RESOLUCIÓN 41 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
ANTONIO CÓPPOLA - DA POR CUMPLIDA LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR EL ART. 25 DE LA LEY N° 70 CORRESPONDIENTE AL CARGO DE PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - COPINE - SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL - EX MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES
Publicación:
24/01/2008
Sanción:
16/01/2008
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Visto el Expediente N° 878/08, mediante el cual se solicita se tenga por cumplido la presentación del informe que luce agregado al mismo, conforme los términos del art. 25 de la Ley N° 70, y
CONSIDERANDO:
Que, el citado art. 25 de la Ley N° 70 establece que los responsables de programas, proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, correspondiendo además, prestar colaboración a quien legítimamente resulte sucesor en el cargo, resultando dicha tarea de carácter remunerada;
Que, por Decreto N° 2.002/07, se acepta a partir del 10 de diciembre de 2007, la renuncia presentada por el Sr. Antonio Cóppola, CUIL 20-08037268-0, al cargo de Presidente de la Comisión para la Plena Participación e Integración de Personas con Necesidades Especiales (COPINE) dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, del ex Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, actual Ministerio de Desarrollo Social;
Que, por lo expuesto anteriormente, resulta precedente tener por cumplida la actividad desplegada por el funcionario dimitente en el marco del art. 25 de la Ley N° 70;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
Artículo 1° - Dése por cumplido, en el marco del art. 25 de la Ley N° 70, la actividad desarrollada por el Sr. Antonio Cóppola, CUIL 20-08037268-0, al cargo de Presidente de la Comisión para la Plena Participación e Integración de Personas con Necesidades Especiales (COPINE) dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, del ex Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, actual Ministerio de Desarrollo Social, el cual fuera designado por Decreto N° 217/04, por lo que deberá percibir la retribución correspondiente al cargo que ocupaba.
Artículo 2° - Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Dirección General Administración de Recursos Humanos, y notifíquese al interesado. Cumplido, archívese.