RESOLUCIÓN 1594 2007 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE DESVALORIZA MATERIAL BIBLIOGRÁFICO QUE FUERA VALORIZADO POR LAS RESOLUCIONES NROS. 518-SC-04, 1.084-SC-04, 1.489-SC-05 Y 3.834-SC-05

Publicación:

17/07/2007

Sanción:

06/06/2007

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


Visto la Nota N° 405-DGM/07 y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407) y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Dirección General de Museos dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural solicita la desvalorización de diverso material bibliográfico, perteneciente al patrimonio de la citada Dirección General;

Que el valor de venta de los mismos fueron autorizados oportunamente mediante las siguientes Resoluciones Nros. 518-SC/04, 1.084-SC/04, 1.489-SC/05 y 3.834-SC/05, en virtud de los dispuesto por las Ordenanzas Nros. 25.702 (B.M. N° 14.607) y 25.752 (B.M. N° 14.801);

Que se hace indispensable desvalorizar los ejemplares detallados en el Anexo, que pasa a formar parte de la presente, por la necesidad de contar con los mismos en el stock de la Dirección General de Museos para ser entregado en calidad de cortesía, asi como, proceder a la destrucción de algunos de ellos por encontrarse inutilizados para su comercialización, con motivo de la inundación del deposito ubicado en el subsuelo del aludido organismo;

Por ello, y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407),

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Desvalorízase el material bibliográfico consignado en el Anexo, que pasa a formar parte de la presente resolución, que fuera valorizado oportunamente por las Resoluciones Nros. 518-SC/04, 1.084-SC/04, 1.489-SC/05 y 3.834-SC/05, para ser destinado conforme surge en los fundamentos esgrimidos en el exordio.

Artículo 2° - Regístrese, y para su conocimiento y demás fines, pase a la Dirección General de Museos, quien deberá proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al Área Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.


ANEXOS

Ver archivo 1