DECRETO 1058 2007

Síntesis:

SE RATIFICA LA RESOLUCIÓN N° 483-MEGC-07 - DISPONE QUE LAS ESCUELAS PRIMARIAS DE JORNADA COMPLETA N° 12 DEL DISTRITO ESCOLAR 1 Y N° 15 DEL DISTRITO ESCOLAR 9 APLIQUEN EL PROGRAMA DE ESCUELAS CON INTENSIFICACIÓN EN ACTIVIDADES CIENTÍFICA

Publicación:

08/08/2007

Sanción:

30/07/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 16.395/07, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones tuvo trámite la Resolución N° 483 del 28 de febrero de 2007, emitida por el Ministerio de Educación, mediante la cual se dispuso aplicar para el año 2007, en las Escuelas Primarias de Jornada Completa N° 12 del Distrito Escolar 1 y N° 15 del Distrito Escolar 9, dependientes de la Dirección Área de la Educación Primaria del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Programa de Escuelas con Intensificación en Actividades Científicas, creado por Resolución N° 3.021-SED/04 y, ampliado por Decreto N° 2.166/06;

Que el acto administrativo citado en último término, aumentó a siete (7) horas cátedra semanales la carga horaria de los maestros de grado de jornada completa que se desempeñan en las escuelas involucradas, y estableció, una compensación para los docentes de ejecución que, en forma expresa y por escrito, acepten la ampliación de sus jornadas laborales de un adicional remunerativo, bonificable por antigüedad, de doscientos cuarenta (240) puntos del índice de asignación por cargo;

Que la Resolución N° 483-SED/07, fue emitida ad referéndum de la superioridad jerárquica, lo cual implica que sea necesaria una manifestación de voluntad ratificatoria del acto del inferior, para que éste sea válido y plenamente eficaz;

Que en este sentido, el art. 19, inc. a), de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97), establece que, El acto administrativo anulable puede ser saneado mediante: a) Ratificación por el órgano superior, cuando el acto hubiere sido emitido con incompetencia en razón de grado y siempre que la avocación, delegación o sustitución fueren procedentes;

Que el objeto de la Resolución N° 483/07 del Ministerio de Educación, integra las atribuciones y facultades del Jefe de Gobierno, por lo cual, reunidos los requisitos establecidos en el artículo 19, inc. a) de la Ley de Procedimientos Administrativos, corresponde el dictado del presente acto administrativo ratificatorio del acto administrativo del inferior, a los fines de dotar al mismo de plena eficacia;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia, conforme Ley N° 1.218, Dictamen PG N° 58.229, aconsejando el dictado del presente decreto;

Por ello, de conformidad a lo establecido en el art. 19, inc. a, de la Ley de Procedimientos Administrativos y en uso de las facultades que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Ratifícase la Resolución N° 483 del 28 de febrero de 2007, emitida por el Ministerio de Educación, cuya copia auténtica se integra como Anexo del presente acto, formando parte del mismo a todos sus efectos, dejándose constancia de que el Programa de Escuelas con Intensificación en Actividades Científicas fue creado por Resolución N° 3.021-SED/04.

Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
Dec. 1058-07 Ratifica la Res. 483- MEGC-07