LEY 2539 2007

Síntesis:

CREA CATALOGO DIGITAL DE TEMAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ARCHIVOS DIGITALIZADOS - CULTURA - ACCESO LIBRE Y GRATUITO - PÁGINA WEB - MATERIAL BIBLIOGRÁFICO - INTERNET - CONTENIDOS - DECRETO 1279-97 - LEYES 26032 Y 11723 - DERECHO INFORMÁTICO - PROPIEDAD INTELECTUAL - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

12/12/2007

Sanción:

29/11/2007

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

06/12/2007


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Créase en el ámbito del Ministerio de Cultura el "Catálogo Digital de Temas de la Ciudad de Buenos Aires".

Artículo 2° - A los efectos de la presente se denomina "Catálogo Digital" a todo contenedor de acervos, archivos y contenidos digitalizados almacenados en diferentes formatos electrónicos, con acceso libre y gratuito desde la web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Se entiende por temas de la Ciudad de Buenos Aires a toda compilación, clasificada o no, de libros, archivos, documentos y demás material bibliográfico dispuesto en formato electrónico con contenidos relacionados con la Ciudad de Buenos Aires en sus distintas expresiones y disciplinas.

Artículo 4° - La presente ley se ampara en el Decreto N° 1.279/97 (B.O. del 1°/12/97) sobre la libertad de los contenidos y en la Ley N° 26.032 (B.O. del 17/6/05) de Derecho Informático. En ningún caso el Catálogo Digital podrá contradecir lo normado por la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual y sus modificatorias o las que se dicten en lo sucesivo; en caso contrario deberán contener autorización expresa del autor para su publicación.

Artículo 5° - Todos los libros, trabajos, archivos o contenidos editados y que en lo sucesivo se editen por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como así también aquellos realizados por terceros cuya publicación hubiera sido convenida con sus autores, deben estar disponibles para su oferta al acceso público gratuito en el "Catálogo Digital de Temas de la Ciudad de Buenos Aires".

Artículo 6° - El gasto que demande la creación y puesta en funcionamiento del "Catálogo Digital de Temas de la Ciudad de Buenos Aires" será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 7° - Comuníquese, etc.-de Estrada - Bello

NOTA: Esta norma hace referencia al Decreto Nacional 1279-97, publicado en el BORA N° 28.785, del 1-12-1997, a la Ley Nacional 26.032, publicada en el BORA 30677, del día 17-6-2005, y a la Ley Nacional 11.723 publicada en el BORA 11799, del 30-9-1933.

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