LEY 2421 2007
Síntesis:
ESTABLECE POSIBILIDAD DE APELACIÓN - DENEGATORIAS DE NOMBRES - DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS - RECURSO DIRECTO - CÁMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO - DIEZ DÍAS HÁBILES
Publicación:
02/10/2007
Sanción:
30/08/2007
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
21/09/2007
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Última actualización: 10 de 12 de 2020
TEXTO CONSOLIDADO
Texto consolidado según la Ley 6.764 (5° actualización del Digesto Jurídico)
Rama: Servicios de la administración
Versión vigente: 29 de febrero de 2024
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Artículo 1° - Las resoluciones denegatorias de la imposición de un nombre dispuestas por el Director General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires serán apelables, mediante recurso directo ante al Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, dentro de los diez (10) días hábiles de notificadas.
Artículo 2° - Comuníquese, etc.-de Estrada - Bello