RESOLUCIÓN 962 2007 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

DETERMINA EL APORTE AL FONDO DE CAMPAÑA PREVISTO EN LA LEY N° 268 PARA LA SEGUNDA RONDA ELECTORAL - ELECCIONES 2007 - JEFE DE GOBIERNO Y VICE

Publicación:

28/06/2007

Sanción:

21/06/2007

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


Visto lo dispuesto por el artículo 96 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el artículo 13 de la Ley N° 268 (B.O.C.B.A. N° 837), la Ley N° 1.925, promulgada por Decreto N° 328/06 (B.O.C.B.A. N° 2407), el Decreto N° 864/07 y el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), la Resolución N° 502-MGGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2662), la Resolución N° 768-MGGC/07, la Resolución N° 831-MGGC/07, la Disposición N° 3-DGELEC/07 y el Expediente N° 44.763/07, y

CONSIDERANDO:

Que tal como surge del segundo párrafo del artículo 96 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las fórmulas para Jefe y Vicejefe de Gobierno son elegidas por mayoría absoluta, y en caso de que ninguno de los candidatos hubiera obtenido la mayoría necesaria de votos, se convoca a una segunda vuelta para definir la elección;

Que realizado el comicio para elegir Jefe y Vicejefe de Gobierno el día 3 de junio de 2007, y en virtud de que ninguna de las fórmulas participantes obtuvo la mayoría absoluta de los votos emitidos, se realizará la segunda vuelta electoral prevista en el Decreto N° 308/07, el día 24 de junio del corriente año, del cual participarán las dos fórmulas que obtuvieron la mayoría de los votos;

Que el artículo 13 de la Ley N° 268 establece el financiamiento de las campañas de las dos fórmulas que hubieren accedido a la segunda vuelta, cuyo monto surge de multiplicar la cantidad de treinta centavos ($ 0,30) por cada elector/a hábil empadronado/a;

Que de conformidad con la información suministrada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia electoral, y por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuanto al padrón de extranjeros, la suma de electores hábiles empadronados asciende a 2.572.326;

Que en virtud de lo informado por Oficio N° 300/07 del Tribunal Superior de Justicia, la fórmula Macri - Michetti obtuvo 798.292 votos, y la fórmula Filmus - Heller obtuvo 414.205 votos;

Que la distribución de los fondos de campaña previstos se efectuará de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del art. 13 de la Ley N° 268, resultando así la cantidad de pesos doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y siete con sesenta centavos ($ 239.487,60) para la fórmula Macri - Michetti; y la suma de pesos ciento veinticuatro mil doscientos sesenta y uno con cincuenta centavos ($ 124.261,50) para la fórmula Filmus - Heller;

Que, en cuanto a la distribución del remanente, se realizará en forma igualitaria entre las dos fórmulas, ascendiendo dicho monto a la suma de pesos doscientos tres mil novecientos setenta y cuatro con treinta y cinco centavos ($ 203.974,35) para cada una de ellas;

Que por Decreto N° 864/07, el señor Jefe de Gobierno, encomendó la firma del despacho del Ministerio de Gobierno, en el señor Ministro de Planeamiento y obras Públicas;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1° - Determínase el Aporte al Fondo de Campaña previsto en el artículo 13 de la Ley N° 268, para la segunda ronda electoral, en la suma de pesos setecientos setenta y un mil seiscientos noventa y siete con ochenta centavos ($ 771.697,80).

Artículo 2° - Establécese que el importe correspondiente a cada fórmula es de pesos ciento veinticuatro mil doscientos sesenta y uno con cincuenta centavos ($ 124.261,50) para la fórmula Filmus - Heller; y de pesos doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y siete con sesenta centavos ($239.487,60) para la fórmula Macri - Michetti;

Artículo 3° - Establécese el importe correspondiente al fondo remanente (artículo 13, inciso b de la Ley N° 268) en la suma de pesos cuatrocientos siete mil novecientos cuarenta y ocho con setenta centavos ($ 407.948,70), correspondiéndole la suma de pesos doscientos tres mil novecientos setenta y cuatro con treinta y cinco centavos ($ 203.974,35) a cada una de las fórmulas.

Artículo 4° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a transferir los fondos correspondientes a la fórmula Macri - Michetti, por un total de pesos cuatrocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y uno con noventa y cinco centavos ($ 443.461,95) a la Cuenta N° 28214/5 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 111 (Centro).

Artículo 5° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a transferir los fondos correspondientes a la fórmula Filmus - Heller, por un total de pesos trescientos veintiocho mil doscientos treinta y cinco con ochenta y cinco centavos ($ 328.235,85) a la Cuenta N° 28219/0 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 111 (Centro).

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Justicia quien le deberá dar intervención a la Dirección General Electoral. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 962-MGGC-07 Determina el Aporte al Fondo de Campaña para las formulas Macri - Michetti y Filmus - Heller, establecido por Dec. 308-07