RESOLUCIÓN 355 2007

Síntesis:

Se crea el Preconsejo Consultivo Comunal, en el ámbito territorial de los CGPC

Publicación:

13/12/2007

Sanción:

05/12/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 1.777, el Decreto N° 816/06 (B.O.C.B.A. N° 2475), la Resolución N° 248- MGPyD/06 (B.O.C.B.A. N° 2593) y la Ley N° 2.405,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 248-MGPyD/06 (B.O.C.B.A. N° 2593) creó en cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales, un Foro Asociativo Barrial integrado por representantes de organizaciones de la sociedad civil, instituciones, partidos políticos y otras formas de organización y un Espacio de Participación Vecinal para los vecinos y vecinas domiciliados en el territorio de la Comuna que quieran participar a título individual, determinando en su artículo 2° las atribuciones de los mismos;

Que ambas instancias han celebrado numerosas reuniones plenarias y de comisión, cumpliendo con los objetivos planteados en la citada resolución y, en muchos casos, con los que se plantearon los propios integrantes en el seno de los Foros Asociativos Barriales y Espacios de Participación Vecinal de cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales;

Que la Ley N° 2.405 establece en su artículo 1° que el Jefe de Gobierno convocará a elecciones para que el día 10 de agosto de 2008 se elijan las autoridades comunales, de acuerdo a lo establecido por el artículo 47, inciso c) de la Ley N° 1.777;

Que resulta necesario continuar con una instancia de funcionamiento periódico, tendiente a garantizar la efectiva participación de las organizaciones de la sociedad civil y los vecinos y vecinas de la Ciudad en los términos del artículo 47 de la Ley N° 1.777, que profundice la experiencia participativa desarrollada en el marco de los Foros Asociativos Barriales y Espacios de Participación Vecinal y que, al mismo tiempo, constituya un avance más hacia la conformación de los Consejos Consultivos Comunales previstos en el Título IV de la citada ley;

Por ello, y en uso de sus facultades conferidas,

EL MINISTRO DE GESTION PÚBLICA Y DESCENTRALIZACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Créase, en el ámbito territorial de cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales, el Preconsejo Consultivo Comunal.

Artículo 2° - El Preconsejo Consultivo Comunal estará integrado por los miembros del Foro Asociativo Barrial y del Espacio de Participación Vecinal de cada F/N Centro de Gestión y Participación Comunales que quedan, de esta manera, disueltos.

Artículo 3° - Constituidos los quince (15) Preconsejos Consultivos Comunales se procederá a reglamentar su funcionamiento y disponer los mecanismos de incorporación de nuevos participantes.

Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales. Cumplido, archívese. Cortina

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la REs 27-SSATCIU-10 convoca a la integración de los Preconsejos Consultivos Comunales en jurisdicción de cada uno de los quince F/N Centros de Gestión y Participación Comunales, que se constituirán según lo establecido por Art 3 de la Res 355-MGPYD-07</p>
REGLAMENTADA POR
Res 27-SSATCIU-10 regula convocatoria y funcionamiento de los Preconsejos Consultivos Comunales, creados por Res 355-MGPYD-07