CONVENIO 3624 2007

Síntesis:

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL GCABA Y LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, FACULTAD DE INGENIERÍA - CONFORMACIÓN DE UN CENTRO DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO, INNOVACIÓN Y DISEÑO EN INGENIERÍA

Publicación:

13/06/2007

Sanción:

30/04/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el señor Ministro de Producción, Dr. Enrique Rodríguez, con domicilio en Avenida de Mayo 575, 1° piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el "G.C.A.B.A." y por la otra parte la Universidad de Buenos Aires, a través de la Facultad de Ingeniería, representada en este acto por el Decano de la Facultad de Ingeniería, Dr. Ing. Carlos Alberto Rosito, con domicilio en avenida Paseo Colón 850, en adelante la "FIUBA", convienen en celebrar el presente Convenio Específico, en el Marco del Convenio N° 5, suscripto el 11 de marzo de 1997 entre la Universidad de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (B.O.C.B.A. N° 161), el que se encuentra plenamente vigente,

CONSIDERACIONES GENERALES

Conforme el Convenio N° 5, se han suscripto y ejecutado diversos convenios destinados a la capacitación de recursos humanos, a la investigación y a la asistencia técnica.

Manteniendo el espíritu de colaboración que une a las dos entidades, las partes han resuelto emprender la creación de un Centro con el objeto de fortalecer la capacidad de desarrollo y crecimiento económico y social de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, tal como específica en la Cláusula Primera del mismo.

En virtud de lo expuesto, y en este acto, las partes acuerdan lo siguiente:

PRIMERA: las partes acuerdan celebrar el presente Convenio Específico con la finalidad la Conformación de un Centro de Investigación, Desarrollo, Innovación y Diseño en Ingeniería, en adelante "CIDIDI".

SEGUNDA: el "CIDIDI" tendrá como objetivo general la Investigación y el Desarrollo de Nuevas Tecnologías, la Generación de Innovaciones en Ingeniería, el Diseño de Productos y el Desarrollo de Mercados. De esta manera, la "FIUBA" y el "G.C.A.B.A", a través de la complementación de sus recursos, buscan fortalecer la capacidad de desarrollo y crecimiento económico y social de la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano.

TERCERA: las partes acuerdan que el "CIDIDI" tendrá como objetivos particulares:

* Generación de Conocimientos en Ciencias de la Ingeniería,

* Generación de Nuevas Tecnologías,

* Generación de Patentes y Registro de Propiedad Intelectual,

* Diseño y Desarrollo de Nuevos Productos,

* Diseño y Desarrollo de Mercado para las Nuevas Tecnologías y Productos a partir de la detección de nuevas tendencias de usos y consumo,

* Incubación de Nuevos Emprendimientos y Licenciamientos,

* Modernización de la Industria Local,

* Capacitación y Formación de Recursos Humanos.

CUARTA: el "G.C.A.B.A." aportará un espacio construido de un mil cuatrocientos ochenta y cuatro con 59/100 metros cuadrados (1.484,59 m2) en el predio sito en Villarino 2498, de esta ciudad, lugar donde funciona la Dirección General de Industrias Culturales y Diseño, para la instalación de laboratorios, oficinas y aulas para el funcionamiento del "CIDIDI".

QUINTA: ambas partes acuerdan que, el "CIDIDI" estará integrado inicialmente por los siguientes Laboratorios: Materiales, Tecnología de Mecánica, Fundición y Mecánica Computacional.

SEXTA: los recursos humanos que integrarán el "CIDIDI", personal administrativo, técnicos, docentes e investigadores, serán provenientes del "G.C.B.A." y la "FIUBA", ello, en función de las posibilidades de ambas instituciones.

Las eventuales erogaciones y/o gastos en los que pudiera incurrir la "FIUBA" deberán ser atendidos con fondos propios de la Universidad de Buenos Aires asignados a la misma por el Consejo Superior.

SÉPTIMA: el equipamiento para la integración de los laboratorios correspondientes al "CIDIDI", será acordado por ambas partes y podrá ser aportado en diferentes formas, las que serán detalladas en el reglamento que se elabore a los fines del presente convenio, el que como Anexo forma parte del presente.

OCTAVA: las actividades que se lleven a cabo relacionadas con la actividad del "CIDIDI" se realizarán en un todo de acuerdo con las normas que rijan en ambas instituciones. La "FIUBA" será conducida a través del Director del Departamento de Ingeniería Mecánica Dr. Ing. Fernando Audebert, y por el "G.C.A.B.A" el Director General a cargo de la Dirección General de Industrias Culturales y Diseño dependiente de la Subsecretaria de Industrias Culturales y Diseño del Ministerio de Producción.

NOVENA: ambas partes acuerdan la creación de un Comité de Coordinación integrado por la Dirección del Departamento de Ingeniería Mecánica y la Dirección General de Industrias Culturales y Diseño. Para ello designará cada una un representante titular y otro suplente. Dicho Comité elaborará el Reglamento que establecerá la estructura funcional y administrativa del "CIDIDI", que como Anexo forma parte del presente instrumento. El Reglamento citado deberá contener temas técnicos a desarrollar y sus particularidades, los plazos de ejecución, las obligaciones económicas, administrativas y jurídicas de las partes y su forma de implementación. El presente Reglamento podrá ser modificado, previa conformidad de ambas partes, en virtud de las necesidades que surjan en función del cumplimiento de cada uno de los objetivos a desarrollarse en el presente marco.

DÉCIMA: la firma de este convenio no implica otro vínculo entre las partes que los derechos y obligaciones comprendidos en el mismo. Las partes mantendrán su individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas, académicas y administrativas que serán detalladas en el Reglamento y asumirán particularmente las responsabilidades exclusivamente con relación a dicha parte y consiguientemente ninguna responsabilidad y/u obligación de ninguna especie de la co-contratante.

DÉCIMO PRIMERA: toda comunicación, publicidad, propaganda, promoción y/o mención que del presente quiera realizarse así como de las actividades que sean consecuencia del mismo, deberá ser conformada previamente por ambas partes. Ninguna de las partes podrá utilizar o invocar el nombre y/o marcas de la otra sin previa aprobación.

DÉCIMO SEGUNDA: los derechos intelectuales que se originen en trabajos realizados en el marco del presente convenio pertenecen a ambas partes en igual proporción. Las partes podrán publicar los resultados dejando constancia de que se originaron en este convenio.

En aquellos emprendimientos en los que sea posible la obtención de los resultados de importancia económica, ambas partes realizarán las debidas previsiones respecto de la propiedad de los resultados que se obtengan, así como su protección, circunstancia que será detallada en el Reglamento que se elabore a los fines el presente convenio. Los resultados parciales o definitivos obtenidos a través de las tareas programadas sólo podrán ser publicados con el previo acuerdo de las partes, dejando constancia en las publicaciones de la participación de las entidades firmantes, y que los mismos fueron originados en el presente convenio.

DÉCIMO TERCERA: las partes de común acuerdo deciden no rescindir el presente convenio antes de pasados tres años desde la suscripción del mismo. Pasado dicho plazo, cualquiera de las partes podrá rescindir el presente convenio en cualquier momento sin expresión de causa, mediante preaviso escrito con una antelación mínima de un (1) año. La denuncia no dará derecho a las partes a reclamar indemnización de ninguna naturaleza. Las actividades que tengan principio de ejecución al producir efecto la denuncia, continuarán desarrollándose dentro de los límites permitidos por los recursos presupuestados. En consecuencia la rescisión no podrá afectar las acciones pendientes de cumplimiento y con principio de ejecución, las que no se interrumpirán hasta su finalización.

DÉCIMO CUARTA: Todo instrumental, material de investigación, equipos, mobiliario, útiles, publicaciones, libros, bienes, servicios, toda clase de elementos provenientes de donaciones, subsidios u obtenidos con recursos propios o de terceros aportados por la "FIUBA" al "CIDIDI" quedarán en el patrimonio de la "FIUBA" al momento en que se decida la disolución del presente convenio. Por otra parte, todo instrumental, material de investigación, equipos, mobiliario, útiles, publicaciones, libros, bienes, servicios, toda clase de elementos proveniente de donaciones, subsidios u obtenidos con recursos propios o de terceros, aportados por el "G.C.A.B.A." al "CIDIDI" quedarán en el patrimonio del "G.C.A.B.A." al momento en que se decida la disolución del mismo.

DÉCIMO QUINTA: el presente convenio tendrá vigencia por diez (10) años, contados a partir de la fecha de la firma del presente, y podrá renovarse por acuerdo de las partes.

DÉCIMO SEXTA: en caso de controversia, diferencias de interpretación o incumplimiento de las cláusulas del presente acuerdo, las partes se comprometen a solucionar amigablemente sus diferencias a través de sus representantes institucionales y técnicos. En caso de no ser posible arribar a un acuerdo y a todos los efectos del presente convenio las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Buenos Aires. A los fines de ser tenidas por válidas las comunicaciones emergentes del presente acuerdo las partes constituyen los siguientes domicilios: la "FIUBA" en el domicilio del encabezado y el "G.C.A.B.A." en Uruguay 458, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme Ley N° 1.218, y Resolución N° 77-PG-06.

El presente convenio se firma ad referéndum del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada una de las partes. En Buenos Aires a días 30 del mes de abril del año 2007.


ANEXOS

ANEXO

Ver archivo 1

Ver archivo 2

Ver archivo 3

Ver archivo 4

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Convenio N° 3624-Convenio Específico GCABA-UBA, Facultad de Ingeniería para la creación de Centro de Investigación, Desarrollo, Innovación y Diseño en Ingeniería, CIDIDI, en el marco del Convenio N° 5-97