RESOLUCIÓN 2493 2007 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

FIJA EL PRECIO DE VENTA MAYORISTA Y MINORISTA DEL LIBRO HUGO DEL CARRIL, EL COMPROMISO Y LA ACCIÓN

Publicación:

01/10/2007

Sanción:

04/09/2007

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


Visto la Nota N° 6.258-DGTALMC/07 y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de este Ministerio de Cultura solicita la valorización del libro Hugo del Carril. El compromiso y la acción. para proceder a la venta en forma minorista la cantidad de ochocientos (800) ejemplares, en forma mayorista la cantidad de doscientos (200) ejemplares y autorización para la distribución gratuita de dos mil (2.000) ejemplares del mismo, entre colegios, bibliotecas y demás instituciones que los soliciten;

Que cabe aclarar que la cantidad total es de tres mil (3.000) de ejemplares editados;

Que dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que el Gobierno de la Ciudad está realizando a través de la citada Subsecretaría;

Por ello, y teniendo en cuenta las facultades conferidas por las Ordenanzas Nros. 25.702 (B.M. N° 14.067) y 25.752 (B.M. N° 14.081) y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407),

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Fíjase en la suma de pesos diez ($ 10) el precio de venta minorista de cada ejemplar del libro Hugo del Carril. El compromiso y la acción. y en pesos siete ($ 7) para la venta mayorista -cantidad mínima de diez (10) ejemplares- valorizándose para tal fin ochocientos (800) ejemplares para el primer caso y doscientos (200) para el segundo.

Artículo 2° - Resérvase la cantidad de dos mil (2.000) ejemplares del libro Hugo del Carril. El compromiso y la acción., para la distribución gratuita en forma de cortesía a diversos colegios, bibliotecas y demás instituciones que los soliciten.

Artículo 3° - Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, quien deberá proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al Área Fiscalizaciones de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 Anexo III de la Resolución 5305-MCGC-18 deroga la Resolución 2493-MCGC-07.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 3 y Anexo III de la Resolución 4255-MC-18 deroga la Resolución 2493-MC-07.</p>