por parte del señor Jefe de Gobierno;

Que, por Decreto N° 154/07 se ratificó el acta acuerdo de readecuación contractual del Servicio Público de Higiene Urbana suscripta por este Ministerio y la empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A., contratista de la Zona 1, facultándose a esta instancia la facultad de disponer incrementos o disminuciones de hasta un diez por ciento (10%) del total contractual en el servicio para la zona;

Que, por Nota de Pedido N° 1.834/07 la contratista propone una ampliación de los índices de prestación de la zona la cual representa un incremento del 8,486% del contrato vigente;

Que, dicha ampliación se justifica por el traspaso de todas las cuadras del sector de índice 2 a índice 1 dentro de las cuales se encuentran las zonas de Recoleta, Puerto Madero y San Telmo que resultan ser sectores turísticos de gran actividad diurna y nocturna que no cuentan con servicios que permitan dejar en buenas condiciones de higiene al iniciar la jornada diurna;

Que, asimismo se justifica por el traspaso de trescientas cuarenta y ocho (348) cuadras de índice 5 a índice 4, las cuales han sido seleccionadas por tratarse de un área inundable y de gran afluencia turística;

Que, por Orden de Servicio N° 1.135/07 Zona 1 la Dirección General de Limpieza solicitó a la empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A., la formulación de una propuesta técnica tendiente a obtener una mayor eficacia del servicio;

Que, dicha propuesta debía involucrar la problemática de áreas que al momento de la elaboración del pliego licitatorio, demandaban índices de barrido que hoy resultan insuficientes;

Que, la Dirección General de Limpieza en la intervención que le cupo señaló que el cambio de índices de prestación supone un incremento de pesos un millón cincuenta y tres mil ciento noventa y cinco con sesenta y dos centavos ($ 1.053.195,62);

Que, en función del análisis técnico efectuado por la citada Dirección General, surge que la propuesta formulada por la referida empresa redundará en una mejora de la calidad del servicio, toda vez que las consecuencias de la disposición de residuos menores fuera de hora, así como de los desechos que quedan en la vía pública a raíz de la actividad de recuperadores informales pueden ser morigeradas intensificando las tareas de barrido;

Que, la empresa Iatasa, quien se encuentra a cargo de los servicios de inspección y control integral del Servicio Público de Higiene Urbana de la Zona 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informa que esta modificación de índices de prestación se encuadra dentro de la cláusula segunda del acta acuerdo aprobada por Decreto N° 154/07 agregando que ...los servicios de barrido que se incrementarían con esta propuesta tenderían a mejorar las condiciones de higiene de las zonas comprendidas;

Por ello, y en ejercicio de las facultades delegadas por el Decreto N° 154/07,

EL MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Amplíense los índices de prestación del servicio de barrido manual de índice 2 a índice 1 en quinientas cinco (505) cuadras, y de índice 5 a índice 4 en trescientas cuarenta y ocho (348) cuadras, correspondientes a la Zona 1 adjudicada a la empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. que asciende a la suma de pesos un millón cincuenta y tres mil ciento noventa y cinco con sesenta y dos centavos ($ 1.053.195,62) mensuales, en los términos de las cláusulas segunda y décima del acta acuerdo de readecuación del contrato ratificada por el Decreto N° 154/07.

Artículo 2° - Establécese que las modificaciones dispuestas en el artículo 1° de la presente, deberán iniciarse a partir del día 1° de mayo de 2007.

Artículo 3° - La empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A., deberá presentar el nuevo plan de trabajo en el cual se encuentre contempladas las incorporaciones establecidas en el artículo 1° de la presente ante la Dirección General de Limpieza dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese a la empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. en el domicilio constituido, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Higiene Urbana y a la Dirección General de Limpieza. Cumplido, incorpórase al Expediente N° 54.572/02.

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INTEGRA
Res. 382-MMAGC-07 Establece modificaciones en el acta acuerdo de readecuación del contrato ratificada por el Dec. 154-07