RESOLUCIÓN 2259 2007 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE FIJA PRECIO DE VENTA DEL LIBRO INVASIONES INGLESAS AL RÍO DE LA PLATA. APORTE DOCUMENTAL (1806-1807) SEGUNDA EDICIÓN - PUBLICACIONES - SECRETARÍA DE CULTURA - DISTRIBUCIÓN GRATUITA - VALOR
Publicación:
03/09/2007
Sanción:
14/05/2007
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
Visto la Nota N° 249-DGIH/07 y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Dirección General del Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, solicita la valorización para proceder a la venta de ciento cincuenta (150) ejemplares del libro Invaciones inglesas al Rio de La Plata. Aporte documental (1806-1807). Segunda edición y autorización para la distribución gratuita de trescientos cincuenta (350) ejemplares del mismo entre colegios, bibliotecas y demás instituciones que los soliciten;
Que cabe aclarar que la cantidad total de los libros editados es de quinientos (500) ejemplares;
Que la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, de la cual depende el citado organismo, ha prestado la conformidad correspondiente;
Que dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que el Gobienro de la Ciudad esta realizando a través de la citada Subsecretaría;
Que asimismo se reserva la cantidad de trescientos cincuenta (350) ejemplares del citado para disponer su distribución en forma de cortesía, de acuerdo a las nuevas normas vigentes;
Por ello, y teniendo en cuenta las facultades conferidas por las Ordenanzas Nros. 25.702 (B.M. N° 14.067) y 25.752 (B.M. N° 14.081) y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407),
LA MINISTRA DE CULTURA
Artículo 1° - Fíjase en la suma de pesos treinta ($ 30) el precio de venta de cada ejemplar del libro Invasiones inglesas al Río de la Plata. Aporte Documental (1806-1807) segunda edición, valorizándose para tal fin ciento cincuenta (150) ejemplares del mismo.
Artículo 2° - Resérvase la cantidad de trescientos cincuenta (350) ejemplares del libro precitado para la distribución gratuita en forma de cortesía a diversos colegios, bibliotecas y demás instituciones que los soliciten.
Artículo 3° - Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires quien deberá proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al Área Fiscalizaciones de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.