RESOLUCIÓN 1219 1998 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A UN TRAMO DE LA ARTERIA ACASSUSO  DESDE MARTINIANO LEGUIZAMÓN HASTA LISANDRO DE LA TORRE - CALLES - ARTERIAS - MANO ÚNICA

Publicación:

04/01/1999

Sanción:

17/12/1998

Organismo:

SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE


Visto la próxima inauguración de señalamiento luminoso en la intersección de las calles Pilar y Acassuso, y

CONSIDERANDO:

Que la calle Acassuso tiene sentido único de circulación de NE a SO, desde la calle Escalada hasta Martiniano Leguizamón, conforme a las Ordenanzas Nos. 30.996 y 33.181, y desde Lisandro de la Torre hasta Emilio Castro por Ordenanza N° 33.869;

Que el tramo comprendido entre las calles Martiniano Leguizamón y Lisandro de la Torre tiene doble sentido circulatorio, sin que en el mismo se produzca un ensancha-miento de la calzada o varien las restantes condiciones de circulación;

Que en dicho tramo de arteria se encuentra el Hospital Santojanni, y que la actual doble mano lejos de facilitar el acceso al mismo, produce inconvenientes por la congestión vehicular que se produce;

Que asimismo se observa que en su gran mayoría los vehículos circulan en una única dirección hacia el SO;

Que en tal sentido se entiende conveniente continuar la mano única en dicho tramo de arteria, regularizando la trama circulatoria;

Que esta medida se toma con carácter experimental y evaluativo, a fin de observar su conveniencia de su adopción definitiva;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE Y TRANSITO

RESUELVE:

Artículo 1° Amplíanse, con carácter experimental y evaluativo, las disposiciones del Dec. Ord. N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única al siguiente tramo de arteria en la forma que se indica.

Acassuso, desde Martiniano Leguizamón hasta Lisandro de la Torre, de NE a SO.

Art. 2° La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento alusivo correspondiente.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de Vialidad, Fiscalización del Tránsito y Transporte, y Obras Públicas. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Disp. 397-DGV-98 implementa medidas autorizadas por la Res. 1219-SSTT-98
MODIFICA
Res. 1219-SSTT-98 asigna sentido único de circulación - tramo calle Acassuso desde M. Leguizamón a l. de la Torre, modifica Dec.Ord. 10407