DECRETO 1251 2007

Síntesis:

SE APRUEBA EL ACTA ACUERDO SUSCRIPTA POR EL MINISTRO DE SALUD Y LA EMPRESA HÁBITAT ECOLÓGICO S.A

Publicación:

12/09/2007

Sanción:

06/09/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 29.951/06, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita el procedimiento de reconocimiento de readecuación de precios, por la prestación del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Patogénicos de Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitado por la empresa Hábitat Ecológico S.A.;
Que por Decreto N° 1.916/04 (B.O.C.B.A. N° 2062), se aprobó el pliego de bases y condiciones a regir en la contratación del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Patogénicos de los Hospitales y Centros de Salud dependientes de la entonces Secretaría de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizó a la Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario a efectuar el pertinente llamado a licitación pública;
Que por Resolución N° 1.013-SS/05 de fecha 24 de junio de 2005 se aprobó la Licitación Pública N° 24/04 adjudicando el servicio en cuestión;
Que, en el marco de la citada licitación, la empresa Hábitat Ecológico S.A. resultó adjudicataria de la prestación del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Patogénicos en los Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", Hospital de Salud Mental "José Tiburcio Borda", Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", Hospital de Infecciosas "Francisco Muñiz", Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín", Hospital Infanto Juvenil "Carolina Tobar García", Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino Udaondo", Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni" y los Centros de Salud y Acción Comunitaria que les dependen, del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la prestataria invoca la existencia de distorsiones económicas operadas desde la fecha de apertura de la licitación a la fecha de sus reclamos y solicita la redeterminación de precios del servicio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 de las cláusulas particulares del pliego que rige la contratación;
Que, a los efectos de evaluar el reclamo interpuesto, se conformó la Comisión de Evaluación de Precios integrada por representantes de Ministerio de Salud y del Ministerio de Hacienda de acuerdo a lo estipulado en el artículo 27 citado precedentemente;
Que, por Resolución N° 1.203-MSGC/07, el señor Ministro de Salud aprobó el dictamen de la Comisión de Evaluación creada al efecto, del cual surge el incremento a aplicar en función de la variación de costos operada;
Que con fecha 30 de mayo de 2007, el señor Ministro de Salud y la empresa prestataria procedieron a la suscripción de la respectiva acta acuerdo, ad referéndum de la aprobación del señor Jefe de Gobierno, en la que se fijan los porcentajes a aplicar a partir del 1°/10/05 al 31/3/06 y del 1°/4/06 en adelante, siendo del 15,39% y del 17,89%, por cada período, respectivamente;
Que el porcentaje de incremento del 15,39% será aplicado a partir del 1°/10/05 y hasta el 31/3/06, sobre los montos mensuales adjudicados a la empresa prestataria mediante Orden de Compra N° 22.293/05;
Que el porcentaje de incremento del 17,89% será aplicado a partir del 1°/4/06, calculado sobre los montos resultantes de la redeterminación indicada en el considerando anterior;
Que tomó intervención la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la debida intervención en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);
Por ello, y en uso de la facultades conferidas por los arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el acta acuerdo suscripta con fecha 30 de mayo de 2007, por el señor Ministro de Salud, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la empresa Hábitat Ecológico S.A., la cual como Anexo forma parte integrante del presente.
Artículo 2° - El gasto que demande el presente será imputado en las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda.
Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios de Salud y de Hacienda.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dec. 1251-07 Aprueba acta acuerdo con la empresa Hábitat Ecológico SA. adjudicataria de la Licitación aprobada por Res. 1013-SS-05