LEY 2465 2007

Síntesis:

AUTORIZA - USO PRECARIO Y GRATUITO - ESPACIO DEL DOMINIO PÚBLICO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ENTIDADES FIRMANTES DEL CONVENIO EN EL MARCO DEL DECRETO N° 92-04

Publicación:

23/11/2007

Sanción:

11/10/2007

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

19/11/2007


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Autorízase por ciento ochenta (180) días, contados a partir de la sanción de la presente, el uso precario y gratuito del espacio del dominio público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a las entidades de bien público que hayan firmado el convenio en el marco del Decreto N° 92/04.

Artículo 2° - Comuníquese, etc.DE ESTRADA-BELLO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
INTEGRA
<p>Ley 2465-07en su art. 1 autoríza por ciento ochenta días el uso precario y gratuito del espacio del dominio público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a las entidades de bien público que hayan firmado el convenio en el marco del Decreto 92-04.</p>