RESOLUCIÓN 203 2007 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Síntesis:
SE HACE LUGAR AL PAGO ÚNICO DEL SUBSIDIO PARA ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - CROMAGNON - CROMAÑÓN - A MARIO IGNACIO CISELLI
Publicación:
30/07/2007
Sanción:
29/06/2007
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Visto el Decreto N° 150/07, la Resolución N° 192-SSDH/05, la Carpeta N° 2.511-SSDH/05 y el Registro N° 1.379-SSDH/07 de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, y
CONSIDERANDO:
Que en el registro mencionado en el visto, el Sr. Mario Ignacio Ciselli, titular del DNI 28.258.483, solicita el pago único de las cuotas correspondientes al subsidio relacionado a los hechos ocurridos el 30 de diciembre de 2004 del que es beneficiario en virtud de la Resolución N° 192-SSDH/05;
Que conforme lo dispone el artículo 2° del Decreto N° 150/07, esta Subsecretaría de Derechos Humanos cuenta con la facultad de autorizar el pago total del mencionado beneficio en una sola cuota en aquellos casos en que causas debidamente fundamentadas lo justifiquen;
Que se encuentra agregado al presente registro el informe del Coordinador del Programa de Atención a los Damnificados de la Tragedia de Cromañón, creado por el Decreto N° 2.120/06. En dicho informe, considera que los motivos esgrimidos por el peticionante son pertinentes, por lo que sugiere dar curso a lo solicitado;
Que se encuentran debidamente acreditadas las causas que justifican el cobro del mencionado subsidio en una única cuota;
Que, en consecuencia, corresponde hacer lugar al pedido de pago único de las cuotas correspondientes al subsidio creado por el Decreto N° 150/07;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 150/07;
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
Artículo 1° - Hacer lugar al pago único del subsidio creado por el Decreto N° 150/07, solicitado por el Sr. Mario Ignacio Ciselli, titular del DNI 28.258.483.
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir orden de pago por un monto de pesos tres mil seiscientos ($ 3.600), con su correspondiente comisión bancaria de pesos uno con veintiuno ($ 1,21), comprendiendo dicho monto desde el 1° de julio de 2007 al 31 de diciembre de 2007.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.