RESOLUCIÓN 18 2007
Síntesis:
APRUEBA EL REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL SERVICIO DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL DE LA LCABA - LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
03/12/2007
Sanción:
18/08/2007
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 2.109 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Resolución N° 548-LCABA/06 y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1° de la Ley N° 2.109 establece que el Servicio de Salud y Asistencia Social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de obra social del personal de la misma, tendrá como objeto el financiamiento y control de la prestación de servicios preventivos, asistenciales y recuperatorios de salud, de carácter igualitario y solidario, destinados a la totalidad de los legisladores y empleados, su grupo familiar primario y adherentes que se incorporen de acuerdo al reglamento del servicio;
Que, según lo dispuesto por la mencionada ley, el Servicio de Salud funciona como organismo descentralizado dependiente de la Vicepresidencia 1ª de la Legislatura, con autonomía administrativa y financiera;
Que, dicha ley establece que el Administrador General tendrá a su cargo la representación del servicio, ejecutará el presupuesto, dirigirá la administración, realizará los pagos y recaudará los aportes y contribuciones, determinará las inversiones y podrá celebrar convenios a efectos de asegurar la atención de los beneficiarios para la cobertura de determinadas patologías que pudieran quedar excluidas en el marco de la entidad prestataria principal;
Que, en la actualidad no existe en este Servicio de Salud un Reglamento de Compras y Contrataciones;
Que, en el ámbito del G.C.B.A. se encuentra vigente la Ley N° 2.095 que regula las compras y contrataciones de la Administración Pública local;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° in fine de dicha ley, la misma no resulta aplicable a las compras y contrataciones que realice este Servicio de Salud;
Que, sin perjuicio de ello, hasta ahora se han aplicado los Principios Generales de Derecho Administrativo aplicables a las Compras y Contrataciones de la Administración Pública y que fueran receptados por la Ley N° 2.095;
Que, resulta necesario y conveniente contar con una reglamento propio de compras y contrataciones con el objeto de establecer normas específicas de convocatoria, adjudicación y contratación que garanticen la libre concurrencia, asegurando además la imparcialidad y transparencia del mismo, permitiendo, en definitiva, mejorar las condiciones para el interés público;
Que, el Servicio Jurídico ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las facultades conferidas,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL SERVICIO DE SALUD
Y ASISTENCIA SOCIAL DE LA LEGISLATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Aprúebase el Reglamento de Compras y Contrataciones del Servicio de Salud y Asistencia Social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese.
ANEXOS
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