DECRETO 2101 2007
Síntesis:
SE DESIGNAN FUNCIONARIOS EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - JAVIER SOLARI COSTA - DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES - ENRIQUE AVOGADRO - DG DE COMERCIO EXTERIOR - PAULA SARDEGNA - DG DE EMPLEO - NICOLÁS SISELES - DG DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO - MATILDE PAZ - DG DE INDUSTRIA SERVICIOS Y TECNOLOGÍA - RAMIRO MASJUAN - DG DEFENSA Y PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR - ALEJANDRO BONADEO - DG DE GESTIÓN DE INVERSIONES - DAMIÁN SPECTER - DG DE ATENCIÓN AL INVERSOR - MARÍA ALEJANDRA UNGARO - DG DE INDUSTRIAS CREATIVAS - DESIGNACIÓN
Publicación:
19/12/2007
Sanción:
14/12/2007
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, el Expediente N° 91.500/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de que los cargos de Director General de Concesiones, Director General de Comercio Exterior, Directora General de Empleo, Director General de Protección del Trabajo, Directora General de Industria, Servicio y Tecnología, Director General de Defensa y Protección del Consumidor, Director General de Gestión de Inversiones, Director General de Atención al Inversor, Directora General de Industrias Creativas, dependientes del Ministerio de Desarrollo Económico se encuentran vacantes, el señor Ministro propone cubrir dichos cargos;
Que las personas que se propician designar poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de los cargos para el cual fueron propuestos por el señor Ministro de Desarrollo Económico;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Desígnanse a las personas que se indican en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para cubrir los cargos en el modo y condiciones que se señalan.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico y remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO I

