RESOLUCIÓN 549 2007 MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

Síntesis:

SE APRUEBA EL ACTA DE COLABORACIÓN CELEBRADA ENTRE LA DG DE ASISTENCIA A LA VÍCTIMA DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y LA DG SISTEMA DE ATENCIÓN INMEDIATA DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL SOBRE COLABORACIÓN MUTUA EN LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ADULTAS EXTRAVIADAS - REGISTRO DE BÚSQUEDA DE PERSONAS ADULTAS CON PADECIMIENTOS MENTALES Y ADULTOS INCAPACES - LÍNEA TELEFÓNICA DE ATENCIÓN GRATUITA - 108 - PARADERO

Publicación:

29/06/2007

Sanción:

06/06/2007

Organismo:

MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES


Visto el Expediente N° 39.290/06 y la Ley N° 1.925 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente N° 39.290/06, la Dirección General de Asistencia a la Víctima dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Dirección General Sistema de Atención Inmediata dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social firmaron un acta de colaboración que tiene como objeto la colaboración mutua en la búsqueda de personas adultas extraviadas;

Que corresponde al Ministerio de Derechos Humanos y Sociales refrendar dicho acuerdo de conformidad a lo allí establecido;

Por ello,

LA MINISTRA DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el acta de colaboración celebrada entre la Dirección General de Asistencia a la Víctima dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Dirección General Sistema de Atención Inmediata dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social sobre colaboración mutua en la búsqueda de personas adultas extraviadas, que como Anexo forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Asistencia a la Víctima dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Dirección General Sistema de Atención Inmediata dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, respectivamente. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

ACTA DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA A LA VÍCTIMA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMA DE ATENCIÓN INMEDIATA

Buenos Aires,

La Dirección General de Asistencia a la Víctima, dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “LA DGAYAV”, representada en este acto por su Directora General, Lic. Carmen Frías, DNI. 6.356.811, y la Dirección General de Sistema de Atención Inmediata, en adelante “LA DGSAI” dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por su Directora General, Lic. Patricia Malanca, DNI 17.504.875 , acuerdan celebrar la presente Acta de Colaboración, sujeta ad referéndum de Resolución de la Sra. Ministra de Derechos Humanos y Sociales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a las siguientes estipulaciones:

MARCO GENERAL: La Dirección General de Asistencia a la Víctima, dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, como autoridad de aplicación de la Ley N° 1156/LCABA/03, ejecuta el Registro de Búsquedas de Personas Adultas con Padecimientos Mentales y Adultos Incapaces, cuya función primordial consiste en centralizar su búsqueda en caso de haberse ausentado con paradero desconocido, desarrollando acciones tendientes a su localización.

La Dirección General de Sistema de Atención Inmediata, dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, interviene en casos de emergencia social y personas en situación de riesgo, abandono o vulnerabilidad social, para lo cual posee una línea telefónica de atención gratuita (108), las 24 hs, los 365 días del año, desde la cual se informa, se asesorara y se reciben las demandas. Las personas adultas incapaces o con padecimientos mentales que se encuentran extraviadas se hallan en una particular situación de vulnerabilidad, encontrándose expuestas a numerosas situaciones de indefensión y desprotección. Es obligación del Estado intervenir de manera eficaz en pos de garantizar su cuidado y la restitución de sus derechos individuales.

Para alcanzar dicho objetivo, las áreas se proponen articular acciones de colaboración con el fin de incrementar la efectividad en la búsqueda de las personas adultas extraviadas, a partir de optimizar los recursos con los que se cuenta.

Art. 1°- Las partes se comprometen a aunar esfuerzos en la búsqueda de las personas adultas extraviadas en los términos de la Ley N° 1156/L CABA/03.

Art. 2°.- “LA DGSAI” dispone el uso de la Línea telefónica 108 como vía de comunicación de los ciudadanos que posean información acerca del paradero de la persona extraviada, en el horario de 20 hs. a 8 hs. de lunes a viernes, y 24 hs. los días feriados y fines de semana.

Art. 3°.- “LA DGSAI” autorizada a la “LA DGAYAV” a difundir la Línea telefónica 108 en los medios de comunicación y la folletería que se disponga para la búsqueda, con las especificaciones consignadas en el Art. 2° del presente.

Art. 4°.- “LA DGAYAV” se compromete a brindar a “LA DGSAI” la información correspondiente a cada caso, en tiempo y forma.

Art. 5°.- “LA DGSAI” se compromete a remitir a la “LA DGAYAV” toda información recibida en la Línea telefónica 108 relativa al paradero de la persona buscada.

Art. 6°.- “Las partes” acordarán las cuestiones operativas para la instrumentación del presente.

Art. 7°.- La presente Acta de Colaboración tendrá una vigencia de un año. Cualquiera de las partes se reserva la posibilidad de rescindir el mismo mediante notificación fehaciente a la contraparte con un plazo mínimo de 30 (treinta) días. En caso de no mediar comunicación alguna entre las partes, el Acta se renovará automáticamente por iguales períodos sucesivos.

Bajo las precedentes condiciones, previa lectura y ratificación, suscriben la presente Acta de Colaboración en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los.....días del mes de .............. de 2.006, en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. -FRIAS ( por la Dirección General de Asistencia a la Víctima )- MALANCA ( por la Dirección General de Sistema de Atención Inmediata )

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Resolución 549-MDHYS-07 aprueba Acta de Colaboración entre la DGAV y la DGSAI para la búsqueda de personas extraviadas en los términos de la Ley 1156, a través de la Línea telefónica 108.</p>