DECRETO 2134 2007
Síntesis:
DESIGNA AL SEÑOR CLAUDIO ANTONIO PASCALI, DNI 14.995.803 COMO DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
04/01/2008
Sanción:
28/12/2007
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 2.506, los Decretos N° 2.075/07 y N° 1.970/07, y el Expediente N° 94.282/07, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del Decreto N° 1.970/07, se aceptó, a partir del 10 de diciembre de 2007, la renuncia presentada por el señor Claudio Antonio Pascali al cargo de Director General de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias de la Subsecretaría de Emergencias, dependiente del entonces Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de que se encuentra vacante la titularidad de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, el señor Ministro propicia cubrir dicho cargo;
Que el señor Claudio Antonio Pascali posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2007, al señor Claudio Antonio Pascali, DNI 14.995.803, CUIL 20-14995803-8, como Director General de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, partida 2652.0000.S.99.R.01, reteniendo partida 2652.0000.P.B.03.0250.304.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y Seguridad, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.