DECRETO 1784 2007

Síntesis:

DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES - COMISIÓN NORMALIZADORA INICIAL - DESIGNACIÓN AD HONOREM - REPRESENTANTES DE LA COMISIÓN NORMALIZADORA ENCARGADA DE LA ORGANIZACIÓN INICIAL DEL COLEGIO ÚNICO DE CORREDORES INMOBILIARIOS - CORRETAJE INMOBILIARIO - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN NORMALIZADORA - EMPADRONAMIENTO Y MATRICULACIÓN - CONVOCATORIA A ELECCIONES

Publicación:

06/12/2007

Sanción:

03/12/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 2.340 (B.O.C.B.A. N° 2711) y el Expediente N° 70.756/07,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada ley regula el ejercicio del corretaje inmobiliario o intermediación en la negociación inmobiliaria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y dispone, en su artículo 17, la creación del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de esta Ciudad;

Que al respecto su artículo 53 dispuso la constitución de una Comisión Normalizadora, con un mínimo de nueve (9) miembros, encargada de la organización inicial del colegio referido, los cuales deben ser designados por este Poder Ejecutivo, previa consulta a las entidades representativas de los corredores inmobiliarios con personería jurídica, que tengan como mínimo tres (3) años de antigüedad en su funcionamiento;

Que en virtud de ello, fueron convocadas dichas entidades, las cuales han procedido a comunicar las personas que las representarán en la comisión en cuestión;

Que a su vez el artículo 54 de la ley mencionada establece los derechos y obligaciones de los integrantes de la Comisión Normalizadora, disponiendo, entre otras, la función de convocar al empadronamiento y matriculación de los corredores inmobiliarios, contando para ello con un plazo de ciento ochenta (180) días;

Que como consecuencia de lo expuesto, corresponde proceder a la designación de los miembros de la Comisión Normalizadora dispuesta por Ley N° 2.340;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase, con carácter ad-hónorem, como representantes de la Comisión Normalizadora encargada de la organización inicial del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios - Ley N° 2.340, a las personas que se detallan en el Anexo, el que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2° - Los representantes designados en el artículo anterior deberán dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 54 de la Ley N° 2.340.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno y de Hacienda.

Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese al Ministerio de Hacienda y para su conocimiento, notificación y demás efectos, pase al Ministerio de Gobierno.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 1784-07, designa a integrantes, con carácter ad honorem, como representantes de la Comisión Normalizadora encargada de la organización inicial del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios, Ley 2340.</p><p>Art. 2, establece que los representantes designados en el artículo anterior deberán dar cumplimeinto a lo establecido por el artículo 54 de la Ley 2340.</p>