RESOLUCIÓN 388 2007 MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

DESIGNA A CARLOS ALBERTO RODRÍGUEZ PARA CONFORMAR EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS LA UNIDAD DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL A CARGO DEL MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

Publicación:

19/06/2007

Sanción:

05/06/2007

Organismo:

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS


Visto el Memorándum N° 2.982-MDHySGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que en función de los términos del Decreto N° 1.983/06 (B.O. N° 2574), por el que se crea el Sistema Único de Prevención, Asistencia y Derivación contra la violencia intrafamiliar y sexual, el Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, solicita la designación de un representante de esta jurisdicción, para conformar, según lo dispuesto por el art. 2° del mismo, la Unidad de Coordinación Interinstitucional;

Que a tal efecto, la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria, propone la designación del Lic. Carlos Alberto Rodríguez, DNI 21.873.785;

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Desígnase al Lic. Carlos Alberto Rodríguez, DNI 21.873.785, para conformar en representación del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, la Unidad de Coordinación Interinstitucional, a cargo del titular del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, según lo dispuesto por el art. 2° del Decreto N° 1.983/06 (B.O. N° 2574).

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, y a la Dirección General de Recursos Humanos, y para su conocimiento, notificación y demás fines, remítase a la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria; cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res.388-MPYOPGC-07 designa al Lic. Carlos Alberto Rodríguez para conformar en representación del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas la Unidad de Coordinación Interinstitucional según lo dispuesto por el art. 2° del Dec. N° 1.983-06.