RESOLUCIÓN 7 2007 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

ASIGNA POR TÉMINO DE NOVENTA DÍAS CON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLE CAAGUAZÚ DESDE COLECTORA AV GRAL PAZ HASTA RAMÓN L FALCÓN DE SO A NE  - CALLES - ARTERIAS - MANO ÚNICA 

Publicación:

06/12/2007

Sanción:

30/11/2007

Organismo:

SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE


Visto el Registro N° 1.857-CGP9/05, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado señalado en el visto tramita la asignación del sentido único de circulación de la calle Caaguazú desde Colectora Av. General Paz hasta Ramón L. Falcón;

Que habiéndose realizado un análisis de la cuadrícula circulatoria del sector, se comprobó que resulta conveniente asignarle el sentido único propuesto a la citada calle en toda su extensión, desde Colectora Av. General Paz hasta Ramón L. Falcón de SO a NE;

Que se ha dado intervención al Centro de Gestión y Participación Comunal 9 a los fines de consensuar con los vecinos frentistas de la citada calle, habiendo sido el resultado obtenido de un alto porcentaje de adhesión;

Por ello, conforme lo previsto en el Capítulo 1.2.2. c) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las atribuciones conferida por el Decreto N° 532/07 (B.O.C.B.A. N° 2665) al Gabinete de Tránsito y Transporte integrado por los señores/as Ministros de Gobierno, Planeamiento y Obras Públicas y Espacio Público,

EL GABINETE DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Asígnese con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, asignándole sentido único de circulación de la calle Caaguazú desde Colectora Av. General Paz hasta Ramón L. Falcón de SO a NE.

Artículo 2° - La presente medida requerirá la adecuación del correspondiente señalamiento, que proyectará y solicitará la Dirección General de Tránsito, la cual, posteriormente, dispondrá día y hora de puesta en vigencia mediante la pertinente disposición.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término previsto en el artículo 1.2.3 a) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, comuníquese a las Subsecretarías de Tránsito y Transporte, de Seguridad Urbana, de Programación y Coordinación del Espacio Público y remítase a la Dirección General de Tránsito, la que comunicará a la Policía Federal Argentina, al Centro de Gestión y Participación Comunal 9, a las Direcciones Generales de Seguridad Vial, del Sistema de Señalización y cumplimentará lo dispuesto en el art. 2° de la presente.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 7-SSTT-07 asigna sentido único de circulación, tramo calle Caaguazú, modifica Dec. Ord. 10407-47